06/08/2026
– En la ciudad de Salta, a los seis días del mes de agosto del año dos mil veintiséis, siendo horas 14 y 30:
Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de dieciocho señores senadores, queda abierta la Sesión Ordinaria N° 18.
1
IZAMIENTO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Lapad).- Invito a la señora Senadora por el departamento Anta, Alejandra Beatriz Navarro, a izar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma, Leonor Nieves Minetti, la Bandera Provincial.
– Puestos de pie los presentes, las señoras Senadoras Alejandra Navarro y Leonor Minetti proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)
2
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la Versión Taquigráfica correspondiente a la sesión del día treinta de julio del año dos mil veintiséis. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.
– Sin observaciones se aprueba Versión Taquigráfica de la sesión de fecha treinta de julio del año dos mil veintiséis.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.
3
RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE VICEPRESIDENCIA
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las Resoluciones de Vicepresidencia.
Sr. Secretario (López Mirau).- Proyecto de Resolución.
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo actuado y autorizado mediante Resoluciones de Vicepresidencia, año 2026, de acuerdo al siguiente detalle:
Descentralización. Resolución Nº 164.
Ejecución. Resolución Nº 165.
Personal. Resolución Nº 162.
Ceremonial. Resolución Nº 166.
Contrataciones. Resolución Nº 167.
Transferencia. Resolución Nº 163.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
4
ASUNTOS ENTRADOS
I
Comunicaciones de la Cámara de Diputados
Proyecto de ley en revisión, por el cual se regula la actividad de personas humanas y jurídicas que se dediquen, de manera principal o accesoria, a la compra, venta o acopio de metales no ferrosos. (Expte. N° 91-52.443/2025)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyecto de ley en revisión, respecto a la Carta Municipal de Colonia Santa Rosa. (Exptes. N° 91-54.317/2026)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyecto de ley en revisión, por el cual se incorpora el artículo13 bis a la Ley 7.045 en relación a la promoción del turismo minero y geoturismo. (Expte. N° 91-53.917/2026)
– A la Comisión de Turismo y Deportes.
Proyecto de ley en revisión, por el cual se instituye el 24 de agosto de cada año como “Dia provincial en honor al Coronel Luis Burela y Saavedra, iniciador de la Guerra Gaucha”, en conmemoración del natalicio del prócer salteño ocurrido en la localidad de Chicoana el 24 de agosto de 1779. (Expte. N° 91-54.273/2026)
– A la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
II
Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara
De la señora Ministra de Turismo y Deportes, Lic. Manuela Arancibia, en respuesta a Resolución de Cámara Nº 162/2026 – Expte. Nº 90-34.456/2026, de autoría del señor Senador Dani Nolasco, en relación al Plan Meta.
– Habiéndose remitido copia digital a los autores del proyecto y Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.
III
Proyecto de Ley
De los señores Senadores Enrique Cornejo Saravia, Juan Cruz Curá, Luciano Elvira, Gonzalo Caro Dávalos, Manuel Pailler, Gonzalo Guaymás, Sergio Saldaño, Luis Altamirano, Esteban D’Andrea Cornejo, Jorge Soto, Mashur Lapad y Dani Nolasco, en relación a la protección fitosanitaria de la producción de banana de origen provincial. (Expte. Nº 90-34.514/2026)
– A la Comisión de Agricultura, Transporte y Ganadería.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. Curá.- Señor Presidente: quería dejar constancia, para este proyecto que fue girado a la Comisión de Agricultura, que se invite a la Comisión a los productores bananeros a fin de que puedan participar y debatir este proyecto.
Sr. Presidente (Lapad).- Esta Presidencia recomendará a la Comisión de Agricultura su pedido.
IV
Proyectos de Resolución
Del señor Senador Enrique Cornejo Saravia, de conformidad a lo preceptuado por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento interno de este Cuerpo, requerir a la Secretaría del Interior, perteneciente al Poder Ejecutivo Provincial, en un plazo de diez (10) días informe lo siguiente: 1. Que, en el marco del programa integral de acondicionamiento en unidades educativas, denominado Puesta a Punto, periodos 2025 y 2026, informe fondos asignados al municipio El Bordo. 2. En función de los fondos transferidos al municipio antes nombrado, detalle aplicación de gastos y justificativo de mejoras realizadas en cada uno de los establecimientos escolares respectivos. (Expte. Nº 90-34.497/2026)
Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato, se reserva en Secretaría.
De los señores Senadores Mashur Lapad y Jorge Soto, declarando de Interés de esta Cámara, el reconocimiento realizado por la Unión Internacional de Ciencias Geológicas (IUGS), a través de su Comisión Internacional de Historia de las Ciencias Geológicas, a la escultora salteña Dolores Candelaria Mora Vega de Hernández – Lola Mora, en el marco de los 160 años de su nacimiento, los 90 años de su fallecimiento y el centenario de la publicación de su obra “Combustibles (Problemas Resueltos)” por su estudio de los hidrocarburos no convencionales. (Expte. Nº 90-34.496/2026)
– A la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De la señora Senadora Leonor Minetti, declarando de Interés de esta Cámara, la celebración de las fiestas patronales del paraje El Alfarcito, departamento Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-34.499/2026)
– A la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología.
De la señora Senadora Leonor Minetti, declarando de Interés de esta Cámara, la 50a fiesta provincial de la Pachamama, organizada por la Agrupación Rodeo Antenor Sánchez, a realizarse el día 9 de agosto en la localidad de Campo Quijano, departamento Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-34.500/2026)
De la señora Senadora Leonor Minetti, declarando de Interés de esta Cámara, la jornada institucional “Historia y memoria reivindicativa del territorio del pueblo Kolla en el municipio de Campo Quijano”, en el marco de la implementación de los lineamientos curriculares Yachayninchej del Pueblo Kolla en los niveles de Educación Inicial y Educación Primaria, a llevarse a cabo en la localidad de Campo Quijano. (Expte. Nº 90-34.501/2026)
Del señor Senador Manuel Pailler, declarando de Interés de esta Cámara, la 82ª Edición de la Expo Rural Salta 2026, que se llevará a cabo desde el 19 al 23 de agosto en la Sociedad Rural, Salta Capital. (Expte. Nº 90-34.502/2026)
Del señor Senador Manuel Pailler, declarando de Interés de esta Cámara, la presentación del libro Carta Orgánica Comentada del Dr. Víctor Alfredo Frías, que se realizó el día 5 de agosto en la localidad de Enrique Mosconi. (Expte. Nº 90-34.503/2026)
Del señor Senador Manrique Burgos, declarando de Interés de esta Cámara, la Primera Edición de “Olimpiadas de Educación Secundaria, Puente de Unión Educativa” que iniciará en agosto y tendrá su instancia final en septiembre del año 2026 en el municipio de Cachi, Departamento homónimo. (Expte. Nº 90-34.504/2026)
Sr. Presidente (Lapad).- Se reservan en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.
V
Proyectos de Declaración
Del señor Senador Enrique Cornejo Saravia, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, implemente las acciones constructivas del cerramiento estructural modalidad tinglado en el patio de recreación principal del establecimiento educativo N° 4605 Capitán de Fragata Sergio Raúl Gómez Roca, del municipio General Güemes. (Expte. Nº 90-34.498/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, viendo con agrado que a través del Ministerio de Educación de la provincia de Salta y los organismos correspondientes, se gestione los medios necesarios para la construcción de la rampa de acceso a las instalaciones donde funciona la Unidad Educativa N° 7168 “Escuela de Educación Especial” del municipio de San Antonio de los Cobres, teniendo en cuenta los reiterados pedidos de la institución se evitaría seguir realizando un sobre esfuerzo del personal docente y maestranza para el ingreso de los alumnos. (Expte. Nº 90-34.505/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre las medidas necesarias a los fines de facilitar al Hospital Público Dr. Enrique Romero del municipio de El Quebrachal en el departamento de Anta: la designación de mayor personal de enfermería, agentes sanitarios y de choferes de ambulancias, como así también la reparación del aire acondicionado ubicado en el área y habitaciones de internación. (Expte. Nº 90-34.506/2026)
– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad, arbitre las medidas necesarias a los fines de proveer a la Comisaría Segunda de la localidad de El Quebrachal en el departamento de Anta de: móviles policiales, mayor personal policial y accesorios de seguridad principalmente chalecos antibalas y chalecos antipunzantes y asegurar la cobertura en internet y/o 4G a fin de cumplir con sus tareas administrativas, de investigación y de elaboración de informes. (Expte. Nº 90-34.507/2026)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad y los organismos competentes, disponga de carácter prioritario las medidas necesarias para la ejecución de obras edilicias de mantenimiento, ampliación y refacción de la Comisaria N° 2 del municipio de Rosario de Lerma. (Expte. Nº 90-34.508/2026)
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Infraestructura y de la Dirección Provincial de Vialidad, arbitren las medidas necesarias a los fines que se ejecuten las obras de reparación, mantenimiento y acondicionamiento de la Ruta Provincial 5, en el tramo comprendido entre los municipios de Apolinario Saravia y General Pizarro. (Expte. Nº 90-34.509/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Infraestructura y organismos competentes, arbitre las medidas que resulten necesarias, a los fines que se ejecute la obra de construcción de un Polideportivo en la localidad de Alto La Sierra. (Expte. Nº 90-34.510/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía; Ministerio de Infraestructura, Ente Regulador de los Servicios Públicos y Empresa EDESA SA, arbitren las medidas necesarias a los fines que se ejecute la obra de ampliación del tendido de red eléctrica para las comunidades originarias de: El Algarrobal Viejo, Vizcacheral, El Indio, Rinconal, 3 de Febrero, El Algarrobal y La Pista, ubicados en la zona de La Puntana, del municipio de Santa Victoria Este. (Expte. Nº 90-34.511/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales por Salta y el Poder Ejecutivo Provincial, gestionen ante el Poder Ejecutivo Nacional y Autoridades del Banco de la Nación Argentina, las medidas que resulten necesarias, a los fines que se disponga la creación, instalación y funcionamiento de Sucursales del Banco Nación en la localidades cabeceras de los municipios de Rivadavia Banda Norte, Rivadavia Banda Sur y Santa Victoria Este, departamento de Rivadavia. (Expte. Nº 90-34.512/2026)
– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.
Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Infraestructura, Secretaría de Recursos Hídricos; arbitren las medidas necesarias a los fines que se ejecute la obra de Perforación de un nuevo Pozo profundo de Agua en la localidad de Misión La Paz, para abastecer del vital líquido elemento a la zona del Complejo Aduanero de Control Fronterizo y sectores aledaños en ese lugar del municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-34.513/2026)
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
5
LICENCIAS
Sr. Presidente (Lapad).- Los señores Senadores Dani Nolasco, Walter Cruz, Carlos Fabián López y Sergio Saldaño, solicitan se justifique su inasistencia en el día de la fecha. Si no hay oposición, así se hará.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
6
HOMENAJES Y MANIFESTACIONES
Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores Senadores propongan realizar.
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Presidente de la Cámara, Don Antonio Marocco.
Sr. Presidente (Marocco).- Hacemos un reconocimiento a los empleados del Senado de la parte de Mayordomía.
– El señor Presidente de la Cámara de Senadores, señores Secretarios Legislativo, Institucional y Administrativo, y señores Senadores hacen entrega de diplomas de reconocimiento a las señoras Celeste Vega, Liliana Borja, Marcela Zamudio, y a los señores Martín Quiroga, Lucio Reynaga, Javier Copa, Ramiro Casares, Jaime Escalante y Juan Quiroga. (Aplausos)
Sr. Presidente (Marocco).- Continuamos la sesión. Estamos en homenajes.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.
Sen. Cornejo Avellaneda.- Señor Presidente: en una seguidilla de homenajes que venimos sosteniendo semanas pasadas, la semana pasada habíamos hecho homenaje a Carlos Nino, autor de “Un país al margen de la ley”. Nosotros lamentamos “una provincia al margen de la ley” en una seguidilla de comportamientos institucionales que terminaron por acabar con la poca institucionalidad que existe en Salta.
El día de ayer, lamentablemente, el Senado de la Provincia ha llevado adelante una audiencia confirmando y ratificando, lamentablemente, la irregularidad que ya venía sosteniendo la propia Cámara de Diputados con designaciones, dos pliegos de personas para ser propuestos como Auditores Generales de la Provincia sin reunir los requisitos mínimos para ocupar esos cargos y sin agotar, conforme la ley, el procedimiento reglado por la Constitución Provincial y por la Ley Especial 7103.
Como corolario de todo lo que ha sucedido, señor Presidente, corresponde informar a la población salteña que en la jornada de ayer se han expuesto múltiples oposiciones a los dos candidatos por cuestiones que realmente son absolutamente graves, importantes, insoslayables, y que bajo ningún modo, por más que avance hoy el pliego en alguna sesión especial, viene a purgar los vicios que viene arrastrando originariamente este procedimiento de la conformación irregular e ilegal de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados, donde de siete integrantes cuatro tendrían que representar la oposición y realmente el único opositor era el Diputado Virgili, sigue siendo opositor, pero ya la Comisión no está en funciones. Igualmente tengo entendido que quedará otro cargo más para tratar. Pero si esta va a ser la tesitura en el cual se va a mover la Cámara de Diputados en contra de la ley, realmente ninguna esperanza ya le queda al pueblo salteño de poder alcanzar un grado de institucionalidad que lleve a que las cuentas públicas tengan transparencia y a que los corruptos terminen presos.
