03/12/2015
3 de Diciembre de 2015
28ª Reunión – 27ª Sesión Ordinaria – 10ª Sesión Especial
Presidencia de los señores Senador MASHUR LAPAD
Senador JORGE PABLO SOTO
Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU
Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS
Secretario Institucional: Dr. CARLOS DANIEL PORCELO
SENADORES PRESENTES
ABILÉS, María Silvina
CERRANO, Gabriela Angelina
CRUZ, Walter Hernán
D’ANDREA, Luis Francisco
GÓMEZ, Ernesto Ángel
GONZÁLEZ, Pablo Damián
GRAMAGLIA, Roberto Enrique
GUANCA, Ernesto Gerardo
JORGE, Alfredo
LAPAD, Mashur
LÁVAQUE, Rubén Walter
LIENDRO, Américo
LIVERATO, Pedro
MAMANÍ, Héctor Edgar
PEREZ, Diego Sebastián
SANGUINO, Alfredo Francisco
SOTO, Jorge Pablo
VIVEROS, Guzmán
YANQUE, Cástulo
ZENTENO, Sergio Ramón
SENADORES AUSENTES CON AVISO
NOLASCO, Dani Raúl
NANNI VALERO, Miguel
S U M A R I O
Pág.
1. Izamiento de Banderas…………………………………………………………………………..
2. Versión Taquigráfica ……………………………………………………………………………..
3. Asuntos Ingresados a último momento:
I. Comunicación del Poder Ejecutivo………………………
II. Comunicación de la Cámara de Diputados…………
4. Asuntos Entrados:
I. Comunicaciones de Presidencia………………………….
II. Comunicaciones Oficiales…………………………………..
III. Dictámenes de Comisiones………………………………..
IV. Proyectos de Resolución:
1. Expte. Nº 90-24.636/15. Del señor Senador Diego Sebastián Pérez: declarar de Interés el 5to. Encuentro Provincial de Bandas de Música.
2. Expte. Nº 90-24.640/15. Del señor Senador Américo Liendro: declarar de Interés la Edición Nº 25 del Festival de la Tradición Calchaquí
V. Proyectos de Declaración:
1. Expte. Nº 90-24.637/15. Del señor Senador Diego Sebastián Pérez: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés el 5to. Encuentro Provincial de Bandas de Música……
2. Expte. Nº 90-24.639/15. Del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés la Edición Nº 25 del Festival de la Tradición Calchaquí……
3. Expte. Nº 90-24.641/15. Del señor Senador Américo Liendro: viendo con agrado la construcción de una cancha de césped sintético para hockey en la ciudad de Sam José de Metán………………..
4. Expte. Nº 90-24.642/15. Del señor Senador Américo Liendro: viendo con agrado que el Ministerio de Salud Pública disponga el funcionamiento efectivo de los equipos de Hemodinamia en el Hospital San Bernardo
5. Consideración de las renuncias al cargo de Senador Provincial, presentadas por el señor Senador por el departamento Cafayate Miguel Nanni y por el señor Senador por departamento Cachi Américo Liendro. Se aprueban……………………………………………………..
6. Licencias………………………………………………………………………………………………….
7. Asuntos ingresados a último momento:
Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………
8. Homenajes……………………………………………………………………………………………….
9. Asuntos ingresados durante la sesión:
III. Dictámenes de Comisiones………………………………..
V. Proyectos de Declaración
5. Expte. Nº 90-24.646/15. De la señora Senadora María Silvina Abilés: viendo con agrado el reconocimiento y felicitación a alumnos del Colegio Secundario “Senado Provincial, que participaron en el Proyecto Samsung Parlamento Juvenil del Mercosur y Educación y Memoria…………………………………………………………
6. Expte. Nº 90-24.647/15. De la señora Senadora Gabriela Cerrano: viendo con agrado que el Estado Nacional haga efectiva la ejecución de la Ley Nº 27133, de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF
VI. Comunicación de Bloque…………………………………..
VII. Comunicación de Comisiones………………………….
10. Expte. 90-24.639/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia, viendo con agrado la construcción de una cancha de césped sintético para hockey en la ciudad de Metán. Se aprueba…………………………………………..
11. Expte Nº 90-24.637/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Diego Sebastián Pérez, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés “El 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”. Se aprueba……………………………………..
12. Expte. Nº 90-24.642/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Ministerio de Salud Pública disponga el funcionamiento efectivo de los equipos de Hemodinamia en el Hospital San Bernardo. Se aprueba
13. Expte Nº 90-24.641/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la realización de la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí. Se aprueba………
14. Expte Nº 90-24.636/15. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Diego Sebastián Pérez, declarando de Interés de la Cámara el 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música. Se aprueba……………………………………………………………………………….
15. Expte Nº 90-24.640/15. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Américo Liendro, declarando de Interés de esta Cámara la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí. Se aprueba………………………………………………………………………….
16. Expte. Nº 90-24.646/15. Consideración del proyecto de declaración de la señora Senadora María Silvina Abilés, reconocimiento y felicitación a los alumnos del Colegio Secundario “Senado Provincial” de La Caldera, quienes participaron de los proyectos Samsung Parlamento Juvenil del Mercosur y Educación y Memoria. Se aprueba…………………..
17. Expte. Nº 90-24.647/15. Consideración del proyecto de declaración de la señora Senadora Gabriela Cerrano, viendo con agrado que el Estado Nacional haga efectiva la ejecución de la Ley Nº 27.133 de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF. Se aprueba
18. Expte. Nº 91-33.308/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley nuevamente en revisión, por el cual se regula el ejercicio de la actividad profesional vinculada a las ciencias Criminalística y Criminología, en todo el ámbito territorial de la Provincia de Salta. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……………………………………………………………………………………
19. Expte. Nº 91-34.559/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión por el que se desafecta del Sistema Provincial establecido en la Ley 7107, fracciones de los inmuebles Matrículas Nros. 156.038 y 160.211 del departamento Capital con destino a la regularización dominial de las familias allí asentadas. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación..
20. Expte. N° 91-35.627/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley, venido en revisión, Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación
21. Expte Nº 90-24.389/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Doctor Benjamín Pérez Ruiz, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación del Distrito Judicial del Centro. Se aprueba
22. Expte. Nº 90-24.391/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación de la Doctora Carmen Elena Juliá, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y de Personas y Familia Segunda Nominación del Distrito Judicial Tartagal. Se aprueba………………………………………………………………………………………………….
23. Expte. Nº 90-24.592/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Doctor Héctor Fabián Fayos, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala II del Distrito Judicial de Orán………………………………………………………..
24. Expte. Nº 90-24.593/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación de la Doctora Mónica Alejandra Mukdsi, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VI del Distrito Judicial del Centro. Se aprueba……………………
25. Expte. Nº 90-24.594/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Doctor Francisco Mascarello, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro. Se aprueba……………………………..
26. Expte. N° 90-24.595/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el pliego remitido por el Poder Ejecutivo, proponiendo acuerdo para la designación de la Doctora Paola Alejandra Marocco, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro………………………………………………….
27. Arrío de Banderas………………………………………………………………………………..
28. Apéndice:
– Sanciones de la Cámara……………………………………………………..
– En la ciudad de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince, siendo horas 19 y 51:
Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de quince señores senadores, queda abierta la sesión.
1
IZAMIENTO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Lapad).- Invito a la señora Senadora por el departamento La Caldera, doña María Silvina Abilés, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Chicoana, don Luis Francisco D’Andrea, a izar la Bandera Provincial.
– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores María Silvina Abilés y Luis Francisco D’Andrea proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)
2
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las versiones taquigráficas correspondientes a las sesiones de los días 24 y 25 de noviembre del año dos mil quince. Si no se formulan observaciones a las mismas, se darán por aprobadas, autenticarán y archivarán.
– Sin observaciones se aprueban las versiones taquigráficas de los días 24 y 25 de noviembre del año dos mil quince.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobadas.
3
ASUNTOS INGRESADOS A ÚLTIMO MOMENTO
I
Comunicación del Poder Ejecutivo
Pliego solicitando acuerdo para la designación del Dr. Humberto Raúl Álvarez, DNI Nº 13.894.184, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Segunda Nominación del Distrito Judicial del Sur, Circunscripción Metán. (Expte. Nº 90-24.645/15)
– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
II
Comunicación de la Cámara de Diputados
Proyecto de ley en revisión, creando el Régimen Provincial de Promoción de la Ganadería. (Expte. Nº 91-35.538/15)
– A la Comisión de Agricultura y Ganadería.
4
ASUNTOS ENTRADOS
I
Comunicación de Presidencia
En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10) del Reglamento de la Cámara, han sido girados a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, los siguientes Proyectos de Ley en revisión:
Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado. (Expte. Nº 91-35.627/15).
Sr. Presidente (Lapad).- Se reserva en Secretaría para su tratamiento.
Incorporando el artículo 10 bis a la Ley 7407, por el cual se establece que los importes provenientes de los aranceles de inscripción en el Registro Provincial de Establecimientos Expendedores de Bebidas Alcohólicas y de las multas que se apliquen por infracciones serán depositados en la cuenta especial que determinará la Autoridad de Aplicación y serán destinados a mejorar el servicio de seguridad y a la prevención de delitos y contravenciones. (Expte. Nº 91-35.628/15)
Sr. Presidente (Lapad).- De igual forma se reserva en Secretaría para su tratamiento.
II
Comunicaciones Oficiales
El Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios, remite copias autenticadas de los Decretos Nros. 3776, 3778, 3791 y 3793/15, conforme a lo dispuesto por la Ley 7860.
– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.
La Secretaría General de la Gobernación, remite copia del Decreto Nº 3737/15, que promulga la Ley 7900, Régimen Especial y Transitorio de Regularización de Tributos Provinciales cuya recaudación se encuentre a cargo de la Dirección General de Rentas. (Expte. Nº 91-35.181/15)
– A sus antecedentes.
III
Dictámenes de Comisiones
De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:
En el proyecto de ley, en revisión, prorrogando desde su vencimiento y por el término de un año, la vigencia de las Leyes Nros 7125 y6583, así como sus sucesivas prórrogas. (Expte. Nº 91-35.345/15)
– Al Orden del Día de la próxima sesión.
De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:
En el proyecto de ley en revisión, por el cual se desafecta del Sistema Provincial establecido en la Ley 7107 las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 156.038 y 160.211, del departamento Capital, con destino a la regularización dominial de las familias allí asentadas. (Expte. Nº 91-34.559/15)
En la Insistencia a la sanción dada por la Cámara de Diputados en sesión del 1 de julio de 2014, al proyecto de ley por el cual se regula el Ejercicio de la actividad profesional vinculada a las Ciencias Criminalística y Criminología, en todo el ámbito territorial de la provincia de Salta. (Expte. Nº 91-33.308/14)
Sr. Presidente (Lapad).- Se reservan en Secretaría para su tratamiento.
De Educación y Cultura:
En el proyecto de Ley, en revisión, implementando en el Sistema Educativo Provincial contenidos tendientes a concientizar, prevenir y combatir el “grooming” o “ciberhostigamiento”. (Expte. Nº 91-34.012/15)
– Al Orden del Día de la próxima sesión.
De Justicia, Acuerdos y Designaciones:
En el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para el Dr. Benjamín Pérez Ruiz, DNI N° 17.580.250, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Cuarta Nominación, del Distrito Judicial del Centro. (Expte. Nº 90-24.389/15)
En el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para el Dr. Héctor Fabián Fayos, D.N.I. N° 17.549.310, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala II del Distrito Judicial de Orán. (Expte. Nº 90-24.592/15)
En el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la Dra. Mónica Alejandra Mukdsi, D.N.I. N° 22.119.029, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VI. (Expte. Nº 90-24.593/15)
En el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para el Dr. Francisco Mascarello, D.N.I. N° 16.000.416, en el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro. (Expte. Nº 90-24.594/15)
En el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, solicitando acuerdo para la Dra. Paola Alejandra Marocco, D.N.I N° 23.316.470, en el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro. (Expte. Nº 90-24.595/15)
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Viña.
Sen. Soto.- Señor Presidente: solicito se reserven en Secretaría y Sesión Especial para tratar dichos pliegos.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de Sesión Especial. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. La sesión especial se hará en su oportunidad.
IV
Proyectos de Resolución
1
Expte Nº 90-24.636/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores “El 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Diego Sebastián Pérez
Sr. Presidente (Lapad).- Por la fecha, se reserva en Secretaría para su tratamiento.
2
Expte. Nº 90-24.640/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la realización de la Edición Nº 25 del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Américo Liendro
Fundamentos
El presente proyecto tiene como propósito requerir que este Cuerpo Legislativo brinde su apoyo a través de la resolución respectiva a la 25º Edición del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi.
La citada convocatoria representa un espacio de difusión artística y cultural que nuclea al conjunto de los vecinos de Cachi como así también a un número importante de turistas que visitan de manera frecuente nuestro pueblo.
Este espacio que permite la expresión sustantiva de los valores de nuestra región es además un ámbito propicio para la integración comunitaria lo cual representa un hecho social trascendente.
Son ya veinticinco años de esta instancia cultural que fuimos construyendo los cacheños y que se ha convertido en un patrimonio que custodiamos, ya que el mismo no es solo una atracción más de nuestro pueblo, sino que además este festival, que está cargado de un componente emotivo, es un canal que confluencia, armonía y encuentro ciudadano donde las familias se reúnen y comparten momentos muy agradables.
Los artistas y músicos que suelen acompañarnos le otorgan a esta actividad un color distintivo, ya que a través de su participación van nutriendo y alegrando a los concurrentes.
Por estas razones, es que solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de resolución.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.
Sen. Liendro.- Señor Presidente: solicito se reserve en Secretaría para ser tratado sobre tablas.
Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, se reserva.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Se reserva en Secretaría.
VI
Proyecto de Declaración
1
Expte. Nº 90-24.637/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, declare de Interés el 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Diego Sebastián Pérez
2
Expte. Nº 90-24.639/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área pertinente arbitre las medidas tendientes para la construcción de: “Cancha de Césped Sintético para Hockey” en la ciudad de San José de Metán.
Roberto Enrique Gramaglia
Fundamentos
Señor Presidente, señoras y señores senadores:
El hockey como disciplina deportiva se instaló en esta última década, como una actividad que niños y jóvenes de la ciudad de San José de Metán vienen practicando en forma constante, teniendo los clubes el material humano suficiente, no así una cancha de césped sintético acorde, no tan sólo para practicar dicho deporte, sino también para organizar campeonatos a nivel zonal, provincial y/o nacional.
El presente proyecto de declaración tiene como misión solicitar al Gobierno de la Provincia, a través del área que corresponda, disponer de los recursos económicos para que dicha obra se lleve a cabo en un tiempo prudencial, así este deporte como tantos otros se vea favorecido con la provisión de esta infraestructura que contribuirá a afianzar su desarrollo en la comunidad metanense.
Esta iniciativa va en línea con los esfuerzos y dedicaciones puestas de manifiesto por jugadoras/es, entrenadoras/es, instructoras/es, en apoyo a ellas y ellos y a la colaboración, interés y acompañamiento puesto de manifiesto por las autoridades municipales.
Roberto Enrique Gramaglia
3
Expte. Nº 90-24.641/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial la realización de la Edición Nº 25 del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Américo Liendro
Fundamentos
El presente proyecto tiene como propósito requerir al Poder Ejecutivo que brinde su apoyo a través de la resolución respectiva a la 25º Edición del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi.
La citada convocatoria representa un espacio de difusión artística y cultural que nuclea al conjunto de los vecinos de Cachi, como así también a un número importante de turistas que visitan de manera frecuente nuestro pueblo.
Este espacio que permite la expresión sustantiva de los valores de nuestra región, es además un ámbito propicio para la integración comunitaria lo cual representa un hecho social trascendente.
Son ya veinticinco años de esta instancia cultural que fuimos construyendo los cacheños y que se ha convertido en un patrimonio que custodiamos, ya que el mismo no es solo una atracción más de nuestro pueblo, sino que además este festival que está cargado de un componente emotivo, es un canal que confluencia armonía y encuentro ciudadano donde las familias se reúnen y comparten momentos muy agradables.
Los artistas y músicos que suelen acompañarnos le otorgan a esta actividad un color distintivo, ya que a través de su participación van nutriendo y alegrando a los concurrentes.
Por estas razones, es que solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de declaración.
Américo Liendro
4
Expte. Nº 90-24.642/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta, disponga de manera urgente las medidas y acciones pertinentes para que se produzca el funcionamiento efectivo de los equipos de Hemodinamia en el Hospital San Bernardo de la ciudad de Salta, entendiendo que por estos días dichos equipos no se encuentran funcionando, situación que altera el ejercicio pleno del servicio que se presta en el mencionado nosocomio y que está generando complicaciones a muchos de los pacientes que ingresan y que precisan realizarse estudios e intervenciones con carácter de inmediato.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.
Sen. Liendro.- Señor Presidente: solicito se reserven en Secretaría los Exptes. Nros. 24.641/15 y 24.642/15 para ser tratados sobre tablas.
Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, se reservan.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Se reservan en Secretaría.
5
RENUNCIAS
Sr. Secretario (López Mirau).- Han ingresado dos renuncias.
Expte. Nº 90-24.643/15. “Salta, 2 de diciembre de 2015. Señor Presidente. Tengo el agrado de dirigirme a Ud. y por su intermedio al Cuerpo de Senadores a efectos de presentar mi renuncia al cargo de Senador Provincial por el departamento Cafayate. Como es de público conocimiento he sido elegido por voluntad popular Diputado Nacional, cargo al cual asumiré el próximo 4 de diciembre. Por tal motivo, vengo a formalizar mi renuncia ante este distinguido Cuerpo, a la vez, vengo a ponerme a disposición de esta Cámara para realizar todas las gestiones necesarias para nuestros departamentos y nuestra Provincia ante el Congreso de la Nación. Me despido agradeciendo profundamente a usted, a mis pares y al personal del Senado que han colaborado para que mi función legislativa sea eficiente favoreciendo al pueblo que represento. Lo saludo con distinguida consideración. Dr. Miguel Nanni. Senador departamento Cafayate”.
Expte. Nº 90-24.644/15. “Salta, 2 de diciembre de 2015. Al señor Vicepresidente Primero de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta. Don Mashur Lapad. De mi mayor consideración. Tengo el agrado de dirigirme a usted, a los efectos de elevar mi renuncia al cargo de Senador de la Provincia en representación del departamento Cachi a partir del día 9 de diciembre del corriente año inclusive. Motiva la presente el hecho de tener que asumir la responsabilidad que mi querido pueblo de Cachi me ha conferido tras las elecciones de mayo de este año, otorgándome la posibilidad de convertirme en el nuevo Intendente de la localidad. De igual manera deseo señalar que durante este período en el Senado he tenido la oportunidad de interactuar con el conjunto de los senadores de los cuales he aprendido mucho y me queda el recuerdo de un Cuerpo Legislativo laborioso, plural y diverso, pero con una profunda vocación democrática, con una calidez humana significativa y un clima de respeto sustantivo. Creo haber representado con entusiasmo, con compromiso y dedicación el cargo de Senador Provincial y entiendo que mi trabajo legislativo ha nutrido el debate y la acción de la Cámara Alta Provincial. Como así también ha llevado certeza y contención a los vecinos de Cachi que encontraron en este legislador un apoyo constante. Sin otro particular, saludo a usted y por su intermedio a las señoras y señores senadores, deseándoles el mayor de los éxitos en esta etapa. Atentamente. Américo Liendro. Senador Provincial”.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: frente a esta renuncia que presenta nuestro par, no queda más que felicitarlo por el triunfo en las elecciones, un nuevo Intendente en Cachi. Le deseamos mucho éxito en su gestión y reconocemos la labor seria que ha desempeñado en este Senado, siendo una oposición constructiva, en la que cada uno de los proyectos que ha presentado semanalmente ha buscado mejorar la situación de sus vecinos y de todos los ciudadanos de nuestra Salta.
