12/11/2015
12 de Noviembre de 2015
24ª Reunión – 24ª Sesión Ordinaria
Presidencia de los señores Senador MASHUR LAPAD
Senador MANUEL HÉCTOR LUQUE
Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU
Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS
Secretario Institucional: Dr. CARLOS DANIEL PORCELO
SENADORES PRESENTES
ABILÉS, María Silvina
CERRANO, Gabriela Angelina
CRUZ, Walter Hernán
D’ANDREA, Luis Francisco
FLORES, Lino Andrés
GONZÁLEZ, Pablo Damián
GRAMAGLIA, Roberto Enrique
GUANCA, Ernesto Gerardo
LAPAD, Mashur
LÁVAQUE, Rubén Walter
LIENDRO, Américo
LIVERATO, Pedro
LUQUE, Manuel Héctor
NANNI VALERO, Miguel
NOLASCO, Dani Raúl
PASTRANA, María Antonia
PAYO, Santiago José
VIVEROS, Guzmán
ZENTENO, Sergio Ramón
SENADORES AUSENTES CON AVISO
GÓMEZ, Ernesto Ángel
JORGE, Alfredo
MAMANÍ, Héctor Edgar
SOTO, Jorge Pablo
S U M A R I O
Pág.
1. Izamiento de Banderas…………………………………………………………………………..
2. Versión Taquigráfica ……………………………………………………………………………..
3. Ratificación de Resoluciones de Presidencia……………………………………….
4. Asuntos Entrados:
I. Comunicaciones de la Cámara de Diputados……….
II. Comunicaciones Oficiales……………………………………
III. Dictámenes de Comisiones…………………………………
IV. Proyecto de Ley
Expte. Nº 90-24.615/15. De los señores Senadores Manuel Héctor Luque, María Antonia Pastrana y Diputado Diego Sebastián Pérez: creación de un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, con asiento en la localidad de Rosario de la Frontera…………………………………………………….
V. Proyectos de Resolución:
- Semana de la Kinesiología 2015”
- Pablo Damián González: declarar de Interés el IV Encuentro de Psicólogos Forenses del NOA
- Pablo Damián González: declarar de Interés el Curso de “Escuela de Inversión”
- Pablo Damián González: declarar de Interés el Curso de “Excel Macros”
- Pablo Damián González: declarar de Interés el Curso de “Novedades en la Actualidad Agropecuaria”……………………………………………….
- Pablo Damián González: declarar de Interés el Curso de “Mediación en Organizaciones de la Salud”…………………………………………………………..
VI. Proyectos de Declaración:
1. Expte. Nº 90-24.600/15. Del señor Senador Rubén Lávaque: viendo con agrado que la Municipalidad de General Güemes incluya en el Presupuesto General del Municipio año 2016, la construcción de un plaza en el barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes
2. Expte. Nº 90-24.601/15. Del señor Senador Rubén Lávaque: viendo con agrado la instalación de un puesto caminero fijo en la intersección de las Rutas Provinciales 8 y 112, del departamento General Güemes.
3. Expte. Nº 90-24.602/15. Del señor Senador Rubén Lávaque: viendo con agrado se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un plaza en el barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes……………………….
4. Expte. Nº 90-24.603/15. Del señor Senador Rubén Lávaque: viendo con agrado se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un playón deportivo para el barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes……………….
5. Expte. Nº 90-24.606/15. Del señor Senador Pablo Damián González: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el IV Encuentro de Psicólogos Forenses del NOA.
6. Expte. Nº 90-24.613/15. Del Señor Senador Lino Andrés Flores: viendo con agrado la compra de un camión de recolección de residuos para el Municipio de Santa Victoria Oeste…………………
7. Expte. Nº 90-24.614/15. De los señores Senadores Américo Liendro y Miguel Nanni Valero: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta realicen las acciones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Nacional para que la política de subsidios al gas domiciliario se realice de manera equilibrada y equitativa………………………………….
8. Expte. Nº 90-24.616/15. De los señores Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Emanuel Sierra: viendo con agrado la adquisición del espacio físico que permita llevar adelante las ampliaciones requeridas en el edificio de la Escuela de Educación Técnica N° 3.110 de la ciudad de San José de Metán.
9. Expte. Nº 90-24.617/15. De la señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano: viendo con agrado se incorpore al Presupuesto 2016 las partidas necesarias para la canalización de calle Alberdi al 1200, en el departamento Capital…………………………………….
5. Asuntos ingresados a último momento:
I. Comunicaciones de la Cámara de Diputados……….
6. Licencias………………………………………………………………………………………………..
7. Homenajes……………………………………………………………………………………………..
8. Consideración de la moción del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia, de realizar la próxima sesión el día miércoles 18, a horas 10. Se aprueba…………………
9. Asuntos ingresados durante la sesión:
III. Dictámenes de Comisiones………………………………..
V. Proyectos de Resolución:
9. Expte. Nº 90-24.620/15. Del señor Senador Miguel Nanni: declarar de interés de esta Cámara la Segunda Edición del Festival Sonidos del Vino……………………………………………………………….
VI. Proyectos de Declaración
10. Expte. Nº 90-24.618/15. Del señor Senador Américo Liendro: viendo con agrado la articulación de un sistema de contención de riesgo para combatir incendios urbanos………………..
11. Expte. Nº 90-24.619/15. Del señor Senador Ernesto Gerardo Guanca: viendo con agrado la ampliación del edificio donde funciona la Municipalidad de Guachipas, como también la construcción de un edificio destinado para el funcionamiento del Concejo Deliberante del mencionado Municipio………………………………..
12. Expte. Nº 90-24.621/15. Del señor Senador Miguel Nanni: viendo con agrado se incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto distintas obras para la localidad de Cafayate
13. Expte. Nº 90-24.622/15. De los señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia, Miguel Nanni, Rubén Lávaque, Manuel Héctor Luque, Santiago José Payo, Lino Andrés Flores, Pablo Damián González, Dani Nolasco, Silvina Abilés, Viveros Guzmán, María Pastrana, Pedro Liverato, Luis Francisco D’Andrea, Américo Liendro y Diputado David: viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales por la Provincia, realicen gestiones a los fines de la suscripción del convenio para instalar el Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta………………………………………..
10. Consideración de los proyectos de declaración Exptes. Nros. 90-24.542/15, 90-24.543/15, 90-24.544/15, 90-24.549/15, 90-24.550/15, 90-24.559/15, 90-24.560/15, 90-24.561/15, 90-24.562/15, 90-24.563/15, 90-24.564/15, 90-24.565/15, 90-24.566/15, 90-24.604/15, 90-24.605/15, 90-24.607/15, 90-24.608/15, 90-24.609/15, 90-24.610/15, 90-24.611/15 y 90-24.612/15, 90-24.601/15, 90-24.602/15, 90-24.603/15, 90-24.606/15, 90-24.613/15, 90-24.614/15 y 90-24.617/15, 90-24.616/15. Se aprueban………………………………………………….
11. Expte. Nº 90-24.619/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Ernesto Gerardo Guanca, viendo con agrado la ampliación del edificio donde funciona la Municipalidad de Guachipas, y la construcción de un edificio destinado al Concejo Deliberante. Se aprueba
12. Expte. Nº 90-24.621/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Miguel Nanni, viendo con agrado se incorpore en el Plan de Obras Públicas del Proyecto de Ley de Presupuesto 2016, diversas obras para la localidad de Cafayate: Se aprueba
13. Expte. Nº 90-24.620/15. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Miguel Nanni, declarar de Interés la Segunda Edición del Festival Sonidos del Vino. Se aprueba
14. Expte. Nº 90-24.618/15. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado la articulación de un sistema de contención de riesgo para combatir incendios urbanos. Se aprueba…………………………………………………………….
15. Expte. Nº 90-24.588/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria, en el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado se incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto 2016, la obra de refacción y ampliación de la Comisaría Nº 61 de la localidad de Cachi. Se aprueba
16. Expte. Nº 90-24.548/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de declaración del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado se incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2016, la creación y construcción de un Centro Cultural y de Capacitación, en la localidad de Chicoana. Se aprueba…………………………………………………………………………..
17. Expte. Nº 91-33.575/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, por el cual se introducen correcciones en los artículos 13, 42, 134 bis 4, 153, 174, 249, 358, 363 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75) y en el artículo 11 de la Ley 6611. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………………………………………
18. Expte. Nº 91-31.583/13. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, por el que se modifica el Código Contravencional de la Provincia de Salta. Pasa a la Cámara de Diputados nuevamente en revisión……………………………………………………………………………………………..
19. Expte. Nº 91-35.165/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, en el proyecto de ley en revisión, creando en el Distrito Judicial Tartagal un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia de Género con asiento en la ciudad de Embarcación. Pasa nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados…………………………………………………..
20. Expte. Nº 90-23.764/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de ley de los señores Senadores Pablo Damián González, Manuel Héctor Luque y Santiago Payo, por el cual se incorpora al Programa de Prevención y Control del VIH e ITS, el Programa Provincial de VIH SIDA y Hepatitis Virales. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………………..
21. Expte. Nº 90-24.541/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de ley de los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea y Pablo Damián González, por el cual se establece el 2 de abril del cada año como Día Provincial de Concientización sobre Autismo. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados.
22. Expte. Nº 91-34.796/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, en el proyecto de ley en revisión, por el cual la provincia de Salta adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27130 de Prevención del Suicidio. Pasa nuevamente en revisión a la Cámara de Diputados…………………………………………………..
23. Expte. Nº 90-23.985/15. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de resolución de los señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia, Manuel Héctor Luque, Pedro Liverato, Ernesto Ángel Gómez, Lino Andrés Flores, Héctor Edgar Mamaní, Alfredo Jorge, María Silvina Abilés, Guzmán Viveros, Rubén Lávaque, Mashur Lapad y Jorge Pablo Soto, creando una Comisión Especial para la realización de homenajes a personas y/o instituciones destacadas. Se aprueba
24. Consideración de los proyectos de Declaración Exptes. Nros. 90-24.527, 90-24.528, 90-24.529 y 90.24.530. Se aprueban……………………………………………………………………..
25.Arrío de Banderas………………………………………………………………………………..
26. Apéndice:
– Sanciones de la Cámara……………………………………………………..
– En la ciudad de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince, siendo horas 19 y 46:
Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.
1
IZAMIENTO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento La Poma, don Dani Raúl Nolasco, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Los Andes, don Guzmán Viveros, a izar la Bandera Provincial.
– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores Dani Raúl Nolasco y Guzmán Viveros, proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)
2
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día cinco de noviembre del año dos mil quince. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.
– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día cinco de noviembre del año dos mil quince.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.
3
RATIFICACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización, mediante Resolución de Presidencia Nº 149/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Movimiento de Personal, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros. 147, 148, 153, 154 y 155/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Transferencia, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros. 150, 151 y 152/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante la Resolución de Presidencia Nº 156/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Ceremonial, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros. 144 y 145/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
4
ASUNTOS ENTRADOS
I
Comunicaciones de la Cámara de Diputados
Proyecto de Resolución Bicameral, prorrogando las Sesiones Ordinarias de ambas Cámaras Legislativas, Período 2015, hasta el tratamiento y aprobación del proyecto de Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016. (Expte. Nº 91-35.522/15)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyectos de Ley en revisión:
Adhiriendo en todos los términos, a la Ley Nacional 27072 que tiene por objetivo establecer el marco general para el Ejercicio Profesional del Trabajo Social en todo el territorio nacional. (Expte. Nº 91-35.212/15)
– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.
Creando en la Provincia de Salta, el Colegio de Licenciados y Técnicos Radiólogos. (Exptes. Nros. 91-33.449/14 y 91-35.348/15 – acumulados)
– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.
II
Comunicaciones Oficiales
El señor Diputado, Lic. Mariano San Millán, remite nota solicitando que se invite a los señores senadores a la reunión a realizarse el martes 17 de noviembre del corriente, en el Recinto de la Legislatura, con motivo de la presentación del Proyecto de Presupuesto General de la Provincia.
Sr. Presidente (Lapad).- Sin perjuicio que esto va a la Secretaría Institucional, todos quedan notificados de la presentación del presupuesto el día martes.
– A Secretaría Institucional.
El Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios, remite copias autenticadas de los Decretos Nros. 2599, 3601, 3609 y 3611/15, conforme a lo dispuesto por la Ley 7860.
– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.
La Secretaría General de la Gobernación, remite copia de los siguientes Decretos:
Nº 3248/15, que promulga la Ley Nº 7889, modificación del artículo 174 bis del Código Fiscal, texto según Ley 7774 y el punto VIII del artículo 13 de la Ley Impositiva 6611. (Expte Nº 91-34.766/15)
N° 3543, por el cual se conforma en el marco del artículo 2o del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 3506/15 el Comité de Emergencia Regional en la localidad de El Galpón del departamento Metán.
– A sus Antecedentes.
III
Dictámenes de Comisiones
De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:
En el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles Matrículas Nros 18.514, 18.515, 18.516, 18.517, 18.519, 18.520 y 18.521, de la ciudad San Ramón de la Nueva Orán, departamento Orán, con destino a la adjudicación en venta a sus actuales ocupantes. (Expte. Nº 91-33.308/14)
– Al Orden del Día de la próxima sesión.
De Obras Públicas e Industria:
En el proyecto de declaración del señor Senador Lino Andrés Flores, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la señalización de la Ruta Provincial N° 7, del municipio de Santa Victoria Oeste. (Expte. Nº 90-24.542/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Lino Andrés Flores, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de cuatro viviendas destinadas a los médicos del Hospital “Juan Carlos Dávalos” Área Operativa N° V, del municipio de Santa Victoria Oeste. (Expte. Nº 90-24.543/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Lino Andrés Flores, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los mecanismos necesarios para la construcción de diversas obras en el municipio de Nazareno, departamento Santa Victoria. (Expte. Nº 90-24.544/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la elaboración y ejecución de un proyecto de ampliación del edificio de la Escuela de Educación Técnica N° 3.116, donde funciona además el Instituto Superior Formación Docente N° 6012 de la localidad de El Carril. (Expte. Nº 90-24.549/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de un edificio para el funcionamiento de la E.E.T. N° 3.161 de Chicoana. (Expte. Nº 90-24.550/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Rubén Lávaque, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de la red cloacal para el Barrio 1º de Mayo de la ciudad de General Güemes. (Expte. Nº 90-24.559/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Rubén Lávaque, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de un edificio destinado al funcionamiento del Hogar de Ancianos de la ciudad de General Güemes. (Expte. Nº 90-24.560/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Rubén Lávaque, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de 100 viviendas para el municipio de Campo Santo. (Expte. Nº 90-24.561/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Rubén Lávaque, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de 100 viviendas para el municipio de El Bordo. (Expte. Nº 90-24.562/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Rubén Lávaque, viendo con agrado se incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de 200 Viviendas para el municipio de General Güemes. (Expte. Nº 90-24.563/15)
En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Silvina Abilés, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia, concrete la ejecución de las defensas del río que atraviesa el paraje de Yacones, La Caldera. (Expte. Nº 90-24.564/15)
En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Silvina Abilés, viendo con agrado la ejecución de las obras de defensas del río La Caldera, en el tramo paraje La Calderilla – La Caldera. (Expte. Nº 90-24.565/15)
En el proyecto de declaración de la señora Senadora María Silvina Abilés, viendo con agrado la ejecución de las obras necesarias para dotar de un camino alternativo a la Ruta Nacional Nº 9 que une los municipios de Salta, Vaqueros y La Caldera. (Expte. Nº 90-24.566/15)
Sr. Presidente (Lapad).- Por tratarse de obras públicas todos estos proyectos se reservan en Secretaría para el tratamiento sobre tablas, conforme lo solicitado por los señores senadores.
IV
Proyecto de Ley
Expte. Nº 90-24.615/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Créase un (1) Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, con asiento en la localidad de Rosario de la Frontera, con competencia territorial en los departamentos de Rosario de La Frontera y La Candelaria y correspondiente al Distrito Judicial del Sur, Circunscripción Metán.
Art. 2º.- No procederá recusación sin expresión de causa respecto al Juez del Juzgado creado en el artículo 1º, mientras exista un solo Juzgado de Primera Instancia en las materias Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, con asiento en la localidad de Rosario de la Frontera.
En caso de impedimento, inhibición o recusación con causa, el juez será reemplazado por el fiscal, el defensor oficial, el asesor de incapaces de actuación ante el Tribunal, o un abogado de la matrícula con domicilio en la jurisdicción sorteado por el Tribunal, debiéndose respetar el orden de prelación precitado.
Art. 3º.- El Juzgado que por esta Ley se crea tendrá también competencia como Juez de Garantías, con jurisdicción en los departamentos de Rosario de la Frontera y La Candelaria. Será reemplazado en caso de impedimento, inhibición o recusación de la misma manera que los Jueces de Garantías del Distrito Judicial del Centro con asiento en Metán.
Art. 4º.- La Corte de Justicia y el Colegio de Gobierno del Ministerio Público resolverán sobre los aspectos de la organización interna y la remisión de expedientes, con motivo de la instalación del nuevo Tribunal en todos aquellos aspectos no contemplados en la presente Ley, como así de los turnos correspondientes, el número de sus Secretarios y Prosecretarios Letrados y la designación y redistribución del personal necesario.
Art. 5º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Diego Sebastián Pérez – Manuel Héctor Luque – María Antonia Pastrana
Fundamentos
Señor Presidente, señores senadores:
El presente proyecto de ley resulta una verdadera e imperiosa necesidad para los justiciables del Sur de la provincia de Salta.
Hemos de recordar a nuestros pares que con la reforma penal llevada a cabo en Salta se ha desechado por completo el modelo inquisitivo, que se mantuvo durante tanto tiempo, para dar paso al modelo acusatorio que, sin lugar a dudas, no solo trajo aparejado numerosos beneficios para los imputados, sino que en general se vio beneficiado el justiciable en su conjunto. Por ejemplo, y solo por citar algunas de las mejoras: la admisión de medios alternativos para la solución de conflictos como ser la conciliación y la mediación; la adopción de criterios de oportunidad cuando en el caso concreto sea innecesario continuar con la investigación y la división de las viejas Cámaras Criminales, hoy Tribunales de Juicio, en Jueces Unipersonales, lo que en la práctica implica llevar adelante tres veces más juicios que con el viejo sistema. Todas esas reformas hicieron necesario la creación en el fuero penal de nuevos Juzgados, Fiscalías y Defensorías a fin de que la aplicación de la reforma pueda ser llevada a cabo con la mayor rapidez y efectividad posible. De hecho, en nuestro Distrito Judicial del Sur en ambas circunscripciones, Metán y Anta, efectivamente se produjo la creación de algunos de los cargos mencionados, lo que por cierto y con el correr del tiempo va siendo insuficiente.
En el departamento Rosario de la Frontera, se creó una fiscalía Penal con competencia en el mencionado departamento y en el departamento La Candelaria, lo que significó un verdadero logro para nuestro Distrito Judicial y en especial para la sociedad toda. Está también creada una Defensoría Oficial multifueros con asiento en Rosario de la Frontera, la que solo aguarda el llamado a concurso para su cobertura.
Esto que acabamos de manifestar lo es con la convicción de que el proyecto que someto a consideración de mis pares, es un nuevo paso en la incesante búsqueda de acercar la justicia a todos los rincones de nuestra Provincia, con especial énfasis en el interior, no dudando por ello que el presente ha de tener favorable acogida, peticionando la aprobación del mismo.
Diego Sebastián Pérez – Manuel Héctor Luque – María Antonia Pastrana
– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.
V
Proyectos de Resolución
1
Expte. Nº 90-24.604/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, las actividades que se desarrollan del 16 al 20 de noviembre por la “SEMANA DE LA KINESIOLOGIA 2015“, organizado por el Colegio de Kinesiólogos de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
Fundamentos
Se realizarán distintas actividades durante la mencionada Semana de la Kinesiología en los hospitales Dr. Arturo Oñativia, Papa Francisco, Hospital Público Materno Infantil, San Bernardo, Dr. Miguel Ragone y el Centro de Rehabilitación Física.
Pablo Damián González
2
Expte. Nº 90-24.605/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el “IV ENCUENTRO DE PSICOLOGOS FORENSES DEL NOA“, a realizarse los días 25 y 26 de noviembre del corriente año, organizado por la Escuela de la Magistratura y Servicio de Psicología del Poder Judicial de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
3
Expte. Nº 90-24.607/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el Curso de “ESCUELA DE INVERSION“, a realizarse desde noviembre al 11 de diciembre del corriente año, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
Fundamentos
El objetivo del Curso es que el matriculado conozca las herramientas que se utilizan para operar en el mercado de capitales. Entre los temas a tratar estarán los siguientes: Bonos y Acciones para principiantes, Bonos y Acciones para Traders, Estrategias de Inversiones.
Pablo Damián González
4
Expte. Nº 90-24.608/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el Curso de “EXCEL MACROS“, a realizarse los días 17 y 18 de noviembre del corriente año, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
Fundamentos
El Curso tiene por objetivo la Aplicación de Macros, destinados a tareas administrativas contables en Excel.
Pablo Damián González
5
Expte. Nº 90-24.609/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el Curso de “NOVEDADES EN LA ACTUALIDAD AGROPECUARIA”, a realizarse el día 20 de noviembre del corriente año, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
Fundamentos
El objetivo es actualizar a los asistentes sobre temas relativos con las actualizaciones en materia impositiva agropecuaria. En forma simultánea se dictarán video conferencias a San Ramón de la Nueva Orán, Tartagal, Metán, Rosario de la Frontera y Cafayate.
Pablo Damián González
6
Expte. Nº 90-24.610/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el Curso de “MEDIACION EN ORGANIZACIONES DE LA SALUD“; a realizarse los días 9, 10 y 11 de diciembre del corriente año, organizado por la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Pablo Damián González
Fundamentos
Este Curso está homologado por el Ministerio de Justicia de la Provincia de Salta, mediante Resolución Nº 145/15, destinado a directores, médicos, asistentes sociales, psicopedagogos, psicólogos, profesionales interrelacionados en las organizaciones dedicadas a la salud, enfermeros, profesionales interesados dependientes de organizaciones públicas y privadas. El objetivo es tratar conflictos: los tipos de métodos para resolver conflictos, tipos de conflictos en organizaciones de la salud, etc.
Pablo Damián González
7
Expte. Nº 90-24.611/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a la “Virgen del Valle”, a realizarse el día 08 de diciembre del corriente año en la localidad de Nuestra Señora de Talavera, jurisdicción municipio de El Quebrachal, departamento Anta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Ernesto Ángel Gómez
8
Expte. Nº 90-24.612/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a la “Virgen del Valle”, a realizarse el día 08 de diciembre del corriente año en la localidad de Río del Valle, municipio de Las Lajitas, departamento Anta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Ernesto Ángel Gómez
Sr. Presidente (Lapad).- Todos estos expedientes se reservan para ser tratados en su oportunidad.
VI
Proyectos de Declaración
1
Expte. Nº 90-24.600/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que la Municipalidad de General Güemes, a través de la Secretaría de Obras Públicas, arbitre las medios necesarios a fin de que se incluya en el Presupuesto General del Municipio año 2016, la construcción de un plaza en el Barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes, departamento General Güemes.
Rubén Lavaque
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
2
Expte. Nº 90-24.601/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Seguridad, a través de la Policía de la Provincia de Salta, División de Seguridad Vial, arbitre los medios necesarios a fin de crear un puesto caminero fijo en la intersección de las Rutas Provinciales 8 y 112, departamento General Güemes, a fin de colaborar en la tarea que vienen desarrollando fuerzas nacionales (Gendarmería y Policía Federal) en la lucha contra el narcotráfico y trata de personas.
