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Analizan la adhesión parcial a la Ley Eléctrica Nacional para sostener el cobro de tasas y servicios en la boleta de luz

Con el objetivo de preservar la autonomía provincial consagrada por Constitución en materia de servicios y resguardar el esquema recaudatorio, senadores de la comisión de Legislación General y autoridades del Ente Regulador abordaron la adhesión al régimen eléctrico federal. Se busca aprobar la ley con reservas específicas para neutralizar la prohibición nacional que impide incluir tributos locales en la factura de luz, esquema que en Salta cuenta con la opción de desdoblamiento de pago.

Frente al eventual riesgo de desarticular el sistema de cobranza conjunta que sostiene a los municipios y a los servicios sanitarios, senadores provinciales recibieron este miércoles a las autoridades del Ente Regulador de los Servicios Públicos (Enresp) para reevaluar la adhesión parcial al Texto de la Ley Nacional 24.065, proyecto que ya cuenta con la aprobación de la cámara de Diputados.

De la reunión ampliada participaron los senadores Dani Nolasco (presidente), Mashur Lapad, Jorge Soto, Gonzalo Caro Dávalos, Alejandra Navarro, Diego Cari, Manuel Pailler, Juan Cruz Curá, Roque Cornejo, Luciano Elvira, Enrique Cornejo, Daniel Moreno, Manrique Burgos, Gonzalo Guaymas y Carlos Guitián. Por el Ente Regulador asistieron su presidente, Carlos Saravia, junto a los directores Silvina Vargas y Mariano San Millán.

Durante la exposición, Saravia remarcó que la Constitución provincial asigna a Salta la competencia originaria sobre la regulación de sus servicios públicos, potestad que respalda la articulación de mecanismos de recaudación unificada. En ese marco, detalló que 36 municipios mantienen convenios para la percepción simultánea de tasas comunales y alumbrado público a través de la factura de EDESA, canal que también utiliza Aguas del Norte para llegar a sus 330 mil usuarios en toda la provincia ante la falta de una estructura propia de cobro masivo.

El titular del organismo explicó que la Nación reformuló el marco regulatorio eléctrico de la Ley Nacional 24.065 a través del Decreto 450/2025, criterio que luego ratificó en la Ley 27.828 de Zonas Frías, restringiendo la facturación únicamente al consumo de energía e impidiendo consignar tributos locales o servicios ajenos en el artículo 40 inciso C.

Saravia advirtió que, si bien estas disposiciones registran cuestionamientos judiciales y fallos contrapuestos, adherir sin reservas a dicho texto tendría como efecto desarticular de inmediato el sistema de cobro conjunto, contradiciendo la Ley Provincial 8457 de octubre de 2024, que ya otorga plena certeza jurídica y resguarda los derechos de los usuarios, que están facultados a pagar de forma individual el rubro que elijan dentro de la boleta.

En defensa del interés provincial

A su turno, la directora Silvina Vargas fundamentó la necesidad de excluir también el artículo 71 de la norma federal, disposición que pretende responsabilizar de manera solidaria a la Provincia y a los propios entes reguladores ante eventuales deudas que las empresas distribuidoras contraigan con la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (CAMMESA).

En ese marco, se remarcó que en Salta la opción del usuario se encuentra plenamente garantizada, ya que el sistema permite separar los rubros en las boletas de EDESA para que cada vecino pueda abonar individualmente el servicio que decida. Al respecto, se destacó la necesidad de otorgar certidumbre legal para evitar que los municipios puedan verse desfinanciados.

En el epílogo del encuentro, los integrantes de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional señalaron que el Senado continuará con el análisis de la iniciativa a los efectos de producir un dictámen que vaya en línea con la defensa de los intereses de la provincia.