Expte. Nº 90-30.411/2021 – 14/10/21 – Modifíquese el art. 11º de la Ley 8.269 – Ap. – C. D. en rev. – Ley 1111
Del Señor Senador MANUEL OSCAR PAILLER, modifíquese el art. 11º de la Ley 8.269, el que quedara redactado de la siguiente forma:
Art. 11.- ¨El Consejo Directivo estará constituido por un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1) Tesorero, un (1) Vocal Titular Primero, un (1) Vocal Titular Segundo, un (1) Vocal Suplente Primero, y un (1) Vocal Suplente Segundo. Serán elegidos por cargo, durarán tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelegibles¨.
(Expte. Nº 90-30.411/2021, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).
Aprobado, el 28/10/2021.
Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.
Ley 1111 de la Cámara de Diputados, de fecha 07/03/2024.
DICTAMEN DE COMISION
La Comisión de SALUD PUBLICA Y SEGURIDAD SOCIAL, ha considerado el Proyecto de Ley del Señor Senador MANUEL OSCAR PAILLER, por el cual se modifica el art. 11° de la Ley 8.269. y; por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.
Expte. N° 90-30.411/21
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Modificando el art. 11° de la Ley 8.269, el que quedará redactado de la siguiente forma:
“Art 11.- El Consejo Directivo estará constituido por un (1) Presidente, un (1) Vicepresidente, un (1) Secretario, un (1) Tesorero, un (1) Vocal Titular Primero, (1) Vocal Titular Segundo, un (1) Vocal Suplente Primero y un (1) Vocal Suplente Segundo. Serán elegidos por cargo, durarán tres (3) años en sus funciones, pudiendo ser reelegibles.”
Art. 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 20 de Octubre de 2.021.-