Esta es la oposición que necesitamos, una oposición que construya, que respete, con la que se pueda debatir, confrontar, pero la que en definitiva busque el bien de todos los ciudadanos.
Realmente un honor haber compartido este recinto con el Senador Liendro que hoy deja sus funciones para convertirse en el nuevo Intendente y nuevamente le deseo mucho éxito en su gestión.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: si bien en oportunidad de la otra sesión como Cuerpo hemos despedido a quienes nos dejan ahora y nos habíamos expresado, cabe desearle a Américo Liendro y a Miguel Nanni que el éxito los acompañe en la nueva gestión.
Indudablemente tendremos el permanente recuerdo de dos personas que han transitado con todas las luces propias de aquellos que trabajan por el bien de su comunidad, de su departamento. La tarea que van a empezar no es una tarea común, sino un cambio muy importante. En el caso de Américo Liendro, va a dejar esta banca para ser Intendente, el pueblo, la comuna de Cachi ha querido que así sea. Américo Liendro, éxito. Este recinto y este Bloque están a disposición para cualquiera de las necesidades que pueda tener como Intendente de esa comunidad.
Del mismo modo deseamos que el éxito en su gestión sea una de las salientes de la tarea de Miguel en el recinto mayor de las leyes argentinas, como es el Congreso Nacional. Seguramente su éxito será también fructífero para todos los salteños.
En nombre del Bloque del Partido Renovador, despedirlos y augurarles éxitos y felices fiestas, porque va a ser un momento también para que estén presentes en el brindis.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.
Sen. Jorge.- Señor Presidente: la semana pasada estuvimos despidiendo a los senadores que finalizaban su mandato y tuvimos párrafos aparte para Miguel y Américo. Hoy, con un hecho prácticamente consustanciado, como es la presentación de la renuncia de ambos, como Presidente del Bloque del Partido Justicialista, en nombre de los senadores, no puedo dejar de reconocer en la persona de Miguel y en la de Américo que a pesar de tener ideologías distintas, de representar a distintos frentes políticos, siempre hemos podido debatir en este recinto con respeto y sosteniendo las ideas que cada uno teníamos.
En el día de hoy, nosotros también queremos hacerles llegar a cada uno de ellos éxitos en su gestión, a Miguel en el Congreso Nacional, a Américo en el municipio de Cachi. Como lo hemos dicho en oportunidad anterior, dejarles abiertas las puertas de este Senado para recibir cada una de las inquietudes, necesidades, propuestas o sugerencias que ellos nos quieran hacer llegar. Han demostrado a lo largo de este tiempo en que hemos tenido la oportunidad de compartir, lo excelente personas que son.
En nombre del Bloque, un reconocimiento expreso a estas dos grandes personas que tienen nuestro mismo camino, pero con un trabajo distinto, uno en la Nación y otro en un Municipio.
Les hago llegar el saludo y éxitos en la futura gestión de ambos.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.
Sen. Liendro.- Señor Presidente: quiero agradecer a todos los integrantes de este Senado, especialmente a usted, a todos los senadores y senadoras con los cuales me he sentido acompañado durante estos dos años que he estado cumpliendo y representando a mi Departamento, como así también a todo el personal administrativo y de las Comisiones, quienes me han brindado todo su conocimiento y así he podido presentar y defender todos mis proyectos.
Muchas gracias.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las renuncias presentadas por el Senador por Cachi y el Senador por Cafayate, en forma conjunta. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobadas las renuncias. Se harán las comunicaciones correspondientes conforme al Reglamento.
Desde esta Presidencia, también agradecemos todo el trabajo que han hecho en este tiempo. Cada uno de los senadores ya dijo lo suficiente. Les deseamos lo mejor en la etapa que viene, a Liendro como Intendente y a Nanni como Diputado Nacional.
6
LICENCIAS
Sr. Presidente (Lapad).- El señor Senador Dani Raúl Nolasco solicita autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha, por razones de fuerza mayor.
Si no se hacen objeciones, la misma será acordada.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.
Sen. Cruz.- Señor Presidente: solicito un cuarto intermedio.
Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.
– Es la hora 20 y 17.
– A la hora 20 y 31:
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente Segundo, Senador Jorge Pablo Soto.
7
ASUNTO INGRESADO A ÚLTIMO MOMENTO
Sr. Presidente (Soto).- Por Secretaría se comunicará el ingreso de asuntos.
Sr. Secretario (López Mirau).- Es a los efectos de dar a conocer el ingreso reciente desde la Cámara de Diputados, de dos notas remitidas por el señor Presidente, Dr. Manuel Santiago Godoy.
– En cumplimiento del artículo 169 de la Constitución Provincial y de la Ley 7103, artículo 38, eleva el Acta de la Comisión de Auditoría por la cual se procedió a seleccionar al C.P.N. Ramón José Muratore D.N.I. Nº 8.388.699 para integrar la Auditoría General de la Provincia.
– En cumplimiento del artículo 169 de la Constitución Provincial y de la Ley 7103, artículo 38, eleva el Acta de la Comisión de Auditoría de esa Cámara por la cual se procedió a seleccionar al Licenciado Abdo Omar Esper, D.N.I. Nº 14.342.649, para integrar la Auditoría General de la Provincia.
Conforme la normativa vigente, ambas propuestas realizadas por la Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados ingresan en sesión pública.
8
HOMENAJES
Sr. Presidente (Soto).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: el día 4 de diciembre se cumplen cinco años del asesinato de Mirta Llanos. Este es uno de los casos emblemáticos de femicidio que tenemos en Salta.
Mirta tenía veintisiete años, estaba casada con Rubén Fabián, quien es policía de la Policía Provincial. Luego de -como ocurre con muchas parejas- la separación, empezaron todas las acciones violentas de este hombre contra ella, hasta que finalmente un día le quitó la vida.
Hubo una lucha muy larga por el caso de Mirta Llanos. En un principio este hombre participó en los peritajes cuando estaba aún el cuerpo de Mirta tendido en el baño de la vivienda en la que habitaba, estuvo presente en todo momento porque había montado la escena para fingir un suicidio. Tal es así que incluso ya se estaba dando por sentado que esto era así hasta que al médico de los Bomberos de la ciudad de Salta le pareció reconocer la escena de un crimen y no de un suicidio y por la insistencia de este hombre es que se llevó adelante una investigación con otra hipótesis. Efectivamente, luego se demostró que Mirta Llanos murió estrangulada. Su madre, Gerónima, hoy está en la Comisión de Familiares contra la Impunidad, hace cinco años que viene pidiendo justicia para su hija, su primera hija, su compañera. También ha recorrido todos los pasillos de la Ciudad Judicial tratando de obtener una respuesta lo más pronto posible y aún no está elevado el pedido de juicio por este caso. Se sigue investigando, buscando testigos. Lo peor de todo esto es que este hombre, Rubén Fabián, aún estando imputado por este crimen sigue trabajando. Actualmente está en la Comisaría de Villa El Sol. Desde la Jefatura de Policía le respondieron a Gerónima, la madre de Mirta “que se quede tranquila, que este hombre está pasando revista” -como se dice- “que no porta armas”, sin embargo él no la mató con el arma, la mató con las manos.
A cinco años de este crimen siguen los femicidios idénticos como el de ella. El año pasado la joven Serralta, también asesinada por el esposo policía. Y esta es una cifra negra que no se conoce. Cuántos policías son causantes de femicidios. Sabemos que la cifra de violencia familiar que hay en las casas de policías es muy alto. Entonces, más que nunca es necesario que este caso se esclarezca, que se haga justicia, que el responsable vaya a la cárcel en una condena efectiva y que las mujeres podamos sentir de una vez por todas que en esta Provincia se hace justicia por nosotras, que tenemos un valor. Mirta tenía toda una vida por delante. Sus fotos, que son conocidas, que están en los carteles, son de cuando se casó, feliz, radiante con su vestido de novia, feliz con su novio, sin saber que después le quitaría la vida.
A cinco años, pido justicia por Mirta Llanos. ¡Presente! Presente por todas las mujeres. Y basta de impunidad.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. González.- Señor Presidente: quiero referirme a una fecha especial como la del pasado 1 de diciembre en que se conmemoró el Día Mundial del Sida. Fecha especial para que reflexionamos acerca del rol que cada uno puede cumplir para hacer realidad la posibilidad cierta que tenemos de controlar la epidemia de HIV – Sida para el año 2030 si logramos ampliar el acceso al diagnóstico, al cuidado y al tratamiento de todas las personas que conviven con el HIV.
Argentina es un país libre a nivel mundial en cuanto al programa de acceso ampliado a la terapia antiviral. Según el Banco Mundial entre el 2003 y el 2013 Argentina evitó cuatro mil cuatrocientas muertes y ahorró setecientos ochenta millones de dólares a partir de sus políticas de acceso amplio al diagnóstico y al tratamiento.
Además de sostener el programa de acceso ampliado a la terapia antiviral y la promoción del test de HIV, los desafíos de nuestro futuro apuntan a la necesidad de fortalecer las políticas tendientes a cumplir con el objetivo de alcanzar el tan ansiado 90-90-90 propuesto por ONUSIDA: 90% de las personas con VIH detectadas, el 90% de ellas estén en tratamiento y el 90% de las que están en tratamiento tengan carga viral indetectable para el año 2020. Para ello, entre otras medidas, es necesario ampliar la oferta de testeo a todos los centros de salud del País, y fortalecer el sistema nacional de seguimiento y ayuda a las personas con fallos en la adherencia al tratamiento, enfatizando la eliminación de toda forma de discriminación hacia las personas con VIH.
A pesar de los avances, en Argentina el número de nuevos casos se mantiene en alrededor de seis mil cada año, al igual que el número de muertes, unas mil quinientas por año. En muchos casos las causas de las muertes se encuentran en el acceso tardío al diagnóstico, entre otros motivos por la falta de conocimiento, el estigma y la discriminación que aún continúan vinculados a esta epidemia.
En la provincia de Salta, sobre una población de un millón doscientos catorce mil cuatrocientos cuarenta y un habitantes, se verificaron más de cuatro mil diagnósticos acumulados de infecciones por VIH-SIDA en el periodo 2000-2013, de los cuales el 60% son varones y el 40% son mujeres. Cabe indicar que la tasa de infección en nuestra Provincia es de 33,33 casos por cada cien mil habitantes, tasa superior a la media nacional que es de 24,00 por cada cien mil habitantes, relación que también es superior en todo el NOA, lo cual se ha debido en general por la ampliación en el alcance de la población objeto, y a la realización del test para un diagnóstico temprano.
De acuerdo a datos oficiales, la franca etaria más comprometida es la que va entre los veinte y los veinticuatro años, seguida por la de treinta a treinta y cuatro, y luego la de veinticinco a veintinueve.
Avanzar en los objetivos de ONUSIDA precisa de acciones coordinadas entre el Estado Nacional, provincias y municipios junto a las organizaciones de la sociedad civil y las redes de personas conviviendo con VIH, enmarcado en la estrategia de “acceso acelerado en ciudades”, planteado por dicho programa y las acciones de prevención primaria y secundaria no pueden desligarse de la búsqueda de la eliminación del estigma y la discriminación vinculados al VIH.
Asimismo es relevante mejorar la implementación de la Ley de Educación Sexual Integral, incrementar el acceso de poblaciones clave, especialmente los adolescentes y jóvenes, a los programas de salud sexual y reproductiva, asegurar la implementación de la Ley de Identidad de Género, y favorecer en todo el País el acceso a la nueva medicación para Hepatitis C y la provisión de vacunas del calendario nacional, así como impulsar en el Congreso de la Nación la ley antidiscriminatoria y la nueva Ley de SIDA, que ya está siendo discutida. Este Senado ha sancionado hace quince días la Ley Provincial de VIH, como así también Hepatitis Virales, infecciones de transmisión sexual que ha pasado a la Cámara de Diputados.
Controlar la epidemia es posible. Lograrlo es una tarea de cada uno y de toda la población en general desde su lugar.
Por otro lado, quiero saludar a todos los colegas médicos en este día que celebramos el Día del Médico, en especial a los del departamento de Orán y explicar un poco por qué los médicos celebramos el día 3 de diciembre. Ese día nació un científico cubano, el Dr. Carlos Finlay, quien fue el descubridor del agente transmisor de la fiebre amarilla, allá por el año 1881.
Solo puedo homenajear a los profesionales, a los colegas, trayendo una reflexión de quien fuera en vida nuestro emblema personal, científico, profesional y sobre todo humano, como fuera el Dr. René Favaloro. Quien decía que será un buen médico aquél que tenga el suficiente criterio y responsabilidad para tomar decisiones cuando sea necesario, y humildad para pedir ayuda cuando lo crea conveniente, reconociendo la necesidad de aprender de los demás. La integridad ética y moral es algo que también se aprende, se mama trabajando en equipo e integrándose al mismo con afecto y hasta con amor.
Sr. Presidente (Soto).- Desde esta Presidencia un saludo especial al señor Senador del departamento Orán por celebrar su día y sea extensivo a todos los médicos de la provincia de Salta, que día a día aportan su vocación de servicio a favor de la comunidad.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: voy a hacer uso de la palabra para hacer un homenaje, saludar al Senador por Orán en el Día del Médico, adherir al homenaje que él ha hecho y agradecer a todos los hombres y mujeres que desarrollan esta profesión en el arte de curar y aliviar el dolor de aquellos que lo padecen y recurren al médico.
Mi homenaje, el reconocimiento y el agradecimiento por esta actividad y hacerlo extensivo a todos los médicos de la Provincia, a los de mi departamento, a los del municipio de Metán, de El Galpón, de Río Piedras, a tantos amigos que uno tiene y que desarrollan esta actividad, tanto mujeres como hombres.
Quisiera referirme a un acontecimiento más. Nosotros, de acuerdo a cómo están fijadas las fechas, no vamos a sesionar y queremos saludar los treinta y dos años de democracia. Ese día va a haber otra actividad. Por lo tanto quiero destacar el hecho que el próximo 10 de diciembre los argentinos vamos a conmemorar treinta y dos años de vida democrática.
También vamos a conmemorar el traspaso de mando de un gobierno constitucional a otro gobierno constitucional. Un hecho que no es menor, no sólo por lo que significa la entrega del bastón, de la banda, el juramento. Es muy importante para toda la ciudadanía, para todo el País, este hecho de recambio de autoridades. Y obviamente no deja de ser importante si pensamos que nos estamos remontando treinta y dos años. Ese lejano 1983, el 10 de diciembre, uno recuerda a la fiesta que la democracia en ese momento dio lugar en Buenos Aires, en todas las ciudades y pueblos del Interior del País. Hoy estamos aprestándonos nuevamente para un hecho similar, el que va a ocurrir el próximo jueves 10, asumirán las nuevas autoridades surgidas del voto popular como Presidente y Vice de la República. Acá estaremos para acompañar este nuevo proceso desde el punto de vista del lugar en que como Partido tenemos asignado, marcando aquellas cosas con las cuales no compartiremos y acompañando aquellas cosas que terminan siendo favorables y positivas para el País y especialmente aquellas que esperamos para nuestra Provincia y para nuestra región, que tanto requiere, y que tantas veces dijimos, del apoyo del Gobierno Nacional.
Nuestros saludos y deseos de éxitos para el nuevo Presidente y Vicepresidenta de la República, también a aquellos legisladores nacionales que asumen el día 10. Desearles al Gobernador de la Provincia y al Vicegobernador éxito para este nuevo mandato que van a empezar el próximo 10 de diciembre, surgido de las elecciones que tuvimos este año, las PASO y las generales en nuestra provincia de Salta.
Que el éxito corone este esfuerzo del Gobernador Dr. Urtubey y del Vicegobernador Miguel Isa, para que el éxito de ellos termine siendo el éxito de toda la provincia de Salta.
Del mismo modo, quiero expresarme para todos los Intendentes que entre el 10 y el 11 van a estar asumiendo en distintos lugares de la geografía provincial. Deseamos éxito, que la gestión sea de acompañamiento a todos aquellos que más necesitan, a aquellos que requieren de la presencia del Estado a la par. Para ellos y para los concejales que van a asumir en esos días, es una tarea en la que la primer trinchera de la democracia pone de manifiesto el accionar de aquellos directos representantes del pueblo, como son los concejales, de aquellos administradores que en este caso en sesenta municipios tendrán en sus manos el destino de cada una de esas comunidades y de sus respectivas ciudadanías. Para todos ellos, éxitos.
Finalmente, quiero destacar que se conmemora un nuevo aniversario del fallecimiento del poeta y escritor salteño Jaime Dávalos. Alguien que está muy vinculado al acervo nativo, a aquellas memorables interpretaciones o coplas que han surgido de su trabajo con Eduardo Falú y con otros músicos, pero indudablemente a Jaime Dávalos se lo relaciona mucho en el trabajo en conjunto de letra y música con Eduardo Falú o lo que fue el binomio Falú-Dávalos, así como en el mismo momento lo fueron Leguizamón y Castilla, y tantos otros poetas y músicos salteños. El recuerdo para Jaime Dávalos en un nuevo aniversario de su fallecimiento.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.
Sen. Cruz.- Señor Presidente: adhiero al saludo a todos los médicos, muy especialmente a nuestros colegas, al doctor González y al doctor Payo que cumplió funciones con nosotros. Siempre valoré a los que integramos este Senado, docentes, médicos, abogados, si no tuviéramos hoy al médico capaz que no sabríamos que hoy es el Día del Médico y no hubiera podido mencionar y saludar muy especialmente al doctor César Armando Gutiérrez, primer médico iruyano, nacido en una comunidad del interior, en Sala Esculla, pasó sus primeros años de la infancia en Colanzulí. Se tuvo que ir hasta Cuba, pero hoy está cumpliendo funciones desde hace un par de meses en su querida Iruya. Para nosotros, es una inmensa alegría tener un médico propio en nuestras comunidades.
Aprovecho la situación para contarles que también estamos próximos a tener contadores, ya tenemos Licenciado en Ciencias de la Educación, abogados. Créanme que para nosotros, los que vivimos en medio de los cerros, en esa Salta profunda, que venimos de los pueblos originarios, es una gran valía el hecho de tener profesionales que nos van a ayudar seguramente a tener una mejor calidad de vida en todos los estamentos sociales de nuestras comunidades.
9
ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN
Sr. Presidente (Soto).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un dictamen de la Comisión de Justicia, en expediente 90-24.391/15, y se reserve en Secretaría para su correspondiente tratamiento en sesión especial.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso del dictamen en expediente 91-35.627/15, proyecto de ley en revisión sobre la Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado; y un proyecto de declaración de mi autoría, solicitando un reconocimiento a los alumnos del Colegio Secundario de La Caldera; y que se reserven ambos para ser tratados sobre tablas.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: es para ingresar, para tratamiento sobre tablas, un proyecto de declaración que tiene que ver con los ex trabajadores de YPF que están exigiendo que se les pague el resarcimiento que fue aprobado en el Congreso Nacional.
III
Dictámenes de Comisiones
De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:
En el proyecto de ley, en revisión, Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario de la Gobernación, Secretarios de Estado y Subsecretarios de Estado. (Expte. Nº 91-35.627/15)
De Justicia, Acuerdos y Designaciones:
En el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo la designación de la Doctora Carmen Elena Juliá, en el cargo de Juez de Primera Instancia Civil de Personas y Familia Segunda Nominación del Distrito Judicial Tartagal.
Sr. Presidente (Soto).- Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.
Sr. Secretario (López Mirau).- Para todo lo que ha ingresado, se solicita tratamiento sobre tablas.
