Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2002

08/08/2002

8 de Agosto de 2002

15ª REUNIÓN – 15ª SESIÓN ORDINARIA

Presidencia del Senador  MASHUR LAPAD

                             Senadora AMALIA CORREGIDOR

Secretarios: Dr. GUILLERMO ALBERTO CATALANO

                      Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOS

 

SENADORES PRESENTES:

ÁVILA AMORES, Jesús

BARRERA, Guillermo Enrique

CARDOZO, Néstor Fidel

CORNEJO PATRÓN, T. Francisco

CORREGIDOR, Amalia

GONZÁLEZ, Carlos

IBAÑEZ, Francisco

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

LÓPEZ MIRAU, Luis Guillermo

OSCARI, Miguel Ángel

PORCELO, Carlos Daniel

SALVA, Telmo

SARAPURA, Cosme Damián

TOLOZA, Guillermo Emilio

VALLE, José Luis

VILASECA, Miguel Ángel

ZAMBRANO, Ricardo

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

DE LA ZERDA, María Laura

DÍAZ, María Teresita

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SANDEZ, Pedro

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica…………………………………………………………………………………………………..

3. Asuntos Entrados

I. Comunicación de Presidencia……………………………………………………

II. Comunicación de la Cámara de Diputados……………………………….

III. Comunicación Oficial……………………………………………………………….

IV. Comunicaciones de Municipios……………………………………………….

V. Comunicaciones de Asociaciones……………………………………………

VI. Dictámenes de Comisiones……………………………………………………..

VII. Proyectos de Ley

1. Expte. Nº 90-15.016/02. Del señor Senador Carlos Daniel Porcelo y otros señores senadores: declarar de interés provincial el estudio y la investigación sobre prevención, diagnóstico, tratamiento y problemática general de los defectos congénitos del tubo neural…………………………………….

VIII. Proyectos de Declaración

1. Expte. Nº 90-15.019/02. De los señores Senadores Guillermo Enrique Barrera y Guillermo Emilio Toloza: solicitar al Ministerio de Salud Pública disponga las medidas para que los médicos neurólogos y de otras especialidades concurran a los hospitales de las ciudades cabeceras de cada Departamento……………………………………………………………………………………………….

2. Expte. Nº 90-15.020/02. De los señores Senadores Guillermo Enrique Barrera y Guillermo Emilio Toloza: solicitar a la Corte de Justicia la contratación de los servicios profesionales de un psicólogo y un asistente social para el Juzgado Correccional y de Menores del Distrito Judicial del Sur………..

4. Licencias……………………………………………………………………………………………………………………..

5. Asuntos entrados durante la sesión……………………………………………………………………………

6. Reiteración de pedido de informe……………………………………………………………………………….

7. Asuntos entrados durante la sesión

VI. Dictámenes de Comisiones……………………………………………………..

VII. Proyectos de Ley

2. Expte. Nº 90-15.023/02. Del señor Senador Miguel Angel Oscari: autorizar al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor del municipio de Coronel Moldes, departamento La Viña, una fracción del remanente de la Matrícula Nº 3.152…………………………………………………………………

VIII. Proyectos de Declaración

3. Expte. Nº 90-15.024/02. Del señor Senador Guillermo Emilio Toloza y otros señores senadores: solicitar al Poder Ejecutivo declare de interés provincial el Proyecto de Intervención Escultórica Monumental………………

4. Expte. Nº 90-15.026/02. Del señor Senador José Luis Valle: solicitar al Congreso de la Nación proceda a tratar la reforma del Código Penal       

IX. Proyectos de Resolución

1. Expte. Nº 90-15.025/02. Del señor Senador Guillermo Emilio Toloza y otros señores senadores: declarar de interés de la Cámara el Proyecto de Intervención Escultórica Monumental…………………………………..

2. Expte. Nº 90-15.027/02. De los señores Senadores Jesús Avila Amores y Pedro Liverato declarar de interés de la Cámara el Proyecto Corredor Ecológico de la Puna, Valles y Quebradas…………………………..

8. Expte. Nº 90-15.012/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes, en el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera mediante el cual se solicita a los Legisladores Nacionales impulsen la modificación de la Ley Nº 25.404 relacionada con las personas que padecen de epilepsia. Se aprueba…………..

9. Expte. Nº 91-9.701/00. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión sobre el acceso a la información. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………..

10. Expte. Nº 90-15.011/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera mediante el cual se solicita al Poder Ejecutivo arbitre las medidas para la creación de un hogar del menor en la ciudad de San José de Metán…………………………………………………………..

11. Expte. Nº 90-14.909/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley nuevamente en revisión por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 12.297 del departamento General Güemes. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación   

12. Expte. Nº 91-10.527/01 y Expte. Nº 91-065/00 acumulados. Consideración del dictamen de la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, en el proyecto de ley sobre la protección de víctimas de violencia familiar observado totalmente por el Poder Ejecutivo, insistiendo en la sanción dada por la Legislatura en sesión del día 30 de mayo de 2002. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………………………………………………………………

13. Expte. Nº 90-15.007/02. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, en el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, mediante el cual se solicita al Poder Ejecutivo ejecute la obra “Construcción de la Escuela Primaria para los Barrios Santa Teresita y El Cruce de la ciudad de General Güemes”. Se aprueba………………………………………..

14. Expte. Nº 90-15.026/02. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, mediante el cual se solicita al Congreso de la Nación proceda a tratar la reforma del Código Penal. Se aprueba………………………………………………………………………………………………………

15. Expte. Nº 90-15.027/02. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Jesús Avila Amores y Pedro Liverato, mediante el cual se declara de interés de la Cámara el proyecto “Corredor Ecológico de la Puna Argentina, Valles y Quebradas”. Se aprueba………….

16. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………..

17. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………..

– En la ciudad de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos, siendo horas 20:13’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento La Candelaria, don Guillermo Emilio Toloza, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Guillermo Emilio Toloza y José Luis Valle proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día uno de agosto del año dos mil dos. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día uno de agosto del año dos mil dos.

3

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicación de Presidencia

            En virtud de lo establecido en el artículo 27, inc. 10) del Reglamento de la Cámara, han sido girados a Comisión los siguientes asuntos:

A Justicia, Acuerdos y Designaciones:

Pliego del Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la designación del Dr. Víctor Raúl Soria como Juez de 1ª Instancia en lo Civil de Personas y Familia 2ª Nominación – Distrito Judicial del Centro. (Expte. Nº 90-15.017/02)

A Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

Proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo, facultándolo a efectuar la permuta de diecinueve inmuebles de propiedad de la provincia de Salta, identificados como Catastros Nros. 12.893 al 12.911 del departamento de Orán, conformando todos ellos en su conjunto la Manzana Nº 93 de la Ciudad de San Ramón de la Nueva Orán.

II

Comunicación de la Cámara de Diputados

            El Presidente de la Cámara de Diputados informa que en sesión del día 30 de julio del corriente año, se ha dado sanción definitiva la proyecto de ley de adhesión de la Provincia al Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 486/02 del Poder Ejecutivo Nacional, de Declaración de Emergencia Sanitaria Nacional.

– Al Archivo.

III

Comunicación Oficial

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia del Decreto Nº 1.370/02 por el que se observa en forma total el proyecto de ley que sustituye el artículo 8º de la Ley Nº 5.298, modificada por Ley Nº 6.531 – Código Procesal Laboral. (Ref. Expte. Nº 91-11.213/02)

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Informe recibido en cumplimiento de Resolución de Cámara:

            Del señor Secretario de la Gobernación de Seguridad de la Provincia, Doctor Gustavo Adolfo Ferrari, en respuesta a la Resolución de Cámara Nº 46/02 referida a la denuncia por apremios ilegales realizada en contra de la Policía de la Provincia por el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, el día 22 de julio del corriente año.

Habiéndose remitido copia al autor del proyecto y a los bloques políticos, se giran las presentes actuaciones a sus antecedentes.

