Expte. Nº 90-30.344/2021 – 07/10/21 – Se arbitren las medidas necesarias a los fines que se ejecute la obra de tendido de red eléctrica desde la localidad de Rivadavia para provisión de luz a las comunidades de El Breal, El Cocal, San Felipe, La Esperanza Las Llaves, Los Naranjas, El Corneado, La Horcadita, Casas Caídas, El Destierro hasta Fortín Belgrano II, incluyendo en esta obra los servicios de alumbrado público y luz domiciliaria – Declaración Nº 394/21
Del señor Senador MASHUR LAPAD, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía; Ministerio de Infraestructura, Ente Regulador de los Servicios Públicos y Empresa EDESA SA, arbitren las medidas necesarias a los fines que se ejecute la obra de tendido de red eléctrica desde la localidad de Rivadavia para provisión de luz a las comunidades de El Breal, El Cocal, San Felipe, La Esperanza Las Llaves, Los Naranjas, El Corneado, La Horcadita, Casas Caídas, El Destierro hasta Fortín Belgrano II, municipio de Rivadavia Banda Sur, incluyendo en esta obra los servicios de alumbrado público y luz domiciliaria para esas poblaciones criollas y en su mayoría originarias. (Expte. Nº 90-30.344/2021, a la Comisión de Obras Públicas e Industria).
Declaración Nº 394/21
Aprobado el 21/10/2021