Por otro lado, señor Presidente, el Senado ha llevado adelante un procedimiento, mediante el cual se han realizado múltiples impugnaciones, que se le ha corrido traslado, tengo entendido, a los propuestos, pero que los propuestos no han elevado siquiera una mínima defensa, sí han tomado ayer el uso la palabra, que para decir lo que dijeron mejor es el silencio. “Si no tienen nada inteligente que decir, mejor no digas nada”, famosa frase que nos decían nuestros abuelos.
En el caso de ayer se ha visto, primero, el manejo poco feliz de conceptos básicos en temáticas vinculadas al derecho, básicamente al Derecho Constitucional, porque claramente la Constitución de Salta establece que un auditor no puede ser reelecto, y la Constitución se encuentra vigente, y la Constitución es de cumplimiento obligatorio. No puede ninguna persona que haya sido dos veces auditor pretender una tercer re reelección. Tampoco puede considerarse que la Constitución, que fue dictada en el año 2021, va a tener que esperar quince años para ser aplicada. No hay forceps jurídico ni la mitad de la biblioteca que le pueda dar la razón. Solamente puede pasar en una provincia al margen de la ley.
Por otro lado, respecto al exdiputado nacional Nanni, ha dicho a viva voz en la audiencia que la Ley 7103 es una “ley residual”. Es decir, la ley especial que regula cómo se va a manejar y los requisitos que tiene que tener un auditor y la Auditoría, él consideró que es una ley residual, haciendo uso de una ignorancia enciclopédica. Uso y abuso, ya diría. Donde demuestra que no tiene la idoneidad necesaria para ser auditor. Podrá haber sido diputado, senador, pero no puede ser auditor. Fíjese, una cuestión sencilla. porque se decía que tenía un posgrado o magíster en derecho empresarial, pero no es auditoría, o que estaba cursando unos estudios, pero eso no te da la idoneidad.
Hagamos un paralelo con un juez, por ejemplo, para ser juez tenés que tener antecedentes, no solamente académicos, sino también años de ejercicio en la profesión. Y el exdiputado nacional, mandato cumplido, no tiene la idoneidad práctica, porque nunca fue auditor, porque nunca trabajó en una auditoría, porque nunca ejerció un control auditor. Porque aún a pesar de decirse que fue opositor, nunca ejerció la oposición tampoco de manera dialéctica, si quiere.
Entonces, señor Presidente, muy mal puede el día de hoy sesionar este Senado públicamente y decirse que se va a avalar dos personas propuestas cuando los procedimientos han sido contrarios a derecho, a la Constitución y la ley especial, y las personas propuestas no reúnen los requisitos constitucionales ni de la ley especial, mal puede hoy quizá plantearse una sesión especial donde se tirarán flores, quizás, para los propuestos, que sabemos que son flores marchitas. Sabemos que en realidad acá lo que hay, lamentablemente, es la petición del Poder Ejecutivo de que esas dos personas integren este órgano tan importante, y la Cámara de Diputados fue cómplice y el Senado tuvo que mirar para otro lado.
Lamentamos, señor Presidente, que se haya culminado esta crónica de una muerte anunciada, un final ya cantado para la suerte de los salteños, quienes van a tener muchos años que sufrir una Auditoría que realmente, y lamentablemente, estamos convencidos que va a ser funcional al poder político de turno.
7
ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN
Sr. Presidente (Marocco).- Los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario ingresar en la presente sesión.
Proyecto de Ley
Del señor Senador Roque Cornejo Avellaneda, creando el Sistema Provincial de Protección Fitosanitaria y del Ente Salteño de Control Vegetal. (Expte. Nº 90-34.516/2026)
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.
Sen. Cornejo Avellaneda.- Señor Presidente: solicito la unificación con el expediente 90-34.514/2026.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado. Pasa a la Comisión de Agricultura y Ganadería; y de Medio Ambiente.
Proyecto de Resolución
Del señor Senador Manuel Pailler, declarando de Interés de esta Cámara, las fiestas patronales de la localidad de Embarcación, departamento General San Martín, a celebrarse el día 16 de agosto del 2026 en honor a su patrono San Roque. (Expte. Nº 90-34.517/2026)
Sr. Presidente (Marocco).- Se reserva en Secretaría.
Dictamen de Comisión
De Justicia, Acuerdos y Designaciones:
En el proyecto de ley en revisión, por el cual se crean cinco cargos de Fiscal Penal para el Distrito Judicial del Centro, los que contarán con los deberes y atribuciones fijados en los Códigos de Procedimientos y en la Ley 7328 y modificatorias “Orgánica del Ministerio Público”. (Expte. Nº 91-54.190/2026)
Sr. Presidente (Marocco).- Pasa al Orden del día de la próxima sesión.
Comunicaciones Varias
El señor Secretario Parlamentario del Honorable Senado de la Nación Agustín Giustinian, comunica que la Audiencia Pública que tiene por objeto considerar el mensaje 125/26, solicitando acuerdo para designar Defensor Público Oficial Federal del interior del país con asiento en la ciudad de Salta, al Doctor Carlos Nicolás Escandar, expediente 206/26, se realizará el día 18 de agosto a horas 11:00 en el Salón Azul del Honorable Senado de la Nación.
– A sus antecedentes.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Anta.
Sen. Navarro.- Señor Presidente: solicito que el expediente 90-34.492/2026 del 2026, que fuera girado a la Comisión de Salud, pase también a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado. Se gira el expediente a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Corresponde considerar los asuntos que son de tratamiento en forma inmediata.
8
PEDIDO DE INFORME A LA SECRETARÍA DEL INTERIOR
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-34.497/2026. Proyecto de Resolución.
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- De conformidad a lo preceptuado por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir a la Secretaría del Interior, perteneciente al Poder Ejecutivo Provincial, en un plazo de diez (10) días informe lo siguiente:
- En el marco del programa integral de acondicionamiento en unidades educativas, denominado Puesta a Punto, periodos 2025 y 2026, informe fondos asignados al Municipio El Bordo.
- En función de los fondos transferidos al municipio antes nombrado, detalle aplicación de gastos y justificativo de mejoras realizadas en cada uno de los establecimientos escolares respectivos.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Enrique Cornejo Saravia
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.
Sen. Cornejo Saravia.- Señor Presidente, en el marco del artículo 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento Interno de este Cuerpo, solicito a la Secretaría del Interior, perteneciente al Poder Ejecutivo Provincial, que se me informe en el marco del Programa Integral de reciclado a los establecimientos educativos, más conocido como Puesta a Punto, los fondos asignados en los períodos 2025 y 2026 al municipio El Bordo, como así detalles justificativos de obras realizadas, ejecutadas en cada uno de los establecimientos escolares.
Motiva mi petición debido a que he recibido diferentes reclamos provenientes de la comunidad educativa, directoras, alumnos, padres de los mismos. También he recibido una intimación formal por parte de la Presidenta de la Comisión Cooperadora del establecimiento Papa Francisco, a los fines de que se informe la aplicación de los recursos que con mucho esfuerzo el Gobierno provincial ha girado al Municipio en cuestión.
Oportunamente, en el mes de abril, solicité a través de nota formal al señor Intendente de la localidad El Bordo que me informe el destino de los recursos aplicados. No recibí respuesta alguna, reiterando la misma y hasta el día de la fecha no ha habido una contratación formal. Igualmente hice presentación al Concejo Deliberante de esa localidad y no he recibido respuesta respectiva.
Señor Presidente, la comunidad bordeña requiere una explicación con relación a los recursos que el Tesoro de la Provincia, ha destinado al Municipio para el mejoramiento de los establecimientos escolares.
Por tal motivo solicito el presente pedido a los fines de poder dar información a la comunidad educativa que me lo ha requerido.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado.
9
DECLARACIÓN DE INTERÉS DE DIVERSOS EVENTOS
Sr. Secretario (López Mirau).- Se encuentran reservados para tratamiento sobre tablas los siguientes proyectos:
Expte. Nº 90-34.517/2026. Del señor Senador Manuel Pailler, declarando Interés las fiestas patronales de la localidad de Embarcación.
Expte. Nº 90-34.500/2026. De la señora Senadora Leonor Minetti, declarando de Interés la 50a Fiesta Provincial de la Pachamama, a realizarse el día 9 de agosto en la localidad de Campo Quijano.
Expte. Nº 90-34.501/2026. De la señora Senadora Leonor Minetti, declarando de Interés la jornada institucional “Historia y memoria reivindicativa del territorio del pueblo Kolla en el municipio de Campo Quijano”.
Expte. Nº 90-34.502/2026. Del señor Senador Manuel Pailler, declarando de Interés la 82° Edición de la Expo Rural Salta 2026.
Expte. Nº 90-34.503/2026. Del señor Senador Manuel Pailler, declarando de Interés el libro Carta Orgánica Comentada del Dr. Víctor Alfredo Frías.
Expte. Nº 90-34.504/2026. Del señor Senador Manrique Burgos, declarando de Interés la Primera Edición de “Olimpiadas de Educación Secundaria, Puente de Unión Educativa”
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado.
En consideración los proyectos. Los señores senadores que quieran hacer uso de la palabra para fundamentar los mismos, citen el expediente y pueden hacerlo. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobados.
10
ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Viña.
Sen. Soto.- Señor Presidente: es para solicitar una reconsideración y pedir autorización para ingresar dos dictámenes y dos resoluciones de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, referido a las propuestas remitidas oportunamente por la Cámara de Diputados. Asimismo voy a pedir sesión especial para el tratamiento de estos dictámenes.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración la propuesta del señor Senador del departamento La Viña. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa trece señores Senadores.
– Vota por la negativa un señor Senador.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobada, con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
Aprobada la reconsideración y la inclusión de los dos dictámenes de la Comisión.
Dictámenes de Comisión
De Justicia, Acuerdos y Designaciones:
Propuesta remitida por la Comisión Permanente de Auditoría de la Cámara de Diputados para la designación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris como miembro integrante de la Auditoría General de la Provincia.
Propuesta remitida por la Comisión Permanente de Auditoría de la Cámara de Diputados para la designación del Dr. Miguel Nanni Valero como miembro integrante de la Auditoría General de la Provincia.
Resolución rechazando las observaciones, oposiciones e impugnaciones formuladas contra la propuesta de designación del Dr. Miguel Nanni Valero.
Resolución rechazando las observaciones, oposiciones e impugnaciones formuladas contra la propuesta de designación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris.
Sr. Presidente (Marocco).- Se tratará en Sesión Especial.
Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Dia.
11
CARTA MUNICIPAL DE EL CARRIL
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-34.050. Dictamen de Comisión.
La Comisión Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley nuevamente en revisión de la Carta Orgánica Municipal de El Carril, sancionada por la Convención Municipal convocada al efecto y en función de lo dispuesto por los artículos 170, 171 y 172 de la Constitución Provincial; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja la sanción en definitiva aceptando las modificaciones realizadas por la Cámara de Diputados en sesión del día 2 de junio del año 2026, en las que se elimina el capítulo correspondiente al Tribunal de Cuentas y el artículo 144 de la comunicación al Poder Ejecutivo Provincial.
Sala de la Comisión, 29 de julio de 2026.
Dani Nolasco – Jorge Pablo Soto – Diego Cari – Mashur Lapad – Alejandra Navarro
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.
Sen. Cornejo D’Andrea.- Señor Presidente: primero, aclarar que es para El Carril la primera Carta Orgánica, no es la modificación de una anterior. Esto habla de la importancia que tiene la sanción de esta Carta Orgánica para un municipio como el de El Carril, una Carta Orgánica dotada de una fuerte impronta participativa y de carácter de control ciudadano, donde se destaca un presupuesto participativo, la profesionalización de la función pública municipal y una visión integral del desarrollo local. Asimismo, consagra políticas públicas permanentes en materia de deporte, cultura, desarrollo social, niñez, género, seguridad vial, turismo, gastronómico.
Se la llama Carta Orgánica de Segunda Generación, con una visión, como hacía mención, participativa, moderna y que indudablemente les da a las ciudades como El Carril una dinámica distinta, es la planificación de una ciudad para el futuro, entendiendo también los desafíos que trae, como en el caso de la autopista que va a mejorar todo lo que es la comunicación trae aparejado la necesidad de tener un código de planeamiento, de tener una planificación para el crecimiento de lo que se viene. Hablar de producción, hablar de seguridad, de esto trata esta Carta Orgánica Municipal y por eso es tan importante.
Esta Carta Orgánica que se ha aprobado en el Senado tuvo algunas modificaciones en la Cámara de Diputados y fueron aceptadas.
Hoy pido que acompañen mis pares en esta sanción definitiva. Poder contar con esta Carta Orgánica -vuelvo a repetir- es una visión a futuro de una ciudad que crece y que tiene fuertes desafíos por delante, que necesitaba de esta Carta Orgánica para tener un orden en todas sus áreas.
