Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2010

13/05/2010

13 de Mayo de 2010

6º Reunión – 6º Sesión Ordinaria

Presidencia del señor Senador  MASHUR LAPAD

Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU

Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS

 

SENADORES PRESENTES:

AGUILERA, Ernesto Juan

BARBOZA, Onofre Arnaldo

CABANA, Silvia Guadalupe

D’ANDREA, Luis Francisco

DÍAZ, Pablo Raúl

GARCÍA, Raúl Bartolomé

JORGE, Alfredo

LAPAD, Mashur

LUNDA, Leonardo

LUQUE, Manuel Héctor

MAITA, Juan Francisco

MAMANÍ, Héctor Edgar

MOREYRA, Juan Martín

PARRA RUIZ DE LOS LLANOS, Néstor Eduardo

PEDROZA, Alberto Froilán

PONNA, Catalina Elsa

RODRÍGUEZ, Jorge Luis

RUBERTO SAENZ, Gustavo Adolfo

SALVA, Telmo

SEGURA GIMÉNEZ, Federico Miguel

SORIANO, Bernardo Emeterio

SOTO, Jorge Pablo

VARGAS, Claudia Silvina

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica…………………………………………………………………………………………………..

3. Asuntos Entrados………………………………………………………………………………………………………..

I. Comunicación de la Cámara de Diputados………………………………..

II. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………

III. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………

IV. Proyectos de Ley:

1. Expte. Nº 90-18.699/10. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: creación de la Comisión Provincial para el Desarrollo Urbano Turístico del Complejo Termal de Rosario de la Frontera……..

2. Expte. Nº 90-18.707/10. De los señores Senadores Gustavo Ruberto Saenz, Juan Martín Moreyra y Federico Segura: normativa aplicable a la tenencia de perros potencialmente peligrosos ………………

3. Expte. Nº 90-18.716/10. De los señores Senadores Gustavo Ruberto Saenz, Jorge Luis Rodríguez y Alberto Froilán Pedroza: implementación del Seguro Deportivo………………………………….

4. Expte. Nº 90-18.719/10. De la señora Senadora Catalina Elsa Ponna: creación de las “Residencias para Madres” en el ámbito del Ministerio de Salud Pública………………………………………………….

5. Expte. Nº 90-18.722/10. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: reconocimiento de esterilidad e infertilidad como una condición o patología que aflige y condiciona el pleno goce de la salud humana……………………………………………………………………….

6. Expte. Nº 90-18.726/10. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: creación del Consejo de la Familia………………………….

V. Proyectos de Resolución:

1. Expte. Nº 90-18.717/10. De la señora Senadora Catalina Elsa Ponna: pedido de informe al Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos sobre el accionar policial desplegado en el caso Evangelina Pisco………………………………………………………….

2. Expte. Nº 90-18.721/10. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al señor Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos sobre el accionar de la Policía en la ciudad de Tartagal por la muerte de Evangelina Pisco ……………………

3. Expte. Nº 90-18.723/10 De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al señor Ministro de Finanzas y Obras Públicas  sobre los motivos por los cuales se ha paralizado la obra del playón deportivo de la Escuela Zuviría, en Cafayate………

VI. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-18.708/10. Del señor Senador Juan Francisco Maita: solicitando un subsidio para cubrir gastos de construcción de viviendas en el paraje La Sala, de Luracatao……………………….

2. Expte. Nº 90-18.709/10. Del señor Senador Bernardo Emeterio Soriano: viendo con agrado la construcción del edificio de la Subcomisaría de la localidad de San Antonio de los Cobres.

3. Expte. Nº 90-18.710/10. Del señor Senador Bernardo Emeterio Soriano: viendo con agrado la construcción de un puesto sanitario en la localidad de Olacapato…………………………………………………

4. Expte. Nº 90-18.713/10. De la señora Senadora Guadalupe Silvia Cabana: viendo con agrado la creación de una salita de Nivel Inicial en la Escuela Nº 4.560 “San Pedro Apóstol” de Los Toldos…

5. Expte. Nº 90-18.714/10. De la señora Senadora Guadalupe Silvia Cabana: viendo con agrado la construcción del camino carretero que une Los Toldos con Santa Victoria ……………………………….

6. Expte. Nº 90-18.715/10. De la señora Senadora Guadalupe Silvia Cabana: viendo con agrado la construcción de edificio para la comunidad educativa de San Juancito, del municipio de Santa Victoria Oeste………………………………………………………………………..

7. Expte. Nº 90-18.718/10. De la señora Senadora Catalina Elsa Ponna: viendo con agrado la obtención de beneficios impositivos para las empresas que se radiquen en el Parque Industrial General Enrique Mosconi…………………………………………………………………..

8. Expte. Nº 90-18.720/10. De la señora Senadora Catalina Elsa Ponna: viendo con agrado se revea el Decreto provincial 2.875    

9. Expte. Nº 90-18.724/10. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: viendo con agrado la incorporación del libro Nunca Más como texto de lectura en los Niveles Medio y Terciario de las instituciones educativas……………………………………………………….

10. Expte. Nº 90-18.725/10. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: adhesión al 41º aniversario de “El Cordobazo”……….

4. Asuntos Entrados durante la Sesión:

III. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………

V. Proyectos de Resolución:

4. Expte. Nº 90-18.711/10. Del señor Senador Federico Miguel Segura: declarando de Interés de la Cámara el proyecto “Pensando en el Bicentenario”, del Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes. ………………………………………………………………………………………………

VI. Proyectos de Declaración:

11. Expte. Nº 90-18.712/10. Del señor Senador Federico Miguel Segura: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el proyecto “Pensando en el Bicentenario”, del Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes.…………………..

12. Expte. Nº 90-18.729/10. De los señores Senadores Raúl Bartolomé García, Ernesto Juan Aguilera, Luis Francisco D’Andrea y Catalina Elsa Ponna: viendo con agrado que los Legisladores Nacionales realicen gestiones para la adquisición de un vehículo autobomba destinado al Cuerpo de Bomberos de la ciudad de San José de Metán…………………………………………………………………………………….

13. Expte. Nº 90-18.728/10. De los señores Senadores Raúl García, Ernesto Juan Aguilera, Luis Francisco D’Andrea y Catalina Elsa Ponna: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial realice gestiones para la adquisición de un vehículo autobomba, destinado al Cuerpo de Bomberos de la ciudad de San José de Metán.

5. Expte. Nº 90-18.723/10. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, solicitando al señor Ministro de Finanzas y Obras Públicas informe sobre los motivos por los cuales se ha paralizado la obra del playón deportivo de la Escuela Zuviría, en Cafayate. Se aprueba………………………………………………………………………………

6. Consideración de los pedidos de tratamiento sobre tablas. Se aprueba…………………….

7. Expte. Nº 90-18.712/10. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Federico Miguel Segura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el proyecto “Pensando en el Bicentenario”, del Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes. Se aprueba……………………………………………………………………………………

8. Expte. Nº 90-18.711/10. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Federico Miguel Segura, declarando de Interés de la Cámara el proyecto “Pensando en el Bicentenario”, del Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes. Se aprueba………

9. Expte. Nº 90-18.728/10. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea, Ernesto Juan Aguilera, Raúl Bartolomé García y Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial realice las gestiones necesarias para la adquisición de un vehículo autobomba destinado al Cuerpo de Bomberos de la ciudad de San José de Metán. Se aprueba………………………………..

10. Expte. Nº 90-18.729/10. Consideración del proyecto de resolución de los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea, Ernesto Juan Aguilera, Raúl Bartolomé García y Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales realicen las gestiones necesarias para la adquisición de un vehículo autobomba destinado al Cuerpo de Bomberos de la ciudad de San José de Metán. Se aprueba……………………

11. Expte. Nº 91-23.797/10. Consideración del proyecto de ley en revisión, declarando el 4 de mayo como “Día de la Defensa de Salta”. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……………………………………………………………………………………………………………..

12. Expte. Nº 90-18.609/10. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo, mediante el cual se modifica la Ley N° 7.600, otorgando mayor cobertura de obra social o de la seguridad social a las personas con discapacidad…………………………………………………………………………………………

13. Expte. Nº 90-18.606/10. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés la creación de la Cátedra Abierta “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”, de la Universidad Nacional de Salta. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………………………..

14. Expte. Nº 90-18.660/10. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de resolución del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, declarando de Interés de esta Cámara el Encuentro Zonal NOA 2010. Se aprueba…..

15. Consideración de proyectos de declaración:

….. 15.1. Expte. Nº 90-18.605/10. Dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la creación de la Cátedra Abierta “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”, de la Universidad Nacional de Salta. Se aprueba………………………………………………………………..

….. 15.2. Expte. Nº 90-18.647/10. Dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado la instalación de un centro de documentación rápida en la ciudad de Tartagal. Se aprueba…………………………………………………………………………………..

….. 15.3. Expte. Nº 90-18.664/10. Dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Gustavo Ruberto Saenz, viendo con agrado se incluya en el beneficio  de la asignación universal por hijo la franja etaria comprendida entre los cinco y dieciocho años que concurren a establecimientos privados, gratuitos o de matrículas o cuotas mínimas. Se aprueba….

….. 15.4. Expte. Nº 90-18.666/10. Dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado se otorgue al destacamento policial del municipio de El Potrero la categoría de Sub Comisaría. Se aprueba…………………………………………………………………

….. 15.5. Expte. Nº 90-18.637/10. Dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado la ampliación de la Ruta Nacional Nº 34, tramo Rosario de la Frontera-Metán. Se aprueba  

….. 15.6. Expte. Nº 90-18.642/10. Dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración de los señores Senadores Manuel Héctor Luque, Raúl García, Ernesto Aguilera y Federico Miguel Segura, viendo con agrado la reparación y mantenimiento de la Ruta Nacional Nº 9/34, tramo Rosario de la Frontera-Güemes. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………………………..

….. 15.7. Expte. Nº 90-18.644/10. Dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl García, Ernesto Aguilera, Catalina Elsa Ponna y Luis Francisco D’Andrea viendo con agrado la construcción de los edificios para los colegios secundarios de El Tala y La Candelaria. Se aprueba………..

….. 15.8. Expte. Nº 90-18.631/10. Dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado el funcionamiento del Bachillerato Salteño para Adultos en la localidad de Coronel Juan Solá. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………

16. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

17. Apéndice:

                       – Sanciones de la Cámara………………………………………………………………………….

– En la ciudad de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez, siendo horas 19:48’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de veintitrés señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Molinos, don Juan Francisco Maita, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento San Carlos, don Héctor Edgar Mamaní, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Juan Francisco Maita y Héctor Edgar Mamaní proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día seis de mayo del año dos mil diez. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día seis de mayo del año dos mil diez.

3

ASUNTOS ENTRADOS

I

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            El Presidente de la Cámara de Diputados informa que en sesión del día 20 de abril del corriente año, se ha dado sanción definitiva al proyecto de ley creando el Ente Autárquico Parque Industrial de la ciudad de Pichanal. (Expte. Nº 90-17.595/08)

– A sus antecedentes.

Proyecto de ley en revisión, creando la licencia extraordinaria por paternidad. (Expte. Nº 91-23.491/10)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Proyecto de ley en revisión, declarando el día 4 de mayo como “Día de la Defensa de Salta”, en adhesión al Bicentenario de la Patria. (Expte. Nº 91-23.797/10)

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: solicito que se haga reserva en Secretaría para pedir tratamiento sobre tablas, por cuanto es un tema relacionado al Bicentenario. Ya se conversó con los Presidentes de Bloque y en el momento oportuno fundamentaré los motivos.

Sr. Presidente  (Lapad).- Si no hay oposición, se reserva en Secretaría conforme a lo solicitado por el señor Senador por Metán.

– Asentimiento.

II

Comunicaciones Oficiales

            El señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, en cumplimiento de la Ley de Protección del Medio Ambiente Nº 7.070, eleva informe sobre el estado general del ambiente correspondiente al año 2009.

