Expte. Nº 91-43.686/2020 – 27/05/21 – Suspender hasta el 31 de diciembre las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios – ARCHIVO
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se suspenden hasta el 31 de diciembre del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al art. 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley 15.348/46. (Expte. N° 91-43.686/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Archivado, en Sesión del 07/07/2022.
DICTAMEN DE COMISIÓN
La Comisión de LEGISLACION GENERAL, DEL TRABAJO Y REGIMEN PREVISIONAL, ha considerado el proyecto de Ley en revisión, por el cual se suspenden hasta el 31 de diciembre del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al art. 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley 15.348/46; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su remisión al Archivo.
Expte. N° 91-43.686/20
SALA DE LA COMISIÓN, 29 de junio de 2.022.-
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Suspéndanse hasta el 30 de junio del año 2021 las ejecuciones correspondientes a créditos prendarios por planes de ahorro para adquisición de vehículos automotores y los secuestros prendarios peticionados en base al artículo 39 del Régimen de Prenda con Registro del Decreto Ley Nº 15.348/46.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.