Muchas gracias, señor Presidente.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración el dictamen que aconseja la sanción definitiva de la Carta Municipal de El Carril. Se va a votar.
– Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
– Vota un señor Senador por la negativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
En consideración el proyecto de ley en general y en particular porque no tiene modificaciones. Se va a votar.
– Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
– Vota un señor Senador por la negativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
Se gira el expediente al Poder Ejecutivo a su consideración.
12
CARTA MUNICIPAL DE CAMPO QUIJANO
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. N° 91-53.554/2025. Dictamen de Comisión.
La Comisión Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión de la Carta Municipal de Campo Quijano; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 29 de julio del 2026.
Dani Nolasco – Jorge Pablo Soto – Diego Cari – Mashur Lapad – Alejandra Navarro
Miembro informante: Senador Enrique Cornejo Saravia.
Sr. Presidente (Marocco).-Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.
Sen. Cornejo Saravia.- Señor Presidente: la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional ha analizado el proyecto venido en revisión de la Cámara de Diputados, por el cual se propone aprobar, con algunas modificaciones, la Carta Municipal de Campo Quijano.
Las observaciones efectuadas por la Cámara de Origen, a nuestro criterio atinadas, recaen tanto en algunas normas proyectadas en lo que se conoce como la parte dogmática de la Carta Municipal como en la parte orgánica, es decir la que regula la distribución de las funciones y facultades de cada uno de los órganos de conducción o control del municipio.
En lo referente a la primera de las cuestiones, es decir a la parte dogmática, se han revisado solo cinco artículos y tratan de la Responsabilidad en el Municipio, la Publicidad de los Actos de Gobierno, el Boletín Oficial Municipal, la llamada Reivindicación Participativa, la Participación y Consulta Previa y el Desarrollo Económico y la Autogestión.
En todos estos puntos, la Cámara de Diputados, con un criterio que compartimos, ha morigerado la responsabilidad del municipio por los errores judiciales, por afectar la división de poderes; el carácter obligatorio de la publicidad de toda norma para que adquiera obligatoriedad, se eliminan las consultas vinculantes sobre temas que afectan la competencia y facultades de órganos creados constitucionalmente y se adecua la redacción a la normativa superior vigente sin alterar los principios estipulados por el envío de los convencionales.
Donde sí se nota más el trabajo de adecuación de la proyectada Carta Municipal, fue la parte orgánica, donde ha debido intervenirse a fin de evitar términos que afecten el orden y la jerarquía de las normas aplicables.
Así, se ha modificado el término “constituyentes”, empleado en el escrito original por “convencionales municipales”, artículo 37. Se suprime el concepto de que el Concejo Deliberante tiene “personería jurídica propia”, artículo 39. Esto solo es a modo de ejemplo y siempre con la menor injerencia posible en la voluntad comunal.
También ha sido inevitable adecuar los requisitos exigidos para ser concejal y adecuarlos a la manda constitucional en esa materia, las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los artículos 41, 42 y 43 del proyecto excedían lo dispuesto por la Constitución Provincial.
En cuanto a la composición y modo de funcionamiento del Concejo Deliberante, se ha debido intervenir los artículos 49, 51 y 54 para armonizarlos con las normas superiores de la Provincia.
En lo relativo al Departamento Ejecutivo proyectado, el mismo no ha merecido mayores cuestionamientos, salvo algunas precisiones conceptuales o de redacción, en especial en lo propio a destitución, intervención o juicio político.
Se revisan algunos puntos referentes al Tribunal de Faltas, la Audiencia Pública y a los Convencionales Municipales, fundamentalmente en lo relativo a requisitos, responsabilidad, incompatibilidad y entrada en vigencia.
Sí, en cambio, se modifica el proyectado Tribunal Municipal de Cuentas, a fin de adecuarlo a la nueva forma de control contemplada en la Constitución Provincial, proponiendo en su reemplazo una Unidad de Sindicatura Interna, interviniendo necesariamente todos los artículos involucrados en la materia.
Como queda dicho, entendemos que en lo que concerniente a la Carta Municipal de Quijano ambas Cámaras Legislativas han efectuado conforme a lo previsto en la Constitución Provincial y con estricto respeto a la voluntad política de los convencionales municipales, interviniendo mínimamente a los fines de su adecuación.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la sanción definitiva de la Carta Municipal de Campo Quijano.
Muchas gracias.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma.
Sen. Minetti.- Señor Presidente: quiero adelantar que mi voto será negativo porque considero que esta Carta Orgánica del municipio Campo Quijano merece una norma clara, legal y equilibrada, que contemple no sólo al centro urbano, sino también a La Silleta, la Quebrada del Toro, a las decenas de barrios alejados y a cada una de las comunidades que hoy padecen la falta de representación en el texto legal.
Uno de los principales problemas es que el proyecto mantiene el mismo sistema centralizado en un municipio que necesita descentralización de manera urgente. Con esta carta orgánica, el Delegado de La Silleta seguirá siendo designado por el Intendente de turno, sin presupuesto propio y sin capacidad para resolver los reclamos de los vecinos. ¿De qué sirve tener una Delegación? No tiene poder de decisión, presupuesto ni recursos para hacer frente a las demandas de los vecinos de la zona. Como mínimo debería haberse contemplado que los vecinos puedan elegir a su Delegado a través de elecciones mientras continúa la discusión sobre la municipalización de La Silleta, municipalización que lejos está de obtenerse gracias a estas medidas centralistas. Tampoco se garantiza una distribución justa del presupuesto. La Silleta, la Quebrada del Toro, El Encón y las demás localidades del municipio necesitan reglas escritas, no promesas, sin porcentaje o criterios objetivos para repartir los recursos todo seguirá dependiendo de la voluntad del intendente de turno y sabemos que las comunidades más alejadas suelen ser las últimas en recibir obras y servicios.
Tampoco establece límites suficientemente claros para impedir que casi todo el presupuesto municipal termine destinado al pago de sueldo de funcionarios políticos.
La asimetría que hay entre lo que cobra un obrero municipal y un funcionario político de turno es evidente. Esto trae una consecuencia directa. Si de cada cien pesos se gasta noventa en personal político, queda solamente diez para calles, alumbrado, limpieza y obras. Esto se nota en las calles y esta era una oportunidad histórica para dejar sentado en la Carta Orgánica el límite en el gasto en la política.
Además, contiene algunos artículos con serios problemas jurídicos, se restringe la participación política de vecinos que integran instituciones, se atribuyen facultades electorales que corresponden al Poder Ejecutivo conforme la Ley Provincial Nº 6444 y se incorpora la figura de Viceintendente, que no está prevista en la organización municipal establecida por la Constitución.
La autonomía municipal es un derecho, pero debe ejercerse dentro de la Constitución y de las leyes.
Reconozco que existen propuestas positivas como los concursos públicos, los límites al ingreso de familiares, el salario mínimo para trabajadores municipales y las medidas de asistencia social, pero todas ellas pueden aprobarse mediante ordenanzas o proyectos específicos sin la necesidad de aprobar esta Carta Orgánica, que tiene problemas estructurales debido al fuerte centralismo que defiende.
Muchas gracias, señor Presidente.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa trece señores Senadores.
– Votan por la negativa dos señores Senadores.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital y de la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma.
En consideración en general. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa trece señores Senadores.
– Votan por la negativa dos señores Senadores.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital y de la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueba: Preámbulo.
Libro I Parte Dogmática Título I Declaraciones y Principios Generales Capítulo I Disposiciones Generales, Arts. 1º al 5º. Capítulo II Símbolos Municipales, Arts. 6º al 11. Capítulo III Prohibición Expresa de Utilizar Nombres de Funcionarios, Arts. 12 al 15. Título II Principios de Gobierno Capítulo I Declaraciones Generales, Arts. 16 al 22. Capítulo II Derechos y Deberes, Arts. 23 al 25. Capítulo III De los Pueblos Originarios y Comunidades Preexistentes, Arts. 26 al 35.
Libro II Parte Orgánica Título I Gobierno Municipal Capítulo Único Organización del Gobierno Municipal, Arts. 36 al 38. Título II Órganos de Gobierno Municipal Capítulo I Concejo Deliberante, Arts. 39 al 59. Capítulo II Departamento Ejecutivo Municipal, Arts. 60 al 66. Capítulo III Secretarías, Arts. 67 al 69. Capítulo IV Delegaciones Municipales, Arts. 70 al 79. Capítulo V Juicio Político, Arts. 80 al 84. Título III De Formación y Sanción de las Ordenanzas Capítulo Único, Arts. 85 al 88. Título IV Hacienda, Economía, Régimen Administrativo y Estructuras Capítulo I Patrimonio Municipal, Arts. 89 al 91. Capítulo II Principios Tributarios, Arts. 92 y 93. Capítulo III Del Desarrollo de la Economía Municipal, Art. 94. Capítulo IV Ejercicio Fiscal, Arts. 95 al 101. Capítulo V Cuenta General del Ejercicio, Arts. 102 al 104. Título V Órganos Municipales Capítulo I Unidad de Sindicatura Interna, Arts. 105 al 110. Capítulo II Tribunal Administrativo Municipal de Faltas, Arts. 111 al 116. Título VI Administración y Empleo Público Municipal Capítulo I Administración Pública Municipal, Arts. 117 al 120. Capítulo II Salario de los Empleados Públicos Municipales, Arts. 121 y 122. Título VII Régimen Económico Financiero Capítulo I Sistema Tributario, Arts. 123 al 128. Capítulo II Contabilidad Pública Municipal, Arts. 129 al 131. Capítulo III Empréstitos, Art. 132. Título VIII Fondos Fiduciarios Capítulo Único Arts. 133 al 135. Título IX Participación Ciudadana y Democracia Semidirecta Capítulo I Arts. 136 y 137. Capítulo II Mecanismos de Democracia Semidirecta, Arts. 138 al 141. Capítulo III Organización Comunitaria, Arts. 142 al 146. Capítulo IV Políticas Diferenciales, Arts. 147 al 154.
Libro III Régimen Municipal y Políticas Públicas. Título I Obras y Servicios Públicos Capítulo Único, Arts.155 al 166. Título II Tránsito Minero Capítulo I Control del Tránsito Minero y Protección Vial, Arts. 167 al 171. Capítulo II Tasas por Uso Intensivo de Infraestructura Vial y Servicios de Control Ambiental, Arts. 172 al 177. Título III Seguridad Civil y Servicios de Emergencia Capítulo I Disposiciones Generales, Art. 178. Capítulo II Bomberos Voluntarios, Art. 179, Capítulo III Fondo Municipal de Emergencias, Arts. 180 al 182. Título IV Promoción de la Salud, Educación, Cultura, Deporte y Recreación Capítulo I Municipio Saludable, Arts. 183 y 184 Capítulo II Educación, Cultura y Promoción del Deporte, Arts. 185 al 187. Capítulo III Recreación y Deporte Social Política Deportiva, Art. 188. Título V Desarrollo Económico Local y Productivo Capítulo I Desarrollo Económico Local, Arts. 189 al 191. Capítulo II Desarrollo Productivo, Arts. 192 al 195. Capítulo III Economía Social, Arts. 196 al 198, Capítulo IV Política Ambiental Municipal, Arts. 199 y 200, Capítulo V Zoonosis, Salud Animal y Tenencia Responsable, Arts. 201 al 206, Capítulo VI Ciencia y Tecnología, Art. 207, Capítulo VII Turismo y Políticas de Desarrollo Turístico, Art. 208. Capítulo VIII Desarrollo Regional, Art. 209. Título VI Reforma y Enmienda. Capítulo I Reforma por Convención, Arts. 210 al 213. Capítulo II Disposiciones Transitorias, Arts. 214 al 218. Con el voto negativo de dos señores Senadores.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital y de la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma.
Se gira al Poder Ejecutivo a su consideración.
13
TRATAMIENTO PROYECTOS DE DECLARACIÓN
ORDEN DEL DÍA Nº 15/2026
Sr. Secretario (López Mirau).- Proyectos de Declaración con dictamen de Comisión.
De Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología:
Expte. N° 90-34.184/2026. Del señor Senador Sergio Saldaño, viendo con agrado se arbitren las gestiones necesarias para imponer el nombre de “Dr. José Antonio Lovaglio” a la Escuela Normal de Cafayate.
Expte. N° 90-34.437/2026. Del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado la creación y construcción edilicia de una nueva unidad educativa de Nivel Primario en el municipio de Santa Victoria Este, departamento Rivadavia.
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración los proyectos. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobados.
Corresponde, por haberlo autorizado el Cuerpo, Sesión Especial a fin de considerar los acuerdos y el tratamiento de los dictámenes, oportunamente solicitado por el señor Senador del departamento La Viña.
14
DESIGNACIÓN DE AUDITOR GENERAL DE LA PROVINCIA
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-34.455/2026. Resolución de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
VISTO:
Las presentaciones formuladas en el marco del Expediente Nº 90-34.455/26 por las que se impugna la propuesta del Dr. Miguel Nanni Valero D.N.I. Nº 25.802.248, como Auditor General de la Provincia.