V
Proyectos de Declaración
5
Expte. Nº 90-24.646/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
El reconocimiento y felicitación a alumnos del Colegio Secundario “Senado Provincial” de La Caldera, quienes participaron en el Proyecto Samsung Parlamento Juvenil del Mercosur y Educación y Memoria, obteniendo premios y distinciones y cuya labor fue reconocida en acto público por el Gobierno de la provincia de Salta.
María Silvina Abilés
6
Expte. Nº 90-24.647/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Estado Nacional haga efectiva la ejecución de la Ley 27133, de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF, de modo que:
- Se evite que la reglamentación y su aplicación vulnere el concepto de lo votado por el Congreso Nacional.
- Se establezca la fecha de pago inmediata para que no se deteriore aún más el poder adquisitivo de la indemnización.
Gabriela Cerrano
VI
Comunicación de Bloque
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: a fin de informar a esta Presidencia que el Bloque Justicialista en reunión ha acordado sus nuevas autoridades. Si me permite, procedo a leer cómo ha quedado conformado. Presidente del Bloque Justicialista ha sido designado el Senador Alfredo Jorge, Vicepresidente 1º el Senador Ernesto Gómez y Vicepresidente 2º el Senador Walter Cruz.
VII
Comunicación de Comisiones
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.
Sen. Mamaní.- Señor Presidente: pongo en conocimiento de Presidencia y de los señores senadores, cómo han quedado conformadas las autoridades de las distintas Comisiones de la Cámara de Senadores.
Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto. Presidente: Senador Pérez, Diego. Secretario: Senador Mamaní, Héctor.
Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional. Presidente: Senadora Abilés, Silvina. Secretario: Senador Pérez, Diego.
Comisión de Agricultura y Ganadería. Presidente: Senador D’Andrea, Luis Francisco. Secretario: Senador Liverato, Pedro.
Comisión de Obras Públicas e Industria. Presidente: Senador Mamaní, Héctor. Secretario: Senador Lávaque, Rubén.
Comisión de Educación y Cultura. Presidente: Senador Gómez, Ernesto. Secretario: Senador Nolasco, Dani Raúl.
Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones. Presidente: Senador Soto, Jorge. Secretario: Senador Gómez, Ernesto.
Comisión de Salud Pública y Seguridad Social. Presidente: Senador González, Pablo. Secretario: Senador Pérez, Diego.
Comisión de Área de Frontera y Límites. Presidente: Senador Viveros, Guzmán. Secretario: Senador Yanque, Cástulo.
Comisión de Adicción, Tráfico y Consumo Ilícito de Drogas. Presidente: Senador Nolasco, Dani Raúl. Secretario: Senador Guanca, Ernesto.
Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente. Presidente: Senador Lávaque, Rubén. Secretario: Senador Liverato, Pedro.
Comisión de Derechos Humanos y Asuntos Indígenas. Presidente: Senador Cruz, Walter Hernán. Secretario: Senador Zenteno, Sergio Ramón.
Comisión de Turismo y Deportes. Presidente: Senador Gramaglia, Roberto Enrique. Secretario: Senador Nolasco, Dani Raúl.
Sr. Presidente (Soto).- Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.
10
CONSTRUCCIÓN DE CANCHA DE CESPED SINTÉTICO PARA HOCKEY
Expte. 90-24.639/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área pertinente, arbitre las medidas tendientes para la construcción de una cancha de césped sintético para Hockey en la ciudad de Metán.
Roberto Enrique Gramaglia
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
11
DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL EL 5TO ENCUENTRO PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA
Expte Nº 90-24.637/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial declare de Interés “El 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Diego Sebastián Pérez
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
12
FUNCIONAMIENTO DE EQUIPOS DE HEMODINAMIA EN EL HOSPITAL SAN BERNARDO
Expte. Nº 90-24.642/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Salud Pública de la provincia de Salta disponga de manera urgente de las medidas y acciones pertinentes para que se produzca el funcionamiento efectivo de los equipos de Hemodinamia en el Hospital San Bernardo de la ciudad de Salta, entendiendo que por estos días dichos equipos no se encuentran funcionando, situación que altera el ejercicio pleno del servicio que se presta en el mencionando nosocomio y que está generando complicaciones a muchos de los pacientes que ingresan y que precisan realizarse estudios e intervenciones con carácter de inmediato.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
13
DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL LA EDICIÓN N° 25 DEL FESTIVAL DE LA TRADICIÓN CALCHAQUÍ
Expte Nº 90-24.641/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la realización de la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
14
DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL 5TO ENCUENTRO PROVINCIAL DE BANDAS DE MÚSICA
Expte Nº 90-24.636/15
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores el “5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Diego Sebastián Pérez
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
15
DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL FESTIVAL DE LA TRADICIÓN CALCHAQUÍ
Expte Nº 90-24.640/15
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la realización de la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016, en la localidad de Cachi, promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
16
RECONOCIMIENTO A ALUMNOS DEL COLEGIO SECUNDARIO “SENADO PROVINCIAL”
Expte. Nº 90-24.646/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Su reconocimiento y felicitación a los alumnos del Colegio Secundario “Senado Provincial” de La Caldera, quienes participaron en los proyectos “Samsung, Parlamento Juvenil del Mercosur y Educación y Memoria”, obteniendo premios y distinción, cuya labor fue reconocida en acto público por el Gobierno de la Provincia de Salta.
Maria Silvina Abilés
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
17
HACER EFECTIVA LA EJECUCIÓN DE LA LEY Nº 27.133
Expte. Nº 90-24.647/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Estado Nacional haga efectiva la ejecución de la Ley Nº 27.133 de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF de modo que:
- Se evite que la reglamentación y su aplicación vulneren el concepto de lo votado por el Congreso Nacional;
- Se establezca la fecha de pago inmediata para que no se deteriore aún más el poder adquisitivo de la indemnización.
Gabriela Cerrano
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: una declaración similar se aprobó este martes en la Cámara de Diputados. Desde la aprobación de esta ley, la expectativa de los ex trabajadores de YPF ha sido muy grande y una alegría tremenda después de veintitrés años de espera. Si bien hubo una reglamentación de la ley de cómo se va a llevar adelante este pago, se desconoce cuáles fueron los parámetros para calcular los valores que va a tener cada uno. El tema más de fondo es que este resarcimiento no se hizo efectivo aún a ninguno de los ex trabajadores de YPF. Sabemos que fue también un compromiso del gobierno nacional en su momento la aprobación de este proyecto.
Que esta declaración sea un punto más a favor, para que la indemnización se cobre definitivamente.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: vamos a apoyar este proyecto de declaración, pero voy a solicitar a la Senadora Cerrano que nos permita introducir una modificación que diga: “Que vería con agrado que los legisladores nacionales gestionen ante el Estado Nacional la efectiva ejecución…”. La solicitud sería “a los Legisladores Nacionales”, no directamente al Estado Nacional.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: la redacción plantea al Estado Nacional porque ya el Congreso Nacional tuvo su parte en el tratamiento y además hubieron debates muy grandes en comisiones, incluso delegaciones de ex trabajadores de YPF viajaron a Buenos Aires a participar de las comisiones. Creo que está bien. No quiero que sea un obstáculo para que esto se apruebe, pero poner que los Diputados Nacionales gestionen, no tendría en si mismo un efecto práctico.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.
Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito un cuarto intermedio.
Sr. Presidente (Soto).- Pasamos a un cuarto intermedio.
– Es la hora 21 y 08.
– A la hora 21 y 09:
Sr. Presidente (Soto).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: acepto la propuesta que se hizo, que los Legisladores Nacionales gestionen. Ya algunos han emprendido esta tarea, el Diputado Nacional Pablo López está junto con la Coordinadora Nacional de Trabajadores de YPF en esta lucha, siguiendo día a día para ver cómo se desarrolla la aplicación de los decretos.
Sr. Presidente (Soto).- Por Secretaría se dará lectura a la forma en que quedará redactado el proyecto.
Sr. Secretario (López Mirau).- “Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales gestionen ante el Estado Nacional para que haga efectiva la ejecución de la Ley 27133 de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF, de modo que: a)… y b)…”
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto con las modificaciones introducidas. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
18
REGULACIÓN DEL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL VINCULADA A CIENCIAS CRIMINALÍSTICA Y CRIMINOLOGÍA
Expte. Nº 91-33.308/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley nuevamente en revisión, por el cual se regula el ejercicio de la actividad profesional vinculada a ciencias Criminalística y Criminología, en todo el ámbito territorial de la Provincia de Salta; y, por las razones que dará el miembro informante aconseja su sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
María Silvina Abilés – Jorge Pablo Soto – Gabriela Cerrano – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senadora María Silvina Abilés
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senador por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: sin lugar a dudas un proyecto largamente esperado por estos profesionales, un proyecto en el que se ha trabajo mucho desde la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores y en el que estos profesionales también han aportado desde su experiencia, de lo viven en el ejercicio de su profesión.
Este proyecto que solicito a mis pares sea aprobado en el día de la fecha, va a regular el ejercicio de las actividades profesionales, de los profesionales vinculados a las Ciencias de la Criminalística y la Criminología. Entre otras cosas, para quienes ejercemos alguna profesión, creo que es fundamental tener reglas claras, saber cuáles son los requisitos para obtener una matrícula, cuáles son los deberes, derechos y obligaciones que tenemos cuando ejercemos una profesión, cuáles son las incumbencias, cómo se nos va a pagar los honorarios, porque de esto vivimos. La labor de estos profesionales está muy relacionada con la actividad de la Abogacía, entonces también es necesario dejar establecido cómo va a ser la designación judicial de ellos, que será a través de la Corte de Justicia, de una nómina actualizada que remitirá el Colegio.
En este proyecto creamos el Colegio Profesional de Criminalística y Criminología de la Provincia con sede en la ciudad y lo reconocemos como una persona jurídica de derecho público no estatal. Este Colegio está integrado por todos los profesionales de la matrícula y entre otras funciones tiene la de otorgar la matrícula, genera el gobierno de la matrícula, la lista de profesionales que van a ir a la Corte y controlar el correcto ejercicio de la profesión, y están también las facultades disciplinarias.
Hay disposiciones transitorias en esta ley, que es importante que los profesionales conozcan, ya que éstos, actualmente inscriptos en la Corte de Justicia, seguirán ejerciendo sus funciones hasta que el Colegio eleve la nómina actualizada de los profesionales matriculados. Otra cosa muy importante es que una vez que entre en vigencia esta ley, queda prohibido a personas que no estén habilitadas, que no tengan la matrícula, ejercer esta actividad, no podrán cobrar honorarios y son pasibles de denuncias penales.
Como decía recién, llegar a esta instancia en la que se tiene un título habilitante implica también que este título sea respetado por la comunidad y que no cualquier persona pueda ejercer sino aquellos que han obtenido una matrícula. Debo reconocer la labor de estos profesionales. En mi profesión de Abogada recurrimos permanentemente a ellos y se constituyen en auxiliares importantísimos de la Justicia. Son aquellos que muchas veces deciden el resultado de un juicio ya que en la labor probatoria desempeñan una importantísima labor.
Mis felicitaciones a todos estos profesionales por su trabajo y empeño para que hoy esta ley sea aprobada y para que tengan un Colegio que regule su actividad.
Sr. Presidente (Soto).- Desde esta Presidencia se hace llegar un saludo especial a todos los profesionales que ahora van a contar con su propio Colegio y, como dijo la Senadora del departamento La Caldera, con reglas claras que van a regular la actividad que tan honesta y cabalmente desempeñan.
En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración en particular.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.
Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito que se vote por capítulo, a la vez decir que se va a aprobar conforme a lo que viene de la Cámara de Diputados.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración la moción que se vote por capítulo. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobada.
Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueba: Título I Capítulo I artículo 1º; Título I Capítulo II artículos 2º al 6º; Título I Capítulo III artículo 7º; Título I Capítulo IV artículos 8º y 9º; Título I Capítulo V, artículos 10 al 13; Título I Capítulo VI artículo 14; Título II Capítulo I artículos 15 y 16; Título II Capítulo II artículo 17; Título II Capítulo II Sección I artículos 18 al 22;Título II Capítulo II Sección II artículos 23 al 26; Título II Capítulo II Sección III artículos 27 al 29; Título II Capítulo II Sección IV artículos 30 al 44;Título II Capítulo III artículos 45 al 53;Título II Capítulo IV artículo 54; Título III Disposiciones Transitorias artículos 55 al 58.
Sr. Presidente (Soto).- El artículo 59 es de forma. Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación. (Aplausos de la barra)
19
DESAFECTAR DEL SISTEMA ESTABLECIDO POR LEY 7107
INMUEBLES DEL DPTO. CAPITAL
Expte. Nº 91-34.559/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión por el que se desafecta del Sistema Provincial establecido en la Ley 7107, las fracciones de los inmuebles identificados con Matrículas Nros. 156.038 y 160.211 del departamento Capital con destino a la regularización dominial de las familias allí asentadas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja la sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
María Silvina Abilés – Jorge Pablo Soto – Diego Sebastián Pérez – Mashur Lapad – Gabriela Cerrano
Miembro Informante: Senadora Gabriela Cerrano.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: estas tierras se encuentran en la zona oeste de la ciudad de Salta, departamento Capital, parte de lo que es el Barrio Palmeritas y parte de lo que está camino a Las Costas.
Algunas de estas familias viven hace veinticinco años en el lugar, otras un poco menos, veinte años, y han estado pidiendo al Estado esta desafectación, tienen un informe favorable por parte de Tierra y Hábitat, de la Dirección General de Inmuebles, de que su presencia en el lugar no afecta el uso de las napas de agua, tampoco la circulación por el lugar, no están afectando calles.
Una alegría muy grande para todas estas familias, que se comunicaron esta tarde y están a la espera de tener regularizada la situación de sus viviendas, las que ya están construidas y habitadas desde hace mucho tiempo.
Pido a todos los senadores que aprobemos esta desafectación; va a ser un bien muy grande para estas familias.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.
– El artículo 4º es de forma.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado. Pasa al Ejecutivo para su promulgación.
20
LEY DEL GOBERNADOR, VICEGOBERNADOR, MINISTROS Y SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN, SECRETARIOS DE ESTADO, SUBSECRETARIOS DE ESTADO
Expte. N° 91-35.627/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley venido en revisión, Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado; y, por las razones que dará el miembro informante aconseja su sanción en definitiva.
Sala de Comisión, 3 de diciembre de 2015.
María Silvina Abilés – Jorge Pablo Soto – Diego Sebastián Pérez – Alfredo Jorge – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senador Diego Pérez.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: el proyecto que nos ocupa viene del Poder Ejecutivo Provincial, en uso de sus facultades constitucionales, en base al artículo 147, 3º párrafo, que dice: “Una ley, cuya iniciativa corresponde al Poder Ejecutivo, determina el número de ministros y secretarios de Estado, sus competencias y atribuciones”. Este proyecto viene a sustituir la actual Ley 7694 y sus modificatorias, a reformular competencias de ministerios existentes y, de alguna manera, incorporar nuevas carteras ministeriales para tratar de optimizar y hacer más efectiva la gestión de gobierno, en definitiva en beneficio de todos los salteños.
Esta nueva estructura prevé trece Ministerios. Voy a tratar de hacer una breve reseña de los Ministerios que se fusionan o que se incorporan a la nueva Cartera Ministerial.
En primer lugar, la fusión del Ministerio de Derechos Humanos y del Ministerio de Justicia. Anteriormente el Ministerio de Justicia intervenía en la formulación y en la implementación de políticas de asistencia legal, técnica y jurídica, al cual se le adosa la asistencia general, tanto de las víctimas del delito como de su familia. En más de una oportunidad hemos podido advertir la necesidad del Ministerio de Justicia, de poder contar con las herramientas, con los recursos necesarios para poder hacer frente a un abordaje integral en estas cuestiones específicas, que con la incorporación del Ministerio de Derechos Humanos puede llevar adelante.
Quiero hacer referencia también a la creación del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario. La creación de este Ministerio pone a Salta en la vanguardia de la Nación. Es la primera Provincia en crear este Ministerio, que va a tener como tarea el reconocimiento y el respeto a la identidad cultural. Debe de abocarse a las cuestiones de posesión de la propiedad comunitaria de los pueblos indígenas. Debe de trabajar, y tiene una ardua tarea, en lo que es la regularización dominial de tierras tradicionalmente ocupadas por estas comunidades. Debe de colaborar con el reconocimiento de su Personería Jurídica. Debe de articular acciones con entidades públicas y privadas, tendiendo a dar soluciones inmediatas a problemáticas comunitarias. Por supuesto, apoyar también a las diferentes ONG que vienen trabajando.
Se crea también el Ministerio de Infraestructura, Tierra y Hábitat, para tratar la problemática de la provincia de Salta y llevar adelante la actualización, revisión de los catastros de los inmuebles tanto privados como fiscales, tratar de poner en funcionamiento o reactivar lo que son estas tierras fiscales a través de las necesidades de cada una de las regiones. En algunas regiones se va a ver la necesidad de volver productivas estas tierras fiscales, en algunas otras van a ser susceptibles de alguna mejora.
Se va a elaborar, a través de Infraestructura, un plan único de obras de la provincia de Salta, que va a abarcar obras que seguramente cada uno de nosotros hemos planteado en más de una oportunidad, que son las nuevas construcciones de edificios tanto en Educación como en Salud.
Se crea la Jefatura de Gabinete de Ministros. Este Ministerio viene a funcionar como lo viene haciendo a nivel nacional el Jefe de Gabinete, tiene atribuciones similares, comparte atribuciones y competencias. La creación de este Ministerio responde a la facultad que tiene el Gobernador, artículo 147 cuarto párrafo, de delegar potestades administrativas y de coordinación entre los distintos Ministerios. Se incorpora un artículo importantísimo para nosotros como Cámara de Senadores y como Legislatura en general, el deber del Ministro Jefe de Gabinete de asistir al menos una vez por mes, alternativamente, a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores. Sin perjuicio del artículo 116, el cual prevé que cada vez que se los requiera deben de hacerse presente en esta Legislatura.
Señoras y señores senadores, en definitiva el tema que nos ocupa es un proyecto que en pleno uso de sus facultades el señor Gobernador ha remitido a esta Legislatura y nosotros no podemos hacer otra cosa que acompañar la decisión de quien ha tenido, con amplia mayoría, el voto de la comunidad salteña para dirigir el destino de todos los salteños los próximos cuatro años.
No tengan duda que muchas de estas reformas estructurales que estamos analizando han llegado al Gobernador a través de diferentes planteos, seguramente de esta Cámara de Senadores, de la Cámara de Diputados, de Intendentes, de Concejales, de muchos de los Ministros que vienen trabajando en sus diferentes áreas y han visto la necesidad de adosarle algunas herramientas para hacer posible y optimizar la presencia del Estado en estas cuestiones.
Tenemos que analizar dos cuestiones. Primero, las necesidades emergentes de una sociedad cada vez más compleja que tiene nuevas problemáticas y problemas arraigados históricamente en la provincia de Salta que necesitan de una atención especial para resolver las mismas.
No tengan dudas los nuevos Ministros que van a integrar este Gabinete o los que seguramente van a ser confirmados en sus funciones, que esta Cámara de Senadores va a estar acompañándolos en su función, pero vamos a estar reclamando también a cada uno de ellos las diferentes soluciones que los salteños de los distintos departamentos de la Provincia plantean a través de nosotros y hacen llegar a cada uno de nuestros municipios.
Señoras, señores senadores, por lo expuesto pido que se acompañe con la aprobación el proyecto antes mencionado.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: cuando se trató esto en la Cámara de Diputados desde el Partido Obrero expusimos una posición muy crítica a la creación de estos nuevos Ministerios y a esta suerte de reorganización de algunas de las cosas que ya estaban. Creo que no se puede discutir una nueva estructura de gobierno sin tener un balance de qué es lo que ocurrió con el esquema anterior.
