Expte. Nº 90-23.551/14 – 11/12/2014 – Instrumentación de un Banco Forrajero – Ley 1111
Del señor Senador AMÉRICO LIENDRO, viendo con agrado que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable a través de la Secretaria de Asuntos Agrarios pueda avanzar en breve en el diseño e instrumentación de un Banco Forrajero que contribuya al desarrollo y la producción de los pequeños productores de Cachi como así también a los emprendimiento de índole familiar que se advierten en el lugar. (Expte. Nº 90-23.551/14 – A la Comisión de Agricultura y Ganadería).
Ley 1111, de fecha 07/04/2016