Expte. Nº 91-38.927/18
EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación la fracción de 2.218,28 m2 del inmueble de mayor extensión identificado con Matrícula N° 458 del Departamento Santa Victoria, con destino a la construcción de un edificio en el cual funcionarán instalaciones de la Escuela Secundaria de la Localidad de Nazareno.
La fracción mencionada es la que se describe en el croquis que como Anexo forma parte de la presente.
Art. 2°.- La Dirección General de Inmuebles procederá a efectuar, por sí o por terceros, la mensura y desmembramiento de la fracción a expropiar, una vez efectuada la toma de posesión por parte de la Provincia.
Art. 3°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 4°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 24 de octubre de 2.018.-