Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2004

02/12/2004

2 de Diciembre de 2004

28ª Reunión  –  28ª Sesión Ordinaria

Presidencia del Senador CARLOS DANIEL PORCELO

Secretarios: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

                    Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOZ

SENADORES PRESENTES:

ÁVILA, Jesús

CARDOZO, Néstor Fidel

CONTINO, Jorge Fernando

CORNEJO PATRÓN, Francisco

DÍAZ, María Teresita

ESPER, Abdo Omar

GARCÍA, Raúl Bartolomé

GONZÁLEZ, Carlos

LIVERATO, Pedro

LÓPEZ MIRAU, Luis Guillermo

MATTOS, José Fernando

PORCELO, Carlos Daniel

QUIPILDOR, Omar  Gerardo

SALVA, Telmo

SARAPURA, Cosme Damián

TACACHO, Jorge Enrique

VALLE, José Luis

VARGAS, Benigno

VILASECA, Miguel Angel

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

GUOTAS, Sara Gabriela

JORGE Alfredo

SENADOR A C/PODER EJECUTIVO:

LAPAD, Mashur

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Asuntos Entrados……………………………………………………………………………………………………………..

4. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

5. Homenajes………………………………………………………………………………………………………………………

6. Asuntos entrados durante la sesión:

I. Dictámenes de Comisiones……………………………………………………………….. :

II. Proyecto de Ley

Expte. Nº 90-16.070/04. Del señor Senador José Luis Valle, sustituyendo el artículo 14 de la Ley Nº 6.444. …………………………………………………………………………

III. Proyectos de Resolución:

1. Expte. Nº 90-16.059/04. De los señores Senadores Abdo Omar Esper, Alfredo Jorge, Sergio Ramón Zenteno, Omar Gerardo Quipildor, Luis Guillermo López Mirau, Jesús Ávila, Mashur Lapad, Miguel Ángel Vilaseca, María Teresita Díaz, Néstor Fidel Cardozo y Carlos Daniel Porcelo, declarando de interés de la Cámara las Jornadas de Conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos y Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. …………………………

2. Expte. Nº 90-16.069/04. De los señores Senadores Carlos González y Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de la Cámara las Jornadas “Hacer Justicia – una Visión de Género” ……………………………………………………………………..

IV. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-16.071/04. De los señores Senadores José Luis Valle, Raúl García, Jorge Enrique Tacacho, Carlos González, Omar Gerardo Quipildor, María Teresita Díaz, Jorge Fernando Contino, Benigno Vargas, Pedro Liverato, Telmo Salva, Cosme Damián Sarapura, José Fernando Mattos, Jesús Ávila, Abdo Omar Esper, viendo con agrado que la Secretaría de Seguridad refuerce los controles de prevención de delitos en las salidas de bancos. ………………………………………………….

2. Expte. Nº 90-16.072/04. Del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Ministerio de Educación de la Provincia, instale la carrera de “Técnico Superior en Producción Agropecuaria”, en el Instituto Superior Amadeo Rodolfo Sirolli de General Güemes……………………………………………………………………………………

7. Expte. Nº 90-16.048/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Luis Guillermo López Mirau y Carlos González, modificando el inciso b) del artículo 34 de la Ley Nº 6.486, Código del Notariado. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados………………………………………………………………………..

8. Expte. Nº 91-13.884/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, autorizando al Instituto Provincial de la Vivienda a otorgar en comodato una fracción del inmueble Matrícula Nº 119.761 a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. ……………..

9. Expte. Nº 91-14.471/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar la permuta de una fracción del inmueble Matrícula Nº 3.338, rural, departamento La Caldera por el inmueble Matrícula Nº 100.872 del departamento Capital. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. ……………..

10. Expte. Nº 91-14.673/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta, para la construcción de un establecimiento escolar. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. …………………………………………………………………….

11. Expte. Nº 91-14.720/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad  pública y sujeta a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 405 del departamento Guachipas para ser destinado a la planta depuradora de líquidos cloacales. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. …………………………………..

12. Expte. Nº 90-15.782/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley de los señores Senadores Francisco Cornejo Patrón, Mashur Lapad, Carlos Daniel Porcelo, Omar Gerardo Quipildor, Carlos González, Néstor Fidel Cardozo, José Fernando Mattos, Abdo Omar Esper y Luis Guillermo López Mirau, sobre la selección de candidatos. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados. …………………………………………………………………………………………………….

13. Expte. Nº 90-16.047/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Turismo y Deportes, en el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado el apoyo que los clubes de la Provincia necesitan en relación a los eventos que se organizan. Se aprueba…………………………………………….

14. Expte. Nº 90-16.059/04. Consideración del proyecto de resolución de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Alfredo Jorge, Sergio Ramón Zenteno, Omar Gerardo Quipildor, Luis Guillermo López Mirau, Jesús Ávila, Mashur Lapad, Miguel Ángel Vilaseca, María Teresita Díaz, Néstor Fidel Cardozo y Carlos Daniel Porcelo, declarando de interés de la Cámara las Jornadas de Conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos y Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se aprueba…………………………..

15. Expte. Nº 90-16.069/04. Consideración del proyecto de resolución de los señores Senadores Luis Guillermo López Mirau y Carlos González, declarando de interés de la Cámara las Jornadas “Hacer Justicia – una Visión de Género. Se aprueba……………………………………………………………………………………………………………………

16. Expte. Nº 90-16.071/04. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle y otros señores Senadores, viendo con agrado se refuerce los controles de delitos en las salidas de bancos. Se aprueba……………………………………………………………………………………………………………………………………

17. Expte. Nº 90-15.648/04. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo, modificando la Ley Nº 7.278 (Renta Vitalicia Héroes de Malvinas). Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados. ………………………………………

18. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

19. Apéndice:

                    – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………………….

20. Anexo…………………………………………………………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro, siendo horas 20:30’:

Sr. Presidente (Porcelo).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Porcelo).- Invito al señor Senador por el departamento Orán, don Carlos González, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Metán, don Raúl Bartolomé García, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Carlos González y Raúl Bartolomé García proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día veinticinco de noviembre del año dos mil cuatro. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día veinticinco de noviembre del año dos mil cuatro.

3

ASUNTOS ENTRADOS*

Sr. Presidente (Porcelo).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito que se obvie la lectura expresando el número de expediente y el giro del  mismo.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se obviará la lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10 del Reglamento de la Cámara, han sido girados a Comisiones los siguientes asuntos: A Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto: Expte. Nº 90-16.052/04.

            A Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional: Expte. Nº 91-13.884/04, Expte. Nº 91-14.471/04; Expte. Nº 91-14.673/04; Expte. Nº 91-14.720/04.

            Comunicación de la Cámara de Diputados. Expte. Nº 90-16.012/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Comunicaciones Oficiales. Decreto Nº 2.589/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara. Expte. Nº 90-16.014/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A sus antecedentes.

Sr. Secretario (Catalano).- Dictámenes de Comisiones. De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional. Expte. Nº 90-16.048/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 91-13.884/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 91-14.471/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 91-14.673/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 91-14.720/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- De Obras Públicas e Industria. Expte. Nº 90-15.950/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-15.969/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.000/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.023/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.025/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.030/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.034/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.035/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.036/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.037/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.038/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Secretario (Catalano).- Expte. Nº 90-16.039/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Al Orden del Día.

Sr. Presidente (Porcelo).- Proyecto de Resolución. Expte. Nº 90-16.055/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A la Comisión de Educación y Cultura.

Sr. Presidente (Porcelo).- Proyectos de Declaración. Expte. Nº 90-16.053/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A la Comisión de Educación y Cultura.

Sr. Presidente (Porcelo).- Expte. Nº 90-16.054/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A la Comisión de Educación y Cultura.

Sr. Presidente (Porcelo).- Expte. Nº 90-16.056/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

4

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores Alfredo Jorge y Sara Gabriela Guotas, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Porcelo).- Si no se formulan objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

5

HOMENAJES

Sr. Presidente (Porcelo).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cachi.

Sen. Díaz..- Señor Presidente, señores Senadores: el 1 de diciembre se conmemora el Día Mundial de Lucha contra el SIDA y la Cámara de Senadores de la provincia de Salta manifiesta que, en defensa del derecho a la vida y del derecho a la salud, es preciso un esfuerzo colectivo para detener el avance de esta epidemia.

            Sin duda, el derecho al más alto nivel posible de salud física y mental comprende, entre otras cosas, la prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas y la creación de condiciones que aseguren a todos asistencia médica y servicios médicos en caso de enfermedad.

            Para cumplir esas obligaciones, en lo relativo al VIH/SIDA, la Cámara de Senadores entiende que se debe garantizar el suministro de información, educación y apoyo adecuados respecto del VIH a toda mujer embarazada, de los medios de prevención y de la realización de la prueba del VIH con el asesoramiento antes y después de ésta, para que las mismas puedan protegerse y proteger a sus hijos de la infección.

            Bien sabemos que para esta fecha, los medios de comunicación rebasan de informaciones y de cifras sobre la pandemia del SIDA. Pero ¿qué hay más allá de los números?

            Por un lado, a veintiún años de su descubrimiento, la devastadora epidemia mundial sigue alcanzando sus cifras más altas. El SIDA no retrocede.

            Efectivamente, el Director Ejecutivo de ONUSIDA, Peter Piot, declaró que “resulta bastante evidente que nuestros actuales esfuerzos mundiales continúan siendo manifiestamente insuficientes para una epidemia que no cesa de crecer en forma vertiginosa”.

            Un año más, 2004, y la dureza de las cifras muestran que la epidemia mundial de SIDA está lejos de mostrar signos de ceder o de ir superándose con las actuales medidas y estrategias implementadas de modo bastante homogéneo en cuanto a lineamientos, y dispar en cuanto a efectivización y alcance en los distintos países del planeta.

            Por otro lado, en líneas generales, el perfil de la epidemia es cada vez más pobre, más joven y más femenino.

            Así es, hay una creciente feminización de la epidemia. Cada año se observa un aumento en el número de mujeres infectadas con HIV. Globalmente, más de la mitad del total de personas infectadas de edades entre los 15 y 49 años son mujeres. Además del impacto multiplicador inmediato que esto produce por contagio materno-infantil y potenciales huérfanos, la trama social y la preservación del capital humano pasan a estar más seriamente amenazados que nunca, ya que las mujeres son las principales cuidadoras informales y centro de la dinámica y la mecánica de las familias.

            Hubo un momento en el que a los jóvenes se los consideró relativamente a salvo del SIDA. En la actualidad, más de la mitad de los nuevos infectados son menores de 25 años. A las muchachas les ataca más duramente y a edad más temprana que a los muchachos. El nivel de mortalidad infantil ha aumentado de manera dramática y existen en estos momentos catorce millones de niños huérfanos, a causa de esta enfermedad.

            Las secuelas potenciales son devastadoras porque detrás de la muerte de adultos jóvenes, aparecen los huérfanos y está estimado que éstos sumarán el 15% del total de niños en los países más afectados para el 2010.

            Evidentemente, las consecuencias son tristemente previsibles: aumento de niños de la calle, de hogares encabezados por menores, de explotación de menores y de todo un círculo de vulnerabilidad, desesperación y conductas de riesgo, infección, enfermedad, pobreza, degradación y muerte.

            Por todo ello, la Cámara de Senadores de la provincia de Salta exhorta a que debemos continuar hablando abiertamente del SIDA porque no se logrará ningún progreso si somos timoratos, sin nos negamos a afrontar hechos desagradables o si prejuzgamos a los demás seres humanos y aún menos si estigmatizamos a las personas que viven con el VIH/SIDA.

Que nadie piense que nos podemos proteger elevando barreras entre nosotros y ellos. En el mundo despiadado del SIDA no hay nosotros ni ellos.

Nuestra finalidad es dirigir y facilitar la expansión de la respuesta al VIH/SIDA en todos los frentes: médico, sanitario, social, económico, cultural, político y de derechos humanos.

Vivimos en un mundo en que ninguna sociedad y ningún grupo dentro de la sociedad puede permanecer inmune al SIDA a medida que la epidemia evoluciona y experimenta metamorfosis. Es preciso luchar contra los prejuicios, los estigmas y la discriminación dentro de nosotros mismos o tal como se expresan en las actitudes y las reglamentaciones sociales.

Nuestra tarea parlamentaria radica en difundir el mensaje de que la prevención  funciona abriendo el diálogo acerca de la sexualidad y de los comportamientos, apoyando la extensión de las técnicas curativas y preventivas, luchando contra la división, el rechazo y la depresión.

            La Cámara de Senadores trabaja en la convicción de que es preciso un abordaje integral del problema de la transmisión vertical, para producir un favorable impacto en las alarmantes cifras de transmisión perinatal del VIH y plantearnos reducir esos valores a su mínima expresión.

            Asimismo, constituye un aspecto relevante en nuestro debate legislativo la supervivencia de los niños por nacer, para evitar la epidemia que se avecina: el SIDA pediátrico.

            Los niños tienen derecho a muchos de los derechos que protegen a los adultos, por ejemplo, los derechos a la vida, a la no discriminación, a la integridad de la persona, a la seguridad, a la salud, etc. Muchos de estos derechos son relevantes para la prevención, el cuidado y el apoyo de los niños respecto del VIH/SIDA. Es decir, el derecho a protección y asistencia especiales.

            En conclusión, la Cámara de Senadores tiene el pleno convencimiento de que sin más dilaciones se debe llegar a un acuerdo de política de salud pública de compromiso de recursos y de acción necesarios para luchar contra la transmisión vertical del VIH/SIDA. Muchas gracias.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores Senadores: me ha encomendado la Comisión de Salud Pública expresarme respecto al homenaje para el Día del Médico, que es el 3 de diciembre.

            Se conmemora el Día del Médico y la Comisión de Salud quiere celebrarlo como una forma de agradecimiento y reconocimiento social a la labor de los médicos en su profesión.

            En la Argentina se lo festeja desde hace cuarenta y ocho años por iniciativa del Colegio Médico de Córdoba avalado por la Confederación Médica Argentina y oficializada por Decreto del Gobierno Nacional en 1956.

            Es interesante saber que el día del Médico en América fue Decretado en el Congreso Médico reunido en Dallas, Estados Unidos, en 1933, en homenaje al nacimiento del Dr. Carlos Finlay, médico de investigación nacido en Puerto Príncipe, Cuba, un 3 de diciembre de 1833.

            ¿Quién era el Dr. Finlay? Finlay fue quien confirmó la teoría de la propagación de la fiebre amarilla a través del mosquito, en 1881. Abrió de este modo un camino en el progreso médico en la América tropical. Evitó miles de muertes en América Latina y facilitó la evolución de la construcción del Canal de Panamá, debido a que muchos obreros morían a causa de esa enfermedad.

            Tal vez, señor Presidente, señores legisladores, este puede ser un día de reflexión para todos nosotros, para tratar de encontrar los mecanismos que permitan que la profesión médica siga siendo la más digna de las profesiones.

Fíjense, en la Argentina existe una de las mayores proporciones de médico por habitante del mundo, con un promedio de 26,8 médicos por cada diez mil habitantes. Por otro lado, el número de médicos crece históricamente a una tasa anual superior a la de la población. Es decir, mientras la población aumenta a un ritmo del 1,5% anual, los médicos lo hacen al 5% y esto siempre fue motivo de preocupación de un gran médico argentino, el Doctor René Favaloro: el creciente riesgo de la despersonalización de la Medicina.

Así es, el Doctor Favaloro abarcó todos los aspectos de la Medicina, desde sus inicios como Médico Rural hasta su descollante actuación en Cardiología, por lo cual designó a esta disciplina con un antes y un después de Favaloro. Supo desde sus comienzos conjugar el rigor científico con la solidaridad social y que por todo privilegió, a lo largo de su vida, el contenido ético, practicando una férrea coherencia entre lo que pensó, lo que dijo y lo que hizo. Bien enseñaba este médico humanista por excelencia “conocer el alma del paciente para curar su cuerpo”. Y para lograr esto no debemos apartarnos nunca de los lineamientos éticos basado en el respeto de la dignidad del hombre. Por eso en muchas oportunidades reflexionaba sobre las razones de su éxito, afirmando con claridad manifiesta que había procedido con honestidad y con la convicción de que el acto médico debe estar rodeado de dignidad, igualdad, piedad cristiana, sacrificio, abnegación y renunciación.

