Expte. Nº 90-29.637/2020 – 26/11/20 – Transferir en carácter de donación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 10.836 – Ley 1111
Del Señor Senador JAVIER ALBERTO MONICO GRACIANO, autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 10.836, del departamento de Rosario de la Frontera, a favor de la Municipalidad de Rosario de la Frontera, con el cargo a ser destinado al emplazamiento de la estación de la Terminal de Ómnibus .(Expte. Nº 90-29.637/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Perimetral).
Ley 1111, de fecha 03/03/2022.
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo Nº 1.- Autorizase al Poder Ejecutivo Provincial a transferir en carácter de donación, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 10.836, del departamento de Rosario de la Frontera, a favor de la Municipalidad de Rosario de la Frontera, con el cargo a ser destinado al emplazamiento de la estación de la Terminal de Omnibus.
Art. Nº 2.- El inmueble se escriturará a favor de la Municipalidad de Rosario de la Frontera, a traves de la Escribanía de Gobierno, y la formatización de la escritura, queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. Nº 3.- El donatario, no podrá enajenar el inmueble objeto de la presente. A tal fin, la respectiva escritura traslativa de dominio del inmueble, deberá incluir con fundamento en la presente Ley, cláusula de indisponibilidad e inembargabilidad.
Art. Nº 4.- En caso de incumplimiento de los cargos dispuestos en la presente Ley, la donación quedará revocada, restituyéndose la titularidad del dominio a la Provincia de Salta, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.
Art. Nº 5.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio Vigente.
Art. Nº 6.- Comuníquese al Poder Ejecutivo