Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2014

17/12/2014

17 de Diciembre de 2014

30ª Reunión – 30ª Sesión Ordinaria

Presidencia de los señores Senadores MANUEL HÉCTOR LUQUE

                                                              LUIS FRANCISCO D’ANDREA

Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU

Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOS

 

 

SENADORES PRESENTES:

ABILÉS, María Silvina

CERRANO, Gabriela Angelina

CRUZ, Walter Hernán

D’ANDREA, Luis Francisco

FLORES, Lino Andrés

GÓMEZ, Ernesto Ángel

GONZÁLEZ, Pablo Damián

GRAMAGLIA, Roberto Enrique

GUANCA, Ernesto Gerardo

JORGE, Alfredo

LAVAQUE, Rubén Walter

LIENDRO, Américo

LIVERATO, Pedro

LUQUE, Héctor Manuel

MAMANÍ, Héctor Edgar

NANNI VALERO, Miguel

NOLASCO, Dani Raúl

PASTRANA, María Antonia

PAYO, Santiago José

SOTO, Jorge Pablo

VIVEROS, Guzmán

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

LAPAD, Mashur

ZENTENO, Sergio Ramón

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………..

2. Versión Taquigráfica ………………………………………………………………..

3. Asuntos Entrados:

I. Comunicaciones Oficiales………………………………

II. Dictámenes de Comisiones. ………………………….

III. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-23.559/14. Del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia: viendo con agrado la realización de defensas y encauzamientos de los ríos de las Conchas, Metán y Yatasto, municipio San José de Metán…………………………………………………….

2. Expte. Nº 90-23.560/14. De los señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia y Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la provisión de herramientas para los alumnos que cursen los últimos años de las especialidades Bachillerato en Informática, Construcciones y Electromecánica……………….

4. Homenajes……………………………………………………………………………..

5. Asuntos Ingresados durante la sesión:

II. Dictámenes de Comisiones……………………………

6. Moción…………………………………………………………………………………..

7. Expte. Nº 90-23.559/14. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Roberto Enrique Gramaglia, viendo con agrado la realización de defensas y encauzamientos de los ríos de las Conchas, Metán y Yatasto, del municipio de San José de Metán. Se aprueba….

8. Expte. Nº 90-23.560/14. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Roberto Enrique Gramaglia y Manuel Héctor Luque, viendo con agrado la implementación de un programa de provisión de un kid de herramientas para los alumnos que cursen los últimos años de las especialidades Bachillerato en Informática, Construcciones y Electromecánica. Se aprueba……………………………………………………

9. Expte. Nº 91-33.652/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula N° 1.117 del departamento Guachipas. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………………………

10. Expte. Nº 91-34.287/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula N° 398 del departamento Cerrillos. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……………….

11. Expte. Nº 90-23.515/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de resolución del señor Senador Américo Liendro, declarando de Interés de esta Cámara el libro “Ñañito”. Se aprueba…………………………………………………………………………..

12. Expte. Nº 90-23.516/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el libro “Ñañito”. Se aprueba. ……………………………

13. Exptes. Nº 90-22.454/14 y Nº 90-23.282/14. Consideración del pedido de tratamiento sobre tablas del proyecto de resolución de la señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano, solicitando al Poder Ejecutivo se deje sin efecto el Decreto Nº 1.170/12 y su Protocolo de Aplicación, Resolución 797/12 del fallo de la Corte Suprema de Justicia en los casos de abortos no punible; y del proyecto de ley de la señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano, declarando la necesidad de la reforma de la Constitución Provincial en los términos del artículo 184 de la misma. Se rechaza….

14. Expte. Nº 91-32.960/13. Consideración del dictamen de la Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión, Cuenta General del Ejercicio Financiero 2011. Se aprueba………………………………………..

15. Expte. Nº 90-22.736/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Educación y Cultura, en el proyecto de ley del señor Senador Héctor Edgar Mamaní, creando un albergue para estudiantes terciarios y universitarios en la ciudad de Salta. Se sanciona y pasa en revisión a la Cámara de Diputados……………………………………………………………..

16. Consideración de los proyectos de Resolución Exptes. Nros 90-23.173/14 y 90-23.498/14. Se aprueban……………………………………………………

17. Expte. Nº 91-34.435/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley en revisión, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos seiscientos cincuenta millones o su equivalente en otras monedas. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………………………

18. Expte. Nº 91-34.403/14. Consideración del dictamen de la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en el proyecto de ley en revisión, Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2015. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……………….

19. Arrío de Banderas…………………………………………………………………..

20. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara………………………………………….

– En la ciudad de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce, siendo horas 10 y 49:

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Luque).- Invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Guzmán Viveros, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento Cachi, don Américo Liendro, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores Guzmán Viveros y Américo Liendro proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la Sesión Ordinaria del día once de diciembre del año dos mil catorce. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día once de diciembre del año dos mil catorce.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada.

3

ASUNTOS ENTRADOS

I

Comunicaciones Oficiales

          El Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, remite copia autenticada de los Decretos Nros. 3569, 3571, 3573, 3575, 3577, 3600, 3602 y 3604/14, conforme a lo dispuesto por la Ley 7692.

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

La Secretaría General de la Gobernación, remite copia de los Decretos que promulgan las respectivas Leyes que se consignan:

Nº 3.629/14 – Ley 7853, creación de la Oficina de Gestión de Audiencias (Expte. Nº 90-22.616/14)

Nº 3.630/14 – Ley 7854: declarando de Interés Provincial la promoción permanente de la hemodonación voluntaria y habitual, destinada a incentivar a las personas aptas para que realicen donaciones periódicas de sangre, hemocomponentes, derivados y subproductos en los servicios de transfusión en la provincia de Salta. (Expte. Nº 90-22.150/14)

Nº 3.634/14 – Ley 7855: autorizando al Instituto Provincial de Vivienda a transferir a la Institución Universitario Rugby Club, Personería Jurídica Nº 729, el inmueble identificado con la Matrícula Nº 151.597, Sección J, Fracción 44, del departamento Capital, para ser destinado exclusivamente al funcionamiento de la sede social e instalaciones del club. (Expte. Nº 91-32.863/14)

– A sus antecedentes.

          La Secretaría General de la Gobernación, comunica el Decreto Nº 3.621/14, por el cual se prorroga la intervención administrativa al Instituto Provincial de Vivienda (I.P.V.) y se ratifica como Interventor del mismo al Dr. José Matías Posadas, con los alcances previstos en el Título II, Capítulo IV de la Ley Nº 5348 de Procedimientos Administrativos.

– A sus antecedentes.

II

Dictámenes de Comisiones

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto:

En el proyecto de ley, en revisión: Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2015. (Expte. Nº 91-34.403/14)

Sr. Presidente (Luque).- Se reserva en Secretaría para su tratamiento.

En el proyecto de ley, en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos seiscientos cincuenta millones ($650.000.000), o su equivalente en otras monedas, con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, ya sea mediante la emisión de una o más serie de títulos de deuda a través de oferta pública en el mercado local y/o internacional, o mediante la obtención de uno o más préstamos, para ser aplicado a la financiación del Plan de Obras de Infraestructura Básica de Agua Potable y Saneamiento a ser ejecutadas en el período 2015-2019. (Expte. Nº 91-34.435/14)

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: solicito que el expediente mencionado sea reservado en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Se reservan en Secretaría.

III

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-23.559/14

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia de Salta, provea de los medios para que se realicen en forma urgente, los trabajos con el fin de completar el “Plan de Mínima Año 2013 – 2014” y los previstos para el año 2015, de defensas y encauzamientos de los ríos de las Conchas, Metán y Yatasto, jurisdicción del municipio de San José de Metán, departamento Metán.

Roberto Enrique Gramaglia

Fundamentos

          Es necesario a la mayor brevedad limpiar adecuadamente los lechos y proteger, robustecer y afianzar las riberas de esos cauces de agua, dada la proximidad de la temporada estival; habiendo comenzado el período de lluvias, se requiere que se realicen las tareas solicitadas de manera inmediata.

Roberto Enrique Gramaglia

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: solicito se reserve en Secretaría para tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Se reserva en Secretaría.

2

Expte. Nº 90-23.560/14

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, considere la implementación de un programa de provisión para los alumnos que cursen los últimos años de las especialidades, Bachillerato en Informática, Construcciones y Electromecánica, de un kid de herramientas para que realicen sus prácticas previstas en esas especializaciones.

Roberto Enrique Gramaglia – Manuel Héctor Luque

Fundamentos

          Con estos elementos las y los jóvenes estudiantes podrán practicar y aprender más adecuadamente la especialidad que han elegido, ya que van a tener elementos prácticos para hacerlo, lo que redundará en un mayor beneficio para ellos y en una mejor prestación y alcance de los objetivos propuestos por la cartera educativa.

Roberto Enrique Gramaglia – Manuel Héctor Luque

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: solicito se reserve en Secretaría para tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Se reserva en Secretaría.

4

HOMENAJES

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras senadoras y señores senadores: hoy nos hemos enterado del fallecimiento del periodista Carlos Pastrana. Tal vez muchos no lo conozcan o no lo recuerden, pero el “señor de la noticia”, como se lo conocía en el ambiente periodístico, fue uno de los referentes y ejemplo de periodista con todas las de la ley.

          Realizó su labor periodística durante más de cincuenta años en diferentes medios nacionales y provinciales, como Radio Nacional Tartagal, Radio Orán, Diario La Gaceta de Tucumán, Diario El Pregón de Jujuy, El Tribuno, FM Profesional, Canal 11 de Salta, la Agencia de noticias nacionales TELAM y fue corresponsal del Diario La Nación. Además ejerció la comunicación institucional y política como Jefe de Redacción en Prensa de distintos gobiernos provinciales. Entre otras cosas fue editor de un libro de periodismo escolar. En los últimos años realizaba la cobertura de las sesiones legislativas municipales y provinciales. En nuestra Cámara estuvo siempre presenciando las sesiones ordinarias desde el palco de prensa y cuando su enfermedad no se lo permitió nos escuchaba a través de su página web.

          El periodismo salteño ha perdido no solo a un gran referente, un maestro, sino a una gran persona, responsable con su trabajo y con la información que siempre brindaba.

Desde el Senado deseamos hacerle llegar las condolencias a su familia, además de reconocer y agradecer su contribución para que nuestra tarea sea conocida siempre. Carlos Pastrana ¡hasta siempre y que Dios te cuente entre sus elegidos!

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: adhiero a lo planteado por el Senador por Metán, respecto a este amigo, a este periodista que se fue, Carlos Pastrana.

          Nosotros hemos vivido al lado de Carlos muchos años, viendo la transparencia profesional al momento de difundir la noticia, de hacer ver a la comunidad el trabajo del Senado.

          Diez años pasaron con Carlos Pastrana en cada uno de los balcones, donde teníamos la posibilidad de compartir, disentir, darle notas, pero fundamentalmente tenía la convicción de transmitir a la comunidad lo que pasaba en esta Cámara.

          Acompaño las palabras del Senador por Metán y en nombre del Bloque de Senadores Justicialista quiero hacer llegar a la familia el más sentido pésame y voy a solicitar a esta Cámara un minuto de silencio.

Sr. Presidente (Luque).- De acuerdo a lo solicitado por el Senador por el departamento Cerrillos y Presidente de Bloque, guardamos un minuto de silencio en homenaje a Carlos Pastrana.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, se guarda un minuto de silencio en homenaje al periodista Carlos Pastrana.

Sr. Presidente (Luque).- Gracias.

Don Carlos Pastrana fue un hombre dedicado al Senado. Nos tenía acostumbrados a sus consultas y escucharlo al día siguiente para ver qué había dicho o cómo había visto lo ocurrido en este Senado.

Una pérdida irreparable. Un hombre muy honesto, como lo dijo el Senador Jorge y el Senador Gramaglia también, a la hora de informar, un hombre trabajador, una muy buena persona. Así lo demostró en diez años que estuvo en esta Cámara, donde recogió, más allá de la información, a nosotros como grandes amigos. Un amigo que, a veces a las doce de la noche, nos llamaba para consultarnos sobre lo que iba a ocurrir en la sesión. Eso demuestra su compromiso con el periodismo, con la información, con el Senado y con esta Provincia.

Desde este Senado nuestras sinceras condolencias a toda su familia.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente: para referirme a los acontecimientos que son de público conocimiento. A raíz de fuertes tormentas en el pueblo de Iruya y en las comunidades de la zona hemos tenido grandes pérdidas, de viviendas, de bienes materiales, de rastrojos. El homenaje en sí es para todas esas familias que viviendo como comúnmente decimos “haciendo Patria” en los últimos rincones de nuestros cerros, a donde nadie se anima a vivir, viviendo en armonía con la Pachamama, con la madre naturaleza, y aún así a veces nos cuesta aceptar los designios, quizás nosotros mismos hemos llevado a que la naturaleza de alguna manera actúe de esta forma. Muy especialmente saludar a Emilio y a Griselda, que perdieron sus dos hijos por cruzar el río, a las diecinueve familias que en Iruya, a raíz del desmoronamiento de cerros, perdieron sus casas y sus cosas. Agradezco al Gobierno de la Provincia que ha sabido actuar con celeridad, la Secretaría de Asistencia Crítica estuvo trabajando juntamente con Defensa Civil, con la Municipalidad de Iruya, con las Fuerzas de Seguridad, siendo la dolorosa prueba de fuego para el nuevo Destacamento de la localidad de Rodeo Colorado. Todos ellos han estado trabajando desde el día lunes, tratando de buscar soluciones.

Le trasmito a nuestro Gobernador, a todos los que tienen responsabilidad en el Ministerio de Derechos Humanos, que la gente está esperanzada y cree que se le va a llevar la solución. Ojalá con prontitud se haga realidad. No será para mejorar, pero sí para recuperar lo poco que tenían y que lo han logrado con tanto esfuerzo.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: adhiero a los homenajes realizados al periodista Carlos Pastrana. Tengo muy buenas referencias de él, sobre todo por su sinceridad. Muchas veces me decía, cuando cubría las sesiones del Concejo Deliberante, “mis ideas son más de derecha, pero igual me gusta escuchar todas las propuestas y lo que plantea también el Partido Obrero”. Mi respeto para Pastrana, como le decían en los medios, “el señor de las noticias”.

          Hoy que es la última sesión de esta Cámara quiero hacer un homenaje a todos los que integran la Comisión de Familiares contra la Impunidad, quienes se han movilizado con ciento sesenta y seis marchas y un pedido de justicia que es legítimo, muy sentido. Estas familias están haciendo un balance negativo de lo que fue este año, en el cual solamente se arribó a dos juicios de todos los que están presentes en la Comisión de Familiares y no hubo resultado favorable. Uno fue el de Marquitos Córdoba, el niño de diez años que murió en un siniestro vial. La condena realmente ridícula, porque siendo una condena baja la que está establecida para los homicidios culposos, fue demasiado leve. Es algo que no conforma a los familiares que son los que tienen que continuar sufriendo en esta vida, sabiendo que le falta un integrante en su familia. El otro fue el caso de Diego Quiroga. Este hombre que fue víctima de un gravísimo caso de gatillo fácil, fue fusilado por un policía de diez disparos y en una situación muy confusa. La familia no conoce en qué momento dieron consentimiento para acceder a un juicio abreviado, se enteró después, ni siquiera pudo estar presente y se le dio una condena apenas de diez años de prisión. Es brutal, por un crimen tan grave como es la violación a los derechos humanos, que son los casos de gatillo fácil.

          Mi homenaje a todos estos padres y madres que siguen pidiendo justicia y sobre todo marcando que la impunidad no solamente es cuando un caso no se resuelve o prescribe, sino que sigan sucediendo, y siguen sucediendo en nuestra Provincia los crímenes de mujeres. El balance sobre la violencia hacia la mujer este año es totalmente negro. Cerramos un año con diecinueve mujeres asesinadas. Casos muy delicados como el de Noelia Rodríguez, de Guachipas, que no se sabe si está desaparecida o ya está muerta. No se esclareció la desaparición de Marcela Mamaní. Tenemos los casos de adolescentes que estuvieron desaparecidas y aparecieron asesinadas como Abigail Antelo y Paola Ramírez. Tantos casos ocurrieron este año que muestran la vulnerabilidad que tienen las mujeres en nuestra Provincia. Este año se le prohibió a una niña violada acceder al aborto no punible. Se intentó hacer que en Salta finalmente se cumplan las leyes que tienen que ver con la violencia hacia las mujeres, se llevó a un Jury a la Defensora de Menores Flores Larsen y al Juez Soria, que no cumplieron con la ley en este caso. Y el Jury resultó negativo.

          Esto es lo negativo de 2014. Un panorama que continúa sombrío para las mujeres. Aún declarada la emergencia en violencia hacia la mujer continúan los crímenes y hay cifras muy negras que el Estado no resuelve, como ser cuántos niños quedaron huérfanos producto de que sus madres fueron asesinadas. Uno de los últimos casos es el de una mujer de El Quebrachal, madre de siete hijos. Esto se tiene que terminar. Lo nombro en este homenaje para que estén presentes siempre las necesidades que tenemos.

