Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2003

23/10/2003

23 de octubre de 2003

19ª REUNIÓN – 18ª SESIÓN ORDINARIA

Presidencia de la Senadora AMALIA CORREGIDOR

Secretarios: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

                    Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS

 

 

SENADORES PRESENTES:

ÁVILA AMORES, Jesús

BARRERA, Guillermo Enrique

CORREGIDOR, Amalia

DE LA ZERDA, María Laura

DÍAZ, María Teresita

GONZÁLEZ, Carlos

LIVERATO, Pedro

LÓPEZ MIRAU, Luis Guillermo

PORCELO, Carlos Daniel

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SALVA, Telmo

SANDEZ, Pedro

SARAPURA, Cosme Damián

TOLOZA, Guillermo Emilio

VALLE, José Luis

VILASECA, Miguel Ángel

ZAMBRANO, Ricardo

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADOR A/C DEL PODER EJECUTIVO:

LAPAD, Mashur

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

CARDOZO, Néstor Fidel

CORNEJO PATRÓN, Teodoro Francisco

IBAÑEZ, Francisco

OSCARI, Miguel Ángel

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Consideración de Resoluciones de Presidencia………………………………………………………………………

4. Asuntos Entrados

I. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………

II. Comunicación Oficial……………………………………………………………………….

III. Comunicación de Municipio………………………………………………………………

IV. Comunicación  de Asociación…………………………………………………………..

V. Proyectos de Resolución:

1. Expte. Nº 90-15.440/03. Del señor Senador Pedro Liverato: pedido de informe al Ministro de Hacienda y Obras Públicas sobre el puente ubicado sobre el río Grande en proximidades de la toma de agua para riego de El Encón. Se aprueba….

VI. Proyectos de Declaración

1. Expte. Nº 90-15.438/03. Del señor Senador Pedro Liverato: viendo con agrado el ensanche y repavimentación de la ruta Nº 23, tramo Cerrillos-Rosario de Lerma……

2. Expte. Nº 90-15.439/03. Del señor Senador Pedro Liverato: viendo con agrado la remoción de líneas de alumbrado u otros obstáculos que afectan la seguridad en rutas y caminos provinciales………………………………………………………………………………

5. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

6. Asuntos entrados durante la sesión

V. Proyectos de Resolución

2. Expte. Nº 90-15.445/03. Del señor Senador José Luis Valle: pedido de informe al Poder Ejecutivo sobre las razones de la intervención del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta. Se aprueba…………………………………………………………………..

3. Expte. Nº 90-15.44603. Del señor Senador Francisco Cornejo Patrón: declarar de interés la Media Maratón Solidaria…………………………………………………………..

VI. Proyectos de Declaración

3. Expte. Nº 90-15.443/03. Del señor Senador Cosme Damián Sarapura: viendo con agrado la construcción de viviendas en el municipio de San Antonio de Los Cobres…………..

4. Expte. Nº 90-15.444/03. Del señor Senador Miguel Angel Vilaseca y otros señores senadores: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de interés y disponga la partida presupuestaria para la impresión de una cartilla-libro que plasme el Proyecto Raíces Caldereñas……………………………………………………………………..

VII. Dictámenes de Comisiones……………………………………………………………..

7. Expte. Nº 90-15.446/03. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Francisco Cornejo Patrón, declarando de interés de la Cámara la Media Maratón Solidaria. Se aprueba……………………………….

8. Expte. Nº 91-12.792/03. Consideración del dictamen de la Comisión Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley en revisión sobre la regularización de deudas con el Estado Provincial utilizando como medio de pago los Títulos de Consolidación emitidos por la Provincia. Se sanciona y pasa nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………………………..

9. Expte. Nº 91-12.793/03. Consideración del dictamen de la Comisión Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley en revisión incorporando el artículo 174 bis al Código Fiscal – Decreto Ley Nº 9/75 y sus modificaciones. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………….

10. Expte. Nº 90-15.430/03. Consideración del dictamen de la Comisión Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de resolución del señor Senador Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de la Cámara el XVIII Congreso Nacional de Contadurías Generales de Provincias. Se aprueba………………

11 Expte. Nº 90-15.300/03. Consideración del dictamen de la Comisión Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley del Poder Ejecutivo autorizando la enajenación en carácter de donación de la superficie de 6 Has. del inmueble Matrícula Nº 3.005 del departamento La Caldera a favor de “Proyecto I” S.A. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados…………………………………………………………..

12 Expte. Nº 91-12.547/03. Consideración del dictamen de la Comisión Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles Matrículas Nros. 42.674, Parcela 2; 42.707, Parcela 35 y 42.708, Parcela 36 del departamento Capital. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………………………

13 Expte. Nº 91-12.552/03. Consideración del dictamen de la Comisión Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión modificando la Ley Nº 6.835 – Creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos de jurisdicción provincial. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……….

14. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

15. Apéndice:

…..                  – Sanciones de la Cámara. ………………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres, siendo horas 19:35’.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Con la presencia de dieciséis señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sra. Presidenta (Corregidor).- Invito al señor Senador por el departamento Orán, don Carlos González, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Rosario de Lerma, don Pedro Liverato, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Carlos González y Pedro Liverato, proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día dieciséis de octubre del año dos mil tres. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día dieciséis de octubre del año dos mil tres.

3

CONSIDERACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Sra. Presidenta (Corregidor).- Por Secretaría se dará lectura a las Resoluciones de Presidencia.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 438 – Ejercicio 2003.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia de Personal, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 453 – Ejercicio 2003.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

Sra. Presidenta (Corregidor).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley nuevamente en revisión, referente a la regulación de las empresas de Seguridad Privada, que actúan dentro del ámbito territorial de la provincia de Salta. (Expte. Nº 90-14.153/99)

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            Proyecto de ley en revisión, creando el Museo Provincial del Folclore. (Expte. Nº 91-12.771/03)

-A la Comisión de Educación y Cultura.

            Proyecto de ley en revisión, sobre la promoción de la lactación materna. (Expte. Nº 91-12.778/03)

-A la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes.

            El Presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Provincia, remite para consulta el anteproyecto de Resolución Bicameral de creación de un organismo plural, destinado a la investigación de las graves violaciones de derechos humanos ocurridos en nuestra Provincia, con anterioridad y durante la vigencia del denominado Proceso de Reorganización Nacional.

– A la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas.

II

Comunicaciones Oficiales

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia del Decreto Nº 1.930/03, Ley Nº 7.250, facultando al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor del Arzobispado de Salta el inmueble cuyo dominio se encuentra registrado a nombre del Estado Provincial, identificado como Sección J. Manzana 75b, Parcela 1-a, Plano Nº 727, Matrícula Nº 8.838 del departamento General Güemes.

– A sus antecedentes.

III

Comunicación de Municipio

            El Presidente del Concejo Deliberante de la Municipalidad de El Tala, remite copia de la siguiente documentación:

            Ordenanza Nº 8/03 de fecha 14 de octubre del corriente año, mediante la cual se ordena la destitución del Intendente Municipal D. Fernando Solís.

            Resolución Nº 14/03 de fecha 16 de octubre de 2003, por la que se designa a cargo del Poder Ejecutivo Municipal al Presidente del Concejo Deliberante D. Raúl Miguel Flores.

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

IV

Comunicación de Asociación

            El Presidente del Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia de Salta, solicita se dé tratamiento preferencial a los siguientes temas:

  1. Se defina al Servicio de Justicia como parte de su política de Estado.
    1. Incremento presupuestario para el Poder Judicial y el Ministerio Público, de manera que permita la creación de nuevos juzgados y la designación de funcionarios en todo el ámbito de la Provincia.
      1. Las razones de haber procedido a la intervención del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta, mediante un Decreto del Poder Ejecutivo de la provincia de Salta, sin haber dado intervención a las Cámaras Legislativas Provinciales.
      2. Explique los fundamentos y razones de la mencionada intervención.
      3. Informe las razones de haberse designado Interventor del organismo al señor Oscar Valdivieso, quien resultara precisamente una de las personas obligadas a acatar la medida cautelar de no innovar dispuesta por el Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil y Comercial, 5ª Nominación de la provincia de Salta, Distrito Judicial del Centro.

