Expte. Nº 90-29.570/2020 – 19/11/20 – Se extiende de manera extraordinaria la vigencia de la Ley 7697 – Al Archivo 23/06/21
Del señor Senador JOSE ANTONIO IBARRA, por el cual se suspende de manera extraordinaria y por única vez la vigencia de la Ley 7697 en relación a postulaciones para cargos electivos correspondientes a los comicios a convocar por el Poder Ejecutivo en al año 2021. (Expte. Nº 90-29.570/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Al Archivo, el 23/06/2021
DICTAMEN DE COMISIÓN
La Comisión de LEGISLACIÓN GENERAL, DEL TRABAJO Y RÉGIMEN PREVISIONAL, ha considerado el proyecto de Ley del Señor JOSE ANTONIO IBARRA, por el cual e suspende de manera extraordinaria y por única vez la vigencia de la Ley 7697 en relación a postulaciones para cargos electivos correspondientes a los comicios a convocar por el Poder Ejecutivo en al año 2021, y; por las razones que dará el miembro informante se aconseja remisión al archivo atento a la aprobación de la Ley Nº 8.225 que se resuelve la materia.
Sala de la Comisión, 23 de Junio 2021.
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1º.- Suspéndese de manera extraordinaria y por única vez la vigencia de la ley 7.697 en relación a postulaciones para cargos electivos correspondientes a los comicios a convocar por el Poder Ejecutivo en el año 2.021.
ART. 2º.- Dispónese que las candidaturas para los cargos en disputa en el proceso electoral de 2.021 se dirimirán conforme la normativa interna de cada partido político o frente electoral.
ART. 3º.- Autorizar para las elecciones generales de 2.021, la aplicación del sistema de Boleta Única Electrónica conforme lo dispuesto por el Título VIII de la Ley 7.697.
ART. 4º.- De forma.-