Rubén Lávaque
3
Expte. Nº 90-24.602/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los medios necesarios a fin de que se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un plaza en el barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes, departamento General Güemes.
Rubén Lávaque
4
Expte. Nº 90-24.603/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitren los medios necesarios a fin de que se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un playón deportivo para el barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes, departamento General Güemes.
Rubén Lávaque
5
Expte. Nº 90-24.606/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial el “IV Encuentro de Psicólogos Forenses del NOA”, a realizarse los días 25 y 26 de noviembre del corriente año. Organizado por la Escuela de la Magistratura y Servicio de Psicología del Poder Judicial de Salta.
6
Expte. Nº 90-24.613/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, o el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los mecanismos necesarios para la compra de un camión de recolección de residuos, para el Municipio de Santa Victoria Oeste. Que se incluya en el Presupuesto vigente o 2016.
Lino Andrés Flores
7
Expte. Nº 90-24.614/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta realicen las acciones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Nacional para que la política de subsidios al gas domiciliario se realice de manera equilibrada y equitativa y que esto evite un incremento que perjudique a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Américo Liendro – Miguel Nanni Valero
8
Expte. Nº 90-24.616/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y demás áreas que pudieren corresponder, disponga las medidas necesarias que posibiliten la adquisición del espacio físico pertinente, que permita llevar adelante las ampliaciones requeridas en el edificio que ocupa actualmente la Escuela de Educación Técnica N° 3.110 de la ciudad de San José de Metán.
Emanuel Sierra– Roberto Enrique Gramaglia
9
Expte. Nº 90-24.617/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios, incorpore al Presupuesto 2016 las partidas necesarias para la canalización de calle Alberdi al 1200 (entre calles Buenos Aires e lndependencia) del barrio San Antonio del departamento Capital.
Gabriela Angelina Cerrano
Fundamentos
Este proyecto surge por petición de los vecinos de Villa San Antonio de Salta Capital, quienes sufren inundaciones por el desborde del canal desde hace veinticinco años. Inicialmente los residentes construyeron barreras (compuertas) en cada domicilio para evitar el ingreso de las aguas, pero con el crecimiento de la ciudad en los últimos años los desbordes sobrepasan las defensas. En las inundaciones de los últimos tres años ha llegado a más de un metro, produciendo serios daños a las propiedades, poniendo en riesgo la vida de los vecinos, en su mayoría ancianos y niños.
Por lo expuesto, solicito la aprobación del mismo.
Gabriela Cerrano
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: solicito que se trate sobre tablas el último expediente.
Sr. Presidente (Lapad).- Hay una moción de que todos estos expedientes sean reservados en Secretaría para ser tratados sobre tablas.
Si no hay oposición, así se hará.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Se reservan en Secretaría
5
ASUNTOS INGRESADOS A ÚLTIMO MOMENTO
I
Comunicaciones de la Cámara de Diputados
Proyecto de ley nuevamente en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación los inmuebles identificados con las Matrículas Nros. 961 y 962, del departamento Santa Victoria, para ser destinados a la radicación de Salones de Uso Múltiple y depósitos para pequeños productores. (Expte. N° 90-23.133/14)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo a vender conforme a las disposiciones de la Ley 6838, los inmuebles que se identifican, del departamento Capital, de propiedad de la ex Caja de Previsión Social de la Provincia y del ex Banco de Préstamos y Asistencia Social, respectivamente, destinados exclusivamente a la construcción del nuevo edificio de la Legislatura Provincial y creando la Comisión Bicameral de Evaluación y Seguimiento del Proyecto y Construcción de la Obra. (Expte. N° 91-33.148/14)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyecto de ley en revisión, modificando el artículo 38 de la Ley 6444 – Cupo Femenino. (Expte. N° 91-35.438/15).
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
6
LICENCIAS
Sr. Presidente (Lapad).- Los señores Senadores Alfredo Jorge, Jorge Pablo Soto y Ernesto Ángel Gómez, solicitan se justifique su inasistencia en el día de la fecha por razones de fuerza mayor.
Si no se hay oposición, las mismas serán acordadas.
– Asentimiento.
7
HOMENAJES
Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: en esta semana se cumplieron quince años de la muerte del trabajador Aníbal Verón, quien fuera asesinado en una represión con un balazo en la cara por la fuerzas de seguridad del Norte provincial.
Aníbal Verón tenía 37 años, cinco hijos, era un ex empleado cesanteado de la Empresa de Transporte Atahualpa, que le debía ocho meses de sueldo. Estaba en una medida de fuerza, de lucha, junto a otros trabajadores que reclamaban puestos de trabajo genuinos, estaban reagrupados luego de haber sido reprimidos por la Policía tras varios días de piquete en la Ruta Nacional 34 a escasos metros de Tartagal.
El Norte provincial fue y actualmente sigue siendo una zona muy castigada por la crisis social, los trabajadores desocupados se manifestaron contra el ajuste que se descargó sobre todo el pueblo trabajador, en el gobierno de Juan Carlos Romero, y la solución que se dio en aquel momento fue la represión, la detención, el abuso policial. Las reivindicaciones de los desocupados continuaron con luchas muy grandes por mucho tiempo. Los organismos oficiales, policiales y judiciales, la justicia federal, jamás investigaron a fondo la muerte de Aníbal Verón. No se han investigado como responsabilidades políticas tampoco, del ex Juez Federal Abel Cornejo por haber dado la orden de reprimir con balas de plomo. Según datos periodísticos, Romero había dado la orden a la Policía de no abandonar la ruta a los fines de reprimir aquella protesta. No solamente fue Aníbal Verón, en el 2001 también en otra represión murió Orlando Justiniano, Alejandro Matías Gómez, Carlos Santillán, Oscar Barrios. En todas las represiones se han registrado cientos de heridos con balas de plomo y de goma. Todos estos casos siguen sin investigarse.
Los familiares de Aníbal Verón están incorporados en la Comisión de Familiares que luchan contra la impunidad en Salta y vienen a marchar en algunas oportunidades los viernes. La lucha por el esclarecimiento de este caso continúa, lo lleva adelante su familia, pero además organizaciones que reivindican el nombre de Aníbal Verón como un símbolo de aquella lucha tenaz y que terminó con la tragedia de un trabajador muerto.
Ojalá que esto no vuelva a suceder, en momentos en donde se anuncia que se van a tomar medidas de ajuste, que van a producir nuevamente situaciones de tensión social.
Mi homenaje a Aníbal Verón, justicia para él, su familia, su madre que lo tiene presente en todo momento y que se termine esta impunidad del Estado.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de Lerma.
Sen. Liverato.- Señor Presidente, señores senadores: el día 10 de noviembre de 2015 en nuestro país hemos celebrado el “Día de la Tradición” en memoria y honor a Don José Hernández, el creador y escritor del libro Martín Fierro, que es el emblema de la argentinidad gaucha.
En este sentido, existen muchas personas físicas y jurídicas, como instituciones y empresas, que trabajan en un rubro donde se conjugan lo autóctono, lo artístico, el folclore, la música, las buenas costumbres y las tradiciones. Es decir hay gente que trabaja por la cultura, como lo hace el Boliche Balderrama, la Casona del Molino u otros lugares de la popular calle Balcarce.
En esta oportunidad, esta Cámara de Senadores oportunamente con los proyectos que fueron aprobados y dieron lugar a la Declaración Nº 643 y las Resoluciones Nros. 277 y 226 que se fundamentan en virtud de las diversas y constantes actividades para el fomento, defensa y promoción de las actividades musicales, artísticas y del folclore nuestro que viene realizando desde el año 1990 la familia del señor Miguel Yonar y su hijo Norberto Yonar en la localidad de Campo Quijano, en el departamento de Rosario de Lerma, a través de la Carpa Popular, Bailable y Tradicionalista denominada “Fantástico Yonar”.
Esta iniciativa comenzó con el objetivo de incentivar las buenas costumbres y tradiciones, e inclusive se inició con los padres de Miguel Yonar, que realizaban estas actividades en la ciudad de Rosario de Lerma, que luego se instalaron en el municipio de Campo Quijano.
En esta carpa popular y tradicionalista se promueve notablemente a los cantores que expresan sus sentimientos por medio de coplas y bagualas. Además, durante todo el año y en forma permanente las familias y la gente en general bailan diferentes géneros musicales populares y autóctonos, pero fundamentalmente se difunde el folclore con los más grandes exponentes en cartelera artística que llega a su pico más alto en la época de carnaval.
De acuerdo al calendario oficial, el 1 de agosto de cada año la familia Yonar realiza el gran Homenaje a la Pachamama-Madre Tierra. A fines de enero de cada año se realiza el gran Desentierro del Carnaval con cantores, bagualeros, copleros, poetas, bailarines y agrupaciones tradicionalistas del Valle de Lerma, de la puna jujeña y salteña, donde se desentierra al místico “Pujllay” o “Diablo del Carnaval” con una connotación bien de antaño. A estos dos eventos anuales y luego al tradicional carnaval llegan en cantidad considerable los salteños que gustan de nuestras tradiciones, también los turistas nacionales y extranjeros.
Asimismo y cada año se realiza el gran Concurso de Copleros con importantes premios en dinero en efectivo, aportado por la familia Yonar, siempre con el afán de incentivar las tradiciones culturales.
En esta carpa también ya se efectuaron dos Encuentros Nacionales de Academias de Danzas Folclóricas, donde en un marco de integración social y cultural compiten academias de todo el país mostrando en sus coreografías atuendos, expresiones y las costumbres más arraigadas de diversos puntos geográficos de nuestra Argentina.
En junio de 2014, auspiciado por la Secretaría de Cultura de la Provincia de Salta y organizado por los alumnos de la Carrera de Turismo y Hotelería del Instituto Jean Piaget, se realizó en el Centro Cultural América de calle Mitre 23 de la ciudad de Salta el evento denominado “Salta de Carnaval”, en el cual la mayor atracción como expositor fue el stand de la Carpa Popular, Bailable y Tradicionalista del Fantástico Yonar, que con todos los ingredientes característicos se representó a esta carpa quijaneña, incluyendo la actuación del folclorista y bandoneonista “El Mocho Flores”, integrante de Las Voces de Orán, danza de comparsas y disertación del Profesor Miguel Ángel Cáceres.
Además, la carpa de la familia Yonar tiene un gran compromiso social y lo viene demostrando al brindarle lugar especial, protagonismo y participación a niños, adolescentes y jóvenes con capacidades diferentes de la región en diversos eventos artísticos, culturales y de integración.
Más allá de ser una empresa familiar, la “Carpa del Fantástico Yonar” promueve la cultura, fomenta constantemente una cadena de fuente laboral donde se benefician muchas familias de Campo Quijano y Rosario de Lerma, además músicos. Y de un tiempo a esta parte se ha convertido en verdadero ícono y emblema de la cultura de la Provincia de Salta, por lo que resulta justo y necesario emitir un pronunciamiento para valorar y reconocer sus actividades.
Gracias Miguel y Beto Yonar por hacer tanto por la cultura nuestra. Este homenaje provincial lo tienen bien ganado y merecido.
Es por ello que en el marco de la Fiesta de la Tradición que se celebró el 10 de noviembre, pido un cuarto intermedio para que se realice el acto de entrega de la Declaración Nº 643 y las Resoluciones Nros. 277 y 226; y de una placa empotrable que se colocará en el lugar en homenaje y reconocimiento.
Solicito, señor Presidente, tenga a bien invitar a este recinto de sesiones a Miguel y Norberto Yonar, a su familia y a sus acompañantes para recibir lo que esta Cámara de Senadores de la Provincia ha preparado para ellos.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: quiero en nombre del Bloque adherir al homenaje efectuado con motivo del Día de la Tradición, manifestar nuestro reconocimiento y destacar la labor que tan bien desarrollan en comunidades como las del departamento Metán, entre otros, los fortines gauchos, que están en nuestra ciudad de San José de Metán, como el Fortín Sierra, el Fortín Posta de Yatasto de San José de Metán Viejo, el Fortín Rudecindo Alvarado, el Fortín El Guanaco, el Fortín Lumbreras, El Palenque de El Galpón, el Fortín Río Piedras, Antonio López, ambos de Río Piedras, para destacar algunos de los que llevan muy en alto la bandera del acervo nativo y de las tradiciones que nos identifican desde los orígenes mismos de nuestra Patria.
El día de la tradición, si bien recuerda al gran escritor José Hernández, no es menos cierto que estas manifestaciones de cultura, de tradición, como enumeraba el Senador Liverato en su departamento, y que también se lo hace en otros, muestran ese espíritu que esta Provincia guarda con aquellas cosas que forman parte de su construcción. La provincia de Salta no es una provincia que tiene esto porque le gusta hacerlo solamente a quienes participan, es porque indudablemente tiene en cada uno de sus protagonistas imbuido en su más profundo interior la defensa de esos valores. Y es bueno que nosotros, desde aquí, desde el ámbito de esta Legislatura, se lo reconozcamos. ¿Por qué? Porque ellos siempre se han manifestado a favor de esto, que también contribuye a la formación del ser, no del ser solamente de nuestra Provincia, sino del ser humano nacional que acá se relaciona con las tradiciones. Ni qué hablar de aquellas expresiones artísticas, musicales o poéticas que tanto han sembrado en el folclore nacional. Figuras de Leguizamón, de Castilla, de Falú, de Dávalos, y de conjuntos como Los Chalchaleros, Los Fronterizos, Los de Salta, Los Cantores del Alba; actualmente Los Nocheros, Jorge Rojas, Los Izquierdos de la Cueva, por mencionar algunos que están transitando el camino del folclore y las cosas tradicionales, el Ballet Salta, entre otros. Son expresiones que representan ese sentir y ese transitar por la vida.
Vaya nuestro homenaje a todos ellos y a aquellos anónimos que sin tanta cartelera y sin el sostenimiento popular contribuyen diariamente al reconocimiento de los valores tradicionales y a la defensa del acervo nativo, a los hombres y mujeres, a lo largo y ancho de la Provincia que se manifiestan de esta manera. También a aquéllos que -como digo- no son conocidos en el ambiente popular, nuestro reconocimiento y nuestro agradecimiento, y los votos necesarios para que las tradiciones se mantengan vivas, no solo en las generaciones presentes sino en las futuras, para hacer el fundamento básico de la conjunción de una sociedad que mira para adelante, basada en un pasado que construye cimientos sólidos sobre bases que están interiorizadas en lo más profundo de cada ser.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Luque.- Señor Presidente: para adherir a los homenajes realizados. Se dice que “pueblo que pierde las tradiciones desaparece”. Qué bueno que en nuestra Provincia y en nuestros pueblos, como dijeron muy bien los Senadores Liverato y Gramaglia, todavía se conserve eso como un sentimiento profundo, ver las agrupaciones gauchas, que abundan en mi Departamento, y que cumplen una razón social importante, como así también la gente ligada al arte. Este año me ha gustado mucho que por iniciativa de distintos colegios los chicos salieron a la calle a ofrecer a los ciudadanos cosas tradicionales, desde las tradicionales empanadas como otras comidas.
Como Senador del departamento Rosario de la Frontera me llena de orgullo que todavía en esta Provincia se siga instalando no por obligación sino por un gran sentimiento patriótico y tradicional esta cultura que nos hace tan bien y que nos califica a los salteños al lado de otras provincias.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: adhiero a las manifestaciones que han hecho mis compañeros de bancada. Realmente el gaucho es aquel que no solo viste las prendas gauchas, sino el que tiende una mano, aquel que siempre está presente, aquel que ofrece un mate, el que está en la guitarreada. Nosotros, sobre todo en Salta, somos orgullosos de nuestras costumbres, de nuestras tradiciones, somos orgullosos de nuestros caudillos y así reconocemos a cada uno de los caudillos que tenemos y en especial a Martín Miguel de Güemes. Son esas las tradiciones que cultivamos, que respetamos y seguimos, y son también esas las tradiciones y esos caudillos que pedimos que se respeten.
Quiero, así como homenajeamos a los gauchos, a los caudillos, a todo este interior profundo, que es en definitiva el que más cultiva las tradiciones, repudiar enérgicamente los dichos de Prat Gay, quien dijo que “no vaya a ser cosa que desde el interior aparezca algún caudillo trasnochado” -por así decirlo- “y que sea Presidente”. Le digo a este señor que le faltan muchos méritos y le falta mucho aún para poder reconocer quiénes son los verdaderos caudillos. Que no se preocupe o que se preocupe mejor dicho porque del interior es de donde van a salir los hombres que en definitiva van a guiar los destinos de nuestra Argentina. Y para eso estamos trabajando, porque de nuestra Salta llena de tradiciones queremos que salga un Presidente de la Nación.
Mi más profundo repudio a este señor, no sé si llamarlo señor o qué, a este hombre que lo que hace es descalificar al interior, cuando del interior han salido los hombres más valientes que lograron que hoy tengamos la Argentina que tenemos, gracias a la revolución que se hizo, gracias a los combates que se libraron en nuestra Provincia y en las del Norte. Fueron los caudillos del interior los que provocaron que haya un 25 de Mayo y que un 9 de Julio nos declaremos independientes.
Nuevamente mi más enérgico repudio a este hombre.
Sr. Presidente (Lapad).- Conforme a la moción del señor Senador Liverato, pasamos a un cuarto intermedio e invitamos a los señores Miguel Yonar, a sus hijos Norma y Omar Yonar y a sus familiares que tomen ubicación en el centro del recinto para que le entreguemos el reconocimiento.
– Es la hora 20 y 20.
– A la hora 20 y 26.
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente 2º, Senador Manuel Héctor Luque.
Sr. Presidente (Luque).- Se reinicia la sesión.
Estamos con quórum estricto, pido a los señores senadores no retirarse del recinto.
8
MOCIÓN
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: voy a proponer a las señoras y señores senadores que la semana venidera sesionemos el día miércoles, fijando el horario de las 10 de la mañana.
Propongo concretamente que este Cuerpo trate este tema.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. La próxima sesión se llevará a cabo el día miércoles 18 a horas 10.
Quedan notificados los señores senadores.
9
ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN
Sr. Presidente (Luque).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.
Sen. Guanca.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración y su reserva para tratamiento sobre tablas.
Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.
Sen. Liendro.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración para que sea tratado sobre tablas.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.– Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de declaración que suscribimos con los Senadores Nanni, Luque, Lávaque, Payo, Lapad, Flores, Abilés, Nolasco, González, Liverato, D’Andrea, Pastrana, Viveros, Liendro, Jorge y el Diputado David solicitando a los Legisladores Nacionales por Salta realicen una gestión y que se trate en la próxima sesión.
Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.
Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: solicito autorización para ingresar tres dictámenes de la Comisión de Educación.
Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. González.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.
Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.
III
Dictámenes de Comisiones
De Obras Públicas e Industria:
En el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto 2016, la obra de refacción edilicia de la Comisaría Nº 61 de la localidad de Cachi. (Expte. Nº 90-24.588/15)
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para ser tratado sobre tablas.
De Educación y Cultura:
En el proyecto de declaración del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia Ejercicio 2016 la creación y construcción de un centro cultural y de capacitación en la localidad de Chicoana. (Expte. Nº 90-24.548/15)
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para ser tratado sobre tablas.
En el proyecto de declaración de los señores Senadores Américo Liendro y Miguel Nanni, viendo con agrado el incremento del monto que se asigna a estudiantes que acceden al beneficio de becas provinciales. (Expte. Nº 90-24.501/15)
En el proyecto de declaración del señor Senador Lino Andrés Flores, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Primera Infancia, arbitre los mecanismos necesarios para que se haga cargo de las catorce salitas infantiles del municipio de Santa Victoria Oeste. (Expte. Nº 90-24.442/15)
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasan al Orden del día de la próxima sesión.
De Salud Pública y Seguridad Social:
En el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Salta disponga en breve la asignación de una ambulancia para realizar las tareas y los traslados respectivos en el Centro de Salud que funciona actualmente en el paraje Palermo Oeste de la localidad de Payogasta, departamento Cachi. (Expte. Nº 90-24.567/15)
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasa al Orden del día de la próxima sesión.
V
Proyectos de Resolución
9
Expte. Nº 90-24.620/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara la Segunda Edición del Festival Sonidos del Vino, que se realizará en la localidad de Cafayate el día Sábado 14 de Noviembre del corriente año promovida por la Bodega Piattelli y que tiene como objetivo constituir un novedoso espacio para la promoción y difusión de la producción de la zona como así también de celebración de las costumbres, la cultura y la gastronomía local.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Miguel Nanni
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para ser tratado sobre tablas.
VI
Proyectos de Declaración
10
Expte. Nº 90-24.618/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Gobierno y el área de Defensa Civil y en coordinación con los diferentes municipios avancen en el diseño e implementación de un programa de apoyo que permita dotar a los mismos de partidas presupuestarias y/o elementos, herramientas y vehículos (motobombas u otros) apropiados para la articulación de un sistema de contención de riesgos para combatir incendios urbanos habida cuenta que muchas jurisdicciones no disponen de estos instrumentos y en muchos casos las consecuencias no sólo son las pérdidas materiales sino además la vida de las personas del lugar.
Américo Liendro
Fundamentos
El presente proyecto de declaración es una reiteración de una iniciativa presentada en Octubre de 2014 y tramitada bajo expediente Nº 90-23.258/14, que fue aprobada por este Cuerpo y comunicada oportunamente al Ejecutivo. La misma busca que el Gobierno Provincial incorpore en la agenda pública y de gestión la articulación necesaria con las áreas respectivas para que en breve se instrumente un mecanismo de asistencia a las comunidades y municipios del interior tendiente a la prevención y combate de incendios.
Se pretende que desde el Estado se disponga una serie de recursos económicos, materiales y de infraestructura para producir la inauguración de núcleos específicos que diseñen y planifiquen acciones a favor de la prevención de estos casos como así también que actúen ante distintas eventualidades que puedan emerger.
La ciudad de Salta posee a través de la Policía de la Provincia un área de Bomberos mediante la cual se brinda cobertura a la geografía capitalina y a municipios cercanos.
De igual manera la institución de Bomberos Voluntarios actúa en la misma dirección. Entiendo además que estas dependencias tienen un desarrollo similar en las grandes ciudades de la Provincia que auxilian a la población ante diferentes situaciones.
El escenario en el interior profundo es sumamente distinto y dispar dado que los municipios no cuentan en sus respectivas áreas con un dispositivo público que dé cubertura a las demandas y coyunturas que se presentan.
En simultáneo las instalaciones policiales locales son de dimensiones reducidas y no cuentan con el personal adecuado ni mucho menos con las herramientas que se advierten como necesarias para actuar en hechos como los detallados.
Muchos de estos municipios que se encuentran alejados de los grandes centros urbanos tienen inmensas dificultades para atender siniestros de esta naturaleza y esto coloca a los vecinos de los lugares de referencia en situaciones de precariedad e indefensión.
Asimismo, aquellos pobladores que con mucho esfuerzo han logrado llevar adelante distintos emprendimientos comerciales y productivos se ven notoriamente afectados de cara al avance de un incendio.
Lo más grave aún es que no está garantizada tampoco la preservación de vida de las personas que frente a riesgos de esta magnitud son altamente vulnerables.
Frente a lo descripto es que resulta indispensable que el Estado en coordinación con los diversos actores sociales avance de manera inmediata en la puesta en marcha de políticas y disposiciones que inicien el camino de llevar tranquilidad y seguridad a una importante franja de la población de la provincia de Salta.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para ser tratado sobre tablas.