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-15.440/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Solicitar al señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas, informe a esta Cámara de Senadores si el puente vehicular ubicado sobre el río Grande en las proximidades de la toma de agua para riego de El Encón, departamento Rosario de Lerma, ha sido ejecutado con autorización del ente responsable y si el mismo puede producir interferencias al normal escurrimiento de las aguas del citado cauce y/u originar problemas a las propiedades ribereñas.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Pedro Liverato

Sra. Presidenta (Corregidor).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señora Presidenta, señores senadores: en la prolongación del camino vecinal de acceso a la toma de agua para riego de El Encón, se ha construido un puente metálico sobre el río Grande para acceder a una propiedad privada.

Según se ha podido apreciar, la luz del citado puente sería insuficiente para permitir el normal pasaje de las aguas del citado cauce en épocas de inundaciones y en este caso podrían afectarse las obras de defensa que se han encarado para protección de la zona urbana de El Encón y San Luis, de los departamentos Rosario de Lerma y Capital, respectivamente.

Independientemente de lo anterior, junto al citado puente, aguas abajo del mismo, se ha construido un vado para el paso de vehículos pesados. Esta obra ha modificado las defensas antes mencionadas que se ejecutaron hace tres años.

            Teniendo en cuenta la importancia que las defensas y el encauzamiento del río Grande tienen para la población y para la protección de una amplia zona cercana a la Capital provincial, se solicita al Ministerio de Hacienda y Obras Públicas un informe detallado sobre este tema, requiriendo que, en caso de necesidad, se encaren las obras o acciones necesarias para evitar inundaciones.

Descarto la opinión favorable de mis pares en el tratamiento urgente y prioritario de este proyecto de resolución, ya que el beneficio esperado para toda la comunidad es razón más que justificable para su aprobación.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

VI

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-15.438/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, proceda a realizar los trabajos de ensanche y repavimentación de la Ruta Provincial Nº 23, en el tramo Cerrillos – Rosario de Lerma.

Pedro Liverato

Fundamentos

Señor Presidente:

            La Ruta Provincial Nº 23 constituye una de las vías de comunicación más importante para toda la región del Valle de Lerma.

            Por ella se desplaza la producción de un importante sector de intensa actividad agroindustrial, representada principalmente por el tabaco pre y post proceso, lechería, minería y áridos.

            Este tránsito es muy superior al de diseño de esa ruta, la cual por cantidad y peso de los vehículos que la utilizan, ha colapsado en toda su extensión.

            Independientemente de lo anterior, las lluvias normales que se producen en la época de mayor actividad, incorporan un factor de riesgo mayor, ya que los escurrimientos de agua originados en toda la cuenca encuentran un obstáculo en su desplazamiento y se producen frecuentes cortes.

            Es de destacar además que esa ruta es utilizada por los servicios públicos de pasajeros que transportan diariamente más de tres mil personas en ambas direcciones, no existiendo banquinas adecuadas en dimensiones y estabilizado, que permitan el descenso y ascenso de los usuarios y también el sobrepeso seguro de los ómnibus cuando se detienen.

            Lo expuesto en forma sintética, me exime de mayores comentarios, por lo cual descarto lo opinión favorable de mis pares en el tratamiento de esta Declaración.

Pedro Liverato

– A la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo.

2

Expte. Nº 90-15.439/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos específicos, proceda a ordenar la remoción de líneas de alumbrado, cableado y otros obstáculos artificiales que afectan la seguridad en rutas y caminos provinciales.

Pedro Liverato

Fundamentos

Señor Presidente:

La utilización de las rutas y caminos de la Provincia para el tendido de líneas de transmisión de energía, telefonía, televisión por cable, etc., origina en aquellos lugares donde el ancho de ocupación es mínimo, un verdadero obstáculo a la circulación de los automotores.

Esto es visible especialmente cuanto esas vías de comunicación, tanto de jurisdicción nacional como provincial, atraviesan áreas urbanas o rurales con un elevado tránsito, impidiendo en muchos casos el estacionamiento de los vehículos de transporte urbano para el ascenso y descenso de pasajeros, la detención en caso de emergencias y maniobras evasivas propias del tránsito.

A fin de evitar los riesgos que este tipo de obstáculos originan, se solicita al Poder Ejecutivo Provincial que a través de los organismos competentes, proceda a ordenar la remoción de esos obstáculos.

Teniendo en cuenta la magnitud de estos trabajos necesarios para asegurar el tránsito, se requiere que hasta tanto se realicen los mismos, se proceda a ordenar a las empresas prestadoras de servicios la identificación y señalización de todos los obstáculos ubicados en las rutas y caminos nacionales, provinciales o municipales, ya sea en la zona de circulación, sus banquinas y/o vías de escape.

Descarto la opinión favorable de mis pares en el tratamiento urgente y prioritario de esta Declaración, ya que el beneficio esperado para toda la comunidad es razón más que justificable para su aprobación.

Pedro Liverato

– A la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo.

5

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores Néstor Fidel Cardozo, Francisco Ibáñez y Miguel Ángel Oscari, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Si no se formulan objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

6

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sra. Presidenta (Corregidor).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de un dictamen de Comisión.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Sarapura.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de declaración.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de declaración.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: solicito autorización para el ingreso de dos dictámenes de Comisión, Expte. Nº 91-12.792/03 y Expte. Nº 91-12.793/03.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

            Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores Senadores solicitan su ingreso.

V

Proyectos de Resolución

2

Expte. Nº 90-15.445/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al Poder Ejecutivo Provincial informe a esta Cámara en forma detallada, en el plazo de setenta y dos (72) horas, lo siguiente:

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

José Luis Valle

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            Corresponde el tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: en primer lugar, es preciso hacer una corrección al proyecto en el artículo 1º, cuando dice: “Solicitar al Poder Ejecutivo Provincial”, solicitaría se agregue “…al Ministerio de Gobierno…”

Sra. Presidenta (Corregidor).- Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (Catalano).- “Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Gobierno y Justicia, informe a esta Cámara en forma detallada, en el plazo de 72 horas, lo siguiente:…”

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: el presente proyecto de resolución se origina, como bien lo señala, en virtud de un decreto que ha dispuesto la intervención del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta, llamado I.P.P.I.S. Dicho organismo es autárquico y descentralizado, conforme el artículo 2º de la Ley 7.121, resulta ser que el mismo es una proyección de lo establecido en el artículo 75 de la Constitución Provincial y el artículo 17 de los Derechos y Garantías reconocidos por el artículo 15, también de la misma norma, lo resume el artículo 1º de la Ley 7.121, la creación del I.P.P.I.S. ha sido la materialización de una obligación constitucional por parte de las Cámaras Legislativas, quienes trataron este tema en su oportunidad.

            Si nosotros tenemos presente las consideraciones anteriores y cuando hacemos referencia a que se trata de un organismo autárquico y descentralizado, habiendo sido el Instituto de Pueblos Indígenas de la provincia de Salta creado por ley en cumplimiento de normas y pautas constitucionales, debiera haber sido esta Legislatura la que avanzara o modificara ese ordenamiento legal vigente y quien determine en todo caso, por eso es que señalábamos precedentemente la necesidad o no de la intervención del organismo del modo que ha sido verdaderamente analizado y considerado por tratadistas en materia de Derecho Administrativo. El artículo 20, incluso, de la Ley de Procedimientos Administrativos señala que los entes descentralizados de la Provincia, pero no todos los entes, resultan ser autárquicos.