          La Comisión de Familiares contra la Impunidad también viene reclamando por las muertes en siniestros viales que van más de ciento setenta este año. Hay responsabilidades que tienen que ver con las personas, como ser conducir con sobriedad, cumplir con las reglas de tránsito. El informe que tiene la Comisión de Tránsito de la Cámara de Diputados de la Nación dice que el tramo más peligroso de la Ruta 34 es el que pasa por Salta y Tucumán. Y el Estado aún no resuelve estos temas que tienen que ver con un fuerte presupuesto y políticas para resolver los problemas técnicos y físicos de las rutas y calles de las provincias y las rutas nacionales.

          Nombrando lo que tiene que ver con la violencia hacia la mujer y los siniestros viales, resumo lo que es la lucha de la Comisión de Familiares contra la Impunidad. Mi homenaje a todos ellos.

          Para finalizar, quiero recordar a Norma Ledesma, una madre que venía desde Güemes a las movilizaciones de la Plaza 9 de Julio. Ella estaba luchando por justicia para su hijo Ramón “Gallito” Ávila, asesinado por una patota cerca de la Terminal de Güemes. Norma Ledesma fue asesinada por su ex marido. Fue el primer caso que se juzgó con la carátula de “femicidio”. Mi homenaje a Norma Ledesma, una mamá que estaba luchando por justicia y que también murió producto de la impunidad de la que sufren las mujeres en Salta.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Poma.

Sen. Nolasco.- Señor Presidente: desde nuestro Bloque adherimos a la pérdida de este gran periodista, más conocido como “el señor de las noticias”.

          Quiero expresar el dolor que hoy estamos padeciendo en el departamento La Poma por la pérdida de uno de los pocos abuelos que nos quedan, un abuelo de más de ochenta años. Este señor no tenía un cajón para darle sepultura. Pudimos solucionarlo. Pero quiero manifestar que en el día de ayer hubo que golpear puertas para conseguir un medicamento para esta persona, que era afiliado a PAMI. El PAMI no se hace cargo del medicamento, dice que el Hospital San Bernardo. La farmacia que trabaja con el Hospital San Bernardo no pudo darle solución porque no tiene ese medicamento. Hoy, con profundo dolor tuvimos que padecer la pérdida de este abuelo. No es por la falta de ese medicamento, estoy seguro. Eso más que nada se solucionó con el aporte económico del legislador, de la familia, haciendo una “vaquita”. Entonces, yo no quiero que vuelva a pasar con ninguno de los abuelos ni de los habitantes, por esta, no sé si llamarle “descoordinación”, pero creo que es una situación a corregir, una situación a evaluar.

          Después de este mal momento, distintos Ministerios ayudaron y se abocaron a dar solución para conseguir un cajón. Pero ayer que se necesitaba medicina para la salud de este señor hubo que golpear puertas y hoy tenemos que lamentar su pérdida.

          Así como le agradezco al Gobierno de la Provincia, también hago llegar mi inquietud para que podamos coordinar, para que ninguno de nosotros como senadores y representantes de nuestros habitantes padezca el mal momento que estamos pasando los pomeños.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: quiero rendir homenaje a Jorge Mario Bergoglio que hoy cumple años. El Papa Francisco cumple setenta y ocho años. Más allá de ser un compatriota y Jefe de la Iglesia Católica Apostólica Romana, en su día quiero hacer un reconocimiento a su gran tarea, a su equidad, a su equilibrio, a haber afrontado el tratamiento de muchos temas que preocupan a la comunidad católica del mundo entero.

          Para nosotros, los argentinos, ha sido un orgullo que haya sido electo Papa. Creo que esto se multiplica a lo largo y ancho no sólo de Argentina, sino del mundo, la gente más allá del catolicismo está reconociendo su gran tarea de Jefe Espiritual y de ser una persona que va fijando lineamientos de vida en su interrelación por el mundo entero.

          Vaya para él nuestro reconocimiento y ojalá pueda continuar con salud y con esa lucidez que lo caracteriza, por muchos años más.

5

ASUNTOS INGRESADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Luque).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

          Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: para dar ingreso a tres dictámenes de Comisión y solicitar reserva para el tratamiento sobre tablas de los expedientes Nros. 91-34.287/14 y 90-23.555/14.

Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Chicoana.

Sen. D’Andrea.- Señor Presidente: para ingresar dos dictámenes de la Comisión de Educación, en un proyecto de declaración y otro de resolución. Asimismo, solicito su reserva para tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Luque).- Está autorizado.

Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: solicito el tratamiento sobre tablas del expediente 90-22.454, es un proyecto de resolución de mi autoría, presentado el 14 de mayo, referido a la derogación del Decreto 1.170 Protocolo de Aplicación en los casos de abortos no punibles. Este pedido lo realizo debido a que hay una situación especial, la organización Amnistía Internacional, el CELS y Católicas por el Derecho a Decidir pidieron formalmente a las Cámaras que se trate este proyecto. También del expediente 90-23.282, un proyecto de ley solicitando el Régimen Especial para la Elección de Jueces y Fiscales.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: quiero saber si hay dictamen o no; si no pedir a la Comisión que en un determinado momento saque el dictamen, sea a favor o en contra. Para tratar sobre tablas un proyecto que está en Comisión tendría que tener el dictamen de la misma, de lo contrario sería como pasar por encima de la Comisión.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: pedí el tratamiento sobre tablas para que se traten ya que es la última sesión del año, pero no hay ningún problema en cuanto a la formalidad. Por el proyecto de ley se puede pedir tranquilamente que se ponga el Cuerpo en comisión y se dé lectura íntegra. Además, es la forma en la que funciona regularmente el tratamiento de los proyectos. No integro todas las comisiones, me entero de lo que pasa en las comisiones de Salud y de Justicia al momento en que se da lectura en el Cuerpo. No va a ser ninguna novedad en cuanto al método. Pido que cuando se habilite el tratamiento se ponga al Cuerpo en comisión y se abra el debate.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: de acuerdo a lo que habíamos acordado en algún momento, cuando se daba este tipo de proyectos sobre tablas, era que se iba a manejar en la interbloques. Esto no se ha dado, por lo que voy a solicitar un cuarto intermedio para que nos podamos organizar.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 11 y 23.

– A la hora 11 y 34:

Sr. Presidente (Luque).-Se reanuda la sesión.

          Continuamos con el ingreso de asuntos.

II

Dictámenes de Comisiones

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional:

          En el proyecto de ley del señor Senador Walter Cruz, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación inmuebles del departamento Iruya. (Expte. Nº 90-23.555/14)

          En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 398 del departamento Cerrillos. (Expte. Nº 91-34.287/14)

          En el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 1.117 del departamento Guachipas, para la construcción de viviendas. (Expte. Nº 91-33.652/14)

De Educación y Cultura:

          En el proyecto de resolución del Senador Américo Liendro, declarando de Interés de esta Cámara el libro “Nañito” de autoría del equipo docente “Amancay” de Cachi. (Expte. Nº 90-23.515/14)

          En el proyecto de declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el libro “Nañito” de autoría del equipo docente “Amancay” de Cachi. (Expte. Nº 90-23.516/14).

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el ingreso de los dictámenes. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado el ingreso.

Esta Presidencia aclara que con excepción del expediente Nº 90-23.555/14 los cuatro restantes Nº 90-23.516/14, Nº 90-23.515/14, Nº 91-33.652/14, Nº 91-34.287/14, quedan reservados para el tratamiento sobre tablas.

          Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente: por expediente Nº 90 23.555/14, proyecto de ley de mi autoría, se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación catastros del departamento Iruya. Quiero agradecer a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, y como va a ser tratado en el próximo periodo de sesiones ordinarias solamente hacer mención que es un proyecto por el cual se tiende a poner fin a la situación de injusticia padecida por la Comunidad Aborigen de Mesada Grande, pretende actuar en carácter de reparación histórica y conforme a la normativa vigente fue consultada en forma previa, libre e informada la comunidad, la que por unanimidad manifestó su consentimiento y recoge la voluntad comunitaria de reconocer la posesión y propiedad comunitaria en su totalidad, como territorio único, sin divisiones internas ni desmembramientos, y así se disponga la escrituración correspondiente con los alcances y condiciones del artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional y artículo 15 de la Constitución Provincial, Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, Ley Nacional Nº 24.071 y la Declaración Universal sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la Organización de las Naciones Unidas.

6

MOCIÓN

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: no sé si es este el momento adecuado, solicito que todos los expedientes con pedido de tratamiento sobre tablas, incluido el Presupuesto, pasen al final del Orden del Día y que el Presupuesto sea el último tema que tratemos.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción de modificación del Orden del Día. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobada. Tal cual lo solicitó el señor Senador por el departamento Metán el último tema va a ser el tratamiento del Presupuesto General de la Provincia.

7

“PLAN DE MÍNIMA AÑO 2013 – 2014” DEPARTAMENTO METÁN

Expte. Nº 90-23.559/14

Proyecto de Declaración

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia de Salta, provea de los medios para que se realicen en forma urgente los trabajos con el fin de completar el “Plan de Mínima Año 2013 – 2014” y los previstos para el año 2015 de defensas y encauzamientos de los ríos de las Conchas, Metán y Yatasto, jurisdicción del municipio de San José de Metán, departamento Metán.

Roberto Enrique Gramaglia

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

8

IMPLEMENTACIÓN DE PROGRAMA DE PROVISIÓN DE HERRAMIENTAS

Expte. Nº 90-23.560/14

Proyecto de Declaración

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, considere la implementación de un programa de provisión, para los alumnos que cursen los últimos años de las especialidades, Bachillerato en Informática, Construcciones y Electromecánica, de un kid de herramientas para que realicen sus prácticas previstas en esas especializaciones.

Roberto Enrique Gramaglia – Manuel Héctor Luque

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

9

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE MATRÍCULA 1.117 DEL DPTO. GUACHIPAS

Expte. Nº 91-33.652/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N° 1.117 rural de la localidad Guachipas, departamento Guachipas, con destino a la construcción de viviendas por intermedio del Instituto Provincial de Vivienda; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 17 de diciembre de 2014.

Alfredo Jorge – Manuel Héctor Luque – Jorge Pablo Soto – Santiago José Payo

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el proyecto en general.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

En consideración en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.

– El artículo 4º es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

10

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE  MATRÍCULA 398 DEL DPTO. CERRILLOS

Expte. Nº 91-34.287/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula N° 398, del departamento Cerrillos, para ser destinado a la adjudicación en venta a grupos familiares inscriptos en la Subsecretaría de Tierra y Hábitat; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 17 de diciembre de 2014.

Manuel Héctor Luque – Jorge Pablo Soto – Santiago José Payo – María Silvina Avilés

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el proyecto en general.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 5º.

– El artículo 6º es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

11

DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL LIBRO “ÑAÑITO”

Expte. Nº 90-23.515/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de resolución del señor Senador Américo Liendro, declarando de Interés de esta Cámara el libro “Ñañito-un libro para changos y chinitas de los Valles Calchaquíes” de autoría del equipo docente “Amancay” de Cachi, Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chilinguay, Margarita Viveros, María Sara Ruíz, Mónica Monserrat Mamaní, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López y cuya publicación rescata enseñanzas, valores y costumbres vallistas que buscan ser un instrumento de consulta para la comunidad educativa en particular y para el pueblo de Cachi en general; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara el libro “Ñañito” cuyas autoras Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chilinguay, Margarita Viveros, María Sara Ruíz, Mónica Monserrat Mamani, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López, del equipo docente “Amancay” de Cachi, departamento del mismo nombre, rescatan la historia y las raíces, los valores y costumbres de la cultura de los Valles Calchaquíes para la enseñanza y aprendizaje de alumnos y docentes de la comunidad educativa y de los habitantes de la provincia de Salta.

          Art. 2º.- De forma.

Sala de la Comisión, 17 de diciembre de 2014.

Luis Francisco D’Andrea – María Antonia Pastrana – Dani Raúl Nolasco – Ernesto Gerardo Guanca – María Silvina Abilés

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el dictamen y el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

12

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL EL LIBRO “ÑAÑITO”

Expte. Nº 90-23.516/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de Declaración del señor Senador Américo Liendro, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el libro “Ñañito-Un libro para changos y chinitas de los Valles Calchaquíes” de autoría del equipo docente “Amancay” de Cachi, Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chilinguay, Margarita Viveros, María Sara Ruíz, Mónica Monserrat Mamani, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López y cuya publicación rescata enseñanzas, valores y costumbres vallistas que buscan ser un instrumento de consulta para la comunidad educativa en particular y para el pueblo de Cachi en general; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación de la siguiente forma:

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el libro “Ñañito” cuyas autoras Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chilinguay, Margarita Viveros, María Sara Ruíz, Mónica Monserrat Mamani, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López del equipo docente Amancay de Cachi, departamento del mismo nombre, rescatan la historia y las raíces, los valores y costumbres de la cultura de los Valles Calchaquíes para la enseñanza y aprendizaje de alumnos y docentes de la comunidad educativa y de los habitantes de la provincia de Salta.

Sala de la Comisión, 17 de diciembre de 2014.

Luis Francisco D’Andrea – María Antonia Pastrana – Dani Raúl Nolasco – Ernesto Gerardo Guanca – María Silvina Abilés

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el dictamen y el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

13

CONSIDERACIÓN DE PEDIDO DE TRATAMIENTO SOBRE TABLAS

Sr. Secretario (López Mirau). Expte. Nº 90-22.454/14. Proyecto de resolución de la señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano, mediante el cual solicita al Poder Ejecutivo Provincial que se deje sin efecto el Decreto Nº 1.170/12 y su Protocolo de Aplicación, Resolución 797/12 del fallo de la Corte Suprema de Justicia en los casos de abortos no punible.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Votan por la afirmativa dos señores senadores.

– Votan por la negativa diez señores senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Rechazado el tratamiento sobre tablas.

          Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: qué lástima que se haya rechazado el tratamiento sobre tablas. Hay mucho para hablar sobre este tema. Es, además, una necesidad para el pueblo de Salta que se saque este decreto, este protocolo nefasto, porque está atentando contra los derechos de niñas y mujeres de nuestra Provincia. Está el pedido formal de organizaciones, Amnistía Internacional, CELS, Católicas por el derecho a decidir, de que se trate este proyecto y hay otro también en la Cámara de Diputados, donde pide la adhesión al protocolo nacional de abortos no punibles.

          Es nefasto esto que ha creado Urtubey porque dice que es para…

Sr. Presidente (Luque).- Señora Senadora…

Sen. Cerrano.- Déjeme hablar, por favor. Este proyecto merece que se hable, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- Senadora, yo quiero ser respetuoso y cuidadoso de lo que dice el Reglamento. Si el tema ya ha sido tratado, usted ya no puede hablar sobre el tema.

Sen. Cerrano.- Exijo, entonces, que se responda por escrito a estas organizaciones el por qué del rechazo. El pedido no es nada liviano, responde a la necesidad de que se cumpla con la ley, en Salta no se está cumpliendo con la ley y cada vez que ocurre un caso de aborto no punible hay que correr con abogados para que se trate lo que ya está consagrado. Urtubey cree que un decreto está por encima de la Corte…

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Haga cumplir el Reglamento, nada más, señor Presidente.

Sr. Presidente (Luque).- El Reglamento dice que no puede hablar después del rechazo al tratamiento sobre tablas.

Sr. Secretario (López Mirau).- Expte. Nº 90-23.282/14. Proyecto de ley de la señora Senadora Gabriela Angelina Cerrano, declarando la necesidad de la reforma de la Constitución Provincial en los términos del artículo 184 de la Constitución Provincial, para proceder a la inclusión del Régimen Especial para la Elección de Jueces y Fiscales que entiendan en los casos de violencia de género.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Votan por la afirmativa dos señores senadores.

– Votan por la negativa diez señores senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Rechazado el tratamiento sobre tablas.

          Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 28/14, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

14

CUENTA GENERAL DEL EJERCICIO 2011

Expte. Nº 91-32.960/13

Dictamen de la Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión

Cámara de Diputados y Cámara de Senadores:

Vuestra Comisión Bicameral Examinadora de las Cuentas de Inversión, ha considerado el Expediente de la Cuenta General del Ejercicio Financiero 2011; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación con el siguiente texto:

PROYECTO DE RESOLUCIÓN BICAMERAL

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E N

          Artículo 1º.- Aprobar la Cuenta General presentada por el Poder Ejecutivo Provincial, correspondiente al Ejercicio 2011.

          Art. 2º.- Remitir al Poder Ejecutivo los libros y documentos justificativos de las Cuentas a las que hace referencia la presente Resolución.

          Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, regístrese y archívese.

Sala de Comisiones, diciembre de 2014.

Mariano San Millán – Eduardo Leavy – Ranulfo Campos – Roberto Gramaglia – Manuel Luque

Resolución Bicameral

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E N

          Artículo 1º.- Aprobar la Cuenta General presentada por el Poder Ejecutivo Provincial, correspondiente al Ejercicio 2011.