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

Informe Recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del señor Ministro de Educación Lic. Leopoldo Van Cauwlaert, en respuesta a la Resolución de Cámara Nº 03/10, referida al detalle de las obras de reparación y reacondicionamiento de los establecimientos educativos que se realizaron en toda la provincia de Salta, de manera previa al inicio del periodo lectivo 2010 y los importes totales que se destinaron a tales efectos. (Expte. Nº 90-18.604/10)

– Habiéndose remitido copia a la autora del proyecto y a los Bloques políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

III

Dictámenes de Comisiones

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

En el proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial las XXVI Jornadas Nacionales de Contabilidad, Economía y Administración para estudiantes de Ciencias Económicas. (Expte. Nº 90-18.607/10)

En el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés las XXVI Jornadas Nacionales de Contabilidad, Economía y Administración para estudiantes de Ciencias Económicas. (Expte. Nº 90-18.608/10)

En el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, destine medios de movilidad a los destacamentos policiales de las localidades de Profesor Salvador Mazza y Aguaray, del departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-18.648/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Obras Públicas e Industria:

En el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Obras Públicas, proceda a reparar el Canal Alberdi, de la ciudad de Rosario de la Frontera (Expte. Nº 90-18.665/10)

En el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos específicos, instrumente los mecanismos necesarios para la construcción de una cerca perimetral en la Escuela Nº 4.694 “San Leonardo Murialdo” de la ciudad de Rosario de la Frontera. (Expte. Nº 90-18.667/10)

En el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos competentes, arbitre los medios necesarios para la repavimentación de la Ruta Nacional Nº 34, tramo Embarcación-Profesor Salvador Mazza. (Expte. Nº 90-18.671/10)

En el proyecto de declaración de la señora Senadora Catalina Elsa Ponna, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos competentes, ponga en funcionamiento el aeródromo de General Mosconi, del departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-18.672/10)

En el proyecto de declaración del señor Senador Ernesto Juan Aguilera, viendo con agrado el tendido eléctrico de media tensión hasta el paraje San Antonio, en el municipio de La Candelaria. (Expte. Nº 90-18.673/10)

En el proyecto de declaración del señor Senador Federico Miguel Segura, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, proceda a poner en funcionamiento la planta depuradora de líquidos cloacales y su conexión a la red colectora en la localidad de Campo Santo. (Expte. Nº 90-18.674/10)

En el proyecto de declaración del señor Senador Federico Miguel Segura, viendo con agrado que los Legisladores Nacionales gestionen el ensanchamiento de la Ruta Nacional Nº 34, tramo rotonda de Torzalito-puente sobre el río Las Pavas. (Expte. Nº 90-18.675/10)

En el proyecto de declaración del señor Senador Pablo Raúl Díaz, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo incluya en el plan de obras la provisión de agua potable en los parajes Las Trancas, La Aguada, Fuerte Alto Banda Sur y El Arenal, del departamento Cachi. (Expte. Nº 90-18.677/10)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Salud Pública y Seguridad Social:

En el proyecto de ley del señor Senador Luis Francisco D’Andrea y de los señores Senadores (MC) Carlos Daniel Porcelo, Sara Gabriela Guotas, Jorge Enrique Tacacho, José Fernando Mattos, Mario Alberto Brizuela y Eduardo Favio Figueroa “Ley de Salud mental”. (Expte. Nº 90-17.057/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

IV

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-18.699/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

COMISIÓN PROVINCIAL

PARA EL DESARROLLO URBANO TURÍSTICO

DEL COMPLEJO TERMAL DE ROSARIO DE LA FRONTERA

CAPÍTULO I

Objeto

            Artículo 1º.- Créase la Comisión Provincial para el Desarrollo Urbano Turístico del Complejo Termal de Rosario de la Frontera.

            Art. 2º.- La mencionada Comisión Provincial tendrá a su cargo:

  1. La zonificación del Complejo Termal de Rosario de la Frontera.
  2. La identificación de los inmuebles con una extensión no mayor de ciento cincuenta (150) hectáreas, las que serán destinadas al desarrollo de proyectos de inversión urbana y turística.
  3. La elaboración y evaluación de proyectos de zonificación y desarrollo urbano turístico de las ciento cincuenta (150) hectáreas destinadas a los fines previstos en el inciso anterior, los que deberán contar con especial autorización por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable para su efectiva instrumentación y desarrollo.
  4. Analizar el normal desarrollo de los proyectos presentados, elevando y solicitando a los organismos idóneos informes y sugerencias respecto del normal desarrollo de las obras que se estuvieran ejecutando o por ejecutarse.
  5. Determinar los plazos de desarrollo y finalización de las desafectaciones necesarias, manteniendo la integridad ecológica, paisajística, cultural e histórica que representa el Complejo Termal.
  6. Administrar y proveer de lo conveniente para la buena gestión de las fuentes de aguas termales.
  7. Establecer quienes forman parte del Consorcio de Inversionistas, teniendo en cuenta su real participación en el desarrollo del Complejo Termal.
  8. La difusión nacional e internacional de los proyectos presentados y lo relacionado a la promoción de inversiones y desarrollo.
  9. La contratación de servicios destinados a los fines previstos, cuyas erogaciones deberán ser financiadas por el presupuesto provincial.
  10. Solicitar el auxilio de los diferentes organismos públicos a fin de alcanzar los objetivos formulados.
  11. Todo aquello que esté destinado a los fines previstos en la presente orientado al desarrollo urbano turístico del Complejo Termal.
  12. Antecedentes de agresiones a personas u otros perros;
  13. Adiestramiento en el ataque y la defensa, o
  14. Se encuentren clasificados por la Federación Cinológica Argentina como de guarda y ataque.
  15. Solicitar la inscripción en el Registro.
  16. Identificar al perro mediante la colocación de un chip o de un tatuaje.
  17. Para la presencia y circulación en espacios públicos, utilizar correa o cadena de menos de un metro de longitud, collar y bozal, adecuados para su raza.
  18. Quedan exentos de cumplir con esta disposición:

CAPÍTULO II

Autoridad de Aplicación

            Art. 3º.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley una Comisión integrada por: un (1) representante del Poder Ejecutivo Provincial, quien ocupará el cargo de Presidente Honorario, un (1) representante del Ministerio de Turismo y Cultura de la Provincia de Salta, un (1) representante del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia, un (1) representante de la Comisión de Turismo de la Cámara de Senadores de la Provincia, un (1) representante de la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados de la Provincia y un (1) representante del Poder Ejecutivo Municipal de Rosario de la Frontera.

            Art. 4º.- Los cargos serán ocupados ad honorem, debiendo contemplarse las leyes de funcionarios públicos.

            Art. 5º.- La Comisión está facultada a dictar su propio reglamento de funcionamiento interno, el que deberá contemplar los mecanismos de toma de decisiones.

CAPÍTULO III

De la Subcomisión de Difusión

            Art. 6º.- Como parte integrante de la Comisión Provincial de Desarrollo Urbano Turístico del Complejo Termal de Rosario de la Frontera, se conformará la Subcomisión de Difusión del Complejo Termal.

            Art. 7º.- La mencionada Subcomisión tendrá por objetivo la difusión turística, en todos los niveles, del Complejo Termal de Rosario de la Frontera y sus atractivos turísticos, históricos y culturales.

            Art. 8º.- Serán integrantes de la Comisión de Difusión el representante del Ministerio de Turismo y Cultura de la Provincia, quien ejercerá la Presidencia honoraria y los representantes de las Comisiones de Turismo de las Cámaras Legislativas, pudiendo ampliarse la membresía a quienes lleven adelante inversiones en el sector turismo dentro del área prevista para tal fin en el Complejo Termal, representados por el Consorcio de Inversionistas.

            Art. 9º.- La mencionada Subcomisión no poseerá presupuesto oficial y los recursos para su funcionalidad deberán ser aportados por las partes interesadas.

CAPÍTULO IV

Desafectación y Preservación

            Art. 10.- Quedan desafectadas del patrimonio de la Provincia, las hectáreas que recomiende la Comisión Provincial, las que no podrán exceder el número de ciento cincuenta (150), lo que se realizará en los plazos que ésta recomendará.

            Art. 11.- El remanente continuará formando parte del patrimonio de la Provincia, adquiriendo carácter de Reserva Natural.

            Art. 12.- Las fuentes de aguas termales son de exclusiva propiedad de la Provincia. Su administración estará a cargo de la Comisión Permanente.

            Art. 13.- El actual edificio del complejo hotelero, sus baños y las áreas de recreación del mismo, continuarán siendo parte del patrimonio provincial y administradas por el Poder Ejecutivo, siendo su administrador miembro el Consorcio de Inversionistas.

CAPÍTULO V

Consorcio de Inversionistas

            Art. 14.- Los inversionistas quedan facultados para constituir el Consorcio de Inversionistas del Complejo Termal, que tendrá como misión la coordinación de las actividades de quienes efectivamente realicen inversiones, de carácter residencial o turístico, en las áreas destinadas a tal fin, pudiendo dictar su propio reglamento interno, el que deberá ser refrendado por la Comisión Provincial.

            Art. 15.- El Presidente del Consorcio de Inversionistas será el representante de éstos ante la Subcomisión de Difusión.

CAPÍTULO VI

Fondo de Capitales

            Art. 16.- Las rentas obtenidas por los proyectos de inversión o desarrollo serán distribuidos entre la Provincia y la Comisión Provincial, éstos últimos deberán tener como único objetivo la inversión destinada a infraestructura para el desarrollo del proyecto de zonificación.

            Art. 17.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de ley obedece a un viejo reclamo de los habitantes de Rosario de la Frontera, quienes desean el desarrollo general y definitivo del Complejo Termal de Rosario de la Frontera.

            El pedido que lleva al menos tres décadas, se basa en la necesidad de completar el desarrollo del Complejo Termal, que seguramente significa mucho más que un espacio de distracción y un edificio antiguo, sino el anhelo de muchas generaciones de rosarinos, que desean ver a nuestra ciudad convertida en un verdadero polo turístico provincial, nacional e internacional.

            Fueron múltiples los proyectos presentados por legisladores rosarinos, por ello humildemente creo que, junto a personas que se sientan involucradas y a través de una Comisión Provincial para el Desarrollo Urbano Turístico del Complejo Termal de Rosario de la Frontera, lograremos una verdadera transformación turística, de la que seguramente nuestros abuelos, padres y la comunidad toda se sentirá orgullosa, lugar por donde pasaron Presidentes de la Nación, políticos, militares, religiosos y muchas personalidades de otros países.

            Tal como lo expresa el presente proyecto de ley, la Comisión tiene carácter permanente, mientras duren sus objetivos, es decir la zonificación, el desarrollo y la fiscalización de los proyectos de inversión destinados al sector urbano y turístico del predio termal. En ella estarán representados de manera directa, por aquellas personas que tengan incumbencia directa, Poderes Ejecutivos Provincial y Municipal, Cámaras Legislativas, Medio Ambiente y Turismo, los cuales harán aportes para el desarrollo del proyecto.

            Como parte del mismo, se constituirá una Subcomisión de Difusión, la que estará integrada por diferentes actores involucrados, destinada a la difusión del nuevo Complejo Termal. Es importante recalcar que la misma no contará con presupuesto propio, con el objeto que sean los interesados y las partes que se beneficiarán con la labor de ésta, quienes estén dispuestos a contribuir con el proyecto general.

            Finalmente se crea el Consorcio de Inversionistas, quien tendrá a su cargo la coordinación de los intereses de los miembros parte del proyecto y que permitirá ser un foro de debates e ideas.

            Es muy importante asegurar las fuentes de aguas termales, pero gracias a la ciencia y a la técnica ya no hay impedimentos para acceder a nuevas vertientes. Las fuentes deben pertenecer a nuestra Provincia y su administración debe estar fiscalizada por la Comisión Provincial, a fin de que su distribución sea justa y equitativa.

            Aquí cabe una reflexión, nos preguntamos qué hacer con el actual predio, los baños, el edificio y la infraestructura, por ello es que propongo que estos queden definitivamente en manos de la administración del Poder Ejecutivo Provincial y que su marcha se ajuste a las competencias del mercado o a las decisiones que se estimen convenientes.

            Por último, dos cuestiones. Una que tiene que ver con el fondo de capitales. Sabemos que del proyecto se obtendrán rentas, las que deberán ser distribuidas a la Provincia como dueña de las mismas, pero esperamos que una porción de ellas se destine a la Comisión Permanente, con el objeto de que ésta cuente con los recursos necesarios para continuar con el proyecto y concretar su viabilidad. Y como esperamos que esta Comisión no se conforme en un mecanismo de recaudación, propongo que los fondos percibidos deban ser destinados exclusivamente al desarrollo de obras de infraestructura necesarias para desarrollar el proyecto.