CONSIDERANDO:
Que la señora Silvia de Elia, por derecho propio, formuló una presentación inicial de fecha 7 de julio de 2026, obrante a fs. 33/37, y una ampliación de fecha 13 de julio de 2026, obrante a fs. 12/13 del Expediente Nº 90-34.455/26, acompañando antecedentes a fs. 14/16; objetó, respecto del Dr. Nanni, su idoneidad técnica y antecedentes vinculados con la rendición contable de la Unión Cívica Radical – Distrito Salta;
Que los legisladores integrantes del bloque La Libertad Avanza presentaron escritos de fechas 8 y 13 de julio de 2026, obrantes a fs. 39/40 y 119, por los que cuestionaron la integración de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados y cuestionó la aptitud técnica y perfil partidario del Dr. Nanni;
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta y el Colegio de Graduados de Ciencias Económicas de Salta realizaron presentaciones obrantes a fs. 139/162 y 205/208, objetando la composición profesional que resultaría de la designación por entender que una integración de cuatro (4) abogados y un profesional de Ciencias Económicas afectaría la naturaleza técnica e interdisciplinaria del organismo;
Que, vencido el plazo reglamentario, se corrió vista al propuesto por el término de cuarenta y ocho (48) horas, con copia de las actuaciones, garantizándose su derecho de defensa y la posibilidad de ofrecer y merituar prueba;
Que el Dr. Miguel Nanni Valero contestó la vista en fecha 31 de julio del 2026, rechazó las objeciones dirigidas a su persona y ofreció prueba; manifestó que el título de abogado satisface expresamente la exigencia del artículo 169 de la Constitución Provincial; detalló formación complementaria y experiencia legislativa vinculada con presupuesto, finanzas y control; sostuvo que su trayectoria partidaria anterior no constituye incompatibilidad, comprometiéndose a cesar toda actividad política partidaria antes de asumir; y señaló que la resolución judicial relativa al balance 2021 de la Unión Cívica Radical produjo consecuencias para la agrupación, sin imponerle sanción, condena ni inhabilitación personal;
Que el artículo 154 del Reglamento garantiza ampliamente a los habitantes el derecho de objetar o destacar las calidades y méritos del propuesto, motivo por el cual todas las presentaciones deben ser examinadas por su contenido, con prescindencia de la existencia de un derecho subjetivo o interés individual de sus autores;
Que, de acuerdo con los artículos 155 y 156 del Reglamento, los propuestos tienen derecho a participar y controlar la prueba, y esta Comisión debe producir los elementos pertinentes y útiles y valorarlos conforme a su libre convicción, a fin de determinar la concurrencia de las calidades constitucionales, legales, profesionales y personales requeridas;
Que el artículo 169 de la Constitución Provincial exige que la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados se integre con siete (7) miembros, cuatro (4) pertenecientes a partidos políticos o frentes electorales de la oposición, y que la selección sea puesta en conocimiento del plenario de esa Cámara;
Que el Senado no revisa la conveniencia política ni las decisiones internas adoptadas por la Cámara de Diputados en el ámbito de sus atribuciones, pero debe comprobar el cumplimiento de los presupuestos constitucionales objetivos del procedimiento de selección;
Que de la resolución de integración, el acta certificada y constancia de comunicación al plenario obrantes en el expediente, surge que la Comisión de Auditoría estuvo integrada por siete (7) miembros, de los cuales cuatro (4) pertenecían a partidos políticos o frentes electorales de la oposición, y que la selección del propuesto fue puesta en conocimiento del pleno de la Cámara de Diputados; por ello, las presentaciones no acreditan un incumplimiento objetivo de las exigencias constitucionales, sino discrepancias sobre la representación y decisión política interna que no invalidan la revisión efectuada;
Que el artículo 169 de la Constitución Provincial admite expresamente como título habilitante la Abogacía, en alternativa con Ciencias Económicas y otros títulos acompañados de especialización; por ello, no resulta exigible al Dr. Nanni una especialización adicional como condición constitucional cuando su título de abogado, edad y antigüedad profesional se encuentran acreditados en el pliego;
Que la experiencia política o partidaria previa tampoco configura una inhabilidad; la incompatibilidad constitucional consiste en realizar actividad política partidaria durante el desempeño del cargo, por lo que deberá acreditarse su cese antes del juramento y toma de posesión;
Que la resolución judicial relativa al balance 2021 de la Unión Cívica Radical debe ser ponderada como antecedente, pero de las constancias incorporadas no surge sanción, condena o inhabilitación personal del Dr. Nanni ni una atribución individual suficiente de dolo o negligencia grave; en consecuencia, no configura la causal del artículo 41 de la Ley 7103 ni demuestra por sí sola ausencia de idoneidad;
Que la Constitución y la Ley 7103 no establecen una reserva o cuota de cargos para cada profesión dentro del Colegio de Auditores; la exigencia de interdisciplinariedad contenida en el artículo 32, incisos g) y m), se refiere al modelo de control y al personal técnico multidisciplinario, sin impedir que más de un miembro posea el mismo título habilitante;
Que las observaciones de las entidades de Ciencias Económicas constituyen un aporte institucional atendible para la futura organización de áreas, concursos y equipos técnicos, pero no acreditan la inelegibilidad del propuesto ni un vicio jurídico en la composición resultante;
Que ninguno de los antecedentes valorados acredita que el propuesto se encuentre inhibido, en quiebra o concurso civil, o condenado por delitos dolosos graves, ni demuestra la falta de los requisitos de edad, título y ejercicio profesional exigidos por la Constitución y la ley;
Que el procedimiento participativo tiene por finalidad aportar información objetiva y fortalecer la decisión institucional, pero no sustituye la competencia constitucional de selección y designación ni convierte a esta Comisión en tribunal jurisdiccional o disciplinario;
Que el rechazo de las observaciones en estas actuaciones significa exclusivamente que la prueba reunida no posee entidad suficiente para impedir la prosecución del procedimiento de designación, sin importar pronunciamiento sobre responsabilidades que correspondan a otros organismos;
Que, por todo lo expuesto, corresponde rechazar las observaciones e impugnaciones formuladas y someter la cuestión a consideración de la Cámara.
Por ello,
LA COMSIÓN DE JUSTICIA, ACUERDOS Y DESIGNACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º.- Rechazar las observaciones, oposiciones e impugnaciones formuladas en el Expediente Nº 90-34.455/26 contra la propuesta de designación del Dr. Miguel Nanni Valero, D.N.I. Nº 25.802.248, como miembro de la Auditoría General de la Provincia, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Art. 2º.- Incorporar la presente Resolución al dictamen final previsto por el artículo 153 del Reglamento de la Cámara de Senadores y someterlo a consideración de la Cámara en sesión pública.
Art. 3º.- Registrar, elevar, notificar y archivar.
Salta, 5 de agosto de 2026.
Juan Cruz Curá – Jorge Pablo Soto – Gonzalo Caro Dávalos – Mashur Lapad – Dani Raúl Nolasco – Enrique Cornejo Saravia
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración la Resolución. Se va a votar.
– Votan trece señores senadores por la afirmativa.
– Votan un señor Senador por la negativa.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobada con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-34.452/2026. Resolución de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
VISTO:
Las presentaciones formuladas en el marco del Expediente Nº 90-34.452/26 por las que se impugna la propuesta del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris, D.N.I. Nº 20.399.598, para integrar la Auditoría General de la Provincia y
CONSIDERANDO:
Que el señor Milton Rolando Torres, en su carácter invocado de Secretario General de la Asociación del Personal de los Organismos de Control -APOC-Seccional Salta, presentó escrito de fecha 8 de julio de 2026 contra la postulación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris, obrante a fs. 1/4, con documentación relativa a personería y certificaciones a fs. 8/15, nota de regularización y comunicado a fs. 17/22 e informe denominado “Anatomía del Colapso Operativo” a fs. 126/137; fundó su oposición en la prohibición constitucional de nueva designación, la disminución de informes de control, las vacantes de planta y alegaciones de hostigamiento laboral;
Que la señora Silvia de Elia, por derecho propio, formuló una presentación inicial de fecha 7 de julio de 2026, obrante a fs. 33/37, y una ampliación de fecha 13 de julio de 2026, obrante a fs. 12/13 del Expediente Nº 90-34.455/26, acompañando antecedentes a fs. 14/16; objetó a ambos propuestos por supuestos vicios en la integración y actuación de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados y por afectación del principio de alternancia; respecto del Dr. Ferraris cuestionó su actuación frente al control del Fondo de Reparación Histórica.
Que los legisladores integrantes del bloque La Libertad Avanza presentaron escritos de fechas 8 y 13 de julio de 2026, obrantes a fs. 39/40 y 119, por los que cuestionaron la integración de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados, la posibilidad de una nueva designación del Dr. Ferraris.
Que el Contador Público Jorge Pedro Daud efectuó presentación en fecha 14 de julio de 2026 contra el Dr. Ferraris, obrante a fs. 42/53, con detalle cronológico de certificados médicos a fs. 54 y documentación a fs. 55/117, en la que alegó hostigamiento, arbitrariedad y modificación de condiciones laborales, e invocó una resolución judicial de fecha 20 de abril de 2022 y certificados de salud;
Que el señor Luis Bernardino Mamani presentó escrito de fecha 21 de julio de 2026 contra el Dr. Ferraris, obrante a fs. 121/137, en el que formuló observaciones relativas al uso del título de doctor, supuesta persecución laboral, distribución de cargos, retiro de expedientes, recibos de haberes y prohibición de nueva designación, invocando antecedentes médicos y registros de cámaras de seguridad;
Que la señora Tania Karina Alejandra Díaz La Mata formuló presentación de fecha 22 de julio de 2026 contra el Dr. Ferraris, obrante a fs. 210/213, acompañando el Dictamen INADI Nº EX2019-06492755 a fs. 214/220 y actuaciones administrativas y normativa a fs. 221/260; sostuvo que existieron omisiones institucionales discriminatorias y demora en la aplicación de la Ley 8200.
Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Salta realizaron presentaciones obrantes a fs. 139/162 y 205/208, objetando la composición profesional que resultaría de las designaciones por entender que una integración de cuatro abogados y un profesional de Ciencias Económicas afectaría la naturaleza técnica e interdisciplinaria del organismo;
Que, vencido el plazo reglamentario, se corrió vista al propuesto por el término de cuarenta y ocho horas, con copia de las actuaciones, garantizándose su derecho de defensa y la posibilidad de ofrecer y merituar prueba;
Que el Dr. Gustavo Adolfo Ferraris contestó la vista en fecha 31 de julio de 2026, negó los hechos y la autenticidad de diversa documentación, solicitó el rechazo íntegro de las presentaciones y acompañó prueba documental en 167 fojas; sostuvo, en lo sustancial, que la prohibición incorporada por la Reforma Constitucional de 2021 se refiere a los mandatos de ocho años conferidos bajo el nuevo régimen; que no existe una cuota profesional en el Colegio de Auditores; que la producción de informes corresponde primariamente a las áreas asignadas a cada Auditor General; que las estadísticas y datos de vacantes son inexactos o incomparables; y que las actuaciones judiciales, administrativas y gremiales invocadas no establecen responsabilidad personal ni inhabilidad;
Que el artículo 154 del Reglamento garantiza ampliamente a los habitantes el derecho de objetar o destacar las calidades y méritos del propuesto, motivo por el cual todas las presentaciones deben ser examinadas por su contenido, con prescindencia de la existencia de un derecho subjetivo o interés individual de sus autores;
Que, de acuerdo con los artículos 155 y 156 del Reglamento, el propuesto tiene derecho a participar y controlar la prueba, y esta Comisión debe producir los elementos pertinentes y útiles y valorarlos conforme a su libre convicción, a fin de determinar la concurrencia de las calidades constitucionales, legales, profesionales y personales requeridas;
Que el artículo 169 de la Constitución Provincial exige que la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados se integre con siete miembros, cuatro pertenecientes a partidos políticos o frentes electorales de la oposición, y que la selección sea puesta en conocimiento del plenario de esa Cámara;
Que el Senado no revisa la conveniencia política ni las decisiones internas adoptadas por la Cámara de Diputados en el ámbito de sus atribuciones, pero debe comprobar el cumplimiento de los presupuestos constitucionales objetivos del procedimiento de selección;
Que de la resolución de integración, el acta certificada y la constancia de comunicación al plenario obrantes en las actuaciones, surge que la Comisión de Auditoría estuvo integrada por siete miembros, de los cuales cuatro pertenecían a partidos políticos o frentes electorales de la oposición, y que la selección del propuesto fue puesta en conocimiento del pleno de la Cámara de Diputados; por ello, las presentaciones no acreditan un incumplimiento objetivo de las exigencias constitucionales, sino discrepancias sobre la representación y decisión política interna que no invalidan la remisión efectuada;
Que el artículo 169 vigente establece que los Auditores Generales duran ocho (8) años en sus funciones y no pueden ser designados nuevamente;
Que consta en los registros legislativos que el Dr. Ferraris fue designado Auditor General en los años 2016 y 2021, bajo el texto constitucional anterior, que contemplaba mandatos de cinco años y admitía una ulterior designación, siendo ambos nombramientos anteriores a la reforma constitucional sancionada en diciembre de 2021;
Que la nueva cláusula reúne en una misma proposición la duración de ocho años y la prohibición de nueva designación y no contiene una disposición transitoria que atribuya a los mandatos conferidos y agotados bajo el régimen anterior el efecto inhabilitante propio del nuevo sistema;
Que las restricciones de acceso a la función pública requieren una interpretación estricta, compatible con la seguridad jurídica, y no corresponde extender por vía interpretativa una inhabilidad a situaciones anteriores cuando el constituyente no dispuso expresamente su cómputo;
Que, en consecuencia, esta Comisión interpreta que la prohibición de nueva designación prevista por el artículo 169 se aplica a quien haya sido designado para el mandato de ocho años instituido por la reforma de 2021, y que la propuesta actualmente examinada constituye, respecto del Dr. Ferraris, la primera designación bajo el nuevo régimen constitucional;
Que esa conclusión se funda directamente en la Constitución vigente y no en el artículo 40 de la Ley 7.103, cuya previsión de cinco años y posibilidad de nuevo nombramiento ha quedado desplazada en cuanto se opone al texto constitucional reformado;
Que las alegaciones de APOC sobre producción de informes y vacantes son controvertidas por el propuesto y se sustentan en series cuya metodología y comparabilidad han sido cuestionadas; además, el artículo 42 de la Ley 7.103 asigna responsabilidad primaria a cada Auditor General sobre su sector y aprobación conjunta al auditor del área y al Presidente, por lo que los datos globales no permiten atribuir de modo exclusivo al Dr. Ferraris una falta personal o una causal de inhabilidad;
Que la existencia de vacantes, interinatos o decisiones de organización y personal puede ser materia de control institucional, pero no se ha acreditado en estas actuaciones una declaración firme de ilegitimidad ni una conducta personal que encuadre en las prohibiciones del artículo 41 de la Ley 7.103 o que, por su entidad probatoria, impida la designación;
Que respecto del Fondo de Reparación Histórica, el descargo atribuye la responsabilidad operativa al área correspondiente y acompaña una disidencia formulada por el Dr. Ferraris frente al informe producido, elemento que resulta incompatible con la imputación genérica de inacción deliberada, sin perjuicio de la responsabilidad compartida que la ley asigna en la aprobación de informes;
Que las presentaciones de los señores Daud y Mamani describen conflictos laborales y hechos de gravedad que han sido controvertidos; la resolución judicial invocada por el primero reviste carácter cautelar según las constancias acompañadas y no constituye sentencia firme de responsabilidad, mientras que los certificados médicos no establecen por sí solos un nexo causal individual con la conducta del propuesto;
Que las alegaciones sobre retiro de expedientes, irregularidades en recibos de haberes y uso de títulos no se encuentran acompañadas, en el estado de estas actuaciones, de prueba suficiente que atribuya directa y personalmente al Dr. Ferraris una conducta ilícita o una inhabilidad, sin perjuicio de la competencia de las autoridades administrativas, laborales, disciplinarias o penales para investigarlas;
Que el Dictamen INADI Nº EX2019-06492755 posee valor como antecedente administrativo, pero no es una sentencia ni establece por sí mismo responsabilidad personal del Dr. Ferraris; asimismo, el descargo sostiene que la prestación reclamada fue reconocida con efecto retroactivo, circunstancia que, valorada con el resto de la prueba, no permite concluir una falta personal de entidad impeditiva;
Que la declaración gremial de “persona no grata” expresa una posición sindical y un conflicto institucional que esta Comisión ha considerado, pero carece de eficacia jurídica autónoma para configurar una causal constitucional o legal de exclusión;
Que la Constitución y la Ley 7.103 no establecen una reserva o cuota de cargos para cada profesión dentro del Colegio de Auditores; la exigencia de interdisciplinariedad contenida en el artículo 32, incisos g) y m), se refiere al modelo de control y al personal técnico multidisciplinario, sin impedir que más de un miembro posea el mismo título habilitante;
Que las observaciones de las entidades de Ciencia Económicas constituyen un aporte institucional atendible para la futura organización de áreas, concursos y equipos técnicos, pero no acreditan la inelegibilidad del propuesto ni un vicio jurídico en la composición resultante;
Que ninguno de los antecedentes valorados acredita que el propuesto se encuentra inhibido, en quiebra o concurso civil, o condenados por delitos dolosos graves, ni demuestra la falta de los requisitos de edad, título y ejercicio profesional exigidos por la Constitución y la ley;
Que el procedimiento participativo tiene por finalidad aportar información objetiva y fortalecer la decisión institucional, pero no sustituye la competencia constitucional de selección y designación ni convierte a esta Comisión en tribunal jurisdiccional o disciplinario;
Que el rechazo de las observaciones en estas actuaciones significa exclusivamente que la prueba reunida no posee entidad suficiente para impedir la prosecución del procedimiento de designación, sin importar pronunciamiento sobre responsabilidades que correspondan a otros organismos;
Que, por todo lo expuesto, corresponde rechazar las observaciones, oposiciones e impugnaciones formuladas y someter la cuestión a consideración de la Cámara.
Por ello,
LA COMISIÓN DE JUSTICIA, ACUERDOS Y DESIGNACIONES
RESUELVE:
Artículo 1º.- Rechazar las observaciones, oposiciones e impugnaciones formuladas en el Expediente Nº 90-34.452/26 contra la propuesta de designación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris, D.N.I. Nº 20.399.598, como miembro de la Auditoría General de la Provincia, por los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente.
Art. 2º.- Incorporar la presente Resolución al dictamen final previsto por el artículo 153 del Reglamento de la Cámara de Senadores y someterlo a consideración de la Cámara en sesión pública.
Art. 3º.- Registrar, Elevar, Notificar y Archivar.
Salta, 5 de agosto de 2026.
Jorge Pablo Soto – Dani Raúl Nolasco – Enrique Cornejo Saravia – Gonzalo Caro Dávalos Juan Cruz Curá
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración se va a votar la Resolución de la Comisión de Justicia.
– Votan por la afirmativa catorce señores Senadores.
– Vota por la negativa un señor Senador.
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-34.453/2026. Dictamen de Comisión.
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado la propuesta remitida por la Comisión Permanente de Auditoría de la Cámara de Diputados para la designación del Auditor General de la Provincia y de acuerdo al Art. 153 del Reglamento de Cámara corresponde establecer una relación circunstanciada desde el inicio a la clausura de la Audiencia Pública y demás requisitos allí establecidos, a saber:
I.- ANTECEDENTES:
El día 01-VII-26 se recibió la propuesta de la Comisión Permanente de la Auditoría de la Cámara de Diputados, para la designación del Dr. Miguel Nanni Valero, D.N.I. Nº 25.802.248, como miembro integrante de la Auditoría General de la Provincia.
En igual fecha la Secretaría Legislativa giró la propuesta referenciada a Coordinación Legislativa para que sea publicada y dada a conocer en Sesión Pública de fecha del 02-VII-26 mediante Boletín de Asuntos Entrados, ordenando asimismo el correspondiente giro a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
Con fecha del 02-VII-26 la Presidencia de la Cámara de Senadores dicta Resolución Nº 09/26 haciendo saber formalmente que ha ingresado la Propuesta para la Designación del Dr. Miguel Nanni Valero como miembro de la Auditoría General de la Provincia poniéndolo a consideración de la ciudadanía por intermedio de los medios de comunicación, a través del Jefe de Prensa y Difusión de la Cámara.
Dicha Resolución fue publicada en Boletín Oficial Edición Nº 22.221 de fecha 06-VII-26, página 13 y el Diario Punto Uno de fecha del 07-VII-26.
Por Resolución de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones en reunión celebrada el 29-VIII-26, se estableció la celebración de la Audiencia Pública para el día 05-VIII-26 a partir de hs. 17:00, la referida Resolución de la Comisión también fue publicada en Boletín Oficial Edición Nº 22.238/26 del 31-VIII-26, páginas 17/18 y en Nuevo Diario del día 31-VII-26, habiéndose dado amplia difusión de la misma.
II.- AUDIENCIA PÚBLICA:
Por consiguiente, conforme a lo resuelto por la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones a partir de horas 17:00 del día 05-VIII-26 se celebró la Audiencia Pública establecida por la Constitución Provincial de una manera previa.
De ella se ha efectuado la correspondiente Acta, cuya versión taquigráfica ha sido tomada por el personal de esta Cámara, contenido que obra en estas actuaciones concluyendo la misma a horas 19:04.
III.- CONSIDERANDOS:
Que el Dr. Miguel Nanni Valero fue entrevistado por la Comisión el día 05-VIII-26 luego de finalizada la Audiencia Pública correspondiente. Se le ha solicitado bajo forma de declaración jurada si se encuentra comprendido en las inhabilidades del Art. 41 de la Ley Nº 7103, siendo la respuesta negativa, de lo cual se levantó la pertinente acta con la colaboración de las taquígrafas del Cuerpo. Además; concluyendo por las informaciones recabadas que tampoco registra condena penal en su contra, ni causas penales abiertas, ni se encuentra comprendido en alguna inhabilidad de ley.
Que los méritos y calidades del candidato propuesto serán informados por separado oportunamente por un miembro de la Comisión, en virtud de que se estima más conveniente efectuarlo de esta manera por la importancia institucional que reviste la cuestión.
Que en mérito de todo lo expuesto se ha dado cumplimiento al procedimiento instituido por los Arts. 169 apartado III, de la Constitución Provincial y 153 y cc. del Reglamento de esta Cámara, restando someter el presente dictamen a la consideración del Cuerpo, en Sesión Especial Pública.
IV.- RESOLUCION:
Que por todo lo expuesto esta Comisión aconseja efectuar la Designación como Auditor General de la Provincia al Dr. Miguel Nanni Valero D.N.I. Nº 25.802.248 y de las demás condiciones personales obrantes.
Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2026.
Juan Cruz Curá – Jorge Pablo Soto – Gonzalo Caro Dávalos – Dani Raúl Nolasco – Enrique Cornejo Saravia
Miembro Informante: Senador Luciano Elvira
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Elvira.- Señor Presidente: en esta instancia nos convoca el tratamiento del Acta de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados por la cual se procedió a seleccionar al Doctor Miguel Nanni Valero, D.N.I. 25.802.248, para cubrir el cargo de Auditor General de la Provincia, según lo dispuesto por el artículo 169 de la Constitución Provincial y el artículo 38 de la Ley 7.103, la que fuera girada a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones. Dicha Comisión emitió el pertinente dictamen, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 153 del Reglamento de la Cámara, aconsejando efectuar la designación como Auditor General de la Provincia, por lo que procederemos a informar al Cuerpo sobre los méritos y calidades del profesional propuesto.
El Doctor Nanni nació en Cafayate en el año 1977. Realizó sus estudios primarios y secundarios en el Colegio Normal Superior de esa ciudad.
Desarrolló sus estudios universitarios en la Universidad Nacional de Buenos Aires, recibiéndose de Abogado en el año 2003. Posteriormente continuó con sus estudios de posgrado y obtuvo el título de máster en Derecho Empresarial, por la Universidad Austral, y cursó la Maestría en Políticas Públicas en la misma institución, encontrándose actualmente en etapa de finalización de la tesis, con áreas de estudio destacadas en Finanzas Públicas, Economía Política, entre otras.
En nuestro ámbito, continuó con los estudios de posgrado al capacitarse sobre Procedimiento Tributario en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta.
Ejerce la profesión libre en la Provincia desde el año 2003, desarrollando su actividad en los fueros Civil y Comercial, Constitucional, Administrativo, Electoral, con amplia experiencia en asesoramiento jurídico e institucional.
Se desempeñó como Senador Provincial por el departamento Cafayate por la Unión Cívica Radical, desde el año 2013 al 2015 integrando las Comisiones Permanentes de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional; Justicia, Acuerdos y Designaciones; Turismo y Deportes; y la Comisión Especial “Para el seguimiento de lo dispuesto por Ley 7.234 Convenio de Préstamo con el BID”. Asimismo, fue representante ante el Parlamento del NOA.
Además, fue Diputado Nacional por la provincia de Salta durante los periodos 2015 a 2019 y 2021 a 2023 integrando el Bloque de la Unión Cívica Radical y el Interbloque Juntos por el Cambio, con participación como Vicepresidente en la Comisión de Asuntos Constitucionales, y fue miembro, además, de la Comisión Bicameral Permanente de Seguridad Interior, de la Comisión de Presupuesto y Hacienda, y de la Comisión de Finanzas Públicas.
En el ámbito político e institucional ejerció la Presidencia del Comité “Provincia de Salta” de la Unión Cívica Radical, participando activamente en la conducción partidaria, en procesos electorales y en la promoción de iniciativas vinculadas al fortalecimiento institucional, la transparencia pública y la calidad democrática. Actualmente es Delegado del Comité Nacional de la Unión Cívica Radical en representación de la Provincia.