          Art. 2º.- Remitir al Poder Ejecutivo los libros y documentos justificativos de las Cuentas a las que hace referencia la presente Resolución.

          Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, regístrese y archívese.

          Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la provincia de Salta, en Sesión del día diez del mes de diciembre del año dos mil catorce.

            Roberto Fernando Barrios                             Manuel Santiago Godoy

Prosecretario Legislativo                                           Presidente

Cámara de Diputados                                     Cámara de Diputados

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto que nos disponemos a tratar se refiere a la Cuenta General del Ejercicio 2011. La Ley Provincial 7647 del Presupuesto General de la Provincia Ejercicio 2011 -vamos a aprobar lo que se ha actuado en el 2011- es por su característica un expediente muy extenso, lo tengo a mi lado y ha sido exhaustivamente examinado por la Comisión Bicameral que integramos como representantes de este Senado en la Cámara de Diputados, encontrándose la documentación correspondiente a disposición de los señores senadores.

          El 3 de setiembre de este año, la Auditoría General de la Provincia ha aprobado con el voto de todos sus auditores esta Cuenta General, con algunas observaciones, y que son de forma, aconsejando a esta Legislatura su aprobación.

          Es menester decir que lo que vamos a hacer es un análisis político porque más allá de que vamos a dar tratamiento y aprobemos la Cuenta General del Ejercicio, eso no exime de las responsabilidades penales que pudieran tener quienes, en el cumplimiento de sus cargos, sean susceptibles de algún tipo de cuestionamiento en este orden.

          En este caso, vamos a actuar en virtud de lo que dice el artículo 93 de la Constitución Provincial, que establece que sea la Legislatura la que aprueba la Cuenta General del Ejercicio. Los números están expuestos. Consideramos que ha sido un trabajo que va avanzando porque hace un tiempo teníamos atrasadas las Cuentas Generales de los Ejercicios, el Poder Ejecutivo se está esforzando para que contemos con la mayor cercanía posible entre lo que se ejecuta y lo que es la realidad. En este caso estamos hablando de la Cuenta General del Ejercicio 2011.

          Con el informe de la Auditoría y el trabajo realizado -a usted le consta, señor Presidente- por la Comisión Bicameral vamos a aconsejar a los pares la aprobación de la Cuenta General del Ejercicio 2011, reiterando que es un análisis político y que lo que nosotros aprobemos acá no va a deslindar eventuales responsabilidades civiles o penales, como digo, si hubiera algo que fuera susceptible en este aspecto.

          Solicito, en base a lo que acabo de argumentar, la aprobación de la Cuenta General del Ejercicio 2011.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Vota por la negativa un señor Senador.

– Votan por la afirmativa once señores Senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con el voto negativo del señor Senador por el departamento Cachi.

15

CREACIÓN DE UN ALBERGUE PARA ESTUDIANTES TERCIARIOS Y UNIVERSITARIOS

Expte. Nº 90-22.736/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Educación y Cultura, ha considerado el proyecto de ley del señor Senador Héctor Edgar Mamaní mediante el cual se promueve la creación de un albergue para estudiantes terciarios y universitarios en la ciudad de Salta, Capital; y, por las razones que dará el miembro informante se aconseja la aprobación de la siguiente forma:

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

Residencia Estudiantil

          Artículo 1o.- Declarar de Interés Provincial la creación de una residencia en la ciudad de Salta destinada a albergar estudiantes en situación socio económica y familiar vulnerable y que provengan del interior de la Provincia, para que puedan acceder a la educación superior universitaria y no universitaria.

          Art. 2o.- Son principios y objetivos de la presente Ley:

  1. Implementar políticas de inclusión y de equidad para que la dificultad de los jóvenes de afrontar el costo de una vivienda adecuada y distancias significativas no les impidan cursar estudios superiores.
  2. Proporcionar asistencia a estudiantes de menores recursos que realizan sus estudios en carreras superiores universitarias y no universitarias que no se dicten en los Departamentos donde residen.
  3. Facilitar el acceso, permanencia y egreso de estudiantes en situación socioeconómica desfavorable que tengan buen nivel académico y regularidad en sus estudios superiores.
  4. Proveer alojamiento, asistencia alimentaria, control de salud y apoyo académico.
  5. Fomentar la convivencia bajo los principios de responsabilidad, tolerancia, libertad y participación.
  6.  Generar un ambiente propicio para la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas como vía de desarrollo de la personalidad de los estudiantes.

Art. 3o.- Son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiario:

  1. Ser argentino y tener cuatro (4) años de residencia en la Provincia, inmediatos anteriores a la solicitud del postulante y su grupo familiar.
  2. Estar inscripto o ser alumno regular de carreras superiores universitarias y no universitarias bajo la modalidad presencial y que no se dicten en los Departamentos donde residen.
  3. Ser egresado del nivel secundario, en cualquiera de sus modalidades, sin adeudar ninguna materia.
  4. Acreditar residencia en la Provincia, fuera de la ciudad de Salta y en radio de hasta cien (100) kilómetros de la misma, sin perjuicio de aquellos casos de excepción que presenten situaciones de inequidad y/o vulnerabilidad a criterio de la Autoridad de Aplicación.
  5. Presentar la certificación de la situación de vulnerabilidad socioeconómica de su grupo familiar conviviente, la que será renovada anualmente, expedida por servicios sociales provinciales conforme lo determine la reglamentación.
  6. Acreditar constancia de aptitud psicofísica otorgada por organismo sanitario público provincial.
  7. Cualquier otro requisito o condición que establezca la Autoridad de Aplicación.

         Art. 4°.- Los postulantes que accedan al beneficio deberán asumir el compromiso devolutivo del mismo, en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, mediante las siguientes contraprestaciones de servicio:

  1. Realizar trabajo comunitario durante su permanencia en la residencia estudiantil.
  2. Prestar servicios profesionales en organismos municipales o en instituciones públicas del municipio de residencia.

Dichas contraprestaciones no generarán deuda alguna para el futuro y tendrán por fin la inserción participativa y solidaria en la comunidad por parte del beneficiario.

Art. 5°.- El beneficio no será otorgado cuando el postulante incurra en uno de los siguientes supuestos:

  1. Haya finalizado una carrera superior universitaria o no universitaria, o deba realizar pasantía, residencia o práctica similar, aunque la misma implique una dedicación anual y presencial.
  2. Adeude sólo exámenes finales y/o la realización de tesis para el año siguiente a la convocatoria.
    1. Exceda en más de dos (2) años en el tiempo de duración teórica de la carrera de acuerdo con su plan de estudio.
      1. Se encuentre suspendido o haya sido declarado el cese del beneficio por causal grave.
      2. No cumpliera con las demás condiciones establecidas en la presente Ley y en su reglamentación.

          Art 6°.- La Autoridad de Aplicación serán los Ministerios de Educación, Ciencia y Tecnología y de Derechos Humanos, o los organismos que en el futuro los reemplacen, los que coordinarán las siguientes acciones:

  1. Elaborar un reglamento que regule los distintos aspectos del quehacer y convivencia de la residencia, como así también establecer las sanciones que pudieran incurrir los beneficiarios en caso de incumplimiento de éste o de la presente Ley.
  2. Determinar edad y cantidad de estudiantes hospedados de acuerdo a la capacidad de las instalaciones, régimen de convivencia y posibilidades presupuestarias.
  3. Elaborar anualmente las bases de la convocatoria a postulantes, especificando las condiciones y criterios de admisión, según el contexto económico, académico y de lejanía del centro de estudio, respecto del domicilio familiar.
  4. Publicar la convocatoria e inscripción a través de los medios que estime convenientes, de forma tal que garantice una amplia difusión de la misma.
  5. Designar el personal a desempeñarse en la residencia estudiantil.
  6. Supervisar el cumplimiento de la reglamentación vigente y el funcionamiento de la residencia.
  7. Celebrar convenios con las Municipalidades de la Provincia, organismos gubernamentales y no gubernamentales y empresas, para generar mecanismos que posibiliten el acceso y la permanencia en los estudios superiores a estudiantes en situación socioeconómica vulnerable.
  8. Realizar el seguimiento de la devolución y/o contraprestación ejecutada por los estudiantes beneficiados.
  9. Cualquier otra acción que favorezca el cumplimiento de la presente Ley.

          Art. 7º – Son obligaciones de los beneficiarios:

  1. Dar conformidad a las condiciones del beneficio otorgado, como así también cumplir con las obligaciones que resulten de las normas establecidas.
  2. informar cualquier variación en su situación personal, familiar, económica y académica.
  3. Acreditar anualmente haber aprobado un porcentaje del sesenta por ciento (60 %) de las materias cursadas de su plan de estudios.
  4. Mantener una conducta acorde con las normas de buena convivencia y cuidar de los objetos, útiles e instalaciones de la residencia.

          Art 8o.-La calidad de beneficiario cesa por renuncia, finalización de la carrera que motivó el otorgamiento o por resolución de la Autoridad de Aplicación en los casos que así correspondiera de acuerdo a lo establecido en el régimen disciplinario o en la reglamentación.

          Art. 9°.- El Poder Ejecutivo determinará el espacio físico y el diseño arquitectónico de la residencia estudiantil, la que funcionará en terrenos o edificios de destino institucional.

          Art. 10.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el término de noventa (90) días a partir de su promulgación.

          Art. 11.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputarán al Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

          Art. 12.- De forma.

Sala de la Comisión, 11 de diciembre de 2014.

María Silvina Abilés – María Antonia Pastrana – Dani Raúl Nolasco – Ernesto Gerardo Guanca

Sr. Presidente (Luque).-Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Mamaní.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: en estos últimos años tanto el gobierno nacional como provincial vienen implementando e invirtiendo en diferentes programas de ayuda para incentivar la capacitación de la población y a su vez concientizar que la educación es fundamental para el desarrollo y crecimiento de cualquier pueblo o sociedad.

          Podemos mencionar desde el ámbito nacional acciones tales como las Becas del Bicentenario, el Programa Progresar y numerosos incentivos de subsidios y emprendimientos de diferentes tipos.

          Desde el ámbito provincial acciones reales como las numerosas becas provinciales y acciones novedosas como las becas a la excelencia, de las cuales se destina un cupo para cada municipio de la Provincia. Y por supuesto como gran logro podemos mencionar que el gobierno provincial estableció este año el transporte gratuito a los estudiantes de la mayor parte de la Provincia.

          Sabemos que el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional vienen trabajando en acercar la oferta educativa a nivel universitario y terciario en diferentes regiones de nuestra Provincia, con una aceptación muy buena de los pobladores de las ciudades y pueblos del interior provincial. Sin embargo, también sabemos que la mayor diversidad y variedad educativa superior se encuentra en esta Capital y muchos de nuestros jóvenes del interior con capacidades brillantes y de grandes virtudes, frustrados por la situación económica familiar, se ven impedidos de poder proyectar los cinco o seis años futuros de su vida, necesarios para lograr algún título universitario o terciario.

          Por eso, sin duda, esta propuesta legislativa surge del convencimiento de profundizar la asistencia a los estudiantes, por parte del Estado salteño, en estrecha cooperación con las municipalidades y organismos gubernamentales y no gubernamentales, y también las empresas privadas, para resolver en su mayor parte la situación de cualquier persona de la Provincia que decida emprender una carrera universitaria o no universitaria en esta Capital. Y, por supuesto, que esta carrera no se dicte -vale aclarar- en la región donde reside el alumno.

          De esta manera el objetivo fundamental de este proyecto es implementar  políticas de inclusión y de equidad para que la dificultad de los estudiantes, de afrontar los problemas de distancias geográficas significativas y el costo de una vivienda adecuada, no le impida cursar estudios superiores en la Capital de la Provincia. Es decir, se propone crear una residencia destinada a albergar estudiantes en situación socioeconómica y familiar vulnerable que provengan del interior provincial. Esta residencia estudiantil proporcionará hospedaje, asistencia alimentaria, control de salud y apoyo académico, como también actividades culturales, deportivas, recreativas, de manera que genere un ambiente de contención y de convivencia responsable, tolerante, libre y participativa.

          También es importante destacar, del contenido de esta ley, que el propósito de oportunidades ofrecidas a los alumnos para que accedan y concluyan exitosamente sus estudios debe a la vez generar en ellos la inserción participativa y solidaria a la comunidad a la que pertenecen, ya sea con alguna contraprestación de servicios, proyecto o bien algún trabajo comunitario. De tal manera que el beneficiario asuma un compromiso devolutivo hacia la sociedad y que tenga presente en todo momento la naturaleza y sentido de esta oportunidad de ayuda que le brinda el Estado.

          Señor Presidente, señores senadores, la Comisión de Educación y Cultura está convencida de la necesidad imperiosa de implementar este beneficio para los pobladores que viven en esta Provincia y que sufren de verdaderas situaciones de inequidad y vulnerabilidad socioeconómica y se ven imposibilitados de acceder a estudios superiores.

          Por eso solicito a los señores senadores el voto favorable para este proyecto de ley; y asimismo que estos fundamentos se incorporen al proyecto.

Sr. Presidente (Luque).- Así se hará, señor Senador.

          Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Iruya.

Sen. Cruz.- Señor Presidente: en referencia al proyecto que acaba de fundamentar el Senador Mamaní, adelanto mi voto positivo. El departamento Iruya es uno de los que a más distancia se encuentra de la ciudad Capital, a 316 kilómetros el pueblo cabecera y desde ahí hasta algunos lugares se debe contar entre cuatro a dieciocho horas de camino.

          En la actualidad tenemos ciento treinta egresados. Más allá de que contamos con dos institutos terciarios, uno en Isla de Cañas y otro en Iruya, no todos quieren cursar la carrera de Profesorado de Educación Intercultural Bilingüe para la Educación Primaria. La esperanza de toda una comunidad es que el día de mañana tengamos abogados, médicos, ingenieros, arquitectos y tantas otras profesiones que hacen falta para que desenvolvamos mejor el buen vivir comunitario. Entonces, hace falta una residencia estudiantil. Por eso acompaño, no solamente en nombre mío, sino en nombre de todas las comunidades, fundamentalmente en nombre de aquellos chicos que muchas veces ven frustrados sus objetivos de superación a través del estudio, siendo siempre la cuestión económica una de las trabas.

          Quizás no se dé la solución total, pero será un avance, sobre todo para aquellos que menos tienen. En Iruya, más del 90% provenimos de familias sin los ingresos económicos mínimos, lo que no quiere decir que seamos pobres, pero no contamos con los medios, contamos con otros medios como son nuestras producciones, y a veces hasta no podemos vender lo que producimos para solventar los gastos de estudio.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Poma.

Sen. Nolasco.- Señor Presidente: adelanto mi voto positivo a este proyecto. Es una necesidad para los estudiantes del interior. Particularmente lo padecí para poder crecer y formarme como profesional.

          Por el autor del proyecto, por las necesidades de nuestros estudiantes, por los papás que sueñan con que sus hijos estudien, mi voto positivo a este proyecto y muy feliz si se logra, va a ser para bien de las comunidades del interior.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: es un proyecto que lo hemos discutido mucho en la Comisión y que habla de inclusión, que todos podamos tener acceso a la educación.

Quiero dejar aclarado que no es un proyecto para cualquiera, sino para aquellos alumnos que acrediten tener un cierto nivel académico y que demuestren su sacrificio. Tampoco se lo da gratis, estamos exigiendo ciertos requisitos y cierta acción social con la que van a devolver el beneficio que el Estado les está otorgando. El artículo 3º inciso d) habla de que será para aquellos alumnos que acrediten una residencia a más de 100 kilómetros de Capital. Quiero dar la tranquilidad a gente de mi departamento y de otros, porque hablando en la Comisión con el Senador D’Andrea tenemos en nuestros departamentos, y seguro que también otros, la situación de alumnos que no viven a más de 100 kilómetros de distancia de Capital, pero tienen problemas para acceder a los medios de transporte, para poder llegar a las universidades, por ello es que se agregó en el inciso d) que se van a tener en cuenta  aquellos casos de excepción, aunque no cumplan los 100 kilómetros. Esto para darles tranquilidad a los alumnos que están a menos de 100 kilómetros de Capital.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: en nombre del Bloque Renovador voy a adelantar el voto positivo a este proyecto. Me parece un proyecto inclusivo, acorde a las necesidades que hoy se están planteando. Sé del trabajo que ha hecho la Comisión y también de quienes han sido los proponentes.

          Esto será beneficioso para todos aquellos que tengan que continuar sus estudios fuera de sus comunidades y lo tengan que hacer en la ciudad Capital.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.

Sen. Liendro.- Señor Presidente, señores senadores: mi voto es favorable para este proyecto, que beneficia a gran parte de la comunidad educativa de mi Departamento que tiene que trasladarse a la Capital para estudiar.

Sr. Presidente (Luque)- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 12 y 15.

– A la hora 12 y 22:

Sr. Presidente (Luque).- Se reinicia la sesión.

          En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º y 2º.