            La otra está vinculada con la propiedad de la tierra, entendiendo que ésta es de carácter provincial y que no esperamos que pierda ese status hasta tanto no se hayan desarrollado por completo los proyectos, así la Comisión Provincial determinará el tiempo y las formas pertinentes a las desafectaciones progresivas con el objeto de que en el marco general éstas tengan una incidencia positiva y no afecten el complejo ecológico.

            Por lo expuesto y en la seguridad que el presente proyecto de ley servirá para concretar el sueño de tantas generaciones de rosarinos, solicito a mis pares me acompañen con su voto afirmativo.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

2

Expte. Nº 90-18.707/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- La presente Ley tiene por objeto establecer la normativa aplicable a la tenencia de perros potencialmente peligrosos para hacerla compatible con la seguridad de las personas y otros animales.

            Art. 2º.- A los efectos de esta Ley, se consideran perros potencialmente peligrosos a aquéllos que, ya sean puros o cruza, presenten alguna de las siguientes circunstancias:

La autoridad competente determinará y actualizará la nómina de perros que por su raza y/o características se consideran potencialmente peligrosos.

            Art. 3º.- Créase el Registro de Propietarios de Perros Potencialmente Peligrosos de la Provincia de Salta.

            En cada Municipio existirá una delegación del Registro.

            Art. 4º.- En el Registro se consignan los datos personales del solicitante y respecto del perro, los datos que permiten individualizarlo resultantes de la identificación que prevé esta Ley, sus características y el lugar habitual de residencia.

            Art. 5º.- La tenencia de perros potencialmente peligrosos queda sujeta al cumplimiento de las siguientes disposiciones:

   Explotaciones agrarias que utilicen perros de guardia, defensa y manejo de ganado, y actividades de carecer cinegético.

   Pruebas deportivas con fines a la selección de los ejemplares que participan en las mismas y que estén autorizadas y supervisadas por la autoridad competente, con exclusión de los ejercicios para peleas y ataque.

   Utilizados con una función social por los organismos públicos o privados.

   Utilizados para las fuerzas de seguridad del Estado en sus diversos ámbitos de gobierno.

  1. Adoptar medidas de seguridad y prevención en el inmueble donde se aloja al perro, en el que debe haber estructuras suficientemente resistentes y de dimensiones adecuadas que impidan al perro escaparse o sobrepasar el hocico más allá de los límites propios.
  2. En el inmueble que pertenezca a más de un propietario, se prohíbe dejar al perro en lugares comunes.
  3. Queda prohibido el abandono de los perros alcanzados por esta Ley.
  4. Comunicar al Registro la cesión, robo, muerte o pérdida del perro, haciéndose constar tal circunstancia en su correspondiente hoja registral, sin perjuicio de que si el perro pasase a manos de un nuevo propietario, éste deberá renovar la inscripción en el Registro.
  5. Incluir otras razas a la lista que confeccione.
  6. Incluir otros métodos de identificación que se agregarán a los establecidos en esta Ley.
  7. Celebrar convenios con el Colegio de Veterinarios de la provincia de Salta, a los efectos de mejor proveer a las veterinarias de los medios de identificación y seguridad previstos en esta Ley.
    1. En el trayecto de ida y vuelta al establecimiento deportivo, cualquiera sea el medio de locomoción que empleare.
    2.  Durante su permanencia en el establecimiento deportivo, dentro de los horarios establecidos en la práctica deportiva.
    3. En toda actividad organizada y vigilada por autoridades competentes.
    4. El aporte por deportista por una sola vez al año, a cargo de los padres, tutores o encargados del deportista que se hará efectivo en el monto o porcentaje, tiempo y forma que determine la reglamentación.
    5. Con los subsidios, subvenciones, herencias, legados, donaciones y otros fondos no especificados que se hicieren para el Seguro Deportivo.
    6. El patrimonio de las instituciones disueltas que no tuvieren otro destino previsto en sus estatutos.

Art. 6º.- El perro que tenga lugar de residencia habitual fuera del territorio de la provincia de Salta, está sujeto a lo establecido en esta Ley cuando se halle dentro de la Provincia.

      Art. 7º.- La inobservancia de las disposiciones establecidas en esta Ley es sancionada con multa que será fijada por la Autoridad de Aplicación.

      Art. 8º.- El precio de la multa deberá ser reinvertido en la Autoridad de Aplicación de la presente a fin de lograr su autosatisfacción.

      Art. 9º.- Es Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, quien coordinará la delegación de la misma a los municipios.

      Art. 10.- La Autoridad de Aplicación de la presente dictará las normas reglamentarias que fuesen necesarias para su cumplimiento.

      Art. 11.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar las adecuaciones presupuestarias que sean necesarias para la aplicación de esta Ley.

      Art. 12.- Esta Ley entra en vigencia a los noventa (90) días de ser promulgada.

      Art. 13.- La Autoridad de Aplicación provee a los Registros de los medios necesarios para realizar sus fines.

      Art. 14.- La Autoridad de Aplicación puede:

Art. 15.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Juan Francisco Maita – Federico Miguel Segura – Juan Martín Moreyra – Gustavo Ruberto Saenz

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

      Se han venido sucediendo una serie de hechos protagonizados por perros de gran porte, catalogados como animales de guarda, quienes muchas veces, por descuido de sus dueños, han ocasionado daños irreparables a niños y otros transeúntes.

Los episodios lamentables referidos podrían evitarse contando con una normativa que reglamente la tenencia de estos animales, de manera de compatibilizar el derecho de poseer perros de estas características y el de los transeúntes de circular por la vía pública, sin sufrir perturbaciones o daños por parte de los mismos.

La causa de la peligrosidad potencial de esos perros debe encontrarse en la selección y cruza de que han sido objeto, para producir individuos con ciertas características genéticas como es la ferocidad y la desconfianza con los seres humanos, lo que en los hechos los hace inestables en su comportamiento, lo que ha sido descrito por estudios científicos y por estudios de casos, en donde siempre los ataques han sido sorpresivos.

Los hechos y circunstancias que se han descrito anteriormente obligan al Estado a tomar medidas de resguardo para con la salud y las vidas de las personas, anulando o disminuyendo el riesgo de la tenencia y uso de este tipo de animales.

Esta temática ha sido abordada ya por distintas Provincias de nuestro País y de otros Estados, quienes en algunos casos llegaron a prohibir la existencia en su territorio de determinadas razas, tal el caso del Pit Bull, en Hungría, Estados Unidos y Suecia.

A través del Decreto 662/96 se transfirió el Centro Antirrábico dependiente del Ministerio de Salud Pública a la Municipalidad de la Ciudad de Salta, quedando un vacío normativo en los demás Municipios de nuestra Provincia en lo que a la materia compete.

Ante este vacío normativo, creemos oportuno dictar una reglamentación uniforme que abarque todo el territorio provincial para cubrir esta laguna jurídica dando la posibilidad a cada municipio de crear su autoridad de aplicación y complementar esta ley de acuerdo a las necesidades de cada Municipio.

Debemos considerar que de acuerdo a las tendencias de los países desarrollados debe establecerse la obligatoriedad de registrar a estos animales en las administraciones locales.

Se debe propender a una cultura de respeto a los derechos de los animales y al mismo tiempo enfrentar el desafío de proteger el interés general de todos los ciudadanos, de no verse expuestos a ataques sorpresivos que pueden tener trágicas consecuencias, no se puede esperar más muertes de personas para avanzar en una solución legislativa de este problema.

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

3

Expte. Nº 90-18.716/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Impleméntese con carácter obligatorio el “Seguro Deportivo” para todo deportista inscripto en las asociaciones, uniones o cualquier otro tipo de organización civil con Personería Jurídica, correspondiente a cualquier disciplina deportiva amateur. Este seguro estará a cargo del Ministerio de Salud quien podrá celebrar convenio con la empresa aseguradora que correspondiera.

            Art. 2º.- El seguro a que se refiere el artículo anterior ampara a los deportistas desde el primer día de iniciación del torneo, campeonato o actividad oficial, hasta la finalización de los mismos, siempre y cuando éstos hayan cumplimentado las exigencias de afiliación o matriculación, pago del aporte y que la contingencia se encuadre en las causales especificadas en el artículo 3º de la presente Ley.

            Art. 3º.- El Seguro Deportivo cubrirá los gastos de atención médica sanatorial, bioquímica, odontológica, farmacéutica, paramédica, adquisición de elementos protésicos y gastos de traslado, cuando éstos sobrevengan como consecuencia de accidentes del deportista incorporado a este sistema en la extensión, montos y forma que establezca la reglamentación y siempre que la contingencia se produzca en las siguientes circunstancias:

            Art. 4º.- Los beneficios de este Seguro Deportivo se financiarán con los siguientes recursos:

            Art. 5º.- Quedan eximidos del pago de los aportes establecidos en la presente Ley, aquellos padres, tutores o encargados que acrediten la falta de recursos, situación que deberá ser acreditada por ante las autoridades competentes.

            Art. 6º.- Supletoriamente se aplicará la Ley provincial 6.710.

            Art. 7º. El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en un plazo no mayor de ciento ochenta (180) días.

            Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Gustavo Ruberto Saenz – Jorge Luis Rodríguez – Alberto Froilán Pedroza

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La práctica del deporte comporta un riesgo que por su propia especificidad necesita de un conjunto de prestaciones puntuales y propias.

            Ante un accidente deportivo es elemental contar con la protección necesaria para resguardar la integridad de las personas que desarrollan esta actividad.

            Estos accidentes deportivos requieren de elementos y medicamentos que, en la mayoría de los casos, no están al alcance de los damnificados.

            Es deber del Estado fomentar la actividad deportiva, como factor básico de la formación integral del hombre, resguardando al deportista ante un eventual accidente en ocasión del mismo.

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

4

Expte. Nº 90-18.719/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Créanse en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Salta, las “Residencias para Madres” destinadas a albergar a las madres cuyos hijos recién nacidos se encuentren en situación de riesgo, por prematurez, bajo peso para su edad gestacional o por otras circunstancias que afecten su salud, y que por su ocurrencia requieran permanecer internados en maternidades y hospitales públicos existentes en nuestro territorio provincial.

DE LOS OBJETIVOS GENERALES

            Art. 2º.- Las “Residencias para Madres” creadas, serán espacios físicos dispuestos por el Ministerio de Salud de la Provincia con el fin de albergar a las madres de los niños durante el período que dure la internación de sus hijos, en donde se perseguirán objetivos vinculados con la alimentación, asesoramiento, información, capacitación y contención de las mismas, jerarquizando el vínculo con el niño.

DE LOS OBJETIVOS ESPECÍFICOS

            Art. 3º.- Las Residencias para Madres deberán:

  • Alojar a las madres de los niños que se encuentren internados.
  • Alimentar apropiadamente a las madres con dieta acorde a su estado y necesidad.
  • Asesorar sobre el cuidado del recién nacido y sobre la importancia y ventajas de la lactancia materna, garantizando el amamantamiento del neonato.
  • Lograr que la madre, durante la estadía, amplíe habilidades para su mejor desenvolvimiento en su vida cotidiana.
  • Enseñar a leer y escribir en el caso de madres analfabetas.
  • Brindar información y nociones generales sobre cómo prevenir enfermedades y mejorar su salud (Educación para la Salud).

DEL FUNCIONAMIENTO

            Art. 4º.- Las Residencias para Madres creadas por la presente Ley, dependerán de los hospitales públicos que cuenten con una maternidad y/o que traten enfermedades a menores de edad en todo el territorio provincial. La Autoridad de Aplicación procurará que su ubicación  sea en el mismo predio en que éstos se encuentran a los efectos que las madres tengan posibilidad de contacto permanente con sus hijos.

DEL EQUIPAMIENTO

            Art. 5º.- Las Residencias para Madres deberán contar como mínimo con dormitorios, baños, espacios para cocina-comedor y un lugar destinado para actividades de capacitación  de las madres.

HÁBITOS SALUDABLES

            Art. 6º.- Se procurará que las madres albergadas se comprometan con la realización, en la medida que sus posibilidades físicas lo permitan, de las actividades cotidianas de las Residencias, en cuanto al orden, higiene y mantenimiento del lugar en condiciones óptimas de convivencia y a fin de que dichas actividades refuercen la formación de hábitos saludables durante su estadía en los mismos.

