Piden que se gestione la reglamentación de la Ley N° 7908 de protección integral para personas trasplantadas
La ley provincial N° 7908, por la cual se crea un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, fue sancionada en definitiva en 2015, pero hasta la fecha no fue reglamentada por el Poder Ejecutivo. Beneficia a unas mil personas.
En su carácter de miembro de la comisión de Salud Pública y Seguridad Social del Senado, el legislador Carlos Rosso, junto al secretario Institucional del cuerpo, Daniel Porcelo, recibieron a una comisión de personas trasplantadas y familiares de trasplantados, quienes solicitaron la gestión de la Cámara Alta ante el Ejecutivo Provincial, para lograr la reglamentación de la Ley provincial N° 7908, por la cual se crea un Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas.
La norma es una adhesión a la Ley Nacional 26.928, fue sancionada en definitiva por ambas cámaras en diciembre de 2015, pero aún no fue reglamentada por el Ejecutivo, a través del Ministerio de Salud Pública como órgano de aplicación, por lo cual no rigen aún múltiples beneficios que tiene previstos.
Entre ellos se cuentan la cobertura integral de salud por parte del IPS en lo que refiere a provisión al 100% de medicamentos, estudios, diagnósticos y prácticas de atención; o a través de otro medio que disponga el Estado, si el paciente no contara con obra social.
También determina que el Estado debe proveer asistencia psicológica o psiquiátrica, tanto a las personas en lista de espera, trasplantadas y sus familiares directos; garantiza el uso gratuito del transporte público de jurisdicción provincial para el traslado por motivos de salud y el acceso a cupos de viviendas adaptadas a sus necesidades.
Prevé además el uso de licencias de salud para el caso de empleados estatales o deducciones impositivas para empleadores privados que contraten a personas trasplantadas, además de fomentar la promoción de programas de empleo, capacitación y su inserción laboral.
Finalmente, la Ley establece que el Ministerio de Educación incorpore contenidos pedagógicos relacionados con la donación y trasplante de órganos y tejidos, además de implementar un régimen diferenciado de becas a estudiantes trasplantados.
“El autor de esta Ley es el gobernador Gustavo Sáenz, durante su paso por el Senado en el año 2015 y necesitamos que desde esta cámara se pueda gestionar ante el Ministerio de Salud su reglamentación”, sostuvo Angelina Tapia, madre de una niña trasplantada. En el mismo sentido se expresaron María Landivisnay, Vilma Achuma y Julio Figueroa, miembros de las comisiones de trasplantados de Salta y Gral. Güemes.
Por su parte, el senador Rosso se comprometió a avanzar en la gestión solicitada y detalló que durante la última sesión, del día 13 de agosto, el cuerpo ya se expresó a través de un Proyecto de Declaración donde se solicita al Poder Ejecutivo Provincial que proceda a reglamentar la Ley provincial 7908, por la cual la provincia de Salta se adhirió a la Ley Nacional 26.928 que establece la creación del sistema de protección de personas trasplantadas.