Expte. Nº 90-30.493/2021 – 28/10/21 – Autorizar al Poder Ejecutivo Provincial a otorgar en comodato por el término de 20 años una fracción del inmueble matricula N° 177.723 departamento Capital a favor del Club Universitario Hockey Club – Ley 1111
Del señor Senador DANI RAUL NOLASCO, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo Provincial a otorgar en comodato por el término de 20 años una fracción del inmueble matricula N° 177.723 departamento Capital a favor del Club Universitario Hockey Club. (Expte. Nº 90-30.493/2021, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Ley 1111, de fecha 09/03/2023.
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Autorícese al Poder Ejecutivo a otorgar en comodato por el término de veinte (20) años una facción del Inmueble identificado con la Matrícula Nº 177.723, del Departamento Capital, a favor del Club “Universitario Hockey Club”, con Personería Jurídica Nº 432/07, con el cargo de destinarlo exclusivamente al funcionamiento de su sede social y a la práctica de actividades deportivas, recreativas y sociales.-
La fracción del inmueble mencionado, son las que tiene forma, dimensiones y ubicación detallados en el Croquis que como Anexo forma parte del presente.-
Art. 2º.- La formalización del presente comodato se efectuará a través de Escribanía de Gobierno a favor del beneficiario mencionado en el artículo precedente, y quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.-
Art. 3º.- La fracción del inmueble objeto de la presente será destinado exclusivamente a la finalidad dispuesta en el articulo 1°. En caso de disolución de la entidad beneficiaria o incumplimiento del cargo dispuesto en la presente, el comodato quedará revocado, restituyéndose el inmueble objeto a la Provincia, con todas las mejoras incorporadas y sin derecho a indemnización alguna.-
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 5º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.