Cámara de Senadores
Proyectos de Ley Aprobados

Expte. Nº 90-32.930/2024 y 91-51.691/2024 unificados – 29/08/24 – Declarar “Capital Provincial del Carnaval” – Ap. – C. D. en rev. – Ley Nº 8.484

Del Señor Senador GONZALO CARO DAVALOS y CAMARA DE DIPUTADOS, declarar “Capital Provincial del Carnaval” al Municipio de San José de los Cerrillos, Departamento Cerrillos. (Expte. Nº 90-32.930/2024 y 91-51.691/2024 unificados, a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología).

Aprobado, el 31/10/2024

Cámara de Diputados en revisión.

Ley Nº 8.484

Decreto de Promulgación Nº 9, de fecha 07/01/2025

Publicado en B. O. Nº 21.871, de fecha 13/01/2025.

EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,

SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY

Artículo 1º.- Declárase Capital Provincial del Carnaval al municipio San José de los Cerrillos, departamento Cerrillos.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día diez del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro.

Dictamen de Comisión

La Comisión de EDUCACION, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGIA, ha  considerado el Proyecto de Ley del señor Senador GONZALO CARO DAVALOS,  declarando “Capital Provincial del Carnaval” al municipio de San José de los Cerrillos,  departamento Cerrillos y; por las razones que dará el miembro informante, aconseja su  aprobación. 

Expte. N° 90-32.930/24 

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON  FUERZA DE 

L E Y 

Artículo 1º.- Declárase “Capital Provincial del Carnaval” al municipio de San José de  los Cerrillos, departamento Cerrillos. 

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo. 

SALA DE LA COMISIÓN, 23 de agosto de 2.024.-

 

Texto Original

 

PROYECTO DE LEY

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

SANCIONAN CON FUERZA DE LEY:

Artículo 1º.- Declárase “Capital Provincial del Carnaval” al Municipio de San José de los Cerrillos, Departamento Cerrillos.-

Art. 2º.- Comuniquese al Poder Ejecutivo.-