A la sólida trayectoria expuesta, resulta fundamental destacar cómo el perfil del Dr. Nanni Valero se alinea de manera óptima con los requerimientos específicos de la Auditoría General de la Provincia:
Su paso prolongado por la Comisión de Hacienda y Presupuesto y la Comisión de Finanzas Públicas en el Congreso de la Nación le otorga un dominio directo, técnico y práctico sobre los mecanismos de ejecución del gasto público, el análisis de las cuentas estatales y los equilibrios macro-fiscales, herramientas indispensables para la labor de fiscalización contable.
En este orden de ideas, cabe destacar que el paso del Doctor Miguel Nanni por las comisiones citadas del Congreso de la Nación no constituye una mera experiencia legislativa formal, sino un entrenamiento técnico de alta complejidad en el corazón de la administración financiera del Estado.
Quien ha tenido la responsabilidad institucional de analizar, debatir y dictaminar sobre la Ley de Presupuesto Nacional, las modificaciones presupuestarias, la ejecución del gasto público y el endeudamiento, posee una ventaja comparativa insustituible para el ejercicio del control externo posterior. El control de cuentas que realiza la Auditoría General requiere, antes que nada, comprender la lógica con la que se concibe, aprueba y ejecuta el presupuesto público. El Doctor Nanni conoce con precisión quirúrgica los mecanismos de asignación de partidas, las habilitaciones de créditos, las modificaciones de partidas -superpoderes presupuestarios- y las rendiciones de cuentas que los ejecutivos elevan a los cuerpos deliberativos.
Asimismo, su labor en la Comisión de Finanzas Públicas le ha dotado de herramientas analíticas avanzadas en materia de sostenibilidad fiscal, fiscalización de recursos coparticipables, el manejo del crédito público y la observancia de las reglas de responsabilidad fiscal. Un Auditor General con esta sólida formación no se limita a revisar formalismos contables; posee la capacidad de realizar un análisis macro-fiscal profundo, evaluando la eficiencia, la economía y la eficacia en el uso de los fondos públicos. Esta destreza técnica resulta vital para auditar con rigor las cuentas provinciales y municipales, detectando desvíos financieros, superposiciones de estructuras o ineficiencias en la asignación del gasto, garantizando así que cada recurso de los contribuyentes salteños sea administrado bajo los más estrictos estándares de transparencia y legalidad republicana.
Su especialización en Derecho Empresarial y sus estudios orientados a las Políticas Públicas, las Finanzas y la Economía Política en la Universidad Austral le brindan el rigor analítico cuantitativo y cualitativo necesario para interpretar balances, auditorías de gestión y estados contables complejos del sector público.
Su rol como Vicepresidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales en la Cámara Baja nacional demuestra un profundo conocimiento del derecho público, el funcionamiento de los controles interorgánicos y la división de poderes, pilares rectores de un órgano de control externo que debe actuar con independencia y estricta sujeción al ordenamiento jurídico.
Su paso previo como Senador por el departamento Cafayate le otorga una perspectiva territorial directa sobre las necesidades, asimetrías y dinámicas administrativas del interior salteño, complementada con su visión federal adquirida en el ámbito legislativo nacional.
Asimismo, cabe resaltar de manera especial que la postulación cuenta con un masivo y plural respaldo institucional materializado en una gran cantidad de adhesiones. El pliego refleja un fuerte apoyo de destacados dirigentes nacionales de la Unión Cívica Radical, gobernadores, autoridades académicas y referentes de distintos puntos del país, entre quienes se encuentran: Alfredo Cornejo, Gobernador de la provincia de Mendoza; Maximiliano Pullaro, Gobernador de Santa Fe; Carlos Alberto Sadir, Gobernador de Jujuy; Gustavo Adolfo Valdés, Senador Nacional de la UCR; Jesús Rodríguez, economista, ex Ministro de Economía y expresidente de la Auditoría General de la Nación entre 2020 y 2023; Lionel Chiarella, Presidente del Comité Nacional de la UCR; Luis Naidenoff, dirigente de la UCR y exauditor General de la Nación; Mario Raúl Negri, Diputado Nacional de la UCR; Emiliano Benjamín Yacobitti, dirigente de la UCR y Vicerrector de la Universidad de Buenos Aires; Ricardo Gelpi, Rector de la UBA; Ricardo Gil Lavedra, abogado, juez, jurista y político argentino; José Luis Giusti, Auditor General de CABA; Danya V. Tavela y Víctor Moriñigo, Diputados Nacionales; Pablo Lombardi, Diputado Nacional UCR; Nehuel Breglia, Presidente de la Juventud Radical Nacional; Antonella Bormape, Presidenta de Franja Morada Nacional; Alexia Stephanie Robledo, Vicepresidenta de la Federación Universitaria Argentina; Matías Posadas, dirigente de la UCR.
En conclusión, señor Presidente, el Doctor Nanni Valero cuenta con una reconocida trayectoria pública, profesional y política. Ha desarrollado una extensa labor en el ámbito jurídico, parlamentario e institucional, combinando formación académica de excelencia, experiencia legislativa provincial y nacional, y un sostenido compromiso con la consolidación de las instituciones democráticas y republicanas, y cuenta con un amplio conocimiento de los procesos de formulación, ejecución y control de las políticas públicas.
Por todo lo expuesto, sumado al amplio e indiscutido consenso federal e institucional que respalda su postulación, es que solicito a mis pares se proceda designar al Doctor Miguel Nanni Valero como Auditor General de la Provincia.
Muchas gracias.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.
Sen. Cornejo Avellaneda.- Señor Presidente: qué decir que no se haya dicho Uno tiene por ahí también la atención y la delicadeza, por respeto, de no ser reiterativo, de no caer en lugares comunes y, sobre todo, en tratar de innovar en argumentos con la, por ahí, esperanza un poco utópica de que cualquier argumento que podamos desarrollar vaya a cambiar la suerte de esta sesión especial. Usted sabe que la “Utopía” fue desarrollada y publicada en 1516 por Tomás Moro -lo estudiamos en la facultad- y planteaba una suerte de crítica, era directamente una crítica a la Inglaterra de aquella época, que permitía trazar ideales para que con esos ideales quede en evidencia la baja calidad política e institucional que se sufría en aquella época. Y creo que, evidentemente, es una construcción histórica constante del ser humano y de toda comunidad humana tratar de vivir en una sociedad más libre, más justa, más segura, donde el ser humano pueda desarrollar con mayor amplitud sus posibilidades, su proyecto de vida.
Debo reconocer que hay pocos argumentos nuevos para atribuir a la oposición del pliego del exdiputado nacional Miguel Nanni. Pero los que ya existen tienen un peso tal, una fundamentación tal, cuyas raíces nacen en la propia Constitución Provincial, no solamente en el artículo 169, sino en la parte dogmática, lo declarativo, lo programático, empezando por el Preámbulo -tanto que le gusta a los radicales el preámbulo- ya que hay algo fundamental de nuestro pacto social como salteños, tanto el ciudadano de a pie como el político más encumbrado, que debe respetar, que tenemos que vivir en un sistema político denominado republicano. La característica de este sistema republicano es la división de poderes, y para que esta división de poderes sea efectiva debe existir un efectivo, un real y un posible control entre los poderes. Y que ese control de los poderes va a estar distribuido en distintos niveles, en distintas etapas también, tanto en los poderes legislativos, en este caso bicameral, Senado y Cámara de Diputados, pero también, a partir de los ‘90 para acá se fue incorporando lo que se denomina la Auditoría. En realidad, los controles existieron siempre, incluso con el viejo y el original derecho español que hemos heredado. Siempre existió lo que se denominaba un Tribunal de Cuentas o Auditoría, o alguien que venía a hacer un juicio sobre en qué se había gastado la plata, porque desde tiempos inmemoriales que se cobran impuestos, desde las épocas de los egipcios para acá, pero la gente poco a poco fue exigiendo en que esos impuestos sean justos en su cobro, justos en su percepción y justos en su utilización.
La provincia de Salta es la cuarta provincia con más presión tributaria de la República Argentina, quiere decir que la Provincia, junto con los municipios, cobran muchos impuestos, muchísimos. Las unidades tributarias, los incrementos han sido por encima del 100% en reiteradas oportunidades, siempre por encima y muy por encima de la inflación.
El tema es que los salteños recorren las rutas provinciales y rezan para no matarse, van a los hospitales y rezan por tener una atención, van a sufrir algún tipo de inseguridad y claman para que la Policía, por lo menos, llegue en el transcurso del día, ni qué hablar de la educación, ni hablar de tantos factores que están completamente desguazados en la provincia de Salta por culpa de la clase dirigente que viene sosteniendo una ficción llamada Auditoría, que ni audita, ni controla, ni denuncia, ni hace nada al respecto.
Sacamos de lado a los empleados que trabajan allí, que están supeditados a la suerte política de los auditores generales. Pero en realidad, hasta acá, haciendo un repaso exhaustivo, la Auditoría no se ha lucido nunca. La Auditoría no puso nunca contra las cuerdas al poder de turno. La Auditoría no ha cambiado en nada, no ha beneficiado en nada, no ha mejorado en nada la vida de los ciudadanos de a pie. Su existencia o inexistencia realmente al salteño que está caminando hoy por las calles de Salta poco y nada le va a cambiar la vida. Pero nosotros, quienes tenemos una responsabilidad pública, política, que empieza y va a terminar en algún momento, tenemos la obligación de decir la verdad, de luchar por la verdad y defender la Constitución Provincial que fue nuestro único juramento que el pueblo nos hizo “respetar y hacer respetar la Constitución”.
Y mal puede cualquier candidato hoy apalancado por el poder político decir, proclamar, prometer que va a cumplir y hacer cumplir la Constitución si arranca su carrera como auditor incumpliendo la propia Constitución, si acepta y avala ser parte de un procedimiento totalmente irregular, argüido por la Cámara de Diputados -que no es ninguna novedad-, respaldado por el Senado, que optó en este caso ponerse orejeras constitucionales para no ver ni escuchar argumentos que vengan a poner sobre negro algo claro, que es que los auditores tienen que ser propuestos por una Comisión integrada por diputados, de siete integrantes por lo menos cuatro tendrían que representar a la posición, eso no ha sucedido, que la propuesta tendrían que ser hecha por la oposición, lo cual no ha sucedido, y que deberían cumplir con los requisitos de la Constitución, lo cual no sucede, porque en el caso del Diputado, mandato cumplido, Miguel Nanni no tiene la idoneidad técnica, académica, científica, ni de praxis para ejercer y llevar adelante una Auditoría. Y sabe cuál es el mayor argumento. El propio currículum que trajo. Porque en el currículo no ha manifestado ni nadie ha certificado que ha hecho una auditoria o que ha participado de una auditoria. Mire que hay empresas, que hay entes estatales, que los políticos acceden, pero nunca ha participado de una auditoria, nunca formó parte ni nunca asesoró en un Cuerpo de Auditores. Es decir, en su propia naturaleza está vetada su idoneidad y en su propio antecedente que son los orígenes de este pliego está vetado el incumplimiento flagrante a la ley especial, el mismo Diputado Nacional dijo que la Ley 7103 es una “ley residual”. Esto se lo digo porque hay muchos senadores que no participaron ayer, pero dijo que era una “ley residual”. Cómo es posible que a la ley que regula, que establece cómo funciona la Auditoría y como está compuesta, los requisitos especiales y las características propias de la Auditoria, va a decir que es una “ley residual”.
Borges con Bioy Casares habían hecho una sociedad literaria que se llamaba Bustos Domecq, y escribían bajo ese seudónimo para ver si podían publicar aquellas cuestiones que no se animaban a publicar, y un poco con sátira y un poco con experimento literario ellos por ahí cuando escuchaban hablar a algún periodista de la época, algún político de la época, hacían referencia de que determinado personaje se expresaba haciendo uso, gala y abuso de una ignorancia enciclopédica, es como que ignorar ciertas cuestiones permiten expresarse y decir barbaridades.
Pero lo grave es que un funcionario público que pasó por este recinto, que integró el Congreso de la Nación decida voluntariamente no atenerse, no apegarse a un proceso constitucional y un proceso que marca la ley especial, simplemente por una ambición, y cuando las convicciones están muy por debajo de las ambiciones, es decir que las ambiciones no tienen límites y las convicciones tienen límites bastante escuetos, esa idoneidad, que por ahí muchos correligionarios radicales ayer querían tratar de traer de los pelos y exponer de que tenía la idoneidad política. Les recuerdo que, entiendo, el Radicalismo debe tener cerca de doce mil afilados, el pliego presentado no tiene ni cien afiliados -le pido al señor Secretario que me corrija-. Es decir, ni los afiliados radicales tuvieron las ganas de querer firmar, entiendo que el otro pliego tiene más de mil firmas. Mire que hay que estar en la política muchos años y no lograr consensos como para por lo menos juntar cien firmas dentro del partido político, que la Presidenta de la misma Unión Cívica Radical fue quien lo propuso. Pero bueno, es otra gran tristeza que nos enfrentamos por parte, lamentablemente, de un cierto sector del Radicalismo en Salta, porque la gran mayoría no está de acuerdo con este procedimiento, me lo han hecho saber, y no están de acuerdo con la actual dirigencia del Radicalismo, me lo han hecho saber, pero yo no me meto en internas partidarias, sí creo que tenemos que ser conscientes que los partidos políticos tienen que ser los primeros en respetar la Constitución y la ley especial, y no los primeros en violarla.