– Al enunciarse el artículo 3º.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor Presidente: voy a proponer una modificación en el artículo 3º inciso d), el que quedaría redactado de la siguiente manera: “Acreditar residencia en la Provincia, fuera de la ciudad de Salta y a una distancia mayor de cien kilómetros de la misma, sin perjuicio de aquellos casos de excepción que se encuentren a una distancia menor de la mencionada y que presenten situaciones de inequidad y/o vulnerabilidad a criterio de la Autoridad de Aplicación”.

Sr. Presidente (Luque).- Por Secretaría se dará lectura al artículo 3º con la modificación.

Sr. Secretario (López Mirau).- El artículo 3º, inciso d) quedaría de la siguiente manera: “Acreditar residencia en la Provincia, fuera de la ciudad de Salta y a una distancia mayor de cien kilómetros, sin perjuicio de aquellos casos de excepción que se encuentren a una distancia menor de la mencionada y que presenten situaciones de inequidad y/o vulnerabilidad a criterio de la Autoridad de Aplicación”.

Sr. Presidente (Luque)- En consideración el artículo 3º con las modificaciones. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueban los artículos: 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º.

– Al enunciarse el artículo 10:

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el artículo 10 con la modificación que se dará lectura por Secretaría.

Sr. Secretario (López Mirau).- El artículo 10 dice: “El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley en el término de noventa días a partir de su promulgación”. Se propone: “El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa días a partir de su promulgación”.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el artículo 10 con la modificación. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 11.

– El artículo 12 es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular. Pasa en revisión a la Cámara de Diputados.

16

TRATAMIENTO DE PROYECTOS DE RESOLUCIÓN

Sr. Presidente (Luque).- Se tratarán por número de expediente los proyectos de resolución que figuran en el Orden del Día.

Sr. Secretario (López Mirau).- Proyectos de Resolución con dictamen de la Comisión de Educación y Cultura: Exptes. Nros 90-23.173/14 y 90-23.498/14. *

Sr. Presidente (Luque).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

17

AUTORIZAR AL PODER EJECUTIVO A ENDEUDARSE

Expte. Nº 91-34.435/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Millones ($ 650.000.000), o su equivalente en otras monedas; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 16 de diciembre de 2014.

Manuel Héctor Luque – Héctor Edgar Mamaní – Roberto Enrique Gramaglia – Jorge Pablo Soto

Miembro Informante: Senador Roberto Enrique Gramaglia.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia-  Señor Presidente, señoras y señores senadores: vamos a tratar el proyecto de ley promovido por los legisladores de esta Cámara y de la Cámara de Diputados, en relación a un pedido formulado por el Poder Ejecutivo Provincial, dentro del marco de la Ley de Presupuesto.

          Los legisladores que integramos las Comisiones de Hacienda y de Obras Públicas de este Senado, juntamente con la de la Cámara de Diputados -y a usted le consta señor Presidente- hemos sido impulsores de que la autorización para este endeudamiento se lo hiciera a través de una ley específica, proyecto que en este momento estamos tratando.

          El presente proyecto en revisión en su artículo 1º autoriza al Poder Ejecutivo de la provincia de Salta a endeudarse hasta la suma de seiscientos cincuenta millones de pesos o su equivalente en otras monedas, con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, mediante la emisión de una o más series de títulos de deuda a través de oferta pública en el mercado local o internacional, o mediante la obtención de uno o más préstamos, para ser aplicado a la financiación del Plan de Obras de Infraestructura Básica en Agua Potable y Saneamiento, previstas a ser ejecutadas en el período 2015/2019.

          Es importante tener en cuenta que se lo va a hacer, como dije, a través de autorizaciones para emitir títulos, tomar empréstitos o créditos en el mercado local o en el mercado internacional. La provincia de Salta cumple con las condiciones para ser tomadora de varios préstamos, porque no es necesario tomar todo -seiscientos cincuenta millones- el año que viene, cuando se va a ejecutar entre el año 2015 y el 2019, o sea que esto se puede tomar por espacio.

          La Provincia se encuentra dentro de las exigencias establecidas por la Ley de Disciplina Fiscal Provincial Nº 7030 y actualmente el stock de deuda representa -la deuda pública- un 20% de los Ingresos Corrientes, y si tomamos que el Presupuesto que vamos a tratar es de veintitrés mil millones de pesos, esto reportaría apenas un 3% más. El artículo 3º de esa ley dice: “El capital no amortizado de la deuda del Estado, no deberá exceder el 70% de los recursos corrientes anuales. No podrá contraerse deuda para financiar gastos rutinarios corrientes”.

          También se encuentra entre las exigencias establecidas por el Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal para las Provincias Ley Nacional 25.917, que en su artículo 21 dice: “Los gobiernos de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomarán las medidas necesarias para que el nivel de endeudamiento de sus jurisdicciones sea tal que en cada Ejercicio Fiscal los servicios de la deuda instrumentada no superen el 15% de los recursos corrientes netos de transferencias por coparticipación a municipios”. Siendo el servicio de la deuda un 6,7% del Presupuesto 2015, estamos en menos de la mitad de nuestra capacidad de cumplimiento, con lo que prescribe la norma legal vigente.

          En el artículo 2º el Poder Ejecutivo está autorizado a afectar en garantía los recursos provenientes de la Coparticipación Federal de Impuestos que le correspondan a la provincia de Salta, bajo las exigencias establecidas en el párrafo anterior.

Se autoriza al Ejecutivo a prorrogar la jurisdicción a tribunales extranjeros, a determinar la ley aplicable a los títulos, incluso leyes extranjeras. Esto se ve reflejado en su artículo 3º.

          El artículo 4º faculta al Poder Ejecutivo a determinar la época y oportunidad para endeudarse, respetando siempre que la ejecución de las obras sea dentro del período 2015-2019,

Se lo autoriza también a dictar normas complementarias a los efectos de cumplimentar con lo que se establece en cuanto a los términos y condiciones de los títulos de deuda o los préstamos.

Considero importante resaltar que si bien se autoriza la obtención de crédito, se establece que la tasa de interés que se pacte deberá ser equivalente a la tasa promedio del mercado financiero para casos similares.

          Otro aspecto a resaltar es que dentro de diez días de haber incorporado presupuestariamente los recursos deberá comunicar el acto que ha procedido realizar a esta Cámara y a la Cámara de Diputados.

          El artículo 8º establece que una vez utilizada la autorización a endeudarse el Poder Ejecutivo deberá remitir a la Legislatura el plan definitivo de obras a realizarse, indicando la descripción y el monto de las mismas.

Para mayor transparencia y seguimiento se ha resuelto crear una Comisión Bicameral integrada por tres diputados y tres senadores, que tendrá la finalidad de verificar la ejecución de las obras y el modo en que se realizará la cobertura “con el financiamiento autorizado por la presente ley”.

Este proyecto, señor Presidente, señores senadores, estoy convencido que contribuirá a realizar obras que deben ser financiadas y que tienen que ver con las necesidades básicas insatisfechas, que son las que tanto preocupan no solo al Poder Ejecutivo, sino también a esta Cámara de Senadores, a esta Legislatura y a los gobiernos locales, porque en definitiva tiene que ver con aquellos servicios básicos que necesita nuestra gente.

          Invertir en agua y cloacas no solo es básico y elemental, es el principio de la dignificación del ser humano. Por qué. Porque es a través de brindar un servicio que no tiene solamente una connotación directa de una obra, sino que también lo tiene desde el punto de vista de otro servicio esencial que es el servicio de salud, ya que garantizar el agua potable y el correcto tratamiento de excretas contribuye fundamentalmente al afianzamiento de la salud, a lograr mayores parámetros o indicadores positivos dentro de lo que son las mediciones de la estadística que el Ministerio de Salud tenga y también desde el Ministerio de Derechos Humanos. Con este crédito habrá mejores condiciones para hacer obras que, estoy seguro, contribuirán al mejoramiento de la calidad de vida de nuestros vecinos, tanto de la capital como del interior de la Provincia.

          Todo lo que se invierta en materia de agua y de cloacas a lo largo y ancho de nuestra geografía será una gran inversión y un estricto acto de justicia social.

Con esto pido a mis pares el acompañamiento con su voto para aprobar este proyecto de ley.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: estamos nuevamente ante un pedido de endeudamiento de la Provincia. Ya tuvimos experiencias negativas al respecto. El Fondo de Reparación Histórica fracasó porque en vez de reparar una situación de postergación de muchos años en el Norte, finalmente no cumplió su objetivo. No aparecen ejecutadas las obras que estaban previstas, incluso muchas se están terminando con parte del presupuesto regular. Este nuevo endeudamiento es peor aún que el Fondo de Reparación Histórica, ya que no se sabe en qué moneda, aunque dice en pesos, pero habilitando a un endeudamiento internacional, cuáles van a ser los intereses, los caracteres de las cuotas, cuáles serán las entidades que van a proporcionar el crédito o los créditos, porque habilita a obtener créditos. Es un mal momento para adquirir deudas internacionales en el marco de la crisis económica internacional, menos aún un endeudamiento externo. Ya hemos visto lo que ha pasado con el caso Griesa, por el tema de los buitres y la deuda externa de nuestro País.

          Este endeudamiento tiene un tiempo, supuestamente hasta el 2019, para ejecutar las obras, que dice serían de saneamiento y de agua. Tendría sentido una planificación de obras si estaría dentro de los próximos dos años, no hasta el 2019, porque el dinero se devalúa. Si no ocurre lo mismo que con el Fondo de Reparación Histórica, que no pueden terminar de pintar una escuela.

          Es muy peligroso que abra la jurisdicción internacional. Está establecido en la ley el tema de litigios en las Cortes Internacionales o de donde se obtenga el crédito. Desde el Partido Obrero defendemos el principio de soberanía.

          Se habló en Diputados de una tasa que no se sabe si es fija o es variable, una tasa de alrededor de un 10%, cuando tenemos, por ejemplo, que Ecuador y Bolivia renegociaron su deuda con un 4%. O sea que estamos por adquirir una deuda usuraria.

          Rechazo el chantaje que se está haciendo en muchos sectores que necesitan los servicios de agua o de saneamiento, como está pasando con los vecinos del barrio Floresta. Les dicen “ah, bueno, ahora con este endeudamiento van a tener las obras que ustedes hace cuarenta años que están pidiendo”. Es un chantaje porque los números generales del presupuesto muestran que el Estado tranquilamente puede hacerse de fondos, de un presupuesto propio para llevar adelante obras, no es necesario adquirir este tipo de endeudamiento, que además es un negocio jugoso para los bancos.

          Para dar un ejemplo, el Estado otorga fuertes subsidios a las grandes empresas, al gran capital, porque muchas son empresas de capitales muy importantes como las mineras. Uno me ha llamado muchísimo la atención, es escandaloso el nivel de subsidio con el transporte público, con SAETA. A estas alturas lo que vemos es que esto no tiene ningún mérito empresarial, ninguno, el carácter parasitario es absoluto. De los mil millones que se lleva SAETA, setecientos quince millones trescientos cuarenta y siete mil doscientos cincuenta y cuatro pone el Estado. Con el tema del boleto que actualmente es gratuito para los estudiantes y jubilados, equivaldría en costos a noventa y siete millones, sin embargo el Estado provincial está poniendo trescientos sesenta millones. Es muchísimo, teniendo en cuenta lo que recibe por subsidios nacionales, por kilómetros recorridos, por los coches que ha comprado el Estado. Estamos viendo el carácter parasitario en un ciento por ciento, es ganancia pura lo que se están llevando las empresas de transporte. Si no tuviéramos un esquema de ese tipo, el Estado podría tener fondos suficientes para realizar obras.

Así, un montón de impuestos o recursos que el Estado no los tiene porque no los cobra. Muchos de ellos tienen que ver con las exenciones a las actividades económicas, a la actividad primaria, que deberían ser recursos genuinos para la Provincia, que es la producción de biocombustible, la minería, y lo que se pierde por no cobrar el impuesto inmobiliario rural. La actividad sojera, por ejemplo, exporta ochocientos millones de dólares y no se le cobra al valor del mercado que corresponde, está pagando treinta veces menos del valor.

Por estos motivos la banca del Partido Obrero rechaza este nuevo endeudamiento.

Esta ley establece que va a haber una Comisión Bicameral encargada de hacer un seguimiento de las obras, lo mismo que el Fondo de Reparación Histórica, y no vi que nadie denuncie que de lo que se ha planificado solo se ejecutó el 60% y que muchas obras no se pueden terminar. También me hace acordar aquella vez que se aprobó la ley para extender el contrato del Macro como Agente de Retención, iba a haber una Bicameral que analice cuándo iban a poner el cajero en Los Toldos, y eso fue vetado por el Gobernador. No es garantía de nada.

Adelanto mi voto negativo.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.

Sen. Liendro.- Señor Presidente: hoy está a nuestra consideración la autorización del nuevo endeudamiento de la Provincia por seiscientos cincuenta millones de pesos. De nuevo se nos hace creer que con dicho fondo se efectuarán obras que clama nuestro pueblo.

Analizando la nueva ley de endeudamiento peca de los mismos defectos que el Fondo de Reparación Histórica. Se afecta la coparticipación para garantizar el mismo y se autoriza que sea el Poder Ejecutivo el que determine la oportunidad para hacer las obras.

          Se habla de hacer obras y no se especifica cuáles y los pormenores de las mismas, en cuanto a montos totales, ni adonde vayan a ejecutarse. Si bien se crea una Comisión Bicameral, no se garantiza que sea la oposición, como debería ser, la que integre dicha Comisión.

          En síntesis, una ley que deja más dudas que certezas, un nuevo cheque en blanco.

Nos quieren hacer creer que los que votamos a favor de esta ley son los buenos y los que quieren el progreso de sus pueblos y los otros no. Nada más lejano de la realidad.

          Como todos saben soy un hombre del interior. En mi querido pueblo de Cachi una de las mayores problemáticas es el agua potable. Pueblo que sabe de mi humildad, pero sobre todo sabe de mi compromiso y lealtad hacia Cachi y la Provincia. No voy a ser cómplice de este nuevo endeudamiento, ni que se juegue con la ilusión de mi pueblo, al hacernos creer que con este préstamo y con sólo éste se pueden llevar a cabo estas obras.

          Exijo que se incorporen y se efectúen todas las obras para agua potable y saneamiento. La Provincia cuenta con recursos para hacerlo con solo reducir los gastos de publicidad y suprimir otros gastos innecesarios del Poder Ejecutivo Provincial.

          Señor Presidente, voto en contra y a favor de la gente.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cafayate.

Sen. Nanni.- Señor presidente: asistimos absortos a esta clase de endeudamiento que solicita el Gobernador y que tiene un antecedente inmediato muy similar y se puede trazar un perfecto paralelo con el Fondo de Reparación Histórica.

          Hace poco más de un año endeudamos la Provincia por millones de dólares para reparar y sanear la seria falta de inversión de obra pública en el Norte de nuestra Provincia, como si las otras latitudes de la Provincia no tuviesen necesidades. Se instauró una política de gobernar por afuera del presupuesto con estas permisiones de gastos, donde se crea un subsistema que no es administrado ni por los Intendentes ni por el Gobernador, y el permiso de gasto no es dado por la Legislatura, sino por algún iluminado. Y cuál fue el saldo de este Fondo de Reparación Histórica. Tomamos créditos en dólares, lo pesificamos inmediatamente puesto en un plazo fijo. Ese fondo en dólares estaba destinado a determinadas obras, que solamente al pesificar ya no alcanzaba para cumplir con esa premisa. Al margen de eso, cuál ha sido el saldo. Ustedes sabrán, y los amigos del Norte lo saben especialmente, el escaso estado de avance que ha tenido esa obra pública presupuestada.

          He sido quizás uno de los senadores que más ha hecho hincapié en que después de treinta años de democracia lo que está pidiendo el pueblo salteño es agua potable, asfalto y cloacas. No pedimos un gran centro tecnológico, si no agua potable, asfalto y cloacas. Y se nos presenta como solución un nuevo endeudamiento. La verdad, no puedo coincidir más plenamente con mi correligionario de bancada, el Senador Américo Liendro, en que no hace falta nuevamente endeudar a la Provincia.

          En segundo lugar, si vamos a tomar semejante crédito tenemos que imputar claramente el gasto. Cómo después de ocho años no vamos a tener un claro diagnóstico adónde y qué vamos a sanear, cuánto va a costar la obra pública. Acá es un crédito genérico, para un lugar genérico, que no se sabe qué, ni dónde, ni cuándo, ni cuáles son los grados de avance.

Estamos totalmente a favor del saneamiento que necesita la comunidad, sobre todo del interior, del agua potable y de las cloacas. No puede ser que esto siga así. Pero de ninguna manera estamos a favor nuevamente de endeudar a la Provincia. Le pedimos que sean eficientes en el gasto de inversión. Con la magnitud que tiene el presupuesto provincial, que ha crecido desmedidamente de un año a otro, sobran recursos para iniciar estas obras.

          Mi voto, en consecuencia, es negativo.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento La Caldera.