IV

Comunicaciones de Municipios

            El Intendente de la ciudad de Tartagal solicita se gestione ante el Secretario de Turismo y Deportes de la Nación, la inclusión de obras de mejoramiento en las rutas nacionales del norte de nuestra Provincia.

– Al Archivo.

            El Concejo Deliberante de la ciudad de Salta, remite copia de su Declaración Nº 12/02, por la que vería con agrado que la Legislatura Provincial apruebe la Creación de un fondo de Reparación Histórica para la Ciudad.

– A la Comisión de Educación y Cultura.

V

Comunicaciones de Asociaciones

            El Presidente del Aero Club de Metán, solicita el tratamiento del instrumento legal para el otorgamiento de los terrenos oportunamente solicitados, con el fin de poder proseguir con las actividades de la Institución.

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            Representantes y miembros de distintas comunidades aborígenes del departamento Orán, manifiestan su oposición a la creación del Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS).

– A la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas.

VI

Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

            En el proyecto de ley nuevamente en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción del inmueble Catastro Nº 12.297, del departamento General Güemes, para ser adjudicado en venta a sus actuales ocupantes. (Expte. Nº 90-14.909/02)

-Al Orden del Día.

            En el proyecto de ley en revisión, sobre “Acceso a la Información”. (Ref. Expte. Nº 91-9.701/00)

-Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre todas las medidas necesarias para la creación en la ciudad de San José de Metán, de un Hogar del Menor dependiente de la Comisaría del Menor de la Unidad Regional Nº 3 con asiento en la citada ciudad. (Expte. Nº 90-15.011/02)

-Al Orden del Día.

De Salud Pública, Seguridad Social y Deportes:

            En el proyecto de ley en revisión, modificando el inciso a) del artículo 5º de la Ley 7.127 – Creación del Instituto Provincial de Salud de Salta. (Expte. Nº 91-11.640/02)

-Al Orden del Día.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera, por el cual se solicita a los Legisladores Nacionales por la Provincia, impulsen la modificación de la Ley Nacional Nº 25.404, relacionada con toda persona que padece de epilepsia en el país. (Expte. Nº 90-15.012/02)

-Al Orden del Día.

VII

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-15.016/02

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de interés provincial el estudio y la investigación sobre prevención, diagnóstico, tratamiento y problemática general de los Defectos Congénitos del Tubo Neural (D.T.N.).

            Art. 2º.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, en su calidad de autoridad de aplicación de la presente, llevará a cabo un programa en todo lo relacionado con las enfermedades por D.T.N., que tendrá los siguientes objetivos, sin perjuicio de otros que se determinen por vía reglamentaria:

  1. Entender en todo lo referente a la investigación, docencia, prevención, detección, tratamiento y difusión de las enfermedades por D.T.N.
  2. Capacitar a los profesionales de la salud en la detección, tratamiento y difusión de las enfermedades por D.T.N., y sus problemáticas.
  3. Instrumentar el otorgamiento gratuito del ácido fólico a toda mujer fértil, a través de los efectores públicos y/o privados.
  4. Supervisar el cumplimiento de las actividades para garantizar la efectividad del mismo.
    1. Que afecte la intimidad de las personas, ni bases de datos de domicilios o teléfonos. Las declaraciones juradas patrimoniales de los funcionarios son de acceso público permanente y ninguna reglamentación o interpretación de la normativa puede restringir su publicidad.
    2. De terceros que la Administración hubiera obtenido en carácter confidencial,  y la protegida por el secreto bancario.
    3. Cuya publicidad pudiera afectar o revelar la estrategia a adoptarse en la defensa o tramitación de una causa judicial, o administrativa, o de cualquier tipo que resulte protegida por el secreto profesional.
    4. Contenida en notas internas con recomendaciones u opiniones producidas como parte del proceso previo a la toma de una decisión de Autoridad Pública que no formen parte de los expedientes.
    5. Sobre materias exceptuadas por leyes específicas.

Art. 3º.- Las obras sociales nacionales, provinciales y medicina prepaga dispondrán las medidas necesarias a fin de proveer a sus afiliadas que lo requieran, en forma gratuita, la provisión de ácido fólico.

Art. 4º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 5º.- De forma.

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Tres de cada cuatro malformaciones congénitas del tubo neural podrían evitarse mediante el aporte en las mujeres en edad fértil del ácido fólico.

El ácido fólico es una vitamina B que ayuda a prevenir estos defectos; varios estudios demuestran que las mujeres que consuman la cantidad recomendada de esta vitamina, reducen el riesgo de tener un niño con estas malformaciones cráneofaciales como el labio leporino.

Los estudios epidemiológicos han demostrado que las falencias de esta vitamina produce daños neurológicos como anencefalia, espina bífida y otros como labio leporino. Todas estas patologías tienen una elevada morbimortalidad que con lleva a elevados costos para el sistema de salud como una repercusión social de deterioro para la familia como para la comunidad que debe generar centros recreativos educativos para estos niños.

Por todo esto, es que la calidad de vida de estas personas es muy deficiente, siendo la expectativa de vida hasta los veinte años.

En conclusión, se considera imprescindible sancionar una ley de prevención de estas malformaciones que generan un costo sociosanitario muy elevado, solicitando a nuestros pares acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.

Carlos Daniel Porcelo – Guillermo Emilio Toloza – María Teresita Díaz – Miguel Ángel Vilaseca- Sergio Sajia – Roberto Poclava – Pablo Ismael Outes – María de los Angeles Rosa

-A la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes.

VIII

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-15.019/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, disponga las medidas necesarias para que médicos neurólogos y de otras especialidades, que por lo general no existen dentro del conjunto de las prestaciones médicas que se otorgan en hospitales del interior de la Provincia, concurran en principio, a los hospitales existentes en las ciudades cabeceras de cada Departamento, a los fines de prestar sus servicios especializados a los pacientes que lo requieran.

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La inexistencia de ciertas especialidades médicas en los hospitales públicos del interior de la Provincia, coloca a sus habitantes en una situación desfavorable en lo que hace al cuidado de su salud, ya que la única forma de hacer consultas médicas a los fines de un tratamiento ulterior lo es mediante el obligado traslado a la ciudad Capital, lo cual de por sí es gravoso y mucho más en las actuales circunstancias en la que la falta de trabajo hace que mucho de nuestros habitantes no tengan ni siquiera para alimentarse. Para superar este impedimento impuesto por la crisis socioeconómica que nos agobia, considero que el Estado debe resolver esta situación, poniendo el servicio de salud al alcance de todos sus habitantes. Debemos pensar que el derecho a la salud es un bien social y que corresponde desplegar todos los medios necesarios para que cada ciudadano pueda ver realizado en la vida este derecho consagrado a nivel constitucional.

            Por lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza

-A la Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes.

2

Expte. Nº 90-15.020/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que la Corte de Justicia de la Provincia, disponga la contratación de los servicios profesionales de un Psicólogo y de un Asistente Social, para que los mismos se desempeñen como Asistentes del Juzgado Correccional y de Menores del Distrito Judicial del Sur con asiento en Metán.

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La compleja realidad que debe conocer el Juez Correccional y de Menores, en los casos en que un menor de edad aparece desarrollando un accionar antijurídico, requiere del necesario concurso o participación de profesionales especializados en el estudio de las conductas humanas. En ese contexto los conocimientos técnicos jurídicos de los que está investido el Juez, no resultan suficientes para comprender en su totalidad el por qué de muchas conductas. Deviene entonces, como absolutamente necesario, la designación de un Psicólogo y de un Asistente Social, para que en un enfoque multidisciplinario realice un diagnóstico adecuado, e indique el procedimiento a seguir para la recuperación de los menores que delinquen.

            Por las razones expuestas, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto.

Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza

-A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

4

LICENCIAS

Sr. Secretario (Catalano).- Los señores Senadores María Laura de la Zerda, María Teresita Díaz, Omar Gerardo Quipildor y Pedro Sandez solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no se formulan objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

5

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Viña.

Sen. Oscari.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado, señor Senador.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: solicito que el expediente Nº 91-11.640/02 vuelva a la Comisión respectiva.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-15.012/02.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas para el proyecto de ley en revisión sobre acceso a la información, que se tramita bajo el expediente Nº 91-9.701/00. Asimismo, el tratamiento sobre tablas de un proyecto de declaración que figura en el Boletín de Asuntos Entrados y que gira bajo el expediente Nº 90-15.011/02. En idéntico sentido, de un proyecto de declaración de mi autoría expediente Nº 90-15.012/02.

            Finalmente, solicito autorización para el ingreso de un dictamen de Comisión que versa sobre el expediente que contiene el proyecto de ley sobre protección de víctimas de violencia familiar, que viene en revisión de la Cámara de Diputados.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            En consideración la moción de tratamientos sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratarán en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Poma.

Sen. Salva.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de cuatro dictámenes de la Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, se trata de un proyecto de ley, dos proyectos de declaración y uno de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Toloza.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de dos proyectos, uno de declaración y otro de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito autorización para ingresar un proyecto de declaración y el tratamiento del proyecto de ley de expropiación que gira bajo el expediente Nº 90-14.909/02, contenido en Boletín de Asuntos Entrados.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

6

REITERACION DE PEDIDO DE INFORME

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: quisiera solicitar la reiteración de un pedido de informe, no sé si este es el momento. Se había solicitado informe a la Secretaría de Desarrollo Social, en su momento, y otro al Ministerio de Economía, ya se han cumplido los plazos y no se ha contestado ninguno de los dos. Si se me autoriza, voy a señalar las razones de la urgencia de solicitar la reiteración del pedido.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado, señor Senador.

Sen. Valle.- Hace aproximadamente sesenta días hemos solicitado informe a la Secretaría de Desarrollo Social sobre la ayuda social remitida al departamento General Güemes, tanto de harina, bolsones de mercadería y demás, y hasta la fecha no hemos recibido respuesta. Realmente es una necesidad imperiosa contar con ese informe dado que en el tiempo crítico que vivimos, los ciudadanos muchas veces obtienen información errónea, necesitamos contar con la información fehaciente a los fines de esclarecer con qué se cuenta, quién retira la mercadería y ver si llega a los destinatarios de la misma.

            Por otro lado, que se reitere el pedido haciéndole saber al señor Secretario de Desarrollo Social que el artículo 116 de la Constitución Provincial establece la obligatoriedad de que sean contestados los pedidos de informe. Me parece que se incurre en un grave incumplimiento normativo y también en una falta de respeto al no responder los pedidos que formule esta Cámara. Quiero, al mismo tiempo, valorar que hemos solicitado informe a la Secretaría de Seguridad de la Provincia y se nos ha contestado en tiempo y forma, pero no así Desarrollo Social, que hace más de dos meses lo hemos pedido y no ha contestado, he ido personalmente a buscar la respuesta y no la he obtenido. En igual sentido hemos solicitado informe al Ministerio de Hacienda sobre el destino dado a la retención del 6% que se efectúa en los haberes de los empleados públicos, para saber cuál es el monto retenido y el destino de esa suma, porque los empleados públicos, que generosamente han acatado esta disposición, aceptan la misma por el sentido social que tiene, quieren saber qué pasa con esos fondos. No hemos obtenido respuesta, por lo que solicito, señor Presidente, con los mismos fundamentos, que se reitere el pedido. Muchas gracias.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la reiteración de los pedidos de informe a la Secretaría de Desarrollo Social y al Ministerio de Hacienda. Se va a votar.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.

Sen. González.- Señor Presidente: creo entender que le pide a usted, por la vía correspondiente, reitere el pedido, pero no ha sido una moción. Por lo tanto corresponde que usted resuelva si va a acceder al pedido que ha hecho el Senador preopinante.

Sr. Presidente (Lapad).- ¿Es así, señor Senador por General Güemes?

Sen. Valle.- Sí, señor Presidente, es valioso el planteo que formula el Senador por Orán. Este no es un tema nuevo, en otras oportunidades habíamos solicitado informes que no fueron contestados y entiendo que el pedido que estamos formulando es a través de la Cámara de Senadores, por lo tanto considero que esta Cámara debería expresarse en tal sentido, si así se considera.

Sr. Presidente (Lapad).- Esta Presidencia va a reiterar los pedidos que ha hecho mención el señor Senador por General Güemes.

            Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.

7

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

VI

Dictámenes de Comisiones

De Derechos Humanos y Asuntos Indígenas:

            En el veto del Poder Ejecutivo sobre el proyecto de ley de Protección de Víctimas de Violencia Familiar, insistiendo en la sanción definitiva dada por la Legislatura. (Expte. Nº 91-10.527/01 y Expte. Nº 91-10.065/00 – Acumulados)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

De Obras Públicas, Industria y Turismo:

            En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo de la Provincia, por intermedio del área ministerial pertinente, ejecute la obra “Construcción de la Escuela Primaria para los Barrios Santa Teresita y Barrio El Cruce de la ciudad de General Güemes”. (Expte. Nº 90-15.007/02)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

De Obras Públicas, Industria, y Turismo:

En el proyecto de declaración de los señores Senadores Omar Gerardo Quipildor y Guillermo Emilio Toloza, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo incluya en el Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2003, las partidas que correspondan para dar continuidad a la construcción de la Ruta Provincial Nº 162 que une la Ruta Nacional Nº 68 con la Ruta Provincial Nº 6 entre los parajes  Santa Bárbara, del departamento Guachipas, y Las Bolsitas del departamento La Candelaria. (Expte. Nº 90-14.998/02)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Orden del Día

De Obras Públicas, Industria, y Turismo:

En el proyecto de resolución de los señores Senadores Omar Gerardo Quipildor, Telmo Salva, Amalia Corregidor y Miguel Angel Oscari, declarando de interés de esta Cámara la creación de la Asociación Argentina de Prensa Turística Especializada. (Expte. Nº 90-14.992/02)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Orden del Día.

De Obras Públicas, Industria, y Turismo:

En el proyecto de ley del señor Senador Francisco Ibáñez, modificando la Ley Nº 7.181 de Promoción del Desarrollo Industrial del departamento General San Martín. (Expte. Nº 90-15.015/02)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Orden del Día

VII

Proyectos de Ley

2

Expte. Nº 90-15.023/02

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

                Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor del municipio de Coronel Moldes, departamento La Viña, una fracción de 87 Has. 7.475,58 m2 del remanente de la Matrícula Nº 3.152, según plano de proyecto de desmembramiento que forma parte de la presente.

            Art. 2º.- La donación del inmueble determinado, será destinado al loteo para la construcción de viviendas familiares con cargo a los beneficiarios, espacios verdes, ampliación del cementerio local y el remanente a un plan de desarrollo turístico.

            Art. 3º.- La Dirección General de Inmuebles efectuará la mensura y desmembramiento del inmueble.

            Art. 4º.- En caso de incumplimiento del cargo dispuesto por el Art. 2º, la donación quedará sin efecto, volviendo el mismo a dominio de la Provincia, sin que ello confiera derecho a indemnización alguna.

            Art. 5º.- El inmueble se escriturará a favor del beneficiario, a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de la escritura queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- De forma.

Miguel Ángel Oscari

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto de ley. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se gira a la Comisión respectiva.

VIII

Proyectos de Declaración

3

Expte. Nº 90-15.024/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, declare de interés provincial el “Proyecto de Intervención Escultórica Monumental” en los Valles Calchaquíes, denominado “El Espíritu del Lugar” y de autoría del Arquitecto Leonardo Pellegrini, de la Licenciada Mercedes Ruiz de los Llanos y del artesano diseñador Rodolfo Vivas.