            Según se advierte en el articulado del decreto de mención se avanza en las facultades que se le confiere a la intervención en aspectos específicamente contemplados por la Ley 7.121, lo que provoca una suerte de modificación tácita de la misma, es decir el decreto está modificando la Ley 7.121. No se ha cumplido tampoco con el artículo 21 de la Ley de Procedimientos Administrativos, toda vez que nunca fue remitido hasta la fecha el decreto señalado.

            Según expresiones de público y notorio conocimiento expuestas en diversos medios de comunicación, habría existido al tiempo de la intervención una disposición judicial, mediante medida cautelar de no innovar, un trámite de apelación, por parte de la Provincia, ante la Corte de Justicia de Salta. Ello habría reforzado los motivos para haber dado intervención a las Cámaras Legislativas, la iniciativa de intervenir el organismo.

            Según surge de las motivaciones de la intervención, la misma habríase provocado por graves irregularidades -dice así el decreto de intervención- detectadas por Auditoría de la Provincia, no advirtiéndose entidad suficiente, las que fueran expuestas en el decreto. Tampoco se ha hecho mención o referencia a denuncias penales que se hubieran efectuado en forma simultánea e inmediata al conocimiento de los resultados de las cuestiones apuntadas, lo que habría sido obligación de los autores del decreto incorporar en el mismo o por lo menos los fundamentos del mismo.

Si los hechos realmente tuvieran gravedad, más bien las denuncias habríanse efectuado con posterioridad a la intervención, lo que aparentaría ser más bien sustento de la decisión de intervenir que una sincera consecuencia de tales supuestas irregularidades.

Es por esta razón que vemos que el decreto ha avanzado sobre una ley provincial, sobre el cual están ajenas estas Cámaras Legislativas, y advirtiendo también que existe un conflicto de poderes, toda vez que el Poder Judicial de la Provincia ha dictado una medida de no innovar y que igualmente se ha llevado adelante esta misión de que el supuesto interventor esté a cargo del Instituto, desplazándose a su actual Presidente, es que resulta necesario interiorizarnos del tema, conocer las razones por las cuales se ha dictado tal decreto y se ha llevado adelante lo ordenado en el mismo. En virtud de tales razones, es que solicito se requieran estos informes al Ministerio de Gobierno y que lo sea a la brevedad, toda vez que más allá de lo que señalábamos, de las consecuencias que de modo inmediato tuviera negativamente tal decisión, nos encontramos con que hay reiteradas peticiones de las distintas comunidades, de los distintos pueblos indígenas que están reclamando una respuesta a esta situación, sin haber encontrado la misma.

            Por tal motivo y en el entendimiento de que con los elementos que están faltando y que desconocemos y que con el pedido de informe podremos aclarar esta situación, es que solicito a los señores Senadores se apruebe el presente proyecto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: tomando conocimiento de lo que se está planteando y escuchando los fundamentos por los cuales se solicita, a mi entender todo lo que se está solicitando figura en el Boletín, por lo tanto creo que mocionaría directamente que este proyecto de resolución pase a Comisión para que pueda tomar conocimiento el interesado, con respecto a todo lo que se plantea, a través del informe del Boletín.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Señor Senador: ¿se refiere al Boletín Oficial?

Sen. Porcelo.- Sí, señora Presidenta.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: a lo que hace referencia el Senador por Rosario de la Frontera son justamente las generalidades que contiene el decreto y los fundamentos del mismo, pero no hay precisiones que justifiquen o que permitan tener certeza sobre su procedencia. Justamente por la duda que nace en función de esas generalidades, es que estoy solicitando este pedido de informe, porque de modo contrario, sin esa información que estamos reclamando, existe en la calle una interpretación de que tal decreto sería absolutamente injustificado, que es absolutamente improcedente y a fin de evitar volcar juicios de valor que pudieran a posteriori ser tomados como verdades absolutas, estoy solicitando justamente mayor información. Una vez que tengamos esa información, entiendo que vamos a poder tener un grado de certeza de este tema, y en función de ello decidir los pasos a seguir.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: entiendo la preocupación del Senador, pero para mí está aclarado, tranquilamente creo que en la Comisión se lo puede analizar en base a la información que está en el Boletín Oficial, nos saquemos las dudas y si a partir de allí quedan algunas, se pueden hacer las averiguaciones correspondientes.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señora Presidenta: se tendría que haber contemplado las dos mociones.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señora Presidenta, señores senadores: acá hay un proyecto presentado por el Senador por General Güemes y hay una moción del Senador por Rosario de la Frontera, luego el Senador por General Güemes fundamenta porqué está pidiendo este informe, pero hay una sola moción, que es la del Senador por Rosario de la Frontera y hay un proyecto, que por ser un pedido de informe se trata en forma inmediata; y si hubieran dos mociones, la primera moción es la del Senador por Rosario de la Frontera, por lo tanto corresponde que se vote la primera moción.

            La moción del Senador por Rosario de Frontera es que vaya a Comisión. Ahora, lo que no sabemos o por lo menos queda flotando la duda es qué es lo que se ha decidido en base a lo que usted menciona luego de la votación.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta, señores senadores: hay un pequeño error de interpretación. En realidad hay un proyecto de resolución que fue puesto en consideración y el Senador por Rosario de la Frontera formuló algunas consideraciones sobre tal proyecto, pero no hizo una moción expresa de que volviera a Comisión. De modo tal que lo único que se ha tratado y lo único que se ha sometido a votación ha sido el proyecto de resolución, no hubo ningún planteo en contrario del proyecto, se señaló alguna diferencia de criterio, pero no hubo moción concreta. Por lo tanto va de suyo que ya ha sido aprobado el proyecto de resolución y como tal solicito que se pase el mismo al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: solicité que este proyecto y di los motivos de porqué vuelva a Comisión. Creo que queda como una moción firme. Aparte, me acaban de informar que en la Comisión de Derechos Humanos ha ingresado un expediente con toda la información al respecto, con más razón, al estar ya la información en dicha Comisión, fundamenta la moción.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: hago moción concreta de un cuarto intermedio en el recinto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 20.11′.

-A la hora 20.21’:

Sra. Presidenta (Corregidor).- Se reinicia la sesión.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señora Presidenta, señores senadores: quiero que quede constancia en la versión taquigráfica de lo que hemos aprobado. Hemos aprobado un pedido de informe al Ministro de Gobierno para que dé las razones por las cuales ha sido intervenido el I.P.P.I.S. En lo que voy a discrepar con el Senador por General Güemes es si se han hecho bien las cosas técnicamente o no. Después que tengamos el informe del Ministro de Gobierno, vamos a dar la discusión, si es necesario, sobre el tema, pero ahora lo que hemos aprobado en general es el pedido de informe.

3

Expte. Nº 90-15.446/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés del Cuerpo la “Media Maratón Solidaria” que se llevará a cabo en el Monumento al General Martín Miguel de Güemes en nuestra ciudad, el domingo 9 de noviembre del corriente año, organizada por la Empresa Standard Tobacco Argentina S.A., a través de su programa de responsabilidad social “Brazos Abiertos para el Futuro”, cuya recaudación será a beneficio de las Escuelas Nº 4.072, Dr. M. Fernández – Finca Calvimonte, Nº 4.408 de M. Lainez – Las Moras y Núcleo Nº 31 El Mollar del departamento Chicoana, provincia de Salta.

            Art. 2º.- De forma.

Francisco Cornejo Patrón

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

            Los objetivos perseguidos con dicho evento son los siguientes:

          Recabar fondos para la ayuda solidaria.

          Insertar a Salta como referente dentro de las distintas opciones existentes de carreras de larga distancia populares en el País.

