Cámara de Senadores
Caducados

Expte. Nº 91-45.517/2022 – 05/05/22 – Modificar el artículo 72 de la Ley 7.135 – Código Contravencional de la Provincia de Salta – Ley 1111

Autor: Cámara de Diputados

Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se modifica el artículo 72 de la Ley 7.135 – Código Contravencional de la Provincia de Salta-, referente a la sanción para el que transite con vehículo de tracción mecánica que genere ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad. (Expte. N° 91-45.517/2022,  a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

Ley 1111, de fecha 07/03/2024.

 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

 L E Y

 

 Artículo 1°.- Modifícase el artículo 72 de la Ley  7.135 – Código Contravencional de la Provincia de Salta, el que quedará redactado de la siguiente manera:

   “Art. 72.- Será sancionado con arresto de hasta quince (15) días o multa de hasta quince (15) días y comiso:

  1. El que transitare con vehículo de tracción mecánica que genere ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.
  2. El que acelerare un vehículo provocando ruidos innecesarios, excesivos o nocivos por exceder los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.
  3. El que transitare en la vía pública con cualquier tipo de reproductor de sonido que exceda los límites de intensidad máxima permisible de seguridad, conforme la normativa vigente.
  4. El que profiriere voces, gritos o emitiere sonidos o ruidos o inmisiones que perturben el reposo o la tranquilidad de las personas. Idéntica sanción se aplicará al propietario del can u otro animal, que provoque similar molestia.”

 Art. 2°.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará a través del organismo técnico competente, los límites de intensidad máxima permisible de seguridad.

 Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día diecinueve del mes de abril del año dos mil veintidós.