Es que, señores Senadores, la Medicina tiene uno de los discursos más antiguos de la humanidad “el alivio de la enfermedad, el dolor y la prevención de la muerte”. Además, es el estudio científico de la mente y del cuerpo del ser humano, es la puerta de salida de todos los descubrimientos científico-técnicos, por eso se identifica con el cambio y el cuestionamiento constante. Por sobre todas las cosas, la esencia de la Medicina sigue siendo la relación médico-paciente. De allí que es una práctica necesariamente ética.

            Señores Senadores, esto se muestra con elocuencia en la carta atribuida a Esculapio “Dios de la Medicina” que dirige a su hijo y que dice así: “¿Quieres ser médico hijo mío? Aspiración es esta de un alma generosa, de un espíritu ávido  de ciencia. ¿Deseas que los hombres te tengan por un dios que alivie sus males y ahuyente de ellos el espanto?. ¿Has pensado bien en lo que ha de ser de tu vida?” Y agrega: “Tendrás que renunciar a la vida privada, tus puertas quedarán siempre abiertas para todos, a toda hora, del día o de la noche, vendrán a turbar tu descanso, tus placeres, tus meditaciones, ya no tendrás horas que dedicar a la familia, a la amistad o al estudio, ya no te pertenecerás. Tu vida transcurrirá a la sombra de la muerte entre el dolor de los cuerpos y el de las almas, entre los duelos y la hipocresía que calcula a la cabecera de las agonizantes. Te verás solo en tus tristezas, solo en tus estudios, solo en medio del egoísmo humano, ni siquiera encontrarás apoyo entre los médicos que se hacen sordas guerras por interés o por orgullo. Únicamente la conciencia de aliviar males podrá sostenerte en tus fatigas. Piensa mientras estés a tiempo. Pero si tienes el alma bastante estoica para satisfacer con el deber cumplido, si te juzgas bien pagado con la dicha de una madre, con la cara de un hijo que sonríe porque ya no padece o con la paz de un moribundo a quien ocultas conocer la llegada de la muerte, si ansías conocer al hombre y penetrar toda la lógica de su destino, hazte médico hijo mío”.

Cuánta sabiduría en estas palabras, señores Senadores. Esto es ser médico: la compasión, el altruismo, la generosidad. El médico, personaje central en toda sociedad, es el conservador de la especie humana y de su empecinado ímpetu de eternidad. El médico que a pesar de los avatares que lo afectan se asume como factor de transformación al servicio de la humanidad.

            Nuestro saludo y agradecimiento a todos y cada uno de los médicos que trabajan con pasión en beneficio de la salud de los salteños. Muchas gracias.

6

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Porcelo).- Este es el momento en que los señores Senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso del expediente Nº 90-15.872, proyecto de ley de Selección de Candidatos y su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cafayate.

Sen. Ávila.- Señor Presidente: solicito el ingreso del dictamen de Comisión, en el expediente Nº 90-16.047/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: esta Cámara ha aprobado una resolución con expediente Nº 90-15.928 y no hemos recibido todavía respuesta. Lo que quiero plantear es que se reclame este informe que iba dirigido al Presidente de Vialidad de la provincia de Salta, porque se ha dictado el Decreto 2.031, en el mes de octubre, donde se le concede el subsidio a AUNOR S.A., concesionaria del peaje del acceso a Salta. En el mismo también solicitábamos la densidad del tránsito, mes por mes, año 2003 a la fecha, porque este subsidio surge de la merma, según los fundamentos, de la densidad del tránsito en el acceso a Salta, obviamente concesionado a AUNOR S.A.

            Solicito que se reclame esta documentación, es un Acta Acuerdo que no fue publicada en el Boletín Oficial, únicamente el Decreto. Esa es la documentación que estamos solicitando a través de esta Resolución.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Por Presidencia se hará el reclamo correspondiente

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del expediente Nº 90-16.048, Código del Notariado, con reformas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Continúa con el uso de la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del expediente Nº 91-13.884/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Continúa con el uso de la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del expediente Nº 91-14.471/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Continúa con el uso de la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del expediente Nº 91-14.673/04.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Continúa en el uso de la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: para el expediente Nº 91-14.720 que ya tiene dictamen de Comisión, solicito tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Continúa con el uso de la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.-  Señor Presidente: solicito el ingreso del expediente declarando de interés de esta Cámara las Jornadas de Conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos y Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que se va a organizar en esta ciudad el día 10 de diciembre y su tratamiento.

Sr. Presidente (Porcelo).- Está autorizado su ingreso. Luego que votemos el ingreso se va a poner a consideración el tratamiento sobre tablas.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: pido autorización para presentar un proyecto de resolución, sobre jornadas a realizarse por la Escuela de la Magistratura.

Sr. Presidente (Porcelo).- Está autorizado, señor Senador.

Sen. González.- Además, quisiera saber si en Secretaría obra algún informe de la Comisión de Educación, con respecto a la visita que estaba previsto que realizaran las Comisiones de Educación y de Obras Públicas al departamento Orán con el tema de las escuelas públicas de ese Departamento.

Sr. Presidente (Porcelo).- No existe ningún informe al respecto, señor Senador.

Sen. González.- Lo voy a conversar con los miembros de las Comisiones para acordar la fecha.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de ley y dos de declaración.

Sr. Presidente (Porcelo).- Está autorizado, señor Senador.

            Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores Senadores solicitan su ingreso.

I
Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

            En el proyecto de ley de los señores Senadores Francisco Cornejo Patrón, Mashur Lapad, Carlos Daniel Porcelo, Omar Gerardo Quipildor, Carlos González, Néstor Fidel Cardozo, José Fernando Mattos, Abdo Omar Esper y Luis Guillermo López Mirau, sobre selección de los candidatos. (Expte. Nº 90-15.872/04)

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito que se obvie la lectura en razón de que los señores Senadores ya tienen una copia de este dictamen, que es muy extenso, de tal modo que pudiéramos hacer los fundamentos los distintos Senadores que quieran hacer uso de la palabra, ya sea en general o en particular. Por eso, que se obvie la lectura, a pesar de que se trata de un expediente tan importante, pero los señores Senadores lo conocen.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se obviará la lectura.

            En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado.

            En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

De Turismo y Deportes:

            En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Turismo y Deportes de la Nación conceda el apoyo necesario a fin de que los clubes de fútbol de nuestra Provincia puedan participar de los distintos eventos que se organizan. (Expte. Nº 90-16.047/04)

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

II

Proyecto de Ley

Expte. Nº 90-16.070/04

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo 14 de la Ley 6.444 por el siguiente texto:

“Los Diputados Provinciales, en número de sesenta (60) son elegidos directamente por el pueblo, a cuyo fin la Provincia se dividirá en cinco secciones electorales integradas por Departamentos Provinciales:

PRIMERA: Conformada por el departamento Capital.

SEGUNDA: Conformada por los departamentos La Caldera, Cerrillos, Rosario de Lerma, Chicoana, La Viña y Guachipas.

TERCERA: Conformada por los departamentos Los Andes, La Poma, Cachi, Molinos, San Carlos y Cafayate.

CUARTA: Conformada por los departamentos de General Güemes, Anta, Metán, Rosario de la Frontera y La Candelaria.

QUINTA: Conformada por los departamentos de Santa Victoria, Iruya, Orán, San Martín y Rivadavia.

            En cada una de las secciones electorales se elegirá el siguiente número de Diputados:

SECCIÓN PRIMERA: Veintiún titulares y veintiún suplentes.

SECCIÓN SEGUNDA: seis titulares y seis suplentes.

SECCIÓN TERCERA: tres titulares y tres suplentes.

SECCIÓN CUARTA: once titulares y once suplentes.

SECCIÓN QUINTA: diecinueve titulares y diecinueve suplentes.

            La Cámara de Diputados se renueva por mitad cada dos (2) años. Los cargos a cubrir en las secciones electorales se asignarán conforme al orden establecido por cada lista y de acuerdo a lo siguiente:

  1. El total de votos obtenidos por cada lista será dividido por uno (1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al número de cargos a cubrir.
  2. Los cocientes resultantes, con independencia de la lista que provengan, son ordenados de mayor a menor en igual número que los cargos a cubrir.
  3. Si hay dos o más cocientes iguales, se los ordenará en relación directa con el total de los votos obtenidos por las respectivas listas y si han obtenido igual número de votos, se practica un sorteo.
  4. A cada lista le corresponde tantos cargos como veces sus cocientes figuren en el ordenamiento indicado en el inciso b).
  5. Elaborar y dar amplia difusión al cronograma electoral.
  6. Confeccionar y exhibir los padrones.
  7. Resolver las observaciones de Secretaría y confirmar las oficializaciones.
  8. Aprobar las boletas de sufragio.
  9. Designar las autoridades de mesa.
  10. Practicar el escrutinio definitivo, proclamar a los electos y otorgar sus diplomas; establecer los suplentes.
  11. Juzgar la validez de las elecciones.
  12. Todas aquellas cuestiones inherentes al cumplimiento de los objetivos de la presente ley y no establecidas para las juntas electorales partidarias.

            Se elegirán también listas de suplentes por cada partido o agrupación para reemplazar a los que cesen en su mandato por muerte, renuncia o cualquiera otra causa”.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

            Pongo a consideración de mis pares un proyecto en el que confluye la necesaria redistribución del mapa salteño en circunscripciones electorales que reflejen acabadamente el principio de proporcionalidad, como también la instauración de las internas abiertas y simultáneas, aunque con respeto de la Ley Nacional que rige el gobierno de los partidos políticos.

            En cumplimiento con lo dispuesto por la Cláusula Transitoria Décimo Cuarta de la Constitución Provincial se establece la igualdad del sufragio de los ciudadanos, la representación de las minorías y que la distribución de las bancas se haga en forma proporcional a los votos obtenidos por cada partido político.

            Encuentra fuente en las conclusiones arribadas por la “Comisión de Reforma Política”, conformada a instancias del Ministerio de Gobierno de la Provincia, la cual aconseja:

a) Que se debe dividir a los efectos electorales, el mapa de la Provincia en no más de cuatro secciones electorales, comprendiendo cada una de ellas los Departamentos Provinciales vecinos que se determinen.

b) Que cada sección electoral tendrá el número de Diputados proporcional con su población, establecido por el último censo nacional o provincial. La composición de la Cámara no debe exceder el número de sesenta miembros.

c) Que se debe adoptar el sistema proporcional, como base para la distribución de las bancas, conforme los votos obtenidos en cada sección electoral.

            También abreva del proyecto que presentara el Bloque de Diputados de la Unión Cívica Radical el 30 de mayo de 2000, mediante Expediente Nº 9.659/00 de la Cámara de Diputados.

            La propuesta legislativa tiende a subsanar un grave defecto de la normativa electoral vigente, que ha determinado que el caudal de votos de cada fuerza política no tenga adecuado reflejo en la representación legislativa al socavar el principio de equidad en la distribución de las bancas. Igualmente, ha significado la instauración con base legal -aunque no legítima- de una mayoría exagerada que en el caso de nuestra Provincia, ha comprometido de manera directa el control de los actos de gobierno encomendado a las Cámaras Legislativas.

            Por lo expuesto nos apartamos del parámetro electoral escogido por la derogada Ley de Lemas Nº 6.618 -unidad departamental- y dividimos la Provincia en cinco circunscripciones electorales que agrupan a departamentos vecinos, con excepción de la Capital.

            Actualmente el departamento Capital concentra casi la mitad de los habitantes de la Provincia como consecuencia del flujo migratorio interno -fenómeno sociológico que se reitera en el interior de la Nación Argentina- por lo que hemos considerado apropiado fijarle una circunscripción propia a fin de evitar la conformación de una circunscripción desproporcionada en la que la dirigencia y candidatos de los vecinos departamentos de Cerrillos, General Güemes o La Caldera, se verían en inferiores condiciones para extender su actividad proselitista frente a las estructuras políticas siempre superiores del departamento Capital.

            Sobre el resto de las secciones electorales se ha tenido en cuenta la agrupación departamental, efectuada en 1972 por la Ley 4.525 con la incidencia lógica de las variables poblacionales ocurridas tras el paso de treinta años desde su vigencia.

            Con la instauración del sistema propuesto de manera alguna se afecta el principio federal en tanto cada uno de los departamentos en que se divide la Provincia conserva su representación con una banca en la Cámara de Senadores. En lo que se refiere a la Cámara Baja iguala el derecho del elector provincial, pues con el sistema que se deroga el voto de un ciudadano de La Poma contaba con un valor agregado en comparación con el de un elector de Capital, requiriéndose menos de 1.000 votos para acceder a una banca en el primer departamento nombrado y casi 15.000 en el último.

            Por último, se deroga el piso del 5% actualmente vigente. Ello permitirá que las fuerzas políticas minoritarias puedan acceder a bancas hasta hoy negadas por el obstáculo legal, otorgando mayor pluralismo a las decisiones legislativas. Cabe remarcar que la Cláusula Transitoria Décimo Tercera de la Constitución Provincial (que data de 1986) habilita a dictar por ley un nuevo sistema, puesto que han transcurrido más de diez años desde su sanción. Ergo, no es necesario reforma constitucional para eliminar el piso electoral.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Pasa a la Comisión correspondiente.

III

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-16.059/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, las Jornadas de Conmemoración del “Día Internacional de los Derechos Humanos” y Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, organizadas por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Salta, el día 10 de diciembre de 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Abdo Omar Esper – Jesús Avila – Mashur Lapad – María Teresita Díaz – Néstor Fidel Cardozo – Luis Guillermo López Mirau – Sergio Ramón Zenteno – Carlos Daniel Porcelo- Omar Gerardo Quipildor – Alfredo Jorge

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

2

Expte. Nº 90-16.069/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las Jornadas “Hacer Justicia – una Visión de Género”, a realizarse en esta ciudad los días 12, 13 y 14 de mayo de 2005, en el Salón de Convenciones del Centro Cívico del Grand Bourg, organizadas por la Escuela de la Magistratura de la provincia de Salta y la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Luis Guillermo López Mirau- Carlos González

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

IV

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-16.071/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Secretaría de Seguridad refuerce los controles de prevención de delitos en las salidas de Bancos en el período comprendido entre los días 2 de diciembre y 23 del mismo mes, oportunidad en que se abonan pensiones y jubilaciones con un importante reajuste.

José Luis Valle – Raúl García – Jorge Tacacho – Carlos González – Omar Gerardo Quipildor – Sergio Ramón Zenteno – María Teresita Díaz – Jorge Fernando Contino – Benigno Vargas – Pedro Liverato – Telmo Salva – Cosme Sarapura – José Mattos – Jesús Ávila – Abdo Omar Esper

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: tratándose de una cuestión muy actual que requiere el tratamiento urgente, solicito tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

2

Expte. Nº 90-16.072/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Ministerio de Educación de la provincia de Salta, instale la carrera de Técnico Superior en Producción Agropecuaria en el Instituto Superior “Amadeo Rodolfo Sirolli” en el municipio de General Güemes, departamento General Güemes.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

            Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

            Por Secretaría se dará lectura a los mismos.

7

MODIFICACIÓN DEL INCISO B) DEL ART. 34 DE LA LEY 6.468

Expte. Nº 90-16.048/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Luis Guillermo López Mirau y Carlos González, modificando el inciso b) del artículo 34 de la Ley Nº 6.486, Código del Notariado; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícase el inciso b) del artículo 34 de la Ley 6.486 del Código del Notariado, quedando redactado de la siguiente forma:

“b) Los procesados con prisión preventiva y hasta tanto el proceso no concluya por sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria”.

            Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de Comisión, 1 de diciembre de 2004.

Abdo Omar Esper – Raúl García – Jesús Ávila – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente, señores Senadores: este proyecto tiende a modificar el inciso b) del artículo 34 de la Ley Nº 6.486 del Código del Notariado de la provincia de Salta. Actualmente esta ley enumera las causales según las cuales puedan ser motivo de suspensión en sus funciones los Escribanos, hace referencia al hecho de haberse dictado auto de procesamiento o prisión preventiva. Originalmente, el proyecto original -valga la redundancia- preveía que pudiera existir  la posibilidad, o mejor dicho se interpretaba que fuera procesamiento con prisión preventiva. Por ello esta norma, que está vigente desde el año 1987 y que de alguna manera considero que puede afectar algunos derechos como ser la garantía constitucional de inocencia, requiere a nuestro entender una modificación a efectos de dejar claramente establecido los alcances de la misma.

