Expte. Nº 90-29.671/2020 – 17/12/20 – Modifica el inc b) del art. 52 de la Ley 7017- Código de Aguas de la Provincia de Salta – Ley 1111
Del Señor Senador JOSÉ ANTONIO IBARRA, por el cual se modifica el inc b) del art. 52 de la Ley 7017- Código de Aguas de la Provincia de Salta. (Expte. Nº 90-29.671/2020, A Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Ley 1111, de fecha 03/03/2022.
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1°: Modificar el inciso b) del artículo 52 de la Ley 7017, el que quedará redactado con el siguiente texto:
“Art. 52.- Obligaciones. El Concesionario y el Permisionario tienen las siguientes obligaciones: … b) Usar efectiva y eficientemente el agua respetando los cupos asignados y destinándola para el fin para el cual fue concedida u otorgada. A tal efecto, deberá colocar a su costo macromedidor o caudalímetro, informando mensualmente a la autoridad de aplicación el volumen utilizado y el período involucrado”.
Artículo 2°: De forma.