Tenemos la novedad de que se crea la Jefatura de Gabinete, que es una suerte de super ministro, con facultades especiales. Será el que de hecho ejecute las medidas que tome el gobierno y además el que tendrá la cara visible. En este caso será el Capitanich de Salta. No sabemos quién es, probablemente sea Parodi.
Esto seguramente obedece también a una necesidad de Urtubey de preservarse en varios aspectos, de preservarse de cara al 2019, de preservarse de los choques a los que tendrá que ir con el pueblo de cara al ajuste, del cual es el principal lobista. No es desconocido para nadie todo el lobby que hizo Urtubey por el pago a los fondos buitre, por muchas de las medidas que está por tomar el gobierno de Macri. Entonces, estas modificaciones, la creación de Ministerios, están asociadas también a un ajuste.
Ahora, lo que vemos es que ante los problemas más graves que tenemos en nuestra Provincia se repite la misma experiencia, que ya se hizo anteriormente, se crea un aparato burocrático para cada problema. Cuando estalló la crisis por los niños que sufren desnutrición se creó el Ministerio de la Primera Infancia. El que en su primer año de funcionamiento podríamos decir que tuvo un desarrollo pésimo, cinco chicos han muerto por falta de atención médica, estaban desnutridos, y el cuadro social en el que viven es harto conocido desde hace veinte años, más o menos el mismo tiempo que gobierna las regiones de nuestra Provincia la misma gente.
También se tomó esa medida con la creación del Ministerio de Derechos Humanos. Recuerdo que cuando se creó este Ministerio se decía que era necesario para tomar cartas en el asunto en la situación de la Provincia, cuando aparecían videos escandalosos de policías torturando gente en el patio de la comisaría, como es lo que ocurrió en Güemes, denuncias muy graves de apremios ilegales, algunos casos de gatillo fácil. Se decía que el Ministerio de Derechos Humanos iba a poder tener una atención mucho más específica, ese rango ministerial iba a tener resultados muy positivos. Finalmente terminó siendo un aparato burocrático gigantesco que atendía desde deporte hasta hogares de ancianos, niños institucionalizados, toda clase de “bolsoneo”, programas. Entonces, quedó en el camino todo lo que estaba previsto con referencia a la defensa de los derechos humanos.
Además, consideramos que para tomar verdaderas cartas en el asunto de los derechos humanos no puede ser un organismo del propio Estado, que en algunos casos está avalando la violación de los derechos humanos como fue lo que pasó con la Policía, que forma parte del Estado. La Policía provincial es el ejército de hombres armados de la Provincia.
Se crea un Ministerio de Asuntos Indígenas. Ahora, qué va a pasar con otros institutos. Por ejemplo, el IPPIS. Que bien o mal, con distintas situaciones que se han dado estos años, tiene una representación de las propias comunidades. Acá no va a haber ese tipo de representación. Además, crear este Ministerio forma parte también del cinismo oficial para el tratamiento del tema, porque justamente en las comunidades, en los parajes más alejados es donde están los peores indicadores de pobreza y de hambre. El organismo que estaba antes del IPPIS tenía muchos límites, con un presupuesto muy acotado, que dependía de las regalías petroleras, o sea tenía un presupuesto congelado, devaluado, porque las regalías petroleras están congeladas y devaluadas.
Creemos que no va a ser un cambio significativo con la creación de estos Ministerios, porque acá lo que importa es el contenido político de las políticas que se tomen. Lo que importa es el contenido político de estos Ministerios. Y estos Ministerios se crean en el marco de que vamos hacia un cambio total de régimen político, vamos a un ajuste, y el ajuste ya empezó hace rato, incluso en el día de hoy hubo cónclave de intendentes porque algunos no pueden cumplir con el pago de salarios. No vemos que esto vaya a tener un resultado que sea efectivo para resolver los graves problemas sociales que ya tenemos en la Provincia.
Adelanto mi voto negativo.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.
Sen. Cruz.- Señor Presidente: no coincido en mucho de lo que dijo la Senadora por Capital. Es de sabio generalmente, si se quiere utilizar la palabra, hay que cambiar o adecuar, como dice el propio proyecto, optimizar la organización de la estructura de gobierno, para brindar mejores políticas públicas.
Voy a hablar, más allá de los Ministerios a los cuales el Senador por Rosario de las Frontera hizo mención, particularmente del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario. En muchas ocasiones he mencionado y defendido algunas situaciones que nos ha tocado vivir en la provincia de Salta, y que nos ha llevado a discusiones y peleas. Por ejemplo, temas como el voto electrónico, siendo Salta una de las que comenzó con este tema y ahora casi toda la Nación lo reclama. Tenemos un Observatorio de Violencia Familiar, primero en la República. En esta Cámara de Senadores se ha aprobado y tiene media sanción la creación de una Fiscalía de Medio Ambiente, también primaria, única en el País. Tenemos un Ministerio de la Primera Infancia, más allá que todo tiene su perfección y mejoramiento. Deben ser pocos los lugares donde se han dado leyes de reparación histórica para los departamentos tan golpeados y postergados como son los del Norte. Hubo otros rubros, como el boleto gratuito para estudiantes y jubilados, y son muy pocas las provincias, creo que dos o tres, las que pueden hacer gala de estos beneficios.
En muchas oportunidades se lo ha pedido y se ha hecho en muchas comunidades, incluso otras organizaciones comunitarias, no solamente del pueblo coya sino de los otros pueblos que cohabitan en la provincia de Salta. Este ministerio era, si se quiere, un reclamo, un deseo, un sueño de todas estas organizaciones y pueblos, también lo era a nivel nacional. A nivel nacional el 22 de noviembre se ha visto truncado este sueño de tener un Ministerio para pueblos indígenas a nivel nacional. Nosotros celebramos que parte de la política pública de nuestro Gobernador sea la creación del Ministerio que tiene que ver justamente con todo lo que son los pueblos, las naciones y las comunidades indígenas. Esto comienza, es una apuesta fuerte, es el reconocimiento de derechos. Ojalá la persona que el Gobernador decida en el cargo de ese Ministerio sea una persona que conozca cabalmente la idiosincrasia, la forma de vida, todas las necesidades de cada uno de los pueblos y de las comunidades.
Más allá de celebrar, porque me han hecho saber muchos de mis hermanos que son autoridades comunitarias toda su alegría, todo su beneplácito con la creación de este Ministerio, también voy a hacer el derecho de reserva para en el futuro proponer algo que ayude a mejorar aún más el funcionamiento de este Ministerio. Nuestras comunidades seguramente quieren un Ministerio de, para y con los pueblos originarios. Al que le toque ejercer el cargo de Ministro, seguramente tendrá una ardua labor. Por ejemplo, de implementar algo que las comunidades reclaman y que es la consulta previa, libre e informada en todo lo que concierne a las comunidades. Una ardua lucha de reconocimientos y devolución de sus tierras y territorios con títulos comunitarios y respetar sus formas tradicionales de organización, respetar la autodeterminación para el buen vivir de las propias comunidades, que sean las comunidades las que decidan cómo y cuándo quieren propiciar su propio desarrollo y no que los estadistas, los estudiosos, académicos o alguna ONG quieran ser los salvadores de los pueblos originarios. Nosotros somos capaces, tenemos los medios, los recursos humanos y suficientes, capaces para lograr nuestro propio buen vivir y vivir en armonía con nuestra Pachamama, vivir en armonía con los demás miembros de cada comunidad.
Este Ministerio también deberá velar por el rescate de los valores culturales, sociales, organizativos. No solamente para renegar parte de este presente sino mejorar el futuro y construir una mejor sociedad. Seguramente tendrá que adecuar la Ley 7121, otro desafío, que es la creación del Instituto Provincial de Pueblos Indígenas de Salta, deberá articular con los delegados del Consejo de Participación Indígena, el CPI, creado en el ámbito del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas que son también legítimos representantes de todos los pueblos de la provincia de Salta.
Celebro, junto a todas las comunidades, la creación de este Ministerio. Ojalá toda vaya bien. Seguramente Pachamama le dará fuerzas, sabiduría al próximo Ministro para que sepa entender y caminar junto a las comunidades originarias de los pueblos indígenas, para que este reconocimiento de derechos se plasme en los hechos, tal cual se viene haciendo desde que asumió nuestro Gobernador.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. González.- Señor Presidente: ha hecho un resumen más que completo el Doctor Diego Pérez, respecto de las bondades que esta nueva ley ofrece. Sin duda que tiene muchas virtudes, como la creación de la Jefatura de Gabinete que va a traer la posibilidad de la coordinación con los distintos Ministerios y a su vez poner en conocimiento los planes de gobierno y la ejecución de los mismos ante las Cámaras Legislativas. Bien se decía aquí, para nosotros es importante porque nos va a permitir una mejor comunicación con el Poder Ejecutivo, puesto que vamos a tener al Jefe de Gabinete una vez al mes en la Cámara, como así también el tema de la unificación de las Carteras de Justicia y Derechos Humanos, lo cual va a permitir mejorar la situación de la Justicia, de la inclusión y la integración comunitaria a través de la aceptación de la diversidad, porque aquí también se ven aspectos como la asistencia legal, la asistencia general, la asistencia técnica, la asistencia jurídica a quienes son víctimas de delito y a sus familias, y se abordan temas de género y de personas con capacidades diferentes.
El Ministerio de la Primera Infancia, que ya lo tenemos en funcionamiento, es un Ministerio que permite la coordinación de lo que son las áreas de salud, de educación, también la cuestión social y la laboral que permite a este grupo etario de la primera infancia tan vulnerable una mejor implementación de las políticas públicas que este Gobierno y este Gobernador ha tomado la firme decisión de llevar adelante.
Quiero centrarme también, como lo hiciera el Senador de Iruya, en esto de la creación del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario, puesto que en mi departamento como así también en otros convivimos con comunidades de pueblos originarios. Realmente hemos visto con gran satisfacción y beneplácito la creación de este Ministerio que propende a la inclusión en varios aspectos. Aquellos que considero tan importantes como el hecho de poder acceder a la regularización dominial de las tierras que habitan, como así también abordar con mucha más profundidad e integridad las necesidades básicas que tienen estas poblaciones tan vulnerables y de alto riesgo social. Lo cual, sin lugar a dudas, da una muestra cabal de la importancia que tienen para este Gobierno y para este Gobernador los asuntos relacionados con las comunidades de los pueblos originarios.
Desde ya apoyo y celebro que esta nueva ley pueda entrar prontamente en vigencia. Sin lugar a dudas es una mejor coordinación que refleja un beneficio comunitario para toda Salta, notable en este próximo período de gobierno.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: estamos tratando un instrumento legal cuya iniciativa es del Poder Ejecutivo. Como bien se ha dicho acá, y está claro para cada uno de nosotros, es una facultad exclusiva del Gobernador la instrumentación de la estructura que lo va a acompañar en la conducción del Estado. Esto no es resorte legislativo, sino que es una incumbencia y una facultad estricta del Gobernador.
Me parece y por la experiencia que uno tiene sobre la cuestión de la conducción, más allá de que no ha sido el caso mío del Estado Provincial, sino de un municipio, las reformas que buscan una mayor apertura a las formulaciones políticas específicas para la atención de determinadas áreas son siempre la búsqueda de una mayor eficiencia, de encontrar caminos, medios, formas, para que aquello que se estaba haciendo a través de una forma, se lo pueda hacer mejor. Esto es un objetivo permanente en cualquier decisión de gobierno. Y la Legislatura debe acompañar esta decisión del Poder Ejecutivo.
Creo que no hay otra intención que la de buscar que el Poder Ejecutivo tenga un enlace de todos los Ministerios. Si nos ponemos a ver, son varios los Ministerios y las Secretarías, y creo que hace falta un coordinador que es en este caso un Jefe de Gabinete de Ministros. Vamos a ser alguno, no sé si el único, de los pocos estados argentinos, fuera de Buenos Aires, por lo menos hemos visto que tenía, del mismo modo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que tiene este cargo de Jefe de Gabinete de Ministros.
Lo puedo resumir, como lo hemos hablado en algún momento con usted, señor Presidente, y con los medios de prensa, que esta es la búsqueda de eficientizar el trabajo, de darle la atención que determinadas áreas requieren. Y es siempre bueno que desde el Poder Ejecutivo, que está a cargo no solo de la administración sino de la implementación de las acciones de gobierno, se lo pueda hacer pensando en mejorar la atención del Estado para aquellas personas, áreas o actividades que más demandan.
En nombre de nuestro Bloque, adelantamos el acompañamiento con el voto positivo para esta iniciativa y esperamos que la misma sea muy exitosa, no por el éxito para la gestión o para sus funcionarios, sino para el bien de la gente.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente: sin ánimos de polemizar, quiero hacer mi apreciación respecto de algunos dichos de la Senadora del Partido Obrero. Digo sin entrar en polémicas porque no me interesa contestar algunas críticas o hacer alguna correspondencia respecto a quien ella misma acusa de algunos ajustes y de su complicidad en las últimas elecciones. Simplemente hacer una referencia respecto de algo fundamental que ha planteado cuando hizo uso de la palabra y que es la necesidad de un balance. Quiero darle una apreciación respecto del balance que considera necesario como para hacer estos cambios estructurales. Y no quiero hacer referencia a un balance respecto a una posición política partidaria, ni del Partido Obrero, ni siquiera del Partido Justicialista, Partido de la Victoria, Partido Renovador o cualquier Partido en especial. Quiero hacer referencia al balance de la gente, de los salteños, que creo que es el balance que importa realmente. Si hacemos un poquito de memoria, en el año 2007, cuando nuestro Gobernador iniciaba sus actividades como Gobernador, pasamos de cinco Ministerios a diez Ministerios, se ha ampliado el doble esta Cartera Ministerial. A los cuatro años, este balance de todos los salteños fue altamente positivo, ya que en las elecciones, por una abultada mayoría los salteños confiaron nuevamente en la figura del Doctor Urtubey para cuatro años más.
El año pasado a esta altura creábamos -y Salta era la primer Provincia en la Nación- el Ministerio de la Primera Infancia. Con lo cual muchos esperamos, para ser sincero, con ansiedad tener resultados a corto plazo. Quiero decirles que, la verdad, la función del Ministerio de la Primera Infancia apunta a objetivos a mediano y largo plazo. Viene trabajando, se le ha otorgado un importante incremento en su partida presupuestaria para el año que viene, y ojalá que los resultados sean mejores aún. Con la incorporación de esta nueva Cartera Ministerial, once a partir del año pasado, en el balance al cual hacía referencia la Senadora del Partido Obrero, nuevamente los salteños por amplia mayoría han dado un balance positivo a la gestión de Urtubey y de su Cartera Ministerial.
No tengo dudas que esta nueva estructura, la cual estamos hoy discutiendo, va a hacer posible que los salteños, vivan en el lugar que vivan en la provincia de Salta, puedan mejorar sustancialmente la calidad de vida. Si no es así, seguramente en este recinto en los próximos años vamos a estar modificando algunos ministerios, fusionando, creando nuevos o suprimiendo otros, porque en el devenir político y en la función propia del Ejecutivo, que ha obtenido una amplia mayoría en las elecciones pasadas y tiene la inmensa responsabilidad de llevar adelante el destino de los salteños todos, nosotros debemos -como decía hace rato- acompañar esta decisión del Gobernador y poner las fuerzas y la esperanza que esta nueva estructura viene a trabajar para cada uno de los salteños que nosotros representamos.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
-Votan trece señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado, con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
-Votan trece señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado, con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.
En consideración en particular.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.
Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito que sea tratado por títulos y capítulos, teniendo en cuenta la cantidad de artículos que tiene la ley.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración la moción. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobada.
Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueba: Título I Capítulo I artículos 1º al 4º; Título I Capítulo II artículos 5º al 8º; Título II artículos 9º al 11; Título III artículos 12 y 13; Título IV artículo 14; Título V artículos 15 al 19;Título VI artículos 20 y 21; Título VI Capítulo II artículo 22; Título VI Capítulo III artículo 23; Título VI Capítulo IV artículo 24; Título VI Capítulo V artículo 25; Título VI Capítulo VI artículo 26; Título VI Capítulo VII artículo 27; Título VI Capítulo VIII artículo 28; Título VI Capítulo IX artículo 29; Título VI Capítulo X artículo 30; Título VI Capítulo XI artículo 31; Título VI Capítulo XII artículo 32; Título VI Capítulo XIII artículo 33; Título VI Capítulo XIV artículos 34 y 35; Título VI Capítulo XV artículo 36; Título VI Disposiciones Transitórias artículos 37 al 40.
. Vota por la negativa una señora Senadora.
. Votan por la afirmativa trece señores senadores.
Sr. Presidente (Soto).- Artículo 41 de forma. Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Conforme a lo oportunamente resuelto el Cuerpo pasa a Sesión Especial a fin de considerar los dictámenes de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
21
ACUERDO PARA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIACIVIL Y COMERCIAL CUARTA NOMINACIÓN DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO
Expte Nº 90-24.389/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Dr. Benjamín Pérez Ruiz, D.N.I. Nº 17.580.250, en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación del Distrito Judicial del Centro; habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – Roberto Enrique Gramaglia – Silvina Abilés – Mashur Lapad
Miembro informante: Senador Roberto Enrique Gramaglia.
Sr. Presidente (Soto).-Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: el expediente 90-24.389/15 es el pliego enviado por el Poder Ejecutivo para cubrir el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Cuarta Nominación del Distrito Judicial del Centro.
Atento al trámite de aprobación de pliegos, remitiremos a la normativa ya invocada y directamente procederemos al análisis de los antecedentes del doctor Benjamín Pérez Ruiz.
El profesional ternado es Abogado egresado de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán el día 14 de agosto de 1991.
En lo que respecta a los antecedentes laborales, el Dr. Pérez Ruiz hasido Asesor Jurídico en la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Salta. Fue conjuez del Tribunal Administrativo de Faltas desde noviembre de 2011 y hasta diciembre de 2013. Apoderado de la Municipalidad de Salta durante los años 2002 y 2003. Fue designado Fiscal Ad Hoc ante los Juzgados Federales de Primera Instancia Nº 1 y Nº 2 de la ciudad de Salta y el de Orán.
Se desempeñó como Procurador Fiscal de la Fiscalía de Estado desde agosto de 2004 hasta diciembre de 2009 y desde esa fecha hasta la actualidad como Abogado consultor de la Fiscalía de Estado, como también desde la fecha de recibido se desempeña como Abogado litigante.
Acredita dentro de su capacitación una participación en actividades académicas en materia administrativa, societaria, civil, comercial y penal, entre otros.
Entre sus antecedentes docentes se desempeña como Auxiliar de Cátedra de Derecho Civil Parte General de la Universidad Católica de Salta desde agosto de 1999 a la fecha; y en mayo de 2012 fue designado Decano en la Universidad Católica de Salta.
Dada la lectura de los antecedentes, solicito a mis pares la aprobación del presente pliego.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado.
22
ACUERDO PARA JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y DE PERSONAS Y FAMILIA SEGUNDA NOMINACIÓN DEL DISTRITO JUDICIAL TARTAGAL
Expte. Nº 90-24.391/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación de la Dra. Carmen Elena Juliá, D.N.I. Nº 21.320.543 en el cargo de Juez de Primera Instancia en lo Civil de Personas y Familia Segunda Nominación del Distrito Judicial Tartagal; habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 cc. del Reglamento; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – Roberto Enrique Gramaglia – Silvina Abilés – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senador Roberto Gramaglia
Sr. Presidente (Soto).- Esta Presidencia solicita pasar a cuarto intermedio.
– Es la hora 22 y 08.
