Expte. Nº 90-23.795/15 – 25/06/2015 – Todo pago que perciban los trabajadores, tenga el carácter de remunerativo – Ley 1111
De los señores Senadores AMÉRICO LIENDRO y MIGUEL NANNI VALERO, viendo con agrado que los Legisladores Nacionales por Salta avancen en la elaboración y presentación de una normativa en el seno del Congreso de la Nación tendiente a que se establezca que todo pago que perciban los trabajadores con motivo de un determinado incremento laboral establecido en convenios colectivos o acuerdos de igual naturaleza tenga el carácter de remunerativo. (Expte. Nº 90-23.795/15 – A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto).
Ley 1111, de fecha 05/04/2017