Expte. Nº 90-31.109/2022 – 07/07/22 – Transferir en carácter de donación el inmueble identificado con Matrícula N° 748 a la Municipalidad de los Cobres

Del señor Senador LEOPOLDO ARSENIO SALVA, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación el inmueble identificado con Matrícula N° 748, del departamento Los Andes, a favor de la municipalidad de San Antonio de los Cobres. (Expte. Nº 90-31.109/2022,  a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

 

 

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN

CON FUERZA DE

LEY

Artículo 1º.- Autoricese al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación el inmueble identificado con la Matricula N° 748, del departamento Los Andes a favor de la Municipalidad de San Antonio de los Cobres, con el cargo de ser utilizado exclusivamente para el funcionamiento de dependencias municipales.

Art. 2º.- El inmueble objeto de la presente se escriturará a favor del beneficiario a través de Escribanía de Gobierno, y quedará exento de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

Art. 3º.- La donataria no podrá enajenar, ni entregar en locación o comodato, el inmueble descripto anteriormente. A tal fin la escritura traslativa de dominio del inmueble deberá incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad.

Art. 4º.- En caso de incumplimiento del cargo dispuesto en el art. 1 de la presente, la donación quedará revocada restituyéndose la titularidad de dominio a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.

Art. 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.