Miguel Ángel Vilaseca – Guillermo Emilio Toloza – Carlos Daniel Porcelo – Amalia Corregidor – Néstor Fidel Cardozo

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

4

Expte. Nº 90-14.026/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Congreso de la Nación, proceda a tratar la reforma del Código Penal, particularmente en lo relativo a la necesidad del incremento de las penas establecidas para los delitos cometidos en perjuicio de la Administración Pública.

Sin perjuicio de ello se avoque también al tratamiento de otros institutos contenidos en el citado plexo normativo. Todo ello encaminado a lograr una efectiva batalla contra la corrupción en la búsqueda de herramientas que permitan a la justicia esclarecer y sancionar todo acto que, originado en el ejercicio de la función pública, perjudique el funcionamiento de la misma.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            A nadie escapa la imperiosa necesidad de la modificación del Código Penal en los Delitos Contra la Administración Pública. En momentos en que en muchos casos la venalidad de la normativa existente resulta asaz insuficiente para cumplimentar el primer enfoque en materia penal, que es la de la ejemplaridad y la equidad entre el delito y la pena, se ha incrementado a la vez en cantidad los casos de funcionarios, agentes del Estado o terceros que defraudaron al mismo, infringiendo una lesión no sólo pecuniaria, sino también un perjuicio social, que erosiona en modo agravante la credibilidad en las instituciones, toda vez que son éstas las que reúnen el Todo Social, el verdadero sentido holístico del Bien Común. Y tanto más agravante aún, cuando el delito proviene de personas que tienen a su cargo la responsabilidad de la administración de bienes y personas que se encuentran bajo la órbita del Estado.

            Por ello es imprescindible aumentar las penas del Código Penal en esta materia. Teniendo en cuenta que debe centrarse la atención en la preservación del bien jurídicamente protegido, es decir el funcionamiento de la Administración Pública contra los excesos u omisión por parte de los funcionarios o de particulares, que son los sujetos activos de lo contemplado en la normativa (art. 238, inc. 3º del Código Penal)

            Entre los delitos definidos en el C.P. tenemos el Capítulo IV “Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de Funcionarios Públicos”. Teniendo en cuenta la doctrina citada en el Código Penal, que toma de Carrara la comprensión de la naturaleza genérica del Abuso de Autoridad, entendiendo el mismo las distintas conductas abusivas (art. 248-abuso de autoridad en sentido propio; art. 249-omisión o retardo de actos del oficio, art. 250-omisión o retardo de auxilio, art. 251-requerimiento de asistencia de fuerza pública contra la ejecución de actos legítimos de autoridad, art. 252-abandono de cargo (derogada la incitación al abandono colectivo de funciones públicas) y art. 253-nombramientos ilegales y aceptación de ellos). Creemos que, asimismo, debe incrementarse la penalidad prescripta en el art. 248 del Código Penal “será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble de tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere” (abuso de autoridad en sentido propio). Esto implica que estamos hablando de una condena menor de tres años de prisión, por lo tanto excarcelable. Si tenemos en cuenta la proporción entre el daño ocasionado y la pena prescripta, es necesario elevar la pena como así también elevar por el doble de tiempo la inhabilitación especial. Por ser un delito doloso, que admite formas de tentativa, no se requiere daño efectivo, el requisito subjetivo está dado por el conocimiento de la ilegalidad de la orden o resolución -de la acción en sí misma- dictada, ejecutada y ordenada a ejecutar.

            Asimismo, el art. 249 referido a la omisión o retardo de actos de oficio “será reprimido con multa de pesos argentinos cuatrocientos cincuenta a pesos argentinos veinticinco mil e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de oficio”.

            Las demandas de incremento en las penas están directamente relacionadas con la evolución normativa, adecuándose a los tiempos, la sofisticación en medios y modos de ataque en las distintas tipificaciones. Siempre ha sido así, desde los tiempos del derecho romano, toda vez que resulta de una necesidad civil, de la fuerza de los hechos conforme a lo que la sociedad y el derecho reclaman: la actualización de multas de carácter pecuniario y de penas de prisión o reclusión, que está en facultad del legislador su tratamiento, reformulación y adecuación a los tiempos.

            Así se ha establecido, con criterio restringido, en la Ley Nº 24.759 de la Convención Interamericana de la O.E.A. contra la Corrupción, firmado por nuestro País como Estado Miembro y aprobada en sesión plenaria de la Organización de los Estados Americanos, celebrada en Venezuela (B.O. 17/01/97). En el Preámbulo de la Convención prevé a la democracia representativa como condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, a la par que reconoce a la corrupción como uno de los actos que socavan la credibilidad en los sistemas democráticos, pone el ahínco en que precisamente sean los Estados los entes que pongan mayor énfasis en el combate a la corrupción, adecuando normativas, previniendo, detectando y sancionando la corrupción en el ejercicio de la función pública, entendiendo como tal a “toda actividad temporal o permanente, remunerada y honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos”. Precisamente, cuando enmarca la adecuación de normas en materia penal en la lucha contra la corrupción, enumera en el Punto 6.1 de la misma, lo que en nuestro Código Penal está establecido en el Título 11, Capítulos 1 al 14 inclusive, y en el Título 12, Capítulos 1 al 6 inclusive.

José Luis Valle

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

IX

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-15.025/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés del Senado el “Proyecto de Intervención Escultórica Monumental” en los Valles Calchaquíes, denominado “El Espíritu del Lugar” y de autoría del Arquitecto Leonardo Pellegrini, de la Licenciada Mercedes Ruiz de los Llanos y del artesano diseñador Rodolfo Vivas.

            Art. 2º.- De forma.

Miguel Ángel Vilaseca – Guillermo Emilio Toloza – Carlos Daniel Porcelo – Amalia Corregidor – Néstor Fidel Cardozo

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa a la Comisión respectiva.

2

Expte. Nº 90-14.027/02

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, el proyecto “Corredor Ecológico de la Puna Argentina, Valles y Quebradas” surgido del Convenio General de Cooperación celebrado entre la Embajada de Francia y las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán y Catamarca, a fin de implementar un corredor ecológico en las regiones geográficas de la Puna, Quebrada de Humahuaca y Valles Calchaquíes, como un espacio integrado por paisajes de alto valor ecológico, cultural y turístico.

Art. 2º.- Comunicar a los municipios de la Puna, Valle de Lerma y Valles Calchaquíes y a la Embajada de Francia.

Jesús Amores Ávila – Pedro Liverato

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

            Por Secretaría se dará lectura a los mismos.

8

MODIFICACIÓN DE LA LEY Nº 25.404

Expte. Nº 90-15.012/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Salud Pública, Seguridad Social y Deportes, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera, por el cual se solicita a los Legisladores Nacionales por la Provincia, impulsen la modificación de la Ley Nacional Nº 25.404, relacionada con toda persona que padece de epilepsia en todo el País; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la provincia de Salta, impulsen la modificación de la Ley Nacional Nº 25.404, sobre personas que padecen de epilepsia. La modificación propuesta apunta a incorporar en el artículo 4º de la citada Ley la “gratuidad de la asistencia médica” para todos aquellos pacientes epilépticos que carezcan de obra social y no posean los recursos económicos indispensables como para concurrir al ámbito privado de la salud.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2002.

Carlos Daniel Porcelo – María Teresita Díaz – Guillermo Emilio Toloza – Miguel Ángel Vilaseca

Miembro informante: Senador Carlos Daniel Porcelo.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Porcelo.- Señor Presidente: lo que motivó la presentación de este proyecto, es la situación que padecen los enfermos que sufren de epilepsia. Consideramos que estas personas necesitan vivir en forma tan normal como sea posible, tomando en cuenta su enfermedad, pues no existe tratamiento curativo específico, pero si no se controla por completo en base a la medicación apropiada, el paciente estará preocupado por las dificultades que le trae aparejada esta enfermedad, lo que afecta su estado emocional.