11
Expte. Nº 90-24.619/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINICA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los medios necesarios a fin de que se efectúe la ampliación del edificio donde funciona la Municipalidad de Guachipas, como también la construcción de un edificio destinado para el funcionamiento del Concejo Deliberante del mencionado Municipio.
Ernesto Gerardo Guanca
Fundamentos
Señor Presidente y señores senadores:
El presente proyecto de declaración surge de la necesidad que tienen los habitantes del departamento Guachipas de contar con un edificio municipal en donde se puedan desarrollar todas las actividades y funciones inherentes a dicho organismo.
En el edificio en donde actualmente funciona el Ejecutivo Municipal también funcionan el Concejo Deliberante, el Registro Civil, el Juzgado de Paz, el Correo Argentino, la Biblioteca Municipal y se efectúa la atención de los abogados itinerantes del Ministerio Público de la Provincia.
Dicho edificio municipal presenta un grave déficit en sus dimensiones y en su distribución, lo cual provoca que el funcionamiento operativo presente graves dificultades.
Por el crecimiento natural que tuvieron los municipios de nuestra Provincia debido al crecimiento poblacional, lleva a la necesidad de la creación de nuevas secretarías y áreas específicas, las cuales deben dedicarse a problemas puntuales que se presentan en cada uno de los municipios.
La obra que se debe efectuar no puede ser solventada por el Municipio, ya que afectaría directamente en el normal funcionamiento del mismo, por lo que teniendo en cuenta la necesidad de que se efectúe dicha obra, corresponde que sea efectuada por el Ejecutivo Provincial.
Por todo lo expuesto es que solicito el voto de mis pares para la aprobación del presente proyecto de declaración.
Ernesto Gerardo Guanca
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para su tratamiento sobre tablas.
12
Expte. Nº 90-24.621/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto 2016, las siguientes obras para la localidad de Cafayate:
– Concreción de mejoras edilicias y estructurales en el Complejo Deportivo de Cafayate que posibiliten la adecuada práctica de las diferentes disciplinas.
– Construcción de una nueva Pasarela – Puente en el sector del río Colorado de la localidad de Cafayate.
– Implementación de una plaza en el sector del asentamiento contiguo a los módulos habitacionales, con juegos de recreación.
– Instalación de aparatos de ejercicios físicos en la Plazoleta Güemes.
– Construcción de cien (100) viviendas.
– Expansión del tendido de la red de agua potable para la localidad de Tolombón.
– Construcción de un pozo para la provisión de agua potable para el sector denominado Banda de Arriba.
– Pavimentación, repavimentación y adoquinado para las siguientes calles de Cafayate: Monseñor Diego Pedraza hasta los Módulos (al quedar como calle principal, por ser acceso al Hospital, calle doble mano); Vicario Toscano, desde el Cementerio hasta el Barrio Los Paraísos y Barrio Mirador.
– Construcción de la Ruta Provincial Nº 162 que une la Ruta Nacional Nº 68 con la Ruta Provincial Nº 6, entre los parajes Santa Bárbara y Las Bolsitas con una extensión aproximada de sesenta (60) kilómetros y conforme a los estudios realizados por la Dirección de Vialidad de Salta atento a que dicha obra fue aprobada mediante la Ley Provincial Nº 6.399/86.
– Refacción y remodelación de las escuelas de Cafayate de acuerdo al siguiente detalle:
Escuela Nicolás Avellaneda:
Construcción de cuatro (4) aulas nuevas para el Nivel Primario
Construcción de Cocina y Comedor
Construcción de u n Salón de Actividades Infantiles
Construcción de un Salón de Biblioteca
Escuela Normal Nº 5.096:
Construcción de un aula para el funcionamiento de la Biblioteca
Techado del patio
Reparación y reemplazo del piso de espacios libres de la institución
Construcción de seis (6) nuevas aulas
Construcción de tres (3) oficinas administrativas para la gestión del Nivel Terciario
Instituto de Enseñanza Superior Nº 6009:
Construcción de oficinas para la Dirección del establecimiento y trámites administrativos.
– Construcción de una cocina y un playón deportivo para la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado (APADI) en Cafayate.
Miguel Nanni
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se reserva para ser tratado sobre tablas juntamente con todo lo reservado sobre obras públicas que deben incorporarse al Presupuesto que ingresará el próximo martes.
13
Expte. Nº 90-24.622/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que los señores Legisladores Nacionales por la Provincia de Salta, realicen las gestiones que fueren menester ante la Comisión Nacional de Energía Atómica CNEA y/o ante el organismo nacional que correspondiere, a los fines de que se arbitre a la brevedad los medios que permitan la suscripción del convenio pertinente con el Poder Ejecutivo Provincial, para instalar el “Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta”.
Roberto Enrique Gramaglia – Miguel Nanni – Rubén Lávaque – Manuel Héctor Luque – Santiago José Payo – Lino Andrés Flores – Pablo Damián González – Dani Nolasco – Silvina Abilés – Guzmán Viveros – María Pastrana – Pedro Liverato – Luis Francisco D’Andrea – Américo Liendro – Sergio Zenteno – Mashur Lapad – Javier David
Fundamentos
Señor Presidente, señoras y señores senadores:
Que resulta de un beneficio invalorable la cobertura de una necesidad de alta demanda para la Provincia de Salta, la de poder contar con un centro de excelencia en el campo de diagnóstico por imágenes, que no sólo podrá asistir e impactar en la misma sino también en toda la región NOA, ya que no se puede negar la real importancia que tienen las aplicaciones de la tecnología nuclear en el diagnóstico y en el tratamiento de afecciones en las áreas oncológica, neurológica y cardiológica, más aún teniendo presente también, que estos servicios de mayor amplitud y eficiencia de cobertura se encuentran en zonas alejadas a nuestra región, como ser Buenos Aires, Mendoza, implicando directamente esto, en mayores costos en salud por traslados o la imposibilidad de acceder para muchos pacientes.
El Gobierno de la Provincia ha llevado a cabo las acciones tendientes a completar las demandas exigidas para su instalación, las que se encuentran totalmente cubiertas, incluidos los recursos humanos, el espacio físico y demás exigencias, las que fueron puestas a disposición de las autoridades pertinentes.
Que también y en tal sentido, se llevaron adelante distintas reuniones de trabajo con los Gerentes Generales responsables de la Fundación Centro de Diagnóstico Nuclear de Buenos Aires y de la Fundación Escuela de Medicina Nuclear de Mendoza-FUESMEN, y que funcionarios y profesionales del Ministerio de Salud Pública y de Educación del Gobierno de la Provincia de Salta viajaron con posterioridad a Mendoza para conocer las instalaciones, detalles de la organización y funcionamiento de FUESMEN, quedando expresada la voluntad de cooperación por parte de ellos para con esta iniciativa salteña.
La misma consiste en contar con un tomógrafo por emisión de Positrones ( PET), combinado con un Tomógrafo Computado Multi Corte (CT) (Equipo Híbrido PET/CT) y también un Ciclotrón que permita producir radiofármacos para ser utilizado en los diagnósticos por imágenes y para proveer en las provincias de la región.
Que el Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta por las características, costos de instalación y funcionamiento, provisión de insumos, disposición y capacitación de recursos humanos, debe ser un proyecto promovido y llevado a cabo por el Estado y que su presencia funcional no tendrá impacto negativo, sino todo lo contrario, favoreciendo marcada y ostensiblemente la prestación de los servicios de salud en diagnósticos por imágenes, que se plantean tanto en el ámbito público como en el privado.
Las actividades a desarrollar por el Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta y siguiendo los lineamientos que se aplica, está orientado a:
- La atención médica de pacientes con asistencia para el diagnóstico, tratamiento y seguimiento de la terapia indicada en las diferentes patologías.
- La formación de recursos humanos altamente calificados para la atención que este tipo de centro requiere, con la capacitación de profesionales en diferentes disciplinas altamente entrenados para el manejo de los equipamientos y de la interpretación correcta de los resultados de los diagnósticos por imágenes, lo que también se apuntala para desarrollar esta actividad, con la reciente iniciación de la carrera de medicina implementada por la Universidad Nacional de Salta.
- La investigación y el desarrollo para impulsar proyectos de investigación y desarrollo destinados al manejo y conocimiento en esta área, con nuevas técnicas y procedimientos más eficaces.
- La producción de radiofármacos, al contar con el Ciclotrón se van a poder producir los radiofármacos necesarios para los estudios por imágenes y a su vez se podrán proveer los mismos a la región NOA.
El objetivo de creación y funcionamiento del Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta, tendrá un gran impacto positivo en su utilización para la salud, derivando en avances en el diagnóstico por imágenes, que redundará en una mejor calidad del servicio y por ende en las expectativas y posibilidades, que la medicina tiene para mejorar la calidad de vida de la ciudadanía.
Apoyando a las gestiones que en tal sentido viene llevando adelante el Poder Ejecutivo Provincial y por las fundamentaciones expuestas, no hacen más que consolidar las pretensiones a favor de su instalación, para lo que resulta necesario la suscripción a la brevedad, del convenio pertinente para la puesta en marcha del Centro de Medicina Nuclear de Alta Complejidad Salta.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Pasa con preferencia para la próxima sesión, con o sin dictamen de Comisión.
Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.
10
TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE RESOLUCIÓN Y DE DECLARACIÓN
Sr. Presidente (Luque).- Los proyectos se van a tratar por número de expediente. Son proyectos con dictamen de la Comisión de Obras Públicas y que figuran en el Boletín de Asuntos Entrados, que los señores senadores tienen en sus bancas, los proyectos de resolución y los de declaración.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: cuando se ponga a consideración el expediente 24.616 quiero hacer algunas expresiones.
Sr. Presidente (Luque).- Lo dejamos para el último, para que el señor Senador por Metán pueda expresarse.
Sr. Secretario (López Mirau).- Proyectos de Declaración con dictamen de la Comisión de Obras Públicas e Industria: Exptes. Nros. 90-24.542/15, 90-24.543/15, 90-24.544/15, 90-24.549/15, 90-24.550/15, 90-24.559/15, 90-24.560/15, 90-24.561/15, 90-24.562/15, 90-24.563/15, 90-24.564/15, 90-24.565/15, 90-24.566/15. [2]
Proyectos de Declaración: Exptes. Nros. 90-24.601/15, 90-24.602/15, 90-24.603/15, 90-24.606/15, 90-24.613/15, 90-24.614/15, 90-24.617/15. [4]
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: he impulsado, y me ha acompañado el Diputado Sierra del departamento Metán, este proyecto por pedido de las autoridades de la Escuela de Educación Técnica Nº 3.110.
Esta escuela es uno de los establecimientos educativos más antiguos de la ciudad de San José de Metán. Por ella han pasado prácticamente la mayoría de los que hoy son escuelas o colegios secundarios en nuestra ciudad y que al no tener su edificio propio usaron las aulas de la vieja Escuela de Manualidades, que los albergó.
Hoy con este proyecto estamos apalancando el pedido de las autoridades de la escuela para que el gobierno analice la posibilidad de adquirir un catastro que está en la parte posterior de la misma. Esta escuela no tiene posibilidades de crecer, es un edificio muy antiguo que carece, por ejemplo, de playón deportivo, de salón de actos; y está necesitando este tipo de cobertura por parte del gobierno provincial que sé que está trabajando.
Este proyecto de declaración tiene por objeto que el Senado apoye nuestra iniciativa y en apoyo al pedido de las Autoridades de la Escuela, como así también de la gestión de gobierno, que el Ministerio de Educación vea la posibilidad de adquirir este inmueble para que la escuela tenga no solo las ampliaciones que hacen falta, sino también aquellas instalaciones con las que hoy no cuenta, como las que he citado anteriormente.
No sólo sería un acto de justicia hacia la educación, sino fundamentalmente pensando que por ella han transitado muchos establecimientos que hoy tienen hermosos edificios en nuestra ciudad. Sería un acto de estricta de justicia que se pueda adquirir el terreno que la autoridad educativa está solicitando desde San José de Metán y que puedan allí llevar adelante las cosas que se requieren.
En función de los fundamentos que hemos esgrimido en el proyecto más estas palabras que estoy expresando, le pido a los pares que nos acompañen y que esto pueda servir de estímulo para las autoridades educativas y también de apoyo a las autoridades provinciales para llevar adelante esta adquisición del terreno que se está necesitando.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
11
AMPLIACIÓN DEL EDIFICIO DE LA MUNICIPALIDAD DE GUACHIPAS
Expte. Nº 90-24.619/15
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINICA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los medios necesarios a fin de que se efectúe la ampliación del edificio donde funciona la Municipalidad de Guachipas, como también la construcción de un edificio destinado para el funcionamiento del Concejo Deliberante del mencionado municipio.
Ernesto Gerardo Guanca
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
12
OBRAS PARA LA LOCALIDAD DE CAFAYATE
Expte. Nº 90-24.621/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto 2016, las siguientes obras para la localidad de Cafayate:
– Concreción de mejoras edilicias y estructurales en el Complejo Deportivo de Cafayate que posibiliten la adecuada práctica de las diferentes disciplinas.
– Construcción de una nueva Pasarela – Puente en el sector del río Colorado de la localidad de Cafayate.
– Implementación de una plaza en el sector del asentamiento contiguo a los módulos habitacionales, con juegos de recreación.
– Instalación de aparatos de ejercicios físicos en la Plazoleta Güemes.
– Construcción de cien (100) viviendas.
– Expansión del tendido de la red de agua potable para la localidad de Tolombón.
– Construcción de un pozo para la provisión de agua potable para el sector denominado Banda de Arriba.
– Pavimentación, repavimentación y adoquinado para las siguientes calles de Cafayate: Monseñor Diego Pedraza hasta los Módulos (al quedar como calle principal, por ser acceso al Hospital, calle doble mano); Vicario Toscano, desde el Cementerio hasta el Barrio Los Paraísos y Barrio Mirador.
– Construcción de la Ruta Provincial Nº 162 que une la Ruta Nacional Nº 68 con la Ruta Provincial Nº 6, entre los parajes Santa Bárbara y Las Bolsitas con una extensión aproximada de sesenta (60) kilómetros y conforme a los estudios realizados por la Dirección de Vialidad de Salta atento a que dicha obra fue aprobada mediante la Ley Provincial Nº 6.399/86.
– Refacción y remodelación de las escuelas de Cafayate de acuerdo al siguiente detalle:
Escuela Nicolás Avellaneda:
Construcción de cuatro (4) aulas nuevas para el Nivel Primario
Construcción de Cocina y Comedor
Construcción de u n Salón de Actividades Infantiles
Construcción de un Salón de Biblioteca
Escuela Normal Nº 5.096:
Construcción de un aula para el funcionamiento de la Biblioteca
Techado del patio
Reparación y reemplazo del piso de espacios libres de la institución
Construcción de seis (6) nuevas aulas
Construcción de tres (3) oficinas administrativas para la gestión del Nivel Terciario
Instituto de Enseñanza Superior Nº 6009:
Construcción de oficinas para la Dirección del establecimiento y trámites administrativos.
– Construcción de una cocina y un playón deportivo para la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado (APADI) en Cafayate.
Miguel Nanni
Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
13
SEGUNDA EDICIÓN DEL FESTIVAL “SONIDOS DEL VINO”
Expte. Nº 90-24.620/15
Proyecto de Resolución
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, la Segunda Edición del Festival Sonidos del Vino que se realizará en la localidad de Cafayate el día sábado 14 de noviembre del corriente año, promovida por la Bodega Piattelli y que tiene como objetivo constituir un novedoso espacio para la promoción y difusión de la producción de la zona como así también la celebración de las costumbres, cultura y gastronomía local.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Miguel Nanni
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
14
SISTEMA DE CONTENCIÓN DE RIESGO PARA COMBATIR INCENDIOS URBANOS
Expte. Nº 90-24.618/15
Proyecto de Declaración
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial a través del Ministerio de Seguridad, el Ministerio de Gobierno y el área de Defensa Civil y en coordinación con los diferentes municipios avancen en el diseño e implementación de un programa de apoyo que permita dotar a los mismos de partidas presupuestarias y/o elementos, herramientas y vehículos (motobombas u otros) apropiados para la articulación de un sistema de contención de riesgos para combatir incendios urbanos, habida cuenta que muchas jurisdicciones no disponen de estos instrumentos y en muchos casos las consecuencias no sólo son las pérdidas materiales sino además la vida de las personas del lugar.
Américo Liendro
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el proyecto. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
15
AMPLIAR LA COMISARÍA Nº 61 DE CACHI
Expte. Nº 90-24.588/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Obras Públicas e Industria, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto 2016, la obra de refacción y ampliación de la Comisaría Nº 61 de la localidad de Cachi y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente manera:
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2016, la obra de refacción y ampliación edilicia de la Comisaría de Policía Nº 61 de la localidad de Cachi, en el departamento homónimo.
Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2015.
Rubén Lávaque – Lino Andrés Flores – Guzmán Viveros – Roberto Gramaglia
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
16
CENTRO CULTURAL Y DE CAPACITACIÓN EN CHICOANA
Expte. Nº 90-24.548/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Luis Francisco D’Andrea, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, incluya en el plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2016, la creación y construcción de un Centro Cultural y de Capacitación, en la localidad de Chicoana, departamento Chicoana; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, incluya en el plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2016, la creación y construcción de un Centro Cultural y de Capacitación, en la localidad de Chicoana, departamento del mismo nombre.
Sala de la Comisión, 12 de noviembre de 2015.
Luis Francisco D’Andrea – Dani Raúl Nolasco – Walter Hernán Cruz – Ernesto Gerardo Guanca – Sergio Ramón Zenteno – María Silvina Abilés – María Antonia Pastrana
– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente 1º, Senador Mashur Lapad.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.
17
CORRECCIONES EN ARTÍCULOS DEL CÓDIGO FISCAL
Expte. Nº 91-33.575/14
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se introducen correcciones en los artículos 13, 42, 134 bis 4, 153, 174, 249, 358, 363 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75) y en el artículo 11 de la Ley 6611; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 4 de noviembre de 2015.
Mashur Lapad – Alfredo Jorge – Manuel Héctor Luque – Santiago José Payo – María Silvina Abilés
Miembro informante: Senador Manuel Héctor Luque.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Luque.- Señor Presidente: el proyecto venido en revisión de la Cámara de Diputados tiene por objeto corregir errores de tipeo detectados en el Código Fiscal y la Ley 6611. Todo el articulado del presente proyecto de ley consiste en sustituir aquellos errores conceptuales o de tipeo detectados con el fin de evitar interpretaciones erróneas y lograr un correcto ordenamiento de las mencionadas normas. Luego de un minucioso y pormenorizado análisis podemos destacar que las modificaciones propuestas en los artículos no ocasionan alteración en las normas citadas precedentemente.
Por todo lo expuesto, esta Comisión recomienda aprobar el presente proyecto de ley.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión que aconseja la aprobación en definitiva del proyecto de ley venido en revisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º y 9º.
– El artículo 10 es de forma.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado en general y en particular. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
18
MODIFICACIÓN AL CÓDIGO CONTRAVENCIONAL
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora miembro informante, Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: sin lugar a dudas, aprobar este proyecto significa una deuda que tenemos de alguna manera con la sociedad, es adecuar la ley a las nuevas conductas sociales, a lo que vivimos día a día los ciudadanos.
La columna vertebral, por así decirlo, de esta modificación va a ser el Libro III en el cual nos vamos a poner en concordancia con lo que establece el Código Procesal Penal de la Provincia de Salta.
Todos sabemos que antes en Salta había un sistema inquisitivo, que después de las reformas que esta Legislatura hizo hemos pasado a un sistema acusatorio en el cual la figura del fiscal es preponderante, tiene a su cargo la investigación, el esclarecimiento, la acusación, actúa la defensa, está garantizado el debido proceso, y va a entrar a jugar la figura de un juez, un tercero imparcial, que es el Juez de Garantías. Si vemos el antiguo Código Contravencional, antes era el Jefe de Policía el que realizaba estas actuaciones y hoy es el Juez de Garantías, una persona calificada, imparcial.
Digo que esta es la columna vertebral de esta modificación porque significa de alguna manera que nos estamos poniendo de acuerdo con lo que establece el Código Penal. Pero no nos quedamos acá, sino que también hemos modificado el Libro II del Código Contravencional. Han surgido nuevos delitos, nuevas contravenciones, y que tienen que ser tenidas en cuenta. Es necesaria una adecuación a la legislación ambiental para que se contemplen figuras, y esta legislación ambiental no es un invento de nadie, sino que está establecida en la Constitución Nacional y en la Constitución Provincial. Han surgido nuevas figuras, como qué hacemos con los desechos, qué pasa cuando tiramos desechos, cuando acumulamos desechos, qué pasa con la poda, con la tala indiscriminada de los árboles, qué pasa con los desmontes, qué pasa con la degradación del suelo, y si nos ponemos a ver en el ámbito de nuestra ciudad qué pasa con el patrimonio arquitectónico que tenemos. Muchas veces vemos que los inmuebles, que son de alguna manera el patrimonio arquitectónico que tenemos, sufren -por así decirlo- la demolición y muchas veces estas personas no reciben ninguna sanción. También han surgido distintas urbanizaciones en lugares que no son aptos, en lugares que son de dominio público, los cuales son protegidos ya sea por paisajismo, por ecológico, y que en definitiva terminan siendo una estafa para aquel que adquiere esta urbanización. A la par de esto han surgido nuevas conductas, por ejemplo, la discriminación que sufren algunas personas, los vehículos que pueden llegar a transitar por sendas peatonales o sendas de bicicletas que también tiene que ser sancionado, las llamadas que se hacen al 911 o a otro sistema de emergencia que se hacen por burlas, lo que lleva a un desgaste de esos sistemas, la obstaculización de la circulación por la vía pública.
Todas esas son conductas que han surgido en nuestra sociedad y que merecen que adecuemos las leyes a los fines que sean también tratadas.
Es por eso que la modificación a este Código contempla la modificación del Libro III y la modificación del Libro II con las conductas. Es una deuda, como decía al principio, que tenemos con la sociedad a los fines de adecuar la legislación a los nuevos tiempos en los cuales vivimos.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.
Sen. Cerrano.- Señor Presidente: cuando se trató este Código Contravencional en la Cámara de Diputados, lo hemos rechazado. Un Código que busca regimentar y penalizar la convivencia diaria de las personas, es una forma también de no tomar de fondo los problemas porque muchas de las cosas que están descriptas acá requieren además de un cambio que tiene que ver con modificar cuestiones mucho más profundas. En definitiva, aunque ahora se muestre que no va ser juez y parte el Jefe de Policía, como venía sucediendo con la vieja Contravencional, sino que ahora está el juez, se supone que después intervendrán fiscales contravencionales, sin embargo la autoridad de aplicación va a seguir siendo la Policía, justamente donde se dieron todas las denuncias, las situaciones en las que se ha denunciado el accionar en nombre de las contravencionales, que son acciones represivas en casi todos los casos.
Me llegó una nota de un grupo de trabajadores que son artistas callejeros, planteando lo que ellos tienen que pasar en esta situación represiva. No les permiten desarrollar su actividad en los lugares públicos, siendo que son lugares públicos. Además, está acompañado por las organizaciones de Derechos Humanos que firmaron esta nota y que nos pidieron que la acerquemos para que se tenga en cuenta.
