21° sesión Ordinaria – 29 de agosto
Presidida por el Vicepresidente Primero Senador Mashur Lapad y con la presencia de 21 senadores, se llevó a cabo la 21° Sesión Ordinaria de la Cámara de Senadores.
Prórroga a la Emergencia pública en Materia Social por Violencia de Género Expte. 90-32.936/24.
Se trató sobre tablas el Proyecto de Ley de los Senadores Sonia Magno, Alejandra Navarro y Dani Nolasco, por el cual se prorroga desde su vencimiento y por el termino de dos (2) años la vigencia de la ley 7857 que declara la emergencia publica en Materia Social por Violencia De Genero en todo el territorio de la provincia de Salta. Pasa a la Cámara de Diputados en revisión.
Adhesión a la ley nacional de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” Expte. N° 91-50.476/24.
Se sancionó en defintiva el Proyecto de Ley en Revisión por el cual se adhiere la provincia de Salta al art. 103 de la Ley Nacional 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Adhesión al RIGI Expte. N° 91-50.477/24.
Se aprobó en defintivia el Proyecto de Ley en Revisión por el cual se adhiere la provincia de Salta al Título VII de la Ley Nacional 27.742 denominado “Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones” (RIGI). Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Los Senadores Walter Wayar y Manuel Pailler, del bloque Frente de Todos, votaron en contra del proyecto de Adhesión al RIGI.
Juramento
Durante la sesión se tomó juramento al Dr. Diego Pérez como secretario Administrativo, en reemplazo del Licenciado Eduardo Fernández Muiños, quien presentó su renuncia al cargo.
El reglamento de la Cámara establece que el Senado tendrá tres Secretarios con funciones Legislativas, Administrativas e Institucional, nombrados por ella de fuera de su seno, los que se harán por más de la mitad de votos de los miembros presentes, reemplazándose recíprocamente en caso de ausencia o impedimento. Gozarán del sueldo que les asigne la Ley de Presupuesto. Para ser Secretario se requiere ser ciudadano argentino y en su caso tener acreditado cuatro (4) años de residencia efectiva inmediatamente anterior a su nombramiento en la Provincia, treinta (30) años de edad como mínimo y ser graduado de la universidad con título de grado correspondiente a una carrera de cinco (5) años de duración como mínimo. Deberán gozar de la confianza de la Cámara, y ésta podrá pronunciarse por su remoción sin otra causa que la pérdida de su confianza; pero necesitará los dos tercios del total de los miembros de la Cámara para resolverla.