            Muchos pacientes afectados por esta enfermedad reciben drogas anticonvulsivas, lo que les ayuda a reducir las convulsiones o erradicarlas. Estas personas a menudo tienen problemas emocionales a causa de la actitud social hacia el trastorno. Esto posiblemente afecta la capacidad del paciente para aprender, encontrar y conservar un empleo y a sus relaciones con compañeros de trabajo, amigos y la familia misma.

            El proyecto que hoy se presenta, tiene por objeto dar una solución a esta situación, lo cual consideramos de máximo interés, especialmente porque las personas que padecen de epilepsia pueden llevar una vida normal, si se les brinda un adecuado tratamiento médico asistencial y se les proporciona los medicamentos necesarios para tal fin; evitando así el peso social, familiar y el sufrimiento personal de los afectados, todo puede solucionarse con la ayuda y comprensión de nuestra sociedad.

            Por la importancia que reviste el proyecto, voy a solicitar la aprobación del mismo.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: simplemente para hacer unas breves reflexiones sobre este proyecto que acaba de fundamentar el Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

            Básicamente este proyecto se origina en una situación de vida, que llevó a planteármela, en mi público despacho en la ciudad de San José de Metán, quien hoy por hoy se está constituyendo como el Presidente de la Asociación de Epilépticos que se está formando, por lo menos está naciendo a la vida pública en la ciudad de Metán. Lamentablemente en nuestro medio tenemos, de acuerdo a datos estadísticos que me proporcionó esta Asociación en formación, arriba de cien personas que padecen esta enfermedad y la carencia que padecen estas personas pasa fundamentalmente por las serias dificultades que tienen para proveerse de medicamentos para el tratamiento de la enfermedad, ya que son medicamentos de un alto costo económico, lo que hace difícil que las personas de escasos recursos puedan acceder con facilidad al mismo. De allí este proyecto que busca modificar la Ley Nacional que regula el tema y al cual nuestra Provincia, por una normativa específica, está adherida, buscando por sobre todas las cosas que los medicamentos se pongan a disposición de los enfermos de escasos recursos.

            Por las razones expuestas, pido la aprobación del presente proyecto de declaración.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen y el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

9

ACCESO A LA INFORMACIÓN

Expte. Nº 91-9.701/00

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión  sobre el acceso a la información; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2002.

Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Miembro informante: Senador Guillermo Enrique Barrera.

*Véase texto del proyecto en el punto 2 del Apéndice

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor miembro informante.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: el presente proyecto de ley reconoce el derecho a la información respecto de los actos de cualquier órgano de la Administración Central, Descentralizada, Entidades Autárquicas, Empresas, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación mayoritaria.

            Por primera vez, y con este proyecto, se está otorgando vigencia efectiva a la publicidad de los actos de Gobierno y estableciendo a los funcionarios la obligatoriedad de contestar gratuitamente, en el plazo establecido, cualquier requerimiento que se le haga. A los fines de armonizar los múltiples derechos en juego, el proyecto establece límites, entre otros, en cuanto a que la información requerida pueda afectar la intimidad de las personas, la tramitación de causas judiciales o administrativas, las opiniones vertidas como parte del proceso previo a la toma de decisión por la autoridad pública, que no formen parte de los expedientes, y las demás excepciones que establecen las leyes respectivas.

De tal modo, por este proyecto de ley se le reconoce a cualquier persona el derecho a obtener directamente, de la propia administración, información relacionada con los actos de Gobierno, quedando aún la vía judicial para el caso de una negativa infundada.

En el entendimiento de estar colaborando no sólo con la publicidad, sino también con la transparencia de los actos de gobierno, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En  consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

En consideración el proyecto  de ley en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            En consideración en particular.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: que en el tratamiento en particular, por Secretaría se limite a enunciar el número de los artículos.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Así se hará, señor Senador.

Se va a votar en particular.

-Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11 y 12.

– El artículo 13 es de forma.

Sra. Presidente (Corregidor).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

10

CREACIÓN DE UN HOGAR DEL MENOR EN SAN JOSÉ DE METÁN

Expte. Nº 90-15.011/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Guillermo Enrique Barrera, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo arbitre todas las medidas necesarias para la creación en la ciudad de San José de Metán de un Hogar del Menor; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2002.

Guillermo Enrique Barrera- Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador Guillermo Enrique Barrera.

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta

D E C L A R A

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre todas las medidas necesarias para la creación en la ciudad de San José de Metán, de un Hogar del Menor dependiente de la Comisaría del Menor de la Unidad Regional Nº 3, con asiento en la citada ciudad.

Guillermo Enrique Barrera

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta, señores senadores: básicamente este proyecto tiene su origen en un planteo formal que le hiciera el suscripto al actual Juez Correccional de Menores de la ciudad de San José de Metán, Doctor Mario Samson. En nuestro Distrito Judicial hay menores que, lamentablemente por la situación socioeconómica que vivimos, por la situación de marginalidad en que a veces el sistema los coloca en sus vidas, desarrollan conductas, actos que los llevan a colisionar con el sistema legal. Entonces, en estos casos la ley determina que deben ser sometidos a medidas de seguridad, a los fines de realizar un proceso de recuperación del menor. En Metán, el Juez Correccional carece de un ámbito físico adecuado como para que este proceso de recuperación pueda realizarse.

            Este proyecto apunta a marcar la necesidad a nivel del Poder Ejecutivo Provincial, de modo tal que se adopten las medidas necesarias para crear en la ciudad de San José de Metán, el Hogar del Menor. De forma que el Juez Correccional conjuntamente con los auxiliares que tiene en su Juzgado pueda hacer un seguimiento personalizado de los menores que delinquen, con la finalidad de recuperarlos y reinsertarlos en la sociedad.

Por estas razones, pido a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En  consideración el dictamen y el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

11

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL

INMUEBLE CATASTRO Nº 12.297 – DEPARTAMENTO GENERAL GÜEMES

Expte. Nº 90-14.909/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley nuevamente en revisión por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción del inmueble identificado con Catastro Nº 12.297, del departamento General Güemes, para ser adjudicado en venta a sus actuales ocupantes; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva con  la modificación propuesta por la Cámara de Diputados en sesión del día 23 de julio de 2002.

Sala de la Comisión, 7 de agosto de 2002

Guillermo Enrique Barrera – Guillermo Emilio Toloza – Luis Guillermo López Mirau – José Luis Valle

Miembro Informante: Senador José Luis Valle.

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción del inmueble identificado mediante Catastro Nº 12.297, limitando al Norte con el Colegio Secundario y Hospital “Joaquín Castellanos”, al Sur con el arroyo “Codito”, al Este con la Ruta Nacional Nº 34 y al Oeste con la línea que continúa desde calle Narciso Laprida, del Departamento de General Güemes, para ser  adjudicado en venta a sus actuales ocupantes.

            Art. 2º.- La presente expropiación no incluye los inmuebles ocupados por la empresa “Futuro Zona Franca S. A.” y/o los enajenados con antelación a la subasta pública del inmueble de mayor extensión.

            Art. 3º.- Dése intervención a la Unidad Ejecutora del Programa Familia Propietaria, a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias y el Decreto Nº 1.045/96, a los adjudicatarios citados en el artículo 1º.

            Art. 4º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar la mensura, desmembramiento y parcelación del inmueble mencionado en el artículo 1º, a fin de proveer parcelas similares a los ocupantes del terreno una vez efectivizada la expropiación.

            Art. 5º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación o hasta su cancelación definitiva, lo que fuere anterior.

            Art. 6º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de las escrituras queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veintitrés del mes de julio del año dos mil dos.