– A la hora 22 y 12:
Sr. Presidente (Soto).- Continúa la sesión.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: vamos a tratar el pliego para cubrir el cargo de Defensor Oficial de Violencia Familiar y de Género de los Distritos Judiciales de Orán, Tartagal y Sur de Metán.
La Dra. Juliá ocupa actualmente en forma transitoria el cargo de Defensora Oficial, pero está nominada para Juez de Primera Instancia en lo Civil y de Personas.
Hemos tenido la oportunidad de tener hoy una entrevista en la Comisión con la Dra. Juliá, donde ha puesto de manifiesto el conocimiento que tiene en su profesión, de la tarea que ha venido desempeñando en las distintas instancias, sin dejar de mencionar que ha tenido otras oportunidades, acá también se ha tratado su nominación.
Ha participado, más allá de su experiencia y conocimientos, en el rubro de lo que es el Ministerio Público Fiscal y ahora va hacia el Poder Judicial. Se trata de una persona con profundos conocimientos. Ha dedicado su vida a los estudios y a la capacitación, posterior a la obtención de su título.
En su momento el Senador por el departamento General San Martín (MC) había dado una información muy positiva sobre el desarrollo de las actividades de la Dra. Juliá. Por lo que solicito, en virtud de esos antecedentes y de lo que acabo de mencionar, que este Cuerpo me acompañe a prestar el acuerdo solicitado.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Vota una señora senadora por la negativa.
– Votan doce señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.
23
ACUERDO PARA JUEZ DEL TRIBUNAL DE JUICIO SALA II DISTRITO JUDICIAL DE ORÁN
Expte. Nº 90-24.592/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Dr. Héctor Fabián Fayos, D.N.I. N° 17.549.310, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala II del Distrito Judicial de Orán; habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – Roberto Enrique Gramaglia – María Silvina Abilés – Mashur Lapad.
Miembro Informante: Senador Pablo Damián González
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. González.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: en esta instancia nos convoca el tratamiento del pliego remitido por el Poder Ejecutivo e ingresado a esta Cámara para cubrir el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala II del Distrito Judicial de Orán, según lo dispuesto por artículo 24 de la Ley 7016 y modificatorias y que fuera girado a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, la que, de conformidad al artículo 157 del Reglamento de Cámara, ha emitido el pertinente dictamen aconsejando prestar el acuerdo solicitado.
A continuación voy a proceder a la mención de los aspectos más salientes del currículum del Dr. Héctor Fabián Fayos, quien resultara ternado en el proceso establecido conforme lo dispuesto por la normativa invocada.
El profesional propuesto es Abogado egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, de Tucumán, en octubre del año 1995. Registra inscripción en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta desde el mes de diciembre de 1995.
Entre sus antecedentes laborales se destaca haberse desempeñado en el cargo de Secretario en el Juzgado de Instrucción de Primera Nominación del Distrito Judicial del Norte, Circunscripción Orán.
El profesional propuesto ha participado en numerosos talleres, congresos y cursos, referidos a las áreas del Derecho Penal, como en cursos de actualización del nuevo Código Civil.
Por todo ello, y habiendo expuesto la capacidad del profesional propuesto para el cargo, solicito a mis pares la aprobación del presente pliego.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Vota una señora senadora por la negativa.
– Votan doce señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.
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ACUERDO PARA JUEZ DEL TRIBUNAL DE JUICIO SALA VI DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO
Expte. Nº 90-24.593/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Dra. Mónica Alejandra Mukdsi, D.N.I. N° 22.119.029, en el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VI del Distrito Judicial del Centro, habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – Roberto Enrique Gramaglia – María Silvina Abilés – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senador Ernesto Ángel Gómez
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.
Sen. Gómez.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: en esta instancia nos convoca el tratamiento del pliego remitido por el Poder Ejecutivo e ingresado a esta Cámara para cubrir el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VI del Distrito Judicial del Centro, según lo dispuesto por artículo 24 de la Ley 7016 y modificatorias, y que fuera girado a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, la que, de conformidad al artículo 157 del Reglamento de Cámara, ha emitido el pertinente dictamen aconsejando prestar el acuerdo solicitado.
A continuación, voy a proceder a la mención de los aspectos más salientes del currículum de la Dra. Mónica Alejandra Mukdsi, quien resultara ternada en el proceso establecido conforme lo dispuesto por la normativa invocada.
La profesional propuesta es Procuradora y Abogada egresada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba en junio de 1999. Registra inscripción en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta desde el mes de julio de 1999.
Entre sus antecedentes laborales se destaca haberse desempeñado como Secretaría de Primera Instancia en el Juzgado Correccional y de Menores de Segunda Nominación, del Distrito Judicial Norte, Circunscripción Orán.
La profesional propuesta ha participado en numerosos talleres, congresos y cursos, referidos a las áreas del Derecho Penal, en carácter de asistente y docente. Acredita haber realizado el Posgrado de Derecho Penal organizado por la Escuela de Capacitación para Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la provincia de Jujuy en el año 2004, como también la Carrera de Especialización en Derecho Penal en la Universidad Nacional del Litoral, entre otros.
Por todo ello, y habiendo expuesto la capacidad de la profesional propuesta para el cargo, solicito a mis pares la aprobación del presente pliego.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones. Se va a votar.
– Vota por la negativa una señora Senadora.
– Votan doce señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital.
25
ACUERDO PARA JUEZ DEL TRIBUNAL DE JUICIO SALA VII DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO
Expte. Nº 90-24.594/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo Provincial, proponiendo el acuerdo para la designación del Dr. Francisco Mascarello, D.N.I. 16.000.416, en el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro, habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, se aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de la Comisión, 2 de diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – Roberto Enrique Gramaglia – María Silvina Abilés – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senador Diego Sebastián Pérez.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: en esta instancia nos convoca el tratamiento del pliego remitido por el Poder Ejecutivo e ingresado a esta Cámara para cubrir el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro, según lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley 7016 y modificatorias, y que fuera girado a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, la que, de conformidad al artículo 157 del Reglamento de Cámara, ha emitido el pertinente dictamen aconsejando prestar el acuerdo solicitado.
A continuación voy a proceder a la mención de los aspectos más salientes del currículum del Dr. Francisco Mascarello, quien resultara ternado en el proceso establecido conforme lo dispuesto por la normativa invocada.
El profesional propuesto es Procurador y Abogado, egresado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Córdoba, en mayo de 1988. Registra inscripción en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta desde el mes de mayo de 1988.
Entre sus antecedentes laborales se destaca haberse desempeñado como Secretario de Primera Instancia desde el 8 de diciembre de 1988 hasta el 24 de abril de 1998, en que fue designado como Juez de Primera Instancia; cargo en el que continúa en la actualidad.
El profesional propuesto ha participado en numerosos talleres, congresos y cursos, referidos a las áreas del Derecho Penal. También se ha desempeñado como Director del Departamento de Formación Inicial de la Escuela de la Magistratura del Poder Judicial de Salta, desde el año 2004 hasta la fecha.
Por todo ello, y habiendo expuesto la capacidad del profesional propuesto para el cargo, solicito a mis pares la aprobación del presente pliego.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Votan por la afirmativa doce señores senadores.
– Vota por la negativa una señora Senadora.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital.
26
ACUERDO PARA JUEZ DEL TRIBUNAL DE JUICIO SALA VII DEL DISTRITO JUDICIAL DEL CENTRO.
Expte. N° 90-24.595/15
Dictamen de Comisión
La Comisión Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el Pliego remitido por el Poder Ejecutivo, proponiendo acuerdo para la designación de la Dra. Paola Alejandra Marocco, D.N.I N° 23.316.470 en el cargo de Juez de Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro, habiéndose dado al mismo el trámite establecido en el artículo 152 y cc. del Reglamento de Cámara; y, por las razones que dará el miembro informante, se aconseja prestar el acuerdo solicitado.
Sala de Comisión, diciembre de 2015.
Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Diego Sebastián Pérez – María Silvina Abilés – Roberto Enrique Gramaglia – Mashur Lapad
Miembro Informante: Senador Diego Pérez.
Sr. Presidente (Soto).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Pérez.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: en esta instancia nos convoca el tratamiento del pliego remitido por el Poder Ejecutivo e ingresado a esta Cámara para cubrir el cargo de Juez del Tribunal de Juicio Sala VII del Distrito Judicial del Centro, según lo dispuesto por el artículo 24 de la Ley 7016 y modificatorias, y que fuera girado a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, la que, de conformidad al artículo 157 del Reglamento de Cámara, ha emitido el pertinente dictamen aconsejando prestar el acuerdo solicitado.
A continuación voy a proceder a la mención de los aspectos más salientes del currículum de la Dra. Paola Alejandra Marocco, quien resultara ternada en el proceso establecido conforme lo dispuesto por la normativa invocada.
La profesional propuesta es Procuradora, Escribana y Abogada egresada de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán, en abril de 1998. Registra inscripción en el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta desde el mes de octubre de 1998.
Entre sus antecedentes laborales se destaca haberse desempeñado en el Ministerio Público de la Provincia como pasante rentada desde setiembre de 2004 hasta julio de 2005, que fue designada Secretaría Letrada de Primera Instancia, cargo que ocupó hasta febrero de 2009, en que asumió como Defensora Penal, cargo en el que continúa hasta la fecha.
La profesional propuesta ha participado en numerosos talleres, congresos y cursos referidos a las áreas del Derecho Penal, como el VI Congreso Latinoamericano Universitario de Derecho Penal y Criminología en la Universidad Nacional de Tucumán, entre otros.
Por todo ello, y habiendo expuesto la capacidad de la profesional propuesta para el cargo, solicito a mis pares la aprobación del presente pliego.
Sr. Presidente (Soto).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
– Votan doce señores senadores por la afirmativa.
Sr. Presidente (Soto).- Aprobado, con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.
27
ARRÍO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Soto).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Iruya, don Walter Hernán Cruz, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Santa Victoria, don Cástulo Yanque, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.
– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Walter Hernán Cruz y Cástulo Yanque proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.
– Es la hora 22 y 25.
Julieta Serapio
Jefa Sector Taquígrafos
Cámara de Senadores
28
A P É N D I C E
1
Expte. Nº 91-33.308/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
TÍTULO I
REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL
Capítulo I
Objetivo
Artículo 1°.- La presente Ley regula el Ejercicio de la actividad profesional vinculada a las Ciencias Criminalística y Criminología, en todo el ámbito territorial de la provincia de Salta.
Capítulo II
Del ejercicio profesional
Art. 2°.- Para ejercer las profesiones reguladas por la presente Ley en el ámbito de la provincia de Salta, deberán cumplirse los siguientes requisitos:
- Título Universitario reconocido oficialmente y con validez nacional, de Licenciado en Criminalística y/o Criminología, Perito Documentólogo, Perito Balístico, Perito Papiloscopo, Perito Accidentólogo, Perito en Inspecciones Oculares y Dactiloscopía, o cualquier otro equivalente a tales especialidades otorgado por Universidad Nacional, Provincial o Extranjera, siempre que tengan el reconocimiento y validez mencionadas.
- Título Terciario habilitante expedido por Institutos de Educación Superior No Universitarios, Estatal o Privado reconocidos, Nacional o Provincial.
- Contar con la matrícula profesional expedida por el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta.
- Tener plena capacidad civil y no estar inhabilitado judicial o administrativamente para el ejercicio profesional.
- Denunciar domicilio real y constituir domicilio legal en la Provincia.
Art. 3°.- Quienes cumplan los requisitos exigidos podrán desarrollar la actividad profesional regulada, individual o colectivamente, judicial o extrajudicialmente, en Instituciones Públicas o Privadas y tendrán, en su caso, las incompatibilidades que determinen las leyes respectivas.
Art. 4º.- Son deberes de los Colegiados los siguientes:
- Informar toda modificación del domicilio dentro de un plazo de cinco (5) días de producida.
- Pagar regularmente las cuotas de ejercicio profesional, contribuciones especiales fijadas por Asamblea y aportes determinados por Ley destinados al Colegio.
- Realizar las actividades profesionales con lealtad, probidad, responsabilidad y capacidad científica respecto de terceros o demás profesionales.
- Guardar secreto profesional respecto a los hechos que ha conocido, con las salvedades de la Ley.
- Cumplir con las leyes sobre incompatibilidad de cargos públicos.
Art. 5º.- Son derechos de los Colegiados los siguientes:
- Percibir los honorarios devengados conforme a lo dispuesto en las normas respectivas.
- Al reintegro de los gastos realizados con motivo de su gestión.
- Perseguir por vía de ejecución, el pago de los honorarios regulados y gastos aprobados judicialmente.
- Denunciar ante el Colegio Profesional o autoridad competente, toda transgresión a la presente Ley.
Art. 6°.- Son prohibiciones de los Colegiados las siguientes:
a) Procurarse clientela por medios incompatibles con la dignidad profesional.
b) Publicar avisos que puedan inducir a engaños y ofrecer servicios violatorios de la ética profesional.
c) Delegar o subrogar en terceros la ejecución o responsabilidad de los servicios de su competencia.
Capítulo III
De las incumbencias profesionales
Art. 7°.- Los profesionales en Criminalística o Criminología podrán ejercer las actividades previstas en las incumbencias de sus respectivos títulos habilitantes, siempre y cuando estén debidamente matriculados en el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología que se crea mediante esta Ley.
Capítulo IV
De los honorarios profesionales
Art. 8°.- El monto de los honorarios que deban percibir los Colegiados por su labor profesional, judicial o extrajudicial en todo el territorio de la Provincia, se determinará con arreglo al artículo 5°.
Art. 9º.- Para fijar los honorarios del profesional se tendrá en cuenta:
- El monto del interés comprometido en juicio o fuera de él.
- La naturaleza y complejidad de las tareas realizadas.
- El mérito de la labor profesional apreciado por la calidad, eficiencia y extensión del trabajo.
- Las diligencias que realizó para cumplir su cometido, como presentación de escritos, notificaciones, compulsas, etc.
Capítulo V
De la designación judicial
Art. 10.- La designación de peritos en causas judiciales es competencia de la Corte de Justicia de la Provincia, conforme lo establecen las leyes respectivas; tratándose de aspectos relacionados con la actividad regulada por la presente Ley, deberá recaer en profesionales matriculados y en cada oportunidad, se comunicará la decisión al Colegio con antelación suficiente a la fecha de sorteo, a fin de que un representante del mismo pueda asistir y presenciar el acto correspondiente.
Art. 11.- A los fines del artículo anterior, inmediatamente después de su constitución, el Colegio remitirá a la Corte de Justicia la nómina de los profesionales matriculados y habilitados para el ejercicio de la profesión; asimismo, mantendrá permanentemente actualizada la misma, para lo cual comunicará formalmente y en cada oportunidad el otorgamiento de nuevas matrículas, suspensiones o inhabilitaciones que resolviere.
Art. 12.- Si luego de posesionado en el cargo de perito, la o las partes peticionantes desistieren de la realización de la pericia o no depositaren el importe fijado en concepto de anticipo de gastos peticionado por el perito, el Juez interviniente regulará los honorarios del mismo, teniendo en cuenta la labor que lleva realizada y ordenará la restitución de los gastos acreditados.
Art. 13.- En las designaciones de oficio, los peritos no podrán exigir a las partes el pago de honorarios o anticipo de gastos; si podrán hacerlo, a cualquiera de ellas, cuando tal designación fue con la conformidad de ambas partes. Si una de las partes se hubiere opuesto a la prueba pericial, sólo estará obligada al pago cuando resultare condenada en costas sin perjuicio de lo dispuesto en las normas vigentes sobre la materia.
Capítulo VI
Del ejercicio iIegal de la profesión
Art. 14.- Por esta Ley se considera ejercicio ilegal de la profesión:
- Intentar o desarrollar la actividad regulada sin estar debidamente inscripto en la matrícula y habilitado por el Colegio.
- Evacuar consultas sin contar con título habilitante, en forma onerosa o gratuita, sobre cuestiones reservadas al profesional de la matrícula.
- Publicar la prestación de la actividad regulada, sin indicar en forma clara nombre y apellido, título profesional y número de matrícula o consignar informaciones inexactas, ambiguas o que de algún modo presten confusión sobre el profesional de que se trata, título o actividad ofrecida.
- Usar, individual o colectivamente denominaciones que permitan inferir o atribuir la idea del ejercicio de la actividad regulada, sin contar con matrícula profesional.
TITULO II
DEL COLEGIO DE PROFESIONALES
Capítulo I
Creación
Art. 15.- Créase el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta con sede en la ciudad de Salta el que desarrollará sus actividades con el carácter, derechos y obligaciones de una persona jurídica de Derecho Público no estatal, ajustando su accionar a la presente Ley y reglamentaciones que se dicten.
El Colegio estará integrado por todos los profesionales que cumplan los requisitos establecidos en la presente Ley.
Tendrá jurisdicción en toda la Provincia y podrá establecer delegaciones en el interior.
Art. 16.- El Colegio tiene las siguientes funciones, atribuciones y deberes:
- Otorgar la matrícula habilitante para el ejercicio profesional.
- Ejercer el gobierno de la matrícula, llevar su registro, el legajo individual de cada colegiado y otorgar la credencial habilitante para el ejercicio de la profesión.
- Confeccionar la lista de profesionales y sus modificaciones, a los efectos de presentarla ante la Corte de Justicia.
- Velar por el cumplimiento de esta Ley, los estatutos propios, reglamentaciones que se dicten y toda Ley o disposición de la autoridad competente, atinente al ejercicio de la profesión de los colegiados.
- Fiscalizar el correcto ejercicio de la profesión, tendiendo a la observancia del decoro y las reglas de ética profesional que dicta el Colegio.
- Establecer los honorarios mínimos éticos y su escala.
- Ejercer la potestad disciplinaria sobre todos los colegiados.
- Garantizar el libre ejercicio de la profesión de sus colegiados.
- Fomentar el espíritu de solidaridad y reciprocidad entre sus colegiados.
- Contribuir al estudio y solución de los problemas que, de cualquier forma, afecten el ejercicio profesional.
- Estimular las actividades de investigación científica y organizar jornadas sobre temas de perfeccionamiento profesional.
- Nombrar, contratar, remover o sancionar a sus empleados, con arreglo a la normativa vigente.
- Designar, contratar o consultar a asesores y apoderados.
- Adquirir, vender, gravar, aceptar legados, herencias y donaciones; o administrar bienes propios de cualquier naturaleza y el patrimonio social. Para toda adquisición, venta o gravamen de bienes, se requiere el consentimiento de la Asamblea con el voto de las dos terceras partes de los colegiados presentes.
ñ) Dictar los reglamentos que de conformidad con esta Ley regirán su funcionamiento y el uso de sus atribuciones.
- Realizar toda otra actividad que no sea contraria a los fines del Colegio.
- Representar a los colegiados ante las autoridades y entidades públicas y privadas.
- Establecer vínculos con otras instituciones o entidades gremiales, científicas y culturales, nacionales, provinciales, municipales o extranjeras.
- Denunciar, ante quienes corresponda, el ejercicio ilegal de la profesión promoviendo las acciones civiles y penales que por derechos correspondan.
- Emitir opinión sobre los temas relacionados con la profesión.
- Determinar el número de delegaciones, sus jurisdicciones y los lugares de funcionamiento de las mismas.
Capítulo II
De las autoridades
Art. 17.- Son autoridades del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta:
- Asamblea;
- Comisión Directiva;
- Comisión Revisora de Cuentas, y
- Tribunal de Ética y Disciplina.
Sección I
De la Asamblea
Art. 18.- La Asamblea es la máxima autoridad del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta y se integra con la totalidad de los profesionales inscriptos en la matrícula, las decisiones que adopte de conformidad a esta Ley serán obligatorias para todos los Colegiados.
Art. 19.- La Asamblea puede ser ordinaria o extraordinaria.