Sen. Abilés.- Señor presidente: la verdad que a mí tampoco me gusta endeudarme, pero cuando vemos que este endeudamiento es para obras tan sentidas como es agua y cloacas, no podemos menos que apoyar estos proyectos.

          Escuchaba recién a algunos senadores hablar del Fondo de Reparación y no podemos negar que éste ha traído soluciones a miles de familias, ejecutado en más de un 60%. Eso no lo podemos negar.

Escuchaba también hablar de que con esto estamos chantajeando a la gente, con agua y cloaca, lo dijo hace un momento la Senadora del Partido Obrero, que estamos chantajeando a los vecinos del Barrio Floresta. No es chantajear, es una obligación del Estado darles agua y cloaca, y hoy está destinando estos fondos para agua y cloaca.

          Hoy parece que todos saben cuáles son los montos que hacen falta para poder gobernar una Provincia. Se habló de que no den tantos subsidios, que se ocupe el dinero del presupuesto para esto, que no es necesario endeudarse. Para poder hacer efectivo todo esto de lo que se habla, primero tienen que ser gobierno y saber cómo gobernar una Provincia y cómo hacer frente a todo. No coincido con el Senador Nanni que al pueblo hay que ofrecerle nada más que agua, asfalto y cloaca. Son muchas las necesidades. También tenemos que hablar de seguridad, de salud, de educación. Todo esto forma parte del presupuesto, no podemos circunscribirnos nada más que a eso. Cuando hablamos de agua y cloaca estamos hablando de salud.

          Reitero, no estoy de acuerdo con los endeudamientos, me gustaría tener ese dinero y tener también el plan de obras. Voy a hacer votos para que se cumpla el artículo 8º en su último párrafo que dice que “Una vez utilizada la autorización prevista en el artículo 1º, el Poder Ejecutivo deberá remitir el plan de obras respectivo a la Legislatura indicando la descripción y el monto de las mismas”. Ahí vamos a ver en dónde se está empleando este endeudamiento que hoy estamos aprobando.

          Tampoco coincido con que la Comisión Bicameral a crearse no va a estar formada por la oposición. Tenemos que formar una Comisión Bicameral y seguramente la oposición estará representada.

          Con el mismo fundamento que aprobé hace unas sesiones el Ministerio de la Infancia, cuando dije que apostar a la infancia es bueno, voy a dar mi voto positivo porque creo que agua y cloaca es el mejor voto que nosotros podemos dar, y hacer votos para que se cumpla con esto. Estoy convencida que no solo significa obras, significa también salud y educación, cuando tengamos niños, personas que no sufran por estas falencias.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General San Martín.

Sen. Payo.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: simplemente para hacer una reflexión y traer a la memoria de quienes no la tienen o no la quieren tener. Cuando se creó la ley que generó el Fondo de Reparación Histórica para los departamentos productores de hidrocarburos, no hay que olvidarse cuando se hace el análisis de este fondo y recordar esas palabras “departamentos productores de hidrocarburos”, porque los hidrocarburos se producen en tres departamentos de nuestra Provincia en el 97% de su capacidad. Esos tres departamentos son San Martín -a la cabeza-, Rivadavia y Orán. El Fondo de Reparación se destinó, precisamente, para esos departamentos productores porque -quiero que también recuerden los señores senadores- las regalías hidrocarburíferas de gas y petróleo benefician absolutamente a todos los departamentos de la provincia de Salta, absolutamente a todos los municipios de la provincia de Salta, en mayor o en menor medida todos reciben la coparticipación del gas y del petróleo, con lo cual los departamentos productores, en muchos casos, no reciben coparticipación de otra índole que hay en la Provincia.

          Desconocer esto y no interpretar que se generó este Fondo para beneficiar a esos tres departamentos que hace mucho más de cuarenta y cinco o cincuenta años vienen produciendo hidrocarburo para beneficiar a toda la Provincia, es desconocer la identidad hidrocarburífera de la provincia de Salta.

          Muchas cosas han pasado en estos años que fueron atentando contra la capacidad de producción de estos departamentos, como la capacidad de producción de hidrocarburos en la provincia de Salta. Algún día los departamentos productores vamos a tener un verdadero resarcimiento de esto. Esperemos que algún día los legisladores seamos capaces de generar una ley que le dé a nuestro gobierno, a nuestro Ejecutivo, la posibilidad de iniciar un juicio para buscar la recuperación, por tanto daño que se hizo a los pozos en nuestro Norte querido.

          Señor Presidente, simplemente recordarles que el Fondo de Reparación Histórica a través de su Comisión de Seguimiento, porque la única función que tenemos como Comisión es la de seguir y tratar que las obras lleguen a su conclusión y se generen como corresponde, cada dos meses está mandando información, la que seguramente desde la Presidencia del Senado se envía a cada uno de los Bloques, con lo cual tienen a su disposición permanentemente la información del desarrollo de estas obras. Hoy estamos alrededor del 85% de las obras iniciadas, cerca del 40% inauguradas y esperamos que en el transcurso del año 2015 finalice el total de las obras que están planificadas.

          Hago votos para que fondos de reparación histórica haya en toda la Provincia, para todas las necesidades. No podemos desvestir a un santo para vestir a otro. Lo que se hizo en el Norte es, realmente, una verdadera inversión para departamentos postergados durante tantos años en nuestra Provincia.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente: con respecto a este proyecto de ley, es importante destacar que vamos a tomar un crédito que puede ser en el mercado local o en el mercado internacional. La provincia de Salta tiene todas las condiciones para obtener las mejores pautas, también tiene un mandato de esta Legislatura diciendo que los niveles a pagar de tasas son las tasas promedio. No estamos dándole un cheque en blanco a nadie. Estamos diciendo que es por un monto definido, estamos diciendo que es para los próximos años, entre el 2015 y el 2019.

          Quiero destacar y establecer con claridad que esta Legislatura está dándole al Poder Ejecutivo un instrumento válido para seguir haciendo cosas. No es un cheque en blanco, no hay ningún tipo de situación que no esté perfectamente establecida. Además, debo ser totalmente claro, la empresa Aguas del Norte tiene un plan por el que se va a invertir mucho más dinero que estos seiscientos cincuenta millones de pesos. Esto es parte de un plan de dos mil ochocientos millones de pesos que se están gestionando en distintos niveles. Estamos hablando de otros tipos de financiamiento, nacionales e internacionales, específicos para agua y cloaca, más lo que se está ejecutando y lo que se está por ejecutar desde la propia Secretaría de Obras Públicas del gobierno de la provincia de Salta.

          Quiero destacar un hecho importante. El crédito no se lo va a tomar en un solo tramo, va a ser en distintos tramos. Por eso hay que ver cómo son las condiciones y la merituación entre oportunidad y conveniencia.

          Son muchas las comunidades del interior que están esperando subsanar sus problemas, que no es solamente de esta Administración. Para obras de infraestructura básica ya se decía hace unos años atrás que se requería de un importante monto del total del presupuesto y si comparamos lo que se está haciendo como una estimación y lo que es el valor del presupuesto, no estamos alejados, a pesar de las obras que se hicieron -y se hicieron muchas-, porque acá no se dice que hay un Programa que se llama Ahí, en el lugar, por el que en los municipios del interior se están haciendo importantes obras de agua y de cloacas, fundamentalmente de extensión de redes cloacales. Es una complementación.

          Por lo tanto, quisiera ser claro en esto. A mi modo de ver, cuando se trata de obras de infraestructura básica es más conveniente la toma de créditos que la inversión de recursos corrientes. Por qué. Porque son obras que se pueden amortizar durante largo plazo. Esto no es como una máquina que su depreciación recae de manera inmediata. Hay obras de infraestructura básicas -las he visto con mis propios ojos en la ciudad de Metán- que tienen, no sé, dos años, y he visto que había que cambiar en algunos casos esos caños de barro cocido impermeabilizado. A qué me refiero con esto. Que tiene una amortización en el largo plazo, acá los años no cuentan en contra, cuentan a favor, porque estas obras tienen durabilidad en el tiempo y son las que más se demanda y más se requiere, y por otro lado es inversamente proporcional porque los bienes que genera el mejoramiento de la calidad de vida son inmediatos. Por eso creo que no solo lo que dice Abel Albino, Presidente de CONIN, una respetuosa Fundación, que no hace falta ser muy conocedor del tema para darse cuenta que este tipo de inversiones son las que nosotros requerimos.

No estoy para nada preocupado al dar esta autorización al Ejecutivo, al contrario, yo estimularía al Ejecutivo para que se invierta más en infraestructura básica. Y diría más, deberíamos en un lapso de tiempo tener, si es posible con la ejecución de estas obras, todos los hogares salteños con agua potable y correcto tratamiento de excretas y de los efluentes cloacales en nuestras plantas depuradoras.

          Salta es una provincia que tiene muchos avances en este aspecto. Salta ha tenido a través de la Ley de Ambiente el tratamiento adecuado de los rellenos sanitarios en los municipios, que lo están haciendo en forma gradual. Este plan es una complementación en lo que hace a las necesidades que en materia básica de infraestructura debemos cubrir.

          Señor Presidente, estamos ante un momento importante en la vida de nuestra Provincia y creo que la Legislatura ha hecho escuchar su posición, ver cuál era la forma en que esto se debía hacer, y así se ha hecho. Hoy tenemos un instrumento válido que servirá para la aplicación y consecución de políticas públicas en lo que más se necesita.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

-Votan por la negativa tres señores Senadores.

-Votan por la afirmativa once señores Senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado.

          En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

-Votan por la negativa tres señores Senadores.

-Votan por la afirmativa once señores Senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con los dos tercios que se requieren.

          En consideración el proyecto en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos: 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º y 10.

Votan por la negativa tres señores senadores.

Votan por la afirmativa doce señores senadores.

– El artículo 11 es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular con más de los dos tercios del voto de los senadores presentes.

– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente 3º, Senador Luis Francisco D’Andrea.

18

PRESUPUESTO GENERAL DE LA PROVINCIA EJERCICIO 2015

Expte. Nº 91-34.403/14

Dictamen de Comisión

          La Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, ha considerado el proyecto de ley en revisión de Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio 2015; y, por las razones que dará el miembro informante aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 16 de diciembre de 2015.

Manuel Héctor Luque – Jorge Pablo Soto – Roberto Enrique Gramaglia – Héctor Edgar Mamaní

Sr. Presidente (D’Andrea).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Luque.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: el proyecto en revisión que estamos tratando, tal vez el de mayor importancia en nuestra labor legislativa, se refiere al Presupuesto General de la provincia de Salta para el Ejercicio 2015. En este proyecto se determina la política que el gobierno ejecutará durante el transcurso del próximo Ejercicio en nuestra Provincia, dentro del término que fija el artículo 127 de nuestra Constitución, encuadrándose en los preceptos democráticos de publicidad de los actos de gobierno, siendo necesario la aprobación legislativa que en este caso se somete a consideración.

          Existen diversas definiciones de lo que significa el presupuesto público, pero entendemos que es la recopilación sistemática a intervalos regulares de los cálculos de los gastos planeados para determinado futuro, los cuales, en principio, tienen carácter obligatorio para el Poder Ejecutivo, y de estimación de los recursos previstos para cubrir dichos gastos.

          El presupuesto del Estado es la exteriorización financiera del plan de gobierno. Es decir que “antes” del inicio del ejercicio financiero, el Estado planifica -conforme su plan de gobierno, compartido entre el Poder Ejecutivo y Poder Legislativo- las actividades que se desarrollarán a fin de que el Estado preste los servicios públicos que satisfagan las necesidades públicas reclamadas por la gente.

          Nuestra Constitución en su artículo 68 se refiere al presupuesto y establece ciertas normas obligatorias, tales como: “El presupuesto autoriza la realización de todos los gastos e inversiones anuales del Estado Provincial y prevé los pertinentes recursos”. Resulta claro que el presupuesto incluye todo. Todos los recursos y todos los gastos, principio de universalidad que establece que el presupuesto alcanza a “todo” el universo del Sector Público.

          “Su iniciativa legislativa corresponde al Poder Ejecutivo, el que puede además proponer presupuestos plurianuales sin que, en ningún caso, éstos puedan exceder el período de la gestión del titular del Poder Ejecutivo o su reemplazante legal”. Resulta claro que el poder administrador, Poder Ejecutivo, es quien debe “proponer” el presupuesto.

          “El presupuesto no contiene disposiciones creadoras, derogatorias o modificatorias de otras normas”. Este párrafo es el que se conoce como “principio de exclusividad”. Expresa que el texto del presupuesto no puede contener disposiciones ajenas al presupuesto.

          “El presupuesto es remitido a la Legislatura con el pertinente Plan de Obras Públicas”. Resulta claro que la Constitución reconoce que el gasto con destino a obras públicas es suficientemente importante como para que el tema sea tratado in extenso por el propio presupuesto. Es por ello que el presupuesto incluye el detalle de obras, con y sin financiamiento.

          “Toda ley que disponga o autorice gastos debe indicar la fuente de su financiamiento. Resulta claro que “todas” las leyes -de presupuesto o no- que incluyan gastos deben obligatoriamente señalar los recursos con los que se hará frente a dichos gastos.

          Evidentemente se trata de una norma que denota prudencia, a fin de evitar el facilismo y peligrosidad de disponer gastos sin recursos.

          “El tratamiento institucional del gasto e inversión pública se orienta hacia las siguientes prioridades indicativas: educación y cultura; salud pública y seguridad social; poderes del Estado y sus órganos; obras públicas”. Resulta claro que este artículo “orientativo” determina prioridades a favor de educación y salud.

          Para la formulación de este proyecto, se han tenido en cuenta las perspectivas macroeconómicas de nuestro país, y las políticas que el gobierno provincial ejecuta en nuestro territorio. Es por ello que se prioriza la asignación de recursos para programas sociales y la afectación de partidas para la ejecución de programas de inversión, a través de la afectación de partidas para la ejecución de programas de inversión, a través de la afectación de fondos a los municipios, para que estos lo apliquen de una manera directa, optimizando la inversión y favoreciendo el desarrollo de nuestros pueblos.

          Considero importante poner en conocimiento de esta Cámara que el proyecto de Presupuesto que remitió el Poder Ejecutivo, en su artículo 5º, solicitaba autorización para tomar endeudamiento adicional por hasta la suma de pesos seiscientos cincuenta millones o su equivalente en otras monedas, ya sea mediante emisión de títulos o toma de préstamos, para ser aplicado a la financiación de obras de infraestructura básica de agua potable y saneamiento, a ser ejecutadas en el período 2015-2019.

          Luego de un profundo debate entre las Comisiones de Economía de ambas Cámaras, hemos concluido que dicha autorización no debe formar parte de este proyecto de presupuesto.

          Estamos convencidos que es prioritario realizar obras destinadas a agua potable y saneamiento, pero hemos sugerido que dicha autorización sea tratada como una ley distinta de la del presupuesto, que es la acabamos de aprobar.

          Al analizar los números, podemos concluir que en los artículos 1º y 2º del proyecto se determina para el Ejercicio 2015 un total de Gastos Corrientes y de Capital de veintitrés mil dos millones ciento ochenta y tres mil quinientos nueve, es decir un porcentaje del 45,75% mayor a los del ejercicio en curso; y el total de los recursos se estima en pesos veintitrés mil trece millones veinte mil doscientos noventa y dos, incrementándose en un 45,58% respecto al Ejercicio 2014. Esto nos arroja un resultado financiero superavitario de pesos diez millones ochocientos treinta y seis mil setecientos ochenta y tres.

          Existen diversas metodologías para analizar un presupuesto, pero una de las más efectivas es mediante el análisis de la estructura de cuentas que nos proporcionan los clasificadores de recursos y gastos abiertos por su carácter económico, como así también el resumen consolidado que se expresa a través del esquema ahorro-inversión-financiamiento. En tal apertura los recursos se clasifican según sean ingresos corrientes, de capital y fuentes financieras, y las erogaciones según sean corrientes, de capital y aplicaciones financieras. El análisis de los recursos por su carácter económico permite verificar la estructura y evolución del sistema tributario, efectuar análisis macroeconómicos, medir la elasticidad de los ingresos tributarios en relación al PBI, calcular la presión tributaria, orientar la asignación de recursos, determinar las fuentes de los ingresos públicos y brindar información sobre la naturaleza de la deuda pública y su distribución en elementos de corto y largo plazo. Asimismo, la apertura económica de los gastos del presupuesto permite observar la vinculación existente entre la política económico-social y la presupuestaria y posibilita efectuar proyecciones macroeconómicas. Esta desagregación de los gastos corrientes y de capital permite conocer la remuneración de los factores de producción, la determinación del valor agregado por el sector público, la inversión realizada y su aporte a la capacidad instalada. A su vez, de la exposición ordenada de los recursos y gastos por su carácter económico, surge el denominado esquema ahorro-inversión-financiamiento, el cual contiene información sintética y representativa de todo el contenido del presupuesto provincial.