Ramón R. Corregidor                                      Alberto Froilán Pedroza

         Secretario                                                                             Presidente

Cámara de Diputados                                                          Cámara de Diputados

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: este proyecto viene en revisión luego de haber sido aprobado con una pequeña modificación por parte de la Cámara de Diputados, que tiene que ver simplemente con el nombre de un colegio que está ubicado en una parte adyacente al terreno a expropiar. De modo tal que, como lo habíamos manifestado oportunamente, el proyecto apunta a la necesidad de que se haga justicia con relación a los ex obreros del ingenio San Isidro que fueron despedidos y no percibieron sus indemnizaciones, no tienen vivienda, no tienen nada, y necesitan de una pequeña ayuda del Estado o reparación que por lo menos se materialice en un terreno donde construir su vivienda.

            Siendo realmente de una cuestión técnica la modificación introducida por la Cámara de Diputados y habida cuenta que este proyecto ya había sido aprobado por la Cámara de Senadores, solicito a los señores senadores que se preste aprobación al mismo, con la modificación introducida por los señores Diputados.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Sancionado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

12

PROTECCIÓN DE VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR

Expte. Nº 91-10.527/01 y 91-10.065/00 (acumulados).

Dictamen de Comisión

La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, ha considerado la observación total al proyecto de ley mediante el cual se reglamenta la Protección de Víctimas de Violencia Familiar y en segunda revisión, la insistencia dada por la Cámara de Diputados en sesión del día 23 de julio del año 2002, sobre los expedientes Nos. 91-10.527/01 y 91-10.065/00, acumulados, referidos  al mencionado proyecto de ley, observado totalmente mediante Decreto Nº 995/02 por el Poder Ejecutivo; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja insistir con la sanción definitiva dada por la Legislatura Provincial en sesión del día 30 de mayo de 2002.

Sala de la Comisión, 8 de agosto de 2002.

Ricardo Zambrano – Sergio Ramón Zenteno – Guillermo Enrique Barrera – Amalia Corregidor

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Barrera.- Señora Presidenta: este proyecto de ley que ya fuera tratado y aprobado por este Cuerpo, ha sido observado en forma total por el Poder Ejecutivo Provincial y remitido a la Legislatura. La Cámara de Diputados, originante del mismo,  acaba de insistir en su sanción y ahora nos toca a nosotros abocarnos al examen de las observaciones planteadas.

            La Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas del Senado ya tuvo oportunidad de expedirse respecto del contenido de esta iniciativa legislativa, a la que consideró y sigue considerando un valioso instrumento destinado a la prevención de hechos de violencia familiar y también, una vez acaecidos, a implementar un rápido mecanismo de intervención de los organismos competentes. Consideramos que las observaciones formuladas no alcanzan para enervar la legitimidad y legalidad de este proyecto de ley, dado que el mismo amplía el ámbito personal de protección de sus destinatarios, ya que al referirse a toda persona está amparando a todo ser humano, sin distinción de sexo o edad, se trate de mujer, varón, niño, adolescente, adulto o anciano, cualquiera sea su condición, toda vez que sea objeto de este flagelo que desde hace largo tiempo se ha instalado en nuestra sociedad. Mientras que la normativa provincial, más precisamente la Ley Nº 7.039, se refiere a la protección integral de todas las personas desde el momento de su concepción hasta la mayoría de edad. Es decir, técnicamente toma, esta Ley Provincial, a los menores de edad.

            Asimismo, en este proyecto de ley se pone particular énfasis en uno de los aspectos que contribuye a la protección de la víctima de este tipo de violencia, cual es el del procedimiento que debe observarse desde la detección de un hecho revelador de esta clase de atentado contra la persona humana, facilitando la denuncia del mismo hasta la intervención de los órganos jurisdiccionales competentes, recayendo sobre los juzgados civiles de Personas y Familia, por entender que ese es el ámbito donde se encuentran los profesionales más capacitados para atender estos casos, la tarea de sustanciar el respectivo proceso. Y aquí se encuentra una de las novedades de esta Ley, ya que más allá de la actuación que le corresponde a la justicia penal, se pone a cargo de la justicia civil una serie de actos procesales que el magistrado en turno deberá cumplir para hacer efectivo no sólo la protección de la víctima, sino también para poner en práctica medidas dirigidas a modificar las condiciones de vida de quienes padecen este flagelo y el tratamiento del agresor. De manera que no hay confusión en cuanto a quién es el magistrado competente para adoptar las medidas que habilita este proyecto y otras leyes, se delimita en qué caso será el juez civil de Personas y Familia y en qué otros el juez penal el que deba actuar concretamente y a través de qué medios.

            Señora Presidenta, los argumentos que acabo de exponer son lo suficientemente claros como para que esta Cámara deba insistir nuevamente en la aprobación de este proyecto de ley que tuvo a la Cámara de Diputados como Cámara de origen, y en ese Cuerpo, cuando fue tratado por primera vez, fue aprobado por unanimidad y en esta segunda oportunidad porque se originó un nuevo tratamiento con motivo de la observación total que hiciera al proyecto el Poder Ejecutivo, nuevamente la Cámara de Diputados, como Cámara originante, aprobó por unanimidad este proyecto, lo que revela, lo que demuestra, lo que marca el alto grado de consenso y aceptación que ha tenido la Cámara originaria. Nosotros entendemos, desde la Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas, que no podemos tener un criterio distinto, se trata de un buen proyecto de ley que otorga una herramienta más en la lucha para combatir el flagelo de la violencia familiar.

            Por las razones expuestas, pido a mis pares insistamos con la sanción del proyecto de ley.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el dictamen que aconseja la insistencia de este proyecto de ley. Se va a votar.

-Resulta afirmativa.

Sra. Presidente (Corregidor).- Aprobado por unanimidad. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

13

CONSTRUCCIÓN DE LA ESCUELA PRIMARIA PARA

LOS BARRIOS SANTA TERESITA Y EL CRUCE DE GENERAL GÜEMES

Expte. Nº 90-15.007/02

Dictamen de Comisión

La Comisión de Obras Públicas, Industria y Turismo, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo de la Provincia, por intermedio del área Ministerial pertinente, ejecute la obra “Construcción de la Escuela Primaria para los Barrios Santa Teresita y El Cruce de la ciudad de General Güemes”; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial por intermedio del área Ministerial pertinente, prevea la ejecución de la obra “Construcción de la Escuela Primaria para los Barrios Santa Teresita y El Cruce de la ciudad de General Güemes”, incluyendo las partidas necesarias en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003.

Sala de la Comisión, 8 de agosto de 2002.

Sergio Ramón Zenteno – Telmo Salva – Amalia Corregidor – Miguel Angel Oscari – Jesús Avila Amores – Ricardo Zambrano

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta: este proyecto tiene por finalidad lograr que se ponga en marcha la construcción de una escuela para lo cual se cuenta con el terreno, con los planos, incluso estuvo presente en el Presupuesto del año 1998 y lamentablemente no ha sido ejecutado. Digo lamentablemente, porque entre esos barrios Santa Teresita y El Cruce existen más de mil quinientos niños que concurren a establecimientos escolares muy distantes de los mismos, razón por la cual, y aparte de la superpoblación existente en las escuelas públicas, se hace imprescindible la construcción de esta escuela.

Hemos ingresado este proyecto de declaración apuntando su inclusión en el Presupuesto 2003, sin perjuicio de que pudiéramos, a través del Programa Jefas y Jefes de Hogar, iniciar labores que van a facilitar la construcción de la misma.

            Es imprescindible decimos y queremos tener de algún modo una respuesta en relación a la posibilidad y factibilidad de construcción de la misma, lo que, como digo, habrá de ayudar enormemente al desarrollo y el desempeño de la actividad educativa en el departamento General Güemes, como un modo de morigerar la situación que vivimos y apuntar a un futuro mejor.

            Por eso,  pido a los señores Senadores la aprobación de este proyecto de declaración.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado.

            Se harán las comunicaciones pertinentes.

14

SOLICITAR AL CONGRESO LA REFORMA DEL CÓDIGO PENAL

Expte. Nº 90-15.026/02

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Congreso de la Nación, proceda a tratar la reforma del Código Penal, particularmente en lo relativo a la necesidad del incremento de las penas establecidas para los delitos cometidos en perjuicio de la Administración Pública.

