Cámara de Senadores
Proyectos de Ley Aprobados

Expte. Nº 91-42.702/2020 – 05/11/20 – Crear un cargo de Asesor de Incapaces con asiento en Joaquín V. González – Ap. en def. – Ley Nº 8.233

Autor: Cámara de Diputados

Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se crea un cargo de Asesor de Incapaces con asiento en la ciudad de Joaquín V. González, departamento Anta. ( Expte. Nº 91-42.702/2020, a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones).

Aprobado en definitiva, el 03/12/2020

Poder Ejecutivo para su Promulgación.

Ley Nº 8.233

Decreto de Promulgación Nº 15, de fecha 07/01/2021.

Publicado en B. O. Nº 20.902, de fecha 11/01/21 

 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,

SANCIONAN  CON FUERZA DE  L E Y

 Artículo 1°.- Creación. Créase un (1) cargo de Asesor de Incapaces con asiento en la ciudad de Joaquín V. González, departamento Anta.

Art. 2°.- Competencia territorial. El Asesor de Incapaces tendrá competencia territorial en todo el Distrito Judicial Sur, Circunscripción Anta.

Art. 3°.- Competencia. El Asesor de Incapaces tendrá la competencia que por Ley le corresponda.

Art. 4°.- Atribuciones y deberes. El Asesor de Incapaces contará con las atribuciones y deberes fijados en el Código Civil y Comercial de la Nación, los Códigos de Procedimientos y en la Ley Orgánica del Ministerio Público Nº 7.328 y sus modificatorias.

Art. 5º.- Organización. La Asesoría General de Incapaces de la Provincia, en el ámbito de su competencia, resolverá sobre los aspectos de organización interna, derivada de la implementación de la Asesoría de Incapaces creada en la presente Ley, como así también del número de Secretarios y la designación del personal necesario.

Art. 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veinte del mes de octubre del año dos mil veinte.