DEL PERSONAL

            Art. 7º.- Las Residencias para Madres estarán a cargo de personal técnico con conocimientos básicos en salud, participación comunitaria y organización institucional dependiente del Ministerio de Salud, el cual llevará adelante la coordinación general del mismo, cumpliendo con tareas de administración, capacitación y organización de actividades recreativas-educativas que favorezcan el desarrollo de las mencionadas actividades, en coordinación con técnicos de la red de servicios de salud y de otras áreas.

DE LA COLABORACIÓN DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

            Art. 8º.- A efectos de la colaboración en general con las actividades de los hogares y sus objetivos, el Ministerio procurará involucrar a organizaciones no gubernamentales que se ocupen de esta temática.

DEL MANTENIMIENTO

            Art. 9º.- El Ministerio de Salud por sí, o a través de otra repartición, garantizará los insumos básicos para la alimentación diaria de las gestantes. Asimismo, procurará involucrar a las Municipalidades y/o comunas de la provincia de Salta en la apertura, coordinación, administración y mantenimiento de las Residencias.

DE LA PERMANENCIA

            Art. 10.- Los ingresos y egresos a las Residencias para Madres serán determinados por los Centros de Salud del cual dependan, teniendo las responsabilidades y cuidados como si estuvieran internados.

EXCEPCIÓN

            Art. 11.- Excepcionalmente y cuando las circunstancias lo ameriten, se podrá autorizar el albergue de mujeres embarazadas en situación de riesgo. Las autoridades de las residencias serán las encargadas de disponer tal situación, teniendo en cuenta a aquellas mujeres en situación de vulnerabilidad social, con antecedentes de cesárea previa, ruptura uterina, muertes fetales, parto prolongado difícil, parto prematuro, o bajo peso al nacer. Asimismo su situación de parto de gran multiparidad, embarazo gemelar, primigestas añosas o con sospecha de desproporción céfalo pélvica, retardo en el crecimiento fetal, anemia crónica, hipertensión o lugar de residencia de difícil accesibilidad.

DE LA IMPUTACIÓN DE LAS EROGACIONES

            Art. 12.- Las erogaciones originadas por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ley serán imputadas al presupuesto destinado a Salud Pública.

            Art. 13.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Catalina Elsa Ponna

Fundamentos

Señor Presidente:

            En la provincia de Salta existe el Hospital Materno Infantil y otras instituciones similares en el interior de la Provincia que atienden casos de nacimientos de alto riesgo, por prematurez, bajo peso gestacional o por otras circunstancias que afecten la salud, tanto de la madre como del niño, y que por su ocurrencia requieren que los mismos permanezcan internados entre 30 y 45 días según el caso y/o más tiempo según la afectación del niño.

            Los centros de salud con estas características se encuentran distribuidos en nuestra Provincia en los centros urbanos más importantes, ofreciendo este servicio a personas que llegan desde distintos puntos de la geografía provincial, conociendo en la mayoría de los casos la dificultad posterior ante un parto prematuro.

            Las residencias que propongo crear van a ofrecer una contención indispensable para esta situación. El vínculo necesario ente la mamá y el niño, el aprendizaje mutuo, requiere que prestemos atención brindando las condiciones adecuadas para facilitarlo.

            Muchas veces, a falta de existencia de las mismas, se puede llegar hasta al abandono por parte de la madre o la familia del recién nacido. Los prematuros recién nacidos y/o los de bajo peso gestacional requieren entre 30 y 45 días, aproximadamente, de internación hasta su alta. Durante este período sucede que muchas madres provenientes del interior no tienen donde albergarse y deben volver a su lugar de origen y cada tanto vienen a ver a su hijo.

            Lamentablemente, ocurre también, en un menor porcentaje, que no vuelven, es decir, abandonan a su hijo y deben ser obligadas a retornar por medios coercitivos.

            Es precisamente la separación o alejamiento entre madre e hijo, desde el nacimiento hasta el momento del alta médica, el objetivo principal a revertir a través de este proyecto, por medio de la creación de Residencias para Madres.

            De esta situación forzada por distintas circunstancias, sin dudas antinatural y la mayoría de las veces no querida por la madre, deviene un sinnúmero de inconvenientes para el futuro de estos niños, principalmente por la imposibilidad de recibir la lactancia materna así como también para las madres por la imposibilidad de brindarla.

            La lactancia materna es el mejor alimento posible en las primeras etapas de la vida ofreciendo beneficios tanto al recién nacido como a la madre. Al amamantar, la mamá establece un vínculo afectivo muy necesario para el bebé que recién empieza a desarrollarse y le transfiere anticuerpos, proteínas, hidratos de carbono, grasas, minerales, vitaminas, hierro en su justa medida y en concentraciones que se irán modificando a medida que crezca el niño según sus necesidades.

            El niño se protege frente a las infecciones y desarrolla con más facilidad su sistema inmunológico. El 50% de los fallecimientos infantiles se asocian a problemas de malnutrición ligados a la lactancia. También se afirma desde el campo científico de la salud que el coeficiente intelectual es un 15% mayor en quienes recibieron lactancia materna. Por su parte, la madre obtiene protección frente al cáncer de mama y de ovario y se recupera con más facilidad del parto.

            Pero también pretendemos con este proyecto abordar otra arista del tema, y que tiene que ver directamente con las madres. Decíamos que son entre 30 y 45 días los que las madres deberían permanecer junto a sus hijos hasta retornar a sus hogares en el mejor de los casos. Creemos que este es un tiempo que debería ser aprovechado, ya que son muchas las horas que le quedarán libres a las madres luego de atender y amamantar a sus hijos. En consecuencia la creación de estas Residencias para Madres traería aparejado no sólo beneficios para las madres, los cuales se trasladarán al seno de sus familias, sino también para los recién nacidos. Llevar a cabo esta propuesta no implica importantes erogaciones para el Estado, sobre todo si los comparamos con los beneficios que consideramos traería aparejados.

            Por esta razón disponemos en el articulado del presente crear la primer Residencia para Madres de la Provincia en el ámbito espacial del Hospital Materno Infantil, en un pabellón existente y/o construyendo uno a tal fin en el mencionado edificio como así también en cada establecimiento de similares características que se encuentren en el interior de la Provincia. Sobre todo en los departamentos cabeceras que atienden a los municipios que lo contienen.

            Estamos convencidos de la necesidad de implementar las Residencias para Madres en las maternidades públicas existentes en distintas ciudades de nuestra Provincia y cuya finalidad sea la atención del neonato en situación de riesgo y/o niños con distintas patologías que requieran de un tiempo de internación superior a los 15 días.

            Sin más, solicito la aprobación del presente proyecto de ley, por los fundamentos antes señalados.

Catalina Elsa Ponna

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

5

Expte. Nº 90-18.722/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Establecer el reconocimiento de la esterilidad e infertilidad como una condición o una patología que aflige y condiciona el pleno goce de la salud humana.

            Art. 2º.- El Ministerio de Salud Pública dispondrá las acciones y disposiciones correspondientes que permitirán asegurar el derecho igualitario de todos los ciudadanos de acceder a los diferentes tratamientos existentes con el objetivo de resolver la esterilidad e infertilidad y las terapias destinadas a resolver las mismas o a asistir en la fertilización de los pacientes.

            Art. 3º.- El Instituto Provincial de Salud (IPS) deberá incorporar en su programa médico de prestaciones, la cobertura de los diversos tratamientos destinados a resolver la esterilidad e infertilidad, a asistir en la fertilización de los pacientes, y a la contención psico-social de los mismos.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            Presento este proyecto de ley con el propósito de que se asegure efectivamente el derecho a la salud por parte de los ciudadanos de nuestra Provincia. Es responsabilidad indelegable del Estado garantizar este derecho a la población.

            Puntualmente la temática a la que hace referencia el presente proyecto de ley es una realidad que castiga a muchas parejas en nuestra Provincia.

            Evidentemente lo que está en juego es la posibilidad de que se acceda al desarrollo y a una vida plena.

            En la actualidad quienes se encuentran afectados por esta patología deben de recurrir a tratamientos de entidades privadas, debiendo para ello requerir de sumas inalcanzables para una familia.

Frente a esto emergen sin duda diferentes complicaciones en el seno de la pareja, ya que se deteriora la posibilidad de poder -como mencioné anteriormente- desarrollar la constitución efectiva de una familia.

            El otro aspecto que es importante remarcar es el contexto en el cual se desenvuelven muchas de las parejas que sufren esta problemática y es sin duda el factor social y el estrés que modifican el ritmo de vida de las personas.

            La palabra enfermedad está asociada como “alteración más o menos grave de la salud”, entendiendo que salud es el “estado en que el ser orgánico ejerce normalmente todas sus funciones”, es decir aquél en el que el ser “humano” ejerce normalmente todas sus funciones; y acordando que una de las principales funciones del género es la reproducción para la continuidad de la especie, resulta claro, obvio e irrebatible inferir que la infertilidad es una enfermedad que altera gravemente la salud, impidiendo ejercer normalmente una de las más básicas funciones durante la vida de las mujeres y de los hombres. Y así quedaría establecido en nuestra Provincia con la sanción de esta iniciativa.

            Es importante remarcar la falta de legislación al respecto en nuestro país, existen iniciativas legislativas que lamentablemente no han prosperado cuando en muchos países se observa que se ha tomado como política de estado esta temática, pensando naturalmente en las personas, tal es el caso de Brasil que cuenta con una normativa adecuada.

            Por estas razones, solicito la aprobación de este proyecto de ley.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

6

Expte. Nº 90-18.726/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y .

            Artículo 1º.- Créase en la órbita del Poder Ejecutivo el Consejo de la Familia y Desarrollo Humano a fin de que brinde a las familias afectadas por violencia la asistencia legal, médica y psicológica que requieran, por sí o a través de otros organismos públicos y de entidades no gubernamentales con formación especializada en la prevención y atención de la violencia familiar y asistencia a la víctima. El mismo se integrará con los recursos humanos de la Administración Pública Provincial y de las organizaciones no gubernamentales dedicadas al tema objeto de esta Ley, que reúnan las aptitudes profesionales pertinentes.

            Art. 2º.- Créase en el ámbito del Consejo de la Familia y Desarrollo Humano, el Registro de Organizaciones no Gubernamentales Especializadas, en el que se podrán inscribir aquéllas que cuenten con el equipo interdisciplinario para el diagnóstico y tratamiento de violencia familiar.

            Art. 3º.- El Consejo de la Familia y Desarrollo Humano tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  1. Desarrollará programas de capacitación de docentes y directivos de todos los niveles de enseñanza, orientados a la detección temprana, orientación a padres y derivación asistencial de casos de abuso y violencia, así como a la formación preventiva de los alumnos.
  2. Gestionará la creación en los centros de salud dependientes de la Provincia, de equipos multidisciplinarios de atención de niños y adolescentes víctimas y sus familias, compuestos por un médico infantil, un psicólogo y un asistente social con formación especializada en este tipo de problemáticas.
  3. Invitará a los municipios a generar equipos semejantes en los efectores de salud de su dependencia.
  4. Incentivará grupos de autoayuda familiar, con asistencia de profesionales expertos en el tema.
  5. Destinará en las comisarías personal especializado en la materia (equipos interdisciplinarios: abogados, psicólogos, asistentes sociales, médicos) y establecer un lugar privilegiado a las víctimas.
  6. Creará un programa de promoción familiar destinado a sostener en forma temporaria a aquellos padres o madres que queden solos a cargo de sus hijos a consecuencia de episodios de violencia o abuso, y enfrenten la obligación de reorganizar su vida familiar.
  7. Generará con los municipios y las entidades comunitarias casas de hospedajes en cada comuna, que brinden albergue temporario a los niños, adolescentes o grupos familiares que hayan sido víctimas.
  8. Desarrollará en todos los municipios de recepción telefónica de denuncias, dotados de equipos móviles capaces de tomar contacto rápido con las familias afectadas y realizar las derivaciones correspondientes, haciendo un seguimiento de cada caso.
  9. Realizará todas las acciones tendientes a capacitar sobre el tema “Violencia Familiar” a los agentes públicos afectados a la prestación del servicio a su cargo, dictando los reglamentos e instrucciones que resulten necesarios.
  10. Evacuará los informes que los magistrados competentes requieran en los términos previstos por el artículo 6º de la Ley 7.403.

