Expte. Nº 91-40.590/19 – 14/08/19 – Adhesión a la Ley Nacional 27.197 de lucha contra el sedenterismo – Ap. en def. – Ley Nº 8.163
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en revisión, por el cual la provincia de Salta se adhiere a la Ley Nacional 27.197 de lucha contra el sedentarismo. (Expte. Nº 91-40.590/19, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).
Aprobado en definitiva, el 26/09/2019
Poder Ejecutivo para su Promulgación
Ley Nº 8.163
Decreto de Promulgación Nº 1527, de fecha 18/10/2019
Publicado en B. O. Nº 20.609, de fecha 22/10/2019
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Adhiérase la provincia de Salta a la Ley Nacional 27.197 de Lucha contra el Sedentarismo, cuyo objeto es promover la salud mediante la actividad física, en el marco de las políticas públicas sobre prevención y control de enfermedades crónicas no transmisibles y de todas otras aquellas que ayuden al bienestar total de la persona.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo, a través de sus áreas pertinentes, diseñará y pondrá en vigencia políticas de prevención y lucha contra el Sedentarismo de acuerdo a lo prescrito en la Ley Nacional 27.197.
Art. 3°.- Son Autoridades de Aplicación de la presente, el Ministerio de Salud Pública y la Secretaría de Deportes de la Provincia.
Art. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 5°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.