Cámara de Senadores
Proyectos en Trámite de Ley

Expte. N° 91-53.914/2026 y 91-54.215/26 unificados – 30/07/26 – Donación a favor de la Municipalidad de Aguas Blancas

Autor: Cámara de Diputados

Proyecto de Ley en Revisión, autorizando al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de Aguas Blancas, departamento Orán, los siguientes inmuebles de propiedad provincial: a) Matricula N° 10.136, destinada al funcionamiento del edificio municipal y Casa de la Cultura b) Matricula N° 10.227, destinada al funcionamiento de la plaza principal y mercado municipal. (Expte. N° 91-53.914/2026 y 91-54.215/26 unificados,  a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

 

Texto Original –  Media Sanción de Diputados

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

 L E Y

 Artículo 1°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de Aguas Blancas, departamento Orán, los siguientes inmuebles de propiedad provincial:

a) Matrícula N° 10.136, destinada al funcionamiento del edificio municipal y Casa de la Cultura.

b) Matrícula N° 10.227, destinada al funcionamiento de la plaza principal y mercado municipal.

Art. 2°.- Los inmuebles deberán ser destinados en forma exclusiva, permanente e integral a los fines públicos, institucionales y comunitarios establecidos en el artículo precedente.

Art. 3°.- La donación se realiza con cargo de uso exclusivo para los fines indicados, quedando expresamente prohibida su enajenación, cesión o cambio de destino. En caso de incumplimiento, la donación quedará sin efecto, restituyéndose el dominio a la provincia de Salta con todas sus mejoras, sin derecho a indemnización alguna.

Art. 4°.- La formalización de la presente se realizará a través de Escribanía de Gobierno, sin costo para la Municipalidad beneficiaria, debiendo incluirse cláusulas de inembargabilidad e indisponibilidad.

Art. 5°.- La Dirección General de Inmuebles tendrá a su cargo las mensuras, verificaciones y trámites necesarios para la efectiva transferencia.

Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veintitrés del mes de junio del año dos mil veintiséis.