Esta Contravencional toma temas, como estos del daño a la ecología. Sabemos que lo más grave que tenemos en este sentido en nuestra Provincia es el tema de los desmontes. Alrededor de setenta mil hectáreas de desmontes ilegales y los funcionarios provinciales en el marco de que la Nación no envía los fondos para que la Ley de Bosques se implemente a fondo y se pueda ver cómo hacer con esta gente que reclama el uso de las tierras o que lo hace de manera ilegal, permiten esta ilegalidad que termina afectando a todo el pueblo salteño, no sólo en la pérdida en cuanto al ecosistema, sino también por el uso que después se le da al suelo.
El tema de cómo se reprime este tipo de cosas. Hace poco hubo un juicio y no fue una contravención por la cual se lo juzgó, sabemos que no todos tienen las mismas características, pero el problema acá tiene que ver con otro orden, no con que no exista una Contravencional que establezca multas, días de multas o de arrestos, tiene que ver más en general con una política de Estado con intereses sociales que están a favor de seguir extendiendo la frontera agropecuaria, soja sobre todo, o la caña, como ocurre en el departamento Orán.
Entonces, acá hay otras cosas para ver. Los desmontes ilegales o los daños al ecosistema están ligados también a cómo el Estado en muchos casos los hace legalmente a partir de recategorizaciones pasando por encima de una ley nacional, como ocurre con la Ley de Bosques. Esto para poner un ejemplo.
Hay también un contenido recaudatorio en esta Contravencional que le pone -digamos- precio a todo; las contravenciones que se describen en los distintos casos.
Después, más en general ningún liberal aprobaría una cosa como esta porque atenta contra las libertades democráticas. No se puede establecer una conducta de las personas a partir de una penalización o de una acción punitiva si no se resuelven los problemas sociales que producen ese tipo de conductas.
El tema que me parece mucho más delicado de esta Contravencional es lo que se refiere a las contravenciones con los espacios públicos. Acá hay un cambio con la Contravencional anterior referente al tema de la prostitución. El artículo 114 establece hasta veinte días de arresto o multa a las personas que demanden u ofrecieran servicios de carácter sexual por dinero u otra retribución en la vía pública o espacios públicos.
Este tipo de acciones ha tenido resultados muy negativos en otras partes en donde se implementaron similares. Penalizar la prostitución, ya sea a la persona que lo ejerce o a la que lo demanda, lleva a la mujer que ejerce la prostitución o travesti a mayor peligro, porque los obliga a la clandestinidad, ya sea para que no le hagan la multa o para no ser arrestados. Eso es justamente lo que evitan, por eso es que las zonas rojas o las zonas donde se ejerce la prostitución se dan en lugares en donde no hay gente, no pueden estar ocultos por ahí porque es una boca de lobos. Esto, por ejemplo, en lugares como Holanda incluso se los cuenta por muertos, y para evitar este tipo de penalidades mujeres ponen en riesgo su vida.
Ahora, peor aún porque legalmente obliga a que la mujer si no quiere ser reprimida por la Policía, detenida o que se le implementen estas multas, puede ejercer en los lugares que los municipios habiliten para esta práctica. Entonces, esta Contravencional abre la puerta para que se creen las zonas rojas. Esto es un verdadero despropósito en una provincia en donde tenemos mujeres desaparecidas por el delito de trata de personas. Pero además es una manera de lavar una responsabilidad del Estado, porque no se crean los mecanismos necesarios para evitar que cada vez más gente tenga que vivir de la prostitución para comer, sostener una adicción o pagarse una vivienda, por el contrario se crean lugares en donde legalmente se va a poder ejercer la prostitución.
En el tema de la trata de personas se ha descubierto cómo hay todo un modus operandi de las redes de trata y existe un ablande que incluye todo tipo de vejaciones a la mujer, para que después pueda continuar en esos lugares de una manera más sometida y no intente escapar. Que se puedan crear las zonas rojas es una suerte de ablande social en una provincia donde tenemos desocupados, un 45% de trabajo en negro, un ablande social para que después la prostitución termine siendo una salida. Hay casos en donde tenemos situaciones de miseria muy grave. Existen organizaciones que han intentado, muy a pulmón, tratar de remediar esta situación “vamos a ayudar para que estas mujeres puedan salir” y se encontraron con un cuadro social muy difícil de revertir. Muchas no tienen terminada la escuela, son analfabetas, en algunos casos tienen incompleta la Secundaria, lo que hace que sus posibilidades sean muy disminuidas a la hora de buscar un trabajo. Pero esto es algo que no tiene que estar en ningún Código de Convivencia ni ningún tipo de Contravencional.
Esta Contravencional se trata casi un año después de que se aprobó en la Cámara de Diputados y tiene que ver con el momento político. Vamos a una etapa donde va a haber fuertes luchas populares, una resistencia del pueblo porque se sabe, está muy claro, gane quien gane en las próximas elecciones el país va hacia un ajuste, es un viraje a que los grandes capitales están obligando al Estado Argentino. En algunos casos el ajuste ya empezó, como acá en la Provincia de Salta, hay municipios que no pueden pagar sus salarios. Lógicamente necesitan tener aceitados todos los engranajes del aparato represivo, que alcanza no solo al momento en que la gente sale a luchar, hemos tenido en Salta ejemplo de tenaces luchas, en el Norte provincial contra la desocupación o la lucha de los docentes, también tenemos presente en Salta luchas como la de la Comisión de Familiares contra la Impunidad.
Me parece muy importante esta presentación que hicieron los artistas callejeros porque son parte de nuestra sociedad y viven esta represión de una manera completamente injusta. Hace poco salió a la luz un video, cómo varios policías intervienen para detener a una de estas personas, no están actuando ni para prevenir ningún delito ni nada que se les parezca. Con otras figuras, que no es una contravencional, pero que existe en nuestra Provincia, como la de averiguación de antecedentes, el balance que se hace por parte de las autoridades policiales es que en los cientos de detenidos que tienen los fines de semana, que van entre los doscientos y trescientos, no agarran a nadie con pedido de captura, por el contrario detienen a gente porque alguien pidió un despeje o porque está tomando en la puerta de su casa. O sea, llegamos a ese límite represivo.
Por supuesto, lo rechazamos y sobre todo esto que parecieran reformas que democratizan el Código anterior, no es así. Incluso en el Código anterior ya existían cuestiones que hablaban sobre la ecología, el daño al medio ambiente, ya estaba también la posibilidad de que actúe un juez. Solo que eso nunca se puso en práctica. Lo que no estaba era esta cuestión que se abre las puertas a que se creen zonas rojas. Bajo ningún punto de vista vamos a apoyar que se legalice la violencia hacia las mujeres, porque eso es la prostitución. Menos en el contexto actual. Una de las causas por las que se investiga al Juez Reynoso es por la trata de personas. Esto más que un despropósito es algo que no se puede permitir.
Con los argumentos planteados, anuncio mi rechazo. Si bien esta ley está en tratamiento, creo que es importante que quede constancia de que hago llegar la nota que presentaron los artistas callejeros, que está avalada con las firmas de ellos y de otras organizaciones que se pronuncian rechazando esta ley.
Sr. Presidente (Luque).- Se va a incorporar al expediente.
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.
Sen. Abilés.- Señor Presidente: sin lugar a dudas vivimos en una sociedad en la que tenemos que cumplir normas, la que nos exige ciertas conductas, y en la que ciertas conductas son materia de contravención o de delito. Para ello existe, para que actúe como auxiliar y así se lo establece en este Código de Contravenciones, la Policía. Querer expresar en este recinto que la Policía no tiene que ser mencionada en el Código Contravencional o no tiene que actuar en el caso de contravenciones, es realmente preguntarnos para qué sirve la Policía. La Policía justamente está para prevenir delitos y para prevenir también contravenciones. Acá se toma a la Policía solamente a la policía represiva, al aparato represivo, no a la policía que puede estar como auxiliar en la calle, que es lo que busca este Código. Este Código busca que la Policía sea el auxiliar de la Justicia, que es su función, y que sea un Ministerio Fiscal y un Juez de Garantías el que en definitiva termine investigando y con una sentencia.
La senadora pone como ejemplo los artistas callejeros, y yo puedo nombrar a muchas personas más que trabajan en la calle. Pero le vuelvo a repetir, vivimos en una sociedad en la que si no estamos organizados va a ser un caos. Conozco muchos artistas callejeros que han ido y han pedido la autorización debida en la Dirección de Control en la Municipalidad -se la pide al señor Julio Gorena, si no me equivoco- y esa Dirección es la que termina autorizando dónde pueden actuar, en qué horario, porque evidentemente no vivimos en una anarquía, vivimos en una sociedad organizada, reitero.
La modificación de este Código Contravencional también forma parte de las políticas de Estado, significa no mirar para otro lado, significa hacernos cargo de las cosas.
Hemos trabajado con la Senadora Cerrano en algún momento en el Concejo Deliberante, cuando nos tocó ser concejales, el tema de la trata de personas, el tema de la violencia de género, y muchas de las organizaciones que concurrieron en aquel momento y que trabajan sobre la temática relacionada nos aconsejaban que no se pene solamente a quien ofrece sexo, sino también a quien lo demanda. O sea, esto es algo internacional, no es algo que se nos ha ocurrido solamente a nosotros. Lógicamente que a todos nos gustaría que no exista la prostitución, que las mujeres y los hombres que la ejerzan tengan un trabajo digno, pero hablando con muchos de ellos, consideran que el que ejercen también es un trabajo digno. Y muchos son los que han venido y pedido tener una zona. Al contrario de lo que dice la Senadora que va a ser lugar para la trata de personas, para los delitos, creo que si los municipios optan por crear esta zona, será una zona en la cual va a haber seguridad, control. Y no es que nos guste crear esta zona, pero no podemos ser ciegos, la prostitución existe, es una realidad que tenemos en nuestra sociedad instalada, y donde lo que tenemos que evitar es el conflicto entre los vecinos, entre quienes ejercen esta profesión, porque lógicamente lleva un enfrentamiento en la sociedad.
Por último, mirar para otro lado y no hablar de las nuevas contravenciones que hay, ecológicas, me parece demasiado simplista. Sin lugar a dudas hay grandes desmontes, y para eso existe la Ley de Bosques. Muchas veces no podemos hablar de contravenciones, sino que hay que ir más allá y podemos hablar de delitos en esos casos.
No podemos desconocer que en algunos municipios existe la poda indiscriminada, la tala, la urbanización. Nos está pasando a nosotros en el departamento La Caldera, donde tenemos un montón de urbanizaciones sin ningún tipo de autorización, están urbanizando en los cerros, que son espacios verdes ecológicos, donde no podría ir a vivir nadie porque tampoco se pueden prestar servicios y en definitiva significa una estafa para aquel que va a comprar un terreno allí y luego es el Municipio, desgraciadamente, el que tiene que salir en auxilio de estas urbanizaciones ilegales.
Con estos argumentos, estoy más convencida que nunca que tenemos que aprobar este Código Contravencional porque sin lugar a dudas se adecua a las nuevas conductas y no es una mirada hacia otro lado, sino es reconocer la realidad que vivimos como sociedad.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital.
En consideración en particular.
Sr. Secretario (López Mirau).- Quiero aclarar que vamos a hacer una corrección ortográfica en cada artículo, por ejemplo, donde dice “sustitúyase”, se pondrá “sustitúyese”.
Sr. Presidente (Luque).- Con la aclaración mencionada por el señor Secretario, se va a votar.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12.
. Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
. Vota una señora Senadora por la negativa.
-Al enunciarse el artículo 13:
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.
Sen. Liendro.- Señor Presidente: en el artículo 13 voy a abstenerme en la votación, debido a que veo una contradicción del segundo párrafo con el primero.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el artículo 13. Se va a votar.
– Votan trece señores senadores por la afirmativa.
– Vota una señora Senadora por la negativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por Capital y la abstención del señor Senador por el departamento Cachi.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 14, 15, 16, 17, 18, 19.
. Votan catorce señores senadores por la afirmativa.
. Vota una señora Senadora por la negativa.
– El artículo 20 de forma.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y particular, con el voto negativo de la Senadora por el departamento Capital. Vuelve a la Cámara de Diputados.
19
CREACIÓN DE UN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CON ASIENTO EN EMBARCACIÓN
Expte. Nº 91-35.165/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones, ha considerado el proyecto de ley en revisión, creando en el Distrito Judicial Tartagal un (1) Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia de Género con asiento en la ciudad de Embarcación, asignándose competencia territorial en los municipios Embarcación, Coronel Juan Solá y General Ballivián; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Créase en el Distrito Judicial Tartagal un (1) Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la ciudad de Embarcación, asignándose competencia territorial en los municipios Embarcación, Rivadavia Banda Norte y General Ballivián.
Art. 2º.- En caso de impedimento, inhibición o recusación, los jueces serán reemplazados por el Fiscal, el Defensor Oficial, el Asesor de Incapaces de Actuación ante el Tribunal o un abogado de la matrícula con domicilio en la jurisdicción sorteado por el Tribunal, siempre siguiendo en ese orden.
Art. 3º.- El Juzgado creado por esta Ley tendrá competencia también como Juez de Garantías con jurisdicción territorial conforme lo dispuesto en el artículo 1º. Será reemplazado en caso de impedimento, inhibición o recusación de la misma manera que los Jueces de Garantías del Distrito Judicial Tartagal.
Art. 4º.- El Ministerio Público de la Defensa asignará por vía reglamentaria a la Defensoría Oficial con asiento en la ciudad de Embarcación creada por Ley 7.829 competencia para la actuación en las materias a cargo del Juzgado creado por la presente.
Art. 5º.- El Ministerio Público Fiscal asignará mediante vía reglamentaria a la Fiscalía Penal con asiento en la ciudad de Embarcación creada por Ley 7.785 la competencia material necesaria para su actuación ante el Juzgado creado por la presente norma.
Art. 6º.- La Asesoría General de Incapaces dispondrá por vía reglamentaria la actuación de los Asesores Generales de Incapaces correspondientes al Distrito Judicial Tartagal, con asiento en dicha ciudad, la actuación ante el Juzgado creado en la ciudad de Embarcación.
Art. 7º.- La Corte de Justicia y el Colegio de Gobierno del Ministerio Público, en el ámbito de su competencia, resolverán sobre los aspectos de organización interna, derivada de la instalación de los nuevos tribunales, fiscalías, defensorías y asesorías, como así también del número de secretarios y prosecretarios letrados y la designación del personal necesario.
Art. 8º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Sala de la Comisión, 6 de noviembre de 2015.
Alfredo Jorge – Jorge Pablo Soto – Ernesto Ángel Gómez – Mashur Lapad
Miembro informante: Senador Santiago José Payo.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.
Sen. Payo.- Señor Presidente: este proyecto de ley venido en revisión tiene por objeto la creación de un Juzgado de Primera Instancia con competencia múltiple en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género, con asiento en la ciudad de Embarcación.
Con este proyecto queremos acercarle y permitirles el acceso a la justicia a todos los habitantes de los municipios de Embarcación, Rivadavia Banda Norte y General Ballivián.
En la ciudad de Embarcación hoy en día contamos ya con un Centro de Mediación y una Fiscalía, contar con este Juzgado con competencia múltiple es un gran avance a fin de descomprimir una enorme cantidad de cuestiones que existen en el Distrito Judicial Norte Circunscripción Tartagal.
La creación de este Juzgado permitirá captar y canalizar rápidamente las necesidades de justicia acercándoles a los habitantes de esos lugares el acceso a la justicia que muchas veces es lo que los desanima a hacer valer sus derechos, por las horas de viaje que les implica y el gasto económico que significa trasladarse a la ciudad de Tartagal, ya que en los últimos años se ha incrementado enormemente el número de habitantes, por lo cual el Juzgado de Tartagal se ve desbordado por la cantidad de causas.
Las modificaciones introducidas al proyecto venido de Diputados versan en el primer artículo, en el cual se incorpora la competencia violencia familiar y de género, y que la competencia se extenderá al municipio de Rivadavia Banda Norte, ya que erróneamente se había consignado el municipio de Coronel Juan Solá.
Por todo lo expuesto, señor Presidente, es que solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente proyecto con las modificaciones introducidas.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Al enunciarse el artículo 1º:
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.
Sen. Payo.- Señor Presidente: en el artículo 1º las modificaciones introducidas dicen que se incorpora la competencia violencia familiar y de género, y que la competencia se extenderá al municipio de Rivadavia Banda Norte.
Sr. Secretario (López Mirau).- Quedaría conformado de la siguiente manera: “Créase en el Distrito Judicial Tartagal un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la ciudad de Embarcación, asignándole competencia territorial a los municipios Embarcación, Rivadavia Banda Norte y General Ballivián.”
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el artículo 1º con la modificación. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
– Al enunciarse el artículo 2º:
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.
Sen. Payo.- Señor Presidente: deberíamos agregar como primer párrafo al artículo 2º el siguiente: “No procederá recusación sin expresión de causa respecto al Juez del Juzgado creado en el artículo 1º mientras exista un solo Juzgado de Primera Instancia en la materia Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la localidad de Embarcación.”
– Sin observaciones se aprueban los artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 7º.
– El artículo 8º es de forma.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular, pasa a la Cámara de Diputados.
20
INCORPORAR AL PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH e ITS EL PROGRAMA PROVINCIAL DE VIH/SIDA Y HEPATITIS VIRALES
Expte. Nº 90-23.764/15, con dictamen de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social. *
Miembro Informante: Senador Pablo Damián González.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Orán.
Sen. González.- Señor Presidente: quiero agradecer a Joaquín Darío López de la ONG REDAR, Red Argentina de Personas Viviendo con HIV/SIDA, su presencia y agradecerle su participación en el intenso trabajo realizado.
El proyecto de ley que la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social somete a consideración de ustedes tiene dos objetivos fundamentales. Por un lado, declarar de interés provincial la prevención, diagnóstico, tratamiento, asistencia integral, rehabilitación e investigación sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), las Infecciones de Transmisión Sexual y las Hepatitis Virales, incluyendo la de sus patologías derivadas, como así también las medidas tendientes a evitar su propagación.
Y por otro, impulsar como política de Estado la prevención y detección temprana de VIH/SIDA, Infecciones de Transmisión Sexual y Hepatitis Virales en la mujer embarazada y establecer el carácter prioritario de la prevención de la transmisión perinatal o vertical.
Abordar este proyecto de ley ha significado un estudio exhaustivo de nuestra Comisión de Salud Pública y Seguridad Social. Efectivamente, es el resultado de un trabajo interdisciplinario e interinstitucional, que fue posible gracias a la voluntad decidida de la ONG Red Argentina de Personas Viviendo con VIH/SIDA (REDAR +), a través de su referente regional del Noroeste argentino, señor Joaquín Darío López, y de responsables del Programa Provincial VIH/SIDA del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, la Lic. María Laura Caporaletti y el Dr. José Luis Salvadores, que compartieron interrogantes y se comprometieron en la búsqueda de conocimientos acerca de la temática.
A todos ellos un agradecimiento especial y un merecido reconocimiento, porque con sus aportes orientaron, acompañaron y apoyaron el proceso de elaboración y discusión de un proyecto de ley que hace posible que la prevención, la asistencia integral, la rehabilitación e investigación sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, las Infecciones de Transmisión Sexual y las Hepatitis Virales sea una política pública y un asunto de interés de toda la sociedad.
La Ley Nacional 23798 que hoy tenemos vigente es de 1990 y la Ley Provincial 6660 promulgada en el año 1992, fueron en su momento leyes muy de avanzada que apuntaban a resguardar los derechos del paciente. Pero en ese tiempo se contaba con escasos recursos terapéuticos y a costos muy elevados, que tornaban casi imposible su acceso.
Después de más de veinte años necesitamos contextualizar nuestra ley provincial y deberá seguir los mismos pasos la ley nacional, porque nos encontramos frente a nuevos escenarios que ameritan una revisión.
Así es, es mucho el cambio que ha sucedido en la materia durante estas dos décadas.
Hoy los especialistas afirman que existe un hecho que es sustancial: la aparición de los tratamientos antirretrovirales, que hacen que el VIH/SIDA pasara de ser una enfermedad mortal a una enfermedad crónica.
También es necesario integrar temas tales como la prevención, el tratamiento, asistencia e investigación de las infecciones de transmisión sexual y las hepatitis virales, y también pensar las cuestiones sociales y su asistencia como parte del acceso a la salud de las personas afectadas.
En otro orden de importancia, se encuentra el tema del lenguaje referido al tema. Hoy se utiliza otra terminología. Por ejemplo, no es legítima la palabra “contagio”, sino que se habla de “transmisión”, así como no se dice más “portadores” sino que nos referimos a las personas viviendo con el VIH o cero positivas.
Con este espíritu de actualización y consenso acorde a los tiempos, ponemos en consideración este proyecto de ley con el objetivo de encarar un proceso de reflexión, teniendo en cuenta la suscripción de nuestro país a la iniciativa de la Organización Mundial de la Salud y de la Organización Panamericana de la Salud y considerando otras leyes relacionadas: Ley de Derechos del Paciente Nº 26529; Sanción de actos de discriminación; Ley de Obras Sociales y Prepagas; y la Ley de Enfermedades Infectocontagiosas Nº 15465, entre otras.
Señoras y señores senadores, hemos accedido a informes sobre esta condición de salud en la provincia de Salta, y advertimos, entre otros aspectos, que sobre una población de 1.214.441 habitantes se verificaron más de 4.000 diagnósticos acumulados por infecciones por VIH-SIDA en el periodo 2000-2013, de los cuales el 60% son varones y el 40% son mujeres. Cabe indicar que la tasa de infección en nuestra Provincia es de 33,33 casos por cada 100 mil habitantes, tasa superior a la media nacional que es de 24,00 por cada 100 mil habitantes, relación que también es superior en la región NOA, lo cual se debió, en general, por la ampliación en el alcance de la población objeto y a la realización del test para un diagnóstico temprano.
Los jóvenes y los adultos jóvenes son los que sufren el problema en mayor cantidad. La franja etaria más comprometida es la que va de los 20 a los 24 años, seguida por la de 30 a 34 y luego la de 25 a 29.
Según datos epidemiológicos, en la provincia de Salta la zona Oeste y Sur de la Capital, como así también las regiones Norte, especialmente Orán, Tartagal y zonas aledañas, y Centro de la Provincia, son los distritos con mayor cantidad de pacientes notificados con infección por HIV, lo que se corresponde con lugares de mayor densidad poblacional.
Según el último boletín sobre el VIH-SIDA en Argentina del Ministerio de Salud de la Nación, publicado en diciembre del año 2014, el país lleva acumulados 79.631 casos diagnosticados de infecciones por VIH entre los años 2001 y 2013, de los cuales el 8,7% pertenecen a la región del NOA, es decir unos 6.956 casos.
Tenemos la certeza que debemos desarrollar políticas más agresivas y esto debe estar respaldado por una ley. De ahí que la misma ha sido elaborada en el contexto de nuestra realidad y en el de las nuevas metas fijadas por la Organización de las Naciones Unidas en referencia al VIH, conocidas como 90/90/90. Esto implica que debemos apuntar a que el 90 por ciento de la población con VIH conozca su estado, el 90 por ciento de éstos comience el tratamiento y el 90 por ciento de quienes están en tratamiento tengan su carga viral indetectable, lo que ya sabemos que disminuye casi a cero la transmisión del virus.
En base a cifras del Ministerio de Salud de la Nación se calcula que en Argentina unas 110.000 personas viven con el virus y por año se detectan 5.500 nuevas infecciones, aunque sólo el 60% conoce su diagnóstico. Esto es lo que más preocupa a los especialistas, porque tratar el problema es clave para controlarlo. Cada año mueren a causa del SIDA unas 1.400 personas en el país.