Art. 4º.- El Poder Ejecutivo arbitrará los medios y los recursos necesarios para el cumplimiento de la presente Ley. A tal efecto, se lo autoriza a efectuar las adecuaciones presupuestarias que demande el cumplimiento de la presente.

            Art. 5º.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación.

            Art. 6º.- Esta Ley entrará en vigencia el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            Esta es la reiteración de una iniciativa presentada en el 2008 a través de la cual se busca dotar al Estado de una clara y contundente herramienta de prevención respecto del elevado índice de violencia familiar que se registra de manera constante en la provincia de Salta.

            Se está planteando la constitución de un espacio que permita evaluar las condiciones socio-económicas de las familias como así también la consecuente asistencia psicológica necesaria para prevenir estos episodios.

            Se aspira a realizar -a través de este proyecto de ley- un trabajo multidisciplinario que tenga como meta la disminución sistemática de este emergente social que está caracterizando la cotidianeidad de un alto porcentaje de las familias salteñas.

            La violencia familiar, se ha sostenido permanentemente, tiene varios matices, pero sin duda alguna los aspectos vinculados a la pobreza, el desempleo y la exclusión configuran notoriamente el epicentro del inicio de este flagelo.

            Frente a esto el Estado debe tener una actitud de características integrales que diagnostique, determine y contenga fuertemente a la franja poblacional en riesgo.

            Evidentemente hace falta además una importante convocatoria a los diferentes sectores sociales que vienen estudiando y trabajando la temática de referencia en pos de contar con más elementos y una visión más amplia.

            El aspecto legal es fundamental en términos de que se advierta con antelación los síntomas que se van registrando en términos de denuncias y exposiciones.

            Es fundamental la articulación de un ámbito que empiece a trabajar además en la concientización de esta temática; para ello se deberá, como se señala en texto del proyecto de ley, impulsar acción de capacitación y difusión.

            Por ello, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-18.717/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial -a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos- que de conformidad a los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de Cámara, en un plazo de cinco (5) días, informe sobre el lamentable accionar policial desplegado en el caso Evangelina Pisco.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Catalina Elsa Ponna

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente pedido de informe tiene por finalidad solicitar al Poder Ejecutivo Provincial informe a esta Cámara de Senadores sobre el sospechoso accionar policial en la resolución del caso Evangelina Pisco.

            Como es de público conocimiento, la joven tartagalense Evangelina Pisco sufrió un lamentable accidente por negligencia y desidia de quienes tienen la responsabilidad de prestar un servicio público, cuestión que también nos ocuparemos en averiguar como corresponde y deslindando responsabilidades en otro pedido de informe.

            Como decíamos, nos llama poderosamente la atención que un lamentable accidente mutara luego del accionar de la Brigada de Investigaciones de la Policía de la Provincia de Salta con asiento en Tartagal, en un crimen pasional, manteniendo en vilo a toda la población de la Provincia, incluidos lamentablemente los familiares de Evangelina, en una novela macabra con características, a medida que pasaban los días, cada vez más patéticas y horrorosas, sobre los supuestos hechos espeluznantes con que los “asesinos” dispusieran del cuerpo de la joven accidentada u “asesinada”, según la Policía.

            Sin embargo, a mediados de la semana pasada los familiares de los detenidos comenzaron a denunciar en los medios que los uniformados habrían agredido física y verbalmente a los detenidos para que se autoinculpen por la desaparición de Evangelina Pisco.

            Versión que resultó creíble, ante el hallazgo de la joven en el lugar del hecho como fuera relatado desde un principio por la única testigo que presenció la caída de su prima y que luego fuera desestimado por los “investigadores” de la Brigada de la Policía.

            Pero entonces, desde que desapareció la menor hasta que apareció su cuerpo, fueron detenidas cinco personas, la mayoría familiares de la víctima, que se “autoinculparon” en el “asesinato y descuartizamiento de la misma” con técnicas que variaban día a día según la menta “iluminada” de quien llevaba adelante la “investigación”.

            Las conductas desplegadas por los agentes policiales de la Brigada de Investigación de Tartagal encuadran claramente en un delito, según mi criterio ante la luz de los hechos.

            Donna 1 explica que la acción típica consiste, por parte del funcionario público cuando desempeña un acto de servicio, en cometer, es decir aplicar, infligir o imponer a una persona vejaciones o apremios ilegales. (Por ejemplo para autoinculparse).

            Para este autor “vejar” significa tanto como molestar, perseguir, maltratar o hacer padecer a una persona. Las vejaciones pueden consistir en todos los actos humillantes que puedan perjudicar psíquicamente a la persona.

            Creus 2 entiende por vejaciones a todo trato humillante que mortifica moralmente a la persona, atacando su sentimiento de dignidad o de respeto que merece como tal y con el que espera ser tratada. Explica que si la severidad tiene, fundamentalmente, una trascendencia más física que psíquica, en la vejación pesa más el menoscabo psíquico que el físico, aunque ella también puede estar constituida por actos materiales (tratamientos físicos humillantes, como empellones, sometimiento a trabajos mortificantes), o por actos puramente morales (por ejemplo la exigencia de adoptar actitudes indignas ante la presencia de funcionarios o de terceros).

            Según Nuñez, son los tratamientos mortificantes para la personalidad por indecorosos, agraviantes o humillantes.

            Para Donna “apremiar” significa tanto como apretar u obligar a otro a que haga alguna cosa. El apremio ilegal va más allá del vejamen, toda vez que lo que se intenta es obtener una confesión o declaración, violando de este modo el artículo 18 de la Constitución Nacional.

            El mismo autor señala que se trata de la relación que surge en todo acto de autoridad en presencia del particular, cualquiera que sea la oportunidad en que se produzca. Esto tiene importancia porque delimita el ámbito de aplicación de la norma, ya que abarca tanto a quien ya está detenido como a la persona que está siendo detenida o en el acto de detención. Por lo tanto, es igual que el sujeto pasivo esté o no bajo la custodia del funcionario.

            Creus entiende que el apremio es un procedimiento coaccionante que -a diferencia de lo que ocurre en las severidades y vejaciones- tiene una finalidad trascendente a él mismo: lograr una determinada conducta en el apremiado. Puede estar constituido por atentados físicos sobre la persona del sujeto pasivo, por severidades o vejaciones.

            Para Soler se trata de vejaciones o apremios relacionados con la privación de la libertad y que pueden ser cometidos tanto contra un sujeto que ya se encuentra preso como contra quien todavía no lo está, en el  acto de tomarlo.

            Como mínimo, entonces, cabe la pregunta de qué hubiera pasado con estas personas de no haber aparecido el cuerpo de Evangelina. Las implicancias de la contestación de la presente, redundarían en situaciones irreparables para las mismas y nos dejaría al resto de los ciudadanos libres en manos de estos “investigadores”, poniéndonos en peligro a todos nosotros con tal de que se cierre “exitosamente” cualquier causa que se encuentre en período de “investigación”.

            Por estas razones, solicitamos a este Cuerpo dé aprobación al presente pedido de informe.

Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento General San Martín.

Sen. Ponna.- Señor Presidente: estuvo hace unos instantes el señor Ministro de Seguridad y Derechos Humanos, solicito que este expediente sea remitido a Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición. Así se hará.

– Asentimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Se remite a la Comisión respectiva.

2

Expte. Nº 90-18.721/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo Nº 116 de la Constitución de la Provincia y el artículo Nº 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al Ministro de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre el accionar de la Policía de la ciudad de Tartagal, tras la muerte de Evangelina Pisco y que ha tomado estado público en distintos medios de comunicación.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: como es de idéntico contenido que el anterior, solicito que pase a Comisión por los argumentos vertidos por la señora Senadora Catalina Ponna.

 Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición. Así se hará.

– Asentimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Se remite a la Comisión respectiva.

3

Expte. Nº 90-18.723/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo N° 116 de la Constitución de la Provincia y el artículo N° 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre los motivos por los cuales se ha paralizado la obra del playón deportivo de la Escuela Zuviría en Cafayate.

            Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para ser tratado en su oportunidad.

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-18.708/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Disponer de un subsidio destinado para cubrir gastos de construcción de diez (10) viviendas en el paraje La Sala – Luracatao, construidas por el Instituto Provincial de Vivienda.

            Los beneficiarios de dicho subsidio serán, excepcionalmente, los siguientes:

  1. Liendro, Andrés Justino D.N.I. Nº 10.403.250
  2. Casimiro, Eduardo D.N.I. Nº 20.690.574
  3. Casimiro, Flavia Salomé D.N.I. Nº 26.423.992
  4. Tapia, Nicolás D.N.I. Nº 7.250.221
  5. Liendro, José Roberto D.N.I. Nº 20.690.547
  6. Pastrana, Esperanza Victoria D.N.I. Nº 6.260.874
  7. Guaymás, Elisa D.N.I. Nº 4.513.949
  8. González, María Magdalena D.N.I. Nº 4.902.010
  9. Pastrana, Alfonso D.N.I. Nº 7.255.766
  10. Tapia, Cristian Leonardo D.N.I. Nº 30.019.889

            Los gastos que demande la presente serán atendidos por el Presupuesto General ejercicio vigente, de acuerdo al convenio celebrado entre el I.P.V. y la municipalidad de Seclantás.

Juan Francisco Maita

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objeto excepcionalmente cumplir con un compromiso asumido en oportunidad de cuando se llevó a cabo la expropiación de la Finca Luracatao y Entre Ríos, mediante Ley Nº 7.137 y Ley Nº 7.304 que ratifica dicha Ley y convalida el Convenio celebrado entre el Gobierno de la Provincia y los representantes de la firma Campo Rosario S.C.A., la cual también referencia lo dispuesto en la Ley Nº 6.321 de regularización de la ocupación de la tierra, vigente desde el año 1984.

            En el citado Convenio se acuerda que diez vecinos del paraje denominado “Sala Adentro” de la misma finca sean ubicados al frente de sus actuales viviendas, entregando la firma Campo Rosario igual cantidad de hectáreas que la que usan con la condición de recibir también una casa construida para sus familias por parte del Gobierno.

            A la fecha ya se encuentran terminadas las diez unidades habitacionales, de acuerdo al Convenio firmado por la municipalidad de Seclantás y el Instituto Provincial de la vivienda en diciembre de 2007. Para así llevar a cabo un compromiso de honor, asumido por autoridades tanto provinciales como legislativas, con los vecinos mencionados en este proyecto de declaración y a fin de dar cumplimiento con lo establecido en el artículo segundo, párrafo tercero del Anexo I (Acápite Arrendatarios) del citado Convenio, es que solicito a mis pares la aprobación de dicho subsidio para que el Poder Ejecutivo pueda proceder a la confección y posterior entrega de las llaves y carpetas correspondientes a través del organismo correspondiente.

Juan Francisco Maita

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

2

Expte. Nº 90-18.709/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, arbitre todos los medios necesarios a fin de que a la brevedad se realice la construcción del edificio de la Subcomisaría de la localidad de San Antonio de los Cobres, obra que tiene creación de partida en el Presupuesto General de la Provincia, ejercicio vigente.

Bernardo Emeterio Soriano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto se fundamenta en las siguientes consideraciones:

            La Subcomisaría de San Antonio de los Cobres funciona actualmente en un edificio histórico, ya que era la Casa de Gobierno de la ex Gobernación de Los Andes y está muy deteriorado por su uso y por el transcurso del tiempo.

            Dicho edificio, al ser utilizado para un fin distinto del que fue construido, resulta inadecuado para el normal funcionamiento de la Subcomisaría.

            En los últimos años el departamento Los Andes en general y la localidad de San Antonio de los Cobres en particular ha tenido un crecimiento poblacional importante.

            San Antonio de los Cobres se ha convertido en el tercer destino turístico del interior más visitado por los turistas, principalmente extranjeros, que día a día nos visitan atraídos por las excepcionales bellezas naturales de la Puna y por la obra maestra de la ingeniería ferroviaria que es el “Viaducto La Polvorilla”, conocido mundialmente a través del “Tren a las Nubes”.

            El personal policial debe brindar la seguridad necesaria a los habitantes locales y a los visitantes. A fin de lograr su cometido es sumamente necesario que la Subcomisaría de San Antonio de los Cobres tenga un edificio acorde a las necesidades del servicio de seguridad pública.