          Presentar una alternativa más para promocionar a la Provincia a través de la asistencia de atletas de otras provincias y del extranjero.

          Contribuir con la cultura del deporte en la ciudad de Salta.

          Brindar una opción a nuestra juventud para que con entrenamiento y participación permanezca alejada de los flagelos de las adicciones al alcohol y las drogas.

Teniendo en cuenta la importancia del tema propuesto, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.

Francisco Cornejo Patrón

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

VI

Proyectos de Declaración

3

Expte. Nº 90-15.443/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2004, la construcción de veinte (20) viviendas en el municipio de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes.

Cosme Damián Sarapura

Fundamentos

Señor Presidente, señores Senadores:

            El municipio de San Antonio de los Cobres ha sufrido un incremento poblacional en las últimas décadas, ello trajo como consecuencia un déficit en las viviendas, más tratándose de una localidad pobre, es que el Gobierno de la Provincia tiene la obligación de ayudar a los pobladores y tratar de evitar la emigración a centros más poblados.

            En mi carácter de Senador por el departamento Los Andes, pido el apoyo a mis pares para que se que apruebe la presente declaración que trata de paliar, en parte, la situación que viven los pobladores de la Puna Salteña.

Cosme Damián Sarapura

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

4

Expte. Nº 90-15.444/03

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de interés y se disponga la partida presupuestaria necesaria para la impresión de una cartilla-libro que plasme el Proyecto “Raíces Caldereñas”, que surge de una investigación previa y responsable de los alumnos del sexto año de la Sección B de la Escuela Nº 4.077 “Juana Moro de López” de la localidad de La Caldera, departamento del mismo nombre, y que fuera expuesto en la Feria de las Ciencias y Tecnología a nivel nacional, realizada en la ciudad de Posadas (Misiones), donde obtuvo el Primer Premio en su categoría (Ciencias Sociales) y el noveno puesto en el orden general.

Miguel Angel Vilaseca – Pedro Liverato – Omar Gerardo Quipildor – Sergio Ramón Zenteno – Guillermo Emilio Toloza – Carlos Daniel Porcelo – Cosme Damián Sarapura – José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau – María Teresita Díaz – Carlos González – Ricardo Zambrano – Amalia Corregidor – Jesús Ávila Amores- Guillermo Enrique Barrera – Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto tiene por finalidad declarar de interés provincial el Proyecto “Raíces Caldereñas” e impulsar la impresión de una cartilla-libro que muestra parte de la historia de La Caldera, su población, costumbres, la evolución de las diferentes instituciones del medio, su geografía y proyección turística.

            Asimismo, reconocer el trabajo de investigación realizado por los diecinueve alumnos y su docente, Srta. Marta Alicia Leal, sobre la historia local, que genera sentido de pertenencia e identidad cultural, por lo que premiar el proyecto y el desempeño de los alumnos Gabriela Cruz y Franco Soldevilla en defensa del trabajo en las diferentes instancias de la Feria Nacional de Ciencias y Tecnología, es una forma de incentivar el espíritu de indagación y exploración de los alumnos que conducen un verdadero conocimiento de la realidad.

            Volver a las raíces de la población, a las tradiciones y sobre todo buscar la identidad de un pueblo, logra que los niños y adolescentes amen su terruño.

            La impresión de la cartilla-libro servirá, desde luego, como consulta y estudio en las diversas escuelas del Departamento y en las Bibliotecas Populares de la Provincia.

            Por lo expuesto, es que solicito a mis pares me acompañen con la aprobación del presente proyecto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: solicito tratamiento sobre tablas para el Expte. Nº 91-12.793/03 y Expte. Nº 91-12.792/03. También solicito el ingreso del dictamen de Comisión, Expte. Nº 90-15.430/03 y su tratamiento sobre tablas, en razón de la proximidad de un congreso a realizarse en la ciudad de Salta.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Está autorizado, señor Senador.

VII

Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

            En el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo y los Legisladores Nacionales gestionen ante Vialidad de la Nación a fin de celebrar convenio con la Policía de la Provincia tendiente a realizar tarea de prevención y vigilancia para evitar el estacionamiento de vehículos en la Ruta Nacional Nº 34 en el trayecto de Avenidas Mitre y Tucumán de la ciudad de Metán. (Expte. 90-15.386/03)

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Pasa al Orden del Día.

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

            En el proyecto de ley en revisión, mediante el cual los contribuyentes y responsables jurisdiccionales que al 31 de diciembre de 2001 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de tributos y/o sus accesorios cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas y los contribuyentes y responsables jurisdiccionales que al 31 de diciembre de 2002 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural, Canon de Riego, podrán regularizar su situación utilizando como medio de pago parcial o total los Títulos de Consolidación emitidos por la provincia de Salta, en virtud de las Leyes Nº 6.669 y 6.905 y/o cheques diferidos. (Expte. Nº 91-12.792/03)

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

De Economía, Finanzas Públicas y Hacienda y Presupuesto:

            En el proyecto de ley en revisión, por el cual se incorpora el artículo 174 bis al Código Fiscal – Decreto Nº 975 y sus modificaciones. (Expte. Nº 91-12.793/03)

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

            En el proyecto de resolución del señor Senador Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de esta Cámara el XVIII Congreso Nacional de Contadurías Generales de Provincias. (Expte. Nº 90-15.430/03)

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: solicito tratamiento sobre tablas.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

            Por Secretaría se dará lectura a los mismos.

7

DECLARAR DE INTERES LA MEDIA MARATÓN SOLIDARIA

Expte. Nº 90-15.446/03

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la Provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de este Cuerpo la Media Maratón Solidaria que se llevará a cabo en el Monumento al General Martín Miguel de Güemes de nuestra ciudad el domingo 9 de noviembre del corriente año, organizada por la Empresa Standard Tobacco Argentina S.A. a través de su programa de responsabilidad social “Brazos Abiertos para el Futuro”, cuya recaudación será a beneficio de las escuelas Nº 4.072 Dr. M. Fernández – Finca Calvimonte, Nº 4.408 M. Lainez – Las Moras y Núcleo Nº 31 El Mollar del departamento Chicoana, provincia de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Francisco Cornejo Patrón

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

8

REGULARIZAR DEUDAS CON TÍTULOS DE CONSOLIDACIÓN

Expte. Nº 91-12.792/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de ley venido en revisión, mediante el cual los contribuyentes y responsables jurisdiccionales que al 31 de diciembre de 2001 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de tributos y/o sus accesorios cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas y los contribuyentes y responsables jurisdiccionales que al 31 de diciembre de 2002 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural, Canon de Riego, podrán regularizar su situación utilizando como medio de pago parcial o total los Títulos de Consolidación emitidos por la provincia de Salta en virtud de las Leyes Nros. 6.669 y 6.905, y/o cheques diferidos; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja la aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Los contribuyentes y responsables que al día 31 de diciembre de 2001 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de Tributos y/o sus accesorios, cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia y los contribuyentes y responsables que al 31 de diciembre de 2002, registren deudas con el Estado Provincial, en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural y Canon de Riego, podrán regularizar su situación utilizando como medio de pago…

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: es para solicitar que se obvie la lectura del dictamen habida cuenta que al momento del ingreso ya se ha dado lectura.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada.

            Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: este proyecto que hemos solicitado se diera tratamiento sobre tablas tiene como objetivo facultar al Estado Provincial a percibir el pago de algunas deudas de tributos, por parte de los contribuyentes, con títulos del Estado o con cheques emitidos por el mismo.

            Oportunamente este Cuerpo ya había aprobado un proyecto similar, donde se facultaba a cancelar deudas en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural y por Canon de Riego, pero la variante que tiene este proyecto, a más de ponerlo en vigencia por un nuevo plazo, es que se incorporan deudas que todavía existen pendientes por parte de numerosos contribuyentes, en lo que respecta a deudas contraídas oportunamente con el ex Banco Provincial de Salta y con el Banco de Préstamos y Asistencia Social.

