Cámara de Senadores
Proyectos del orden del día 2017

Expte. 91-37.962/17 (Orden del dia 19)

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

 L E Y

Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor del Centro Vecinal Villa San José, Personería Jurídica Nº 8.978, los inmuebles identificados con las Matrículas Nos 42.674, 42.707 y 42.708 del departamento Capital, con el cargo de destinarlo a club social, sede social y actividades deportivas.

Art. 2º.- Los inmuebles donados serán destinados exclusivamente  al uso de la entidad beneficiaria; en caso de disolución de la misma o incumplimiento del cargo, las donaciones quedarán sin efecto, restituyéndose al dominio de la provincia de Salta, con todas las mejoras incorporadas, sin derecho a indemnización alguna.

Art. 3º.- La formalización de la donación se efectuará a través de Escribanía de Gobierno, sin costo para la beneficiaria, debiéndose dejar establecido en la respectiva escritura la prohibición de enajenar o ceder el inmueble donado.

La escritura de dominio de los inmuebles deberá incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad.

Art. 4º.- El donatario deberá realizar actividades sociales y deportivas en beneficio de los vecinos. El Poder Ejecutivo, a través de las áreas correspondientes, realizará el seguimiento y control del cargo establecido en este artículo.

Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

Art. 6º.-  Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día veinticinco del mes de julio del año dos mil diecisiete.