            En el Presupuesto General de la Provincia del corriente año está incorporada la obra: “Construcción del Edificio de la Subcomisaría de San Antonio de los Cobres”, con creación de partida. El anteproyecto de la misma fue realizado por profesionales de la Secretaría de Seguridad y contiene todos los requerimientos que una dependencia policial debe tener. (Se adjunta copia del mismo). Por ende urge solicitar al Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, que arbitre todos los medios necesarios a fin de que a la brevedad se construya dicha obra que beneficiará en gran manera a toda la comunidad andina.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Bernardo Emeterio Soriano

3

Expte. Nº 90-18.710/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública y de otros organismos competentes, construya en la localidad de Olacapato -jurisdicción del municipio de San Antonio de los Cobres- un puesto sanitario con las comodidades acorde a los requerimientos actuales y futuros de la población.

Bernardo Emeterio Soriano

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto se fundamenta en las siguientes consideraciones:

La localidad de Olacapato se encuentra distante a setenta kilómetros de la localidad de San Antonio de los Cobres, y a doscientos veinte kilómetros de la cuidad de Salta, a la vera de la Ruta Nacional Nº 51, que nos comunica con la hermana República de Chile por el Paso Internacional de Sico, integrando dicha ruta el Corredor Bioceánico (Pacífico-Atlántico), siendo Olacapato la última población argentina de importancia antes de llegar al paso fronterizo de Sico.

            Por la localidad de Olacapato atraviesan las vías del Ramal Ferroviario C-14 que nos comunica con la República de Chile a través del paso Internacional de Socompa, teniendo dicho ramal en Olacapato una Estación de FFCC, con playa de transferencia de cargas.

            Por lo expuesto precedentemente, se concluye que la localidad de Olacapato está ubicada estratégicamente en la Puna, siendo paso obligado para los numerosos turistas que vienen o van para la República de Chile y fundamentalmente para los numerosos camiones que transportan minerales desde los yacimientos circundantes.

            En la actualidad la localidad de Olacapato cuenta con una población estable de trescientos ochenta habitantes que viven apegados a su terruño, soportando las duras condiciones de vida de esta zona, caracterizada por una orografía montañosa, con suelos desérticos y con un clima en extremo duro con temperaturas de hasta veinte grados bajo cero en invierno, con fuertes vientos con ráfagas que sobrepasan los cien kilómetros por hora.

            En este contexto adverso, el personal de Salud trabaja en un edificio construido hace más de treinta y cinco años, con materiales de la zona como ser paredes de adobes, techo de paja y barro, posee tres pequeñas habitaciones, una sala de espera y un pequeño baño externo tipo letrina, en malas condiciones; todo el edificio se encuentra deteriorado por el transcurso del tiempo.

            La Gerente General del Hospital Zonal “Dr. Nicolás Pagano” con asiento en San Antonio de los Cobres, ha realizado gestiones ante las autoridades del Ministerio de Salud Pública de la Provincia para que se refaccione en forma integral o se construya un nuevo puesto sanitario en la localidad de Olacapato, ya que el mismo depende de dicho Hospital Zonal.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Bernardo Emeterio Soriano

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

4

Expte. Nº 90-18.713/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial proceda a la creación de una salita de cuatro años de Nivel Inicial en la Escuela Nº 4.560 “San Pedro Apóstol” del municipio de Los Toldos, departamento Santa Victoria.

Guadalupe Silvia Cabana

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

Expte. Nº 90-18.714/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, proceda a terminar la construcción del camino carretero que une el municipio de Los Toldos y Santa Victoria, departamento Santa Victoria.

Guadalupe Silvia Cabana

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

6

Expte. Nº 90-18.715/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, proceda a la construcción de la Unidad Educativa de San Juancito del municipio de Santa Victoria Oeste.

Guadalupe Silvia Cabana

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

7

Expte. Nº 90-18.718/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales, arbitren los medios necesarios para la obtención de beneficios impositivos (AFIP, DGI, IVA, Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales) para todas aquellas empresas que se radicarán en el Ente Autárquico Parque Industrial de General Enrique Mosconi.

Catalina Elsa Ponna

Fundamentos

Señor Presidente:

            Atento a la situación social que vive el departamento General San Martín desde hace varios años, lo que conlleva a los constantes cortes de ruta por falta de obra; y viendo la eminente concreción del Parque Industrial de Mosconi, que daría trabajo a un número considerado de personas desocupadas, es que solicito a los Legisladores Nacionales los beneficios impositivos para todas las empresas que deseen radicarse en nuestro Departamento.

            En la actualidad existen alrededor de ciento sesenta y seis aglomeraciones industriales planificadas y las de mayor desarrollo se ubican en las provincias de San Luis, La Rioja, Buenos Aires y Tierra del Fuego.

Por ello, pido a mis pares la aprobación de este proyecto de declaración.

Catalina Elsa Ponna

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

8

Expte. Nº 90-18.720/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Ministerio de Educación, a través de sus organismos competentes, revea el Decreto provincial 2.875/95 donde le da la facultad para otorgar certificados con un puntaje de veinticinco puntos ante la Junta de Calificaciones a la Cultural Británica de Salta, dejando en desventaja al resto de establecimientos a quienes sólo les hacen valer cinco puntos.

Catalina Elsa Ponna

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Es de público conocimiento el funcionamiento de una “Junta de Calificación, Méritos y Disciplina”, en la que la persona interesada en trabajar en la docencia presenta su curriculum vitae, que es evaluado por los miembros de la mencionada Junta, luego se le otorga un puntaje por antigüedad, antecedentes, perfeccionamiento, etc. Dentro de ese tema existe un caso de evidente injusticia que deseo poner en conocimiento.

            Se trata de los certificados emitidos por la Cultural Británica de Salta, academia de muy buen nombre y antigüedad en la ciudad de Salta, dedicada a la enseñanza particular de Inglés, que funciona como institución sin fines de lucro, la que fue privilegiada por un Decreto Provincial (2.875/95) para otorgar veinticinco puntos ante la Junta de Calificación.

            Las principales razones de inequidad que se pueden mencionar son: un egresado de Cultural Británica necesita tener sólo un secundario completo para obtener su certificado con veinticinco puntos, mientras que la constancia de un estudiante de nivel superior de 4to. Año con un ochenta por ciento de materias pedagógicas aprobadas vale sólo cinco puntos ante la Junta de Calificación.

            Es por ello que pido se apruebe este proyecto de declaración.

Catalina Elsa Ponna

– A la Comisión de Educación y Cultura.

9

Expte. Nº 90-18.724/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, evalúe la posibilidad de incorporar el libro “NUNCA MÁS” de la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas) como texto de lectura en los niveles medios y terciarios de las instituciones educativas públicas y privadas en el marco del dictado de asignaturas tales como Ciencias Sociales y/o Formación Ética y Ciudadana.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Educación y Cultura.

10

Expte. Nº 90-18.725/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Su adhesión al 41º Aniversario del Movimiento Obrero y Estudiantil conocido como “El Cordobazo”, acaecido en la ciudad de Córdoba el 29 de mayo de 1969 y que llevara a la destitución del Presidente dictatorial Juan Carlos Onganía.

Claudia Silvina Vargas

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

4

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución, expediente Nº 90-18.711/10; y de un proyecto de declaración, expediente Nº 90-18.712/10.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de dos proyectos de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de tres dictámenes de la Comisión de Legislación General.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Luque.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un dictamen de Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

III
Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

            En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta, realicen gestiones ante las autoridades de la Administración Nacional de Seguridad Social, a efectos de que arbitren las medidas necesarias para la instalación de una delegación u oficina de ese organismo en la localidad de Coronel Juan Solá. (Expte. Nº 90-18.640/10)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado el ingreso. Pasa al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de ley en revisión, referente al acogimiento al beneficio creado por Ley 7.278 – Renta Vitalicia Héroes de Malvinas y su modificatoria Ley 7.355 (Expte. Nº 91-23.537/10)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado el ingreso. Pasa al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Matrículas Nros. 131.214, 131.215 y 131.216 del departamento Capital. (Expte. Nº 91-22.220/09)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado el ingreso. Pasa al Orden del Día de la próxima sesión.

De Obras Públicas e Industria:

            En el proyecto de ley en revisión, creando el Ente Autárquico de Promoción y Desarrollo Parque Industrial Rosario de la Frontera. (Expte. Nº 91-23.668/10)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado el ingreso. Pasa al Orden del Día de la próxima sesión.

V

Proyectos de Resolución

4

Expte. Nº 90-18.711/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante el proyecto denominado “Pensando en el Bicentenario”, organizado por el Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación de la provincia de Salta, actividades propuestas que se desarrollarán el día 21 de mayo de 2010 para toda la comunidad educativa de General Güemes.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Federico Miguel Segura

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: para solicitar que se trate sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

VI

Proyectos de Declaración

11

Expte. Nº 90-18.712/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante proyecto del municipio de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación, denominado “Pensando en el Bicentenario”, a realizarse el día viernes 21 de mayo de 2010 en la ciudad de General Güemes, departamento del mismo nombre.

Federico Miguel Segura

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Segura.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto por la cercanía de la fecha, el bicentenario, tan importante para nuestra Patria.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

12

Expte. Nº 90-18.728/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, realice las gestiones necesarias para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia asentado en la ciudad de San José de Metán.

Luis Francisco D’Andrea – Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García – Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas de este expediente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

13

Expte. Nº 90-18.729/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia asentado en la ciudad de San José de Metán.

Luis Francisco D’Andrea – Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García – Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: de igual manera, solicito tratamiento sobre tablas ya que versa sobre el mismo tema, pero dirigido a otro organismo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Corresponde considerar los asuntos de tratamiento inmediato.

5

PEDIDO DE INFORME AL MINISTRO DE FINANZAS Y OBRAS PÚBLICAS

Expte. Nº 90-18.723/10

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo N° 116 de la Constitución de la Provincia y el artículo N° 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre los motivos por los cuales se ha paralizado la obra del playón deportivo de la Escuela Zuviría en Cafayate.

            Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: si bien recibimos respuesta al pedido de informe del Ministro de Educación, esta obra había sido canalizada a través de la Secretaría de Obras Públicas, se trata de una escuelita y hace mucho tiempo que está paralizada, con materiales a la intemperie -salió en un medio periodístico hace unos días- y realmente necesitamos saber qué es lo que está pasando, por qué está paralizada la obra.

            Aprovecho esta oportunidad para que por Secretaría se me informe cuál ha sido el plazo que nuevamente se ha otorgado a los otros Ministros que no han contestado.

Por otro lado, quiero definir -y si es posible un cuarto intermedio- porque había cambiado un pedido de informe de mi autoría dirigido al Coordinador de Tierras Fiscales, Doctor Usandivaras, ya que existía un pedido claro y concreto de mi Departamento y por el interés de los senadores de este Cuerpo en que concurriera, pero hete aquí que hasta la fecha todas las semanas pide disculpas para no asistir y tiene en su agenda algo más importante que venir a visitarnos a los senadores. Digo visitarnos porque lamentablemente eso es lo que a veces sentimos que vienen a hacer. Si se me puede informar todo lo que acabo de requerir, por Secretaría.

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se procederá a informar, señora Senadora.

Sr. Secretario (López Mirau).- Señora Senadora: respecto al primero de los puntos, las reiteraciones de los pedidos de informe se han efectuado por el mismo plazo aprobado en su momento por parte del Cuerpo, si se había dado cinco días se han reiterado por cinco días, están reiterados tal cual fueron solicitados, no sólo los de su autoría, sino todos los que estaban pendientes.

Sen Vargas.- Señor Secretario: ¿ese plazo, según su estimación, ya estaría cumplido, desde que supuestamente han recepcionado? Usted seguramente tiene anotado cuándo salió la reiteración, cuándo la recibieron. ¿Ya han pasado los cinco, los siete días?

Sr. Secretario (López Mirau).- La Resolución Nº 12/10 fue recibida el 4 de mayo, estaría vencido el plazo, es el pedido de informe del señor Senador Juan Francisco Maita solicitando al Ministro de Educación los montos enviados a los municipios.

De igual fecha es el proyecto de su autoría, señora Senadora, Resolución 1/10 al Ministro de Desarrollo Humano para que informe en el plazo de cinco días el detalle de los programas y cantidad de elementos que mediante el régimen de descentralización de ayuda social ha sido girado al municipio de Cafayate.