            Resulta claro que la Ley de Notariado Nacional hace referencia al encausado con prisión preventiva y es lo que de alguna manera este proyecto tiende a promover, que sea tal cual es el régimen nacional, determinando que se entienda que es con prisión preventiva o con auto de procesamiento.

            El motivo de todo esto es principalmente evitar que por cualquier razón que puedan caer en el primero de los casos algunos de los profesionales, pudiera evitarse su posibilidad de ejercer la profesión.

            Con el dictado de la Ley 6486 se estableció el texto vigente, que es el que ahora pretendemos modificar, el que carece de parangón en el resto de la legislación argentina, y como decía recientemente puede resultar o aparecer violatorio del principio constitucional de inocencia al establecer el procesamiento como causal impeditiva del ejercicio profesional como un acto condena.

            El procesamiento según el artículo 95 del Código Procesal Penal, corresponde aclarar, es el auto según el cual el Juez de Instrucción considera que existen elementos de convicción suficientes para juzgar como probable tanto la existencia de un hecho delictuoso como que el indagado es culpable como partícipe del mismo. Este puede ir o no acompañado de la prisión preventiva del imputado.

            El auto de prisión preventiva, según el artículo 300 del Código Procesal Penal, lo emite el Juez junto o con posterioridad al procesamiento cuando el delito o el concurso del delito que se le atribuya corresponde pena privativa de la libertad y además se estime que no procederá condena de ejecución condicional. Si tales circunstancias no concurren debe dejarse en libertad provisoria al procesado.

En tal entendimiento, sobre el procesamiento con prisión preventiva, constituye un obstáculo, a nuestro entender, para el total ejercicio del Notariado, que es lo que proponemos en definitiva como texto final con dictamen de Comisión a fin de que los pares puedan aprobar esta propuesta.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Pasa a la Cámara de Diputados para su revisión.

8

COMODATO A FAVOR DEL CENTRO VECINAL SOCIAL CULTURAL Y DEPORTIVO “BARRIO NUEVO LIMACHE”

Expte. Nº 91-13.884/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión por el cual se autoriza al Instituto Provincial de la Vivienda a otorgar en comodato por el término de 25 años, a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, una fracción del inmueble Matrícula Nº 119.761 con destino a la construcción de su sede social; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 1 de diciembre de 2004.

Raúl  García – Abdo Omar Esper – José Luis Valle – Jesús Avila – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen López Mirau.- Señor Presidente, señores Senadores: este proyecto que responde al requerimiento formulado por algunos integrantes de la mesa directiva del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, como así también a muchos pobladores de la zona, tiene como objetivo solicitar que el inmueble que actualmente poseen en comodato les sea entregado en forma definitiva. Este terreno es de propiedad del Instituto Provincial de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Actualmente el centro vecinal cuenta con un sector dedicado a camping, con asadores, cancha de fútbol de dimensión reglamentaria, en el cual se desarrollan importantes actividades, pero sobre todo en la que muchos jóvenes, no sólo del barrio, puedan concurrir a esas prácticas deportivas y encuentren un lugar de esparcimiento, un lugar de distracción que los saque de estar en una situación de ocio, que sabemos no es la mejor consejera.

Este proyecto es de verdadero beneficio para toda la comunidad de la zona y estamos impulsando la práctica deportiva y la mejor formación de los jóvenes de toda esa barriada.

            Por ese motivo, solicito a los señores Senadores la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Por Secretaría se dará lectura al proyecto de ley.

Sr. Secretario (Catalano).- El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Autorízase al Instituto Provincial de Vivienda a otorgar en comodato por el término de veinticinco (25) años, a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 214/96 del Ministerio de Gobierno, una fracción del inmueble de su propiedad, ubicado en el Barrio Limache de esta ciudad de Salta, individualizado como Matrícula Nº 119.761 – Sección “Q”, Fracción 15, con destino a la construcción de su sede social e instalaciones de distintas actividades deportivas y recreativas.

            La fracción a otorgar en comodato, es la que posee una superficie total de 2 Has. 109,42 m y tiene por límites al Norte la calle Canción con Todos, al Este la calle Abraham Rallé, al Sur la calle paralela al canal del río Ancho y al Oeste con la calle Retamoso de Iñiguez.

            Art. 2º.- Fíjase el término de cinco (5) años a partir de la toma de posesión, para que la entidad beneficiaria cumpla con el cargo referido.

            Art. 3º.- El mencionado inmueble será destinado al uso de la comunidad y de la entidad beneficiaria y en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos, el usufructo quedará sin efecto.

            Art. 4º.- La formalización del comodato se efectuará a través de la Escribanía de Gobierno, y quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veintitrés del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

             Ramón R. Corregidor                                                                  Manuel Santiago Godoy

            Secretario Legislativo                                                                          Presidente

            Cámara de Diputados                                                                   Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º y 4º.

– El artículo 5º es de forma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

9

PERMUTA DEL INMUEBLE MATRÍCULA 3.338 RURAL

Expte. Nº 91-14.471/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el  proyecto de ley en revisión, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar la permuta de una fracción del inmueble identificado con la Matrícula Nº 3.338 rural, del departamento La Caldera por el inmueble Matrícula Nº 100.872 del departamento Capital de propiedad de la Asociación Guías Argentinas; y por las razones que daré el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 1 de diciembre de 2004.

Abdo Omar Esper – Raúl García – Jesús Ávila – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente, señores Senadores: este proyecto tiene como objetivo lograr la permuta de terrenos obedeciendo a razones de que aún cuando se hayan cumplido parcialmente los cargos por parte de la Asociación Guías Argentinas en el terreno propiedad de esa institución, éste quedó en medio de una urbanización muy importante de la Capital, como ser los Barrios Palermo I, II y III, además de otros barrios nuevos como UPCN o traslado de familias desde las cárcavas de la zona Oeste.

Las tareas realizadas por la Asociación en avance a su plan de trabajo se vieron varias veces truncadas por actividades de vecinos desaprensivos que destruyeron lo que con gran esfuerzo se había logrado.

            Este terreno que la Asociación Guías Argentinas entregaría para permutar fue lo que recibió por medio de la Ley Nº 6.764/94, pero dado el desarrollo de la zona es un despropósito hablar de un terreno apto para la práctica de campamento y contacto con la naturaleza.

            Existiendo el interés por parte de la Asociación Cultural y Deportiva de Profesionales Universitarios de Salta de poder, a través de los trámites que realiza, anexar algunos terrenos al predio que posee en esa zona, se propone la permuta por un terreno que se encuentra en la localidad de La Caldera. Con tal motivo, se lograría el objetivo de que la Asociación Guías Argentinas cuente con un terreno apto para la práctica de campamento, contacto con la naturaleza, como venimos expresando, y por otra parte la Asociación de Profesionales Universitarios podrá seguir con la obra de infraestructura, pero a la vez la obra de acercamiento con todos los vecinos del predio que ellos ocupan y que de alguna manera trae algún beneficio siempre adicional a la barriada de la zona Oeste.

            Sin otro particular, vamos a solicitar a los señores Senadores que se dé aprobación a este proyecto que entendemos es un verdadero beneficio para quienes están involucrados en el mismo.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Por Secretaría se dará lectura al proyecto.

Sr. Secretario (Catalano).- El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a efectuar la permuta de una fracción de cinco (5) hectáreas del inmueble identificado con la Matrícula Nº 3.338, rural, del departamento La Caldera, por el inmueble identificado con la Matrícula Nº 100.872, Sección T, Fracción A-25a, del departamento Capital de propiedad de la Asociación Guías Argentinas, Personería Jurídica Gremial Nº 18.318.

            La fracción a entregar, por parte de la Provincia, es la que tiene ubicación y forma detallada en croquis que forma parte de la presente como Anexo I.

            Art. 2º.- Fíjase el término de un (1) año a partir de la toma de posesión, para que la entidad beneficiaria inicie las construcciones necesarias para la promoción de actividades sociales, culturales y deportivas, y realizando a su cargo, las obras de saneamiento que resultaren necesarias, a fin de evitar la contaminación del espejo de agua, ajustándose a lo establecido en la Ley Nº 7.017 -Código de Aguas- y el cumplimiento de las previsiones de la Ley 7.070 – Medio Ambiente.

            Art. 3º.- La formalización de la permuta se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, quedando exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 4º.- El inmueble transferido a la Asociación Guías Argentinas, será destinado al uso de la entidad beneficiaria y, en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos establecidos en la presente, volverá la propiedad del inmueble Matrícula Nº 3.338, rural, del departamento La Caldera, al dominio de la Provincia.

            Art. 5º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veintitrés  del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

Ramón R. Corregidor                                                   Manuel Santiago Godoy

            Secretario Legislativo                                                             Presidente

            Cámara de Diputados                                                    Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

-Sin observación se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º.

– El artículo 6º es de forma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

10

DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE MATRÍCULA Nº 13.978 DPTO. ANTA

Expte. Nº 91-14.673/04

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta, que será destinado a la construcción de un nuevo establecimiento escolar; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 1 de diciembre de 2004

Abdo Omar Esper – Raúl García – Jesús Avila – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores Senadores: el proyecto que viene de la Cámara de Diputados tiene como objeto entrar en el programa de setecientas nuevas escuelas federales para el País. El accionar del gobierno provincial en la posibilidad de la construcción de este edificio va a dotar de comodidades. Como es obvio, que la gente de este lugar tenga posibilidades de acceso a mejores servicios, en cuanto a lo edilicio, a los espacios y lo que naturalmente ofrece un edificio nuevo. Esto afectaría la Escuela Martín Fierro del Barrio San Antonio, Barrio Francisco Arias, Radio Estación y zona de influencia. Es el momento justo, la necesidad está planteada en los fundamentos del proyecto que viene de la Cámara de Diputados, está localizada en la localidad de Joaquín V. González y hay un crecimiento importante en la matrícula, lo que hace necesario ampliaciones de aulas y el mejoramiento en general.

            Debo expresar que mientras estuvimos en el análisis del expediente hubo algún tipo de divergencias respecto de la distancia, en algunos casos, de alumnos que se encuentran afectados por pertenecer a esa escuela, que estaría o no adecuado el lugar territorial, pero en el ánimo que no quede excluida la posibilidad de la construcción de esa escuela por no contar con el requerimiento necesario para entrar al programa, es que hemos decidido que también supere la instancia de esta Cámara. Por eso es que solicitamos al Cuerpo la aprobación de este proyecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Por Secretaría se dará lectura el proyecto.

Sr. Secretario (Catalano).- El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta.

            Art. 2º.- El inmueble afectado por el artículo 1º será destinado a la construcción de un nuevo establecimiento escolar.

            Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en sesión del día treinta del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

Ramón R. Corregidor                                                   Manuel Santiago Godoy

            Secretario Legislativo                                                             Presidente

            Cámara de Diputados                                                    Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.

– El artículo 4º es de forma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

11

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE MATRÍCULA Nº 405 – DPTO. GUACHIPAS

Expte. Nº 91-14.720/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula Nº 405 de la localidad de Guachipas, Departamento del mismo nombre, para ser destinado a la planta depuradora de líquidos cloacales; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 1 de diciembre de 2004.

Abdo Omar Esper – Raúl García – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau – Jesús Avila

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Quipildor- Señor Presidente, señores Senadores: la presente expropiación traerá aparejada una serie de soluciones de los cuantiosos problemas que ocasiona la falta de una planta depuradora de líquidos cloacales en la localidad de Guachipas.

Con este proyecto se tiende a mejorar la calidad de vida de los lugareños. Se ha optado por esta fracción de inmueble puesto que éste posee una pendiente natural que favorece al desagüe de las cloacas del pueblo. Caso contrario, el mencionado desagüe debería realizarse mediante bombeo, incrementando de esta manera los costos.

Por lo expuesto, solicito su aprobación.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

            Por Secretaría se dará lectura al proyecto de ley.

Sr. Secretario (Catalano).- El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula Nº 405 de la localidad de Guachipas, Departamento del mismo nombre, con destinado a la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales.

            La fracción mencionada en el párrafo anterior posee dimensión, forma y ubicación indicada en el Plano Nº 193 de la Dirección General de Inmuebles y del departamento Guachipas.

            Art. 2.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar la mensura y desmembramiento de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, estableciendo las servidumbres de paso y acueducto necesarios e indicados en  Planos Nos 191, 193, 194 y 195 de la Dirección General de Inmuebles, todos del departamento Guachipas, una vez efectivizada la expropiación.

            Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en sesión del día treinta del mes de noviembre del año dos mil cuatro.

Ramón R. Corregidor                                                                          Manuel Santiago Godoy

   Secretario Legislativo                                                                                   Presidente

   Cámara de Diputados                                                                                      Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado. En consideración en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.

– El artículo 4º es de forma

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

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INTERNAS ABIERTAS Y SIMULTANEAS

Expte. Nº 90-15.782/04

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: para solicitar se obvie la lectura, por los fundamentos vertidos anteriormente.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobada.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente, señores Senadores: este proyecto que estamos considerando tiene por objeto instituir un sistema obligatorio de internas abiertas y simultáneas para todos los partidos políticos y frentes electorales que postulen precandidatos para nominar cargos electivos provinciales a gobernador, vicegobernador, senadores y diputados, como municipales a intendentes y concejales.

            Quiero destacar que si bien es una iniciativa del grupo de senadores justicialistas, cuenta con el apoyo general de los Bloques que componen el Senado y que tiene estado parlamentario desde el 1 de octubre del presente año.

            En lo principal, la finalidad perseguida es evitar que las elecciones internas sean un mero requisito formal, vacías de contenido, por el contrario, estimular la participación de la ciudadanía en la referida actividad primordial, procurando que la misma cumpla acabadamente con el mandato constitucional de ser instituciones fundamentales del sistema democrático y libres en su ejercicio, pero sujeto al respeto de la norma superior.

            Entonces, a través de elecciones internas periódicas, buscamos afianzar la democracia dentro de los partidos, asegurando la mayor excelencia posible en la selección de los precandidatos, haciendo que los partidos políticos encaminen su metodología competitiva a brindar una mayor oferta electoral y, porqué no, presentarán a la sociedad una más que suficiente capacidad de opción.

            Por lo tanto, los consensos como así también los disensos, según sea la línea o fracción doctrinaria y programática de los partidos, quedan indudablemente resguardados no sólo dentro de ellos, sino primordialmente en su proyección externa. Es decir, al ámbito de la sociedad toda.

            Hasta la actualidad, las garantías dispuestas y su reglamentación legal fueron programadas hacia el interior o dentro de los partidos, con el presente proyecto propiciamos su actividad hacia afuera.

Los objetivos señalados están contenidos en la fuente inmediata del proyecto, los que fueron establecidos en la Nación mediante la sanción y promulgación de la Ley Federal 25.611 y su reglamentación a la cual seguimos en líneas generales. Todo esto responde, señor Presidente, a una demanda generalizada de la sociedad por lograr una mayor y libre participación de los electores en la determinación de los precandidatos que los partidos políticos someten a consideración de la ciudadanía en cada elección. Dicha participación importa el mayor grado de transparencia que puede alcanzarse en una elección interna de realización simultánea para todos los partidos que con vocación democrática concurran más de un candidato por categoría a elegir.

Es necesario enfatizar que esta ley garantiza el derecho de participación de todos los ciudadanos en la elección de los precandidatos que representarán a cada partido político y competirán luego por los cargos electivos. No debemos pasar por alto que en definitiva el proyecto de ley está regulando un aspecto esencial de un derecho político fundamental como es el derecho a elegir que establece el artículo 55 de nuestra Constitución Provincial, según el cual expresa: “El sufragio es un derecho que corresponde a todo ciudadano y es una función política que tiene el deber de ejercitar con arreglo a esta Constitución y la ley“. Tal como lo sostiene la doctrina constitucionalista, el ciudadano al sufragar ejerce efectivamente la soberanía. A tal derecho no es posible limitarlo en su ejercicio individual e incluso en su difusión a un grupo relativamente amplio de personas, sino que va más allá por la importancia fundamental que el derecho de voto tiene en nuestro Sistema Representativo de Gobierno, ya que es, ante todo, y con mayúscula, un derecho protector de otros derechos. Y ¿por qué decimos esto? Porque al votar estamos eligiendo a quienes habrán de ejercer concretamente el poder en su nombre y representación. Por eso sostenemos que el derecho a votar libremente por un precandidato en los comicios es la esencia de toda sociedad democrática.