          El Presupuesto del Ejercicio 2015 prevé un resultado económico positivo de pesos un mil trescientos dieciséis millones once mil quinientos catorce, que surgen de la ecuación que incluye a los Ingresos Corrientes (tributarios y no tributarios) y los Gastos Corrientes (personal, consumo y servicios) y otras erogaciones que el Estado realiza por pagos de intereses de la deuda, transferencias a municipios y transferencias a personas y organismos no consolidados presupuestariamente.

          Con respecto a los Recursos Corrientes, el 91,58% está compuesto por los Ingresos Tributarios y el resto lo componen los No Tributarios, Venta de Bienes y Servicios, Rentas de la Propiedad y Transferencias Corrientes.

          De lo expuesto surge claramente la significativa participación de los ingresos tributarios, que comprenden tanto los de origen provincial como nacional; ello en base a la potestad de dichos estados para establecer impuestos.

          Si analizamos los Gastos Corrientes, el 66,94% está compuesto por Gastos de Consumo. Estos gastos están constituidos por la sumatoria de los incisos Gastos en Personal, Bienes de Consumo y Servicios no Personales, siempre que los mismos no estén relacionados con la construcción de un bien capital. El 33,06% corresponden a Rentas de la Propiedad, Prestaciones de la Seguridad Social y Transferencias Corrientes, estas incluyen la coparticipación y aportes a municipios y las remesas asignadas al sector de la Salud a través de los Hospitales de Autogestión, de Gestión Comunitaria y de la Sociedad del Estado que tiene a su cargo el Hospital Público Materno Infantil.

          Con respecto al Gasto en Personal representa un 48% de los Gastos Totales, habiéndose realizado las previsiones presupuestarias necesarias para el mayor costo en personal por los incrementos salariales para el año 2015.

          La planta de personal se incrementó en tres mil cuatrocientos sesenta y seis cargos, discriminados en: Educación, dos mil setenta y nueve; Seguridad (Policía) quinientos cincuenta y ocho, para el Sistema 911 ciento dieciocho cargos, para el Servicio Penitenciario ciento noventa y un cargos; y el resto se incluirá en el Poder Judicial y Ministerio Público.

          También es importante destacar que se ha previsto un monto de pesos un mil doscientos veintitrés millones ochocientos noventa y cinco mil quinientos nueve, destinados al servicio de la Deuda Pública, es decir al pago de intereses y capital, representando un  5,3% con relación a los Ingresos Totales, lo cual nos indica que la Provincia se encuentra muy por debajo de lo establecido en la Ley Provincial Nº 7030 de Disciplina Fiscal. Esta Ley en su artículo 3º establece que el capital no amortizado de la deuda del Estado, no deberá exceder el 70% de los recursos corrientes anuales. Actualmente la deuda que posee nuestra Provincia no supera el 20%. Ocurre lo mismo con respecto a la Ley Nacional Nº 25917 de Responsabilidad Fiscal de la Nación para las Provincias, la que impone que el servicio de la deuda no puede superar el 15%, y en este caso en Salta llega al 6,7%.

          Analizando los Recursos de Capital, el 95,19% corresponden a Transferencias de Capital, en las que se incluye el ingreso del Fondo Federal Solidario, proveniente de la retención por exportación de soja, del cual se destina un 30% para municipios en forma directa, un 20% como obra pública en municipios en el Presupuesto Provincial y otro 50% a diversas obras a realizar por la Provincia, los cuales en ambos casos tienen como destino la construcción de obras de infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial en ámbitos urbanas o rurales. El 4,81% restante lo integran los Recursos Propios de Capital compuesto por la venta de activos de capital fijo, la transferencias de capital contemplan el ingreso de recursos nacionales o de otros orígenes, destinado a obra o adquisiciones de bienes de capital, y la disminución de la Inversión Financiera se origina en el recupero de préstamos.

          En el rubro Gastos de Capital, el 86,58% corresponde a la Inversión Real Directa, que son las inversiones que realiza el Estado Provincial, incrementando así la infraestructura pública y el patrimonio. La Inversión Real Directa contiene los gastos destinados a la adquisición o producción de bienes materiales e inmateriales. Su principal componente es el rubro construcciones, o sea la ejecución de trabajos públicos.

          Analizando el destino de los Recursos, resulta con claridad que la mayor cantidad de éstos, están orientados a Educación, Salud y Seguridad, cumpliendo con lo establecido en el artículo 68 de nuestra Constitución.

          El presupuesto en Educación ha tenido un incremento porcentual del 41,79% con respecto al Ejercicio vigente; es decir para el Ejercicio 2015 se prevé un monto de pesos seis mil un millones cuatrocientos sesenta y tres mil cuatrocientos noventa. El 74,96% con destino a Gastos en Personal.

          Con respecto al presupuesto en Salud, se estima para el próximo Ejercicio un incremento porcentual del 45,65%. O sea, estamos hablando del 51,84% que se destina a gasto en personal.

          En Seguridad se prevé invertir un monto importante, lo que representa un incremento, respecto del Ejercicio anterior, del 64,49%. Eso habla a las claras del compromiso de este Gobierno en dar a Educación, Salud y Seguridad el mayor porcentaje de este presupuesto.

          Las cifras vertidas resumen claramente cuál ha sido el criterio que se tuvo en cuenta para la asignación de los recursos.

          También debemos destacar lo que se prevé destinar a Trabajos Públicos, sabiendo que la construcción es el sector que mayor efecto multiplicador tiene, lo que generará puestos de trabajo que ayudarán a paliar el flagelo de la desocupación. Se prevé un monto de pesos dos mil seiscientos veinte millones quinientos cuatro mil setecientos setenta y ocho para este rubro durante el Ejercicio 2015, incrementándose en un porcentaje del 37,33% con respecto al Ejercicio anterior. El 80,13% está destinado a obras a ejecutarse en el interior de nuestro territorio.

          Además debe tenerse en cuenta que, en materia de trabajos públicos, se le debe adicionar a esta cifra la inversión que se realizará con las partidas a incorporar al Presupuesto Ejercicio 2015 con financiamiento del Fondo de Reparación Histórica del Norte de la provincia de Salta, para permitir la continuidad de las obras ya iniciadas y dar comienzo a las que aún se encuentran pendientes. También se le debe adicionar la inversión a efectuar por los proyectos de la Subsecretaría de Financiamiento que restan incorporar al Presupuesto que hoy estamos tratando, en la medida que se vayan aprobando los mismos.

          De acuerdo a lo expresado anteriormente, con respecto a la prioridad que este gobierno ha dado a los municipios, vemos que el total de los fondos asignados de manera directa asciende a pesos dos mil setecientos nueve millones ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco, monto que se incrementa a pesos dos mil ochocientos setenta millones doscientos treinta y seis mil cuatrocientos cincuenta y cinco si se consideran los pesos ciento sesenta y un millones ochenta correspondientes a trabajos públicos a realizarse por proyectos elaborados por los municipios y que se financian con la asignación especial del 20% del Fondo Federal Solidario.

          Este monto se distribuye entre otros de la siguiente manera: Coparticipación Impositiva un importe de pesos un mil ochocientos sesenta y dos mil novecientos ochenta y tres mil ciento setenta y siete. Coparticipación Impositiva Ingresos No Tributarios (Regalías) pesos noventa y un millones setecientos ochenta y ocho mil seiscientos sesenta y seis. Descentralización de Programas Sociales (comprende Asistencia Crítica y/o Emergencia, Nutrivida, Pan Casero, Tarjeta Social, Pensiones Contributivas, etc.) pesos doscientos noventa y ocho millones dieciocho mil doscientos sesenta y tres. Fondo Compensador Municipal pesos cien millones. Fondo de Fortalecimiento Tributario e Infraestructura Municipal pesos doce millones cien mil.

          Por último, la planificación proyectada para el Ejercicio 2015 hace prevalecer uno de los axiomas más importantes del gobierno, como es el de calcular y prevenir las acciones para el próximo ejercicio económico, haciendo de esta ley una de las más importantes para la comunidad, establecida en tiempo y forma. Por lo tanto la Comisión ha estimado conveniente remarcarla, para que se conozca el respeto a las normas por parte de quienes hoy en día manejan la cosa pública, concepto que abarca a los tres Poderes del Estado.

          Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (D’Andrea).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Capital.

Sen. Cerrano.- Señor Presidente: además de todos los números que se describieron en la lectura anterior a mi intervención, claro está que en el momento de analizar un presupuesto es importante ver no solo los números, sino los intereses sociales a los cuales está inclinado el presupuesto.

          Vemos que en el marco de una transición política, de una crisis importante en nuestro país, hay una situación similar entre lo que está pasando en la Nación con las provincias, sobre todo con la provincia de Salta, de ir nuevamente hacia medidas económicas que ya fracasaron, tanto el gobierno Nacional como nuestra Provincia, que es una plataforma agroexportadora, seguimos dependiendo de los que son las actividades primarias y los precios internacionales, no sólo en lo que tiene que ver con la soja, sino también con el valor del petróleo que ahora está en caída, y además el fuerte subsidio al gran capital y a las empresas, que son las que menos aportan al Estado. Entonces, tenemos un presupuesto que continúa con la receta de un presupuesto de ajuste como el de la Nación, y es lo que se tiene como política para todos los trabajadores salteños.

          En primer lugar, no se discutió las paritarias, los salarios, se ha pateado para el mes de enero, tratando de ignorar una situación real, porque acá se está planificando en base al crecimiento de un 15% del presupuesto nacional, que sabemos que no es lo real. Este año los datos de inflación llegaron alrededor del 40% y si tenemos en cuenta que el propio Estado Nacional ha autorizado el aumento de las naftas en un 60% en el año 2014, lógicamente esto influye en el precio de todo lo que se transporta y que sea movido por combustible. Entonces, estamos ante una cifra de inflación que no es la real.

          Tampoco es previsible que tengamos un dólar a nueve con cincuenta. En estos días están aún con una crisis de no poder controlar el valor del dólar blue, que está pasando los trece pesos y que influye también en toda una parte de la economía.

          Repiten las recetas de tener esta dependencia con el capital internacional. Vamos a un nuevo endeudamiento -ya se aprobó la ley- y un fuerte ajuste hacia el pueblo. Lo vemos con los salarios, lo vemos con los subsidios a intereses, que no son los intereses comunes de la población.

          Acá se planteaba lo grandioso de las cifras que van para Educación, sin embargo cuando vemos lo que se le entrega en subsidio a lo que es la educación privada estamos hablando de una cifra realmente grande en el marco de que las escuelas públicas se caen a pedazos. Son conceptos de subsidios a actividades comerciales de las cuales no estamos de acuerdo. Enseñanza privada, trescientos treinta y ocho mil doscientos veintiocho, veinte millones de pesos. Es una barbaridad. Hay que señalar también que la mayoría de los colegios privados a donde va este subsidio grande corresponde a la Iglesia, no tenemos casi escuelas laicas que sean privadas.

          Hace un momento expliqué lo escandaloso que son los subsidios a las empresas de transporte a través de SAETA. Así también subsidios a Salta Forestal, ocho millones y medio; a las mineras cincuenta y cuatro millones novecientos cincuenta y un mil, casi cincuenta y cinco millones; el Centro de Convenciones, seis millones, que cuando se lo creó se dijo que iba a ser una fuente de ingresos para la Provincia porque se realizarían importantes eventos, pero no, da pérdida encima se lo tiene que sostener; y también los beneficios que tiene el gran capital de las actividades primarias, que no se les cobra directamente.

          Entonces, estamos hablando de un presupuesto que es completamente ajeno a la realidad de la población.

          Hace rato escuché hablar sobre la situación del Norte Provincial y la producción hidrocarburífera, que está en crisis. Va a entrar en crisis aún mayor porque tiene una caída en la producción en el orden de un 20%. Las regalías que fueron entregadas hasta el 2027 con la nueva ley de hidrocarburos empeora la situación de la producción hidrocarburífera en Salta, porque la Ley Chevron establece hasta un 12% en regalías y por parte del oficialismo, por ejemplo Rodolfo Urtubey decía que “si hay que bajar más las regalías hay que hacerlo, porque no podemos hacernos los exquisitos”. Eso lo dijo Rodolfo Urtubey. Así que no esperemos que vayamos a tener por orden de alguna suerte de magia divina una reactivación de la actividad hidrocarburífera en el Norte. La Ley Chevron, que ha encorsetado a todos los salteños, va a llevar a un mayor empobrecimiento a provincias como la nuestra que son de producción de hidrocarburos.

Vamos a rechazar este presupuesto. El gobierno de Urtubey tiene previsto ir a una fuerte tensión con los trabajadores en la Provincia debido a que no se reconoce una situación real de la inflación. Las paritarias quedaron para el mes de enero y tienen un monto similar a la del 2014 más el bono de fin de año que se entregó. Hemos tenido situaciones similares este año después de aprobarse el Presupuesto 2014, a las apuradas tuvieron que aprobar una modificación en el Impuesto a las Ganancias de la Provincia para recaudar más y afrontar el pago a los policías. Después vino el conflicto con los docentes. Seguramente los trabajadores van a resistir esta situación porque está en juego poder darle de comer a la familia.

Esta receta de seguir aplicando las mismas condiciones económicas para diseñar los presupuestos son medidas que ya fracasaron y son las que han venido gobernando todos estos años, tanto con Romero como con Urtubey. Acá hace falta un giro político de conjunto, donde haya una reorganización social de la economía, en defensa de los intereses de todos los trabajadores y no en base a defender los intereses del gran capital ni de ningún interés empresarial parasitario, ni ningún interés social que sea ajeno al interés general de la población.

– Ocupa el sitial de la Presidencia el señor Vicepresidente 2º, Senador Manuel Héctor Luque.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cachi.

Sen. Liendro.- Señor Presidente, señores senadores: estamos tratando el proyecto de Ley de Presupuesto 2015, adelanto que si bien voy a acompañar con mi voto favorable en su aprobación en general, en particular en numerosos artículos de este proyecto de ley disiento y mi voto será en contra.

          Mi acompañamiento en su aprobación en general se debe al convencimiento de que el presupuesto es una ley fundamental, que sirve para que una provincia organice el manejo de sus recursos y gastos y planificación de obras fundamentales para la sociedad. Por ello, a pesar de ser oposición, mi oposición es y será constructiva, por lo que no privaré con mi voto la posibilidad de que la Provincia tenga su ley de presupuesto.

Si bien acompaño con mi voto favorable en general, no puedo dejar de señalar que lamentablemente en numerosos artículos de este proyecto se desvirtúa totalmente lo que significa “un proyecto de presupuesto”, ya que se otorga y delega facultades al Poder Ejecutivo que no son otra cosa que superpoderes.

En efecto, en el artículo 19 cuando establece “autorízase al Poder Ejecutivo a modificar el presupuesto general”, nos ilustra que por más que aprobemos el presupuesto con sus diferentes partidas para los rubros, aquí señalado, de nada servirá porque el Poder Ejecutivo podrá cambiarlo a su gusto.

En el artículo 32 faculta a que el Ejecutivo, sin el previo pedido de autorización, incorpore partidas y que además obtenga financiación para obras que debían estar financiadas por el Fondo de Reparación Histórica. Faculta asimismo a otorgar garantías y/o constituir fideicomisos. Este artículo no solo otorga superpotestades al Poder Ejecutivo, sino que además es a todas luces inconstitucional, porque faculta al Ejecutivo a tomar préstamos y otorgar garantías sin la previa aprobación de la Legislatura, como lo establece la Constitución. El agregado que debe comunicar la incorporación a las Cámaras no cambia la esencia inconstitucional del mismo.

          En el interior, del cual vengo y al que represento, somos personas necesitadas de obras públicas fundamentales. No merecemos que se juegue con la ilusión y la esperanza de que se va a hacer las cosas, necesitamos que se hagan.

          Me hubiera gustado que los ministros hayan pasado por nuestra Cámara y nos hayan mostrado todas las obras ejecutadas o a punto de terminarse, y no que solapadamente se nos pida que apruebe más plata.

          El artículo 36 me provoca espanto, o será que tanto daño hicieron las privatizaciones en épocas pasadas de nuestra Argentina y de Salta que autorizar al Ejecutivo a que privatice empresas del Estado o para que se paguen las deudas de las ya privatizadas no creo que sea conveniente. Es menester que si el Ejecutivo está por privatizar empresas y sociedades del Estado previamente se siente en el Senado a dar las explicaciones del caso y a pedir las autorizaciones correspondientes.

          En el artículo 39 de nuevo se otorgan facultades exorbitantes al expresar “autorízase al Poder Ejecutivo a modificar las cuentas de recursos por rubro y gasto que correspondan en el presupuesto Ejercicio 2015…” En pocas palabras nos dice que más allá de lo aprobado el día de hoy él tiene la super facultad de cambiarlo todo. Con esto se vulnera uno de los principios básicos que debe existir en toda ley de presupuesto y que es la certeza de cuáles serán los recursos y cuáles los gastos que tendrá la Provincia. Con este artículo dejamos de lado la certeza para dejar en cabeza del Poder Ejecutivo lo que él crea conveniente, vulnerando también nuestro deber constitucional que es de control.

