Expte. Nº 91-41.066/19
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Adhiérase la provincia de Salta a las disposiciones contenidas en los artículos 67, 68 y 69 de la Ley Nacional 27.467 referidas al Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, instituido por la Ley Nacional 25.917 y sus modificatorias.
Art. 2°.- Invítase a los Municipios de la provincia de Salta a adherir al Régimen citado en el artículo 1° de la presente Ley.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.