Expte. Nº 90-22.524/14 – 29/05/2014 – Legisladores Nacionales por Salta – recomposición del haber jubilatorio mínimo – Ley 1111
Del Señor Senador MIGUEL NANNI VALERO, viendo con agrado que los Legisladores Nacionales por Salta acompañen la iniciativa que se encuentra presentada en el Senado de la Nación Argentina y que se tramita bajo expediente N9 S-1420/14 y que tiene como objetivo la recomposición del haber jubilatorio mínimo del Sistema Integrado Previsional Argentino (S.l.P.A.) hasta alcanzar el 82 % de la remuneración mensual asignada a la Categoría D Nivel 0 (cero), Planta Permanente Sin Tramo —Agrupamiento General— deí Escalafón para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público — SINEP—, en consonancia con el principio consagrado en el Artículo 14 bis de nuestra Constitución Nacional, a fin de garantizar a los beneficiarios una adecuada, justa y razonable proporción entre el haber de la pasividad y las remuneraciones de los trabajadores en actividad. (Expte. Nº 90-22.524/14 – A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Ley 1111, de fecha 07/04/2016