Asimismo, las franjas más vulnerables en la Argentina, donde más crecen las cifras de trasmisión, la representan dos polos etarios: el primero, los jóvenes entre 18 y 24; y el segundo, los adultos mayores de 50 años, donde debido a la extensión de la vida sexual adulta tampoco encaran una vida sexual segura.
En conclusión, y teniendo en cuenta que en materia de salud las leyes deben responder a los avances tecnológicos y a la medicina basada en la evidencia, consideramos fundamental:
- Asegurar que el diagnóstico y los tratamientos sean brindados en forma temprana para reducir las infecciones.
- Garantizar el acceso y adecuado funcionamiento del circuito de prevención, diagnóstico, registro, tratamiento, atención integral, vigilancia epidemiológica, asesoría y consejería, especialmente de la población más vulnerable.
- Disminuir la trasmisión de la infección de una mujer embarazada a su hijo tanto en la etapa prenatal como posnatal.
- Asegurar que todos los niveles educativos, sanitarios y sociales accedan a la información sobre prevención y control de estas infecciones.
- Promover la calidad de vida, la inclusión, permanencia y articulación de redes de personas que vivan o estén afectadas por VIH/SIDA, Infecciones de Transmisión Sexual y Hepatitis Virales como un mecanismo para eliminar las prácticas discriminatorias y de exclusión.
- Integrar la alimentación y nutrición adecuadas en los programas dirigidos a las personas afectadas por estas enfermedades para mejorar su sistema inmunológico.
Nos interesa también establecer garantías en el acceso y la disponibilidad de todo tipo de servicios de protección y seguridad social para las personas que viven o son afectadas por estas infecciones y que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
Consecuentemente, determinamos que el Instituto Provincial de Salud debe brindar la cobertura integral del 100% de las pruebas diagnósticas para la detección de VIH/SIDA, Infecciones de Transmisión Sexual y Hepatitis Virales y el testeo a la mujer embarazada y a su pareja; de los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos de las personas infectadas y/o las enfermedades intercurrentes; de las dietas alimentarias en todas las fases de la infección, incluidas las fuentes nutricionales alternativas para el lactante. Las personas que carecieran de cobertura de obra social serán atendidas por el Estado Provincial.
Establecemos que el Instituto Provincial de Vivienda deberá garantizar viviendas para familias con estos pacientes, como también la adaptación arquitectónica de las mismas e instauramos el uso gratuito de los servicios de transporte público de pasajeros sometidos a jurisdicción provincial.
Subrayamos, por un lado, que las personas que viven o están afectadas por VIH/SIDA, Infecciones de Transmisión Sexual y Hepatitis Virales tienen derecho al trabajo, cualquiera sea el mecanismo o modalidad de contratación, sin discriminación y en condiciones de igualdad; y, por otro lado, que los empleadores concederán los permisos que sean necesarios a estas personas con el fin de que acudan regularmente a los controles y exámenes médicos, y así recibir los medicamentos necesarios para el tratamiento.
Señor Presidente, confiamos en la aprobación del proyecto de ley, cuya implementación permitirá reducir las nuevas infecciones, mejorar la calidad de vida de las personas con VIH/SIDA, Infecciones de Trasmisión Sexual y Hepatitis Virales, y así reducir la cantidad de diagnósticos tardíos y disminuir su mortalidad.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26.
– El artículo 27 es de forma.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular por unanimidad, pasa a la Cámara de Diputados en revisión.
21
DÍA PROVINCIAL DE CONCIENTIZACIÓN SOBRE AUTISMO
Expte. Nº 90-24.541/15 *
Dictamen de Comisión
La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de ley de los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea y Pablo Damián González, por el cual se establece el 2 de abril del cada año como Día Provincial de Concientización sobre Autismo, en consonancia con el Día Mundial de Concientización sobre el Autismo, establecido por la Resolución 62/139 de las Naciones Unidas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.
Sala de la Comisión, 15 de octubre de 2015.
Santiago José Payo – Pablo Damián González – Manuel Héctor Luque – Luis Francisco D’Andrea – María Antonia Pastrana – María Silvina Abilés – Sergio Ramón Zenteno
Miembro informante: Senador Pablo Damián González.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el miembro informante.
Sen. González.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: por medio del presente proyecto se persigue instituir el 2 de abril de cada año como Día Provincial de Concientización sobre el Autismo, en concordancia con el Día Mundial establecido por Naciones Unidas.
Dicha fecha fue fijada en la Resolución 62/139 aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 18 de diciembre de 2007, como un llamado a la acción para que se tome conciencia sobre la importancia de la detección temprana; los apoyos para una mejor calidad de vida; y la inclusión social de las personas con autismo.
El trastorno del espectro autista es una discapacidad permanente del desarrollo que se manifiesta en los tres primeros años de vida. Se deriva de un trastorno neurológico que afecta el funcionamiento del cerebro y que se presenta principalmente en niños, con independencia de su sexo, raza o condición socioeconómica. Se caracteriza por deficiencias en la interacción social, problemas en la comunicación verbal y no verbal, y patrones de comportamiento, intereses y actividades, restringidos y repetitivos.
El 2 de abril de este año, el Secretario General de la ONU, en ocasión de la difusión de su mensaje, dijo: “Es profundamente alentador constatar la creciente conciencia pública sobre los trastornos del espectro autista y el aumento de los servicios públicos destinados a muchos de los afectados. El Día Mundial de la Concienciación sobre el Autismo no solo promueve una mayor comprensión, sino que empodera a los padres para tratar de acceder a terapias de intervención temprana y supone un llamamiento a la plena integración social de las personas con autismo. También es una invitación a quienes formulan las políticas, para que alienten a las escuelas a que abran sus puertas a los estudiantes con autismo. Con el apoyo adecuado, pueden y deben ser educados en el núcleo de sus comunidades.”
Justamente esto último es lo que fundamenta la redacción del artículo 3° de esta ley, por el cual el Ministerio de Educación no sólo implementará actividades alusivas sobre qué son los trastornos del espectro autista, sino también sobre la necesidad de la completa inclusión de las personas que presentan autismo en los diferentes niveles educativos.
Por su parte, al Ministerio de Salud le corresponde desarrollar campañas de concientización, con el fin de orientar y fomentar la comprensión social, incluso a nivel familiar, sobre este trastorno.
Por todo lo antes expuesto solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observación se aprueban los artículos: 1º, 2º, 3º y 4º.
– El artículo 5º es de forma.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular por unanimidad. Pasa a la Cámara de Diputados.
22
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27130
Expte. Nº 91-34.796/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual la provincia de Salta se adhiere en todos sus términos a la Ley Nacional Nº 27130 de Prevención del Suicidio; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción de la siguiente forma:
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Adhiérase la provincia de Salta, en todos sus términos, a la Ley Nacional N° 27.130 de Prevención del Suicidio.
Art. 2°.- El Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) debe brindar a sus afiliados cobertura asistencial para las personas que hayan sido víctimas de intento de suicidio y a sus familias, como así también a las familias de víctimas de suicidio, que comprende la detección, el seguimiento y el tratamiento de acuerdo a lo establecido por la Autoridad de Aplicación.
Art. 3°.- Las personas que carecieran de cobertura de obra social, serán atendidas por el Estado Provincial en las prestaciones a que se refiere el artículo anterior. El Poder Ejecutivo podrá celebrar los convenios necesarios con organismos gubernamentales y no gubernamentales municipales, provinciales, nacionales o internacionales, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto.
Art. 4°.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
Art. 5°.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Pablo Damián González – Luis Francisco D’Andrea – Silvina Abilés – Ramón Zenteno – María Pastrana – Manuel Héctor Luque – Santiago Payo
Miembro Informante: Senador Luis Francisco D’Andrea.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.
Sen. D’Andrea.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: desde el año 2010 la Argentina adhirió y reconoció al día 10 de septiembre como el Día Nacional para la Prevención del Suicidio y en abril de este año 2015 se promulgó en nuestro País la Ley Nacional 27130 de Prevención del Suicidio.
Por este proyecto de ley en revisión que estamos considerando adhiere la Provincia a aquella normativa y significa la atención biopsicosocial, la investigación científica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección y atención de las personas en riesgo de suicidio y la asistencia a las familias de víctimas del suicidio.
Sin duda, esta ley se enmarca en las políticas de promoción de la salud sobre la importancia de la prevención del suicidio y el tratamiento que se debe generar alrededor de problemáticas tan delicadas y sensibles como la muerte de una persona en estas circunstancias.
La Organización Mundial de la Salud explica que no todos los suicidios pueden prevenirse pero sí la mayoría, precisamente esta ley nacional tiene por objeto atacar estas conductas, creando Centros de Atención Interdisciplinarios e Interinstitucionales para prevenir suicidios como así también para brindar contención profesional a las personas vinculadas de una u otra manera a quien se quitó la vida.
Debemos reconocer que la falta de sensibilización y el tabú que rodea al suicidio hace que su prevención aún no se haya abordado de una forma adecuada.
El suicido es una realidad silenciosa en las sociedades modernas. A pesar de no aparecer cada día en los medios de comunicación los datos sobre quienes eligen la muerte ante el dolor de la vida son abrumadores. Según la Organización Mundial de la Salud cada año mueren cerca de 900.000 personas, fundamentalmente entre las edades de 15 a 44 años.
¿Qué significa este último dato, señores senadores? Que no debemos descuidar a nuestros adolescentes, a nuestros adultos jóvenes. No debemos dejar que se encierren en sus habitaciones sin saber qué les preocupa y cómo avanza su día a día, si son felices, si se sienten reconocidos, seguros.
Todos, en nuestro contexto social más o menos cercano conocemos algún caso, la historia de una persona que, en un momento dado, eligió poner fin a su vida por unas determinadas razones.
Cabe decir, además, que en la mayoría de los casos no se llega a comprender en su totalidad qué ha podido provocar esta elección. Podemos intuir algunos hechos, algunos datos.
Ahora bien, lo que sucede en la mente de una persona y el modo en que interpreta determinadas cosas es algo muy complejo a la hora de poder comprenderlo desde afuera. No obstante, tal y como nos indican las instituciones médicas, siempre hay indicios, pistas y síntomas que debemos advertir.
Así pues, ante la pregunta de si está en nuestras manos poder evitar el suicidio, la respuesta es que no en todos los casos, pero sí en la mayoría.
Quien elige la muerte piensa que ya no hay solución a sus problemas, que nadie los apoya o que lo mejor para evitar mayores problemas o molestias es desaparecer. Debemos tener claro que lo que se busca en realidad no es la muerte en sí, sino dejar de sufrir.
De allí la importancia de esta ley. Por un lado, establecer el abordaje coordinado, interdisciplinario e interinstitucional de la problemática del suicidio en el sistema de salud provincial; y, por el otro, desarrollar estrategias para lograr la sensibilización de la población e impulsar la creación de redes de apoyo de la sociedad civil a los fines de la prevención, la detección de personas en riesgo, el tratamiento y la capacitación.
Y estos aspectos los recalcamos. No se va a bajar la tasa de suicidio por una legislación, por una normativa, pero sí por lo que ésta promueva, y en este caso debemos resaltar que el abordaje de la problemática suicida debe ser comunitaria, ya que no solo servirá un espacio público que atienda a los pacientes de a uno como si fueran consultorios, sino esencialmente haciendo hincapié en la intervención de la familia y de los diferentes sectores de la comunidad, en fin, de la sociedad toda.
Señores senadores, es inmenso el desconocimiento que existe a nivel general de la gravedad que supone el suicidio, y de que se trata de un problema, que aunque a simple vista sea imposible de evitar, hay diversas formas de intentar prevenirlo.
Se trata de actuar en conjunto y de exponer pautas básicas de acción cuya finalidad es la de alertar al personal sanitario, así como a familiares y amigos, para que en la medida de lo posible puedan ser capaces de identificar cuando se encuentran ante una persona que presenta riesgo de suicidio.
Asimismo, los profesionales sanitarios deben poseer una mínima formación para saber lidiar con situaciones en las que tengan que identificar, tratar o intentar acercarse a un suicida, ya que se trata de un tema delicado.
Este proyecto de ley en revisión determina que el Instituto Provincial de Salud de Salta debe brindar cobertura asistencial a sus afiliados para las personas que hayan sido víctimas de intento de suicidio y a sus familias, como así también a las familias de víctimas de suicidio, que comprende la detección, el seguimiento y el tratamiento. Y nuestra Comisión de Salud Pública y Seguridad Social ha considerado pertinente y oportuno agregar el mandato de que aquellas personas que carecieran de cobertura de obra social serán atendidas por el Estado Provincial en las prestaciones que hemos referido.
Señor Presidente, señoras y señores senadores, valgan estas explicaciones y esclarecimientos para la aprobación de esta proposición legislativa.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
A pedido de los señores senadores vamos a pasar a un cuarto intermedio.
– Es la hora 22 y 09.
– A la hora 22 y 11:
Sr. Presidente (Luque).- Se reanuda la sesión.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
En consideración en particular.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º.
– El artículo 6º es de forma.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y particular. Pasa a la Cámara de Diputados.
23
COMISIÓN ESPECIAL PARA LA REALIZACIÓN DE HOMENAJES A PERSONAS Y/O INSTITUCIONES DESTACADAS
Expte. Nº 90-23.985/15
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de resolución de los señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia, Manuel Héctor Luque, Pedro Liverato, Ernesto Ángel Gómez, Lino Andrés Flores, Héctor Edgar Mamaní, Alfredo Jorge, María Silvina Abilés, Guzmán Viveros, Rubén Lávaque, Mashur Lapad y Jorge Pablo Soto, creando una Comisión Especial para la realización de homenajes a personas y/o instituciones destacadas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Crear la Comisión Especial para Homenajear por su labor social, cultural, política, humanitaria, técnica y/o científica a Personas y/o Instituciones destacadas, que por su actuación hayan logrado una significativa contribución al progreso social y a la construcción de la identidad de la Provincia de Salta.
Así también para otorgar Distinciones y Reconocimientos por servicios de gran importancia prestados a la Provincia, concedidos por norma legislativa, a personalidades consagradas al estudio, por su profesión u oficio y por aportes elevados en beneficio de la provincia de Salta.
Art. 2º.- La Comisión, creada por el artículo 1º, estará integrada por siete (7) señores Senadores.
Art. 3º.- Compete a la Comisión Especial, dictaminar:
1.- Sobre la consideración de propuestas para la realización de homenajes a personalidades y/o instituciones destacadas.
2.- Sobre organización y divulgación de los homenajes a celebrar.
3.- Sobre la consideración de propuestas para las Distinciones, la Comisión podrá dictaminar sobre las siguientes formas:
a) Visitante Distinguido de la Cámara;
b) Huésped de Honor;
c) Ciudadano/a Ilustre;
d) Personalidad Destacada;
e) Diploma o Medalla al Mérito;
f) Diploma de Honor al Valor o Arrojo.
4.- Mediante el Reconocimiento, se honrará a personalidades eximias o fallecidas, que han prestado servicios extraordinarios a la Provincia, a la Nación o a la Humanidad o hayan tenido una trayectoria singular en su gestión privada o pública que merezca el recuerdo imperecedero de la ciudadanía salteña.
5.- Sobre Declaración de Interés: La Cámara podrá mediante resolución y empleando la forma de “DECLARACIÓN DE INTERÉS DE LA CÁMARA” (político, institucional, científico, cultural, educativo, legislativo, deportivo, recreativo, turístico, obras literarias, artísticas, musicales, entre otros), toda propuesta presentada, a favor de un acontecimiento, foro, conferencia, jornada, certamen, que tenga lugar en la Provincia y que por su importancia o trascendencia merezca ser destacado por este Cuerpo Legislativo.
La Comisión realizará un estudio y análisis de la labor desarrollada o de los servicios prestados, recopilando los datos y antecedentes pertinentes, a los fines de dejar constancia de los motivos y razones por los que se procedió a realizar el respectivo homenaje, distinción, reconocimiento o declaración de interés.
Art. 4º.- De forma.
Sala de la Comisión, 4 de noviembre de 2015.
Alfredo Jorge – Jorge Pablo Soto – Santiago José Payo – Mashur Lapad
Miembro informante: Senador Roberto Enrique Gramaglia.
Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.
Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señores senadores: este es un instrumento legal que ha sido considerado por la Comisión en función de lo que oportunamente habíamos presentado varios senadores y la finalidad primordial del mismo es tratar de establecer un marco para que se puedan realizar no los homenajes que se hacen acá en forma pública, sino aquellos reconocimientos fundamentalmente a las personas o instituciones, estamos hablando de personas de existencia física o jurídica, que por su labor, su trayectoria, su aporte, por todo lo que han acompañado al crecimiento de una comunidad puedan ser merecedoras de un reconocimiento por parte de esta Cámara.
Sin duda alguna esto crea un marco y ahora las señoras senadoras y los señores senadores que quisieran promover tales distinciones lo podrán hacer para que este Cuerpo lo considere, y a su vez otorgarles distintos tipos de reconocimiento.
Se ha ampliado el proyecto por parte de la Comisión de Legislación y se ha establecido que los homenajes podrán ser sobre las siguientes formas: visitante distinguido a la Cámara, huésped de honor, ciudadano o ciudadana ilustre, personalidad destacada, diploma o medalla al mérito, diploma de honor al valor o al arrojo.
Mediante el reconocimiento se honrará a personalidades eximias o fallecidas, que han prestado servicios extraordinarios a la Provincia, a la Nación o a la humanidad, o que hayan tenido una trayectoria singular en su gestión privada o pública que merezca el recuerdo imperecedero de la ciudadanía salteña. En ese caso, la Cámara podrá mediante una Resolución empleando la “declaración de interés de la Cámara” (político, institucional, científico, cultural, educativo, legislativo, deportivo, recreativo, turístico, obras literarias, artísticas, musicales, entre otros), toda propuesta presentada, a favor de un acontecimiento, foro, conferencia, jornada, certamen, que tenga lugar en la Provincia, que por su importancia o trascendencia merezca ser destacada por este Cuerpo Legislativo.
Se ha establecido, como se había promovido en el proyecto, una Comisión integrada por siete miembros, la que hará el análisis de toda la documentación que acompañará la presentación que los legisladores de este Cuerpo formulen y a través de esa Comisión se hará el dictamen correspondiente, el que será presentado en el recinto para el tratamiento pertinente.
Es el momento en que el Senado honre con su reconocimiento a aquellas personas, instituciones, que en nuestro Departamento o en el contexto más amplio de la Provincia se hayan destacado o realizado significativos aportes en cualquiera de los ámbitos mencionados.
Esto es un marco regulatorio o una forma que el Senado tendrá presente al momento de disponer ese tipo de reconocimiento.
En función de lo que acabo de decir, solicito a mis pares el acompañamiento para la aprobación de este instrumento legal.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.
24
TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE DECLARACIÓN
Sr. Presidente (Luque).- Los proyectos de autoría del Senador por el departamento Guachipas, referidos a obras públicas para ser incluidos en el Proyecto de Ley de Presupuesto, Ejercicio 2016, se tratarán por número de expediente.
Sr. Secretario (López Mirau).- Proyectos de Declaración Exptes. Nros. 90-24.527, 90-24.528, 90-24.529 y 90.24.530.
Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Luque).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.
25
ARRÍO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Luque).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento La Poma, don Dani Raúl Nolasco, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senado por el departamento Los Andes, don Guzmán Viveros, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.
– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Dani Raúl Nolasco y Guzmán Viveros proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.
– Es la hora 22 y 17.
Julieta Serapio
Jefa Sector Taquígrafos
Cámara de Senadores
26
A P É N D I C E
1
Expte. Nº 91-33.575/14
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1º.- Sustitúyese en el artículo 13 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75) la palabra cantidad por la palabra “entidad”.
Art. 2º.- Sustitúyese en el artículo 42 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), el segundo punto 1) por “2)”.
Art. 3º.- Sustitúyese en el artículo 134 bis 4, última frase del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), la palabra anterioridad por la palabra “posterioridad”.
Art. 4º.- Sustitúyese en el artículo 153, segundo párrafo del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), la palabra avaluaciones por la palabra “valuaciones”.
Art. 5º.- Sustitúyese en el artículo 174 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), el segundo inciso a) por inciso “a’)”.
Art. 6º.- Sustitúyese en el artículo 249, última frase del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), la palabra loa por la palabra “los”.
Art. 7º.- Sustitúyese en el artículo 358 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75), la palabra momento por la palabra “monto”.
Art. 8º.- Sustitúyese en el artículo 363 del Código Fiscal (Decreto Ley Nº 9/75) la palabra cuarto por la palabra “quinto”.
Art. 9º.- Sustitúyese en el artículo 11, tercer párrafo de la Ley 6611, la palabra terminará por la palabra “determinará”.
Art. 10.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
2
Expte. Nº 91-31.583/13
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Sustitúyase el artículo 9° del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, por el siguiente:
“Art. 9°.- Reincidencia. El condenado por sentencia firme que comete una nueva contravención que afecta o lesiona el mismo bien jurídico, dentro del año de dictada aquella, será declarado reincidente y la nueva sanción que se le imponga podrá agravarse en un tercio.”
Art. 2º.- Incorpóranse como artículos 9 bis, 9 ter, 9 quater y 9 quinquies del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, los siguientes:
“Art. 9° bis.- Registro de antecedentes contravencionales. En el ámbito de la Corte de Justicia de la Provincia de Salta se llevará un Registro de antecedentes contravencionales donde se harán constar las sentencias condenatorias firmes y las declaraciones de rebeldía, que los jueces estarán obligados a comunicar, así como los procesos terminados conforme a lo dispuesto en los Capítulos II y IV del Título IV”.
Art. 9° ter.- Solicitud de antecedentes. Antes de dictar sentencia el juez debe requerir al Registro información sobre la existencia de condenas y rebeldías del imputado.
Art. 9° quater.- Cancelación de Registros. Los Registros se cancelan automáticamente a los dos (2) años de la fecha de la condena si el contraventor no ha cometido una nueva contravención.
Art. 9° quinquies.- Informes. El Registro de antecedentes contravencionales proporciona información sobre condenas contravencionales sólo a requerimiento de jueces, fiscales o de la persona a que se refiere el antecedente.”
Art. 3º.- Modificase el artículo 24 y sustitúyase el artículo 26 de la Ley 7135, Código Contravencional de la Provincia de Salta, de la siguiente forma:
“Art. 24.- La multa es una suma de dinero que se establecerá en “días de multa”. El valor del día multa es equivalente a diez (10) litros de nafta de mayor valor para automóviles. En ningún caso, el importe podrá exceder la mitad de los ingresos medios diarios del condenado, excepto en los casos del Título IX “Contravenciones contra el Ambiente.
Un día de arresto será conmutable con un día de multa.”
“Art. 26.- Las multas, beneficios económicos, bienes decomisados y el producto de su venta serán destinados al mejoramiento del servicio de seguridad y las acciones de prevención. El importe proveniente de las multas se depositará en cuenta reinvertible a nombre del Ministerio de Seguridad.”
Art. 4º.- Sustitúyase el artículo 40 de la Ley 7135, Código Contravencional de la Provincia de Salta, por el siguiente:
“Art. 40.- Las acciones y las penas contravencionales se extinguirán por:
- Muerte del imputado o condenado.
- Cuando se aplica un criterio de oportunidad.
- Cumplimiento de la sanción o cuando vencido el plazo acordado el imputado hubiera cumplido todas las condiciones de suspensión de juicio a prueba.
- Cuando se verifica el cumplimiento del acuerdo alcanzado mediante conciliación o mediación.
- Por amnistía o indulto.
- Por prescripción.”
