7° Sesión Ordinaria – 27 de abril
Presidida por el Vicegobernador Antonio Marocco y con la presencia de 17 senadores, se llevó a cabo la 7° Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores.
Homenaje
Previo a la Sesión se realizó un homenaje por los 70 años del Boliche Balderrama y los 33 años de la Radio Aries FM con la presencia de la Señora Patricia Balderrama y el director de la Radio, el periodista Mario Ernesto Peña. El acto estuvo encabezado por el Presidente Antonio Marocco junto a los Vicepresidentes primero Mashur Lapad y Segundo Walter Cruz.
A cargo de la Banda del Servicio Penitenciaro, se escucharon las melodias de la zamba a Balderrama y se hizo entrega de placas a los homenajeados.
Eliminación de la Fe de Vida
Mediante un proyecto de Declaración del Senador Esteban D´Andrea, se solicitó que los señores Diputados Nacionales por Salta, lleven a cabo las gestiones necesarias para que la Cámara de Diputados de la Nación de sanción definitiva al Proyecto de Ley que dispone la eliminación del trámite de fe de vida a los jubilados y pensionados.
Se establece que los cambios o devolución de productos no consumibles puedan efectuarse en cualquier dia y horario. ( Expte. N° 91-46.257/22.)
Se aprobó en definitiva el proyecto de Ley en revisión por el cual se establece la recepción de los productos no consumibles, adquiridos en el marco de una relación de consumo conforme a la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, para su cambio o devolución debe efectuarse en cualquier día y horario de atención al público. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
El IPS abonará a prestaciones básicas para personas por discapacidad a valores no superiores al setenta por ciento (70%) (Expte. N° 91-47.002/22.)
Se aprobó con modificaciones el proyecto de Ley en revisión por el cual se modifica el artículo 2° de la Ley 7.600, que establece:
“Art. 2°.- El Instituto Provincial de Salud de Salta brinda las prestaciones básicas de atención integral de acuerdo a un nomenclador especial establecido con sus prestadores, respetando las prestaciones básicas determinadas según Ley 24.901. Pasa a la Cámara de Diputados nuevamente en revisión.
En los casos en que los prestadores cuenten con capacitación específica en materia de discapacidad en el ámbito de sus disciplinas, acreditada por los respectivos colegios profesionales o entidades análogas y categorizados conforme Resolución Nº 1328/2006 del Ministerio de Salud de la Nación o el que lo reemplace en el futuro, el Instituto Provincial de Salud de Salta abonará por las prestaciones básicas de atención integral a valores no superiores al setenta por ciento (70%) de los establecidos en el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad y sus actualizaciones y modificaciones, aprobadas por las Autoridades mencionadas en el artículo 2° del Decreto Nacional 1.193/98, o por las Autoridades Nacionales que en adelante las reemplacen.”