          Por lo que, por supuesto, voy a votar en contra de este artículo y con idéntico argumento mi voto en contra del artículo 44.

          Con respecto al artículo 45, donde se autoriza al Poder Ejecutivo a disponer las incorporaciones y/o reestructuraciones para la imputación de ayuda a partidos políticos, hubiera sido indispensable que se pida autorización a las Cámaras Legislativas a efectos de controlar la igualdad en la distribución a todos los partidos y no entregar un cheque en blanco, que a diferencia de todos los superpoderes otorgados en este proyecto de ley ni siquiera establece, en este caso particular, la obligación del Poder Ejecutivo de comunicar a ambas Cámaras. Por lo que estoy a favor de que se otorgue la ayuda, pero no con la redacción de este artículo.

          Con respecto al artículo 47, creo que peca de gran contradicción.

          Hasta aquí hice un simple bosquejo señalando aquellos artículos cuya aprobación no voy a acompañar y de lo cual quisiera que se tome nota por Secretaría, artículos 9º, 19, 32, 39, 44, 45, 47, fundamentalmente por entender que son superpoderes que desvirtúan totalmente los principios que deben existir en toda ley de presupuesto, los mismos son inconstitucionales y no es otra cosa que un cheque en blanco que afecta incluso la división de Poderes, ya que transforma a las Cámaras Legislativas en simples escribanías de gobierno.

          Además, señor Presidente, quisiera hacer las siguientes consideraciones. Veo con tristeza que nuestra ley de presupuesto plasma la gran diferencia de trato entre un interior al cual pertenezco con pocas obras en general y cómo se concentran las mismas en los grandes ejidos urbanos como para garantizar un resultado electoral.

          Somos un país y una provincia federal. Es hora de que se tome en cuenta que nuestros pueblos sufren abandono, que tenemos gente sufrida. Nuestro interior sigue esperando el sueño de la vivienda digna, agua potable y políticas agrarias para pequeños productores.

          Seguimos esperando no encabezar en inseguridad y femicidio. Vuelvo a insistir, no hace falta más organismos ni grandes anuncios con bombos y platillos, ni declaraciones de emergencia en violencia de género, si siguen matando mujeres que no tuvieron la contención y el Estado no funcionó como tenía que ser. Se necesitan políticas serias en prevención y sobre todo menos corrupción.

          En materia de Educación debemos avanzar como provincia para garantizar mayor calidad de educación, lo que se logra con un presupuesto que tenga en cuenta que haya mejoras edilicias, que son indispensables, como así también la provisión de muebles y material didáctico. Pero no basta con ello, nuestros niños perdieron varios días de clases por falta de diálogo de este gobierno. No es con el mal trato a los docentes como vamos a avanzar en materia educativa. Ellos merecen un salario digno y el gobierno no debe ser sordo a estos reclamos. La consecuencia la paga la sociedad. Basta de sordera. Respetemos a los docentes.

          Para ir concluyendo, seamos cautos en el manejo de la plata de todos los salteños. No nos embarquen en la lucha por el poder, por el recurso que el pueblo clama para vivienda, agua potable, salud, educación y seguridad.

          Como decía nuestro querido padre de la democracia, Raúl Alfonsín, “a trabajar categórica y decisivamente por la dignidad del hombre, al que sabemos que hay que darle libertad, pero también justicia porque la defensa de los derechos humanos no se agota en la preservación de la vida, sino además también en el combate que estamos absolutamente decididos a librar contra la miseria y la pobreza de nuestra Nación”.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cafayate.

Sen. Nanni.- Señor Presidente: voy a tomarme la licencia de no analizar los números, que muy bien se exponen todo el tiempo y que uno termina perdiéndose en el relato, pierde nitidez, y termina por sospechar que el presupuesto no es sincero, voy a tomarme la licencia de mirar el presupuesto un poco más arriba y conjugarlo con otras leyes, y ver cuál es el estado del resultado que ha dado el presupuesto en esta provincia de Salta.

          Nosotros no podemos valorar, o por lo menos vamos a empezar a verlo medio bizco al presupuesto o tapado con un ojo, porque en primer lugar no tenemos los estados de resultado del año pasado, en los que uno pueda advertir cuál ha sido el estado de avance de obras públicas del ejercicio más inmediato que tenemos, para saber cuáles son las falencias. Como bien lo explicaba el Senador de Cachi, habrá departamentos, y seguramente ustedes están satisfechos con la obra pública que han tenido este año porque no ha quedado inconclusa y en sus departamentos el presupuesto que votamos el año pasado ha sido sincero y se ha cumplido a rajatablas. Lamentablemente vengo de un departamento -y lo digo con todo el dolor del mundo, y quiero poner un solo ejemplo- donde año tras año en un paraje se presupuesta simplemente el perforado de un pozo para agua potable. Más o menos hace siete años viene presupuestado el mismo pozo. ¿Cuál es el saldo? Que no hay agua potable en ese paraje. Espero que algún día llegue el saneamiento ahí. Ellos también son salteños que necesitan de este saneamiento.

          Entonces, cuando uno conjuga el estado de resultado de los presupuestos anteriores y éste, empieza a tener sus reservas y sus objeciones. En primer lugar porque claramente, como se lo expone año tras año en una repetida temática legislativa, el presupuesto es ni más ni menos que la permisión de gastos más importante que hace la Legislatura.

          En segundo lugar, es el plan de gobierno que nos presenta el Gobernador, y para ver cómo lo cumple. Pero resulta que esta permisión que le hacemos al Gobernador, o este plan de gobierno que aceptamos por parte del Gobernador cae en saco roto si más de un tercio de los artículos son mecanismos para modificar el presupuesto.

          Yo no digo en este punto que se robe, que se invierta o veo que están mal los porcentuales, pero cuando uno ve, por ejemplo, que en Educación se ha avanzado a porcentuales históricos en cuanto al presupuesto, que tiene gran parte destinado a Educación y sin embargo hay un alto grado de deserción escolar o que los chicos repiten los grados. La comunidad educativa acuñó este término “repitencia”, que no existe el significado en la Real Academia Española, pero que los maestros quieren decir que los chicos insistentemente repiten los grados. Cuando Salta encabeza los topes de los índices de deserción escolar, decir “bueno, tenemos que reestructurar el gasto de alguna forma”.

          No voy a objetar ningún número del presupuesto, porque de entrada ya no me parece sincero, pero tampoco quiero asistir a la falsa retórica, como escuché hace unos minutos, de que porque nosotros no aceptamos un crédito no queremos agua potable y que se sanee. No. Sí quiero, sí queremos. Lo que queremos es que se invierta y se gaste con eficiencia. Simplemente eso. Cuando uno ve que la planta de personal ha crecido y se va a incrementar en siete mil personas y que este pequeño trecho histórico de esta administración tiene ya acumulado un crecimiento en su planta política de personal un 50%, me pregunto si tenemos un 50% más de escuelas, de maestros, de policías, de hospitales, de remedios, de recursos. Me pregunto qué estamos haciendo con la autorización de gastos. Sin embargo, tenemos la responsabilidad de no dejar al Gobernador sin presupuesto porque caemos en el ridículo que tenga que prorrogar el presupuesto, o sea más arbitrariedad todavía.

          En definitiva, este presupuesto a mí no me parece sincero, sus números camuflan la gran deficiencia. Espero que tengamos la responsabilidad de, algún día, por lo menos reestructurar el gasto en serio.

          El otro punto de una visión que no puede estar acotada simplemente a esta ley, es la forma en que nosotros repartimos los recursos. Uno ve cuando analiza el presupuesto la coparticipación del Gobernador, cuando él se queda con el 85% de los recursos, casi el 87% de los recursos mejor dicho, hace que nuestros Intendentes se paseen la mitad de los días tocando las puertas en el Grand Bourg, entonces los Ministros, sin mandato popular, se convierten en verdaderas celebridades y los Intendentes quedan rezagados a un segundo escalafón.

Sería una contradicción en el término que yo rechazase este presupuesto porque anhelo algún día que la gente en aquel paraje tenga simplemente un pozo con agua potable.

          Muchas gracias.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. Gramaglia.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: con respecto al presupuesto, me parece importante destacar algunos puntos que observo salientes.

          En los Recursos observamos un crecimiento de aproximadamente un 50%, entre lo que es lo presupuestado y estimado para el año próximo pasado con respecto a lo de este año.

          El presupuesto es una presunción, no es una ley exacta. En esto me quisiera detener porque me parece que es bueno que lo hagamos, no porque se me ocurra a mí, sino porque hay que tener presente este detalle.

          Nuestra Provincia no es una provincia de las denominadas “beneficiadas” por los índices de coparticipación nacional. Nuestra Provincia, como dijo acá el Ministro Parodi, ocupa el décimo séptimo lugar en el ranking de las provincias por la recepción de la coparticipación. De los veintitrés mil millones presupuestados tenemos quince mil millones, pesos más, pesos menos, el 75%, viene de la Nación. Entonces, mal podemos manejarnos de una manera exigente -desde el punto de vista de los guarismos exactos- si nuestra Provincia como otras tiene sus ingresos acotado a lo que la Nación envía en todo concepto. Ese no es un detalle menor, hay que tenerlo muy presente a la hora de hacer cualquier estimación presupuestaria, cualquier presunción y dentro de ese marco fijémonos un poco que el Estado Provincial ha priorizado dentro de esa inversión cargar con fortaleza en tres esquemas o servicios que son indelegables deberes del Estado: educación, salud y seguridad que está relacionada también como un brazo auxiliar de la Justicia.

          Gran parte de ese presupuesto de veintitrés mil millones de pesos, aproximadamente un 60% estimados para Educación, Salud y Seguridad. En el caso de Educación, no solo se contempla los nuevos requerimientos por la demanda del crecimiento de la matrícula, también está contemplada la incorporación de dos mil setecientos ordenanzas, que se ha comenzado a incorporar a la Planta a partir de este año y que continuará en el año próximo, desde el mes de enero al mes de mayo, también las inversiones que se prevé en mantenimiento, reparación y construcción de nuevas escuelas.

          Salud es el segundo indicador, el mayor indicador de lo que se lleva el presupuesto nuevo es Educación. Tenemos la particularidad que se prevé incorporaciones dentro del marco de lo que son los pedidos que hacen los hospitales, pero también dentro de las necesidades, por ejemplo tiene que entrar en funcionamiento el nuevo hospital del departamento General San Martín en Embarcación, o del departamento Anta en El Quebrachal, y va a estar terminada la ampliación -Dios mediante el año que viene- del Hospital de Rosario de la Frontera, del mismo modo que la ampliación del Hospital de San José de Metán y ahí va a ser necesario hacer la cobertura de cargos, y no nos olvidemos que en el caso de los hospitales del Sur de la Provincia se está construyendo la primera parte, lo que es la primera etapa y falta la etapa subsiguiente. Entonces, no es un brete fácil lo que tiene el Poder Ejecutivo todos los años con esto, porque obviamente la mayor cuota de ingresos depende fundamentalmente de cómo le va a la Nación y su recaudación, y hay servicios como Educación, Salud, Seguridad y Justicia que deben tener sus asignaciones de una manera impostergable. Eso lo sabemos todos.

          Soy por experiencia amigo de los presupuestos que más que optimistas son realistas, dejan entrever una posibilidad más cercana a la realidad. Si después los recursos son mayores, en buena hora, estaremos todos para tratar de ver cómo gestionamos una mejor inversión para cada uno de nuestros departamentos.

          Hay muchas obras de vivienda, obras de infraestructura básica con la ley que acabamos de aprobar hace un rato, inversiones en materia de seguridad, como las que se están haciendo. Ese equilibrio que tiene el presupuesto de la Provincia nos va a dar la tranquilidad de un manejo totalmente direccionado, palpable y visible o previsible sobre lo que quiere hacer el Poder Ejecutivo con los recursos que confiamos en él su administración.

          Se puede entender las distintas expresiones que aquí se vertieron, pero no perdamos de vista esto, de vigésimos cuartos estamos más o menos en el lugar décimo séptimo y eso no es fácil corregirlo porque lleva muchísimos años en la Argentina. No somos una provincia que tiene ventajas comparativas, todo lo contrario, tenemos una enorme desventaja desde el punto de vista de nuestra lejanía a los puertos, de nuestro costo de la distancia, como le llamamos al costo del flete, el impuesto a la distancia. Tenemos, como bien la Provincia lo reconoce, todavía muchas cosas por hacer como esta inversión en materia de infraestructura básica.

          Señor Presidente, estoy conforme con este presupuesto desde el punto de vista de lo que el Estado o el Poder Ejecutivo quiere presuponer. No nos olvidemos -me advertían ayer en la reunión de la Comisión que usted preside- que son veintitrés mil millones, pero son veinte mil del Poder Ejecutivo y el resto porque los demás son fondos del Poder Judicial, fondos del Ministerio Público, que no son otra cosa que los gastos de funcionamiento y sueldos. Apoyando la intervención que usted ha tenido como miembro informante de la Comisión de Hacienda, creo que estamos ante un proyecto de ley que es una herramienta útil para el Poder Ejecutivo, pero también es una herramienta útil para todo.

          Vivimos un año de dificultades en nuestro país que no podemos dejar de decirlas acá, y esas dificultades no pueden ser consideradas de una manera solamente como una visión desde la problemática o de decir “bueno esto se va a superar”, desde el facilismo. Ha sido una manera más que lógica de presentar o, como dicen los contadores, de exposición de la ley madre que es el proyecto de ley del presupuesto.

          Adelantamos desde ya el voto afirmativo de nuestro Bloque. Juntamente la Cámara de Diputados y Senadores hemos estado trabajando durante todos estos días y se hicieron importantes incorporaciones de obras, los senadores hemos tenido la oportunidad de incorporar aquellas obras que no habían sido tenidas en cuenta. Eso es muy importante para los que venimos del interior y traemos siempre un bagaje de pedidos de parte de la gente que quiere tener la mayor cantidad de cosas posibles para mejorar paulatinamente su vida.

          Con esto creo que podemos avanzar a paso firme, quizás no como el que quisiéramos dar, pero a paso firme y sostenido en busca de esos objetivos.

Sr. Presidente (Luque).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Santa Victoria.

Sen. Flores.- Señor Presidente: estoy disconforme con la parte de obras públicas, tenía otra expectativa. Durante el año presenté varios proyectos de declaración por obras prioritarias, porque todavía tenemos escuelas rancho, puestos de salud sin iluminación, faltan paneles solares, el hospital se incendió tres veces. Todo esto lo presenté y no salió ninguna obra. Tendremos que hablar, junto a los tres Intendentes, con el señor Gobernador y con el Ministro porque me dieron un listado de obras que ya están ejecutadas. Se viene un año electoral y obras públicas para el Departamento prácticamente nada.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.

– Votan por la negativa dos señores senadores.

– Votan por la afirmativa trece señores senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado con el voto negativo de la señora Senadora por el departamento Capital y del señor Senador por el departamento Cachi.

En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Vota por la negativa una señora senadora.

– Votan por la afirmativa catorce señores senadores.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general, con el voto negativo de la señora Senadora por Capital.

En consideración el proyecto en particular. Se va a votar.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Anta.

Sen. Gómez.- Señor Presidente: solicito que se vote por número de artículo, teniendo en cuenta que es de público conocimiento el texto de la ley.

Sr. Presidente (Luque).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado. Se votará por número de artículo.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 5º:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 6º, 7º, 8º.

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 9º:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 19, 20:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 32:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 33, 34 y 35:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 36:

. Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 37, 38:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 39, 40:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 41, 42, 43:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba los artículos 44, 45, 46, 47:

   Votan por la negativa los señores Senadores por Capital, Cafayate y Cachi.

   Votan por la afirmativa trece señores senadores.

– Sin observaciones se aprueba el artículo 48:

   Vota por la negativa la señora Senadora por Capital.

  Votan por la afirmativa quince señores senadores.

– El artículo 49 es de forma.

Sr. Presidente (Luque).- Aprobado en general y en particular por mayoría agravada. Pasa al Poder Ejecutivo Provincial.

          A todos los señores Senadores, al cuerpo de Asesores, al personal de este Senado les deseo ¡feliz Navidad y feliz año nuevo!

19

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Luque).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Guzmán Viveros, a arriar la Bandera Nacional, y al señor Senador por el departamento Cachi, don Américo Liendro, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la última sesión del año 2014.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores senadores Guzmán Viveros y Américo Liendro proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 14 y 26.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores


20

A P É N D I C E

1

Expte. N° 91-33.652/14

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

          Artículo 1o.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble identificado con la Matrícula N° 1.117 rural de la localidad Guachipas, departamento Guachipas, con destino a la construcción de viviendas por intermedio del Instituto Provincial de Vivienda.

          La fracción mencionada es la que tiene por límites al Norte y al Este, los límites del inmueble; al Sur el límite que lo separa del inmueble Matrícula N° 1.103; y al Oeste la línea que parte del punto 9 del Plano N° 220 del departamento Guachipas, archivado en la Dirección General de Inmuebles, y sigue la traza de la acequia existente hasta interceptar el límite Norte.