En particular, el proyecto de ley contiene esencialmente una obligación en cabeza de los partidos políticos y frentes electorales, al decir que todos los partidos deben postular sus precandidatos a través de este sistema, a lo que se le suma la previsión del artículo 31, según  el cual esta ley es de orden público, por lo que no es posible contravenir el sistema que se erige por ley mediante convenciones privadas en contrario.

En cuanto al sufragio, se lo califica de no obligatorio, con lo que desde el punto de vista del ciudadano podemos sostener que el objetivo es el estímulo de la participación ciudadana, sin ninguna combinación de índole formal, siendo esta la oportunidad de remarcar que el ejercicio del derecho debe ser ubicado en el marco de la ética, de la solidaridad, ya que todos los posiciona el gobierno de la sociedad. A esto se suma que el voto es igual y secreto, con lo que se garantiza la igualdad y la reserva de cada elector para votar por quien deseare en el cuarto oscuro, sin el temor de sufrir presiones ni represalias ulteriores.

El artículo 4º, al tratar las incompatibilidades, admite la doble postulación en la misma lista, tal como lo permite la legislación electoral vigente, estimándose que su regulación específica, de propugnarse la prohibición, corresponde al Régimen Electoral Provincial.

A propósito del votante, en el artículo 10 se estipula que serán ciudadanos habilitados a sufragar los respectivos afiliados de partidos políticos o frentes electorales y los ciudadanos que no tengan afiliación partidaria. En un todo de acuerdo con la denominación utilizada “internas abiertas”.

            En cuanto a la simultaneidad, la misma rige para todos los partidos políticos o frentes electorales que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos provinciales en la fecha fijada para la elección de internas abiertas, dado que el artículo 9º prevé como una de las atribuciones del Poder Ejecutivo el fijar la fecha de elección, como máximo hasta setenta días antes del día fijado para la elección general.

            Se puede sostener que el sistema de internas abiertas y simultáneas sustituye la atribución que tenían los partidos de regular las cartas orgánicas, a lo cual se le puede contestar diciendo que en principio no hay derechos absolutos, toda vez que la Constitución garantiza su goce, conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio y que por lo tanto es legítima la reglamentación del derecho de asociarse con fines políticos.

Así como en la Nación, la exigencia legal de que se celebren en todos los partidos políticos en un mismo momento, se justifica porque es un presupuesto lógico de imperatividad de los mismos, de su necesaria concentración y orden en las actividades electorales previas, como el de su concreción en un mismo día en toda la Provincia, evitando así cualquier desvirtuación con la transparencia de los comicios.

            De la misma manera se dice que es un recaudo de viabilidad de este sistema que las internas abiertas se desarrollan a través de una legislación que las establezca imperativamente para todos los partidos políticos en forma concurrente. De modo tal que el votante no pueda inmiscuirse en la vida interna de un partido que no es de su real interés.

            A más de lo expresado hasta este momento, señor Presidente, quiero resaltar algunas previsiones contenidas en el proyecto que considero son novedosas y cuya enunciación paso a exponer.

            Se prevé la posibilidad de incluir las imágenes de los precandidatos en las boletas, práctica que ya se viene observando en las últimas elecciones.

Se acortan las campañas electorales de tal manera que sólo puede iniciarse a partir de los sesenta días previos a la fecha fijada para las internas abiertas.

            Se regula sobre las agrupaciones municipales, haciéndoselas extensivas en la presente ley.

Se incluye previsiones sobre cupos en todo de acuerdo con la normativa vigente sobre el tema. Se regula sobre el reemplazo de los precandidatos electos o precandidatos oficializados, tanto si el cargo es unipersonal o no.

            Por último, mociono que la votación en particular se realice por títulos y no por artículos, naturalmente que dada la circunstancia de ese análisis, donde haya algún tipo de observación que pudiera existir que se lea el artículo que se pudiera poner en consideración.

            Por todo ello y con el convencimiento de que los señores Senadores me acompañarán con el voto favorable, por lo que ya lo venimos analizando con antelación suficiente, es que pido a mis pares la aprobación de este proyecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Gracias, señor Presidente. En realidad desde nuestro Bloque habíamos preparado un proyecto alternativo, habida cuenta que si bien es cierto compartimos el criterio general de este proyecto, tenemos algunas disidencias en varios de sus artículos.

            Analizada la cuestión, en primera instancia en la Comisión y en reuniones mantenidas con los Senadores, vimos que en realidad tal vez el tema del proyecto alternativo no funcionaría, sino en la medida que, puesto en análisis el proyecto que estamos tratando, resulta necesario en todo caso expresar nuestra disidencia puntualmente, dado que en lo general, reitero, lo compartimos.

            Este proyecto tiene antecedentes ya desde el año 2000 y está referido al tema de la interna partidaria, de las primarias, pero que es necesario precisar que tiene que ver con todo el contexto electoral, con toda la realidad política que vivimos en la Provincia.

            Desde el oficialismo se ha planteado la necesidad de reformar el sistema electoral, aunque parece que estas iniciativas se restringen a la secuela de los procesos eleccionarios internos realizados el año pasado. Resulta casi una obviedad afirmar que las repercusiones intestinas de las estrategias partidarias de manera alguna debieran afectar la institucionalidad de la provincia de Salta.

            La Unión Cívica Radical, a través de sus legisladores, ha solicitado oportunamente que se dé acabado cumplimiento a lo  pactado en la Convención Constituyente del año 1998. La notoria distorsión que provoca el uso de un sistema electoral viciado, es para nuestro Partido un problema, cuya solución se ha tornado preeminente. Se trata de ampliar los horizontes hacia una reforma política que reconcilie a los partidos con la sociedad civil y que de manera alguna pueda agotarse en lo electoral.

            Por eso es que con relación a este tema puntual del marco electoral, hemos presentado un proyecto en la oportunidad, que será tratado, por  cierto, luego de su pertinente análisis en la Comisión respectiva. Vemos, sin embargo, que frente a ello es saludable este tema de la iniciativa de las internas abiertas y simultáneas.

            Hay distintos proyectos presentados, como decíamos hace un momento algunos vienen del año 2000, el expediente Nº 10.361, un proyecto presentado por el ex Diputado Paci en el año 2002 y otro presentado por el Bloque de Diputados del Partido Renovador Salteño.

            Puede afirmarse que, en general, las fuerzas políticas comulgan en la necesidad de establecer el sistema de internas abiertas y simultáneas, aunque el proyecto en tratamiento contiene normas reglamentarias que avasallan las autonomías partidarias y el legítimo derecho del ciudadano a elegir y ser elegido que se asienta en las mandas y principios constitucionales.

            Este proyecto inhibe de participar en las elecciones generales a los precandidatos perdidosos de cada fuerza electoral. Es obvio que el oficialismo muestra preocupación por el resultado electoral del año 2003 y se pretende encorsetar a la dirigencia mediante la proscripción de los díscolos o rebeldes. No obstante, luce nítido que una expresión partidaria erigida en gobernante pretende saldar sus problemas intestinos, afectando la normativa que se aplica a la universalidad de fuerzas políticas.

            No cabe duda alguna que son los partidos políticos los únicos canales de representación popular y tal expresión institucional no puede ser soslayada mediante una ley provincial, sin agredir el principio de supremacía constitucional, contenido en el artículo 31 de la Constitución Nacional. Adviértase que se intenta mediante la iniciativa legislativa, restringir las potestades de cada partido político en materia de selección de candidatos, para adjudicárselos a la autoridad electoral.

            En el proyecto oficialista se plantea la ilegal restricción de las atribuciones de las Juntas Electorales Partidarias. Sobre ello nos vamos a referir cuando analicemos puntualmente cada uno de los artículos.

            Las Juntas Electorales ven limitado su accionar en cuanto a confección de padrones y cesan en su intervención con la oficialización de las precandidaturas cuando debiera respetarse su competencia.

            La ley nacional establece que el padrón partidario será público y que deberá ser confeccionado por los partidos políticos, o a su solicitud por la Justicia Electoral. En el primer caso, actualizado y autenticado, se remitirá al Juez Federal con competencia electoral antes de cada elección interna o cuando éste lo requiera. Está claro, entonces, que el único padrón que puede ser utilizado con una elección interna es el confeccionado por el partido político o el Juzgado Federal. Ergo, no puede hacerlo el Tribunal Electoral a quien se le pretende otorgar tal atribución.

            El artículo 29 de la Ley Orgánica de Partidos Políticos expresa: “Las elecciones para autoridades partidarias y para elegir candidatos a cargos electivos, salvo para el cargo de Presidente y Vicepresidente de la Nación y de Legisladores Nacionales, se regirán por la Carta Orgánica, subsidiariamente por esta ley y, en lo que resulte aplicable, por la legislación electoral. Las elecciones para candidatos a Presidente, Vicepresidente y a Legisladores Nacionales se regirán por lo dispuesto por esta Ley y subsidiariamente por la legislación electoral, Ley 25.611”.

            El orden de prelación dispuesto por la ley nacional no puede ser revertido por la legislación local, aún cuando se trate de procesos electivos provinciales, puesto que la garantía abriga al partido político y no se restringe a la mera coyuntura electoral de una provincia en particular. En el caso de la Unión Cívica Radical con mayor razón, dado que se trata de una expresión político partidaria de rango nacional.

A mayor abundamiento, la Carta Orgánica constituye la ley fundamental del Partido en cuyo carácter rigen los poderes, los derechos y obligaciones partidarias y a lo cual sus autoridades y afiliados deberán ajustar obligatoriamente su actuación.

            Por tal motivo, de manera alguna corresponde que un partido político que ha gestionado su reconocimiento y personería ante la Justicia Federal, adecue su normativa interna a lo previsto por una ley provincial y mucho menos que su órgano electoral vea cercenadas sus atribuciones para dejarlas en manos de un Tribunal Electoral, sobre cuya integración carece de injerencia y hasta pudiera presumirse de parcial en cualquier estado en que hubiera dependencia del Poder Judicial.

            Es decir, señor Presidente, nosotros para dejar en claro, compartiendo esta idea del espíritu del proyecto en general sobre la necesidad de articular y darle forma al tema de las elecciones internas de los partidos, hubiera sido menester que esa reglamentación no alcanzare aspectos tan profundos como aquéllos referidos a restarle atribuciones a las juntas electorales partidarias y transferírselas al Tribunal Electoral, por un lado, pero debemos señalar que no estoy convencido, que si bien es cierto es importante esto, veo que el espíritu que animó el tratamiento de esta ley reside necesariamente en el último apartado del artículo que establece que quien participa en una elección interna y pierde, no puede participar como candidato en otra elección.

Sobran y saltan a la vista las experiencias del año 2003, de candidatos que perdieron la interna en el Partido Justicialista, que se presentaron luego en las generales y ganaron. Entonces era necesario establecer un mecanismo de contención. Estoy convencido que la militancia, que la transparencia, que la participación amplia tienen que ser las herramientas útiles para evitar que ocurran estos hechos, es decir que aún quien pierda se mantenga dentro de su propio Partido.

            Por otro lado, en uno de los proyectos anteriores, que no se trata ahora, se había puesto de manifiesto la necesidad de limitar las posibilidades de que quien resultare electo -creo que el artículo 5º contenía esa previsión- no podía presentarse como candidato en las elecciones siguientes, salvo en el caso que ya estuviera por cumplirse su mandato. Era una limitación sana realmente porque allí si está este tema vinculado, porque se habla muchas veces de doble candidatura y se hace referencia, pareciera ser, a la doble candidatura vinculada al que va en una categoría y en otra, pero también tenía que ver con esto de quien está en ejercicio de un mandato antes de fenecer o antes de que se cumpla su mandato, ya se presenta para otro cargo. Hubiese sido importante que lo tratemos y probablemente en alguna oportunidad se deberá también limitar esa cuestión porque el mandato que recibe un funcionario debe ser cumplido, porque este contrato que se suscribe cuando uno se somete a una elección nos obliga primariamente a cumplir con la regla de la adhesión por la cual el ciudadano con su voto nos está confiriendo un mandato, está suscribiendo un contrato que debe cumplirse como corresponde.

En otro orden, señor Presidente, esta ley, y voy concluyendo por ahora porque vamos a tener que analizar cada uno de los artículos, me parece contiene algo que es, a mi modesto entender, una gravedad tremenda, que está referida al tema de los frentes electorales.

Pero antes de pasar al tema de los frentes electorales, quería referirme a esta cuestión de los candidatos que pierden la interna y que luego no pueden participar en la elección general. Estoy convencido que esta disposición vulnera absolutamente los derechos contenidos en la Constitución Nacional y Provincial, en el ordenamiento, en la ley de los partidos políticos y que va a ser materia de más de un planteo de inconstitucionalidad. Estoy convencido también, señor Presidente, de que no solamente va a agotarse allí, sino que es muy probable que si no hay tal planteo estará este tema de la insistencia del ciudadano por ejercer su derecho a ser elegido más allá del resultado electoral y más allá de la previsión de esta norma.

            Pongo de manifiesto ello porque estoy convencido que va ser materia que va a ser sometida a la justicia y en esto precisar entonces mi absoluta disidencia en el marco de la restricción, puesto que considero no se ajusta a normas de rango superior.

En relación al tema de los frentes electorales, es clara la norma en cuanto establece que ochenta días antes del acto electoral interno se debe constituir el frente electoral. Si nosotros vemos y analizamos desde la práctica, de lo que significa el esfuerzo de conformar un frente electoral en el marco de los consensos, de las simetrías que existen en las distintas fuerzas políticas que pugnan una y otra vez por trasladar a la sociedad propuestas comunes y que ello va de la mano del tiempo electoral que se vive en cada año que hay elecciones, que ello está vinculado necesariamente a conjugar, por un lado, ese ideario que anima a las distintas fuerzas con la aspiración de los particulares que quieren integrarla, señor Presidente, señores senadores, establecer esta normativa que ochenta días antes del acto eleccionario deberá conformarse el frente electoral, está mandando a que los partidos políticos se tengan que poner a negociar en enero o ya la posibilidad del frente, porque sino no alcanzan los tiempos, está marcando lisa y llanamente el fin de la posibilidad de la constitución de frentes electorales.

No debiera haber sido así, señor Presidente, debería tenerse presente que luego del resultado electoral interno es posible la constitución de un frente electoral, es posible que estos mismos resultados obliguen o por lo menos sea un llamado de atención para una reflexión en torno de aunar criterios las distintas fuerzas políticas. Esta norma de forzar a que ochenta días antes se tenga que discutir nos está llevando lisa y llanamente a la imposibilidad práctica de la constitución de esos frentes y con ello indudablemente la posibilidad del fortalecimiento electoral, del resultado electoral del partido político que con ventaja se maneja a través de los tiempos en la Provincia.

            Por estas razones, y en esas primeras y genéricas apreciaciones, adelantamos nuestro apoyo general a la Ley, con los disensos a los que hemos hecho referencia y sobre lo cual vamos a profundizar en oportunidad del tratamiento en particular.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: hoy estamos analizando un proyecto de ley que tiene que ver con las internas abiertas y simultáneas de los partidos políticos.

            Soy coautor de un proyecto de ley que planteaba situaciones muy semejantes a este proyecto. Por un lado, las elecciones primarias internas abiertas y simultáneas y, por otro lado, en aquel entonces, la derogación de la Ley de Lemas en este mismo proyecto de ley así lo planteaba.

Se ha dado un paso importante con relación a aquella iniciativa, ya se ha derogado la Ley de Lemas y hoy nuevamente los partidos políticos  vuelven a tener protagonismo, obviamente que la Ley de Lemas ha significado el deterioro de todos los partidos políticos, por eso decía que hoy en la vida política nuevamente los partidos políticos vuelven a tener protagonismo en cada uno de sus partidos.

            Pero aquí tenemos una deuda pendiente, fíjense la importancia que tienen los partidos políticos, porque es desde allí de donde surgen los futuros administradores de la cosa pública, desde allí donde surgen los futuros funcionarios, los futuros concejales, diputados, senadores, de los partidos políticos surgen los intendentes, los gobernadores, el propio presidente de la Nación. Cómo no va a ser importante la vida de los partidos políticos, si de allí surgen estos ciudadanos que van a representar a la comunidad cuando ejerzan candidaturas de esta naturaleza.