            Se prevé con este proyecto que ingresen dentro de estas posibilidades todas aquellas deudas hasta el mes de diciembre del año 2002, con una variante, en cuanto al concepto o en cuanto al importe a percibir en relación a los títulos que se presenten para su cancelación.

            El artículo 5º nos indica que se va a tomar, para cancelar las deudas, el valor técnico de los títulos de consolidación emitidos por las Leyes Nros 6.669 y 6.905, incrementando el mismo, a los efectos de la presente, en un cincuenta por ciento. ¿Qué significa esto? Que se está intentando mantener un beneficio, pero no un beneficio que no haya sido plenamente considerado, sino que sea realmente interesante para quienes vayan a hacer un pago cancelatorio total de la deuda que mantengan hasta diciembre del año 2002, con este tipo de títulos, considerando que efectivamente se les está permitiendo una facilidad.

            Hoy por hoy, los títulos tienen ya una amortización, es decir que prácticamente, si no se incluyera esta cláusula, se estaría dando la posibilidad, a quienes vayan a cancelar las deudas, de una reducción muy pequeña de su deuda. De esta manera se les está dando una facilidad más importante, sobre todo, insistimos, teniendo en cuenta que estamos saliendo de una crisis que afecta a nuestro País en los últimos años, es un instrumento más para que aquéllos que en su momento no pudieron regularizar su situación de deuda en estos impuestos, Inmobiliario Rural y Canon de Riego principalmente, puedan hoy ponerse al día con el Estado Provincial.

            Por estas razones, y en el entendimiento que éste va a ser un instrumento de beneficio realmente para los productores, para aquéllos -reitero- que quieren cumplir, pero por alguna cuestión de haber tenido que soportar situaciones económicas adversas no lo pudieron hacer hasta el presente.

La única modificación que se introduce en la Comisión de Hacienda, cuando se considera este proyecto, en relación al proyecto que viene de la Cámara de Diputados, es que se eliminaría la palabra “jurisdiccionales” que está contenida en el artículo 1º del proyecto. ¿Por qué? Porque al hablar de los contribuyentes y responsables jurisdiccionales estaríamos limitando estas facilidades solamente a quienes son responsables por tener su ámbito de actuación o su ámbito domiciliario o su domicilio fiscal en la provincia de Salta, cuando en realidad lo que pretendemos es darle un beneficio a todos aquéllos que tienen que hacer una contribución, aún cuando sean empresas que vengan de otras provincias. Hemos estimado correcto que quede directamente redactado “Los contribuyentes y responsables que al día 31 de diciembre del año 2001 registren deudas en concepto de tributos… y los contribuyentes y responsables que al día 31 de diciembre de 2002 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural y Canon de Riego”.

A tales efectos, voy a solicitar que con las modificaciones propuestas se dé la aprobación al presente proyecto.

Sra. Presidenta.- En consideración el dictamen y el proyecto de ley en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º.

-El artículo 10 es de forma.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados nuevamente en revisión.

9

INCORPORAR EL ARTÍCULO 174 BIS AL CÓDIGO FISCAL

Expte. Nº 91-12.793/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de ley venido en revisión, por el cual se incorpora el artículo 174 bis al Código Fiscal – Decreto Ley Nº 9/75 y sus modificaciones: y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 22 de octubre de 2003

José Luis Valle – Luis Guillermo López Mirau – Carlos González – Carlos Daniel Porcelo

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta, señores senadores: este proyecto que viene en revisión de la Cámara de Diputados tiene por finalidad establecer algunos requisitos en relación a las exenciones que fija el Código Fiscal en su artículo 174 y que corresponde al Impuesto a las Actividades Económicas a partir del artículo 159 Título II, que habla de las Actividades Económicas y que establece el alcance de este tipo de hecho imponible. Hay una serie de situaciones y de contribuyentes que se encuentran por Ley y por el Código exentos de su cumplimiento, pero esta modificación que se pretende introducir como 174 bis, lo que está fijando a partir del momento que quedara aprobado, en caso de resultar así, es que aquéllos que se han visto beneficiado por la norma, que ya el artículo 174 los incluye dentro de las exenciones, se vean también obligados a cumplir algunos requisitos. Cuáles son estos requisitos. Son aquéllos necesarios para poder demostrar que en forma previa a que el Estado les otorgue la exención que ya fija la Ley, el contribuyente reúna una condición indispensable, que es la de no ser deudor del Estado Provincial, por lo tanto se le requerirá no sólo el pago del resto de los tributos a los que está obligado, en caso de tener deudas, sino también demostrar o acreditar que no tiene deuda alguna. Ello, a los efectos no sólo de la certificación de la exención sino también que quedan comprendidos aquellos sujetos que deben dar cumplimiento a la presentación de las respectivas declaraciones juradas, por lo que tanto las constancias de la Dirección General de Rentas, que a partir de ese momento tendrán una duración determinada, que es de cinco años, deberán haberse hecho una vez cumplido este requisito. Así, cada cinco años los contribuyentes podrán ir actualizando su situación de exento, pero también cada cinco años van a ir demostrando que han cumplido con la Provincia, que han cumplido con el Estado en el resto de las obligaciones que se encuentran a su cargo.

            Por estas razones, señora Presidenta, vamos a solicitar la aprobación del presente proyecto como vino de la Cámara de Diputados.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º y 2º.

– El artículo 3º es de forma.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

10

XVIII CONGRESO NACIONAL DE CONTADURÍAS GENERALES DE PROVINCIAS

Expte. Nº 90-15.430/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de resolución del señor Senador Luis Guillermo López Mirau, declarando de interés de esta Cámara el “XVIII Congreso Nacional de Contadurías Generales de Provincias”, a llevarse a cabo en la provincia de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 22 de octubre de 2003.

Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle – Carlos González – Carlos Daniel Porcelo

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta, señores senadores: el presente proyecto que se pone a consideración del Cuerpo, tiene por objeto declarar de interés de esta Cámara la realización de un nuevo Congreso Nacional de Contadurías Generales, concretamente el XVIII Congreso, que se realizará durante los primeros días del mes próximo, en la ciudad de Salta.

            El objetivo principal de este Congreso es lograr a través del intercambio de experiencias, de conocimientos de las distintas jurisdicciones, la capacitación de funcionarios provinciales de la Administración Pública, vinculados precisamente a las tareas administrativas contables, tendientes siempre a optimizar con ello el control y evaluación de la gestión administrativa.

            La trascendencia en el tiempo es prueba concluyente de la eficiencia y logros que se fue consiguiendo en los sucesivos congresos que se vienen realizando desde el año 1978. Precisamente nuestra Provincia es la precursora, por aquellos años se realizó el I Congreso Nacional en nuestra ciudad, concitando ello un significativo interés y expectativa por la cantidad de funcionarios y profesionales que concurrirán al evento, proveniente de todo el País y de nuestra Provincia.

            Es destacable, además, las conclusiones de orden técnico-científico que surgirán a partir de la realización, optimizando el desenvolvimiento de la labor que involucra la temática de este Congreso.

            Por ello, solicito al Cuerpo la aprobación del proyecto en consideración.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

            Corresponde considerar los asuntos incluidos en la Preferencia Nº 4, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

            Por Secretaría se dará lectura.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señora Presidenta: es para solicitar que los tres expedientes que figuran en la Preferencia Nº 4, de la presente sesión, no sean tratados, y tengan preferencia para la próxima sesión.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada. Se tratarán con preferencia la próxima sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta: solicito preferencia, para la próxima sesión, para el expediente Nº 91-11.411/02. Se trata de un proyecto de ley en revisión de la Cámara de Diputados, referente a publicidad oficial.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobada. Se tratará con preferencia la próxima sesión.

            Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 16/03, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

            Por Secretaría se dará lectura.

11

DONACIÓN DEL INMUEBLE MATRÍCULA Nº 3.005 – DPTO. LA CALDERA

Expte. Nº 90-15.300/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley del Poder Ejecutivo, transfiriendo en donación una superficie aproximada de 6 Has. del inmueble Matrícula Nº 3.005 del departamento La Caldera, a favor de “Proyecto I” S. A., para la construcción de un hotel, y en vista de la documentación agregada por los interesados a posteriori del dictamen ya emitido por la Comisión (Anexo I: Fs. 215/216, Anexo II: Fs. 217/242); y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Autorízase la transferencia en carácter de donación de una superficie aproximada de 6 Has del inmueble Matrícula Nº 3.005 del departamento La Caldera, de propiedad de la provincia de Salta, a favor de “Proyecto I” S. A. Dicha superficie deberá ser delimitada de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte de la presente.

            Art. 2º.- La donación estará sujeta a la concreción del proyecto en el marco de la Memoria Técnica Descriptiva, que como Anexo II se adjunta, el que deberá iniciarse al cabo de los doce (12) meses de la respectiva concesión para uso recreativo, debiendo concluir y estar en funcionamiento en un plazo no mayor a los tres (3) años. El inmueble objeto de la presente, deberá destinarse en forma exclusiva a la construcción del emprendimiento hotelero propuesto. En caso de no cumplirse cualquiera de los cargos impuestos, el inmueble retornará de pleno derecho a ser propiedad de la provincia de Salta.

            Art. 3º.- La presente donación estará condicionada a la concesión para uso recreativo por parte de la Agencia de Recursos Hídricos en el marco de las disposiciones del Código de Aguas – Ley Nº 7.017.

            Art. 4º.- La donataria deberá constituir un Fondo de Garantía por la suma de pesos cincuenta mil ($50.000), a favor de la provincia de Salta. En caso de incumplimiento del cargo establecido en el art. 2º, este monto ingresará a las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto del Ministerio de Salud Pública.

            Art. 5º.- Los respectivos trámites de mensura y subdivisión estarán a cargo de la donataria.

            Art. 6º.- A través de Escribanía de Gobierno y la Dirección General de Inmuebles, deberán ser realizados los trámites pertinentes para la transferencia del inmueble y debida registración de los cargos impuestos. La formalización de la respectiva escritura queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2003.

Carlos González – Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: el miembro informante de este proyecto, quien va a fundamentar el mismo es el Senador por La Caldera, no obstante lo que acabo de manifestar en cuanto a la fundamentación quiero poner en conocimiento del Cuerpo que los miembros de la Comisión de Legislación General hemos consensuado una pequeña modificación al texto que se acaba de leer y concretamente me refiero al último apartado del artículo 2º. En este caso el Senador por Capital, doctor López Mirau, se va a encargar de hacer referencia a la modificación, cosa de garantizar la integridad de los derechos de la Provincia, en el supuesto de que la empresa encargada de construir el complejo hotelero incurra en algún incumplimiento de los cargos que le impone el propio texto normativo.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Vilaseca.- Señora Presidenta, señores senadores: el presente proyecto de ley del Poder Ejecutivo trata la construcción de un hotel próximo al espejo de agua del Dique Campo Alegre en la localidad de La Caldera, departamento La Caldera, a veinte kilómetros de la ciudad Capital.

            El contenido del proyecto determina la donación de una fracción de aproximadamente seis hectáreas del inmueble Matrícula Nº 3.005, de propiedad de la provincia de Salta, a fin de poder concretar la obra.

            El proyecto está planteado en dos etapas de construcción. En una primera etapa de ejecución se realizarán catorce habitaciones, pileta de natación al aire libre, spa, baños sauna, gimnasio, sala de relax, pileta climatizada, confitería y restaurante; quedando para una segunda etapa dieciséis habitaciones más, hasta llegar al número total de treinta, quincha independiente, caballerizas y un salón de usos múltiples, además de un importante campo de deportes.

            El proyecto fue declarado de interés turístico por la Secretaría de la Gobernación de Turismo a fin de incentivar el desarrollo turístico de la zona del perilago y a fin de elevar el potencial económico de la zona, brindando posibilidades laborales a sus habitantes y al mismo tiempo beneficiar a la comunidad en general.

            En el presente emprendimiento hotelero, por encontrarse en el perilago del Dique Campo Alegre, intervino la Agencia de Recursos Hídricos, que es la autoridad de aplicación, habiéndose expedido favorablemente respecto del proyecto por las explicitaciones de la normativa aplicable al respecto.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por la ley de Protección de Medio Ambiente, se exigió al presente el estudio del impacto ambiental y social respectivo, el cual fue oportunamente analizado por la autoridad competente en la materia, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, la que tomará vista previa en el marco de las disposiciones de la Ley de Medio Ambiente y su Decreto Reglamentario.

            El presente proyecto es considerado de gran interés por la Provincia, puesto que a través de este tipo de emprendimientos se desarrolla la zona y se logra incrementar la afluencia de turistas, contribuyendo así a inyectar un importante ingreso de divisas, generando fuentes de trabajo para los lugareños, brindando, además, importantes expectativas sociales, culturales y deportivas que, en definitiva, redundan en beneficio para la Provincia.

            Señora Presidenta, señores senadores, por lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta, señores senadores: en relación al presente proyecto, que cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Legislación General, vamos a solicitar que al momento de darse lectura a la última cláusula a través de Secretaría se ponga en consideración su texto, estamos proponiendo -digamos- un agregado que va a servir para garantizar definitivamente en caso de no cumplirse con los objetivos para los cuales lo estamos aprobando, va a quedar perfectamente cubierto cualquier tipo de garantía a favor del Estado.

            También quiero agregar, en relación a este proyecto, que se ha incluido un Fondo de Garantía por parte de quienes van a llevar adelante este proyecto turístico, a los efectos de garantizar plenamente que la Provincia va a ver cubierta sus expectativas en caso de incumplimiento.

            Cuando hablamos de un Fondo de Garantía, que podría ser concretado mediante un depósito en efectivo o mediante un seguro de caución o un depósito con algún título lo suficientemente válido como para que el Estado sienta que se está cumpliendo, vamos a tener la seguridad de que si no se cumple, el Estado Provincial va a quedar de alguna manera cubierto, por cualquier perjuicio supuesto que pudiera sufrir.

            Son las dos modificaciones que se introducen al proyecto original en términos generales y que solicitamos al Cuerpo se le dé aprobación.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen y el proyecto en general con el agregado propuesto al artículo 2º. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 1º.

Sr. Secretario (Catalano).-“ Art. 2º.- La donación estará sujeta a la concreción del proyecto en el marco de la Memoria Técnica Descriptiva, que como Anexo II se adjunta, el que deberá iniciarse al cabo de los doce (12) meses de la respectiva concesión para uso recreativo, debiendo concluir y estar en funcionamiento en un plazo no mayor a los tres (3) años. El inmueble objeto de la presente, deberá destinarse en forma exclusiva a la construcción del emprendimiento hotelero propuesto.

En caso de no cumplirse cualquiera de los cargos impuestos, el inmueble  retornará de pleno derecho a ser propiedad de la provincia de Salta, con todo lo adherido y plantado, sin derecho a indemnización alguna y sin perjuicio del derecho de terceros.”

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el artículo 2º con las modificaciones. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 3º, 4º, 5º y 6º.

– El artículo 7º es de forma.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.

12

DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN LOS INMUEBLES MATRICULAS 42.674, 42.707 Y 42.708

Expte. Nº 91-12.547/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 42.674, 42.707 y 42.708 del departamento Capital para destinarlos a la radicación del Centro Vecinal Villa San José; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2003.

