Expte. 91-47.609/2023 – 20/04/23 – Modificar el artículo 320 de la Ley 7690- Código Procesal Penal
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión por el cual se modifica el artículo 320 de la Ley 7690- Código Procesal Penal-, referente a la facultad de declarar contra el imputado, su cónyuge o conviviente, ascendientes, descendientes, hermanos y personas de ostensible trato familiar. (Expte. N° 91-47.609/2023, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y régimen Previsional).
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1°.- Modificase el artículo 320 de la Ley Provincial 7690 –Código Procesal Penal- el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art. 320.- Facultad de declarar. Podrán declarar contra el imputado, su cónyuge o conviviente, ascendientes, descendientes, hermanos y personas de ostensible trato familiar. Las personas mencionadas serán informadas sobre su facultad de abstenerse antes de iniciar la declaración. Ellas podrán ejercerla aun durante su declaración, incluso en el momento de responder determinadas preguntas”.
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.