Expte. Nº 91-45.448/2022 – 10/08/23 – “Día de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje” – Ap. en def. – Ley Nº 8.396
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión por el cual se instituye el 8 de octubre de cada año, como el “Día de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje”, en el ámbito de la provincia de Salta. (Expte. N° 91-45.448/2022, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).
Aprobado en definitiva, el 31/08/2023
Poder Ejecutivo para su Promulgación.
Ley Nº 8.396
Decreto de Promulgación Nº 645, de fecha 28/09/2023
Publicado en B. O. Nº 21.563, de fecha 03/10/2023.
DICTAMEN DE COMISIÓN
La Comisión de SALUD PÚBLICA y SEGURIDAD SOCIAL, ha considerado el proyecto de Ley en revisión, mediante el cual se instituye el 8 de Octubre de cada año como “Día de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje” en el ámbito de la provincia de Salta, y; por las razones que dará el miembro informante aconseja su sanción definitiva.
Expte. N° 91-45.448/22
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Institúyese el 8 de Octubre de cada año como el “Día de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje” en el ámbito de la provincia de Salta.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial arbitrara las medidas necesarias para la organización de actividades pendientes a la difusión y concientización de la Dislexia y las Dificultades Específicas del Aprendizaje, con el objeto principal de contribuir a la detección temprana y garantizar una educación inclusiva y equitativa.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.-
Sala de la Comisión, 23 de agosto de 2023