Así que, señor Presidente, hay tantas incluso cuestiones de color para plantear, que se han planteado ayer, pero la suerte está echada, Nanni va a ser Auditor de la provincia de Salta, y lamentablemente para todos, principalmente para aquel que encarne esta responsabilidad de ser auditor, cuando no se tiene la idoneidad tarde o temprano se terminan pagando los platos rotos.
Hay profesiones que tienen lo que se denomina el riesgo de la muerte. Por ejemplo, un médico va a ser muy cuidadoso al operar a alguien o al recetar algo si no es especialista en la materia, porque tiene el riesgo de la muerte. Lo mismo un ingeniero, en hacer una obra, que se caiga y que cause muertes. A veces en las ciencias sociales no se es consciente del riesgo de la muerte que se tiene en las manos, porque tuvimos el Fondo de Reparación Histórica, que no ha pasado nada, que se desapareció, y eso que hubo auditores, hubo de todo y no pasó nada. Y mucha gente, aunque no lo crean, murió por culpa de esa desaparición histórica de fondos que son de todos los contribuyentes, porque la corrupción, la corrupción también mata.
Muchas gracias, señor Presidente.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.
Sen. Cornejo Saravia.- Señor Presidente: como integrante de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, creo que no tenemos que deformar los hechos a los salteños. En la provincia de Salta se respeta la ley, la Constitución, la institucionalidad.
Nosotros, siguiendo los pasos del acto prudente, que son la deliberación, el juicio y el mandato, hemos analizado exhaustivamente el proceso que hoy está en análisis. Para nada se han adjuntado causales objetivas que ameritan la fundamentación de lo vertido por el Senador preopinante. Creo que cuando uno ejerce la política está posiblemente en un proceso electoral anticipado, se emiten versiones y manifestaciones que no condicen con la verdad real. Yo creo que ningún dirigente político debe de perder la humildad. Y me parece raro que alguien sentado en este recinto se arrogue la facultad intelectual para manifestar que un profesional, en este caso el Doctor Nanni, carezca de idoneidad. La verdad, muy poco fundado, muy poco motivado todo lo que hemos escuchado.
También se habló de que no se respeta la designación a la Auditoría de las expresiones políticas opositoras. Recordemos cómo fue el proceso electoral para la elección del cargo de Gobernador y Vice del año 2023. El Frente gobernante liderado por el Gobernador Sáenz compitió versus un conjunto de fuerzas, y quien obtuvo el segundo cargo fue la fórmula que encabezaba el Doctor Nanni. Entonces, si vos competiste para el mismo cargo, siendo el máximo en importancia constitucional de la Provincia, sos opositor.
Recordar también que en esa elección quien salió tercero fue el Frente Avancemos, que estaba integrado por el camporista Emiliano Estrada, la fórmula del kirchnerismo, y lo secundaba el dirigente de La Libertad Avanza hoy, en ese momento bajo el sello del olmedismo puro. Entonces, creo que si a los salteños le vas a manifestar una oposición para lo que hoy se está valorando lo debes hacer con elementos fundados, objetivos y no con subjetividades e intencionalidades políticas.
Nada más, señor Presidente.
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente Primero, Senador Mashur Lapad.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión que aconseja la designación del Doctor Miguel Nanni Valero, con los fundamentos dados. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa doce señores senadores.
– Votan por la negativa un señor Senador.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por Capital. Se harán las comunicaciones correspondientes.
Sr. Secretario (López Mirau).- Dictamen de Comisión.
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado la propuesta remitida por la Comisión Permanente de Auditoría de la Cámara de Diputados para la designación del Auditor General de la Provincia y de acuerdo al artículo 153 del Reglamento de Cámara corresponde establecer una relación circunstanciada desde el inicio a la clausura de la Audiencia Pública y demás requisitos allí establecidos, a saber:
I.- ANTECEDENTES:
El día 01-VII-26 se recibió la propuesta de la Comisión Permanente de la Auditoria de la Cámara de Diputados, para la designación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris, D.N.I. Nº 20.399.598 como miembro integrante de la Auditoría General de la Provincia.
En la misma fecha la Secretaría Legislativa giró la propuesta referenciada a Coordinación Legislativa para que sea publicada y dada a conocer en Sesión Pública de fecha del 02-VII-26 mediante Boletín de Asuntos Entrados, ordenando asimismo el correspondiente giro a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
Con fecha del 02-VII-26 la Presidencia de la Cámara de Senadores dicta Resolución Nº 09/26 haciendo saber formalmente que ha ingresado la propuesta para la Designación del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris como miembro de la Auditoria General de la Provincia poniéndolo a consideración de la ciudadanía por intermedio de los medios de comunicación, a través del Jefe de Prensa y Difusión de la Cámara.
Dicha Resolución fue publicada en Boletín Oficial Edición Nº 22.221 de fechas 06-VII-26, página 13 y el Diario Punto Uno de fecha del 07-VII-26.
Por Resolución de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones en reunión celebrada el 29-VII-26, se estableció la celebración de la Audiencia Pública para el día 05-VIII-26 a partir de hs. 17:00, la referida Resolución de la Comisión también fue publicada en Boletín Oficial Edición Nº 22.238/26 del 31-VII-26, páginas 17/18 y en Nuevo Diario del día 31-VII-26, habiéndose dado amplia difusión de la misma
II.- AUDIENCIA PÚBLICA:
Por consiguiente, conforme a lo resuelto por la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones a partir de horas 17:00 del día 05-VIII-26 se celebró la Audiencia Pública establecida por la Constitución Provincial de una manera previa.
De ella se ha efectuado la correspondiente Acta, cuya versión taquigráfica ha sido tomada por el personal de esta Cámara, contenido que obra en estas actuaciones concluyendo la misma a horas 19:04
III.- CONSIDERANDOS:
Que el Dr. Gustavo Adolfo Ferraris fue entrevistado por la Comisión el día 5-VIII-2026 luego de finalizada la Audiencia Pública correspondiente. Se le ha solicitado bajo forma de Declaración Jurada, si se encuentra comprendido en las inhabilidades del artículo 41 de la Ley 7103, siendo la respuesta negativa, de lo cual se levantó la pertinente acta con la colaboración de las Taquígrafas del Cuerpo. Además, concluyendo por las informaciones recabadas que tampoco registra condena penal en su contra, ni causas penales abiertas, ni se encuentra comprendido en alguna inhabilidad legal.
Que los méritos y calidades del candidato propuesto serán informados por separado por un miembro de la Comisión, en virtud de que se estima más conveniente efectuarlo de esta manera por la importancia institucional que reviste la cuestión,
Que en mérito de todo lo expuesto se ha dado cumplimiento al procedimiento instituido por los artículos 169, apartado III de la Constitución Provincial y 153 y cc. del Reglamento de esta Cámara, restando someter el presente dictamen a la consideración del Cuerpo en un Sesión Pública Especial.
- RESOLUCIÓN
Que por todo lo expuesto, esta Comisión aconseja efectuar la designación como Auditor General de la Provincia, al Dr. Gustavo Adolfo Ferraris, D.N.I. Nº 20.399.598 y de las demás condiciones personales obrantes.
Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2026.
Jorge Pablo Soto – Dani Nolasco – Juan Cruz Curá – Gonzalo Caro Dávalos – Enrique Cornejo Saravia
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Presidente de la Cámara, Don Antonio Marocco
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. Curá.- Señor Presidente, señores Senadores, señoras Senadoras: la Cámara de Diputados remitió a nuestro Cuerpo el Acta de la Comisión de Auditoría, de fecha 30 de junio del corriente año, por medio de la cual, y a propuesta del Bloque del Partido Conservador Popular, se seleccionó al Doctor Gustavo Adolfo Ferraris, D.N.I. 20.399.598, para cubrir el cargo de Auditor General de la Provincia, según lo dispuesto por el artículo 169 de la Constitución de la Provincia y el artículo 38 de la Ley 7103, la que fuera girada a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
Efectuada la lectura del pertinente dictamen, y antes de proceder a informar al Cuerpo sobre las calidades y méritos del profesional seleccionado, corresponde señalar un dato de vital relevancia institucional que surge de las actuaciones, que durante el trámite del expediente y el período de participación ciudadana previsto, se sumó al procedimiento un contundente respaldo institucional y comunitario materializado en un centenar de firmas de adhesión a su postulación. Este amplio aval -proveniente de distintos sectores profesionales, académicos y sociales de nuestra Provincia- refleja no solo el reconocimiento a su probidad y trayectoria, sino también la legitimidad social con la que cuenta su continuidad al frente del órgano de control.
El Doctor Ferraris nació el 5 de diciembre de 1968. Realizó sus estudios secundarios en el Colegio Salesiano Ángel Zerda de esta ciudad y sus estudios universitarios en la Universidad Nacional del Nordeste, recibiéndose de Abogado en el año 1992 y comenzando con el ejercicio profesional privado con actuación en fueros ordinarios y federales, y teniendo una activa participación en la Comisión de Defensa de los Derechos Humanos del Colegio de Abogados y Procuradores de Salta.
Dentro de su actuación en el ámbito público podemos destacar que fue Asesor Letrado de la Dirección General de Rentas de la Provincia y luego Asesor Letrado de la Procuración General de la Municipalidad de la ciudad de Salta.
En el Gobierno Provincial fue Sub Secretario de Seguridad y Planificación, y luego Secretario de Seguridad a partir del 2004.
En la Dirección General de Rentas fue Jefe del Sub-Programa de Gestión de Cobro y, posteriormente, Coordinador de Políticas Fiscales.
En el año 2007 es designado Juez de la Corte de Justicia de Salta siendo Vicepresidente 2°; Integrante del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados; Vicepresidente del Tribunal Electoral y Presidente del Consejo de la Magistratura.
En el año 2016 fue designado Auditor General de la Provincia. Tres años más tarde, asume la Presidencia y por su rol ejerce la representación ante la Red Federal de Control Público.
Asimismo, participó en el Secretariado Permanente de Tribunales de Cuentas, Órganos y Organismos Públicos de Control Externo de la República Argentina, promoviendo el intercambio de buenas prácticas y el afianzamiento del control público.
A la sólida trayectoria institucional descripta, resulta imperativo sumar un análisis profundo sobre el desempeño del Doctor Ferraris al frente del órgano de control externo, con especial énfasis en el ámbito del régimen y las cuentas municipales, un pilar crítico para la gobernanza provincial.
Durante su gestión se consolidó un esquema de fiscalización que logró superar las asimetrías estructurales entre los municipios de mayor envergadura y las administraciones del interior profundo. El control externo garantizó la supervisión técnica sobre la ejecución presupuestaria local, el manejo del gasto en personal y la obra pública delegada, asegurando que la autonomía municipal se ejerza bajo estrictos estándares de rendición de cuentas.
Frente a la compleja dinámica tributaria de los gobiernos locales -caracterizada por la creación o adecuación de tasas especiales-, la Auditoría General profundizó su rol fiscalizador para verificar que dichos ingresos tributarios y extratributarios guarden estricta correlación con los servicios prestados, resguardando los derechos de los contribuyentes y el erario público comunal.
Se impulsaron herramientas orientadas a homogeneizar y digitalizar la presentación de las Cuentas Generales del Ejercicio. Esto permitió mitigar los históricos baches y demoras administrativas en la presentación de balances por parte de los poderes ejecutivos municipales, dotando de previsibilidad al sistema fiscal provincial.
La gestión se tradujo en un soporte técnico indispensable para los cuerpos deliberativos del interior, proveyendo informes claros, oportunos y de rigurosidad técnica que sirven de insumo ineludible para el control político y la aprobación de las cuentas comunales.
Desde su designación como Auditor General organizó jornadas de intercambio académico, formación y actualización profesional orientadas a la consolidación de las capacidades técnicas y a la mejora continua del control gubernamental.
Participó en múltiples jornadas de formación realizadas en el marco de convenios de colaboración institucional entre la Auditoría General de la Provincia de Salta y la Universidad Nacional de Salta, particularmente con la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales y la Facultad de Ciencias Exactas.
Podemos afirmar, entonces, que el Doctor Ferraris cuenta con una vasta trayectoria en la función pública, la magistratura y el control gubernamental. Su experiencia comprende la conducción de organismos constitucionales, el diseño e implementación de políticas públicas, la administración de justicia, la seguridad pública y el fortalecimiento del control externo, con participación activa en ámbitos federales de cooperación institucional y en iniciativas de modernización del sector público.
Por todo lo antes expuesto, es que voy a solicitar a mis pares la designación del Doctor Gustavo Adolfo Ferraris como Auditor General de la provincia de Salta.
Gracias.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.