La Asamblea Ordinaria tendrá lugar una vez por año, en la fecha que establezca la reglamentación interna, en la que se tratará los asuntos incluidos en el Orden del Día por la Comisión Directiva y deberá analizar el balance general, la memoria anual e informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
La Asamblea Extraordinaria será convocada cada vez que la Comisión Directiva lo estime conveniente o cuando lo solicite la Comisión Revisora de Cuentas o el veinte por ciento (20 %), como mínimo, de los Colegiados. En este último supuesto, los solicitantes deberán expresar el motivo y puntos a considerar, debiéndose fijar la fecha de Asamblea dentro de los quince (15) días de recibida la solicitud.
Art. 20.- Las convocatorias para las Asambleas se realizarán mediante publicaciones por un (1) día en el Boletín Oficial y un diario de mayor circulación de la Provincia con antelación no menor a quince (15) días a la fecha fijada para su celebración. Las convocatorias deberán consignar el lugar, día y hora de realización, como también el Orden del Día y sólo podrán tratarse los asuntos incluidos en el mismo.
Art. 21.- Las Asambleas se constituirán con el cincuenta y uno por ciento (51 %) de los inscriptos en la matrícula presentes en la misma, transcurrida una (1) hora después de la fijada para su iniciación sin conseguir quórum, se celebrará con los presentes y sus decisiones se tomarán por simple mayoría de los presentes, salvo los casos en que se requiera expresamente una mayoría especial por la presente Ley.
En la misma actuarán como Presidente y Secretario, dos (2) socios que se elijan una vez constituida, teniendo el Presidente doble voto en caso de empate, la asistencia será personal.
Art. 22.- Son atribuciones de la Asamblea:
- Aprobar o rechazar, en forma total o parcial, el balance general y la memoria anual que presentará la Comisión Directiva; y el informe de la Comisión Revisora de Cuentas.
- Autorizar a la Comisión Directiva a efectuar actos de adquisición o disposición o gravamen de bienes inmuebles, con el voto de las dos terceras partes de los colegiados presentes.
- Establecer los montos por derecho de matriculación e inscripción, las cuotas periódicas, ordinarias y extraordinarias.
- Establecer los aranceles referenciales a percibir por los matriculados en concepto de honorarios, comisiones y gastos relativos a su desempeño.
- Establecer los montos mínimos y máximos de las multas.
- Designar a los miembros de la Junta Electoral.
- Aprobar y reformar el Reglamento Interno del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta y el Reglamento Interno del Tribunal de Ética y Disciplina, por el voto de las dos terceras partes de los colegiados presentes, los que serán publicados en el Boletín Oficial.
- Autorizar al Consejo Directivo para que el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta se adhiera a Federaciones de entidades de su índole, a condición de conservar la autonomía del mismo.
Sección II
De la Comisión Directiva
Art. 23.- La Comisión Directiva estará integrada por nueve (9) miembros, correspondientes a los siguientes cargos: un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1) Prosecretario, un (1) Tesorero, un (1) Protesorero, tres (3) vocales titulares y dos (2) suplentes. Duran dos (2) años en sus funciones, pudiendo ser reelectos en sus cargos en dos oportunidades.
Todos los cargos son ad-honorem.
El Presidente tendrá la representación legal del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta.
En caso de vacancia por renuncia, suspensión de la matrícula, o fallecimiento, los cargos serán reemplazados por corrimiento de lista.
Art. 24.- Para ser electo en cualquiera de los cargos de la Comisión Directiva, el matriculado deberá acreditar una antigüedad mínima de dos (2) años como socio activo, con excepción de la primera Comisión, tener las cuotas sociales al día, no registrar sanciones disciplinarias y no estar inhabilitados para el ejercicio de la profesión.
Art. 25.- Las reuniones de la Comisión Directiva requieren un quórum de cinco (5) miembros. Las resoluciones se tomarán por simple mayoría de los miembros presentes. El Presidente tendrá doble voto en caso de empate.
Las reuniones se realizarán por lo menos una (1) vez al mes, sin perjuicio que el Presidente las convoque por si o a pedido de tres de los miembros de la Comisión Directiva.
Art. 26.- Son deberes y atribuciones de la Comisión Directiva:
- Otorgar y controlar la matrícula de los profesionales formando legajo de antecedentes de cada matriculado.
- Presentar Memoria Anual, Balance General a consideración de la Asamblea.
- Administrar los bienes de la Institución y ejecutar los actos de adquisición, disposición y gravamen de los mismos previa autorización de la Asamblea en los casos que corresponda.
- Proponer, a los fines de su aprobación por la Asamblea:
1. Los montos por derechos de matriculación e inscripción, así como las cuotas ordinarias y extraordinarias.
2. El Reglamento Interno, el Código de Ética Profesional y el Reglamento del Proceso Disciplinario.
3. Los aranceles referenciales a percibir por los matriculados en concepto de honorarios, comisiones y gastos relativos a su desempeño.
4. Los montos de las multas.
e) Convocar a elecciones, aprobar el Reglamento Electoral, el cronograma electoral y designar la Junta Electoral.
f) Nombrar y remover sus empleados y fijar sus funciones y retribuciones.
g) Denunciar la práctica ilegal de la profesión, cuando en el ejercicio de sus funciones adquiera conocimiento de infracciones.
h) Convocar a Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, y fijar el Orden del Día.
i Cobrar y percibir los derechos de matriculación e inscripción, cuotas de ejercicio profesional, ordinarias y extraordinarias, multas y demás fondos.
j) Ejecutar las sanciones del Tribunal de Ética y Disciplina.
k) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones de las Asambleas.
l) Deliberar periódicamente en cualquier lugar de la Provincia.
m) Designar los miembros de las Comisiones y Subcomisiones.
n) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y los reglamentos internos.
ñ) Depositar los fondos del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta en una entidad bancaria a la orden conjunta del Presidente, Secretario y Tesorero.
o) Realizar toda otra actividad conducente a la acción social, profesional y económica en beneficio de los colegiados.
Sección III
De la Comisión Revisora de Cuentas
Art. 27.- La Comisión Revisora de Cuentas se integrará por tres (3) Revisores titulares y tres (3) Revisores suplentes.
Deberán contar con los mismos requisitos y duran en su cargo igual tiempo y pueden ser reelectos en iguales condiciones que los miembros de la Comisión Directiva.
Habiendo más de una lista, el órgano revisor de cuentas estará integrado por la que resulte segunda en los comicios.
Art. 28.- Le corresponde como función la revisión general de los ingresos y egresos de los recursos del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta, con las modalidades y alcances fijados en la Ley y en el Reglamento Interno.
Art. 29.- Los deberes y atribuciones de la Comisión Revisora de Cuentas serán:
- Examinar los libros de contabilidad y documentación del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta por lo menos cada tres (3) meses.
- Fiscalizar la administración controlando el estado de la caja y la existencia de los títulos, acciones y valores de cualquier naturaleza.
- Dictaminar sobre la memoria y estados contables, inventario y cuentas de ganancias y pérdidas presentado por el Consejo Directivo.
- Asistir a las sesiones de la Asamblea en el carácter que revisten e informar a la misma sobre su gestión y el balance general.
Sección IV
Del Tribunal de Ética y Disciplina
Art. 30.- El Tribunal de Ética y Disciplina se integrará con cinco (5) miembros titulares y cinco (5) suplentes entre los Colegiados que acrediten una antigüedad mínima de tres (3) años como socios activos, con excepción de los primeros integrantes, y cumplan con los demás requisitos fijados para ser miembros de la Comisión Directiva y al igual que éstos, duran el mismo tiempo en el cargo y podrán ser reelectos en iguales condiciones.
Art. 31.- El Tribunal de Ética y Disciplina ejercerá la facultad disciplinaria de la matrícula y aplicará las sanciones previstas en la presente Ley.
Art. 32.- Las sanciones disciplinarias son:
- Suspensión.
- Cancelación de la matrícula.
Art. 33.- Las multas serán a favor del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta.
Los montos mínimos y máximos serán establecidos o modificados por la Asamblea a propuesta de la Comisión Directiva, respetando el principio de razonabilidad.
Art. 34.- La suspensión será de hasta doce (12) meses.
Art. 35.- La cancelación de la Matrícula procederá cuando:
- Ejecute actos de ejercicio profesional durante la vigencia de una suspensión.
- Haya sido condenado por la comisión de delitos dolosos que afecten gravemente el decoro, la dignidad y probidad del ejercicio de la profesión. En este caso la cancelación será publicada por tres (3) días en el Boletín Oficial y en dos (2) diarios de mayor difusión en la Provincia.
Art. 36.- En todo procedimiento a efectuarse por infracción a lo dispuesto en esta Ley se respetarán las normas del debido proceso y el derecho de defensa, pudiendo ser iniciado el mismo por la Comisión Directiva, un colegiado o un tercero interesado.
Art. 37.- Para la graduación de las sanciones se tomará en consideración la modalidad y el móvil del hecho, analizando los antecedentes personales y la contumacia del acusado, los atenuantes, agravantes y demás circunstancias del caso.
Art. 38.- El Tribunal de Ética y Disciplina propondrá a la Asamblea el Reglamento del proceso disciplinario correspondiente. Una vez aprobado por la Asamblea, será publicada por un (1) día en el Boletín Oficial.
Art. 39.- Los miembros del Tribunal de Ética y Disciplina pueden ser recusados en los casos y formas establecidas respecto de los jueces por el Código de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Provincia. Los miembros que se encontraren comprendidos en causales de recusación deberán inhibirse de oficio. Las integraciones, por recusaciones o cualquier otra causa de apartamiento, se harán con el suplente del Tribunal de Ética y Disciplina, en su caso, por los que surjan de una lista de colegiados de más de tres (3) años de antigüedad.
Art. 40.- El Tribunal de Ética y Disciplina puede disponer la comparecencia de testigos, inspecciones, exhibición de documentos y toda otra diligencia que considere pertinente para la investigación, garantizando el debido proceso y el derecho de defensa. En caso de oposición adopta las medidas administrativas pertinentes para posibilitar la sustanciación del caso.
Art. 41.- El Tribunal de Ética y Disciplina actúa:
- Por denuncia escrita y fundada.
- Por resolución motivada del Consejo Directivo.
- Por comunicación de magistrados judiciales y funcionarios del Ministerio Público.
Art. 42.- Las acciones disciplinarias contra los matriculados prescriben a los dos (2) años de producirse el hecho que las motive.
La prescripción se interrumpe únicamente por el traslado de la denuncia y la resolución condenatoria, aún cuando no se encuentre firme.
Art. 43.- Todas las sanciones aplicadas por el Tribunal de Ética y Disciplina, serán recurribles por los interesados, en un plazo máximo de quince (15) días, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo de la Provincia de Salta.
Art. 44.- El matriculado a quien le sea aplicada una suspensión, deberá reintegrar al Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta la correspondiente credencial habilitante dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de impuesta la sanción.
Capítulo III
De las Elecciones
Art. 45.- Son electores, todos los matriculados que no mantengan deuda con el Colegio y no se encuentren suspendidos.
Art. 46.- La elección de los miembros de la Comisión Directiva, de la Comisión Revisora de Cuentas y del Tribunal de Ética y Disciplina, se hará por el voto directo y secreto de los matriculados y a simple pluralidad de sufragios.
Art. 47.- Los mandatos cesan el mismo día en que expira el período legal sin que por ninguna causa pueda prorrogarse ni completarse.
Art. 48.- Las elecciones se realizarán con una anticipación de por lo menos sesenta (60) días a la fecha de terminación de los mandatos de la Comisión Directiva y del Tribunal de Ética y Disciplina y Comisión Revisora de Cuentas.
Art. 49.- La Junta Electoral estará formada por cinco (5) colegiados designados por la Comisión Directiva, los que deberán reunir iguales requisitos que para ser miembros del Tribunal de Ética y Disciplina.
La designación en carácter de miembro de la Junta Electoral, es incompatible con la condición de miembro, titular o suplente, de cualquiera de los órganos del Colegio.
El cargo de miembros de la Junta Electoral es irrenunciable, salvo causal de legítimo impedimento que será valorado por la Comisión Directiva.
Art. 50.- La convocatoria a elecciones deberá hacerse con una anticipación no menor a treinta (30) días al acto eleccionario, debiendo publicarse en el Boletín Oficial. Dentro del mismo término deberá exhibirse el padrón electoral provisorio.
Art. 51.- La recepción de votos durará seis (6) horas consecutivas y estará a cargo de la Junta Electoral. Ésta, asimismo entenderá en la confección del padrón electoral y en todo lo relativo al acto eleccionario, oficialización de candidaturas, aprobación de boletas, escrutinio definitivo, proclamación de electos, otorgamiento de sus diplomas y demás atribuciones y deberes que establezcan el reglamento y cronograma electoral.
La Junta Electoral procederá al escrutinio definitivo inmediatamente después de vencido el plazo de impugnación.
Art. 52.- Las listas intervinientes podrán impugnar el acto eleccionario dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de efectuado, a cuyo efecto deberá presentarse por escrito ante la Junta Electoral, indicando con precisión las causas del vicio y las pruebas pertinentes, bajo sanción de caducidad.
Luego de dicho término no se admitirá ninguna reclamación.
Art. 53.- El Régimen Electoral Provincial y sus modificatorias serán de aplicación supletoria para toda cuestión no prevista.
Capítulo IV
Del Patrimonio
Art. 54.- El patrimonio del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta se compondrá de:
- El arancel por la inscripción en la matrícula.
- La cuota de ejercicio profesional.
- El porcentual retenido sobre honorarios profesionales.
- Las multas que se apliquen a los socios.
- Las demás contribuciones que fijen por Asamblea.
- Los bienes muebles o inmuebles que adquieran por cualquier causa o título y las rentas que los mismos produzcan.
- Las donaciones, legados y herencias que acepte y las subvenciones que se le asignen.
- Toda otra suma de dinero de origen lícito que tenga por beneficiario al Colegio Profesional.
TÍTULO III
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 55.- Los profesionales actualmente inscriptos en la Corte de Justicia, seguirán ejerciendo sus funciones hasta que el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta eleve para conocimiento la nómina de profesionales matriculados.
A partir de los ciento veinte (120) días de entrar en vigencia la presente Ley, queda absolutamente prohibido el ejercicio de las actividades profesionales regidas por la misma, a las personas no habilitadas; las que sin cumplir estas condiciones, y sin tener las calidades exigidas, ejercen la actividad profesional. No podrán cobrar los honorarios previstos, ni retribución de ninguna especie, y serán pasibles de las denuncias penales que por ejercicio ilegal de la profesión, les correspondieren.
Art. 56.- El Poder Ejecutivo nombrará una Comisión de nueve (9) miembros que tendrá a su cargo la Organización del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta con las siguientes obligaciones:
- Elegir en sesión plenaria al Presidente, Secretario y Vocales de la Comisión Provisoria.
- Administrar los fondos y rendir cuentas al finalizar su gestión.
- Confeccionar el padrón de profesionales que se inscriban dentro de los cuarenta y cinco (45) días de entrar en vigencia la presente Ley. Los que se inscriban a posteriori no podrán votar en la elección de autoridades.
- Confeccionar una ficha-tipo para el empadronamiento, trasladando los datos esenciales a un listado por orden alfabético.
- Dentro de los treinta (30) días posteriores al vencimiento del plazo indicado en el inciso c) convocará a los empadronados a una Asamblea Extraordinaria, para la aprobación del Reglamento Interno propuesto por la Comisión y para que se fijen las multas, los derechos de matriculación e inscripción, cuotas de ejercicio profesional, ordinarias y extraordinarias.
- La convocatoria se hará por Edictos en el Boletín Oficial y diarios de mayor circulación durante dos (2) días.
- Aprobado el Reglamento Interno por Asamblea, convocará a elección de autoridades del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta en la ciudad Capital dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes.
- Constituidas las autoridades del Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta en la ciudad Capital, cesarán las autoridades provisorias de pleno derecho.
- La Comisión Provisoria presentará una rendición de cuentas a las autoridades electas y si la misma no fuere observada dentro de los siete (7) días, quedará aprobada ipso jure y cesará la responsabilidad de la Comisión.
El empadronamiento equivale a la colegiación y el interesado deberá cumplir con todo lo dispuesto por la presente Ley.
Art. 57.- Constituido el Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta, la Corte de Justicia de la Provincia remitirá al mismo el padrón de profesionales inscriptos en la misma, los cuales para continuar en el ejercicio de la profesión deberán matricularse.
Art. 58.- El Colegio de Profesionales de Criminalística y Criminología de la Provincia de Salta deberá cumplir inmediatamente con lo dispuesto en el artículo 12 respecto a la remisión del listado de profesionales matriculados, consignando datos personales, título habilitante, número de matrícula y cualquier otro dato que considere pertinente.
Art. 59.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
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Expte. Nº 91-34.559/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Desaféctase del Sistema Provincial establecido en la Ley 7.107 las fracciones de los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 156.038 y 160.211, del departamento Capital, con destino a la regularización dominial de las familias allí asentadas.
Las fracciones mencionadas son las que se tramita su desmembramiento, por los expedientes de la Dirección General de Inmuebles que se indican a continuación; estos Anexos forman parte de la presente:
- Anexo I Expediente Nº 18-019096
- Anexo II Expediente Nº 18-022008
- Anexo III Expediente Nº 18-024352
- Anexo IV Plano Nº 15634 del departamento Capital.
Art. 2°.- La desafectación que dispone el artículo 1° es excepcional, se limita únicamente a las superficies indicadas y se mantienen las reservas en los remanentes que surjan del desmembramiento planteado.
Art. 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto Provincial, Ejercicio vigente.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
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Expte. N° 91-35.627/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Ley del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios de Estado, Subsecretarios de Estado
TÍTULO I
Del Gobernador
Capítulo I
Función Gubernativa – Función Administrativa
Artículo 1º.- El Gobernador ejerce la función gubernativa de formulación y dirección de las políticas de la Provincia, determina los objetivos y selecciona los medios e instrumentos adecuados para cada una de ellas.
En tal función gubernativa es asistido por los Ministros y el Secretario General de la Gobernación y los demás funcionarios designados por el Gobernador para tal fin.
Los Ministros y el Secretario General de la Gobernación lo asisten en las funciones o actividades permanentes del Gobierno de la Provincia y en sus funciones administrativas.
La Gobernación es una unidad administrativa y presupuestaria de asistencia directa e inmediata al Gobernador de la Provincia, constituida por el Secretario General de la Gobernación y por los demás funcionarios del ámbito de la Gobernación.
Art. 2º.- La función gubernativa comprende también la formulación de los planes económicos y sociales previstos en el artículo 77 de la Constitución Provincial.
Las leyes que sancionan los planes económicos y sociales son imperativas para el sector público, inclusive los Municipios.
Art. 3º.- El Gobernador es el titular de la Administración Pública y ejerce la función administrativa, asistido exclusivamente por el Secretario General de la Gobernación y trece (13) Ministros, cuyas competencias se determinan por la presente Ley.
La Administración Pública, compuesta por órganos jerárquicamente ordenados, actúa para el cumplimiento de sus fines con personalidad jurídica única. La atribución de personalidad jurídica singular a determinados organismos, reviste carácter instrumental y no impide la conducción del Gobernador en su carácter de jefe máximo de la Administración Centralizada y Descentralizada.
Art. 4º.- El Gobernador es el representante de la Provincia frente a la Nación, a las restantes Provincias, las naciones extranjeras y los organismos internacionales.
Negocia y celebra con dichas personas jurídicas los convenios y tratados previstos en la Constitución Provincial y autorizados por los artículos 124, 125 y concordantes, de la Constitución Nacional. Tales convenios y tratados se convierten en derecho local mediando la pertinente Ley.
