Expte. Nº 90-31.738/2023 – 09/03/23 – Pedido de Informe – Resolución Nº 03/23
– Del señor Senador JUAN CRUZ CURA, de conformidad a lo preceptuado por el Art. 116 de la Constitución Provincial y al Art. 149 del Reglamento de este Cuerpo, requerir al Ente Regulador de Servicios Públicos, que informe, remitiendo copia de la documentación respaldatoria correspondiente, en un plazo de 5 (cinco) días, respecto del departamento Orán, lo siguiente:
a) Resultados parciales de la auditoría del proceso de facturación implementado por la concesionaria EDESA S.A. correspondiente al mes de Diciembre/22 de acuerdo a lo ordenado en el art. 1° de la Resolución N° 32/23.
b) Estado de la denuncia administrativa efectuada ante el Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) de acuerdo a lo previsto en el art. 5° de la Resolución N° 32/23, remitiendo a esta Cámara copia de los antecedentes.
c) Estado de avance de las inversiones previstas en el Plan de Inversiones Obligatorio 2023 para el departamento de Orán, ordenadas en el art. 6° de la Resolución N° 32/23.
d) Informes de incidencias presentados por EDESA S.A. al Ente Regulador de Servicios Públicos desde la vigencia del art. 9° de la Resolución N° 32/23.
e) Cantidad de denuncias efectuadas por los usuarios contra la empresa EDESA S.A. ante el ENRESP por las bajas de tensión los últimos 90 (noventa) días.
f) Cantidad de reclamos por daños en los artefactos y en las instalaciones eléctricas ante las graves bajas de tensión sufridas los últimos 90 (noventa) días.
g) Multas aplicadas a la empresa EDESA S.A. en los últimos 90 (noventa) días ante los recurrentes cortes no programados, la baja tensión y otras irregularidades e incidencias en la prestación del servicio de distribución de energía eléctrica.
h) Cuál ha sido el rol del Ente Regulador en cuanto a las tareas de protección de los usuarios en el último año, específicamente para que el servicio de energía eléctrica se preste con los niveles de calidad exigibles en el departamento Orán.
(Expte. Nº 90-31.738/2023, corresponde tratamiento inmediato).
Resolución Nº 03/23
Aprobado el 09/03/2023.