            En esta discusión van a quedar sentados dos planteos. Vienen planteando de dos maneras la forma de elegir los precandidatos o los candidatos de los distintos partidos políticos, así como hay algunas profesiones que tienen dos bibliotecas, como los abogados que tienen dos o tres, pero siempre hay doble interpretación y en este caso creo que también van a quedar sentadas dos posturas. Por un lado, algunos sostienen que son los propios partidos políticos integrados por sus afiliados -efectivamente dueños de los partidos políticos son los afiliados- los que tienen la facultad de elegir a sus precandidatos o candidatos para las elecciones generales que competirán con los otros partidos políticos. También dicen cómo puede ser que un ciudadano ajeno a un partido político, como son ciudadanos independientes, puede participar en la decisión de la elección de los candidatos de los distintos partidos políticos. Esa sería por un lado una versión.

            Está la otra versión que hoy estamos analizando en este recinto, a través de esta normativa se sostiene que en las internas de los partidos políticos y más si son internas abiertas y simultáneas, podrán participar los ciudadanos independientes.

Atento a esta nueva metodología de los partidos políticos, a este empuje de la ciudadanía, en donde se requiere una mayor participación de los ciudadanos, es que comparto las dos posturas, pero me quedo con esta última porque si uno hace un análisis más profundo de la participación de los ciudadanos independientes, fíjense en una elección general quiénes apoyan a determinados candidatos, a determinados partidos, no sólo los afiliados votan, sino también ciudadanos independientes que son simpatizantes de ese partido o de determinado partido porque seguramente comparten con las personas que lo integran, comparten con los principios de ese partido o con la doctrina de ese partido. Por eso es que comparto la apertura de los partidos políticos. Seguramente que con la participación de los ciudadanos independientes en la elección de los candidatos de los distintos partidos políticos, esto va a significar que aquéllos que participen en cada una de las elecciones acompañando a determinado partido y que no son afiliados, se les abrirá la puerta para poder integrarlo. Esto es importante y obviamente hablamos de deuda pendiente de los partidos políticos porque aquí queda pendiente un gran trabajo de los partidos políticos, de la capacitación. Fíjense que no sólo hace falta que el ciudadano sea buena persona, tenga buena imagen ante la comunidad, sino que tenga una cierta idoneidad para cubrir determinado cargo y esta es la deuda pendiente que tienen los partidos políticos.

Es por eso que en nivel general comparto este nuevo sistema de elecciones internas abiertas y simultáneas, que se va a instrumentar cuando se sancione esta ley y como tengo algunas diferencias, dudas, en particular las iré planteando en el momento en que analicemos esta ley artículo por artículo.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González- Señor Presidente: lo manifestado por los dos señores senadores preopinantes de las distintas bancadas aporta también a que la elaboración de esta nueva ley sea lo más saludable y aplicable posible a nuestro sistema democrático y que viene a fortalecer lo que alguna vez la comunidad de la Provincia y todo el país se manifestaba, como que no alcanzaba el ser electo en una elección interna cerrada, por cuanto era insignificante el número de votantes con relación a la población. Eso hace a que en cada partido se vaya desarrollando la idea de qué sería lo más conveniente para arribar a la elección de las personas de la mejor manera posible y que a la vez tenga un mejor respaldo y garantizar el sustento permanente a nuestro sistema democrático.

            Se han planteado algunas dudas, nosotros también en la elaboración de este proyecto nos hemos planteado muchas dudas y de ahí que se ha venido cambiando permanentemente el proyecto hasta llegar al que tenemos hoy cada uno en el pupitre.

Indudablemente no es fácil lograr abarcar en una ley la mejor interpretación y reflejar la voluntad de todos los habitantes de la Provincia, pero por lo menos tenemos que tratar de sacar lo que más se apegue a ese requerimiento permanente que nos está haciendo la gente. Bien se hacía mención a que habíamos arribado alguna vez al sistema de Ley de Lemas, cosa que también ha sido discutido y resistido dentro del seno del Justicialismo y luego nos hemos acostumbrado tanto que cuando la queríamos sacar nos resistíamos a que se la saque. Hoy no tenemos la Ley de Lemas, estamos con otro sistema, por cuanto la gente también manifestaba que el que ganaba en una Ley de Lemas ganaba con un 15 o 20% de los votos como mucho y se le acumulaban los votos de los otros sectores que no habían ganado, del mismo partido, y así ayudaba a ser quien nos representaba en una gestión de gobierno. Entonces, todo eso se ha tratado de ir puliendo con el tiempo, ser fieles intérpretes de la voluntad de la gente y de ahí tratar de ensayar en distintos proyectos una forma que nos lleve a que la elección sea más sustentada, más entendida y respetada por los electores.

            Hoy tenemos en discusión este proyecto de ley, se hablaba por ejemplo que los plazos para la conformación de los frentes electorales son muy reducidos, en cuanto al tiempo, teniendo en cuenta nuestra idiosincrasia y las discusiones permanentes que se generan como debate político para la conformación justamente de los frentes, que es discutible y perfeccionable, creo que no habría inconvenientes en revisar estos plazos. Estamos hablando nosotros de ochenta días en el proyecto, si hay que bajarlos se los bajaría, porque la idea no es imponer caprichosamente un proyecto, sino justamente tratar de reflejar lo que la sociedad quiere.

            De esa manera, si ya tenemos, por lo menos en el aspecto general de este proyecto, la aceptación y/o la coincidencia de los otros bloques políticos, nosotros podemos perfeccionar en lo que se pueda este proyecto, por ejemplo el caso de los plazos, estamos hablando de ochenta días, lo podríamos bajar a setenta o sesenta días y los otros puntos que se plantean ver cómo se pueden perfeccionar.

            También se hablaba de que nos hemos manejado siempre con la junta electoral de nuestro partido, pero así también hemos tenido experiencia de quejarnos a veces de la actitud de quienes estaban a cargo de cada partido. Lo hablaba el Senador por Güemes a este tema y en las elecciones internas de la UCR, creo que a nivel nacional, tuvo algunos inconvenientes. Nosotros también nos hemos quejado muchas veces de la actitud o por lo menos llegábamos a pensar que había alguna actitud sectorial en la junta electoral de nuestro partido.

            Por eso es que en este proyecto se ha considerado que era más conveniente que participe la justicia electoral y de esa manera también garantizábamos a los que no están actualmente ocupando lugar en la función pública. Como decimos en la calle, estando en el poder permitirle a la gente que desde el llano salga a competir, que a través de esta participación de la justicia electoral vea mucha más transparencia en todo el proceso, por cuanto terminaría la función de la junta electoral partidaria en la oficialización de cada lista y a partir de ahí ya participaría la justicia electoral en cuanto al desarrollo mismo de las elecciones.

            De esta manera tendríamos la tranquilidad, todos los que estamos en la función y los que no están, de que habría una decisión, en cada una de las cuestiones, lo más transparente posible.

            Hablábamos también de cómo se estaría invadiendo en la vida interna de los partidos. Cuando se hace la afiliación a cada partido, esas fichas van a parar justamente a la justicia electoral, y es quien en definitiva nos dice quienes están empadronados en cada partido y quienes no. De ahí viene el reconocimiento de quienes son los afiliados de cada partido y quienes pueden ser los electores de cada partido.

            Entonces, no estaríamos chocando entre lo que tiene el proyecto y lo que está establecido actualmente. Como digo, ha habido un gran esfuerzo de todos en tratar de hacer  una recopilación de lo que tenemos, de todo lo que nos sirve, de lo que no sirve, para ir cambiándolo por una cosa mejor y que sea aplicable a estos tiempos.

            No diría que se está haciendo un proyecto a la medida del Justicialismo por la deserción que hay después de cada resultado de los actos electorales. Más bien diría que es bueno que persista el sistema de afiliación en cada partido, de que cada partido se siga nutriendo de gente que comparta la ideología. Eso me hacía pensar alguna vez que seguía prefiriendo las internas cerradas, porque lo que nosotros estamos haciendo es que quienes estamos agrupados por comulgar una ideología seamos los que decidamos a quienes ungimos como candidato de esa línea, pero no nos olvidemos que ha sido la sociedad misma en su conjunto quien ha cuestionado permanentemente que los candidatos  salen de una lucha interna, de un grupo minúsculo, así ha sido calificado permanentemente. Esto ha llevado a que las internas sean abiertas y que ahí puedan participar los ciudadanos que no están afiliados ni a uno ni a otro partido político.

            Esto es nada más ni nada menos que un acto reflejo de lo que la sociedad ha venido planteando en estos últimos años. Por eso es que, más allá de la disputa en esto de ver cómo se puede plasmar esta ley, tiene que primar el consenso, que es lo que viene planteando la sociedad en general y que sea lo más aplicable posible, a estos nuevos tiempos y a lo que la gente nos está reclamando. Nada más.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado por unanimidad.

Hay una moción del señor Senador por el departamento San Martín, en el cual solicita que la votación en particular se la haga  por títulos.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: si hubiera coincidencia plena, creo que sería viable lo que propone el señor Senador, pero hemos anticipado nuestra disidencia, lo que nos obliga a la lectura del proyecto; por lo tanto, solicitaría al Senador por San Martín que revea su posición a los fines que demos lectura al proyecto artículo por artículo.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Martín.

Sen. Esper.- Solicito cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- En todo caso, a fin de darle celeridad igualmente al tratamiento, que se lea por número de artículo y en el que hubiera disidencia la manifestaremos, a los fines de que se prosiga por número en la lectura, en lo que estamos hablando de coincidencia.

Sr. Presidente (Porcelo).- ¿Sería que se enumere los artículos?

Sen. Valle.- Sí, señor Presidente.

Sr. Presidente (Porcelo).- ¿Está de acuerdo, señor Senador  por San Martín?

Sen. Esper.-  Sí, señor Presidente.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción del señor Senador por el departamento General Güemes. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobada. Se obviará la lectura y se hará la votación por artículos.

Sen. Valle.- Simplemente quería reiterar que se va a dar lectura por número con la salvedad  puesta de manifiesto, que donde exista disidencia nos vamos a manifestar al respecto.

Sr. Presidente (Porcelo).- En los artículos que usted tenga disidencia se dará lectura a ese artículo.

            Con las aclaraciones realizadas se pone a consideración el dictamen de Comisión en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.

– Al enunciarse el artículo 4º:

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: en este artículo nosotros, si bien es cierto en el contexto general estamos de acuerdo, pero en el último apartado del mismo dice: “Quedan inhibidos de intervenir como candidatos en la elección general por otra fuerza política, quienes hayan participado en las elecciones internas o en lista única, de un partido o frente electoral”. Al referirnos al proyecto en general ya manifestamos nuestra disidencia a esa restricción que entendemos colisiona con normas nacionales, razón por la cual no estamos de acuerdo con el apartado.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: había tomado nota de que en el tratamiento en general, el Senador por General Güemes había hecho esta observación y tengo acá en mis manos el Decreto 1.397 del año 2002. En uno de sus artículos, el artículo 6º concretamente, dice en la última parte “Quedan prohibidos de participar como candidatos en la elección general por otra fuerza política, quienes hayan sido derrotados en las elecciones internas de su partido o alianza electoral”. Es un Decreto del Poder Ejecutivo Nacional que ha sacado justamente como resultado de presentaciones que se han hecho por candidatos que habían sido derrotados en elecciones internas y salieron como candidatos de otras fuerzas políticas. De ahí esto que viene a ser como el fallo de esas demandas mediante el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional, al que he dado lectura.

            Por lo tanto, consideramos que no viene a colisionar con las disposiciones a nivel nacional y por supuesto menos en el ámbito jurídico.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: lo mismo que ha planteado el Senador por General Güemes, el artículo 4º de incompatibilidad, sanción e inhibición, el último párrafo. Más allá de las prohibiciones que se acaba de dar lectura, creo que operativamente esto es imposible, que alguien que haya competido en las internas abiertas pueda ser candidato de otro partido. El artículo 8º en el último párrafo dice: “El Tribunal Electoral, luego de resolver las observaciones en Secretaría, procederá a su confirmación, proclamará la lista única el mismo día que los candidatos de las internas”. O sea que en el momento que se proclame el resultado de las internas tanto abiertas o aquéllos que no hayan participado en las internas abiertas, se entiende que de ahí nadie más tiene posibilidades de presentar lista. Obviamente que operativamente es imposible que alguien, haya participado o no, pueda ser candidato para las elecciones generales.

            Para evitar toda esta suspicacia, de que esta redacción está hecha a propósito para que aquél que haya perdido en una elección no pueda ser candidato, me parece que podríamos eliminar este párrafo. Operativamente es imposible que alguien que pierda una elección pueda postularse como candidato en ningún partido. En el momento en que se proclame la lista del Tribunal Electoral, después del resultado de las internas se terminó la elección interna de cada partido, se proclaman los candidatos ya para las elecciones generales. Esa es mi moción.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: si nosotros eliminamos este artículo correríamos el riesgo de que después vayamos a chocar justamente con esta disposición a nivel nacional. Bien dicen los abogados que si no lo estamos negando expresamente, después no le vamos a poder decir a ese candidato que quiera salir por otra fuerza a presentarse. Entonces, en este caso vamos a decir al revés “lo que abunda no daña”.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: simplemente para reiterar lo manifestado y que independientemente y sin perjuicio de lo que establece el Decreto 1.397/02, sigo entendiendo que este artículo restringe los derechos del ciudadano a ser elegido y que por una ley provincial nosotros estamos avanzando sobre un derecho constitucional que es inalienable y que no puede ser afectado. Razón por la cual insisto en el tema de que a este artículo no podemos votarlo favorablemente por el párrafo que contiene, por el último apartado. Coincido en la sugerencia puesta de manifiesto por el señor Senador por Metán en cuanto a la eliminación de ese apartado a los fines de posibilitar la aprobación del artículo en su contexto en general.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: al margen de las diferentes posturas que pudieran tener los señores Senadores frente a la forma, está muy clara la intención que la letra expresa respecto a que los partidos políticos para volver a tener la fortaleza, desde lo doctrinario, desde lo ideológico, implica elementos y pautas mínimas necesarias para expresarle a la comunidad, digamos la claridad de conceptos necesarios, valga la redundancia, de la palabra, reducir la confusión del ciudadano que va a elegir. Si una persona ha participado en internas en un partido político, cuyos pensamientos, plataformas, ideas, doctrinas contienen ciertas características, cómo es que nosotros desde esa mínima claridad y ética pretendemos con todos estos instrumentos, surjan de leyes, decretos o normas de la característica que tuvieran, la contundencia necesaria para que el ciudadano sepa que ese candidato piensa como el Partido Obrero, que este otro candidato tiene sustentos básicos como la Unión Cívica Radical, que aquel otro candidato contiene las ideas y la doctrina del Partido Justicialista, que a su vez también conllevan los pensamientos, seguramente de algún proyecto nacional que se va a poner a consideración de los ciudadanos.

            Estamos queriendo que se unifiquen las elecciones a nivel nacional, volver a darle la claridad mínima necesaria para que el ciudadano vuelva a entender de qué se tratan los partidos políticos y cuáles son sus contenidos.

            También tenemos que asumir la parte de responsabilidad que nos ha tocado vivir en este tiempo histórico, en donde llegamos al sistema de Ley de Lemas, porque estábamos convencidos que la gente votaba candidatos y no votaba ideas. Las consecuencias están a la vista. Hemos sufrido procesos que lejos de analizar en profundidad las decisiones de los gobiernos nos hicieron ver hace muy poco tiempo atrás una conmoción en nuestro País y creo que fundamentalmente era por culpa de pensar solamente en la imagen y el marketing.

            Habíamos caído en la simpleza de que si aquel candidato tenía buena imagen, tenía que ser de nuestro partido. La Ley de Lemas lo permitía. Hemos tenido, los que tenemos responsabilidad institucional, el temor de la libanización de la Argentina. Creo que hay que ser claros y contundentes, más allá de la posible interpretación de la norma. Esta es una actitud contundente y clara frente a la ciudadanía de decir “este hombre, esta mujer, esta persona que es candidata lo hace desde un partido político, desde una idea, desde una posición frente a la comunidad y de sus circunstancias”.