Sin perjuicio de ello se avoque también al tratamiento de otros institutos contenidos en el citado plexo normativo. Todo ello encaminado a lograr una efectiva batalla contra la corrupción en la búsqueda de herramientas que permitan a la justicia esclarecer y sancionar todo acto que, originado en el ejercicio de la función pública, perjudique el funcionamiento de la misma.

José Luis Valle

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señora Presidenta, señores senadores: este proyecto tiene que ver con esta cuestión tan de moda, ya que desde la Administración Pública pareciera ser que surgen todos los males por los que atraviesa o que redundan en perjuicio de la gente, sin embargo nosotros observamos que es una parte del problema en el País. Lamentablemente entre las delegaciones que hicieron las provincias a la Nación está la del dictado de normas de fondo en materia penal y por esa razón cualquier reforma a dicho cuerpo tiene que hacerse a través del Congreso de la Nación. En ese sentido, habida cuenta de que se han dictado normas en estos últimos días y se ha sostenido que las mismas tienen que ver con la necesidad de la transparencia en el ejercicio de la función pública, la necesidad de evitar injerencias de funcionarios en cuestiones ajenas a su labor, entiendo que lo mejor y lo necesario para que sea transparente la labor, para que sea efectiva, para evitar que estos males nos perjudiquen, está vinculado necesariamente a una profunda reforma del Código Penal y particularmente en todo aquello que significa la comisión de actos en contra de la Administración Pública o en perjuicio de la Administración Pública y dentro de ello vemos que existe una diversidad de delitos, normalmente se habla de malversación de caudales públicos, peculado, prevaricato, pero también hay delitos que tienen que ver con el incumplimiento de disposiciones que hacen a la necesidad del dictado de normas o del cumplimiento expreso de disposiciones que llevan al funcionario a acatarlas en función de requerimientos de otros cuerpos o en requerimiento de la sociedad, sin embargo vemos que las penas establecidas para este tipo de delitos son verdaderamente mínimas en relación a otro tipo de delitos vinculados a actos privados o de personas no vinculadas a la Administración Pública. Considero, y lo hemos conversado con algunos señores senadores, la necesidad imperiosa de mostrar que estamos trabajando y que es necesario producir un cambio en esta normativa, para que de algún modo se contribuya a evitar actos de corrupción, a evitar este señalar constantemente a los funcionarios públicos como ajenos a los problemas que nos afectan.

Sería realmente largo y no corresponde que nos aboquemos a desarrollar cada uno de estos delitos tipificados en el Código Penal. Entonces, nuestra declaración apunta a solicitar a los Legisladores Nacionales que se aboquen al tratamiento, a insertar la discusión sobre el tema. Habrá legisladores que dirán que no se va a corregir el problema de la corrupción porque incrementemos la pena y habrá algunos que dirán que sí se va a corregir. Particularmente considero que hay una desigualdad tremenda en esta materia, por ejemplo la malversación de caudales públicos tiene una pena de hasta dos años y puede ocurrir que un funcionario, a lo mejor, no se quede con un centavo, pero destina mal los fondos que han llegado a su órbita y puede causar un perjuicio a toda una comunidad o a algún ciudadano. Esto es grave, sin embargo, la pena es mínima.

No solamente por esa cuestión -solicito autorización a la señora Presidente para dar lectura a un párrafo- sino por lo que dijo la Convención Iberoamericana de Lucha Contra la Corrupción, es necesario que se avance en este tema. En este sentido se ha dicho que la demanda de incremento en las penas está directamente relacionada con la evolución normativa, adecuándose a los tiempos las sofisticaciones, medios y modo de ataque a las distintas tipificaciones. Siempre ha sido así desde los tiempos del Derecho Romano, toda vez que resulta de una necesidad civil, de la fuerza de los hechos, conforme a lo que la sociedad y el derecho reclama, la actualización de la multa de carácter pecuniario y de penas de prisión o reclusión, que está en facultad del legislador su tratamiento, reformulación y adecuación a los tiempos.

            Dicha Convención, de la cual la Argentina es estado miembro, ha señalado en la sesión plenaria del 17 de enero del año 1997 lo que está contenido en el Preámbulo de la misma y que prevé a la democracia representativa como condición indispensable para la estabilidad, la paz y el desarrollo de la región, que entiende que a la par de ello la corrupción es uno de los actos que socava la credibilidad de los sistemas democráticos, pone ahínco en que precisamente los estados sean entes que pongan mayor énfasis en el combate a la corrupción, adecuando normativas, previendo, detectando y sancionando la corrupción en el ejercicio de la función pública, entendiendo como tal a “toda actividad temporal o permanente remunerada u honoraria, realizada por una persona natural en nombre del Estado o al servicio del Estado o de sus entidades, en cualquiera de sus niveles jerárquicos”. Es decir, no solamente se trata aquí de señales a la sociedad, sino de que contribuyamos a construir una normativa que ayude a la consolidación del sistema. Y combatir la corrupción significa contribuir necesariamente a fortalecer el sistema y despojar este tiempo de crisis que vivimos en la Argentina.

            Esto es solamente un inicio, tal vez, de un debate necesario que se debe dar, el Código Penal debe ser reformado en algunos otros aspectos, como también en nuestra Provincia. Es importante destacar que esta Cámara, en el mes de agosto del año pasado, ha aprobado la reforma del Código Procesal Penal que hubiese, hubiere y  va a contribuir notablemente a la tarea que realizan los jueces  en materia penal, a la justicia, al esclarecimiento de hechos que a veces tienen una demora insostenible, de gente que a veces está detenida demasiado tiempo sin que haya una  sentencia. Sin embargo, este Código que ya fue aprobado en su momento por la Cámara de Senadores, todavía está esperando la media sanción por parte de la Cámara de Diputados.

Con una reforma de la Ley de Fondo, con un régimen procesal adecuado a los tiempos, seguramente vamos a contribuir a modificar y a aportar elementos para que la justicia sea efectiva en los fines para la que ha sido creada y para lo que está vigente.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

15

DECLARAR DE INTERÉS EL PROYECTO “CORREDOR ECOLÓGICO LA PUNA ARGENTINA, VALLES Y QUEBRADAS”

Expte. Nº 90- 15.027/02

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara el proyecto “Corredor Ecológico de la Puna Argentina, Valles y Quebradas”, surgido del Convenio General de Cooperación celebrado entre la Embajada de Francia, y las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán y Catamarca, a fin de implementar un corredor ecológico en las regiones geográficas de la Puna, Quebrada de Humahuaca y Valles Calchaquíes, como un espacio integrado por paisajes de alto valor ecológico, cultural y turístico.

            Art. 2º.- Comunicar a los municipios de la Puna, Valle de Lerma y Valles Calchaquíes y a la Embajada de Francia.

Pedro Liverato – Jesús Avila Amores

Sra. Presidenta (Corregidor).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.

Sen. Liverato.- Señora Presidenta: la importancia del convenio radica en establecer, en un marco formal de cooperación, la implementación de un corredor ecológico que abarque la Puna, Quebrada de Humahuaca y Valles Calchaquíes. Estas son áreas del Noroeste Argentino, especialmente la provincia de Salta, que representan una extensión territorial de gran relevancia ecológica, cultural y turística.

            Las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán y Catamarca y la Embajada de Francia, por este medio, se comprometen a realizar actividades conjuntas en materia de planificación, gestión, difusión, promoción, capacitación, educación y de investigación orientadas a un ordenamiento territorial armónico basado en el desarrollo sustentable. Una de las actividades sustentables que se pretende promocionar es especialmente el turismo ecológico, entendiéndose como tal “el desarrollo de actividades turísticas ambientalmente responsables, dentro de áreas relativamente poco alteradas, para apreciar y disfrutar la naturaleza, promoviendo la conservación con un bajo impacto ambiental, proporcionando un beneficio socio económico a la población local” y posicionar a la provincia de Salta en el gran mercado turístico internacional.