            Resolución Nº 2/10, autoría de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, de fecha 4 de mayo, por la que se requiere al Ministro de Salud Pública que informe en un plazo de cinco días las condiciones de los pacientes internados con HIV, si se han producido situaciones lindantes con el desamparo y si se han registrado situaciones de agresiones.

            Resolución Nº 3/10, de autoría de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, dirigida al Ministro de Educación, que está contestada y figura en el boletín de Asuntos Entrados.

            Resolución Nº 15/10, de autoría de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, solicitando al Ministro de Desarrollo Humano que informe detalle de los programas de contención y promoción de políticas de la juventud que se están diseñando y detalle de la asignación presupuestaria correspondiente.

Resolución Nº 17/10, de autoría de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, dirigida al Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que informe sobre la totalidad de los montos transferidos a la fecha a los distintos municipios, en concepto de Coparticipación, Fondo de Soja, Regalías, canon y otras partidas presupuestarias.

Resolución Nº 18/10, al Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que informe si existen embargos a la coparticipación que realiza el Poder Ejecutivo Provincial al municipio de Cafayate.

Resolución Nº 14/10, autoría del señor Senador Pablo Raúl Díaz, requiriendo al Interventor del Instituto Provincial de Salud que informe sobre conceptos de pago de seguros escolares correspondiente al año 2009. Después están los otros proyectos anteriores, que han sido reiterados.

Respecto al último punto, como había dispuesto el Cuerpo, se invitó al Coordinador que es el Doctor Sergio Usandivaras y al Secretario de Tierra y Hábitat.

Sen. Vargas.- ¿En qué fecha se aprobó?

Sr. Secretario (López Mirau).- Se debe haber aprobado hace tres sesiones atrás. Tenían que venir a la semana siguiente, pidieron justificación porque no iba a estar el Doctor Usandivaras. La semana siguiente fue el jueves pasado y por pedido de Presidencia se suspendió la reunión porque venía otro funcionario. Estaba prevista y confirmada la presencia para hoy a las cinco de la tarde, se vuelve a suspender porque venía el señor Ministro Kossiner. Siguiendo instrucciones de Presidencia, se confirmó con el Doctor Usandivaras y con el Secretario de Tierra y Hábitat, Sánchez, para el próximo jueves, a las cinco de la tarde, en la Presidencia del Cuerpo.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: es conveniente aclarar este tema. La visita de Usandivaras ha sido producto de la decisión de la Presidencia de esta Cámara. He podido ver la información y en algún momento se encontraba de viaje, no estaba en la Provincia, y a partir de ahí, cuando ha comprometido la visita -así lo ha manifestado en base a la información de Presidencia- hemos sido nosotros quienes hemos planteado que no venga, en algún momento por el Ministro de Salud y hoy atinadamente la Presidencia, en base al pedido de informe e inquietud de los senadores por los acontecimientos que son de público conocimiento, tomó la decisión de que venga el Ministro de Gobierno, el Jefe de Policía y el Secretario de Seguridad.

            No voy a hacer la defensa de Usandivaras ni mucho menos, pero sí creo que hay que decir cómo son las cosas. Puede haber no estado en la Provincia, esto así lo ha manifestado él, pero a partir de ahí ha sido la Presidencia de esta Cámara la que ha venido postergando la visita. Acompaño la decisión de la Presidencia, en ese momento considerábamos que era importante la visita del Ministro de Salud y hoy se dio la visita del Ministro de Gobierno, del Secretario de Seguridad y del Jefe de Policía, en base al pedido de los señores senadores y de los mismos proyectos que han presentado los señores senadores de la oposición para tener información sobre el tema de Tartagal.

            Esto lo digo para que quede claro, así como acompañamos reiteración de pedidos de informe que no llegan, si este funcionario ha pospuesto dos veces la visita fue por pedido de la Cámara y no precisamente por una decisión de no venir.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Muchas gracias, señor Presidente. Está bien y es válida la aclaración. Después que usted ponga en consideración el proyecto que estamos tratando, quisiera pedir un cuarto intermedio, para acordar bien y que no pase lo que ya pasó con el Ministro de Desarrollo Humano, quiero que se le avise que tiene que venir con las cosas que requerí en ese proyecto por escrito. No es un capricho mío. Es verdad que hoy quizás era mucho más importante hablar con el Ministro de Gobierno por el tema de Tartagal, que es una cuestión no menor, el otro tema no es un asunto menor en mi Departamento, yo no pude brindarle la información, realmente hay un problema, una materia pendiente que es la entrega de los terrenos a gente que no da más con el pago de los alquileres, algunos incluso habían llegado a asentarse hace dos años atrás. Necesito esa información. Esas personas se están juntando con el propietario y demás, sé que hay malestar y necesito la respuesta para mi comunidad.

Por eso le voy a pedir, si es tan amable y así lo consideran los Presidentes de los otros Bloques, un cuarto intermedio para acordar este pequeño detalle y que por esa Presidencia se me dé copia de lo que hace rato, quizás haciendo perder tiempo al resto de mis colegas, pedía, de cuándo han recibido la reiteración, porque no es un tema menor, no era pura amenaza que iba a denunciar a los ministros. Sinceramente, si como Poder Legislativo no tenemos las herramientas, pedimos los informes, no se nos dan, reiteramos y va pasando el tiempo, que es cinco días, y que no es menor, no es un capricho, es lo que dice la Carta Suprema de esta Provincia que es la Constitución y en ella me amparo, voy a llegar a hacer lo que dije. Por eso necesito que por esa Presidencia se me haga llegar, por favor, copia certificada de cuándo han sido reiterados los pedidos de informe.

Sr. Presidente  (Lapad).- Hay un pedido de la señora Senadora, pasamos a cuarto intermedio con los Presidentes de Bloque.

– Es la hora 20.28’.

– A la hora 20.36’:

 Sr. Presidente  (Lapad).- Continúa la sesión.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: no se puso en consideración el proyecto de resolución de mi autoría, que era de tratamiento inmediato.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

6

CONSIDERACIÓN DE PEDIDOS DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

Sr. Secretario (López Mirau).- Se ha pedido tratamiento sobre tablas de los dos proyectos de declaración de los señores Senadores Raúl Bartolomé García, Ernesto Juan Aguilera, Luis Francisco D’Andrea y Catalina Elsa Ponna, el expediente Nº 91-23.797 solicitado por el señor Senador Raúl Bartolomé García y para los expedientes Nº 90-18.711 y 90-18.712, que ya fue aprobado su tratamiento.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el tratamiento sobre tablas de los expedientes reservados en Secretaría. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratarán en su oportunidad.

7

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL EL PROYECTO “PENSANDO EN EL BICENTENARIO”

Expte. Nº 90-18.712/10

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante proyecto del municipio de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación, denominado “Pensando en el Bicentenario”, a realizarse el día viernes 21 de mayo de 2010 en la ciudad de General Güemes, departamento del mismo nombre.

Federico Miguel Segura

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

8

DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL PROYECTO “PENSANDO EN EL BICENTENARIO”

Expte. Nº 90-18.711/10

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante el proyecto denominado “Pensando en el Bicentenario”, organizado por el Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación de la provincia de Salta, actividades propuestas que se desarrollarán el día 21 de mayo de 2010 para toda la comunidad educativa de General Güemes.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Federico Miguel Segura

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

9

SOLICITAR A LEGISLADORES NACIONALES LA PROVISIÓN DE UN AUTOBOMBA AL CUERPO DE BOMBEROS DE METÁN

Expte. Nº 90-18.729/10

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia asentado en la ciudad de San José de Metán.

Luis Francisco D’Andrea – Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García – Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: tal cual lo expresa este requerimiento, a través de un proyecto de declaración estamos solicitando desde esta Cámara la provisión de un autobomba para los Bomberos de la Policía de Metán, que sean los Legisladores Nacionales quienes hagan esta gestión ante el Poder Ejecutivo Nacional y el otro proyecto es del mismo tenor, dirigido a las Autoridades provinciales, atento a que hay un reclamo, que en reiteradas oportunidades se ha realizado desde el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San José de Metán y también de las autoridades policiales y de los bomberos voluntarios, sobre la provisión de un equipo tan importante como un autobomba para solucionar los siniestros de incendios. Desgraciadamente, la falta de este elemento impidió evitar el deterioro que han causado esos incendios en algunos comercios y casas particulares del municipio de San José de Metán.

            Por estas razones, solicito que se incorporen los fundamentos a los dos proyectos porque son del mismo tenor, nada más que van dirigidos a distintas instituciones, como así también la aprobación de los demás senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Con los fundamentos dados, en consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

10

SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO LA PROVISIÓN DE UN AUTOBOMBA AL CUERPO DE BOMBEROS DE METÁN

Expte. Nº 90-18.728/10

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, realice las gestiones necesarias para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia asentado en la ciudad de San José de Metán.

Luis Francisco D’Andrea – Ernesto Juan Aguilera – Raúl Bartolomé García – Catalina Elsa Ponna

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes, con los fundamentos dados por el señor Senador por el departamento Metán en el proyecto anterior.

11

DECLARAR EL 4 DE MAYO COMO “DÍA DE LA DEFENSA DE SALTA”

Expte. Nº 91-23.797/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Como adhesión al Bicentenario de la Patria, declárase el 4 de mayo como “Día de la Defensa de Salta”.

  • En reconocimiento histórico a “la benemérita provincia de Salta, baluarte de la Independencia y su reducto principal” (Decreto Provincial Nº 106/1918); y
  • En memoria de la Tercera Defensa de Salta en la que el ejército realista comandado por el General José de la Serna, quien fuera vencedor de Napoleón Bonaparte en Europa y de Simón Bolívar en América, sufrió la más grande derrota y posterior retirada por acción de las huestes del General Martín Miguel de Güemes, el 4 de mayo de 1817.

            Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día cuatro del mes de mayo del año dos mil diez.

                Ramón R. Corregidor                                                                        Manuel Santiago Godoy

                  Secretario Legislativo                                                                                      Presidente

                 Cámara de Diputados                                                                           Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: en primer lugar, atento a que es un proyecto de ley que tiene tratamiento sobre tablas, voy a solicitar que la Cámara se constituya en comisión para que emita dictamen sobre el tema.

Sr. Presidente (Lapad).- Este proyecto, venido en revisión, no tiene dictamen, queda a consideración del Cuerpo para que el mismo pase a estado de comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. La Cámara se encuentra en estado de comisión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: en primer lugar agradezco a mis pares la decisión que estamos tomando de tratar un proyecto de esta naturaleza y es por el tiempo, atento a esta adhesión al Bicentenario de la Patria.

Se pretende a través de esta iniciativa, que viene con media sanción de la Cámara de Diputados, declarar el 4 de Mayo como Día de la Defensa de Salta. Voy a ser muy breve, seguramente que los demás senadores van a compartir que se trata simplemente de resaltar la preponderancia que han tenido nuestros hombres y mujeres de aquella fecha, en defensa de los intereses de nuestra Patria, los intereses del Norte Argentino, encabezados por el General Martín Miguel de Güemes. Muy bien está plasmado en los fundamentos de este proyecto de ley, que son extensos y seguramente en Diputados se lo ha planteado de tal manera.

Agradezco la posibilidad de que esta iniciativa se convierta en ley para que cuando festejemos los doscientos años de nuestra Patria, esto sea parte de la fiesta que se va a hacer por el Bicentenario.

Por estas razones pido el apoyo de los demás senadores para la aprobación y se dé sanción definitiva a este proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- Se toma como fundamento lo vertido por el señor Senador por el departamento Metán.

En consideración, la Cámara sale de su estado de comisión. Se va a votar.

– Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración el dictamen con los fundamentos dados por el señor Senador por Metán para la aprobación en definitiva de este proyecto de ley. Se va a votar.

– Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración el proyecto de ley en general y en particular por tratarse de un solo artículo. Se va a votar.

– Resulta afirmativa

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado por unanimidad. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 5/10, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

12

MODIFICACIÓN DE LA LEY N° 7.600

Expte. Nº 90-18.609/10

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de ley del Poder Ejecutivo Provincial, mediante el cual se modifica la Ley N° 7.600, otorgando mayor cobertura de obra social o de la seguridad social a las personas con discapacidad atendidas por el Estado Provincial, que carecieren de las mismas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 29 de abril de 2010.