            Este es un tema que necesitaba expresar y que no solamente tiene que ver con ese tipo de análisis legal, sino también con la intención de darle claridad y fortalecer a esos partidos políticos que son, de alguna manera, parte de las áreas del sistema democrático.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: considero que hay algo que es necesario expresar, me parece que es enriquecer este debate y las manifestaciones que se han vertido. Necesito señalar que en realidad cuando estamos discutiendo acá, si esta norma contribuye o no al fortalecimiento de los partidos, en todo caso tendríamos que invertir la discusión en el sentido de decir, hoy están los partidos políticos y de qué modo logramos esta contención o esta delimitación en el marco de evitar el trasvasamento u otra candidatura. Lo invertimos diciendo, pero cómo se conformaron los partidos políticos, cómo nacieron los partidos políticos.

Fíjese usted, señor Presidente, que a este tema lo analiza muy bien un tratadista francés, Duverger,en una obra que se llama “El Origen de los Partidos Políticos” y allí hace referencia casualmente a este tema y sostiene entre distintas hipótesis que la más aceptable es que fueron, primero la elección de los legisladores, puntualmente los lores y los comunes en Inglaterra y que en base a las coincidencia  que había primariamente a la división de esta Cámara de esta manera, en base a las coincidencias que había en los legisladores se formaron los partidos políticos, por ejemplo el Partido Laborista o el Partido Conservador, allí en Inglaterra.

            Entonces ¿qué quiero decir con esto?. Que no es el hecho imperativo de delimitar lo que va a fortalecer los partidos, sino la coincidencia en el marco de las ideas y hacia ello es que tenemos que volver.

Por esa razón esta cuestión de la limitación que se está poniendo, me parece que es inútil. Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. Cornejo Patrón.- Señor Presidente: creo que estamos coincidiendo en muchas cosas y vuelvo a coincidir con el Senador José Luis Valle. Es verdad, pero lamentablemente, a veces las leyes van surgiendo también por la problemática que vivimos en la vida política. A través de las leyes vamos corrigiendo algunas conductas que a veces por falta de participación en la vida política, por falta de principios, por falta de ética política y de una contención política de la vida misma de los partidos políticos, hace que esta ley de alguna manera tenga algún tipo de vigencia en este momento y necesidad. Quizás sea un llamado de atención y de mostrar primero la necesidad de un partido, pero también la necesidad de la gente de saber a quién y porqué está votando.

            Coincido plenamente con el principio de que si los partidos políticos fueran una unión de los hombres y de un pensamiento de los hombres que lo componen, estoy seguro que esta ley estaría sobrando. Lamentablemente hoy el contenido de la vida política, de los partidos políticos están dejando mucho que desear.

Esto es quizás una reflexión que tenemos que plantearnos, de ver en qué y en cuánto cada uno de nosotros podemos aportar para que también en base a nuestro ejemplo podemos ir cambiando un proyecto de vida dentro de los partidos políticos.

Vuelve a surgir lo que he planteado y obviamente que dentro del Bloque y dentro de la presentación de este proyecto mayoritario, para mí queda algo pendiente que es el tema de que cuando uno esté ejerciendo una función y quiere ser candidato y todavía le quedan dos años de ejercicio de esa función, si quiere ser candidato debería renunciar para presentarse a esa nueva candidatura. Lamentablemente en esta ley no está puesto, es algo que exalta esos valores éticos que nosotros, los que estamos trabajando y estamos viviendo en esta democracia, debemos empezar a dar muestra.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: quisiera agregar algo más que me quedó pendiente en este debate, ya que hablamos de incompatibilidad. Se habla mucho de la doble candidatura pero en la ley de esto no se puso nada. Comparto en que las dobles candidaturas tienen que ser limitadas, porque a veces se postulan en dobles candidaturas que no tienen relación una con la otra. Por eso decía que también era importante que en el artículo 4º “De las incompatibilidades” así como se prevé que un candidato no puede ser candidato en distintas listas en un mismo partido, también tendríamos que haber trabajado sobre la limitación de las dobles candidaturas porque desgraciadamente no tenemos buenas experiencias con esto. Hay varios casos en los distintos partidos, hubo alguna consecuencia relacionada con esta doble candidatura.

            Es un tema pendiente, que en el tiempo seguramente esta ley se irá corrigiendo, en las próximas elecciones vamos a inaugurar esta ley y de allí surgirá lo que haya que modificar, pero debemos tener en cuenta el delimitar las dobles candidaturas.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el artículo 4º de acuerdo al dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Votan por la negativa cuatro señores Senadores.

– Votan por la afirmativa diez señores Senadores.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

– Al enunciarse el artículo 5º:

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen Valle.- Señor Presidente: debo aclarar que no voy a hacer observaciones a todos los artículos, pero justo coincide.

Sr. Presidente (Porcelo).- Son varios artículos, señor Senador.

Sen. Valle.- Simplemente quería señalar, señor Presidente, que en este artículo tres incisos del mismo establecen facultades muy específicas, que eran de pertenencia de la junta electoral, entre ellos el inciso 2) que hace referencia a la confección y exhibición de los padrones.

            Si bien es cierto no podemos no considerar la realidad del padrón de independientes, pero acá también está incorporándose el padrón que se realiza por las fichas de afiliaciones de cada partido político y se traspasa al Tribunal Electoral. En el inciso 3) se hace referencia a las observaciones de Secretaría, que en realidad tendrían que ser formuladas ante la junta electoral. El inciso 5) delega en el Tribunal Electoral la designación de las autoridades de mesa y esto puesto en relación a lo que se dispone posteriormente cuando se habla de un solo miembro, un Presidente por mesa y un suplente, nosotros vemos que se le está confiriendo al Tribunal Electoral una amplia facultad en el ejercicio del control del acto eleccionario, que podría colisionar probablemente con estas cuestiones internas, que bien se manejan en los partidos políticos cuando tiene que ver con la designación de gente ajena a la participación de una o de otra lista.

            Sin duda esto es discutible, es opinable, simplemente nosotros evaluamos y observamos que es mucho más probable que las juntas electorales adviertan estas cuestiones al momento de la designación de autoridades.

            Por estos motivos, no estamos de acuerdo con el artículo, básicamente en el hecho concreto de la restricción de facultades a las juntas electorales y su traspaso al tribunal. Por estas razones adelantamos nuestro voto negativo. Gracias.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el artículo 5º. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 6º, 7º, 8º y 9º.

– Al enunciarse el artículo 10:

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: nuestra disidencia está vinculada a lo que habíamos manifestado con antelación sobre la confección por el Tribunal Electoral de los padrones de los partidos, por tal motivo manifestamos nuestra disidencia.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán

Sen. González.- Señor Presidente: a los efectos que quede registrado en la versión taquigráfica, la afiliación queda en firme cuando la justicia electoral resuelve sobre esa afiliación que es mandada por cada partido político. Entendiendo el planteo que hace el Senador por Güemes en este artículo, como lo ha hecho en el 5º, es el mismo fundamento por el cual en el proyecto se pone que la junta electoral elabora, confecciona el padrón, en este caso habla de la confección de los padrones, tanto para afiliados como para independientes. Es justamente la justicia electoral, en este caso la junta electoral, quien tiene esos elementos y de ahí también parte cuando se habla de la habilitación de los recursos para cada partido, justamente se tiene en cuenta eso.

Todo ese tipo de cosas se ha tomado como antecedentes para hacer este proyecto, que la justicia electoral es quien tiene el reconocimiento en definitiva de las personas que se afilian a uno u otro partido.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el artículo 10. Se va a votar.

– Votan por la negativa tres señores Senadores.

– Votan por la afirmativa once señores Senadores.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 11.

– Al enunciarse el artículo 12:

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: con los fundamentos dados precedentemente en relación a que este límite establecido para la conformación de los frentes electorales de ochenta días antes del acto electoral interno y lo expresado por el señor Senador por el departamento Orán en relación a la posibilidad de que se pudiera morigerar, achicar estos términos, realmente mientras así no acontezca no podemos votar favorablemente.

            Reitero lo que he manifestado y, a modo de síntesis, entiendo que esta disposición, tal como está plasmada, conspira contra la conformación de frentes electorales, que constituye lisa y llanamente la negación de los mismos y por tal motivo no podemos  aprobarla.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: creo que este tema lo podemos conversar brevemente  y posiblemente escuchando las razones de la reducción de estos días, y que nos podría explicar el Senador preopinante, solicito un cuarto intermedio breve para ver si es que podemos poner en consideración algún cambio en este sentido.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 23:02’.

– A la hora 23:08’.

Sr. Presidente (Porcelo).- Continúa la sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: agradecemos la amplitud de criterio de los señores Senadores de la mayoría al reconsiderar el plazo contenido en el artículo 12 y en este cuarto intermedio se ha acordado reducir a sesenta días el mismo.

            Razón por la cual, solicitaría se ponga a consideración el artículo con esa modificación.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: es exactamente eso lo que hemos acordado.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el artículo 12 con las modificaciones realizadas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado.

– Sin observación se aprueban los artículos 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27.

– Al enunciarse el artículo 28:

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: por los fundamentos anteriormente expuestos, y en este caso refiriéndose a la facultad del Tribunal Electoral de designar autoridades de mesa, que no compartimos, es que adelantamos nuestro voto negativo.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el artículo 28. Se va a votar.

-Votan por la negativa tres señores Senadores.

-Votan por la afirmativa doce señores Senadores

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado.

-Sin observación se aprueban los artículos 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40 y 41.

-El artículo 42 es de forma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: quería agregar fundamentos que creo son necesarios que acompañen el proyecto cuando se remita a la Cámara de Diputados. Los acerco para que por Secretaría se le dé lectura y que los señores Senadores tengan conocimiento. Si es posible agregar estos fundamentos sobre algunos aspectos que no hemos mencionado y que son importantes cuando el proyecto pase a la otra Cámara.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González- Señor Presidente: entendiendo que son fundamentos que se han expuesto acá, solicitaría que directamente se agregue, cuando se eleve a la Cámara de Diputados, los fundamentos que están en Secretaría.

Sr. Presidente (Porcelo).- Si no hay oposición, así se hará, señor Senador.

– Asentimiento.

13

CONCEDER APOYO A CLUBES DE FUTBOL DE LA PROVINCIA

Expte. Nº 90-16.047/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Turismo y Deportes, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Deportes, conceda el apoyo que los clubes de nuestra Provincia necesitan en relación a los distintos eventos que se organizan y particularmente en suspensión de las exigencias de pago del Consejo Federal de Fútbol Argentino; y por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Turismo y Deportes de la Nación, conceda el apoyo necesario a fin de que los clubes de nuestra Provincia, puedan participar de los distintos eventos que se organizan y, en particular, gestione ante el Consejo Federal del Fútbol Argentino, la suspensión del pago que dicha entidad exige a las distintas Ligas de Clubes.

Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2004.

Carlos Daniel Porcelo – Jesús Avila – Raúl García – María Teresita Díaz – Jorge Enrique Tacacho – Cosme Damián Sarapura

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: en primer lugar, quiero agradecer a los señores Senadores miembros de la Comisión de Turismo y Deportes que han emitido este dictamen en tan breve tiempo y ello porque se hacen eco de esta inquietud que acercáramos en relación a algunas ligas del interior que están viendo la existencia de un impedimento para participar en futuros campeonatos si no regularizan alguna obligación con el Consejo Federal de Fútbol Argentino.

Si nosotros tenemos presente que estos clubes están sostenidos por gente que con muy buena voluntad y sin fines de lucro contribuyen notablemente al desarrollo humano y deportivo, que hacen que muchísimos jóvenes se incorporen con la ilusión de obtener a lo mejor un premio o simplemente de participar, creo que mucho daño se haría en impedirle  la participación en estos campeonatos.

Nos hacemos eco de esa inquietud y pedimos entonces que a través de nuestro Senado nos expidamos para que a nivel nacional se reconsidere esta cuestión y se viabilice la posibilidad de que las ligas participen en estos campeonatos.

            Por tal motivo, solicitamos que se apruebe este dictamen de la Comisión de Turismo y Deportes. Considero que tanto la liga de General Güemes como la de Cerrillos y de algunos otros departamentos van a ser beneficiadas y va a ser en bien de los jóvenes que practican este deporte.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

14

DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS Y ANIVERSARIO DE LA DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

Expte. Nº 90-16.059/04

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las Jornadas de Conmemoración del “Día Internacional de los Derechos Humanos” y “Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, organizadas por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Salta, el día 10 de diciembre de 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Abdo Omar Esper – Jesús Avila – Mashur Lapad – María Teresita Díaz – Néstor Fidel Cardozo – Luis Guillermo López Mirau – Sergio Ramón Zenteno – Carlos Daniel Porcelo- Omar Gerardo Quipildor – Alfredo Jorge

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

15

JORNADAS “HACER JUSTICIA – UNA VISIÓN DE GÉNERO”

Expte. Nº 90-16.069/04

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las Jornadas “Hacer Justicia – una Visión de Género”, a realizarse en esta ciudad los días 12, 13 y 14 de mayo de 2005, en el Salón de Convenciones del Centro Cívico del Grand Bourg, organizadas por la Escuela de la Magistratura de la provincia de Salta y la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Luis Guillermo López Mirau- Carlos González

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

16
CONTROLES DE PREVENCIÓN DE DELITOS EN LAS SALIDAS DE BANCOS

Expte. Nº 90-16.071/04

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Secretaría de Seguridad, refuerce los controles de prevención de delitos en las salidas de Bancos en el período comprendido entre los días 2 de diciembre y 23 del mismo mes, oportunidad en que se abonan pensiones y jubilaciones con un importante reajuste.

José Luis Valle – Raúl García – Jorge Tacacho – Carlos González – Omar Gerardo Quipildor – Sergio Ramón Zenteno – María Teresita Díaz – Jorge Fernando Contino – Benigno Vargas – Pedro Liverato – Telmo Salva – Cosme Damián Sarapura – José Fernando Mattos – Jesús Ávila – Abdo Omar Esper

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

Corresponde considerar el asunto incluido en el Orden del Día Nº 27/04, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

            Por Secretaría se dará lectura.

17

MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 7.278

Expte. Nº 90-15.648/04

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley del Poder Ejecutivo, modificando la Ley Nº 7.278 (Renta Vitalicia Héroes de Malvinas); y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 11 de agosto de 2004.

Raúl García – Abdo Omar Esper – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau

Miembro Informante: Senador Abdo Omar Esper.

Sr. Presidente (Porcelo).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.-  Señor Presidente, señores senadores: recordarán que habíamos aprobado y convertido en ley en este tema, a los soldados conscriptos, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, retirados con anterioridad a diciembre de 1987. Fundamentalmente lo que hace este proyecto es ampliar esa fecha de retiro a diciembre de 1990, en razón de conversaciones que ha tenido, con la Asociación de Veteranos de Malvinas, el Poder Ejecutivo. De esta manera se amplía la inclusión de otros que tenían la misma condición, pero que se habían retirado con posterioridad a 1987, se lo hace hasta 1990.

También se ha modificado el inciso c) del artículo 3º, respecto a los requisitos para obtener este beneficio. Se agrega: “No percibir de ninguna otra jurisdicción, excepto del Estado Nacional, un beneficio similar al otorgado por la presente Ley”.

Hemos considerado aprobar este proyecto antes del inicio del Ejercicio del año que viene, por lo que solicitamos su aprobación.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.-  Señor Presidente: en su oportunidad había pedido que este proyecto vuelva a Comisión porque consideraba que el mismo resultaba ser discriminatorio para algunas franjas que no recibían los alcances de esa Ley, tan merecida para nuestros excombatientes.

            Se había encomendado al señor Secretario General de la Gobernación que evaluara y se determine la cantidad, ya que aún con la aprobación una franja pequeña de excombatientes quedó fuera del alcance de los beneficios de esta Ley.

            Próximo a terminar el año, la Provincia no puede quedar sin esa ley. Quiero expresar que es un compromiso de esta Cámara y seguramente la intención de nuestro Gobierno de hacer las correcciones en su momento, cuando se haya determinado definitivamente esas franjas de excombatientes salteños que quedan todavía fuera de los alcances de la ley. Muchas gracias.

Sr. Presidente (Porcelo).- Por Secretaría se dará lectura al proyecto.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Esper.- Señor Presidente: solicito que se obvie la lectura.

Sr. Presidente (Porcelo).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado. Se obviará la lectura.

            En consideración el proyecto de ley en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Porcelo).-  Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º y 2º.

– El artículo 3º es de forma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados para su revisión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: solicito, antes de que demos por cerrada la sesión, que el expediente Nº 90-16.050/04 – Ejercicio de la Profesión y Actividad Farmacéutica que la semana pasada pedía sea girado a la Comisión de Legislación General, hablando con algunos Senadores de la importancia que también tiene para la Comisión de Salud, pido concretamente que también sea girado a la misma.

