Cámara de Senadores
Proyectos del orden del día 2018

Expte. 91-38.228/17 – DICTAMEN DE COMISIÓN

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

CREACIÓN DEL JARDÍN BOTÁNICO DE SALTA

            Artículo 1°.- Créase el Jardín Botánico de Salta, dentro de la Escuela de Educación Técnica N° 3.122 -Escuela Agrícola Martín Miguel de Güemes- que funcionará en la superficie determinada en el Anexo que forma parte de la presente Ley.

            Art. 2°.- El Jardín Botánico de Salta tiene por objeto principal conservar y producir las especies que conforman la flora autóctona típica de nuestro ecosistema; exponerla al público de manera organizada, permanente, pedagógica y accesible. y servir como medio y objeto de estudio para los alumnos de la Escuela Agrícola Martín Miguel de Güemes y para toda persona que desee hacerlo.

             Art. 3°.- La administración del Jardín Botánico de Salta está a cargo de un director elegido por concurso público con idoneidad para el desempeño del cargo, que depende de la estructura orgánica de la escuela. El director convoca a una Comisión de trabajo ad- honorem de la que participan dos (2) docentes y dos (2) alumnos elegidos por cada estamento. La Comisión dicta su propio reglamento.

            Art. 4°.- Son objetivos del Jardín Botánico de Salta:

  1. a) Diseñar un Plan de Manejo que incluye el relevamiento de especies existentes, la disposición espacial del jardín, su administración, conservación, promoción, accesibilidad y control.
  2. b) Proponer los proyectos que fueran necesarios para el adecuado funcionamiento del área.
  3. c) Coordinar sus acciones con la Universidad Nacional de Salta (UNSa), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y otros organismos municipales, provinciales o nacionales de protección de la fauna, flora y áreas naturales.

            Art. 5°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo

SALA DE LA COMISIÓN, 22 de noviembre de 2.018.-