Cámara de Senadores
Proyectos de Ley Aprobados

Expte. Nº 91-38.465/17 – 09/11/17 – Cobertura integral de infusores subcutáneos continuos de insulina y Freestyle Libre – en rev. – Ap. c/mod. – C.D. nuev. en rev. – Ley Nº 8.133

Autor: Cámara de Diputados

Proyecto de ley en revisión, Instituyendo en todo el territorio de la provincia de Salta, la cobertura integral de infusores subcutáneos continuos de insulina y Freestyle Libre, y de todos los medicamentos e insumos para pacientes con patología diabetes infanto-juvenil Tipo 1 inestable severa. (Expte. Nº 91-38.465/17 – A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).

Aprobado el 14/12/2017

Cámara de Diputados nuevamente en revisión

Ley Nº 8.133

Decreto de Promulgación Nº 02/2019, de fecha 03/01/2019

Publicado en B. O. Nº 20.417, de fecha 07/01/2019.

 

EL  SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

 

Artículo 1º.- Institúyase en todo el territorio de la provincia de Salta, la cobertura integral de infusores subcutáneos continuos de insulina y de sistemas de monitoreo continuo de glucosa en sangre, no invasivo e indoloro, y de todos los medicamentos e insumos para pacientes con patología diabetes infanto-juvenil Tipo 1 inestable severa.

Art. 2º.- El Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) y los efectores públicos de salud pública de la provincia de Salta, deberán garantizar obligatoriamente, previa indicación de un médico especialista, la cobertura integral de la provisión y prestación de los insumos mencionados en el artículo 1º, para el tratamiento de la diabetes infanto – juvenil Tipo 1 inestable severa, sin perjuicio de las obligaciones que correspondan asumir a las entidades de Coseguro en lo relativo al copago.

Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley son imputados al Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta en Sesión del día veintisiete del mes de noviembre del año dos mil dieciocho.