Cámara de Senadores
Pedidos de InformeProyectos de Resolución Aprobados

Expte. Nº 90-31.114/2022 – 30/06/22 – Pedido de Informe – Resolución Nº 172/22

Del Señor Senador JORGE MARIO EMILIANO DURAND, que de conformidad a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la Provincia de Salta y el artículo Nº 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera a la Secretaría de Recursos Hídricos, organismo dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta, para que en un plazo de 10 días brinde informe relativo a los siguientes puntos:

I.- Indique los procedimientos técnicos empleados para la medición de los niveles de contaminación de los recursos hídricos provinciales y la periodicidad con la que se realizan los controles de medición sobre cada uno de ellos. Acompañe reglamentación dispuesta a tal efecto.-

II.- Estudios evolutivos en los niveles de contaminación del embalse General Belgrano -Dique Cabra Corral- y sus afluentes (Ríos Juramento, Rosario, Arenales, Maroma, Peñas Blancas y en el derivador Miraflores) desde el año 2011 a la fecha.-

III.- Niveles de contaminación presentes al día de la fecha en las aguas y en el lecho del embalse General Belgrano. En su caso, indique el origen y causas detectadas. Brinde detalle de actas de constatación e infracción y resoluciones sancionatorias que hubieren sido labradas desde el año 2011 a la fecha por contravenciones cometidas en perjuicio de este patrimonio hídrico. –

IV.- Niveles de contaminación presentes al día de la fecha en los ríos afluentes cuyas aguas desembocan en el embalse General Belgrano. En su caso, indique el origen según las causas que hubieren sido detectadas. Brinde detalle de actas de constatación e infracción y resoluciones sancionatorias que hubieren sido labradas desde el año 2011 a la fecha.- 

V.- Indique si los actuales niveles de contaminación de las aguas del embalse General Belgrano representan un riesgo para la salud en orden a los distintos empleos susceptibles de ser dados a este recurso hídrico, a saber: consumo humano y animal, pesca y consumo de sus productos derivados, esparcimiento, deportes náuticos y de aventura, riego.-

VI.- Indique si los niveles de contaminación detectados en las aguas del embalse General Belgrano como en sus ríos afluentes representan un riesgo para la producción agrícola y ganadera. –

VII.- Medidas y acciones adoptadas desde el año 2011 a la fecha tendientes a la reducción y erradicación de las causas y focos de contaminación que pudieren afectar al embalse General Belgrano y a sus afluentes. Medidas de saneamiento adoptadas en esos mismos periodos. Asimismo brinde detalle de presupuestos asignados y ejecutados en cada caso y para tal finalidad desde el año 2011 a la fecha.-

(Expte. Nº 90-31.114/2022).

Resolución Nº 172/22

Aprobado el 30/06/2022