Art. 5º.- Agregase como artículo 45 bis al Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, el siguiente:
“Art. 45 bis.- Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días el que discriminare a otro por razones de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica, o cualquier circunstancia que implique exclusión, restricción o menoscabo.
Las contravenciones previstas en este artículo son de instancia privada.”
Art. 6°.- Agregase como inciso e) al art. 60 al Código Contravencional de la Provincia, Ley N° 7135, el siguiente:
“e) Los que condujeren vehículos automotores por vías o sendas exclusivamente habilitadas para el uso peatonal o el ciclismo.”
Art. 7º.- Agregase como inciso d) al artículo 75 del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, el siguiente:
“d) El que llamare al sistema de emergencias coordinadas 911 con objeto de mofa, burla, o broma.”
Art. 8°.- Agregase como segundo párrafo al artículo 76 del Código Contravencional de la provincia de Salta, Ley N° 7135, el siguiente:
“La misma sanción será aplicable al que conduciendo un vehículo automotor ejecutare maniobras peligrosas para las autoridades que cumplan actividades de control de tránsito.”
Art. 9º.- Sustitúyase los incisos c) y d) del artículo 77 del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, por los siguientes:
“c) El que impida u obstaculice la circulación de vehículos por la vía pública o espacios públicos. El ejercicio regular de los derechos constitucionales no constituye contravención. A tal fin deberá, con razonable anticipación, darse aviso a la autoridad competente, debiendo respetarse las indicaciones de ésta, si las hubiere, respecto al ordenamiento.”
“d) El que exigiese retribución por el estacionamiento o cuidado de vehículo en la vía pública sin autorización legal o administrativa.”
Art. 10.- Sustitúyanse los artículos 89, 90, 91, 92, 93, 94 y 95 del Título IX, Libro Segundo, Parte Especial del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, “Contravenciones contra el Ecosistema”, por los siguientes:
TÍTULO IX
Contravenciones contra el Ecosistema
“Art. 89.- Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días el que arrojare en lugares públicos elementos, objetos o sustancias que constituyan residuos domiciliarios, en transgresión a lo previsto por las normas y las autoridades administrativas para su debida gestión integral, según Ley Nacional 25.916.
La pena será de arresto hasta cincuenta (50) días o multa de hasta cincuenta (50) días al que a sabiendas enterrare, incinerase, dispusiere, confinare, transportare, almacenare, acopiase, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos de residuos domiciliarios sin certificación de la aptitud ambiental de su actividad”.
“Art. 89 bis.- Será sancionado con arresto de hasta ochenta (80) días o multa de hasta ochenta (80) días el que vertiere, emitiere o introdujere en el aire, el suelo o las aguas una cantidad de materiales, residuos o de radiaciones ionizantes que cause o pueda causar lesiones a personas o daños sustanciales a la calidad del aire, la calidad del suelo o la calidad de las aguas o animales o plantas, de acuerdo a las normas nacionales, provinciales o municipales de calidad ambiental, siempre que el hecho no constituya delito”.
“Art. 89 ter.- Será sancionado con arresto de hasta cien (100) días o multa de hasta cien (100) días quien, careciendo de certificado de aptitud ambiental o poseyéndolo transgreda sus previsiones, explote instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa o en las que se almacenen o utilicen sustancias o preparados riesgosos que causen o puedan causar lesiones graves a personas, o daños sustanciales a la calidad del aire, la calidad del suelo, o la calidad de las aguas o animales o plantas, siempre que el hecho no constituya delito”.
“Art. 90.- Será sancionado con arresto de hasta veinte (20) días o multa de hasta veinte (20) días, el que podare o talare árboles que integren el arbolado público en forma contraria a las normas de forestación o en transgresión a lo que las autoridades administrativas prevean a esos efectos”.
“Art. 90 bis.- Será sancionado con arresto de hasta cien (100) días o multa de hasta cien (100) días, el que desmontare o talare árboles ubicados en bosques nativos o implantados caracterizados como de bajo valor de conservación (Categoría III – Verde) sin permiso de la autoridad competente o en forma contraria a las normas nacionales y provinciales de aprovechamiento sostenible, manejo sostenible y conservación.
Tendrá igual pena el que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, procesare, aserrare, carbonizare, manufacturare, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de dicha actividad.
La sanción indicada en los párrafos anteriores se incrementará al doble si se trata de un bosque nativo caracterizado como de mediano valor de conservación (Categoría II – Amarillo).
Asimismo, la sanción se elevará al triple si se trata de un bosque nativo caracterizado como de muy alto valor de conservación (Categoría I – Rojo).
La sanción deberá adecuarse a la magnitud del desmonte o tala realizada.
En todos los casos la sanción implicará para el contraventor la obligación accesoria de recomponer el bosque al estado anterior mediante técnicas de reforestación y conservación in situ”.
“Art. 90 ter.- Será sancionado con arresto de hasta noventa (90) días o multa de hasta noventa (90) días, el que degrade los suelos mediante actividades de contaminación, quema sin autorización o prácticas agrícolas o pecuarias en forma contraria a las normas de aprovechamiento sostenible, manejo sostenible y de conservación dictadas por la autoridad administrativa.
La sanción indicada en el párrafo anterior se incrementará al doble si se trata de un área declarada como de Uso Sustentable Voluntario.
La sanción se elevará al triple si se trata de un área declarada como de Uso Sustentable Obligatorio.
En todos los casos la sanción implicará para el contraventor la obligación accesoria de recomponer el suelo al estado anterior mediante técnicas de remediación y conservación in situ”.
“Art. 91.- Será sancionado con arresto de hasta cuarenta (40) días o multa de hasta cuarenta (40) días y comiso de lo secuestrado, el que cazare o pescare sin los permisos correspondientes, fuera de temporada o con medios prohibidos por la autoridad administrativa correspondiente.
Tendrá igual pena el que a sabiendas transportare, almacenare, comprare, vendiere, industrializare o de cualquier modo pusiere en el comercio piezas, productos o subproductos provenientes de dicha actividad.
Si la infracción fuere cometida por personas que representen a instituciones deportivas de caza o pesca, pública o privada, la sanción será de hasta sesenta (60) días de arresto o multa de hasta sesenta (60) días”.
Art. 92.- Será sancionado con arresto de hasta ochenta (80) días o multa de hasta ochenta (80) días, el que modifique, construya y/o destruya en todo o en parte bienes inmuebles que fueren declarados de interés arquitectónico y/o urbanístico sin permiso de la autoridad competente o en forma contraria a las normas de protección.
Tendrá igual pena el que a sabiendas demoliere, edificare, favoreciere el ocultamiento ante la autoridad, evitare su inspección, dirigiere técnicamente la actividad, transportare, almacenare, comprare, vendiere, promoviere o de cualquier modo participare comercialmente de algunas de las actividades previstas en el párrafo anterior.
En todos los casos la sanción implicará para el contraventor la obligación accesoria de restituir el inmueble al estado anterior mediante técnicas de reparación, reconstrucción y conservación in situ”.
“Art. 92 bis.- Será sancionado con arresto de hasta ochenta (80) días o multa de hasta ochenta (80) días los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación no autorizables en suelos destinados a viales, zonas verdes, bienes de dominio público o lugares protegidos legal o administrativamente por su valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico o cultural.
La misma pena tendrán los promotores, constructores o técnicos directores que lleven a cabo obras de urbanización, construcción o edificación en áreas no urbanizables o incompatibles con la categorización urbanística del área”.
“En todos los casos la sanción implicará para el contraventor la obligación accesoria de demoler la obra y reponer a su estado originario la realidad física alterada, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe”.
“Art. 93.- La realización de cualquier conducta prevista como contravención contra el ambiente en el presente Título, que cause el deterioro significativo de un hábitat dentro de un área protegida ó afecte a una cantidad significativa de especies de fauna o flora silvestres declaradas protegidas con consecuencias para su estado de conservación, incrementará al cuádruplo la sanción prevista originalmente para cada caso”.
“Art. 94.- Cuando las contravenciones previstas en el presente Título sean cometidas por una persona física para beneficiar de cualquier manera a una persona jurídica, las sanciones de multa recaerán solidariamente sobre el patrimonio de esta última”.
“Art. 94 bis.- Será sancionado con arresto de hasta ochenta (80) días o multa de hasta ochenta (80) días, el funcionario público que por acción u omisión dolosa, provocare, consintiere, autorizare o no denunciare la concreción de un daño ambiental, con efecto sobre la salud y/o el patrimonio de las personas, siempre que el hecho no constituya delito”.
“Art. 95.- Las sanciones previstas en los distintos artículos de este Título se aplicarán, siempre que no exista una conducta tipificada como delito adjudicada al infractor, y sin perjuicio, además, en cualquier supuesto sea contravencional o penal a la reparación civil que corresponda”.
Art. 11.- Derogase el Título X, Libro Segundo, artículo 96, Parte Especial del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, “Contravenciones contra la Moral Pública”.
Art. 12.- Deróganse los artículos 108, 109 y 110 de la Ley 7135, Código Contravencional de la Provincia de Salta.
Art. 13.- Sustitúyese el artículo 114 del Título XIII del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, por el siguiente:
TITULO XIII
Contravenciones relacionadas con los espacios públicos
“Art. 114.- Serán sancionados con arresto de hasta veinte (20) días o multa equivalente las personas que demandaren u ofrecieren servicios de carácter sexual por dinero u otra retribución en la vía pública o espacio público.
En los supuestos que los Municipios, habilitaren espacios públicos para la práctica de la conducta descripta precedentemente, queda sin efecto la contravención.”
Art. 14.- Derogase el artículo 115 del Título XIII del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135.
Art. 15.- Sustitúyase el Libro III del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135 por el siguiente:
“LIBRO III
PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL
TITULO I
Disposiciones Generales
“Art. 133.- Integración normativa. En la aplicación de este Código resultan operativos todos los principios, derechos y garantías, consagrados en la Constitución de la Nación Argentina, en los Tratados de Derechos Humanos que forman parte de la Constitución Nacional y en la Constitución Provincial.
Asimismo, resulta aplicable supletoriamente, y en tanto no se oponga a disposiciones específicas de este Código, el Código Procesal Penal de la Provincia.
Art. 134.- Principio de legalidad. Ningún proceso contravencional puede ser iniciado sin imputación de acciones u omisiones tipificadas por Ley dictada con anterioridad al hecho e interpretada en forma estricta.
Art. 135.- Prohibición de analogía. Ninguna disposición de este Código podrá interpretarse o integrarse en forma analógica en perjuicio del imputado.
Art. 136.- Presunción de inocencia. Toda persona a quien se le impute la comisión de una contravención, tendrá derecho a que se presuma su inocencia, mientras no se establezca legalmente su culpabilidad mediante sentencia firme.
Art. 137.- Non bis in idem. Nadie podrá ser juzgado más de una vez por el mismo hecho. Cuando un mismo hecho sea sancionado penalmente no podrá ser objeto de persecución en el marco del régimen contravencional.
Art. 138.- Ley más benigna. Si la Ley vigente al tiempo de cometerse la contravención fuera distinta a la existente al momento de pronunciarse el fallo o en el tiempo intermedio se deberá aplicar siempre la más benigna. Si durante la condena se sanciona una Ley más benigna, la sanción deberá adecuarse de oficio a la establecida por esa Ley, quedando firme el cumplimiento de la condena que hubiera tenido lugar. En todos los casos los efectos de la Ley más benigna operarán de pleno derecho.
Art. 139.- In dubio pro reo. En caso de duda deberá estarse siempre a lo que sea más favorable al contraventor.
Art. 140.- Términos. Todos los términos establecidos se entenderán por días hábiles, comenzando a correr a partir de la cero hora del día siguiente. Los fijados en horas son corridos y se cuentan a partir del hecho que les diere origen”.
TÍTULO II
Sujetos del proceso
Art. 141.- Órganos competentes. La tramitación del proceso contravencional estará a cargo del Juez de Garantías de conformidad con las disposiciones reglamentarias que a tal efecto dicte la Corte de Justicia.
El Ministerio Público Fiscal actuará representado por las Fiscalías Penales que la Procuración General de la Provincia de Salta determine por vía reglamentaria.
La Policía de la Provincia actuará como auxiliar de la justicia en la tramitación del proceso contravencional.
Art. 142.- Excusación y recusación. El Juez y el Fiscal deberán excusarse y podrán ser recusados cuando mediaren circunstancias que por su objetiva gravedad afectaren su imparcialidad.
Art. 143.- Trámite de la recusación. La recusación deberá presentarse dentro de las veinticuatro (24) horas de conocida la intervención del Juez o Fiscal. Si quien resulte recusado admite el planteo, remitirá los autos al tribunal que corresponda de conformidad a lo dispuesto en las disposiciones reglamentarias. En caso contrario, remitirá el incidente, con el respectivo informe de rechazo del planteo para su resolución por la Sala del Tribunal de Impugnación que corresponda.
Art. 144.- Trámite de la excusación. El Juez o Fiscal que se excuse remitirá las actuaciones a quien deba actuar de acuerdo a las disposiciones reglamentarias. Si este último se opone dará intervención a la Sala que corresponda del Tribunal de Impugnación, quien resolverá de inmediato, sin sustanciación.
Art. 145.- Efectos de la excusación o recusación. El apartamiento del Juez o Fiscal será definitivo, aún cuando luego desaparecieren los motivos que dieron lugar a la recusación o excusación.
Art. 146.- Presunto contraventor. Se adquiere la condición de presunto contraventor a los fines del ejercicio de los derechos que este Código acuerda, desde los actos iniciales y hasta la terminación de la causa.
El presunto contraventor puede hacerse defender por abogado inscripto en la matrícula. Si no eligiere defensor de confianza, el Juez o el Fiscal según el caso, deberán dar intervención al Defensor Oficial que corresponda, de acuerdo con las disposiciones que al efecto dicte la Defensoría General de la Provincia.
Art. 147.- Particular damnificado. Quien resulte damnificado por una contravención no será parte en el proceso, ni tiene derecho a ejercer en este fuero acciones civiles derivadas del hecho. Tiene derecho a ser oído por el fiscal, a aportar pruebas y a solicitar conciliación. Toda autoridad interviniente debe informarle acerca del curso del proceso.
Art. 148.- Intérpretes. El Fiscal o el Juez designarán un intérprete cuando algún sujeto del proceso no pudiere o no supiere expresarse en castellano, o cuando lo impusiere alguna necesidad especial.
Art. 149.- Domicilio. El presunto contraventor deberá denunciar su domicilio real y fijar el domicilio procesal dentro del radio del Tribunal. Con posterioridad, mantendrá actualizados esos domicilios comunicando al Fiscal o Tribunal interviniente, según el caso, las variaciones que sufrieren.
La falsedad de su domicilio real será considerada como indicio de fuga. Si no constituyere domicilio procesal, se tendrá por tal el que constituya su defensor.
TÍTULO III
Medidas Precautorias
CAPÍTULO I
Facultades de la Autoridad de Prevención
Art. 150.- Facultades de la Autoridad de Prevención. Las autoridades preventoras sólo pueden adoptar medidas precautorias en los siguientes casos:
- Aprehensión, en casos que lo requiera la coacción directa conforme lo establece el artículo siguiente.
- Clausura preventiva, en caso de flagrante contravención que produzca grave e inminente peligro para la salud o seguridad pública.
- Secuestro de bienes susceptibles de comiso.
- Inmovilización y depósito de vehículos motorizados en caso de contravenciones de tránsito en la medida que constituya un peligro para terceros o que obstaculice el normal uso del espacio público.
Art. 151.- Trámite de las medidas precautorias: Las medidas precautorias adoptadas deben ser comunicadas de inmediato al Fiscal. Si este entendiera que fueron mal adoptadas, ordenara se dejen si efecto. En caso contrario, da intervención al Juez para que en forma inmediata resuelva mediante auto si mantiene o revoca la medida adoptada. El presunto contraventor o su defensa podrá solicitar una audiencia.
CAPÍTULO II
Coacción Directa
Art. 152.- Coacción Directa. La autoridad de prevención estará facultada a ejercer excepcionalmente coacción directa para hacer cesar la conducta de flagrante contravención, cuando pese a la advertencia se persista en ella.
Utiliza la fuerza en la medida estrictamente necesaria, adecuada a la resistencia y proporcional con el mal que se quiere hacer cesar.
Art. 153.- Ebrios e Intoxicados. Cuando la persona incursa en una presunta contravención se hallare en estado de embriaguez alcohólica o bajo los efectos de cualquier tóxico, la autoridad debe conducirla, directa e inmediatamente, a un establecimiento asistencial.
CAPÍTULO III
Aprehensión
Art. 154.- Aprehensión. Toda persona aprehendida debe ser informada de las causas de su aprehensión, de los cargos que se le formulen, del Fiscal y el Juez intervinientes y de los derechos que le asisten. Si se trata de una persona con necesidades especiales, que requiere un intérprete especial, debe proporcionársele de inmediato.
Art. 155.- Aprehensión de Extranjeros. Si se tratare de un extranjero que no comprende o que no hable adecuadamente el idioma castellano, inmediatamente debe ponerse a su disposición un intérprete a fin de comunicarle las causas de su detención.
Si el aprehendido fuere una persona extranjera sin residencia en el país, debe informársele además, de su derecho a ponerse en comunicación con la Oficina Consular o la Misión Diplomática del Estado del que sea nacional.
Art. 156.- Consulta al Fiscal e Intervención del Juez. Consultado sin demora el Fiscal, si éste considera que debe cesar la aprehensión, ordenará la inmediata libertad del imputado y dispondrá que sea citado a comparecer en Fiscalía indicando la fecha y hora.
En caso contrario, la persona debe ser conducida directa e inmediatamente ante el Juez a quien corresponde decidir si se mantiene la detención. En caso de mantener la detención el Juez debe realizar la audiencia del artículo 47 dentro del término de dos (2) días.
Art. 157.- Prohibición de Incomunicación. En ningún caso el aprehendido puede permanecer incomunicado. Debe siempre facilitársele las comunicaciones telefónicas conducentes a su defensa y tranquilidad.
Art. 158.- Incumplimiento. Cualquier demora injustificada en el procedimiento establecido en el presente Capítulo se considera falta grave del funcionario responsable.
CAPÍTULO IV
Clausura Preventiva
Art. 159.- Clausura Preventiva. Cuando el Fiscal verifica que la contravención pone en inminente peligro la salud o seguridad pública, puede ordenar la clausura preventiva del lugar, limitándola al ámbito estrictamente necesario, hasta que se reparen las causas que dieron motivo a dicha medida, y sin que ello impida la realización de los trabajos necesarios para la reparación.
La medida es recurrible ante el juez, quien previa vista al Fiscal, debe expedirse dentro de los dos (2) días.
CAPÍTULO V
Registros Domiciliarios
Art. 160.- Inspecciones y Allanamiento. El Juez, a instancia del Fiscal, podrá ordenar allanar domicilios, cuando presuma la existencia en el mismo de elementos probatorios útiles.
Art. 161.- Horarios. Excepciones. No pueden hacerse registros domiciliarios sino desde que sale el sol y hasta que se ponga, salvo que:
- Los registros deban practicarse en edificios o lugares públicos.
- En el lugar se presten tareas en horarios nocturnos.
- Existiere peligro en la demora.
Art. 162.- Formalidades. El Fiscal puede disponer de la fuerza pública, proceder personalmente, o delegar la diligencia en el funcionario que estimare pertinente. En este caso debe confeccionar una orden haciendo constar el día en que se habrá de llevar a cabo la medida, el nombre del funcionario a cargo y la finalidad del registro. Debe fundamentar la orden en todos los casos, bajo pena de nulidad.
Art. 163.- Información. La orden de allanamiento debe ser informada, en el momento de su realización, al propietario, o poseedor, o en su defecto a cualquier persona mayor de edad que se hallare en el lugar, invitándolos a presenciar el Registro.
Art. 164.- Acta. Practicado el registro domiciliario, el Fiscal o el funcionario que intervenga debe extender Acta en la que se consigne el resultado de la diligencia, haciendo constar todas las circunstancias que puedan tener alguna importancia para la causa. El Acta es firmada por todos los que intervengan en la diligencia.
Art. 165.- Elementos Secuestrados. El Fiscal o el funcionario que practique el registro recoge los instrumentos, efectos de la contravención, libros, papeles y demás cosas que hubiere encontrado y que resulten necesarios para la investigación. Estos elementos deben quedar a resguardo en lugar seguro.
TÍTULO IV
Investigación preliminar
CAPÍTULO I
Prevención y Denuncia
Art. 166.- Prevención. La prevención de las contravenciones estará a cargo de la autoridad que ejerza la función de policía de seguridad o auxiliar de la justicia en el ámbito de la Provincia. Deberán realizar inmediatamente los actos urgentes y necesarios para impedir que los hechos cometidos sean llevados a consecuencias ulteriores y asegurar los elementos de prueba que ayuden al esclarecimiento del hecho y a la individualización o aprehensión de los autores y lo informarán al Fiscal inmediatamente después de su primera intervención, continuando la investigación bajo su control y dirección.
Art. 167.- Denuncia. La denuncia por contravención podrá ser recibida por el Fiscal, los auxiliares de Fiscalía o por la autoridad encargada de la prevención.
Art. 168.- Acta Contravencional. Detectada la posible comisión de una contravención se procederá al aseguramiento de los elementos que sirvan para comprobarla y se labrara un Acta por parte del auxiliar de Fiscalía o de la Policía que contendrá:
- El lugar, fecha y hora del acta.
- El lugar, fecha y hora en que presuntamente ocurrió el hecho.
- Una breve relación de los hechos.
- El resultado de las diligencias y elementos probatorios.
- La identificación de los testigos y la transcripción sintética de sus dichos.
- Firma de la autoridad interviniente.
Art. 169.- Identificación y notificación. Una vez identificado, se hará entrega al presunto contraventor de copia del Acta, haciéndole saber la Fiscalía interviniente su derecho a contar con asistencia letrada, a ofrecer prueba que estime corresponder y a declarar.
Si al momento de labrarse el acta del artículo 168 no se acreditase mínimamente la identidad del presunto contraventor podrá ser conducido a la sede de la Fiscalía y demorado por el tiempo mínimo necesario para establecer su identidad que en ningún caso podrá exceder las seis (6) horas. La tarea de identificación deberá llevarse a cabo bajo control directo e inmediato del Ministerio Público Fiscal con noticia al Juez.
Art. 170.- Actuación inicial. La Policía o el Auxiliar de Fiscalía, constatarán el hecho presuntamente contravencional mediante registros de audio y video; cuando dichos medios tecnológicos no estuvieran disponibles, o resultaran insuficientes para reflejar la constatación efectuada, labrarán las respectivas actas; esos antecedentes, junto con toda la evidencia disponible para la acreditación del hecho, serán remitidos sin demora a la fiscalía que dentro de las veinticuatro horas deberá:
- Archivar las actuaciones por no constituir contravención el hecho descripto en el acta.
- Aplicar un criterio de oportunidad.
- Derivar el caso a un medio alternativo de solución de conflictos.
- Requerir juicio.
- Determinar la aplicación de la actuación preliminar prevista para casos complejos.
Art. 171.- Apertura de la investigación por complejidad del caso. Cuando el Fiscal hubiera considerado la necesidad de una investigación para la formulación de la acusación en razón de la complejidad del caso, decretará la apertura de una investigación y reunirá en el plazo de diez días los elementos que sirvan para el esclarecimiento del hecho.
El fiscal practicará las medidas de investigación con un criterio objetivo y llevará a cabo las que le solicite el contraventor.