Sr. Presidente (Porcelo).- Si no hay oposición, así se hará.

– Asentimiento.

Sr. Presidente (Porcelo).- Continúa en el uso de la palabra el Senador por Capital.

Sen. López Mirau.- Señor Presidente: solicito que se dé cumplimiento al artículo 25 del Reglamento, primera y segunda parte.

Sr. Presidente (Porcelo).- Así se hará, señor Senador.

19

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Porcelo).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Orán, don Carlos González, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Metán, don Raúl Bartolomé García, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Carlos González y Raúl Bartolomé García proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 23.23’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

 

19

A P É N D I C E

1

Modificación del inc b) art. 34 de la Ley 6.468

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícase el inciso b) del artículo 34 de la Ley 6.486 del Código del Notariado, quedando redactado de la siguiente forma:

“b) Los procesados con prisión preventiva y hasta tanto el proceso no concluya por sobreseimiento definitivo o sentencia absolutoria”.

            Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

2

Comodato a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo “Barrio Nuevo Limache”

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Autorízase al Instituto Provincial de Vivienda a otorgar en comodato por el término de veinticinco (25) años, a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 214/96, del Ministerio de Gobierno, una fracción del inmueble de su propiedad, ubicado en el Barrio Limache de esta ciudad de Salta, individualizado como Matrícula Nº 119.761 – Sección “Q”, Fracción 15, con destino a la construcción de su sede social e instalaciones de distintas actividades deportivas y recreativas.

            La fracción a otorgar en comodato, es la que posee una superficie total de 2 Has. 109,42 m2 y tiene por límites al Norte la calle Canción con Todos, al Este la calle Abraham Rallé, al Sur la calle paralela al canal del río Ancho y al Oeste con la calle Retamoso de Iñiguez.

            Art. 2º.- Fíjase el término de cinco (5) años a partir de la toma de posesión, para que la entidad beneficiaria cumpla con el cargo referido.

            Art. 3º.- El mencionado inmueble será destinado al uso de la comunidad y de la entidad beneficiaria y en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos, el usufructo quedará sin efecto.

            Art. 4º.- La formalización del comodato se efectuará a través de la Escribanía de Gobierno, y quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

3

Permuta del inmueble Mat. 3.338 Rural del Dpto. La Caldera

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a efectuar la permuta de una fracción de cinco (5) hectáreas del inmueble identificado con la Matrícula Nº 3.338, rural, del departamento La Caldera, por el inmueble identificado con la Matrícula Nº 100.872, Sección T, Fracción A-25a, del departamento Capital, de propiedad de la Asociación Guías Argentinas, Personería Jurídica Gremial Nº 18.318.

            La fracción a entregar, por parte de la Provincia, es la que tiene ubicación y forma detallada en croquis que forma parte de la presente como Anexo I.

            Art. 2º.- Fíjase el término de un (1) año a partir de la toma de posesión, para que la entidad beneficiaria inicie las construcciones necesarias para la promoción de actividades sociales, culturales y deportivas, y realizando a su cargo, las obras de saneamiento que resultaren necesarias, a fin de evitar la contaminación del espejo de agua, ajustándose a lo establecido en la Ley Nº 7.017 -Código de Aguas- y el cumplimiento de las previsiones de la Ley 7.070 – Medio Ambiente-.

            Art. 3º.- La formalización de la permuta se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, quedando exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 4º.- El inmueble transferido a la Asociación Guías Argentinas, será destinado al uso de la entidad beneficiaria y, en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos establecidos en la presente, volverá la propiedad del inmueble Matrícula Nº 3.338, rural, del departamento La Caldera, al dominio de la Provincia.

            Art. 5º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

4

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Mat. Nº 13.978

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta.

            Art. 2º.- El inmueble afectado por el artículo 1º será destinado a la construcción de un nuevo establecimiento escolar.

            Art. 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes al Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

5

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Mat. Nº 405

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula Nº 405 de la localidad de Guachipas, Departamento del mismo nombre, con destinado a la Planta Depuradora de Líquidos Cloacales.

            La fracción mencionada en el párrafo anterior posee dimensión, forma y ubicación indicada en el Plano Nº 193 de la Dirección General de Inmuebles y del departamento Guachipas.

            Art. 2.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar la mensura y desmembramiento de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1º, estableciendo las servidumbres de paso y acueducto necesarios e indicados en Planos Nos 191, 193, 194 y 195 de la Dirección General de Inmuebles, todos del departamento Guachipas, una vez efectivizada la expropiación.

            Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

6

Internas abiertas y simultáneas

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

LEY:

INTERNAS ABIERTAS Y SIMULTANEAS

TITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

            Artículo 1º.- Deber.

            Todos los partidos políticos y frentes electorales que postulen precandidatos para nominar a cargos electivos provinciales: Gobernador y Vicegobernador; Senadores y Diputados Provinciales; Intendentes y Concejales Municipales, deberán postularlos obligatoriamente a través del sistema de Internas Abiertas y Simultáneas que por esta Ley se instituye.

            Art. 2º.- Electores.

            Son electores todos los ciudadanos inscriptos en el Registro Cívico Electoral de cada fuerza política, incluidos en cada uno de los padrones todos los independientes.

            Art. 3º.- Sufragio.

            El sufragio será igual, secreto y no obligatorio. Cada elector podrá votar sólo por precandidatos de un mismo partido o frente electoral.

            La emisión del voto se registrará en el documento cívico, mediante la utilización de un sello uniforme cuyo modelo determinará el Tribunal Electoral.

            Art. 4º.- Incompatibilidad. Sanción. Inhibición.

            Es incompatible la precandidatura simultánea en dos o más listas de un mismo partido o frente electoral, salvo adhesión. Siempre resulta incompatible en listas de distintos partidos o frentes electorales.

            Advertida por la autoridad la violación a estas prohibiciones y no subsanada por el apoderado, será sancionado con la cancelación automática de la precandidatura en todas las listas en que figure.

            Quedan inhibidos de intervenir como candidatos en la elección general por otra fuerza política, quienes hayan participado en las elecciones internas o en lista única, de un partido o frente electoral.

            Art. 5º.- Tribunal Electoral.

            El Tribunal Electoral tendrá a su cargo la organización y funcionamiento de las Internas Abiertas y Simultáneas, y además las siguientes atribuciones:

            Art. 6º.- Juntas electorales partidarias.

            Las juntas electorales partidarias o el organismo competente, según las respectivas cartas orgánicas y reglamentación interna vigente, tendrán las siguientes atribuciones:

1) Reconocer a las listas intervinientes y a sus dos apoderados.

2) Oficializar las precandidaturas y adhesiones, previo a exhibir las listas y resolver las impugnaciones.

3) Comunicar todo ello al Tribunal Electoral, en la forma que este determine; momento en el cual cesa su actuación.

            Art. 7º.- Partidos políticos. Comunicación.

            Los partidos políticos con ámbito de actuación en la provincia, una vez vigente la presente Ley remitirán al Tribunal Electoral y al Poder Ejecutivo Provincial copia de su carta orgánica vigente y reglamentación interna aplicable, en particular del sistema electoral en vigor. De no ser así, las autoridades mencionadas lo solicitarán a la Justicia Federal con Competencia Electoral.

            En lo sucesivo tendrán obligación de comunicar toda modificación de los documentos mencionados.

            Art. 8º.- Lista única.

            Cuando un partido o frente electoral oficializare una sola lista para la elección de precandidaturas no será necesario el acto electoral, para la categoría de que se trate.

            No obstante, en caso de concurrencia de categorías en lista única con otras que participan en las internas, deberán figurar ambas en las boletas electorales.

            Toda cuestión vinculada a la conformación de lista única se resolverá de acuerdo a la carta orgánica del partido o en la forma prevista en la constitución del frente electoral.

            El Tribunal Electoral, luego de resolver las observaciones de Secretaría, procederá a su confirmación. Proclamará a la lista única el mismo día que a los candidatos de las internas.

TITULO II

CONVOCATORIA

            Art. 9º.- Uniformidad.

            La convocatoria a Internas Abiertas y Simultáneas la realizará el Poder Ejecutivo Provincial el mismo día de la convocatoria a elecciones generales, por instrumento separado, con una antelación no menor a siete meses a la conclusión del período gubernativo o del cese de los mandatos y deberá expresar:

1) Fecha de las elecciones.

2) Clase y número de cargos que pueden nominar precandidaturas.

3) Número de precandidatos, titulares y suplentes, por los que puede votar el elector.

4) Indicación de los sistemas electorales de cada partido.

            La fecha de la elección de las Internas Abiertas y Simultáneas se establecerá como máximo hasta setenta días antes del día fijado para la elección general.

            La convocatoria será publicada en el Boletín Oficial y se le dará adecuada publicidad.

TITULO III

PADRON ELECTORAL

            Art. 10.- Confecciones. Afiliados e independientes.

            Los padrones electorales definitivos serán confeccionados por el Tribunal Electoral, a cuyo fin podrá solicitar los registros de la última elección general y de los partidos políticos a la justicia federal con competencia electoral.

            Estarán compuestos con los registros de ciudadanos habilitados a sufragar, en la que se incluirá, para cada partido o frente electoral, a sus respectivos afiliados y a todos los ciudadanos que no tengan afiliación partidaria; distinguiendo a los afiliados con la sigla o abreviatura. Habrá tantas ediciones como fuerzas políticas intervinientes.

            Serán impresos y exhibidos sesenta días antes de la fecha de los comicios, con los lugares de votación y sus distintas mesas, aun mixtas, conforme a la cantidad de electores que determine el Tribunal Electoral.

            Las mesas receptoras se diferenciarán por partidos o frentes electorales intervinientes.

            Art. 11.- Provisorios. Correcciones.

            Los padrones provisorios no serán impresos y su publicidad se realizará a través de la entrega de copias en soporte magnético a las fuerzas políticas intervinientes, por el Tribunal Electoral ochenta días antes de los comicios, para tachas o enmiendas de parte con interés legítimo.

TITULO IV

FRENTES ELECTORALES

            Art. 12.- Facultad.

            Los partidos políticos podrán concertar alianzas o frentes electorales transitorios con motivo de la elección, siempre que sus respectivas cartas orgánicas lo autoricen.

            El reconocimiento deberá ser solicitado por los partidos que lo integren a través de sus apoderados comunes hasta sesenta días antes del acto electoral.

            Art. 13.- Forma y requisitos.

            El acta de constitución deberá contener:

1) Constancias de que la constitución del frente fue resuelta por los organismos partidarios competentes.

2) Nombre adoptado.

3) Plataforma electoral común.

4) Forma acordada para postular a los precandidatos y el facultado para ello.

5) Designación de dos apoderados y sus potestades especiales.

TITULO V

POSTULACIONES

            Art. 14.- Clases.

            Los precandidatos serán postulados por proclamación o por adhesión.

            Las listas deberán postular precandidatos en todas las categorías a elegir, sea que dicha postulación se produzca por proclamación o por adhesión.

            Las postulaciones por adhesión podrán exceder el ámbito de actuación de las listas.

            Art. 15.- Adhesión.

            Cuando en una lista de un partido o frente electoral no se postularen precandidatos en una o más categorías, podrán incorporarse, por vía de adhesión, a los precandidatos de otra lista del mismo partido. Deberá mediar una adhesión única por categoría, con la conformidad expresa de quienes reciban dicha adhesión.

            Art. 16.- Forma.

            Solicitada la adhesión por los autorizados por el partido o frente, o bien por el apoderado de la lista, requerirá para su formalización la aceptación del candidato adherido, y en su caso del suplente, en presentación conjunta con sus apoderados, con expresas facultades para ello; todo lo cual se acompañará al mismo tiempo y se hará constar en una sola acta.

            Art. 17.- Oportunidades.

            El acta de solicitud y aceptación de adhesión de precandidatos deberán presentarse conjuntamente con las oficializaciones ante el Tribunal Electoral.

TITULO VI

OFICIALIZACION

            Art. 18.- Competencia.

            La oficialización de las precandidaturas, incluidas las listas únicas, será efectuada por las diversas juntas electorales partidarias o el organismo que disponga la carta orgánica o el frente electoral en su constitución, previo a exhibir las listas y resolver las impugnaciones.

            La realizarán conforme a la normativa constitucional y legal aplicable, respetando las disposiciones de las cartas orgánicas respectivas y reglamentación interna vigente.

            Art. 19.- Comunicación.

            Las precandidaturas deberán comunicarse por escrito al Tribunal Electoral, con sus respectivas aceptaciones y también en soporte magnético en formato que éste determine, hasta cincuenta días antes del acto eleccionario.

            Art. 20.- Observaciones de Secretaría.

            Durante el plazo de cinco días de comunicadas las oficializaciones, la Secretaría del Tribunal Electoral observará el cumplimiento de los requisitos constitucionales y legales exigidos para la postulación, las que serán resueltas por el Tribunal Electoral dentro de los cinco días de evacuada la vista que, de las observaciones, se correrá por cuarenta y ocho horas al apoderado.

            Art. 21.- Reemplazos.

            Las listas de los partidos o frentes electorales reemplazarán a los precandidatos cuya observación ha sido resuelta contrariamente a sus pretensiones, en el plazo de veinticuatro horas de notificados.

            Si el reemplazante fuere rechazado no podrá procederse a un nuevo reemplazo e indefectiblemente se correrá la lista, teniendo presente las previsiones legales del cupo. Igual previsión corresponderá si no presentaren al reemplazante.

            Art. 22.- Confirmación. Recurso.

            Resueltas las observaciones o admitidos sus reemplazos, el Tribunal Electoral confirmará, por resolución, las oficializaciones de las precandidaturas y sus adhesiones.

            Contra dicha resolución no se admitirá recurso alguno, salvo reconsideración.

TITULO VII

BOLETAS ELECTORALES

            Art. 23.- Presentación.

            Hasta treinta días antes del acto eleccionario los apoderados de las listas intervinientes de los partidos políticos o frentes electorales presentarán al Tribunal un modelo exacto de boletas a utilizar en los comicios.

            Art. 24.- Requisitos. Imágenes.

            Las boletas deberán ser de idénticas dimensiones para todas las categorías y en papel de diario tipo común, con tipografía y tinta negra, separadas por una línea en cada categoría, debiendo reunir además los restantes requisitos y previsiones establecidos para su aprobación en el Código Nacional Electoral.

            Podrán incluir las imágenes de los precandidatos, lo cual también regirá para las elecciones generales.

            Art. 25.- Limitación.

            Los símbolos, emblemas, lemas y nombres partidarios reconocidos públicamente no podrán ser utilizados por otro, ni tampoco en forma exclusiva, por la lista del mismo partido al que pertenecen.

TITULO VIII

MESAS RECEPTORAS DE VOTOS

            Art. 26.- Habilitación.

            El Poder Ejecutivo Provincial determinará, con sesenta días de anticipación al comicio, los distintos lugares de votación.

            Art. 27.- Autoridades.

            Cada mesa electoral tendrá como única autoridad un afiliado que actuará con el título de presidente, también se designará un suplente que lo auxiliará y reemplazará.

            Sólo el presidente y su suplente, aún no estando empadronados, votarán en la mesa que tienen a su cargo, debiendo dejar constancia de la mesa a la que pertenecen según padrón.

            Art. 28.- Designación.

            El Tribunal Electoral con una antelación de veinte días del acto eleccionario nombrará las autoridades de mesas.

TITULO IX

ACTO ELECTORAL Y ESCRUTINIO DE MESA

            Art. 29.- Continuidad.

            Las mesas receptoras de votos funcionarán al mismo tiempo, en los mismos lugares separadas por cada fuerza política interviniente, ininterrumpidamente desde horas 08:00 hasta 18:00.

            Las listas intervinientes podrán designar fiscales de mesas y generales.

En lo demás, será de aplicación el Régimen Electoral Provincial, salvo las disposiciones de este título.

            Art. 30.- Voto nulo.

            Sin perjuicio de lo dispuesto en la norma supletoria, el Tribunal Electoral considerará igualmente voto nulo al que contenga boletas aprobadas de distintos partidos o frentes electorales cualquiera sea su categoría.

            Los presidentes y suplentes de mesa no se pronunciarán sobre la nulidad del voto, limitándose a incluirlo en la categoría de voto observado a resolución del Tribunal Electoral.

TITULO X

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

            Art. 31.- Orden Público.