Sen. Cornejo Avellaneda.- Señor Presidente: también, con la misma delicadeza de no tratar de ser repetitivo, reiterativo, pero hay cuestiones que debemos recordar, ya que en la locución anterior el Senador por Güemes dijo que las críticas no habían sido objetivas. Objetivo es que no tenga antecedentes de auditoría, el propio currículum lo delata. Objetivo es la matemática ¿no? Qué más objetivo que las matemáticas. Si la Constitución Provincial dice que los Auditores tienen que ser elegidos a propuesta de una Comisión de siete integrantes, de los cuales cuatro tienen que representar a la oposición, y lo hemos puesto en incontable cantidad de escritos que nunca han sido contestados ni por la Cámara de Diputados ni por el Senado, lo invito al Senador por Güemes a que con la manito haga así, los dedos, y vea. Auditoría, Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados, Presidente Diputado Albeza, Bloque Todos por Salta; Vicepresidente Diputada Farfán, Unión Cívica Radical, oficialismo; Secretaria Diputada Griselda Galleguillos, del oficialismo; Diputado Alabi, Bloque Todos por Salta; Diputado Gastón Galíndez, Bloque Todos por Salta; Diputada Mirta Miller, Bloque Todos por Salta; después tenemos un opositor, el último, Eduardo Virgili, de La Libertad Avanza.
Supongamos que el Radicalismo salteño se haya levantado con ganas de sentirse oposición, de repente, nunca la ejerció pero se sienten opositores, supongamos que Galleguillos se haya sentido opositora, aun así no le dan los números. Muchachos, son cuatro, cuatro del bloque Todos por Salta. Más objetividad que eso ¿en serio? O ya hasta a las matemáticas ustedes la quieren negar, porque niegan a la Constitución, niegan a la ley especial, niegan la realidad política. No lo niegan, la conocen mejor que yo, están hace treinta años en política todos ustedes, la conocen mucho mejor que yo, algunos están desde hace más años -no vamos a buchonear la edad-, pero no se trata de una cuestión de edades, sino de ser leal a la Constitución Provincial y al pueblo de Salta que los votó. Las matemáticas no mienten, hay que saber sumar nomás. Y las matemáticas no mienten también en los años, fíjese, vuelvo a lo mismo ¿no? En este caso también los mismos antecedentes del propuesto, el Doctor Ferraris, es lo que lo termina condenando, porque el Diputado, el Senador, perdón, estoy renegando con la Cámara de Diputados y estoy mezclando, discúlpeme Senador por Orán, claramente en su relato nos ha contado de que estuvo diez años ya en la Auditoría y para estar esa cantidad de años tuvo que ser reelecto y la Constitución Provincial, que es ley vigente, norma vigente del año 2021, establece claramente que los Auditores duran ocho años en sus funciones, no pudiendo ser designados nuevamente, y esto le atraviesa y es obligatorio no sólo para Auditores, sino para todos los políticos actualmente. Lamento por ustedes Senadores, que tendrán que ver qué hacen el año que viene, el mismo Gobernador, los Intendentes, pero no pueden ser designados nuevamente, la Auditoría en este caso, lo dice claro la Constitución y entra en vigencia desde el momento de su promulgación en el año 2021.
No sé qué interpretación querrán hacer, porque ya saben todos los argumentos, nosotros jugamos con las cartas sobre la mesa, no ocultamos nada, pero es realmente una reflexión, jamás fue voluntad de la Convención, ni del Gobernador, que fue quien la propuso, la fuerza política en su momento, de eternizarse en el poder, básicamente. Después, bueno, los vientos políticos van cambiando y tienen miedo de dejar el poder ¿Por qué será? Pero no es posible que lleguemos a la interpretación de que la Constitución se aplica para todos, menos para mí, o la Constitución se aplica desde el 2021, menos en mi caso, yo voy a querer que se aplique dentro de ocho años.
En el caso del Doctor Ferraris, la Constitución va a tener un delay de aplicación de quince años, y ese no fue el espíritu, bajo ningún punto de vista, ni del Constituyente, ni en su momento del Gobernador que lo propuso. Y hay una cuestión básica, que es el tema de las normas transitorias, que se quieren agarrar de las normas transitorias “yo puedo hacer trampa”. No, no puede hacer trampa. Tenés que cumplir con el espíritu de la Constitución. Y el espíritu de la Constitución fue limitar los mandatos. Para eso vamos a limitar las re reelecciones. Por eso es que, originalmente los auditores duraban cinco años, el convencional dice “no, bueno, va a ser una sola vez, pero la extiendo ocho años”. Pero en este caso le vamos a dar una re reelección y va a durar ocho años. O sea, completamente pasamos por encima de la Constitución y del sentido común, de manera totalmente innecesaria, “innecesaria”, porque estamos hablando de un profesional que ya cumplió su función, ya estuvo diez años, ya brindó su servicio, ya está, hay otros profesionales que podrían estar en esos cargos ¿o no?
Entonces, señor Presidente, no hagamos decir a la Constitución lo que no quiso y no nos agarremos de declaraciones cruzadas de convencionales políticos que tiraron esas declaraciones con ganas de causar algún tipo de duda, pero no se animaron a poner las cláusulas transitorias, como ha sucedido en otras oportunidades, ni tampoco la declaración de su propio jefe político, su jefe político es Sáenz, Sáenz dijo “dos mandatos y a la casa”. Entonces, no hagamos borrón y cuenta nueva, porque acá tenemos la institucionalidad de la Provincia, que ya se la ha violentado incontable cantidad de veces. No hagamos decir lo que la Constitución no dice, seamos claros. La Constitución dijo “un mandato para el Auditor y a la casa”. Estamos aplicando esta Constitución, no hay otra interpretación doctrinaria. Mire que en el mundo del derecho hay múltiples bibliotecas, pero en este caso no. Las matemáticas son claras, de siete cuatro. Es decir, la Comisión está constituida de manera irregular. Ustedes le están dando la posibilidad a una persona que asuma facultades que no tiene, que está expresamente denegada por la Constitución. Estamos hablando de Derecho Administrativo Público, no de Derecho Privado en el silencio de la ley, la laguna, no. Acá para ejercer una competencia, para ejercer las facultades, para tener delimitadas tareas, tiene que ser de manera expresa. La ley, la Constitución expresamente te da, no se tiene que suponer o tratar de decir “bueno, nadie dijo nada, no hay cláusulas transitorias”. Las cláusulas transitorias no otorgan derechos, no, no las quisieron poner, teniendo la mayoría. Bueno, muchachos, hicieron mal, hicieron mal todo. Vamos a ser ocho años el peor gobierno de la Provincia. Miren que el tercero de Urtubey fue bastante malo.
Señores, por favor, ya sé que está la suerte echada, pero al menos, creo yo, no intentemos hacer decir a la Constitución lo que no dice, porque ya con este hecho bastante daño le hacemos a la Constitución, si encima a continuación quieren elaborar teorías que no existen, jurisprudencia hecha a medida de la propia Corte, para mantenerse la propia Corte en el sillón, nuevamente volvemos a que las ambiciones superan a las convicciones, y eso está muy lejos de hacer mejor a nuestra Provincia.
Muchas gracias señor Presidente.
Sr. Presidente (Marocco).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento de La Viña.
Sen. Soto.- Señor Presidente: esto es lo lindo de la democracia, que cada uno puede expresar su punto de vista, siempre dentro de un marco de respeto, y bueno, para eso existen las mayorías y las minorías también.
En mi entender sigue confundido el Senador preopinante, sigue confundido, pero no puedo permitir que esa confusión la trate de instalar no solamente en este recinto, sino también ante los salteños.
Voy a dividir en dos partes lo que considero que él está confundido. Él habla de la composición de la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados. Le quiero aclarar que este Senado no es un tribunal interdisciplinario, ni tiene facultades para empezar a evaluar la conveniencia política o no de las decisiones que adopte la Cámara de Diputados dentro de sus facultades, sino que el Senado, en este caso la Comisión de Justicia, analiza el cumplimiento de los presupuestos objetivos de esa selección que hace la Cámara de Diputados a través de su Comisión de Auditoría, lo demás es una cuestión de interpretación. El ámbito donde ellos tendrían que haber realizado todas las objeciones, todas las impugnaciones, en cuanto a la composición de la Comisión de Auditoría, era justamente la Cámara de Diputados o la Justicia también.
En el caso que nos ocupa, la Comisión de Justicia, a donde fue girado el acta que viene de la Cámara de Diputados con respecto a los propuestos, analiza si se cumple con los presupuestos. Y qué llegó a la Cámara de Senadores, el acta, o sea la resolución de la integración de esa Comisión de Auditoría, un acta certificada, donde consta también que esa propuesta fue puesta a consideración del plenario, es decir de todos los diputados en una sesión y fue comunicada a la Cámara de Senadores. Nosotros no podemos entrar a discernir o a resolver discrepancias que puedan existir dentro del seno de la Cámara de Diputados, no nos corresponde a nosotros, no nos corresponde. Y al Senador preopinante en uso de su derecho a fijar postura, quiero aclarar que no solamente tuvo la oportunidad, igual que cualquier ciudadano, durante el plazo en el cual el expediente estuvo a consideración en Secretaría Legislativa, de hacer las presentaciones pertinentes, lo cual se realizó, también en oportunidad, en el día de ayer, de realizarse la audiencia pública, fijó postura, luego cuando la Comisión de Justicia se reunió una vez finalizada la audiencia pública pudo participar y participó de la reunión de Comisión de Justicia, donde también, a pesar de no tener voto pero sí voz, pudo expresar su postura, fue analizada, fue debatida. Para eso son las reglas de la democracia, mayoría y minoría. No con eso quiero que se interprete que nosotros aplicamos la mayoría sin haber considerado la legitimidad de todos los antecedentes que nos llegaron y que hacen a este proceso. Eso con respecto a la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados.
Ahora, la otra parte de la alocución en la que también está confundido, y pretende instalar esa confusión, es en cuanto a la posibilidad del Doctor Ferraris de ser designado en la Auditoría General de la Provincia invocando la imposibilidad en cuanto a la alternancia, en cuanto a que ya fue designado y no puede ser designado nuevamente. Quiero recordarle, y aquí voy a hacer alusión a las cláusulas transitorias, porque por un lado habla de que las cláusulas transitorias otorgan derecho en la última reforma de la Convención en la cual usted, señor Presidente, fue justamente el Presidente de la Convención reformadora, no existen cláusulas transitorias, pero en el caso que nos ocupa expresamente, “expresamente”, en oportunidad de fundamentar el capítulo relativo a los Jueces de Corte, y ya pasaron acá algunos acuerdos, este Senado ya mantuvo un criterio que es uniforme, se interpreta que en el mandato que se cumple vigente con la Constitución anterior al ‘21 no se considera como un primer mandato. Por eso justamente el Senado ya se expidió en oportunidad de resolver la situación de los Jueces de Corte. En este caso, por analogía, también se aplica lo mismo, el Doctor Ferraris en caso de ahora ser designado, y por lo cual es el dictamen, sería la primera vez y él tendría que ocupar el cargo durante ocho años sin posibilidad de ser designado nuevamente. Es decir que esta designación se la hace dentro del marco de vigencia de la Constitución sancionada en el año 2021, o sea que para nada tenemos que interpretar que la Comisión de Justicia y este plenario estaría violando alguna ley, y en este caso la ley mayor como es la Constitución.
Para terminar, también hacía alocución a que tenemos que ver los senadores qué vamos a hacer el año que viene. Bueno, en primer lugar, yo le pido a Dios que me dé salud el año que viene, y ya llegará el momento de que nosotros decidamos, en mi caso particular decida qué hacer el año que viene.
Nada más, señor Presidente
Sr. Presidente (Marocco).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa catorce señores Senadores.
– Vota por la negativa un señor Senador
Sr. Presidente (Marocco).- Aprobado el dictamen con el voto negativo del señor Senador por el departamento Capital.
La Cámara de Senadores ya está en condiciones, luego de la aprobación del dictamen, de tomar el juramento a las dos personas que han sido designadas.
Pasamos a cuarto intermedio.
– Es la hora 17 y 33.
– A la hora 17 y 41:
Sr. Presidente (Marocco).- Se reanuda la sesión.
15
JURAMENTO DE LOS MIEMBROS DE LA AUDITORÍA
GENERAL DE LA PROVINCIA
Sr. Presidente (Marocco).- Vamos a proceder a tomar el juramento al Doctor Gustavo Adolfo Ferraris
Doctor Gustavo Adolfo Ferraris: ¿Juráis por Dios y la Patria desempeñar fielmente el cargo de Auditor General de la Provincia para el que habéis sido designado, cumpliendo y haciendo cumplir la Constitución de la Nación y la Constitución de la Provincia?
Dr. Ferraris.- Sí, Juro.
Sr. Presidente (Marocco).- Si así no lo hicierais, Dios y la Patria os lo demande. (Aplausos)
Doctor Miguel Nanni Valero: ¿Juráis por la Patria y por vuestro honor desempeñar fielmente el cargo de Auditor General de la Provincia para el que habéis sido designado, cumpliendo y haciendo cumplir la Constitución de la Nación y la Constitución de la Provincia?
Dr. Nanni.- Sí, Juro.
Sr. Presidente (Marocco).- Si así lo hicierais vuestro honor os ayude y si no la Patria os lo demande. (Aplausos)
16
ARRÍO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Marocco).- No habiendo más asuntos que tratar, invito a la señora Senadora por el departamento Rosario de Lerma, a arriar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Anta, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.
– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, las señoras Senadoras proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.
– Es la hora 17 y 45.