Art. 172.- Requerimiento de juicio. Cuando de lo actuado en el procedimiento inicial, en cualquiera de sus modalidades surjan elementos suficientes para acreditar la existencia de un hecho contravencional, el Fiscal concretará el requerimiento de juicio. Si no hubiera reunido dichos elementos, dispondrá el archivo de las actuaciones.
Art. 173.- Acuerdos para suspensión del juicio a prueba o para el cumplimiento de una sanción. Cuando el Fiscal formule requerimiento de juicio convocará al presunto contraventor para que acuerde la imposición de una sanción o la suspensión del juicio; de no mediar tal acuerdo remitirá las actuaciones para la realización del juicio.
Art. 174. Efectos. El cumplimiento de la sanción de multa y, en su caso, de las sanciones accesorias acordadas entre el Fiscal y el contraventor, o de las condiciones impuestas para la suspensión de juicio a prueba, determinarán la extinción de la acción y el archivo de las actuaciones.
CAPITULO II
Conclusión de la investigación preliminar en Casos Complejos
Art. 175.- Cuando, en los supuestos previstos en el artículo 171, reúna los elementos suficientes, el Fiscal, mediante decreto fundado, dará por concluida la investigación preliminar, concretando la acusación y remitiendo las actuaciones al Juez.
El requerimiento deberá concretarse en el término de diez (10) días a partir de la notificación al presunto contraventor, haya o no hecho uso de su derecho a declarar. Si resultare insuficiente el Fiscal podrá solicitar fundadamente prórroga al juez interviniente, quien podrá acordarla por otro tanto si juzga justificada su causa o la considera necesaria por la naturaleza de la investigación.
Cuando no reuniere elementos suficientes o advirtiere la irrelevancia contravencional del hecho dispondrá el archivo de las actuaciones, con comunicación al Juez.
Art. 176.- Acuerdos para la suspensión del juicio a prueba o para el cumplimiento de la sanción: Cuando el Fiscal formule requerimiento de juicio convocará al presunto contraventor para que acuerde la imposición de una sanción o la suspensión del juicio; de no mediar tal acuerdo remitirá las actuaciones para la realización del juicio.
CAPITULO III
Suspensión del proceso a prueba
Art. 177.- Suspensión del proceso a prueba. El imputado de una contravención que no registre condena contravencional en el año anterior al hecho, puede acordar con el Ministerio Público Fiscal la suspensión del proceso a prueba sin que ello implique admitir su responsabilidad.
El imputado debe abandonar a favor del Estado los bienes que necesariamente resultarían decomisados en caso que recayere condena.
El acuerdo debe contemplar el compromiso de cumplir, por un lapso que no excederá de seis (6) meses, una o más de las siguientes reglas de conducta:
- Fijar residencia y comunicar a la Fiscalía el cambio de ésta.
- Cumplir con las citaciones o requerimientos que la Fiscalía o el Juzgado hiciere.
- Realizar tareas comunitarias.
- Abstenerse de concurrir a determinados lugares o de tomar contacto con determinadas personas.
- Abstenerse de realizar alguna actividad.
- Abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas.
- Cumplir instrucciones especiales que se le impartan.
Cumplido el compromiso sin que el imputado cometa alguna contravención, se extinguirá la acción. En caso contrario, se continuará con el proceso.
La suspensión del proceso a prueba suspende el curso de la prescripción. También lo suspende la iniciación de un nuevo proceso contravencional, si en éste se dicta sentencia condenatoria.
CAPITULO IV
Juicio
Art. 178.- Recibidas las actuaciones con la acusación, el Juez fijará audiencia de juicio dentro de los dos (2) días en el caso del artículo 24, si mediara clausura u otra medida cautelar. Si no se verificaren tales extremos, la audiencia se fijará entre cinco (5) y diez (10) días.
Art. 179.- El Fiscal deberá ofrecer la prueba al concretar la acusación y el imputado podrá hacerlo hasta tres (3) días antes de la realización del juicio.
Art. 180.- Audiencia de juicio. El juicio será oral y público, sin embargo podrá realizarse a puertas cerradas cuando razones de moralidad u orden público lo aconsejen. Cuando el presunto contraventor no concurra, la audiencia será suspendida y el Juez ordenará su comparencia con el auxilio de la fuerza pública. Obtenida ésta, se realizará una nueva audiencia, se producirá la prueba, se escucharán alegatos y se oirá al presunto contraventor, tras lo cual se dictará sentencia.
Acta. La tramitación del juicio se hará constar en un Acta que contendrá un resumen del debate y la sentencia dictada con la síntesis de sus fundamentos.
Art. 181.- Sentencia. La sentencia será dictada inmediatamente después de cerrado el debate, se hará constar en el Acta y deberá contener:
- La identificación del presunto contraventor.
- La descripción del hecho imputado y su calificación contravencional.
- La prueba valorada conforme a las reglas de la sana crítica racional.
- Las consideraciones de derecho que correspondan.
- La absolución o condena.
- La individualización de la pena con su respectivo fundamento.
En caso de que la sentencia fuere absolutoria; la condena impuesta no fuere de arresto o la condena de arresto se dejare en suspenso, o la pena de arresto impuesta se encontrare cumplida con el arresto preventivo sufrido, se ordenará la inmediata libertad del imputado que se hallare privado de la libertad preventivamente.
Sentencia en supuestos de acuerdo. Cuando se hubiera arribado a un acuerdo entre el Fiscal y el presunto contraventor el Tribunal dictará sentencia de conformidad con las pruebas recogidas durante la etapa de investigación.
Si el Juez estimare que el hecho aceptado en el acuerdo carece de tipicidad o resulta manifiesta la concurrencia de cualquier causal de exención de pena o de su atenuación, dictará la sentencia que estime procedente. En ningún caso la sentencia podrá imponer una pena superior a la que conste en el acuerdo.
Art. 182.- Notificación de sentencia: La sentencia se notificará en el acta referenciada en primer párrafo de artículo 180.
Art. 183.- Juicio Abreviado: La solicitud de juicio abreviado contendrá la confesión circunstanciada de su participación en el hecho descripto. En la requisitoria de remisión de la causa a juicio, el pedido de pena y consecuentemente la conformidad del imputado y su defensor. Para la individualización de la pena en el marco legal el Fiscal habrá tenido en cuenta especialmente la actitud del imputado con la víctima, y su esfuerzo tendiente a la reparación del daño causado.
Art. 184.- Trámite: Instado el procedimiento abreviado, el Tribunal se constituirá con la presencia del Fiscal y las partes, y previo interrogatorio de identificación se ordenará la lectura de la solicitud, hará conocer al presunto contraventor los alcances del acuerdo y le requerirá nuevamente su aceptación.
Si la ratificación no se produjera devolverá la causa para la continuación de su trámite y ordenará la destrucción del incidente que contiene el acuerdo. La tramitación del procedimiento abreviado no podrá ser valorada en ningún sentido, bajo sanción de nulidad, en las instancias procesales ulteriores.
Si el acuerdo fuere ratificado por el presunto contraventor, el Juez oirá al Fiscal. Si el Tribunal no admitiere el acuerdo en razón de la necesidad de un mejor conocimiento de los hechos o su discrepancia fundada con la calificación legal admitida, procederá conforme el párrafo anterior. Caso contrario el Tribunal dictará sentencia notificando al contraventor.
Art. 185.- Condena en suspenso: En los casos de primera condena si el Juez, atendiendo a los antecedentes personales, modo de vida, naturaleza, modalidades y móviles de la contravención, presume que el condenado no volverá a incurrir en una nueva contravención de la misma especie, podrá dejar en suspenso su cumplimiento.
Al suspender la ejecución de la condena el Juez dispone que el condenado cumpla una o más de las reglas de conducta durante un lapso que no puede exceder del allí estipulado, en tanto resulten adecuadas para prevenir la comisión de nuevas contravenciones.
Las reglas de conducta pueden ser modificadas por el Juez según resulte conveniente al caso. Si el condenado no cumple con alguna regla de conducta el Juez puede revocar la suspensión de la ejecución de la condena y el condenado debe cumplir la totalidad de la sanción impuesta.
Si dentro del término de un (1) año de la sentencia condenatoria el condenado no comete una nueva contravención, la condena se tendrá por no pronunciada. En caso contrario, se hará efectiva la primera sentencia, además de la segunda, y el contraventor será considerado como reincidente si reúne los requisitos establecidos por el artículo 9º.
Art. 186.– Eximición de la sanción: El Juez puede eximir mediante sentencia la sanción, siempre que el imputado no registre condena contravencional anterior, cuando exista alguna circunstancia de atenuación, y por ello la sanción mínima a aplicar resulte demasiado severa.
El beneficio de la eximición judicial no rige a los fines de la reincidencia.
CAPÍTULO V
Recursos
Art. 187.- Apelación de la Sentencia: La sentencia será apelable dentro de los cinco (5) días de su notificación, mediante escrito fundado, las actuaciones se elevarán de inmediato al Tribunal de Impugnación.
Art. 188.- El Tribunal de Impugnación pondrá las actuaciones a disposición de las partes por el término de cinco (5) días notificando del proveído, dentro de ese plazo la parte que no apeló podrá contestar por escrito los agravios del apelante. Si procede la nulidad de la sentencia apelada, dicta nueva sentencia con derecho al arreglo.
Art. 189.- Recurso de inconstitucionalidad. Procede al solo efecto de agotar la vía provincial cuando se hubiere expresado un agravio de orden federal. Será competente para conocer y decidir del mismo la Corte de Justicia de la Provincia.
Será interpuesto fundadamente ante el Tribunal que dictó la sentencia de alzada dentro del plazo de 5 (cinco) días de su notificación, quien resolverá sobre la concesión del recurso. Concedido que fuera, notificará a los interesados y elevará de inmediato las actuaciones al superior.
Será competente para conocer y decidir el mismo la Corte de Justicia de la Provincia, resultando aplicable las normas de procedimiento indicadas en el artículo anterior.
Art. 190.- Costas. Las costas del juicio solo se impondrán en caso de condena y consistirán el pago de la tasa de justicia o cualquier otro tributo que se fije por actuación judicial y los honorarios devengados por los abogados, procuradores y peritos.
El Juez fundadamente podrá eximir total o parcialmente de las costas al condenado.”
Art. 16.- Las disposiciones del Libro III del Código Contravencional de la Provincia de Salta, Ley 7135, modificado por la presente Ley, entrarán en vigencia a partir de los seis (6) meses de la promulgación del Poder Ejecutivo Provincial.
Transición. Hasta la entrada en vigencia de esta Ley el Jefe de Policía o su reemplazante legal tendrá a su cargo la resolución de los procesos contravencionales, resultando aplicables las normas recursivas previstas en este Código. Durante ese término las contravenciones previstas bajo sanción de arresto deberán ser puestas en consulta obligatoria del Juez de Garantías que por turno corresponda”.
Art. 17.- Facultase al Poder Ejecutivo Provincial, a elaborar el texto ordenado de la Ley 7135, Código Contravencional de la Provincia conforme las disposiciones contenidas en la presente norma.
Art. 18.- Deroganse los Capítulos III “De las Contravenciones” y IV “De las Contravenciones contra el Ecosistema”, del Título VI “Régimen de Fiscalización, control y sanciones”, de la Ley 7070 y toda otra norma que se oponga a la presente Ley.
Art. 19.- El Poder Ejecutivo de la Provincia queda facultado a prorrogar los plazos de implementación previamente indicados, en razón de circunstancias no previstas al momento de la sanción de la presente Ley.
Art. 20.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
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Expte. Nº 91-35.165/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Créase en el Distrito Judicial Tartagal un Juzgado de Primera Instancia con competencia en lo Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la ciudad de Embarcación, asignándole competencia territorial a los municipios Embarcación, Rivadavia Banda Norte y General Ballivián.
Art. 2°.- No procederá recusación sin expresión de causa respecto al Juez del Juzgado creado en el artículo 1º mientras exista un solo Juzgado de Primera Instancia en la materia Civil, Comercial, Laboral y de Personas y Familia, y de Violencia Familiar y de Género con asiento en la localidad de Embarcación.
En caso de impedimento, inhibición o recusación, los Jueces serán reemplazados por el Fiscal, el Defensor Oficial, el Asesor de Incapaces de Actuación ante el Tribunal o un abogado de la matrícula con domicilio en la jurisdicción sorteado por el Tribunal, siempre siguiendo en ese orden.
Art. 3°.- El Juzgado creado por esta Ley tendrá competencia también como Juez de Garantías con jurisdicción territorial conforme lo dispuesto en el artículo 1º. Será reemplazado en caso de impedimento, inhibición o recusación de la misma manera que los Jueces de Garantías del Distrito Judicial Tartagal.
Art. 4°.- El Ministerio Público de la Defensa asignará por vía reglamentaria a la Defensoría Oficial con asiento en la ciudad de Embarcación creada por Ley 7.829 competencia para la actuación en las materias a cargo del Juzgado creado por la presente.
Art. 5°.- El Ministerio Publico Fiscal asignará mediante vía reglamentaria a la Fiscalía Penal con asiento en la ciudad de Embarcación creada por Ley 7.785, la competencia material necesaria para su actuación ante el Juzgado creado por la presente norma.
Art. 6°.- La Asesoría General de Incapaces dispondrá por vía reglamentaria la actuación de los Asesores Generales de Incapaces correspondientes al Distrito Judicial Tartagal, con asiento en dicha ciudad, la actuación ante el Juzgado creado en la ciudad de Embarcación.
Art. 7°.- La Corte de Justicia y el Colegio de Gobierno del Ministerio Público, en el ámbito de su competencia, resolverán sobre los aspectos de organización interna, derivada de la instalación de los nuevos tribunales, fiscalías, defensorías y asesorías, como así también del número de secretarios y prosecretarios letrados y la designación del personal necesario.
Art. 8°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
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Expte. Nº 90-23.764/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Prevención, diagnóstico, tratamiento, asistencia integral, rehabilitación e investigación sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y las Hepatitis Virales
Artículo 1º – Declárase de interés provincial la prevención, diagnóstico, tratamiento, asistencia integral, rehabilitación e investigación sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA), las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS) y las Hepatitis Virales, incluyendo la de sus patologías derivadas, como así también las medidas tendientes a evitar su propagación.
Asimismo, declárase de interés provincial la prevención y detección temprana de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales en la mujer embarazada y establécese el carácter prioritario de la prevención de la transmisión perinatal o vertical.
Art. 2°.- Son objetivos básicos de las acciones de abordaje de dichas infecciones:
- Garantizar e implementar políticas públicas de prevención de estas enfermedades en los ámbitos público y privado.
- Lograr que el diagnóstico y los tratamientos sean brindados en forma temprana para reducir las infecciones.
- Asegurar que todos los niveles educativos, sanitarios y sociales accedan a la información sobre prevención y control de estas infecciones.
- Actualizar permanentemente el estado de situación de la transmisión vertical o perinatal de la provincia, para mejorar la calidad de los circuitos de atención en esta instancia y fortalecer la unificación de los sistemas de vigilancia.
- Promover, a través de medidas de acción positiva, la calidad de vida, la inclusión, permanencia y articulación de redes de personas que vivan o estén afectadas por VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales como un mecanismo para eliminar las prácticas discriminatorias y de exclusión.
- Garantizar el acceso y adecuado funcionamiento del circuito de prevención, diagnóstico, registro, tratamiento, atención integral, vigilancia epidemiológica, asesoría y consejería, especialmente de la población más vulnerable.
- Integrar la alimentación y nutrición adecuadas en los programas dirigidos a las personas afectadas por estas enfermedades para mejorar su sistema inmunológico.
- Garantizar el acceso y la disponibilidad de todo tipo de servicios de protección y seguridad social, en los ámbitos público y privado, para las personas que viven o son afectadas por estas infecciones y que se encuentran en situación de vulnerabilidad.
- Promover la investigación permanente, interdisciplinaria e intersectorial en todos los niveles de complejidad, relacionada con los aspectos científicos, epidemiológicos, clínicos, sociales y culturales.
- Toda otra acción que garantice la calidad de vida de las personas afectadas o en situación de vulnerabilidad.
Art. 3º.- Son objetivos específicos de la prevención de la transmisión vertical del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH/SIDA):
- Disminuir la trasmisión de la infección de una mujer embarazada a su hijo tanto en la etapa prenatal como posnatal.
- Evitar la morbi-mortalidad precoz materno-infantil.
- Reducir el impacto psicobiosocial del VIH/SIDA en las familias y en particular en las mujeres.
- Permitir a las mujeres embarazadas y puérperas seropositivas sumar mayor esperanza de vida mediante tratamientos adecuados.
- Reforzar la prevención como una actividad integrada al quehacer diario del equipo sanitario.
Art. 4º.- La Autoridad de Aplicación de la presente Ley será el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, a través del Programa de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales o el organismo que en el futuro lo reemplace, el cual estará integrado por profesionales de idoneidad fehacientemente comprobada y será referente de las acciones realizadas.
Art. 5º.- Son funciones de la Autoridad de Aplicación:
- Formular, planificar, coordinar, ejecutar y controlar las políticas de prevención y control de las infecciones de conformidad con los objetivos establecidos en la presente Ley.
- Integrar los sistemas de información y vigilancia epidemiológica con otras áreas de salud, para disponer de información de mayor calidad sobre los casos de VIH/SIDA, ITS, Hepatitis Virales y de transmisión vertical.
- Consensuar estrategias de acción basadas en la realidad y tendencias con las distintas áreas operativas provinciales y nacionales y Organismos No gubernamentales (ONG).
- Asegurar el acceso universal al diagnóstico, asesoramiento y tratamiento oportuno de VIH, ITS y Hepatitis Virales, dentro de los requisitos de máxima calidad y seguridad y en el marco de confidencialidad del resultado.
- Integrar la asistencia de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales en la estrategia de Atención Primaria de la Salud, a través de los agentes sanitarios y los Centros de Salud, como así también la atención ambulatoria, domiciliaria y de emergencia.
- Determinar en los hospitales públicos de las distintas modalidades y Áreas Operativas, de acuerdo a su grado de complejidad y al ámbito territorial a cubrir, servicios especiales destinados a cumplimentar la continuación de los tratamientos vitales que deben realizar los pacientes en los lugares más cercanos a su domicilio real.
- Coordinar con los organismos pertinentes la instrumentación de planes de alimentación y nutrición para que los pacientes tengan acceso a la dieta requerida.
- Fortalecer las estrategias de los circuitos de diagnóstico pediátrico, para facilitar un análisis completo y oportuno en los niños y adolescentes expuestos e infectados por transmisión perinatal o por otras vías.
- Capacitar en forma continua al equipo de salud en los diferentes niveles de atención acerca del manejo de la transmisión vertical del VIH/SIDA, y de las medidas de bioseguridad necesarias para evitar la trasmisión.
- Capacitar a equipos interdisciplinarios en las especificidades del abordaje de los adolescentes con VIH.
- Promover la capacitación de recursos humanos y propender al desarrollo de actividades de investigación, coordinando sus actividades con otros organismos públicos y privados, nacionales, provinciales o municipales e internacionales.
- Fortalecer la conexión de los sistemas informáticos de los laboratorios prestadores para mejorar la gestión de la información, la planificación y seguimiento.
- Articular mecanismos socioculturales con alcances preventivos, con los sectores gubernamentales de educación, cultura, justicia, derechos humanos, trabajo, acción social, entre otros, para reducir el estigma y la discriminación.
- Fortalecer las intervenciones de prevención, tratamiento, atención y apoyo en las zonas rurales y en las poblaciones migrantes.
- Intensificar campañas de divulgación en los medios masivos de información y capacitar periodistas y estudiantes de comunicación sobre cómo mejorar las coberturas de temas vinculados al VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales.
- Todas las acciones que garanticen los derechos de atención integral de las personas afectadas.
Art. 6°.- Todo profesional de salud debe ofrecer las pruebas diagnósticas de HIV/SIDA, ITS y Hepatitis Virales –voluntarias, confidenciales y gratuitas-, para la detección de las infecciones. Dichas serologías, excepto las de VIH, se podrán realizar con solicitud médica.
La edad para realizar las pruebas a una persona VIH con consentimiento, posterior a una consejería pre test, será a partir de los trece (13) años.
Es obligación del profesional tratante ofrecer el testeo de VIH, Sífilis y Hepatitis, a la mujer embarazada y su pareja, como parte del control prenatal de rutina durante el embarazo y el parto, como así también a las puérperas que no controlaron su embarazo, previo al alta, para prevenir la transmisión vertical o perinatal. De la misma manera, deberá evaluar el uso de protocolos para la adecuada utilización de pruebas rápidas de diagnóstico en caso de atención tardía del control prenatal de las embarazadas. Para ello requerirá el consentimiento expreso y previamente informado de las embarazadas para realizar el test diagnóstico, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nacional Nº 25.543.
Art. 7°.- Inclúyese en el grupo de enfermedades de denuncia obligatoria, ante el organismo de aplicación, a la infección producida por el HIV/SIDA, ITS y Hepatitis Virales.
Art. 8°.- Son prestaciones obligatorias del Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) la cobertura integral del ciento por ciento (100%) de las pruebas diagnósticas para la detección de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales y el testeo a la mujer embarazada y su pareja, tanto pre y posnatal; de los tratamientos médicos, psicológicos y farmacológicos, de las personas infectadas por algunos de los retrovirus humanos y los que padecen el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA) y/o las enfermedades intercurrentes; de las prestaciones de prevención de estas infecciones, de acuerdo a los protocolos vigentes; y de las dietas alimentarias en todas las fases de la infección, incluidas las fuentes nutricionales alternativas para el lactante.
Art. 9°.- Las personas que carecieran de cobertura de obra social, serán atendidas por el Estado Provincial en las prestaciones a que se refiere el artículo anterior. El Poder Ejecutivo podrá celebrar los convenios necesarios con organismos gubernamentales y no gubernamentales municipales, provinciales, nacionales o internacionales, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto.
En especial, el Ministerio de Salud Pública deberá obtener, mantener en existencia y suministrar a los pacientes los medicamentos antirretrovirales específicos para el tratamiento del VIH/SIDA.
Art. 10.- El Estado Provincial garantizará el uso gratuito de los servicios de transporte público de pasajeros sometidos a jurisdicción provincial a las personas que viven o estén afectadas por VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales, que concurran a establecimientos asistenciales por razones debidamente acreditadas, cualquiera sea el trayecto y el horario. La franquicia debe extenderse a un acompañante en caso de necesidad documentada. La reglamentación determinará los requisitos y procedimientos que se deberán cumplimentar para acceder al mencionado beneficio.
Art. 11.- El Instituto Provincial de Vivienda (IPV) garantizará a las personas que viven o estén afectadas por VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales, la preferencia para la adquisición de una adecuada unidad habitacional o la adaptación de su vivienda acorde a las exigencias de su condición, conforme a los criterios y lineamientos que establezca la reglamentación.
Art. 12.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia, en el marco de la Ley 7.546 de Educación de la Provincia, desarrollará acciones y estrategias pedagógicas que permitan a las personas a que se refiere la presente Ley, cumplir con la obligatoriedad escolar.
Asimismo, incorporará en los diseños curriculares de los diferentes niveles y modalidades educativas, contenidos relacionados con VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales.
Art. 13.- Las personas que viven o están afectadas por VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales, tienen derecho al trabajo, cualquiera sea el mecanismo o modalidad de contratación, sin discriminación y en condiciones de igualdad.
Art. 14.- Los empleadores concederán los permisos que sean necesarios a las personas que viven o están afectadas por VIH/SIDA,ITS y Hepatitis Virales, con el fin de que acudan regular y oportunamente a los controles y exámenes médicos, y a recibir los medicamentos necesarios para el tratamiento.