            Esta Ley es de orden público y se aplicará a los partidos y frentes electorales que intervengan en la elección de autoridades provinciales.

            Art. 32.- Campaña electoral.

            Las campañas electorales no podrán iniciarse antes de los sesenta días previos al fijado para el acto comicial de las Internas Abiertas y Simultáneas.

            Art. 33.- Plazos.

            Todos los plazos se computarán en días corridos y son perentorios, produciéndose su vencimiento por el sólo transcurso de los mismos, sin necesidad de denuncia de parte o declaración expresa del Tribunal Electoral.

            Art. 34.- Concurrencia.

            Si el Poder Ejecutivo Provincial convocare a elecciones internas coincidentemente con las nacionales, el Tribunal Electoral tendrá competencia hasta la confirmación de las oficializaciones de precandidaturas, proclamará a los precandidatos electos y otorgará sus diplomas; en lo restante entenderá la Junta Electoral Nacional.

            Art. 35.- Normas supletorias.

            Constituyen normas de aplicación supletoria para todo caso no previsto y de acuerdo al siguiente orden: Régimen Electoral Provincial, Código Nacional Electoral, Leyes Orgánicas de los Partidos Políticos, Provincial y Nacional; inclusive sus modificatorias, complementarias y reglamentarias.

            Ante una cuestión interna del partido deberá estarse, en primer orden, a lo dispuesto en la carta orgánica correspondiente.

            Art. 36.- Normas prácticas. Formularios.

            El Tribunal Electoral dictará las normas prácticas imprescindibles para aplicar la presente Ley, previa audiencia con las fuerzas políticas intervinientes.

            A tales efectos podrá confeccionar formularios para las distintas y eventuales presentaciones de las fuerzas políticas ante el mismo.

            Art. 37.- Agrupaciones Municipales.

            La presente también regirá para las agrupaciones municipales.

            La afiliación a una agrupación municipal implica la renuncia automática a otra o a un partido político, siempre que fuere anterior.

            Art. 38.- Cupo.

            Antes de proclamar las listas de precandidatos a Diputados Provinciales y Concejales Municipales que resultaron electos en las Internas Abiertas y Simultáneas el Tribunal Electoral deberá observar las disposiciones electorales provinciales sobre el cupo.

            Si al aplicar el sistema electoral de cada partido o frente electoral en la asignación de cargos para una lista determinada, resultare la nominación de un precandidato cuyo sexo contraviniera el cupo, se procederá a asignar la candidatura en cuestión al precandidato siguiente de distinto sexo de la misma lista de la interna.

            El candidato omitido por tal motivo será considerado para la siguiente asignación de corresponderle a su lista, siempre que se cumpliera de esa manera con el cupo.

            Art. 39.- Vacancia.

            El reemplazo de los precandidatos electos o candidatos oficializados por renuncia o por cualquier otra causa sólo se hará por el que sigue en el orden de la lista de las internas, respetando las disposiciones electorales provinciales sobre el cupo.

            Si el cargo fuere unipersonal o se eligiere un solo candidato en la categoría la lista interviniente del partido o frente lo reemplazará por otro que hubiera participado de la elección interna sea de la misma lista o de otra del mismo partido o frente.

            Art. 40.- Derogación.

            Derógase toda norma que se oponga a la presente y en particular el art. 19 de la Ley Nº 6.042.

            Art. 41.- Gastos.

            Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar las transferencias de partidas presupuestarias necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente Ley.

            Art. 42.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

7

Conceder apoyo a clubes de fútbol de la Provincia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Turismo y Deportes de la Nación, conceda el apoyo necesario a fin de que los clubes de nuestra Provincia, puedan participar de los distintos eventos que se organizan y, en particular, gestione ante el Consejo Federal del Fútbol Argentino, la suspensión del pago que dicha entidad exige a las distintas Ligas de Clubes.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

8

Día Internacional de los Derechos Humanos y Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, las Jornadas de Conmemoración del “Día Internacional de los Derechos Humanos” y “Aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos”, organizadas por la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos de la provincia de Salta, el día 10 de diciembre de 2004.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

9

Jornadas “hacer Justicia – Una Visión de Género”

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara las Jornadas “Hacer Justicia – Una Visión de Género”, a realizarse en esta ciudad los días 12, 13 y 14 de mayo de 2005, en el Salón de Convenciones del Centro Cívico del Grand Bourg, organizadas por la Escuela de la Magistratura de la provincia de Salta y la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

10

Prevención de delitos en las salidas de bancos

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Secretaría de Seguridad, refuerce los controles de prevención de delitos en las salidas de Bancos en el período comprendido entre los días 2 de diciembre y 23 del mismo mes, oportunidad en que se abonan pensiones y jubilaciones con un importante reajuste.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

11

Modificación de la Ley Nº 7.278

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 7.278, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Créase el beneficio de una renta denominada “Renta Vitalicia Héroes de Malvinas”, con carácter de no contributiva, personal, mensual y vitalicia, que se otorgará a los soldados conscriptos, oficiales y suboficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad retirados hasta diciembre de 1990, y a civiles, que hayan participado activamente de las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio del año 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS).”

            Art. 2º.- Modifícase el inciso c) del artículo 3º de la Ley Nº 7.278, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“No percibir de ninguna otra jurisdicción, excepto del Estado Nacional, un beneficio similar al otorgado por la presente Ley.”

            Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil cuatro.

 

20

A N E X O

Detalle de los Asuntos Entrados cuya referencia se dio lectura

I

Comunicación del Presidencia

            En virtud de lo establecido en el artículo 27, inc. 10) del Reglamento de la Cámara, han sido girados a Comisiones los siguientes asuntos:

A Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto

            Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2.690/04, por el cual la provincia de Salta prorroga desde su vencimiento y por el término de un año la vigencia de la Ley Nº 7.125 y la Declaración de Emergencia Económica y Administrativa dispuesta por la Ley Nº 6.583, así como sus sucesivas prórrogas y los períodos acordados en dichas normas. (Expte. Nº 90-16.052/04)

A Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

            Proyecto de ley en revisión, autorizando al Instituto Provincial de Vivienda, a otorgar en comodato por el término de veinticinco (25) años, a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, una fracción del inmueble de su propiedad, ubicado en el Barrio Limache de esta  ciudad de Salta, Matrícula Nº 119.761, con destino a la construcción de su sede social e instalaciones de distintas actividades deportivas y recreativas. (Expte. Nº 91-13.884/04)

            Proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial, a efectuar la permuta de una fracción de cinco (5) hectáreas del inmueble Matrícula Nº 3.338, rural, del departamento La Caldera, por el inmueble Matrícula Nº 100.872, del departamento Capital, de propiedad de la Asociación Guías Argentinas. (Expte. Nº 91-14.471/04)

            Proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta, que será destinado a la construcción de un nuevo establecimiento escolar. (Expte. Nº 91-14.673/04)

            Proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 405 de la localidad de Guachipas, departamento del mismo nombre, con destino a la planta depuradora de líquidos cloacales. (Expte. Nº 91-14720./04)

II
Comunicación de la Cámara de Diputados

            El Presidente de la Cámara de Diputados, informa que en sesión del día 23 de noviembre del corriente año, se aprobó la Resolución Bicameral Nº 02/04, por la cual se prorrogan las Sesiones Ordinarias de ambas Cámaras Legislativas, hasta el tratamiento y aprobación del proyecto de Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005. (Expte. Nº 90-16.012/04)

– A sus antecedentes.

III
Comunicaciones Oficiales

            La Secretaría General de la Gobernación, remite copia del Decreto Nº 2.689/04, que promulga la Ley Nº 7.323, sobre regulación del funcionamiento de las Asociaciones Civiles.

– A sus antecedentes.

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del señor Presidente del Ente Regulador de los Servicios Públicos Dr. Daniel Nallar, en respuesta a la Resolución de Cámara Nº 130/04, referida a las medidas preventivas y acciones a ejecutar por parte de ASSA, en relación a la escasez del agua existente en todo el territorio de la provincia de Salta, a fin de garantizar la provisión normal a toda la población. (Cde. Expte. Nº 90-16.014/04)

-Habiéndose remitido copia a los autores del proyecto y a los Bloques Políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

IV

Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

            En el proyecto de ley de los señores Senadores Abdo Omar Esper, Luis Guillermo López Mirau y Carlos González, modificando el inc. b) del artículo 34 de la Ley Nº 6.486 – Código del Notariado. (Expte. Nº 90-16.048/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de ley en revisión, autorizando al Instituto Provincial de la Vivienda, a otorgar en comodato por el término de veinticinco años, a favor del Centro Vecinal Social, Cultural y Deportivo del Barrio Nuevo Limache, una fracción del inmueble de su propiedad, ubicado en el Barrio Limache de la ciudad de Salta, Matrícula Nº 119.761, con destino a la construcción de su sede social e instalaciones de distintas actividades deportivas y recreativas. (Expte. Nº 91-13.884/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a efectuar la permuta de una fracción de cinco hectáreas del inmueble Matrícula Nº 3.338 rural, del departamento La Caldera, por el inmueble Matrícula Nº 100.872 del departamento Capital, de propiedad de la Asociación Guías Argentinas. (Expte. Nº 91-14.471/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 13.978 del departamento Anta, que será destinado a la construcción de un nuevo establecimiento escolar. (Expte. Nº 91-14.673/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 405 de la localidad de Guachipas, Departamento del mismo nombre, con destino a la planta depuradora de líquidos cloacales. (Expte. Nº 91-14.720/04)

– Al Orden del Día.

De Obras Públicas e Industria:

            En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, ordene el estudio de factibilidad de construcción de un embalse sobre el río Saladillo en el límite de los departamentos General Güemes y La Caldera. (Expte. Nº 90-15.950/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora Sara Gabriela Guotas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incorpore en el Presupuesto General de la Provincia – Año 2005, los montos necesarios para la construcción de un puente carretero sobre el río Chuñapampa, en el municipio de Coronel José de Moldes, departamento La Viña. (Expte. Nº 90-15.969/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Tacacho, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, establezca prioridad en las obras de mantenimiento, enripiado y conservación del camino vecinal que une las localidades de Pampa Laguna y Rodeo Colorado en el municipio de Iruya, departamento Iruya. (Expte. Nº 90-16.000/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración de los señores Senadores Sara Gabriela Guotas y José Luis Valle y señor Diputado Esteban Amat, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, las partidas presupuestarias para la construcción de cincuenta soluciones habitacionales en las localidades de Coronel Moldes y La Viña, pertenecientes al departamento La Viña. (Expte. Nº 90-16.023/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración de los señores Legisladores Senadores Sara Gabriela Guotas y José Luis Valle y Diputado Esteban Amat, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través de los organismos específicos, incluya en el Plan de Obras Públicas, Ejercicio 2005, la extensión del gasoducto del Valle de Lerma que llega hasta Finca Las Moras, en los municipios de La Viña y Coronel José de Moldes, departamento La Viña. (Expte. Nº 90-16.025/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Abdo Omar Esper, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, arbitre las medidas necesarias para la creación en el paraje denominado Churqui, de un anexo de la Escuela Nº 4.746, de la localidad de Madrejones, municipio de General Enrique Mosconi y se incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2005, la construcción de dos aulas en dicho paraje. (Expte. Nº 90-16.030/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Benigno Vargas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, conjuntamente con el Ente Regulador de los Servicios Públicos y la Empresa EDESa, realicen el estudio, proyecto y posterior ejecución de la ampliación del tendido de la red de media tensión, desde el municipio de Santa Victoria hasta las localidades de Huerta y Rodeo Pampa, departamento Santa Victoria. (Expte. Nº 90-16.034/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Benigno Vargas, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, ejecute la obra de construcción de un salón comunitario, en la localidad de Huerta, departamento Santa Victoria. (Expte. Nº 90-16.035/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Mashur Lapad, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, instrumente los mecanismos necesarios para la construcción de un tanque elevado y la red de distribución de agua potable para la comunidad de San Felipe, municipio de Rivadavia Banda Sur, departamento Rivadavia. (Expte. Nº 90-16.036/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración de los señores Senadora Sara Gabriela Guotas y señor Diputado Esteban Amat, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ente Regulador de los Servicios Públicos, arbitre los mecanismos necesarios para que los medidores de agua provistos por la Empresa Aguas de Salta, sean reemplazados, debido a que se encuentran en mal estado, provocando una sobrefacturación en los servicios del usuario del municipio de Coronel Moldes, departamento La Viña. (Expte. Nº 90-16.037/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración de los señores Senadora Sara Gabriela Guotas y Diputado Esteban Amat, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, instrumente los mecanismos necesarios para que se proceda a la construcción de un puesto sanitario en la localidad de “El Saladillo”, departamento La Viña. (Expte. Nº 90-16.038/04)

– Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Jorge Enrique Tacacho, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, instrumente los mecanismos necesarios para que se continúe con la construcción de un puesto sanitario en la localidad de Matancilla del Valle Delgado, departamento Iruya. (Expte. Nº 90-16.039/04)

– Al Orden del Día.

V

Proyecto de Resolución

Expte. Nº 90-16.055/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, el espectáculo teatral navideño “La Anunciación II”, organizado por el Círculo Cultural Salta y el Club del Arte, que se llevará a cabo los días 25 y 26 de diciembre del corriente año en el Estadio Polideportivo Delmi de la ciudad de Salta.

            Art. 2º.- Invitar al personal de esta Cámara a asistir a la obra.

            Art. 3º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

José Fernando Mattos – María Teresita Díaz – Carlos Daniel Porcelo – Miguel Angel Vilaseca – Néstor Fidel Cardozo

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-16.053/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección General de Enseñanza Superior del Ministerio de Educación de la Provincia, instale la carrera de “Técnico Superior en Producción Agropecuaria”, con opción complementaria al “Profesorado de Ciencias Biológicas” para el Año Lectivo 2005 en el Instituto Superior “Amadeo Sirolli” de la ciudad de General Güemes, provincia de Salta.

José Luis Valle

2

Expte. 90-16.054/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés provincial el espectáculo teatral navideño “La Anunciación II”, organizado por el Círculo Cultural Salta y el Club del Arte, que se llevará a cabo los días 25 y 26 de diciembre del corriente año, en el Estadio Polideportivo “Delmi” de la ciudad de Salta.

Miguel Angel Vilaseca – María Teresita Díaz – Carlos Daniel Porcelo – José Fernando Mattos – Néstor Fidel Cardozo

3

Expte. Nº 90-16.056/04

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Legisladores Nacionales que representan a la provincia de Salta ante el Congreso de la Nación, procedan a gestionar ante los organismos que correspondan del Gobierno Nacional, la transferencia del inmueble Catastro Nº 375, ubicado en El Barrial del departamento San Carlos, de propiedad del Estado Nacional al patrimonio provincial, con afectación exclusiva y permanente al Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta, por encontrarse construido en el predio de mención, el edificio del centro de salud del paraje El Barrial, departamento San Carlos.

Néstor Fidel Cardozo

Fundamentos

Señor Presidente:

            De manera reciente el terreno donde se encuentra emplazado el edificio donde funciona el centro de salud de El Barrial en el departamento San Carlos ha sido objeto de actos turbatorios por parte de uno de sus colindantes, el cual procedió a alambrar el perímetro del centro de salud, causando la reacción de los vecinos de lugar por verse impedidos de obtener las prestaciones sanitarias que necesitaban, tardándose más de tres días en destrabar la situación con la intervención de autoridades del Hospital San Carlos y el personal policial de dicha localidad, lo cual ha establecido un permanente estado de inseguridad que no sólo amenaza repetirse, sino terminar con el cercenamiento de los espacios que corresponden a dicho centro, y consecuentemente causando perjuicios irreparables para la comunidad beneficiaria de sus servicios.

            Por ello, no sólo es necesario velar por las condiciones del edificio, por la mejora y regularidad de los servicios, sino también es preciso que el Poder Ejecutivo y nuestros Legisladores Nacionales realicen con toda premura las gestiones necesarias para obtener el traspaso de este inmueble al patrimonio de la provincia de Salta con afectación directa y exclusiva al Ministerio de Salud Pública para que, por siempre, funcione en el lugar la atención sanitaria de la comunidad del paraje El Barrial.

            No dudo un instante que esta Cámara con todo interés acogerá esta inquietud dando curso favorable al presente proyecto de declaración.

Néstor Fidel Cardozo


* Detalle de los Asuntos Entrados en Anexo