Cámara de Senadores
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Expte. Nº 90-31.430/2022 – 06/10/22 – Trasferir en carácter de donación el inmueble Matrícula N° 1127 del departamento General Güemes a favor del Arzobispado de Salta – Ley 1111

Del Señor Senador CARLOS ALBERTO ROSSO, autorizando al Poder Ejecutivo a trasferir en carácter de donación el inmueble Matrícula N° 1127 del departamento General Güemes a favor del Arzobispado de Salta, con el cargo de ser utilizado para el funcionamiento de la Iglesia en honor a San José Obrero.(Expte. Nº 90-31.430/2022, a la  Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).

Ley 1111, de fecha 07/03/2024.

Proyecto de Ley

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

Artículo 1º.- Autorícese al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 11.727 del departamento General Güemes, a favor del Arzobispado de Salta con el cargo de ser utilizado exclusivamente para el funcionamiento de la iglesia en honor a San José Obrero y para la atención pastoral de los residentes de la zona.

 Art. 2º.- El inmueble objeto de la presente se escriturará a favor del beneficiario a través de Escribanía de Gobierno, y quedará exento de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.-

 Art. 3º.- El donatario no podrá enajenar, ni entregar en locación o comodato, el inmueble descripto anteriormente. A tal fin la escritura traslativa de dominio del inmueble deberá incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad.-

 Art. 4º.- En caso de incumplimiento del cargo dispuesto en el art. 1 de la presente, la donación quedará revocada restituyéndose la titularidad de dominio a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.-

 Art. 5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

 Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.