Carlos González – Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador Luis Guillermo López Mirau.

Sr. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. López Mirau.- Señora Presidenta, señores senadores: este proyecto que viene a consideración tiene por objeto la expropiación de los terrenos que actualmente ocupa el Centro Vecinal de Villa San José, a fin de regularizar una situación que ya en la práctica se viene dando desde hace más de treinta y cinco años.

Hace treinta y cinco años que este centro vecinal viene realizando trabajos, incluso obras donde se desarrollan tareas de educación física y comunitarias. A medida que va transcurriendo el tiempo han ido concretándose distintos proyectos con todos los habitantes de la zona.

            En definitiva es poner en justicia, digamos, a quienes han trabajado con ahínco y en forma constante en beneficio de una comunidad y que en la práctica lo vienen haciendo, como decía, desde hace tanto tiempo.

            Creemos bastante ajustado a la realidad que se apruebe este proyecto porque va a traer tranquilidad a quienes ocupan un importante sector de nuestra ciudad. De esa manera va a tener asegurado su centro vecinal, donde la juventud desarrolla gran parte de sus actividades deportivas y el resto de los habitantes tareas de orden social y comunitario que hacen a la vida plena de dicha zona.

            Por esas razones, solicito la aprobación del presente proyecto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen y el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.

– El artículo 7º es de forma.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

13

MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 6.835

Expte. Nº 91-12.552/03

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, modificando la Ley Nº 6.835 – Creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2003.

Guillermo Enrique Barrera – Carlos González – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta, señores senadores: el Ente Regulador de los Servicios Públicos se convierte en un actor principal cada vez que se producen conflictos en el seno de toda comunidad, con motivo de los incrementos tarifarios o, lo que es peor, originados por la mala o deficiente prestación que brindan algunas empresas concesionarias de los servicios públicos.

            A pesar de que la Ley Nº 6.835, de creación del Ente Regulador de jurisdicción provincial le concede al Ente todas las potestades necesarias y suficientes para atender a la regulación de todos los servicios públicos, también es necesario que tengan un canal a través de sus representantes naturales, como lo son los intendentes de los distintos municipios, a fin de conocer las inquietudes de sus habitantes.

            El objetivo del presente proyecto de ley consiste en crear y brindar una herramienta más de defensa del usuario al incorporar la obligación que tendrá el Ente Regulador, por medio de sugerencias técnicas, de convocar a los intendentes ante cualquier cuestión de trascendencia que haga a la prestación de algún servicio público en su municipio.

            El derecho que tendrá el intendente en la participación de todas las actuaciones referidas a una prestación de servicios o una denuncia determinada por los usuarios, contribuirá a un mayor control y eventualmente a una mejor prestación de los servicios públicos.

            El presente proyecto avanza sobre la creación de un nuevo actor que se incorpora en lo que hace a las cuestiones de interés general de los distintos municipios, siendo muy beneficioso que sean encuadrados en las reales cuestiones que aquejan a las diferentes comunidades que conforman nuestro territorio provincial. Por lo que solicito a mis pares su aprobación.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

En consideración el proyecto en general y en particular. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

14

ARRÍO DE BANDERAS

Sra. Presidenta (Corregidor).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Orán, don Carlos González, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Rosario de Lerma, don Pedro Liverato, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Carlos González y Pedro Liverato proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 21.31′.

 

15

A P É N D I C E :

1

Ratificación de la Resolución de Presidencia Nº 438

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Administración de Gastos, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 438 – Ejercicio 2003.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

2

Ratificación de la Resolución de Presidencia Nº 453

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º .- Ratificar lo actuado en materia de Transferencia de Personal, autorizado mediante Resolución de Presidencia Nº 453 – Ejercicio 2003.

            Artículo 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

3

Pedido de Informe al Ministro de Hacienda y Obras Públicas

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Solicitar al señor Ministro de Hacienda y Obras Públicas, informe a esta Cámara si el puente vehicular ubicado sobre el río Grande en proximidades de la toma de agua para riego de El Encón, departamento Rosario de Lerma, ha sido ejecutado con autorización del ente responsable y si el mismo puede producir interferencias al normal escurrimiento de las aguas del citado cauce y/u originar problemas a las propiedades ribereñas.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

4

Pedido de Informe al Poder Ejecutivo

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Que conforme lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Gobierno y Justicia, informe a esta Cámara en forma detallada, en el plazo de setenta y dos (72) horas, lo siguiente:

a) Las razones de haber procedido a la intervención del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta, mediante un Decreto del Poder Ejecutivo de la provincia de Salta, sin haber dado intervención a las Cámaras Legislativas Provinciales.

b) Explique los fundamentos y razones de la mencionada intervención.

c) Informe las razones de haberse designado interventor del organismo, al señor Oscar Valdivieso, quién resultara precisamente una de las personas obligadas a acatar la medida cautelar de no innovar, dispuesta por el Juzgado de 1ª instancia en lo Civil y Comercial 5ª Nominación de la Provincia de Salta, Distrito Judicial del Centro.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

5

Declarar de interés la Media Maratón Solidaria

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de este Cuerpo la “Media Maratón Solidaria”, que se llevará a cabo en el Monumento al General Martín Miguel de Güemes de nuestra ciudad, el domingo 9 de noviembre del corriente año, organizada por la empresa Standard Tobacco Argentina S.A. a través de su programa de responsabilidad social “Brazos Abiertos para el Futuro”, cuya recaudación será a beneficio de las escuelas Nº 4072 Dr. M. Fernández – Finca Cavilmonte; Nº 4408 M. Lainez – Las Moras y Núcleo Nº 31 – El Mollar, todas del departamento Chicoana, provincia de Salta.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

6

Regularización de deudas con el Estado Provincial

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Los contribuyentes y responsables que al día 31 de diciembre de 2001 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de tributos y/o sus accesorios cuya recaudación se encuentra a cargo de la Dirección General de Rentas de la Provincia y los contribuyentes y responsables que al día 31 de diciembre de 2002 registren deudas con el Estado Provincial en concepto de Impuesto Inmobiliario Rural y Canon de Riego, podrán regularizar su situación utilizando como medio de pago parcial o total los Títulos de Consolidación emitidos por la provincia de Salta en virtud de las Leyes 6.669 y 6.905 y/o cheques diferidos emitidos por la Provincia de acuerdo a lo previsto en la presente.

Asimismo, en los casos de deudas que se encuentren en trámite de discusión administrativa y/o judicial, para acceder al pago bajo el régimen de la presente Ley, será requisito el desistimiento de las defensas y recursos que se hubieren interpuesto allanándose en forma incondicional a las determinaciones impositivas reclamadas por el fisco. Las costas y los honorarios devengados se cancelarán por el mismo instrumento y forma que la obligación principal.

Art. 2º.- La posibilidad de utilizar los Títulos de Consolidación emitidos por la provincia de Salta como medio de pago parcial o total de obligaciones vencidas, será aplicable también en aquellos casos que se registren deudas correspondientes al ex Banco Provincial de Salta y al ex Banco de Préstamos y Asistencia Social; asimismo quedan comprendidas en la presente Ley las deudas por canon de riego hasta el 31 de diciembre de 2002 y deudas por combustibles y/o lubricantes en virtud de los Decretos Provinciales Nos 2.147/85 y 2.148/85.

Art. 3º.- Los intereses por las deudas tributarias y canon de riego que se cancelan quedan reducidos a la suma equivalente al uno por ciento (1%) mensual, la que en ningún caso podrá exceder del treinta y seis por ciento (36%) del monto de las deudas utilizado como base de cálculo.

