Expte. Nº 91-37.028/16 – 01/12/16 – Consignar obligatoriamente en cada envase el origen del vino – Ley en revisión – Ap. en Definit. – Ley Nº 7.978
Autor: Cámara de Diputados
En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10) del Reglamento de la Cámara, ha sido girado a la Comisión de Agricultura y Ganadería, el proyecto de Ley, en revisión, estableciendo que todo establecimiento que elabore o envase vinos y/o bebidas espirituosas de naturaleza vínica, en la jurisdicción de la provincia de Salta, debe consignar obligatoriamente en cada envase el origen del vino, además de las menciones obligatorias estipuladas en la Ley Nacional 25.163 y sus modificatorias. (Expte. Nº 91-37.028/16).
Aprobado en Definitiva el 16/12/2016
Poder Ejecutivo para su Promulgación
Ley Nº 7.978
Decreto de Promulgación Nº 43 de fecha 11/01/2017
Publicado en B.O. Nº 19.942 de fecha 16/01/2017