Cámara de Senadores
Proyectos de Resolución Aprobados

Expte. Nº 90-28.595/2020 – 16/04/20 – Crear la Comisión Especial del Río Bermejo – Resolución Nº 32/20

Del Señor Senador JOSE ANTONIO IBARRA, JUAN CRUZ CURA y  MANUEL OSCAR PAILLER, créase, en los términos el art.48 del Reglamento de esta Cámara, la Comisión Especial del Río Bermejo, la que estará constituida por cinco senadores y tendrá competencia en el tratamiento de los asuntos que se establecen en la presente resolución. (Expte. Nº 90-28.595/2020, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional)

Resolución Nº 32/20

Aprobado el 30/04/2020

Autores del proyecto: Senadores José Ibarra, Juan Cruz Curá y Manuel Pailler
Resolución Nº 32

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E

Artículo 1º.- Crease, en los términos del art. 48 del Reglamento de esta Cámara, la Comisión Especial del Río Bermejo, la que estará constituida por cinco (5) Senadores y tendrá competencia en el  tratamiento de los asuntos que se establecen en la presente Resolución.
Art. 2°.- Compete a la Comisión Especial del Río Bermejo dictaminar:
1) Sobre todo proyecto atinente a la reglamentación en la preservación del curso del Río Bermejo en el territorio de la Provincia, su ecosistema, aprovechamiento de sus recursos, la viabilidad de obras
de infraestructura relacionadas con el Río y en general todo pronunciamiento que preconice un mayor bienestar de las poblaciones directamente colindantes con la vía hídrica.
2) Propiciar, por la vía institucional que corresponda una relación con las demás provincias interesadas en el curso del Río Bermejo y con la Nación cuando obras de ella dependientes o relaciones con países
vecinos requieran su intervención.
3) Investigar toda situación capaz de modificar la salubridad o el ecosistema del Río Bermejo, con el objeto de legislar adecuadamente sobre el tema.
4) Instar la interacción y colaboración con organismos provinciales con incumbencia en el tema en pos de la solución de problemas concretos referentes al objeto de esta comisión.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los treinta días del mes de abril del año dos mil veinte.