            Por las razones expuestas, solicitamos la aprobación del proyecto de resolución.

Sra. Presidenta (Corregidor).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sra. Presidenta (Corregidor).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.


16

ARRÍO DE BANDERAS

Sra. Presidenta (Corregidor).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento La Candelaria, don Guillermo Emilio Toloza, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Guillermo Emilio Toloza y José Luis Valle, proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial respectivamente.

– Es la hora 21.35′.

      Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

  Cámara de Senadores


17

A P E N D I C E

1

Modificación de la Ley Nº 25.404

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales por la Provincia de Salta, impulsen la modificación de la Ley Nacional Nº 25.404, sobre personas que padecen de epilepsia. La modificación propuesta apunta a incorporar en el artículo 4º de la citada Ley la “gratuidad de la asistencia médica” para todos aquellos pacientes epilépticos que carezcan de obra social y no posean los recursos económicos indispensables como para concurrir al ámbito privado de la salud.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

2

Acceso a la información

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

DE ACCESO A LA INFORMACIÓN

            Artículo 1º.- Derecho a la Información.

            Toda persona tiene derecho, de conformidad con el principio de publicidad de los actos de gobierno, a solicitar y a recibir información completa, veraz, adecuada y oportuna, de cualquier órgano perteneciente a la Administración Central, Descentralizada, de Entes Autárquicos, Empresas, Sociedades del Estado y  Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria.

            Art. 2º.- Alcances

            Debe proveerse la información contenida en documentos escritos, fotografías, grabaciones, soporte magnético o digital o en cualquier otro formato y que haya sido creada u obtenida  por el órgano requerido que se encuentre en su posesión y bajo su control. Se considera como información a los efectos de esta Ley, cualquier tipo de documentación que sirva de base a un acto administrativo, así como las actas de reuniones oficiales si las hubiere.

            Art. 3º.- Límites en el acceso a la información

            No se suministra información:

            Art. 4º.- Información parcial.

            En caso que exista un documento que contenga en forma parcial información cuyo acceso esté limitado en los términos del artículo anterior, debe suministrarse el resto de la información solicitada.

            Art. 5º.- Gratuidad.

            El acceso público a la información es gratuita en tanto no se requiera la reproducción de la misma. Los costos de reproducción son a cargo del solicitante.

            Art. 6º.- Formalidad

            La solicitud de información efectuada en virtud de lo dispuesto en la presente Ley debe ser realizada por escrito, con identificación del requirente, sin  estar sujeta a ninguna otra formalidad. No puede exigirse la manifestación del propósito de la requisitoria. Debe entregarse al solicitante de la información una constancia del requerimiento.

            Art. 7º.- Plazos

            Toda solicitud de información requerida en los términos de la presente Ley debe ser satisfecha en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles. El plazo se podrá prorrogar en forma excepcional por otros diez (10) días hábiles, de mediar circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada. En su caso, el órgano requerido debe comunicar antes del vencimiento del plazo de treinta (30) días, las razones por las cuales hará uso de la prórroga excepcional.

            Art. 8º.- Incumplimiento.

            Si una vez cumplido el plazo previsto en el artículo anterior, la demanda de información no se hubiera satisfecho queda habilitada la acción de amparo.

            Art. 9º.- Denegatoria fundada.

            La denegatoria de la información debe ser dispuesta por un funcionario de jerarquía equivalente o superior a Secretario de Estado, en forma fundada y explicitando con la mayor precisión la norma que ampara la negativa.

            Art. 10.- Responsabilidades.

            El funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria obstruya el acceso del solicitante a la información requerida, o la suministre en forma incompleta o de cualquier modo obstaculice el cumplimiento de esta Ley, es considerado incurso en falta grave.

            Art. 11.- La página Web oficial de la provincia de Salta, si la tuviere,  en la Red Internet o la que la sustituya en lo sucesivo,  deberá contener el presupuesto del ejercicio vigente actualizado, los recursos de la Provincia por todo concepto, las normas tributarias provinciales y enunciará  los ingresos por habitante en la Provincia, la recaudación tributaria provincial del último año, las leyes y planes o programas de incentivos a la radicación de capitales e inicio de nuevos emprendimientos productivos, el volumen de producción de las principales explotaciones del año inmediato anterior, posibilidades y volúmenes sobre exportación de productos de origen provincial y los datos sobre oficinas para recabar información sobre salud, educación,  seguridad, justicia, mercado laboral y todo otro elemento de interés general.

            Art. 12.- Invítase a los Municipios de la Provincia a adherir a lo dispuesto en la presente Ley.

            Art. 13º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los  ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

3

Creación de un Hogar del Menor en Metán

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre todas las medidas necesarias para la creación en la ciudad de San José de Metán, de un Hogar del Menor dependiente de la Comisaría del Menor de la Unidad Regional Nº 3, con asiento en la citada ciudad.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

4

Declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula 12.297 de General Güemes

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación la fracción del inmueble identificado mediante Catastro Nº 12.297, limitando al Norte con el Colegio Secundario y Hospital “Joaquín Castellanos”, al Sur con el arroyo “Codito”, al Este con la Ruta Nacional Nº 34 y al Oeste con la línea que continúa desde calle Narciso Laprida, del Departamento de General Güemes, para ser  adjudicado en venta a sus actuales ocupantes.

            Art. 2º.- La presente expropiación no incluye los inmuebles ocupados por la empresa “Futuro Zona Franca S. A.” y/o los enajenados con antelación a la subasta pública del inmueble de mayor extensión.

            Art. 3º.- Dése intervención a la Unidad Ejecutora del Programa Familia Propietaria, a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias y el Decreto Nº 1.045/96, a los adjudicatarios citados en el artículo 1º.

            Art. 4º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar la mensura, desmembramiento y parcelación del inmueble mencionado en el artículo 1º, a fin de proveer parcelas similares a los ocupantes del terreno una vez efectivizada la expropiación.

            Art. 5º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación o hasta su cancelación definitiva, lo que fuere anterior.

            Art. 6º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de las escrituras quedan exentas de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 7º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

5

Construcción de escuelas primarias en los Barrios Santa Teresita y El Cruce de General Güemes

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio del área ministerial pertinente, prevea la ejecución de la obra “Construcción de la Escuela Primaria para los Barrios Santa Teresita y El Cruce, de la ciudad de General Güemes” incluyendo las partidas necesarias en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2003.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

6

Reforma del Código Penal

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Que vería con agrado que el Congreso de la Nación proceda a tratar la reforma del Código Penal, particularmente en lo relativo a la necesidad del incremento de las penas establecidas para los delitos cometidos en perjuicio de la administración pública.

Sin perjuicio de ello, se avoque también al tratamiento de otros institutos contenidos en el citado plexo normativo, todo ello encaminado a lograr una efectiva batalla contra la corrupción en la búsqueda de herramientas que permitan a la justicia esclarecer y sancionar todo acto que originado en el ejercicio de la función pública perjudique el funcionamiento de la misma.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.

7

Corredor Ecológico de la Puna Argentina, Valles y Quebradas

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, el proyecto “Corredor Ecológico de la Puna Argentina, Valles y Quebradas” surgido del Convenio General de Cooperación celebrado entre la Embajada de Francia y las provincias de Salta, Jujuy, Tucumán y Catamarca, a fin de implementar un corredor ecológico en las regiones geográficas de la Puna, Quebrada de Humahuaca y Valles Calchaquíes, como un espacio integrado por paisajes de alto valor ecológico, cultural y turístico.

Art. 2º.- Comunicar a los municipios de la Puna, Valle de Lerma y Valles Calchaquíes y a la Embajada de Francia.

Art. 3º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los ocho días del mes de agosto del año dos mil dos.