Art. 15.- Las disposiciones de la presente Ley y de las normas complementarias que se establezcan, deberán aplicarse dentro del marco ético y de reserva de identidad que la dignidad de las personas impone.
Art. 16.- Los actos u omisiones que impliquen trasgresión a las normas de esta Ley y a las reglamentaciones que se dicten en consecuencia, serán consideradas faltas administrativas, sin perjuicio de cualquier otra responsabilidad civil, penal o deontológico en que pudieran incurrir los infractores.
Art. 17.- Los infractores serán sancionados por la autoridad de aplicación con:
- Multa, graduables entre uno (1) y mil (1.000) Unidades.
- Inhabilitación en el ejercicio profesional de un mes a cinco años.
- Clausura total o parcial, temporaria o definitiva, del consultorio, centro médico-asistencial, público o privado, o cualquier otro establecimiento sanitario donde actuaren las personas que hayan cometido la infracción.
Las sanciones establecidas podrán aplicarse independiente o conjuntamente de acuerdo a la gravedad y/o reincidencia de la infracción.
En caso de reincidencia, se podrá incrementar hasta el décuplo de la sanción aplicada.
Art. 18.- Se considera reincidente a quien, habiendo sido sancionado, incurra en una nueva infracción dentro del término de cuatro (4) años desde la fecha en que haya quedado firme la sanción anterior.
La Autoridad de Aplicación habilitará un registro de infractores, cuyos datos serán tenidos en cuenta para la aplicación de sanciones correspondientes en caso de reincidencia.
Art. 19.- La reglamentación determinará el valor a que equivale una Unidad a que se refiere el art. 17.
Art. 20.- El monto recaudado en concepto de multas ingresará al Programa de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales y deberá utilizarse exclusivamente en erogaciones que propendan al logro de los objetivos indicados en el artículo 2º y 3°.
Art. 21.- La falta de pago de las multas aplicadas hará exigibles su cobro por ejecución fiscal, constituyendo suficiente título ejecutivo el testimonio autenticado de la resolución condenatoria firme.
Art. 22.- Las infracciones a esta Ley serán sancionadas por la Autoridad de Aplicación previo sumario, con audiencia de prueba y defensa a los imputados.
Art. 23.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 24.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su publicación.
Art. 25.- Derógase la Ley 6.660 y cualquier otra norma que se oponga a la presente.
Art. 26.- Norma complementaria. El Programa creado por el artículo 2° de la Ley 6.660, pasa a denominarse: “Programa de VIH/SIDA, ITS y Hepatitis Virales” a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Art. 27.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
5
Expte. Nº 90-24.541/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Art. 1°.- Establécese el 2 de abril de cada año como Día Provincial de Concientización sobre el Autismo, en consonancia con el Día Mundial de Concienciación sobre el Autismo, establecido por la Resolución 62/139 de las Naciones Unidas.
Art. 2°.- El Ministerio de Salud Pública, con la participación de organizaciones no gubernamentales relacionadas con la materia, desarrollará, todos los 2 de abril de cada año, campañas de concientización con el fin de orientar y fomentar la comprensión social, incluso a nivel familiar, sobre los Trastornos del Espectro Autista (TEA).
Art. 3°.- El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología implementará, en el Calendario Escolar de los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades, la realización de actividades alusivas sobre los Trastornos del Espectro Autista (TEA) y sobre la necesidad de la completa inclusión de las personas que presentan Trastornos del Espectro Autista (TEA) en los diferentes niveles educativos.
Art. 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, ejercicio vigente.
Art. 5°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
6
Expte. Nº 91-34.796/15
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONAN CON FUERZA DE
L E Y
Artículo 1°.- Adhiérese la provincia de Salta, en todos sus términos, a la Ley Nacional N° 27.130 de Prevención del Suicidio.
Art. 2°.- El Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS) debe brindar a sus afiliados cobertura asistencial para las personas que hayan sido víctimas de intento de suicidio y a sus familias, como así también a las familias de víctimas de suicidio, que comprende la detección, el seguimiento y el tratamiento de acuerdo a lo establecido por la Autoridad de Aplicación.
Art. 3°.- Las personas que carecieran de cobertura de obra social, serán atendidas por el Estado Provincial en las prestaciones a que se refiere el artículo anterior. El Poder Ejecutivo podrá celebrar los convenios necesarios con organismos gubernamentales y no gubernamentales municipales, provinciales, nacionales o internacionales, a fin de dar cumplimiento con lo dispuesto.
Art. 4°.- Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud Pública de la Provincia.
Art. 5°.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
7
Expte. Nº 90-23.985/15
Autores del proyecto: señores Senadores: Roberto Gramaglia, Manuel Luque, Pedro Liverato, Ernesto Gómez, Lino Flores, Héctor Mamaní, Alfredo Jorge, Silvina Abilés, Guzmán Viveros, Rubén Lávaque, Mashur Lapad y Jorge Soto.
Resolución Nº 240
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Crear la Comisión Especial para Homenajear por su labor social, cultural, política, humanitaria, técnica y/o científica a Personas y/o Instituciones destacadas, que por su actuación hayan logrado una significativa contribución al progreso social y a la construcción de la identidad de la Provincia de Salta.
Así también para otorgar Distinciones y Reconocimientos por servicios de gran importancia prestados a la Provincia, concedidos por norma legislativa, a personalidades consagradas al estudio, por su profesión u oficio y por aportes elevados en beneficio de la provincia de Salta.
Art. 2º.- La Comisión, creada por el artículo 1º, estará integrada por siete (7) señores Senadores.
Art. 3º.- Compete a la Comisión Especial, dictaminar:
1.- Sobre la consideración de propuestas para la realización de homenajes a personalidades y/o instituciones destacadas.
2.- Sobre organización y divulgación de los homenajes a celebrar.
3.- Sobre la consideración de propuestas para las Distinciones, la Comisión podrá dictaminar sobre las siguientes formas:
a) Visitante Distinguido de la Cámara;
b) Huésped de Honor;
c) Ciudadano/a Ilustre;
d) Personalidad Destacada;
e) Diploma o Medalla al Mérito;
f) Diploma de Honor al Valor o Arrojo.
4.- Mediante el Reconocimiento, se honrará a personalidades eximias o fallecidas, que han prestado servicios extraordinarios a la Provincia, a la Nación o a la Humanidad o hayan tenido una trayectoria singular en su gestión privada o pública que merezca el recuerdo imperecedero de la ciudadanía salteña.
5.- Sobre Declaración de Interés: La Cámara podrá mediante resolución y empleando la forma de “DECLARACIÓN DE INTERÉS DE LA CÁMARA” (político, institucional, científico, cultural, educativo, legislativo, deportivo, recreativo, turístico, obras literarias, artísticas, musicales, entre otros), toda propuesta presentada, a favor de un acontecimiento, foro, conferencia, jornada, certamen, que tenga lugar en la Provincia y que por su importancia o trascendencia merezca ser destacado por este Cuerpo Legislativo.
La Comisión realizará un estudio y análisis de la labor desarrollada o de los servicios prestados, recopilando los datos y antecedentes pertinentes, a los fines de dejar constancia de los motivos y razones por los que se procedió a realizar el respectivo homenaje, distinción, reconocimiento o declaración de interés.
Art. 4º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
8
Expte. Nº 90-24.604/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 241
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, las actividades que se desarrollarán del 16 al 20 de noviembre por la “SEMANA DE LA KINESIOLOGÍA 2015”; organizado por el Colegio de Kinesiólogos de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
9
Expte. Nº 90-24.608/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 242
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el Curso de “EXCEL MACROS”, a realizarse los días 17 y 18 de noviembre del corriente año; organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
10
Expte. Nº 90-24.605/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 243
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de la Provincia, el “IV ENCUENTRO DE PSICÓLOGOS FORENSES DEL NOA“; a realizarse los días 25 y 26 de noviembre del corriente año. Organizado por la Escuela de la Magistratura y Servicio de Psicología del Poder Judicial de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
11
Expte. Nº 90-24.607/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 244
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de laProvincia, el Curso de “ESCUELA DE INVERSION”; a realizarse desde noviembre al 11 de diciembre del corriente año. Organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
12
Expte. Nº 90-24.609/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 245
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de laProvincia, el Curso de “NOVEDADES EN LA ACTUALIDAD AGROPECUARIA”; a realizarse el día 20 de noviembre del corriente año; organizado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
13
Expte. Nº 90-24.610/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Resolución Nº 246
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara de Senadores de laProvincia, el Curso de “MEDIACIÓN EN ORGANIZACIONES DE LA SALUD”; a realizarse los días 9; 10 y 11 de diciembre del corriente año; organizado por la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de Salta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
14
Expte. Nº 90-24.611/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Ángel Gómez
Resolución Nº 247
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a la “Virgen del Valle”, a realizarse el día 8 de diciembre del corriente año en la localidad de Nuestra Señora de Talavera, Jurisdicción Municipio de El Quebrachal, departamento Anta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
15
Expte. Nº 90-24.612/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Ángel Gómez
Resolución Nº 248
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara la celebración de los actos y festejos de la Fiesta Patronal en honor a la “Virgen del Valle”, a realizarse el día 8 de diciembre del corriente año en la localidad de Río del Valle, Municipio de Las Lajitas, Departamento Anta.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
16
Expte. Nº 90-24.62015
Autor del proyecto: señor Senador Miguel Nanni Valero
Resolución Nº 249
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, la Segunda Edición del Festival de Sonidos del Vino que se realizará en la localidad de Cafayate el día sábado 14 de noviembre del corriente año, promovida por la Bodega Piattelli que tiene como objetivo constituir un novedoso espacio para la promoción y difusión de la producción de la zona como así también la celebración de las costumbres, la cultura y la gastronomía local.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
17
Resolución Nº 250
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Ceremonial, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros 144 y 145/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y ARCHIVAR.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
18
Resolución Nº 251
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Movimiento de Personal, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros 147, 148, 153, 154 y 155/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y ARCHIVAR.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
19
Resolución Nº 252
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo actuado en materia de Descentralización, mediante la Resolución de Presidencia Nº 149/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y ARCHIVAR.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
20
Resolución Nº 253
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo autorizado en materia de Transferencia, mediante las Resoluciones de Presidencia Nros 150, 151 y 152/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
21
Resolución Nº 254
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
R E S U E L V E
Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante la Resolución de Presidencia Nº 156/15.
Art. 2º.- Registrar, Comunicar y ARCHIVAR.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
22
Expte. Nº 90-24.527/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Gerardo Guanca
Declaración Nº 683
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la refacción y ampliación del edificio donde funciona la Sub-Comisaría de Guachipas, adecuado a las necesidades y requerimientos actuales.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
23
Expte. Nº 90-24.528/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Gerardo Guanca
Declaración Nº 684
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, el programa de mejoramiento y/o refacción de viviendas rurales, en el departamento Guachipas.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
24
Expte. Nº 90-24.529/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Gerardo Guanca
Declaración Nº 685
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la provisión de agua potable al Paraje Santa Bárbara del departamento Guachipas.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
25
Expte. Nº 90-24.530/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Gerardo Guanca
Declaración Nº 686
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de un Parador y Baños Públicos en el paraje “Los Sauces” del departamento Guachipas.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
26
Expte. Nº 90-24.542/15
Autor del proyecto: señor Senador Lino Andrés Flores
Declaración Nº 687
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la señalización de la Ruta Provincial N° 7, del Municipio de Santa Victoria Oeste.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
27
Expte. Nº 90-24.543/15
Autor del proyecto: señor Senador Lino Andrés Flores
Declaración Nº 688
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de cuatro (4) viviendas destinadas a los médicos del Hospital “Juan Carlos Dávalos”, Área Operativa Nº V, del municipio de Santa Victoria Oeste.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
28
Expte. Nº 90-24.544/15
Autor del proyecto: señor Senador Lino Andrés Flores
Declaración Nº 689
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos que correspondan, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de las siguientes obras del municipio de Nazareno, departamento de Santa Victoria.
Infraestructura
- Construcción camino carretero para acceso a Escuela y Puesto de Salud San Marcos de Trigo Huaico (tres kilómetros).
- Construcción camino carretero para acceso a Escuela y Puesto de Salud de Bacoya (seis kilómetros).
- Empedrado calle principal de acceso a Poscaya, 10 cuadras.
- Construcción de puesto carretero Río Capilla Nazareno. 100 metros.
- Construcción de complejo polideportivo en Nazareno.
- Ampliación de planta de agua y red en Nazareno.
- Construcción camino carretero para acceso a Escuela y Puesto de Salud en El Milagro (seis kilómetros).
- Canalización de Agua y construcción de una cisterna en el Molino.
Salud
- Construcción de Puesto Sanitario Campo La Cruz.
- Refacción de piso del Hospital de Nazareno.
- Cambio de instalación eléctrica en Hospital de Nazareno.
- Refacción de Puesto Sanitario.
Educación
- Construcción del Colegio de Poscaya.
- Construcción de Escuela Primaria Anexo en Nazareno.
- Construcción playón deportivo Santa Cruz del Aguilar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
29
Expte. Nº 90-24.549/15
Autor del proyecto: señor Senador Luis Francisco D’Andrea
Declaración Nº 690
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plande Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la elaboración y ejecución de un proyecto de ampliación del edificio de la Escuela Educación Técnica N° 3.116, donde funciona además el Instituto Superior Formación Docente N° 6.012 de la localidad de El Carril.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
30
Expte. Nº 90-24.550/15
Autor del proyecto: señor Senador Luis Francisco D’Andrea
Declaración Nº 691
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de un edificio para el funcionamiento de la E.E.T. N° 3.161 de Chicoana.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
31
Expte. Nº 90-24.559/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 692
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de la Red Cloacal para el Barrio 1º de Mayo de la ciudad de General Güemes.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
32
Expte. Nº 90-24.560/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 693
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de un edificio destinado al funcionamiento del Hogar de Ancianos de la ciudad de General Güemes.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
33
Expte. Nº 90-24.561/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 694
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de cien viviendas para el municipio de Campo Santo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
34
Expte. Nº 90-24.562/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 695
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de cien viviendas para el municipio de El Bordo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
35
Expte. Nº 90-24.563/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 696
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, incorpore al Plan de Obras del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2016, la construcción de 200 viviendas para el Municipio de General Güemes.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
36
Expte. Nº 90-24.564/15
Autora del proyecto: señora Senadora María Silvina Abilés
Declaración Nº 697
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia, concrete la ejecución de las defensas del río que atraviesa el paraje de Yacones, La Caldera.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
37
Expte. Nº 90-24.565/15
Autora del proyecto: señora Senadora María Silvina Abilés
Declaración Nº 698
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos de la Provincia, concrete la ejecución de las defensas del río Caldera, en el tramo del paraje La Calderilla, departamento La Caldera.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
38
Expte. Nº 90-24.566/15
Autora del proyecto: señora Senadora María Silvina Abilés
Declaración Nº 699
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área que corresponda lleve adelante las gestiones ante el Ministerio de Planificación Federal, Secretaría de Obras Públicas, Dirección Nacional de Vialidad para concretar la ejecución de las obras necesarias para dotar de un camino alternativo a la Ruta Nacional Nº 9 que une los municipios de Salta, Vaqueros y La Caldera.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
39
Expte. Nº 90-24.601/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 700
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Seguridad, a través de la Policía de la provincia de Salta, División de Seguridad Vial, arbitren los medios necesarios a fin de crear un puesto caminero fijo en la intersección de las Rutas Provinciales Nros. 8 y 112, departamento de General Güemes, a fin de colaborar en la tarea que vienen desarrollando fuerzas nacionales (Gendarmería y Policía Federal) en la Lucha contra el Narcotráfico y Trata de Personas.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
40
Expte. Nº 90-24.602/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 701
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitren los medios necesarios a fin de que se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un plaza en el Barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes, departamento de General Güemes.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
41
Expte. Nº 90-24.603/15
Autor del proyecto: señor Senador Rubén Lávaque
Declaración Nº 702
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitren los medios necesarios a fin de que se incluya en el Presupuesto General de la Provincia año 2016, la construcción de un playón deportivo para el Barrio 1º de Mayo de la localidad de General Güemes, departamento de General Güemes.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
42
Expte. Nº 90-24.606/15
Autor del proyecto: señor Senador Pablo Damián González
Declaración Nº 703
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial, el “IV ENCUENTRO DE PSICÓLOGOS FORENSES DEL NOA“. A realizarse los días 25 y 26 de noviembre del corriente año. Organizado por la Escuela de la Magistratura y Servicio de Psicología del Poder Judicial de Salta.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
43
Expte. Nº 90-24.613/15
Autor del proyecto: señor Senador Lino Andrés Flores
Declaración Nº 704
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable y el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitre los mecanismos necesarios para la compra de un camión de recolección de residuos, para el municipio de Santa Victoria Oeste. Que se incluya en el Presupuesto vigente año 2016.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
44
Expte. Nº 90-24.614/15
Autores del proyecto: señores Senadores Américo Liendro y Miguel Nanni Valero
Declaración Nº 705
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial y los Legisladores Nacionales por Salta realicen las acciones pertinentes ante el Poder Ejecutivo Nacional para que la política de subsidios al gas domiciliario se realice de manera equilibrada y equitativa y que esto evite un incremento que perjudique a los sectores más vulnerables de la sociedad.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
45
Expte. Nº 90-24.617/15
Autora del proyecto: señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano
Declaración Nº 706
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios, incorpore al Presupuesto 2016 las partidas necesarias para la canalización de calle Alberdi al 1200 (entre calles Buenos Aires e Independencia) del Barrio San Antonio del departamento Capital.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
46
Expte. Nº 90-24.548/15
Autor del proyecto: señor Senador Luis Francisco D’Andrea
Declaración Nº 707
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de Gastos de la Provincia, Ejercicio 2016, la creación y construcción de un Centro Cultural y de Capacitación, en la localidad de Chicoana, departamento del mismo nombre.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
47
Expte. Nº 90-24.588/15
Autor del proyecto: señor Senador Américo Liendro
Declaración Nº 708
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial incorpore en el Plan de Obras Públicas del proyecto de Ley de Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2016, la obra de refacción y ampliación edilicia de la Comisaría de Policía Nº 61 de la localidad de Cachi, en el departamento homónimo.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
48
Expte. Nº 90-24.616/15
Autores del proyecto: señores Legisladores: Senador Roberto Enrique Gramaglia y Diputado Emanuel Sierra
Declaración Nº 709
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y demás áreas que pudieren corresponder, disponga las medidas necesarias que posibiliten la adquisición del espacio físico pertinente, que permita llevar adelante las ampliaciones requeridas en el edificio que ocupa actualmente la Escuela de Educación Técnica Nº 3.110 de la ciudad de San José de Metán.
FUNDAMENTOS
La comunidad educativa de la Escuela de Educación Técnica Nº 3.110 de la ciudad de San José de Metán, a través de sus directivos, con el acompañamiento de las autoridades comunales y legisladores, vienen tramitando desde el año 2008 una serie de acciones para que se adquiera el predio identificado como Matrícula Nº 891, ubicado en la calle San Martín Nº 171 y 173 de dicha ciudad.
De la última visita efectuada a dicha institución educativa es imperiosa la necesidad de que el Gobierno de la Provincia disponga la adquisición de dicho dominio ya que el actual inmueble, que alberga a 600 alumnos, de los cuales 210 alumnos están en jornada completa, es antiguo sin ninguna posibilidad de nuevas ampliaciones ya que correría el riesgo de derrumbarse.
Se acompaña copia de la solicitud realizada por los Directivos del establecimiento antes mencionado.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
49
Expte. Nº 90-24.621/15
Autor del proyecto: señor Senador Miguel Nanni
Declaración Nº 710
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos incorpore en el Plan de Obras Públicas del Proyecto de Ley de Presupuesto 2016 las siguientes obras para la localidad de Cafayate:
- Concreción de mejoras edilicias y estructurales en el Complejo Deportivo de Cafayate que posibiliten las adecuadas prácticas de las diferentes disciplinas.
- Construcción de una nueva pasarela-puente en el sector del Río Colorado de la localidad de Cafayate.
- Implementación de una plaza en el sector de asentamiento contiguo a los módulos habitacionales con juegos de recreación.
- Instalación de aparatos de ejercicios físicos en la Plazoleta Güemes.
- Construcción de 100 (cien) viviendas.
- Expansión del tendido de Red de Agua Potable para la localidad de Tolombón.
- Construcción de un pozo para la provisión de agua potable para el sector denominado Banda de Arriba.
- Pavimentación, repavimentación y adoquinado para las siguientes calles de Cafayate: Monseñor Diego Pedraza hasta los Módulos (al quedar como calle principal, por ser acceso al hospital, calle doble mano). Vicario Toscano, desde el Cementerio hasta el Barrio Los Paraísos y Barrio Mirador.
- Construcción de la Ruta Provincial Nº 162 que une la Ruta Nacional Nº 68 con la Ruta Provincial Nº 6, entre los Parajes Santa Bárbara y Las Bolsitas con una extensión de 60 km y conforme a los estudios realizados por la Dirección de Vialidad de Salta, atento a que dicha obra fue aprobada mediante Ley Provincial Nº 6399/86.
- Refacción y remodelación de las escuelas de Cafayate de acuerdo al siguiente detalle:
Escuela Nicolás Avellaneda:
- Construcción de 4 (cuatro) aulas nuevas para el Nivel Primario.
- Construcción de Cocina y Comedor.
- Construcción de un salón de actividades infantiles. Construcción de un salón de biblioteca.
Escuela Normal Nº 5.096:
- Construcción de un aula para el funcionamiento de la Biblioteca.
- Techado del patio.
- Reparación y reemplazo del piso de espacios libres de la institución.
- Construcción de seis (6) nuevas aulas.
- Construcción de tres (3) oficinas administrativas para la gestión del Nivel Terciario.
Instituto de Enseñanza Superior Nº 6.009:
- Construcción de oficinas para la Dirección del establecimiento y trámites administrativos.
- Construcción de una cocina y un playón deportivo para la Asociación de Padres y Amigos del Discapacitado (APADI) en Cafayate.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
50
Expte. Nº 90-24.618/15
Autor del proyecto: señor Senador Américo Liendro
Declaración Nº 711
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Seguridad, Ministerio de Gobierno y área de Defensa Civil y en coordinación con los diferentes municipios, avancen en el diseño e implementación de un programa de apoyo que permitan dotar a los mismos de partidas presupuestarias y/o elementos, herramientas y vehículos, (motobombas u otros) apropiados para la articulación de un sistema de contención de riesgo para combatir incendios urbanos habida cuenta que muchas jurisdicciones no disponen de estos instrumentos y en muchos casos las consecuencias no solo son las pérdidas materiales, sino además la vida de las personas del lugar.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
51
Expte. Nº 90-24.619/15
Autor del proyecto: señor Senador Ernesto Gerardo Guanca
Declaración Nº 712
LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA
D E C L A R A
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, arbitren los medios necesarios a fin de que se efectúe la ampliación del edificio donde funciona la Municipalidad de Guachipas, como así también la construcción de un edificio destinado para el funcionamiento del Concejo Deliberante del mencionado Municipio.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los doce días del mes de noviembre del año dos mil quince.
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[2]Resoluciones publicadas en Apéndice punto 8 a 15
[4]Declaración publicada en Apéndice punto 48
* Texto de la ley publicado en Apéndice punto 2
* Texto de la ley publicado en Apéndice punto 4
* Texto de la Ley publicado en Apéndice punto 5
[5]Declaraciones publicadas en Apéndice punto 22 al 25