Manuel Héctor Luque – Néstor Parra – Federico Miguel Segura – Juan Martín Moreyra – Luis Francisco D’Andrea – Leonardo Lunda – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. Luque.- Señor Presidente: el presente proyecto de ley tiene como objeto incorporar como artículo 3°, 4°, 5°, 6° y 7° de la Ley 7.600 el texto propuesto por el Poder Ejecutivo Provincial. Cabe recordar que el proyecto de ley Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad fue sancionado por ambas Cámaras Legislativas el 19/11/09, promulgado como Ley 7.600 por el Poder Ejecutivo mediante Decreto 5.164, que vetó los artículos 3° y 4°.

            Este proyecto de modificación restablece el fundamento del origen de las prestaciones básicas de atención integral a favor de las personas con discapacidad, para toda persona discapacitada, ya que lo promulgado por el Decreto 5.164 afectaba a las personas sin obra social.

            En el punto dos aporta variables de importancia para la reglamentación y dispone sobre: en el artículo 4°, documentación oficial para acreditar la discapacidad; artículo 5°, Autoridad de Aplicación; artículos 6° y 7°, fuente de financiamiento y movimientos de partidas y reestructuraciones presupuestarias.

            La Comisión de Salud considera que la propuesta del Poder Ejecutivo es necesaria, por cuanto establece el principio de universalidad al derecho de atención a toda persona con discapacidad, con obra social o sin ella, al establecer documentación para acreditar la discapacidad y autoridad de aplicación, aporta elementos necesarios para la reglamentación.

            En cuanto a la fuente de financiamiento, opinamos que en vez de imponer movimientos de reestructuración y de partidas presupuestarias, sugiere que debería ser el Poder Ejecutivo Provincial quien dispondrá de una partida presupuestaria para tal efecto.

            La herramienta operativa de la presente ley es el nomenclador para las personas con discapacidad, sistema de prestaciones básicas elaborado por el I.P.S. de la provincia de Salta. El nomenclador propuesto es una norma susceptible de mejora en el futuro.

            Por todo lo expuesto y considerando que este proyecto es de vital importancia, solicito a mis pares la aprobación del mismo.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen, con los fundamentos dados por el miembro informante. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración el proyecto de ley en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1° y 2°.

– El artículo 3° es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados.

13

CÁTEDRA ABIERTA “DEMOCRACIA Y PARTICIPACIÓN DR. RAÚL ALFONSÍN”

Expte. Nº 90-18.606/10

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés de esta Cámara la creación de la Cátedra Abierta “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”, aprobada por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2010.

Pablo Raúl Díaz – Alfredo Jorge – Jorge Pablo Soto – Alberto Froilán Pedroza – Gustavo Ruberto Saenz – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

14

DECLARAR DE INTERÉS EL ENCUENTRO ZONAL NOA 2010

Expte. Nº 90-18.660/10

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de resolución del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, declarando de Interés de esta Cámara el Encuentro Zonal NOA 2010, dirigido por el Movimiento Familiar Cristiano, a realizarse en la ciudad de Salta, los días 22 y 23 de mayo del año en curso; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el Encuentro Zonal NOA 2010, organizado por el Movimiento Familiar Cristiano Arquidiócesis de Salta, los días 22 y 23 de mayo del corriente año, en Salta Capital, Departamento del mismo nombre.

            Art. 2º.- De forma.

Sala de la Comisión, 5 de mayo de 2010.

Luis Francisco D’Andrea – Juan Martín Moreyra – Silvia Guadalupe Cabana – Leonardo Lunda

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Luque.- Señor Presidente: después de aprobar este proyecto, solicito que votemos por número de expediente, ya que todos tenemos el correspondiente boletín del Orden del Día.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Así se hará.

            En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

15

TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE DECLARACIÓN

15.1

  1. 1
  2. 2
  3. 3
  4. 4
  5. 5
  6. 6
  7. 7
  8. 8

15.2

15.3

15.4

15.5

15.6

15.7

15.8

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración los expedientes mencionados. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

16

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera, don Manuel Héctor Luque, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento San Carlos, don Héctor Edgar Mamaní, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Manuel Héctor Luque y Héctor Edgar Mamaní proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 20:45’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

17

A P É N D I C E

1

Pedido de Informe al Ministro de Finanzas y Obras Públicas

Expte. Nº 90-18.723/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo N° 116 de la Constitución de la Provincia y el artículo N° 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera al señor Ministro de Finanzas y Obras Públicas para que en un plazo de cinco (5) días informe sobre los motivos por los cuales se ha paralizado la obra del playón deportivo de la Escuela Zuviría en Cafayate.

            Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

2

Declarar de Interés Provincial el proyecto “Pensando en el Bicentenario”

Expte. Nº 90-18.712/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante proyecto del municipio de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación, denominado “Pensando en el Bicentenario”, a realizarse el día viernes 21 de Mayo de 2010 en la ciudad de General Güemes, Departamento del mismo nombre.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

3

Declarar de Interés de la Cámara el proyecto “Pensando en el Bicentenario”

Expte. Nº 90-18.711/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, los festejos de conmemoración del Bicentenario, mediante el proyecto denominado “Pensando en el Bicentenario”, organizado por el Poder Ejecutivo Municipal de General Güemes, avalado por el Ministerio de Educación de la provincia de Salta, actividades propuestas que se desarrollarán el día 21 de Mayo de 2010 para toda la comunidad educativa de General Güemes.

            Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

4

Provisión de un autobomba al Cuerpo de Bomberos de Metán

Expte. Nº 90-18.729/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, realicen las gestiones necesarias ante el Poder Ejecutivo Nacional para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia, asentado en la ciudad de San José de Metán.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

5

Gestionar un autobomba para el Cuerpo de Bomberos de Metán

Expte. Nº 90-18.728/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, realice las gestiones necesarias para la adquisición de un vehículo autobomba destinado a su utilización por el Cuerpo de Bomberos de la Policía de la Provincia, asentado en la ciudad de San José de Metán.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

6

Declarar el 4 de Mayo como “Día de la Defensa de Salta”

Expte. Nº 91-23.797/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Como adhesión al Bicentenario de la Patria, declárase el 4 de mayo como “Día de la Defensa de Salta”.

  • En reconocimiento histórico a “la benemérita provincia de Salta, baluarte de la Independencia y su reducto principal” (Decreto Provincial Nº 106/1918); y
  • En memoria de la Tercera Defensa de Salta en la que el ejército realista comandado por el General José de la Serna, quien fuera vencedor de Napoleón Bonaparte en Europa y de Simón Bolívar en América, sufrió la más grande derrota y posterior retirada por acción de las huestes del General Martín Miguel de Güemes, el 4 de mayo de 1817.

            Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

7

Modificación de la Ley N° 7.600

Expte. Nº 90-18.609/10

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícase la Ley 7.600, incorporándose como artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º, los siguientes:

“Art. 3º.- Las personas con discapacidad que carecieran de cobertura de obra social o de la seguridad social serán atendidas por el Estado Provincial con un sistema prestacional de acuerdo al nomenclador previsto en el artículo anterior. El Poder Ejecutivo podrá celebrar los convenios necesarios con el Instituto Provincial de Salud de Salta o con otros organismos gubernamentales y no gubernamentales, a nivel municipal, provincial, nacional o internacional con el fin de alcanzar los objetivos de la Ley 24.901”.

“Art. 4º.- La documentación oficial para acreditar la calidad de discapacitado y acceder a los derechos que acuerda esta Ley será la que establezca la reglamentación”.

“Art. 5º.- La autoridad de aplicación de la presente Ley será la que determine el Poder Ejecutivo”.

“Art. 6º.- El Poder Ejecutivo dispondrá de los movimientos de partidas presupuestarias que fueren necesarios para el cumplimiento de la cobertura de las contingencias previstas en la presente Ley”.

“Art. 7º.- El Poder Ejecutivo podrá disponer las pertinentes reestructuraciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley”.

            Art. 2º.- Renumérense los artículos 5º y 6º del texto original de la Ley Nº 7.600 que serán, a partir de la presente, artículos 8º y 9º respectivamente.

            Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

8

Declarar de Interés la Cátedra “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”

Expte. Nº 90-18.606/10

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, la creación de la Cátedra Abierta “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín” aprobada por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta mediante Resolución Nº 170/10, en reconocimiento a la figura del ex Presidente Constitucional de los Argentinos durante 1983-1989 y que estará coordinada académicamente por el Dr. Omar Carranza.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

9

Declarar de Interés el Encuentro Zonal NOA 2010

Expte. Nº 90-18.660/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el Encuentro Zonal NOA 2010, organizado por el Movimiento Familiar Cristiano, Arquidiócesis de Salta, los días 22 y 23 de mayo del corriente año, en Salta Capital, Departamento del mismo nombre.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

10

Declarar de Interés Provincial la Cátedra “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”

Expte. Nº 90-18.605/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, declare de Interés Provincial la creación de la Cátedra Abierta “Democracia y Participación Dr. Raúl Alfonsín”, aprobada por el Consejo Superior de la Universidad Nacional de Salta mediante Resolución Nº 170/10 en reconocimiento a la figura del ex Presidente Constitucional de los argentinos durante 1983-1989 y que estará coordinada académicamente por el Dr. Omar Carranza.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

11

Centro de Documentación Rápida en Tartagal

Expte. Nº 90-18.647/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, arbitre los medios necesarios para instalar una oficina de  “Centro de Documentación Rápida” en la ciudad de Tartagal, departamento San Martín.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

12

Ampliación del beneficio de la Asignación Universal por Hijo

Expte. Nº 90-18.664/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales de la provincia de Salta, presenten un proyecto de ley mediante el cual se amplíe el inciso e) del artículo 14 de la Ley 24.714 incorporado por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1.602/09, en el sentido de que sean incluidos en los beneficios de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social, los menores entre cinco (5) y dieciocho (18) años de edad que concurran a establecimientos privados, gratuitos o de matrículas o cuotas mínimas.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

13

Categoría de Subcomisaría al destacamento policial de El Potrero

Expte. Nº 90-18.666/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Gobierno, Seguridad y Derechos Humanos, arbitre los medios necesarios dentro del ámbito de su competencia, para que el actual Destacamento Policial del municipio de El Potrero, pase a ser Sub Comisaría, como así también la provisión de un móvil policial.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

14

Ampliación de la Ruta Nacional Nº 34

Expte. Nº 90-18.637/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales, gestionen ante la Dirección de Vialidad Nacional, la ampliación de la Ruta Nacional Nº 34, en el tramo comprendido entre los departamentos de Rosario de la Frontera y Metán, provincia de Salta.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

15

Reparación de la Ruta Nacional 9/34

Expte. Nº 90-18.642/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales, gestionen ante la Dirección de Vialidad Nacional, las medidas necesarias a fin de controlar que realicen las obras de reparación y mantenimiento de la Ruta Nacional Nº 9/34, desde el departamento Rosario de la Frontera a Güemes.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

16

Construcción de edificios para colegios de El Tala y La Candelaria

Expte. Nº 90-18.644/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, proceda a la construcción de los edificios de los colegios secundarios de El Tala y La Candelaria, en los respectivos terrenos que fueron aceptados en donación y escriturados con cargo en el departamento La Candelaria.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.

17

Funcionamiento del BSPA en Cnel. Juan Solá

Expte. Nº 90-18.631/10

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E CL A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, disponga a través de sus organismos competentes, el funcionamiento para el presente periodo lectivo, del Bachillerato Salteño para Adultos (BSPA) Nº 7.174, de la localidad de Coronel Juan Solá, departamento Rivadavia, el cual fue creado mediante Decreto Nº 2.627/07.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los trece días del mes de mayo del año dos mil diez.


1DONNA, Edgardo Alberto. “Derecho Penal. Parte Especial”, Tomo II-A. Rubinzal-Culzoni Editores, Santa Fe, 2001, P.178

2CREUS,Carlos. “Derecho Penal. Parte Especial”, Tomo I, 6ª Edición actualizada y ampliada, 2ª reimpresión, Buenos Aires, 1999, P. 302

1  Ver Declaración en Apéndice punto 11

2  Ver Apéndice punto 12

3  Ver Apéndice punto 13

4 Ver Apéndice punto 14

5 Ver Apéndice punto 15

6 Ver Apéndice punto 16

7  Ver Apéndice punto 17

8  Ver Apéndice punto 18