A los fines de lo dispuesto por el artículo 127, inciso 7) de la Constitución Provincial, se entiende que no imponen obligaciones significativas, los convenios celebrados por la Nación con todas, alguna o algunas de las provincias de la República y por la Provincia con otra u otras Provincias, siempre que no comprometan recursos financieros de la Provincia y que respondan a políticas y planes de asistencia o cooperación. Estos tratados se convertirán en derecho local mediando su aprobación por decreto del Poder Ejecutivo.
Capítulo II
Participación del Gobernador en la formación de las Leyes
Art. 5º.- El Gobernador de la Provincia participa en la formación de las leyes mediante la atribución de iniciativa legislativa y la observación total o parcial de los proyectos de ley sancionados por la Legislatura.
Art. 6º.- El Gobernador remite los proyectos de ley que considera pertinentes, suscriptos por él, por el Ministro Jefe de Gabinete y por el Secretario General de la Gobernación.
Art. 7º.- Los Ministros y el Secretario General de la Gobernación, los Secretarios y Subsecretarios de Estado y los Presidentes de Entidades Autárquicas, estarán obligados a comparecer ante las Comisiones de la Legislatura y/o ante las Cámaras Legislativas, en los casos que ellas lo requieran, en fecha y hora que ellas indiquen, a fin de suministrar información sobre las materias de su competencia vinculadas con los puntos que motiven su comparencia.
Art. 8º.- El Gobernador, mediante decreto, promulga las leyes de la Provincia disponiendo su publicación en la forma en que lo determine la reglamentación. Puede, asimismo, observar total o parcialmente un proyecto de ley sancionado, promulgando la parte no observada, en los casos en que no se afecte el sentido, la unidad u objeto de la misma.
En el caso de observaciones totales o parciales remite el proyecto de ley observado a los fines del ejercicio de la pertinente potestad de insistencia, por parte de las Cámaras Legislativas.
Puede además, el Gobernador, no limitarse a observar total o parcialmente un proyecto de ley sancionado, sino poner a consideración de las Cámaras modificaciones en sustitución de las observaciones parciales, conforme lo dispone el último párrafo del artículo 133 de la Constitución Provincial.
Producidas por parte del Poder Ejecutivo Provincial modificaciones a un proyecto de ley sancionado por la Legislatura, corresponde su tratamiento, en un plazo perentorio de cuarenta y cinco (45) días corridos, para cada Cámara, en sesiones ordinarias.
Las modificaciones serán tratadas en primer término por la Cámara de origen, las que aceptadas por mayoría pasarán a la Cámara Revisora y si ésta también las aprobase por mayoría, se comunicará al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Ante la falta de tratamiento en el término previsto en este artículo, se tendrán por rechazadas las modificaciones.
TÍTULO II
Del Vicegobernador
Art. 9º.- El Vicegobernador es el nexo institucional entre el Gobernador y las Cámaras Legislativas de la Provincia.
El Vicegobernador, a pedido del Gobernador, de conformidad con el principio del artículo 108 de la Constitución Provincial expone ante la Legislatura las medidas de gobierno concretas y específicas, sin perjuicio de su facultad de hacer uso de la palabra en el seno del Senado.
Art. 10.- El Vicegobernador, reemplaza al Gobernador en los siguientes casos:
- Durante sus ausencias temporarias, mientras duren éstas.
- En caso de incapacidad temporaria, mientras dure ésta.
- En caso de renuncia, muerte, destitución o incapacidad definitiva, hasta la conclusión del período para el que haya sido electo el Gobernador de la Provincia.
Art. 11.- El Vicegobernador puede asistir a todas las reuniones del Gabinete.
TÍTULO III
Incompatibilidades y prohibiciones
Art. 12.- Durante el desempeño de sus cargos, el Gobernador, el Vicegobernador, los Ministros y el Secretario General de la Gobernación, los Secretarios y Subsecretarios de Estado deben abstenerse de ejercer, con la sola excepción de la docencia, todo tipo de actividad comercial, negocios, empresas o profesión que, directa o indirectamente, tengan vinculación con los poderes, organismos o empresas públicas provinciales y nacionales.
Art. 13.- Tampoco podrán intervenir en juicios, litigios o gestiones en los cuales sean parte la Provincia o los Municipios, ni ejercer profesión liberal o desempeñar actividades en las cuales, sin estar comprometido el interés del Estado, su condición de funcionarios pueda influir en la decisión de la autoridad competente o alterarse el principio de igualdad ante la ley consagrado por la Constitución de la Nación y por la de la Provincia.
TÍTULO IV
De la Delegación de la competencia
Art. 14.- La delegación de competencias del Gobernador, Vicegobernador, Ministros y Secretario General de la Gobernación, Secretarios y Subsecretarios de Estado será regulada por las disposiciones de la Ley de Procedimientos Administrativos para la provincia de Salta.
TÍTULO V
Disposiciones comunes a todos los Ministerios
Art. 15.- Los Ministros se reunirán en acuerdo de Gabinete siempre que lo requiera el Gobernador, quien podrá disponer se levante acta de lo tratado.
Art. 16.- Los decretos en acuerdo de Ministros o resoluciones conjuntas de los Ministerios, serán ejecutados por quien se designe al efecto en el instrumento legal respectivo.
En el caso de dudas acerca del Ministerio a que corresponda el asunto, éste será tramitado por el que designase el Gobernador de la Provincia. Los asuntos originados en un Ministerio, pero que tengan relación con las funciones específicas atribuidas por esta Ley a otro, son de competencia de éste último.
Los asuntos que, por su naturaleza, tengan que ser atribuidos y resueltos por dos o más Ministerios, serán refrendados con la firma de todos los Ministros que intervengan en ellos.
Art. 17.- Es de competencia de cada Ministerio y de la Secretaría General de la Gobernación:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución de la Nación, de la Provincia y la legislación vigente.
- Refrendar con sus firmas los actos del Gobernador de la Provincia.
- Atender las relaciones del Poder Ejecutivo con los otros Poderes de la Provincia y con los Poderes Federales, con los Gobiernos de las Provincias, las Organizaciones No Gubernamentales, los Gobiernos Extranjeros y entidades internacionales, sin interferir, obstruir, obstaculizar, perturbar las relaciones que, por imperio de la Constitución Nacional competen al Gobierno Federal y dentro del marco de lo dispuesto por el artículo 124 de ésta.
- Representar política y administrativamente ante la Legislatura a sus Ministerios y a los que conjunta o separadamente les confíe el Gobernador, a los fines dispuestos por la Constitución Provincial.
- Elaborar los proyectos de ley que el Gobernador presente a la Legislatura Provincial e intervenir en el trámite de las leyes sancionadas con arreglo a lo dispuesto en la Constitución Provincial y en esta Ley.
- Proyectar los decretos, instrucciones y reglamentos del Gobernador.
- Velar por el cumplimiento de las decisiones del Poder Judicial.
- Intervenir en la celebración de contratos en representación del Estado Provincial.
- Resolver por sí solo todas las cuestiones referidas al régimen interno y disciplinario de su Ministerio.
- Actuar en defensa de los derechos del Estado con arreglo a las disposiciones legales vigentes.
- Elevar al Gobernador la Memoria Anual detallada del estado general de sus respectivos organismos dependientes, indicando en ella las reformas que aconsejen las experiencias y el estudio.
- Ejercer la dirección y control de las actividades que realicen las dependencias del Ministerio a su cargo y la administración de los recursos asignados a su área y resolver por sí todo asunto que no requiera decisión del Gobernador.
- Los asuntos cuya competencia no sea asignada por la Constitución o por esta Ley a un Ministerio específico, serán ejecutados y resueltos por el Secretario General de la Gobernación salvo decisión expresa en contrario del Gobernador.
Art. 18.- Mientras duren en sus funciones, los Ministros y el Secretario General de la Gobernación gozan de las mismas inmunidades que los Legisladores, no obstante ello, deben concurrir a informar a las Cámaras Legislativas y a sus Comisiones, pudiendo ser compelidos a ello con el uso de la fuerza pública.
Art. 19.- A los fines de lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 146 de la Constitución Provincial, el orden o prelación de los Ministros es el siguiente:
- Jefatura de Gabinete de Ministros
- Derechos Humanos y Justicia.
- De la Primera Infancia.
- Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario
- Educación, Ciencia y Tecnología.
- Cultura y Turismo.
- Salud Pública.
- Trabajo
- Ambiente y Producción Sustentable.
- Infraestructura, Tierra y Vivienda.
- Hacienda y Finanzas
TÍTULO VI
De los Ministerios en particular
Capítulo I
Del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros
Art. 20.- Compete al Ministro Jefe de Gabinete de Ministros asistir al Gobernador de la Provincia en la coordinación entre los distintos Ministerios y la exposición de los planes de gobierno y de su ejecución ante las Cámaras Legislativas, y asistirlo en todo lo referido a los servicios públicos de jurisdicción provincial, transporte de pasajeros y carga, y en especial:
- Ejercer las funciones y atribuciones que le delegue el Gobernador de la Provincia y, en acuerdo de gabinete resolver sobre las materias que le indique el Poder Ejecutivo, o por su propia decisión, en aquellas que por su importancia estime necesario, en el ámbito de su competencia.
- Expedir los actos y reglamentos que sean necesarios para ejercer las facultades que le atribuye este artículo y aquéllas que le delegue el Gobernador de la Provincia, con el refrendo del Ministro del área a la cual el acto o el reglamento se refiera.
- Efectuar los nombramientos de la administración pública excepto los que correspondan al Gobernador de la Provincia.
- Coordinar, preparar y convocar las reuniones de gabinete de ministros, presidiéndolas en caso de ausencia del Gobernador.
- Enviar a las Cámaras Legislativas los proyectos de Ley de Ministerios y de Presupuesto Provincial, previo tratamiento en acuerdo de gabinete y aprobación del Poder Ejecutivo.
- Hacer recaudar las rentas de la Provincia y ejecutar la Ley de Presupuesto Provincial.
- Refrendar los decretos reglamentarios de las leyes, los decretos que dispongan la prórroga de las sesiones ordinarias de las Cámaras Legislativas o la convocatoria de sesiones extraordinarias y los mensajes del Gobernador que promuevan la iniciativa legislativa.
- Concurrir a las sesiones de las Cámaras Legislativas y participar en sus debates, pero no votar.
- Producir los informes y explicaciones verbales o escritos que cualquiera de las Cámaras solicite al Poder Ejecutivo.
- Entender en las políticas de servicios públicos provinciales, en especial, las de transporte de pasajeros y cargas, propendiendo a su mejora y facilitando el acceso al transporte para el sector productivo y la población en general.
- Entender en las relaciones del Poder Ejecutivo con los respectivos organismos reguladores de servicios públicos.
Art. 21.- El Ministro Jefe de Gabinete debe concurrir a la Legislatura al menos una vez por mes, alternativamente a cada una de sus Cámaras, para informar acerca de los planes de Gobierno y de su ejecución, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 116 de la Constitución Provincial.
Capítulo II
Del Ministerio de Gobierno
Art. 22.- Compete al Ministro de Gobierno asistir al Gobernador en todo lo inherente al afianzamiento de las instituciones democráticas y republicanas, al incremento de la participación popular en todas las manifestaciones de la vida estatal, al mantenimiento del consenso de la sociedad civil con la gestión del Gobierno, a la transmisión de las inquietudes de aquella al seno del Gobierno, y en especial:
- Entender en las relaciones del Gobernador con el Poder Legislativo, los órganos constitucionales de control, los partidos políticos y las instituciones de la sociedad civil.
- Intervenir en las relaciones con la Nación y con las otras Provincias, con estas últimas en forma individual o regional, en el área de su competencia.
- Intervenir en las relaciones del Gobernador con la Iglesia Católica Apostólica y Romana y demás cultos reconocidos.
- Entender en la división política, electoral y administrativa de la Provincia.
- Entender en todo lo referido al estado civil de las personas y su identificación y en el empadronamiento de ciudadanos argentinos y extranjeros en su caso.
- Entender en el ejercicio del poder de policía de las personas jurídicas, llevando adelante políticas participativas y de fortalecimiento con las Organizaciones de la Sociedad Civil.
- Entender en el análisis de las reformas de la Constitución Provincial.
- Entender en el análisis de la reformulación del régimen municipal de la Provincia sobre la base de los dos siguientes aspectos: a) La Autonomía municipal corresponde a los habitantes de éstos, quienes en su oportunidad, deberán expedirse sobre su organización; b) Reagrupamiento de Municipios.
- Fomentar y coordinar políticas y relaciones institucionales que tiendan al desarrollo regional de la provincia de Salta.
- Entender en la planificación estratégica de políticas públicas con objetivos y prioridades de mediano y largo plazo, articuladas adecuadamente con el sector privado.
- Entender en el control del ejercicio del poder de policía referido a las profesiones liberales, con excepción de las encuadradas en el arte de curar.
- Entender en las cuestiones de límites y ejecutar las políticas de áreas de frontera.
- Entender en la temática de defensa del consumidor en el ámbito provincial, fortaleciendo a las asociaciones de consumidores.
- Ejecutar la política fijada por el Gobernador en materia de difusión de la obra de gobierno e información oficial.
- Entender en todo lo referido al archivo de los instrumentos públicos y su sistematización.
- Entender en la planificación e implementación de políticas que tiendan a conectar la actividad física y el deporte con la promoción de la salud, la recreación y la integración social.
- Entender en la promoción de cada una de las disciplinas deportivas y reglamentar sus formas de organización propendiendo a lograr una participación masiva en cada una de ellas.
- Coordinar con municipios, clubes, asociaciones, federaciones y otras organizaciones no gubernamentales, la generación de condiciones favorables para el acceso a la práctica efectiva del deporte, promoviendo la creación de centros de iniciación deportiva y de alto rendimiento, en los distintos Departamentos de la Provincia.
- Coordinar con el área correspondiente del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, la implementación de una política deportiva escolar.
Capítulo III
Del Ministerio de Derechos Humanos y Justicia
Art. 23.- Compete al Ministro de Derechos Humanos y Justicia asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas referidas a los Derechos Humanos consagrados en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, y en las relaciones con el Poder Judicial y el Ministerio Público y en especial:
- Entender en la elaboración o modificación de normas o programas vinculados a los Derechos Humanos así como realizar los estudios necesarios para recomendar modificaciones o el dictado de nuevos preceptos.
- Entender en la promoción de la igualdad de derechos y de oportunidades de todos los habitantes, en el marco del respeto por la diversidad.
- Entender en la formulación e implementación de políticas de asistencia general, legal, técnica y jurídica a las víctimas de delitos y sus familias.
- Entender en la formulación e implementación de políticas referidas a cuestiones de género.
- Entender en la formulación e implementación de políticas referidas a las personas con capacidades diferentes.
- Entender en la designación de Magistrados del Poder Judicial y Funcionarios del Ministerio Público.
- Entender en los indultos y conmutación de penas.
- Entender en la elaboración de anteproyectos de reforma y actualización legislativa en materias vinculadas a la justicia.
- Cooperar con el Poder Judicial y el Ministerio Público, en cuestiones relativas a la mediación y otros métodos participativos de resolución de conflictos.
- Colaborar en la elaboración de las políticas de lucha contra el narcotráfico y las drogas coordinando, a través del organismo pertinente, las acciones de los distintos sectores del Estado comprometidos en la materia.
- Entender en todo lo relativo a la organización y gestión del servicio penitenciario de la Provincia, en custodia y la guarda de los internos procesados, la reaceptación social de los condenados y el traslado de los internos entre los establecimientos dependientes y de éstos a los juzgados y/o cámaras jurisdiccionales.
Capítulo IV
Del Ministerio de la Primera Infancia
Art. 24.- Compete al Ministro de la Primera Infancia asistir al Gobernador de la Provincia en todo lo concerniente a las políticas referidas a la Infancia consagradas en los Tratados Internacionales, la Constitución Nacional y la Constitución Provincial, propendiendo al desarrollo integral de los derechos de los niños y, en especial:
- Entender en la elaboración o modificación de normas o programas vinculados a la infancia, así como la realización de los estudios necesarios para el dictado de nuevos preceptos.
- Entender en la implementación de políticas vinculadas a la protección integral de la infancia, coordinando las acciones principalmente en materia de salud y nutrición, educación, políticas sociales y laborales como así también de obra pública.
- Entender en la adopción de políticas tendientes al cuidado integral de la mujer embarazada, extendiendo el modelo de maternidad segura y centrada en la familia.
- Entender en lo atinente a la capacitación de educadores, trabajadores sociales, efectores de salud y demás operadores comunitarios vinculados a la infancia.
- Entender en lo relativo a la creación de programas específicos para detectar situaciones de riesgo de la primera etapa de la niñez.
- Entender en materia de campañas de comunicación que difundan los derechos de la infancia.
- Vincular e involucrar a la comunidad mediante un proceso de participación ciudadana en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas que se adopten.
- Trabajar de manera coordinada con las diferentes áreas de gobierno en los asuntos concernientes a la infancia.
- Entender en la formulación e implementación de políticas integrales de protección de la niñez y familia.
Capítulo V
Del Ministerio de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario
Art. 25.- Compete al Ministro de Asuntos Indígenas y Desarrollo Comunitario asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas referidas a los Pueblos Indígenas y al Desarrollo Comunitario, y en especial:
- Entender en la implementación de las medidas necesarias para garantizar el reconocimiento y respeto a la identidad cultural, la posesión y propiedad comunitaria de los Pueblos Indígenas.
- Entender en la formulación y ejecución de mecanismos que posibiliten, tanto a los pobladores indígenas como no indígenas, el acceso a la regularización dominial de las tierras que tradicionalmente ocupan, con arreglo a procedimientos que garanticen su efectiva participación y el respeto de los derechos de todas las partes involucradas.
- Entender en lo todo relativo al reconocimiento de la personería jurídica de las comunidades indígenas.
- Entender en la promoción del desarrollo comunitario, especialmente en las áreas rurales y en los pueblos indígenas, respetando sus propios valores culturales.
- Entender en la formulación e implementación de políticas referidas a la tercera edad.
- Entender en el desarrollo e implementación de políticas sociales activas e integrales de protección de la familia.
- Entender en lo referente a la satisfacción de necesidades básicas de la población vulnerable y de alto riesgo social, con bienes y servicios necesarios a través de la contención y educación.
- Articular acciones con organismos públicos y privados a fin de brindar respuestas eficaces a las problemáticas sociales, particularmente en situaciones críticas.
- Brindar apoyo y fortalecimiento a las organizaciones no gubernamentales de acciones comunitarias.
- Entender en la implementación de sistemas de información para la administración de todos los programas sociales, provinciales y nacionales, estableciendo una base de datos única que permita obtener indicadores relevantes sobre grupos poblacionales en situación de vulnerabilidad, y que faciliten la identificación, selección y registro único de familias o individuos beneficiarios reales o potenciales.
- Intervenir en las actividades de carácter nacional relacionadas con el desarrollo social de la Provincia, como así también ejercer la representación de la Provincia en las reuniones, foros y ámbitos nacionales vinculados con dicha temática.
- Entender en las acciones tendientes a evitar, compensar o disminuir los efectos que la acción de la naturaleza o de cualquier otro desastre pueda provocar sobre la población y sus bienes.
Capítulo VI
Del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología
Art. 26.- Compete al Ministro de Educación, Ciencia y Tecnología asistir al Gobernador en todo lo inherente a la formulación de las políticas educativas, científicas y tecnológicas con arreglo a las disposiciones de la legislación provincial en la materia, y, además:
- Entender en la ejecución de la política educativa, científica y tecnológica fijada por el Gobernador en todos sus niveles y modalidades, conforme a criterios de unidad, democratización, descentralización, participación, equidad, intersectorialidad, articulación, transformación e innovación.
