Ref. Expte. Nº 91-34.637/15 y 91-33.058/14 (unificados) – Sanción Diputados- Orden del día 23
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia es Autoridad de Aplicación de la Ley Nacional 25.929, sobre Parto Humanizado.
Art. 2º.- El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley Nacional 25.929 sobre Parto Humanizado dará lugar a la aplicación del régimen de sanciones previsto en la Ley Nacional 26.529.
Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día once del mes de agosto del año dos mil quince.