Art. 4º.- Se podrá utilizar los Títulos de Consolidación y/o cheques diferidos emitidos por la Provincia para pagar las obligaciones mencionadas en los artículos precedentes, hasta el 31 de diciembre del año 2003. El Poder Ejecutivo podrá prorrogar el plazo hasta tres (3) meses.

La presente norma no alcanzará a los títulos que se encuentren en proceso de trámite de apertura de cuentas en la entidad responsable hasta tanto se confirme su acreditación.

El Poder Ejecutivo podrá utilizar los Títulos que por el presente se recuperen en los términos del artículo 3º de la Ley 7.175, a su valor de mercado, para el pago de obligaciones no comprendidas en las Leyes 6.669 y 7.125.

Art. 5º.- Las personas que hagan uso de los beneficios de la presente Ley, cancelarán sus deudas tomándose a tal efecto el “valor técnico” de los Títulos de Consolidación emitidos mediante las Leyes 6.669 y 6.905, incrementado el mismo, a los efectos de la presente, en un cincuenta por ciento (50 %).

Las personas que usen como medio de pago a los cheques diferidos emitidos por la Provincia, cancelarán sus deudas tomándose a tal efecto un tercio más de su valor nominal.

Art. 6º.- El efecto cancelatorio de los Títulos de Consolidación con respecto a las obligaciones mencionadas en los artículos 1º y 2º de la presente Ley se producirá mediante la acreditación de dichos títulos en las cuentas pertinentes de los organismos acreedores, dentro del plazo establecido en el artículo 4º.

Art. 7º.- En caso de que el contribuyente o responsable utilice el medio de pago establecido por la presente, para deudas tributarias comprendidas en regímenes de moratorias e incluidas en Planes de Facilidades de Pagos no caducos, las mismas deberán cancelarse en su totalidad, en relación a cada tributo.

Art. 8º.- El Poder Ejecutivo reglamentará los procedimientos necesarios para la aplicación de lo dispuesto en la presente Ley.

Art. 9º.- La presente Ley empezará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

7

Incorporación del artículo 174 bis al Código Fiscal

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1°.- Incorpórase al Código Fiscal – Decreto Ley N° 9/75 y sus modificaciones, como artículo 174 bis el siguiente:

“Art. 174 bis.- Las exenciones establecidas en el artículo anterior, resultarán procedentes, cuando se verifiquen concurrentemente los siguientes requisitos:

  1. Que el contribuyente reúna los recaudos exigidos por el artículo 174 del Código Fiscal.
  2. Que no registre deuda exigible respecto de los tributos legislados por el Código Fiscal, correspondientes al período anterior al de la fecha de presentación del pedido.
  3. Las exenciones que correspondan con encuadre en los incisos d); f); j); k); l); n); ñ); o); q); t); u); w); x); y); z); a’ ); y b’ ) del artículo 174 del Código Fiscal serán procedentes en tanto el sujeto beneficiario dé cumplimiento a la presentación de las respectivas declaraciones juradas y demás deberes formales, conforme a disposiciones de la Dirección mediante Resolución.
  4. Las constancias y/o resoluciones de exención emitidas por la Dirección General de Rentas tendrán un determinado período de vigencia, facultándose a la misma a reglamentar su procedimiento de emisión.

De verificarse la existencia de deuda, la Dirección no emitirá la pertinente Resolución o Constancia -según corresponda- salvo que la misma sea regularizada previamente.

El plazo de vigencia mencionado no podrá ser superior a cinco (5) años.”

Art. 2°.- Dispónese el reempadronamiento general de los sujetos beneficiarios de las exenciones señaladas en el inciso c) del artículo 174 bis del Código Fiscal, facultándose a la Dirección a implementar y reglamentar el procedimiento necesario para su aplicación.

A efectos de lo dispuesto en este artículo, en oportunidad del reempadronamiento será obligatorio el cumplimiento de los requisitos señalados en los incisos a) y b) del artículo 174 bis del Código Fiscal.

Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

8

Declarar de interés el XVIII Congreso Nacional de Contadurías Generales de Provincias

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el “ XVIII Congreso Nacional de Contadurías Generales de Provincias”, a llevarse a cabo del 5 al 7 de noviembre del año en curso, en la ciudad de Salta; organizado por Contaduría General de la Provincia.

Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

9

Donación de inmueble a “Proyecto I” S.A.

El Senado y la Cámara de Diputados de la provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Autorízase la transferencia en carácter de donación, de una superficie aproximada de 6 has. del inmueble Matrícula Nº 3.005 del departamento La Caldera, de propiedad de la Provincia de Salta, a favor de “Proyecto I” S.A. Dicha superficie deberá ser delimitada de acuerdo al croquis que como Anexo I forma parte de la presente.

            Art. 2º.- La donación estará sujeta a la concreción del proyecto en el marco de la Memoria Técnica Descriptiva, que como Anexo II se adjunta, el que deberá iniciarse al cabo de los 12 (doce) meses de la respectiva concesión para uso recreativo, debiendo concluir y estar en funcionamiento, en un plazo no mayor a los tres (3) años. El inmueble objeto de la presente, deberá destinarse en forma exclusiva a la construcción del emprendimiento hotelero propuesto.

En caso de no cumplirse cualquiera de los cargos impuestos, el inmueble retornará de pleno derecho a ser propiedad de la provincia de Salta, con todo lo adherido y plantado, sin derecho a indemnización alguna y sin perjuicio del derecho de terceros.

Art. 3º.- La presente donación estará condicionada a la concesión para uso recreativo por parte de la Agencia de Recursos Hídricos en el marco de las disposiciones del Código de Aguas – Ley 7017.

            Art. 4°.- La donataria deberá constituir un Fondo de Garantía por la suma de pesos cincuenta mil ($50.000), a favor de la provincia de Salta. En caso de incumplimiento del cargo establecido en el artículo 2°, este monto ingresará a las partidas presupuestarias correspondientes al Presupuesto del Ministerio de Salud Pública.

            Art. 5º.- Los respectivos trámites de mensura y subdivisión estarán a cargo de la donataria.

            Art. 6º.- A través de Escribanía de Gobierno y la Dirección General de Inmuebles, deberán ser realizados los trámites pertinentes para la transferencia del inmueble y debida registración de los cargos impuestos. La formalización de la respectiva escritura, queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

10

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles del departamento Capital

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 42.674, Parcela 2; 42.707, Parcela 35; y 42.708, Parcela 36, todos de la Sección L, Manzana 99 del departamento Capital, con destino a la radicación de un centro vecinal y recreativo.

Art. 2º.- Una vez efectivizada la expropiación a que se refiere el artículo anterior, otórguese en comodato por el término de veinticinco (25) años al Centro Vecinal Villa San José, personería jurídica otorgada por Resolución Nº 8.978, con destino al desarrollo de sus actividades sociales, culturales y recreativas.

Art. 3º.- Fíjase el término de cinco (5) años a partir de la fecha de toma de posesión de los inmuebles para que el comodatario efectúe las mejoras necesarias  para el cumplimiento de sus fines.

Art. 4º.- La formalización del comodato se efectuará a través de Escribanía de Gobierno a favor del beneficiario mencionado en el artículo 2º, y quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

Art. 5º.- Los mencionados inmuebles serán destinados exclusivamente al uso de la entidad beneficiaria, y, en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos dispuestos en la presente, el comodato quedará sin efecto.

Art. 6º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.

11

Modificación de la Ley Nº 6.835

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

Artículo 1°.- Incorpórase como Capítulo IX, artículo 51 a la Ley 6.835, el siguiente texto:

“Capítulo IX

Participación de las Municipalidades

Art. 51.- En todas las cuestiones que revistan transcendencia para intereses locales de las Municipalidades, sus representantes tendrán derecho a ser oídos en audiencias que se citarán a tales efectos con las gerencias técnicas pertinentes. A la citación se le adjuntarán los respectivos antecedentes de la cuestión.“

Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil tres.