- Entender en la implementación de las medidas necesarias para la plena profesionalización de los docentes, entre otras, las de formación permanente de éstos, en todos sus niveles mediante convenios a suscribirse con las Universidades; de designaciones y promociones de los mismos a través de concursos de oposición y antecedentes; de reconocimiento del rol social fundamental que los mismos cumplen; de retribuciones por la labor profesional, procurando recompensar los esfuerzos individuales o colectivos y la excelencia profesional.
- Entender en la instalación y cierre de los establecimientos educativos de la Provincia de gestión estatal, con afectación de su personal y de los bienes necesarios, procurando la utilización eficiente de los recursos humanos, financieros, edilicios y demás constitutivos del sistema educacional de la Provincia, evitando toda forma de duplicación de esfuerzos e inversiones. Entender en la reglamentación de todo lo atinente al funcionamiento de tales establecimientos.
- Entender en la implementación del sistema de becas u otros tipos de facilidades para asegurar el acceso a la educación de los habitantes de los lugares en los que no resultase suficiente la instalación de establecimientos.
- Concertar con los organismos pertinentes políticas dirigidas a los menores en situación de riesgo social que contemplen su reinserción en el sistema educativo, con una adecuada capacitación.
- Entender en la formulación de políticas y planes de educación y entrenamiento de las personas físicas, especialmente, los jóvenes, a fin de facilitar su inserción laboral.
- Entender en el ejercicio de las potestades propias del poder de policía del Gobierno Provincial con relación a la educación pública de gestión privada, autorizando el funcionamiento de tales establecimientos y controlando su gestión.
- Entender en la formulación e implementación de las políticas de apoyo del Gobierno de la Provincia a los establecimientos educativos públicos de gestión privada, con el otorgamiento de subsidios.
- Entender en la formulación de políticas de promoción y difusión de actividades científicas y tecnológicas.
- Entender en la aprobación de los diseños curriculares para los diversos niveles, ciclos y modalidades especiales.
- Entender en la implementación de sistemas de evaluación periódica de la calidad educativa.
- Representar a la Provincia ante el Consejo Federal de Educación.
Capítulo VII
Del Ministerio de Cultura y Turismo
Art. 27.- Compete al Ministro de Cultura y Turismo asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas de promoción y gestión cultural y las referidas al desarrollo del turismo en la Provincia y, en especial:
- Entender en la administración y gestión del patrimonio cultural de la Provincia.
- Promover el acceso a las diversas manifestaciones de la cultura popular, facilitando su difusión.
- Entender en la regulación, supervisión y promoción de las actividades turísticas, como también en la elaboración y ejecución de las políticas para el desarrollo turístico provincial a nivel local, nacional e internacional, a través de organismos públicos y del sector privado.
Capítulo VIII
Del Ministerio de Salud Pública
Art. 28.- Compete al Ministro de Salud Pública asistir al Gobernador en todo lo concerniente a la salud de la población y, en especial:
- Entender en la elaboración y ejecución de los planes y programas tendientes a obtener el mejor nivel de salud para todos los habitantes.
- Entender en la formulación del marco regulatorio de la atención de la salud para todos los habitantes de la Provincia.
- Entender en la elaboración del Plan de Salud Provincial, concebido a través de un seguro de salud, que financia la atención de la salud, realizada por los servicios públicos y privados.
- Entender en las relaciones con el Instituto Provincial de Salud de Salta.
- Entender en la promoción, creación de las condiciones adecuadas para la protección, recuperación y rehabilitación de la salud física y mental y lo inherente a la conservación y mejoramiento de los factores que contribuyen a la salud de la población, garantizando la efectiva participación de los Municipios y de todos los sectores de la comunidad en la expresión de sus necesidades, conducción y evaluación de los servicios de salud.
- Coordinar con la Nación y otras Provincias la articulación de políticas nacionales y regionales de asistencia y ejecución de programas para el control de problemas de salud comunes a las regiones o al país.
- Entender en la articulación de la acción sanitaria pública con la desarrollada por los sectores socialmente interesados y con las instituciones del sector privado, procurando la implementación de un sistema de salud en la Provincia que permita la utilización eficiente de los recursos y asegure el acceso a los servicios de salud.
- Entender en la implementación y administración de la red de servicios para la asistencia de la salud.
- Entender en la promoción de las acciones preventivas, educativas, asistenciales, nutricionales y otras concernientes al cuidado de la salud materno-infantil, salud mental, enfermedades transmisibles, salud integral de la población de la tercera edad y en el diagnóstico de enfermedades, coordinándolas con los demás sectores y jurisdicciones de Gobierno y en concurrencia con las acciones de los sectores socialmente interesados.
- Entender en la supervisión y coordinación de las acciones médicas y sanitarias de los servicios de obras sociales, mutuales y organismos similares.
- Entender en el ejercicio del poder de policía del Estado en orden a la correcta construcción, equipamiento y habilitación de servicios asistenciales privados y de obras sociales, mutuales y organismos similares, fiscalizando su funcionamiento y el cumplimiento de los requisitos mínimos que se establezcan.
- Entender en el control del ejercicio del poder de policía de las profesiones encuadradas en el arte de curar.
- Entender en lo concerniente al control de alimentos y aguas de consumo.
- Entender en la promoción de acciones preventivas y asistenciales relacionadas con la lucha contra el alcoholismo, la drogadicción, las toxicomanías y toda otra adicción nociva, en forma coordinada con los Ministerios y/o Programas que entiendan en la materia.
Capítulo IX
Del Ministerio de Trabajo
Art. 29.- Compete al Ministro de Trabajo asistir al Gobernador de la Provincia en todo lo concerniente a la política laboral, de previsión social en la medida de su competencia y de promoción y fomento de la economía social y, en especial:
- Entender en todo lo referido al ejercicio del poder de policía del trabajo y las relaciones con las asociaciones profesionales de trabajadores y con los organismos nacionales que ejercitan la policía del trabajo.
- Definir objetivos y políticas previsionales dentro de su competencia y en armonía con la política nacional en dicha temática.
- Entender en el diseño de políticas, planes y proyectos de generación de empleo, coordinando acciones, pautas y criterios entre el sector público y privado.
- Entender en la formulación de políticas públicas vinculadas a la economía social, fomentando la formación y el desarrollo de cooperativas y otras formas asociativas y su inscripción en un registro especial; con la finalidad de contribuir a la creación de nuevos puestos de trabajo.
- Entender en la formulación de políticas orientadas a los jóvenes, que permitan su inserción efectiva en el ámbito socioeconómico, cultural, recreativo y, especialmente, en el laboral, fomentando su asociación con fines productivos.
- Fomentar la participación familiar y comunitaria en prácticas de manejo de unidades productivas de autoconsumo.
Capítulo X
Del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable
Art. 30.- Compete al Ministro de Ambiente y Producción Sustentable, asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas referidas al ambiente y a las actividades agropecuarias, de recursos naturales, renovables o no, industriales, comerciales, energéticas, mineras y, en especial:
- Entender, a través de una planificación estratégica, en lo concerniente a la protección del ambiente, la prevención de su contaminación y la producción sustentable.
- Coordinar con las áreas correspondientes la protección del ambiente en relación a las actividades socioculturales de desarrollo económico y productivo, en el marco de la sustentabilidad.
- Entender en el desarrollo y el aprovechamiento de las cuencas hídricas.
- Entender en la formulación, funcionamiento y permanente mejoramiento de un sistema de naturaleza participativa que facilite a los empresarios sus decisiones de inversión mediante el suministro de la información que fuera menester para la adopción de éstas y la implementación en la Provincia de todas las normas provenientes del Gobierno Federal, orientadas al incremento de los recursos productivos, agropecuarios, industriales, mineros y energéticos de la Provincia.
- Entender en la implementación de las políticas destinadas a la reconversión productiva de la Provincia, al fomento de las industrias y al incremento de los porcentajes de exportación de los productos provinciales.
- Entender en la formulación y ejecución de políticas públicas destinadas al desarrollo y promoción de pequeñas y medianas empresas.
Capítulo XI
Del Ministerio de Seguridad
Art. 31.- Compete al Ministro de Seguridad asistir al Gobernador en todo lo concerniente a las políticas referidas a la seguridad provincial y, en especial:
- Entender en el ejercicio del poder de policía de seguridad, en lo referido a la prevención de delitos y contravenciones, al mantenimiento de la seguridad interna y a las relaciones con las fuerzas de seguridad de la Nación y de otras Provincias.
- Vincular la comunidad con las autoridades de seguridad pública con el objeto de transparentar y eficientizar el servicio mediante un proceso de participación ciudadana en el diseño, implementación y seguimiento de las políticas públicas en materia de seguridad.
- Diseñar planes y programas específicos en materia de seguridad vial tendientes a la prevención de accidentes de tránsito en rutas nacionales y/o provinciales e implementarlas en forma coordinada con la Nación y los Municipios.
Capítulo XII
Del Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda
Art. 32.- Compete al Ministerio de Infraestructura, Tierra y Vivienda, asistir al Gobernador de la Provincia, en la elaboración y ejecución de las políticas para el crecimiento y el progreso y, en especial:
- Entender en la realización y actualización del catastro, del registro de la propiedad inmobiliaria privada y fiscal y en los demás derechos reales inmobiliarios.
- Entender en la preservación y control del patrimonio físico del Estado.
- Entender en el desarrollo de las tierras fiscales.
- Entender en la política de proveer a las necesidades de la prosperidad económica y las necesidades de las obras públicas de interés provincial y, de las obras públicas de interés municipal, a través de los Intendentes Municipales, que actuarán como agentes del Gobernador, en los términos de una Ley específica.
- Entender en las relaciones con los Municipios vinculadas a la descentralización de recursos, infraestructura y servicios.
- Entender en la elaboración y ejecución del plan único de obras públicas de la Provincia, implementando acuerdos con los restantes Ministros para los planes de construcciones escolares y hospitalarias.
- Entender en lo referido al sistema normativo de las obras públicas.
- Entender en la formulación de planes de obras públicas y de emprendimientos susceptibles de crear inmediatas fuentes de trabajo.
- Entender en las políticas de promoción y proveer sistemas para optimizar las soluciones habitacionales, contemplando además la infraestructura mínima para los sectores más carentes de la sociedad.
- Entender en las relaciones con las entidades autárquicas creadas por Ley Nacional 24.464 y por Leyes Provinciales 5.167 y 6.843.
- Entender en la planificación y ejecución de las obras necesarias para conservar y mejorar la capacidad instalada de la infraestructura educativa, cultural, deportiva y de salud, coordinando con los Ministros que correspondan, los pertinentes planes.
- Entender en las obras necesarias para el aprovechamiento de las cuencas y recursos hídricos.
Capítulo XIII
Del Ministerio de Hacienda y Finanzas
Art. 33.- Compete al Ministro de Hacienda y Finanzas, asistir al Gobernador de la Provincia, en todo lo concerniente a la política fiscal, parafiscal de administración de los bienes de la Provincia y, en especial:
- Entender en la elaboración del Presupuesto General del Gobierno de la Provincia, la ejecución de la política presupuestaria y de la contabilidad pública, la fiscalización de gastos e inversiones y la formulación de la Cuenta General del Ejercicio.
- Entender en los subsistemas del sistema integrado de administración financiera, tesorería, presupuesto, contabilidad, crédito público e inversión pública provincial.
- Entender en la recaudación de las rentas de la Provincia y en la formulación, reglamentación, ejecución y fiscalización de la política tributaria, procurando el mayor grado de equidad tributaria y la expansión del universo contributivo.
- Establecer mecanismos de programación y planificación financiera a efectos de generar previsibilidad a quienes interactúan con el Estado.
- Entender en la aplicación del Sistema de Contrataciones de la Provincia.
- Entender en la elaboración de las estadísticas, censos e investigaciones.
Capítulo XIV
De la Secretaría General de la Gobernación
Art. 34.- Compete al Secretario General de la Gobernación asistir al Gobernador de la Provincia en lo inherente al despacho de todos los asuntos puestos a su consideración y en especial:
- Brindar el asesoramiento integral necesario para el ejercicio planificado de las potestades gubernativas del Gobernador, a cuyo fin se celebrarán los convenios pertinentes.
- Brindar el asesoramiento requerido por el Gobernador en materia económica y jurídica y ejercer el control legal y técnico sobre todos los proyectos de actos y normas que se sometan a consideración del Gobernador, pudiendo impartir a tal efecto, instrucciones a los servicios jurídicos de la Administración centralizada y descentralizada.
- Coordinar las políticas fijadas por el Gobernador y gestionar todas las cuestiones que hayan de ser sometidas a la consideración y la decisión del mismo.
- Ejercitar la competencia residual conferida por el artículo 17, inciso 13) de esta Ley.
- Diseñar políticas públicas en materia de gestión, administración y capacitación del personal de la Provincia, de normas de calidad, de gobierno electrónico, de formas de organización, métodos y sistemas de los organismos de la Administración Pública y de todo lo inherente a la Función Pública Provincial e implementarlas a través de unidades operativas especializadas en el ámbito de cada Jurisdicción, con dependencia técnica de la Secretaría General de la Gobernación.
- Ejercer la superintendencia de las Delegaciones del Gobierno de la Provincia, coordinando las relaciones de las mismas con todos los Ministerios, Organismos descentralizados y autárquicos.
- Supervisar el sistema de transporte oficial del Gobierno de la Provincia.
- Entender en el procedimiento y seguimiento de las contrataciones de bienes y servicios encomendadas por el Gobernador.
- Tener a su cargo el protocolo y ceremonial de la Gobernación.
- Ser responsable de la supervisión administrativa de la Escribanía de Gobierno.
- Tener a su cargo el registro y numeración de las Leyes, Decretos y Resoluciones Ministeriales.
- Entender en todo lo referido a las publicaciones oficiales y su sistematización.
- Entender en las relaciones del Poder Ejecutivo con la Universidad Provincial de Administración Pública.
Art. 35.- El Secretario General de la Gobernación tiene rango de Ministro e idéntico tratamiento protocolar y retribución de éstos.
Capítulo XV
De las Secretarías y Subsecretarías de Estado
Art. 36.- El Gobernador podrá crear en el ámbito del Poder Ejecutivo las Secretarías y Subsecretarías de Estado que estime necesarias, asignando mediante decreto las funciones y atribuciones de cada una de ellas. El total de Secretarías de Estado no podrá exceder de cincuenta y cinco (55).
Disposiciones Transitorias
Art. 37.- Autorízase al Gobernador a efectuar todas las reestructuraciones orgánicas y presupuestarias que fueren menester para la mejor ejecución de esta Ley.
Art. 38.- Derógase la Ley 7.694 y sus modificatorias, y toda otra norma que se oponga a la presente Ley.
Art. 39.- Toda norma referida a la creación o funcionamiento de Organismos o Instituciones Públicas, queda automáticamente modificada en virtud de las competencias y atribuciones establecidas en la presente.
Art. 40.- La presente Ley comenzará a regir al día siguiente de su promulgación.
Art. 41.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
4
Expte Nº 90-24.643/15
Resolución Nº 263
LA CAMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia al cargo de Senador Provincial, por el departamento Cafayate, presentada por el señor Senador D. MIGUEL NANNI VALERO, DNI Nº 25.802.248, a partir del día 03 de diciembre de 2015.
Art. 2°.- Comunicar al Tribunal Electoral, a los fines de que se determine e informe el nombre del ciudadano/a que corresponde reemplazar al señor Senador.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
5
Expte Nº 90-24.644/15
Resolución Nº 264
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1°.- Aceptar la renuncia al cargo de Senador Provincial, por el departamento Cachi, presentada por el señor Senador D. AMERICO LIENDRO, DNI Nº 16.274.832, a partir del día 03 de diciembre de 2.015.
Art. 2°.- Comunicar al Tribunal Electoral, a los fines de que se determine el nombre del ciudadano/a que corresponde reemplazar al señor Senador.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
6
Expte Nº 90-24.636/15
Autor del proyecto: Señor Senador Diego Sebastián Pérez
Resolución Nº 265
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara de Senadores “El 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
7
Expte Nº 90-24.640/15
Autor del proyecto: Señor Senador Américo Liendro
Resolución Nº 266
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, la realización de la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí, que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de Enero de 2016, en la localidad de Cachi, promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
8
Expte. Nº 90-24.646/15
Autora del proyecto: Señora Senadora María Silvina Abilés
Declaración Nº 721
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Su reconocimiento y felicitación a los alumnos del Colegio Secundario “Senado Provincial” de La Caldera, quienes participaron de los proyectos “Samsung, Parlamento Juvenil del Mercosur y Educación y Memoria”, obteniendo premios y distinción, cuya labor fue reconocida en acto público por el Gobierno de la Provincia de Salta.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
9
Expte. 90-24.639/15
Autor del proyecto: Señor Senador Roberto Enrique Gramaglia
Declaración Nº 722
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agradoque el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área pertinente, arbitre las medidas tendientes para la construcción de “Cancha de Césped Sintético para Hockey”, en la ciudad de San José de Metán.
FUNDAMENTOS
El Hockey como disciplina deportiva, se instaló en esta última década como actividad que niños y jóvenes de la ciudad de San José de Metán vienen practicando en forma constante, teniendo los clubes el material humano suficiente, no así una cancha de césped sintético acorde, no tan sólo para practicar dicho deporte, sino también para organizar campeonatos a nivel zonal, provincial y/o nacional.
La presente Declaración tiene como misión, solicitar al Gobierno de la Provincia, a través del área que corresponda, disponga los recursos económicos para que dicha obra se lleve a cabo en un tiempo prudencial, así este deporte como tantos otros, se vea favorecido con la provisión de esta infraestructura que contribuirá a afianzar su desarrollo en la comunidad metanense.
Esta iniciativa va en línea con los esfuerzos y dedicaciones puestas en manifiesto por jugadoras/es, entrenadoras/es, instructoras/es, en apoyo a ellas y ellos y la colaboración, interés y acompañamiento puesto de manifiesto por las autoridades municipales.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
10
Expte Nº 90-24.637/15
Autor del proyecto: Señor Senador Diego Sebastián Pérez
Declaración Nº 723
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincia, declare de Interés “El 5to Encuentro Provincial de Bandas de Música”, que se llevará a cabo en la ciudad de Rosario de la Frontera, el día sábado 19 de diciembre del presente año.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
11
Expte. Nº 90-24.642/15
Autor del proyecto: Señor Senador Américo Liendro
Declaración Nº 724
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta, disponga de manera urgente de las medidas y acciones pertinentes para que se produzca el funcionamiento efectivo de los equipos de Hemodinamia en el Hospital San Bernardo de la Ciudad de Salta, entendiendo que por estos días dichos equipos no se encuentran funcionando, situación que altera el ejercicio pleno del servicio que se presta en el mencionando nosocomio y que está generando complicaciones a muchos de los pacientes que ingresan y que precisan realizarse estudios e intervenciones con carácter de inmediato.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
12
Expte Nº 90-24.641/15
Autor del proyecto: Señor Senador Américo Liendro
Declaración Nº 725
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial la realización de la Edición N° 25 del Festival de la Tradición Calchaquí que se concretará durante los días 22, 23 y 24 de enero de 2016 en la localidad de Cachi, promovido por la Municipalidad de Cachi y con el propósito de generar un espacio de difusión artística y cultural.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
13
Expte. Nº 90-24.647/15
Autora del proyecto: Señora Senadora Gabriela Cerrano
Declaración Nº 726
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que los Legisladores Nacionales representantes de la Provincia, hagan efectiva la ejecución de la Ley Nº 27133, de resarcimiento a los ex trabajadores de YPF, de modo que:
- Se evite que la reglamentación y su aplicación vulnere el concepto de lo votado por el Congreso Nacional;
- Se establezca la fecha de pago inmediata, para que no se deteriore aún más el poder adquisitivo de la indemnización.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil quince.
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