Preferencia Nº 01
De la señora Senadora MARIA SILVINA ABILES, por el cual se exime para las elecciones del año 2021, del deber de votar a electores en situación de riesgo COVID19.- (Expte. N° 90-29.886/2021)
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Exímase para las elecciones del año 2.021, en forma excepcional y extraordinaria del deber de votar a los siguientes electores que se encuentren en situación de riesgo COVID19:
a) Los mayores de sesenta años (60).
b) Las Embarazadas.
c) Los que padezcan enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
d) Los que padezcan enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
e) Los que sufran Inmunodeficiencias.
f) Los diabéticos.
g) Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
Art. 2°. -Las excepciones que consagra esta Ley son de carácter optativo
para el elector.
Art. 3º– Comuníquese al Poder Ejecutivo.