          Art. 2°.- La Dirección General de Inmuebles efectuará la mensura y desmembramiento de la fracción del inmueble detallado en el artículo 1o.

          Art. 3°.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

          Art. 40.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

          Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

2

Expte. N° 91-34.287/14

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

          Artículo 1o.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula N° 398, del departamento Cerrillos, para ser destinado a la adjudicación en venta a grupos familiares inscriptos en la Subsecretaría de Tierra y Hábitat.

          Art. 2º.La Dirección General de Inmuebles efectuará, por sí o por terceros, la mensura y parcelación del inmueble detallado en el artículo 1o, una vez efectivizada la toma de posesión por parte de la Provincia, estableciendo las reservas de uso público e institucional.

          Art. 3°.- Dése intervención a la Subsecretaría de Tierra y Hábitat a los efectos de verificar que los adjudicatarios del artículo 1o, den cumplimiento a los requisitos fijados en la Ley 2.616 y sus modificatorias, y las condiciones de la presente.

          Art. 4°.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios, a través de Escribanía de Gobierno, quedando exentas de honorarios, impuestos, tasas o contribución.

          Art. 5°.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación o hasta su cancelación, la que fuere menor. A tal fin, las escrituras traslativas de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad, durante tal período.

          En la escritura traslativa se dejará especial constancia del acogimiento al Régimen de Bien de Familia, Ley 14.394.

          Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

          Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

3

Expte. N° 91-34.435/14

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

          Artículo 1o.- Autorízase al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de Pesos Seiscientos Cincuenta Millones ($ 650.000.000), o su equivalente en otras monedas, con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, ya sea mediante la emisión de una o más series de títulos de deuda a través de oferta pública en el mercado local y/o internacional, o mediante la obtención de uno o más préstamos, para ser aplicado a la financiación del plan de OBRAS DE INFRAESTRUCTURA BÁSICA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO a ser ejecutadas en el período 2015-2019.

          Art. 2o.- Autorízase al Poder Ejecutivo a afectar en garantía y/o ceder en propiedad fiduciaria y/o ceder en garantía y/o en pago, los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos que le correspondan a la Provincia, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1o, 2o y 3o del Acuerdo Nación – Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos ratificado por Ley Nacional N° 25.570 o el régimen que lo sustituya, y/o recursos de la recaudación provincial, a los efectos de instrumentar el endeudamiento autorizado por la presente Ley.

          Art. 3o.- Autorízase al Poder Ejecutivo a prorrogar la jurisdicción a tribunales extranjeros, determinar la Ley aplicable a los títulos, incluyendo leyes extranjeras y acordar otros compromisos habituales para operaciones con títulos en los respectivos mercados.

          Art. 4o.- Facúltase al Poder Ejecutivo a determinar la época y oportunidad de la obtención de los préstamos o emisión de títulos de deuda, respetando siempre que la ejecución de las obras sea dentro del período establecido en el artículo 1o de la presente Ley.

          Art. 5°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a dictar las normas complementarias que establezcan los términos y condiciones de los préstamos y/o de los títulos de deuda, incluyendo, los plazos y condiciones de emisión de los títulos de deuda, fecha de emisión, amortización del capital, cancelación, pago de los servicios de rentas, precios de emisión, tasa de interés aplicable, afectación de los recursos otorgados en garantía y/o en pago, la colocación en el mercado local y/o en el mercado internacional, pago de comisiones, gastos, instrumentación e identificación de los títulos de deuda, y a adoptar todas las medidas y resoluciones complementarias, aclaratorias o interpretativas que sean requeridas a efectos de la emisión y colocación de los títulos de deuda y/o la obtención de los préstamos.

          Art. 6o.- La tasa de interés aplicable al endeudamiento autorizado en el artículo 1o deberá ser equivalente a la tasa promedio del mercado financiero para casos similares.

          Art. 7o.- Autorízase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Economía, infraestructura y Servicios Públicos, a efectuar todos los trámites correspondientes y a suscribir toda la documentación necesaria a fin de dar cumplimiento con los artículos precedentes, actuando por sí o por terceros, en la instrumentación, oferta pública, colocación, registración y pago de los títulos de deuda y/o de los préstamos autorizados por la presente Ley.

          Los recursos que se perciban por este endeudamiento deberán ser incorporados presupuestariamente, a cuyo efecto se habilitarán las partidas de recursos y gastos pertinentes, comunicando tal acto a la Legislatura en un plazo de diez (10) días.

          Art. 8o.- A los efectos de la presente Ley, autorízase al Poder Ejecutivo a imputar las sumas en efectivo que resulten necesarias para cubrir los gastos, costas, consentimientos de la operación, amortización y servicios de la deuda pública, quedando facultado, asimismo, para disponer las incorporaciones, reestructuraciones, modificaciones o reasignaciones presupuestarias necesarias en los ejercicios que correspondieran.

          Una vez utilizada la autorización prevista en el artículo 1o, el Poder Ejecutivo deberá remitir el Plan de Obras respectivo a la Legislatura indicando la descripción y el monto de las mismas.

          Art. 9º.- Créase, en el ámbito de la Legislatura Provincial, una Comisión Bicameral de Seguimiento, integrada por tres (3) Senadores y tres (3) Diputados, que tendrá por finalidad verificar la ejecución de las obras a realizarse con el financiamiento autorizado por la presente Ley.

          Art. 10.- Exímense de todos los tributos provinciales creados o a crearse que graven la instrumentación y posterior desarrollo de las operaciones contempladas en la presente Ley.

          Art. 11.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

4

Expte. Nº 90-22.736/14

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

Residencia Estudiantil

          Artículo 1o.- Declarar de Interés Provincial la creación de una residencia en la ciudad de Salta destinada a albergar estudiantes en situación socio económica y familiar vulnerable y que provengan del interior de la provincia, para que puedan acceder a la educación  superior universitaria y no universitaria.

          Art. 2o.- Son principios y objetivos de la presente Ley:

  1. Implementar políticas de inclusión y de equidad para que la dificultad de los jóvenes de afrontar el costo de una vivienda adecuada y distancias significativas no les impidan cursar estudios superiores.
  2. Proporcionar asistencia a estudiantes de menores recursos que realizan sus estudios en carreras superiores universitarias y no universitarias que no se dicten en los Departamentos donde residen.
  3. Facilitar el acceso, permanencia y egreso de estudiantes en situación socioeconómica desfavorable que tengan buen nivel académico y regularidad en sus estudios superiores.
  4. Proveer alojamiento, asistencia alimentaria, control de salud y apoyo académico.
  5. Fomentar la convivencia bajo los principios de responsabilidad, tolerancia, libertad y participación.
  6. Generar un ambiente propicio para la realización de actividades culturales, deportivas, recreativas como vía de desarrollo de la personalidad de los estudiantes.

          Art. 3o.- Son requisitos y condiciones para postularse a ser beneficiario:

  1. Ser argentino y tener cuatro (4) años de residencia en la Provincia, inmediatos anteriores a la solicitud del postulante y su grupo familiar.
  2. Estar inscripto o ser alumno regular de carreras superiores universitarias y no universitarias bajo la modalidad presencial y que no se dicten en los Departamentos donde residen.
  3. Ser egresado del nivel secundario, en cualquiera de sus modalidades, sin adeudar ninguna materia.
  4. Acreditar residencia en la Provincia, fuera de la ciudad de Salta y a una distancia mayor de cien (100) kilómetros, sin perjuicio de aquellos casos de excepción que se encuentren a una distancia menor de la mencionada y que presenten situaciones de inequidad y/o vulnerabilidad a criterio de la Autoridad de Aplicación.
  5. Presentar la certificación de la situación de vulnerabilidad socioeconómica de su grupo familiar conviviente, la que será renovada anualmente, expedida por servicios sociales provinciales conforme lo determine la reglamentación.
  6. Acreditar constancia de aptitud psicofísica otorgada por organismo sanitario público provincial.
  7. Cualquier otro requisito o condición que establezca la Autoridad de Aplicación.

         Art. 4°.- Los postulantes que accedan al beneficio deberán asumir el compromiso devolutivo del mismo, en la forma y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación, mediante las siguientes contraprestaciones de servicio:

  1. Realizar trabajo comunitario durante su permanencia en la residencia estudiantil.
  2. Prestar servicios profesionales en organismos municipales o en instituciones públicas del municipio de residencia.

Dichas contraprestaciones no generarán deuda alguna para el futuro y tendrán por fin la inserción participativa y solidaria en la comunidad por parte del beneficiario.

Art. 5°.- El beneficio no será otorgado cuando el postulante incurra en uno de los siguientes supuestos:

  1. Haya finalizado una carrera superior universitaria o no universitaria, o deba realizar pasantía, residencia o práctica similar, aunque la misma implique una dedicación anual y presencial.
  2. Adeude sólo exámenes finales y/o la realización de tesis para el año siguiente a la convocatoria.
  3. Exceda en más de dos (2) años en el tiempo de duración teórica de la carrera de acuerdo con su plan de estudio.
  4. Se encuentre suspendido o haya sido declarado el cese del beneficio por causal grave.
  5. No cumpliera con las demás condiciones establecidas en la presente Ley y en su reglamentación.

          Art 6°.- La Autoridad de Aplicación serán los Ministerios de Educación, Ciencia y Tecnología y de Derechos Humanos, o los organismos que en el futuro los reemplacen, los que coordinarán las siguientes acciones:

  1. Elaborar un reglamento que regule los distintos aspectos del quehacer y convivencia de la residencia, como así también establecer las sanciones que pudieran incurrir los beneficiarios en caso de incumplimiento de éste o de la presente Ley.
  2. Determinar edad y cantidad de estudiantes hospedados de acuerdo a la capacidad de las instalaciones, régimen de convivencia y posibilidades presupuestarias.
  3. Elaborar anualmente las bases de la convocatoria a postulantes, especificando las condiciones y criterios de admisión, según el contexto económico, académico y de lejanía del centro de estudio, respecto del domicilio familiar.
  4. Publicar la convocatoria e inscripción a través de los medios que estime convenientes, de forma tal que garantice una amplia difusión de la misma.
  5. Designar el personal a desempeñarse en la residencia estudiantil.
  6. Supervisar el cumplimiento de la reglamentación vigente y el funcionamiento de la residencia.
  7. Celebrar convenios con las Municipalidades de la provincia, organismos gubernamentales y no gubernamentales y empresas, para generar mecanismos que posibiliten el acceso y la permanencia en los estudios superiores a estudiantes en situación socioeconómica vulnerable.
  8. Realizar el seguimiento de la devolución y/o contraprestación ejecutada por los estudiantes beneficiados.
  9. Cualquier otra acción que favorezca el cumplimiento de la presente Ley.

      Art. 7º – Son obligaciones de los beneficiarios:

  1. Dar conformidad a las condiciones del beneficio otorgado, como así también cumplir con las obligaciones que resulten de las normas establecidas.
  2. Informar cualquier variación en su situación personal, familiar, económica y académica.
  3. Acreditar anualmente haber aprobado un porcentaje del sesenta por ciento (60 %) de las materias cursadas de su plan de estudios.
  4. Mantener una conducta acorde con las normas de buena convivencia y cuidar de los objetos, útiles e instalaciones de la residencia.

          Art 8o.- La calidad de beneficiario cesa por renuncia, finalización de la carrera que motivó el otorgamiento o por resolución de la Autoridad de Aplicación en los casos que así correspondiera de acuerdo a lo establecido en el régimen disciplinario o en la reglamentación.

          Art. 9°.- El Poder Ejecutivo determinará el espacio físico y el diseño arquitectónico de la residencia estudiantil, la que funcionará en terrenos o edificios de destino institucional.

          Art. 10.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los noventa (90) días a partir de su promulgación.

          Art. 11.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputarán al Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

          Art. 12.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

5

Expte. Nº 91-34.403/14

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE

L E Y

          Artículo 1o.- Fíjase en la suma de Pesos Veintitrés Mil Dos Millones Ciento Ochenta y Tres Mil Quinientos Nueve ($ 23.002.183.509) el Total de Gastos Corrientes y de Capital del Presupuesto General de la Administración Provincial – Administración Central y Organismos Descentralizados que se consolidan presupuestariamente para el Ejercicio 2015, conforme a Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

GASTOS CORRIENTES:                                                       $19.567.660.989

-ADMINISTRACIÓN CENTRAL                  $ 19.312.639.605

-ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS     $     255.021.384

GASTOS DE CAPITAL:                                                          $3.434.522.520

-ADMINISTRACIÓN CENTRAL                   $   2.112.980.800

-ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS      $   1.321.541.720

GASTOS TOTALES                                                               $23.002.183.509

GASTOS TOTALES ADM. CENTRAL                                    $21.425.620.405

GASTOS TOTALES ORG. DESCENT.                                   $1.576.563.104

          Art. 2°.- Estímase en la suma de Pesos Veintitrés Mil Trece Millones Veinte Mil Doscientos Noventa y Dos ($ 23.013.020.292) el Cálculo de Recursos de la Administración Provincial, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley:

RECURSOS CORRIENTES:                                                   $20.883.672.503

-ADMINISTRACIÓN CENTRAL                   $ 20.399.615.403

-ORGANISMOS                                        $      484.057.100

DESCENTRALIZADOS

RECURSOS DE CAPITAL:                                                     $  2.129.347.789

-ADMINISTRACIÓN CENTRAL                     $ 1.556.621.666

-ORGANISMOS                                            $   572.726.123

DESCENTRALIZADOS

RECURSOS TOTALES                                                          $23.013.020.292

RECURSOS TOTALES ADM. CENTRAL                                $21.956.237.069

RECURSOS TOTALES ORG. DESCENT.                              $  1.056.783.223

          Art. 3°.- Los importes que en concepto de Contribuciones y Gastos Figurativos se incluyen en planillas anexas constituyen autorizaciones legales para imputar el movimiento presupuestario a sus correspondientes créditos, según el origen de los aportes y ayudas financieras para Organismos Descentralizados. Las transferencias financieras de las erogaciones resultantes deberán materializarse según metodología que establezca el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos.

          Art. 4°.- Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes, el resultado financiero para el Ejercicio 2015 arroja un superávit de Pesos Diez Millones Ochocientos Treinta y Seis Mil Setecientos Ochenta y Tres ($ 10.836.783).

          Art. 5°.- Estímase en la suma de Pesos Seiscientos Cuarenta y Nueve Millones Trescientos Noventa y Seis Mil Cuatrocientos Ochenta ($ 649.396.480) o su equivalente en moneda extranjera, el importe correspondiente a las Fuentes Financieras que dispondrá la Administración Provincial en el Ejercicio 2015, según detalle obrante en Planillas Anexas de la presente Ley.

          El monto establecido en artículo 67 de la Ley de Contabilidad no podrá superar el cinco por ciento (5 %) de los ingresos corrientes anuales.

          Facúltase al Poder Ejecutivo a garantizar los préstamos que obtenga en virtud de las disposiciones contenidas en la presente Ley, pudiendo afectarse ingresos de coparticipación federal de impuestos, regalías y/u otros recursos, derechos o bienes.

          Art. 6°.- Fíjase en la suma de Pesos Seiscientos Sesenta Millones Doscientos Treinta y Tres Mil Doscientos Sesenta y Tres ($ 660.233.263) el importe correspondiente a Aplicaciones Financieras, de acuerdo a la distribución que se indica a continuación y al detalle que figura en Planillas Anexas que forman parte integrante da la presente Ley:

TOTAL APLICACIONES FINANCIERAS:                                 $ 660.233.263

-ADMINISTRACION CENTRAL                         $ 616.132.778

Amortización Deuda y Dism. de Otros               $ 615.532.778

Pasivos  

Disminución del Patrimonio                             $          600.000

-ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS          $     44.100.485

Inversión Financiera                                       $       3.843.885

Amortización Deuda y Dism. de Otros             $      40.256.600

Pasivos

          Art. 70.- Fíjanse en las sumas que para cada caso se indica en Planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley, los presupuestos para el Ejercicio 2015 de los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado que no se consolidan presupuestariamente. Será de aplicación para estos Entes lo previsto en la presente Ley en materia de incorporaciones, reestructuraciones y modificaciones presupuestarias, como así también en lo inherente en materia de personal.

          Art. 8°.- Fíjase la planta de personal del Poder Ejecutivo y Organismos Descentralizados consolidados presupuestariamente en sesenta mil doscientos treinta y seis (60.236) cargos, comprendiendo esta cifra al personal permanente y transitorio. Fíjanse las siguientes cantidades de horas cátedra para los niveles que a continuación se detallan:

EDUCACION NIVEL SUPERIOR EDUCACIÓN                               16.567

EDUCACIÓN NIVEL MEDIO                                                        196.974

TOTAL                                                                                       213.541

          Las horas cátedra no podrán ser convertidas en cargos equivalentes ni afectarse al cumplimiento de otras funciones distintas a las propias.

          Art. 9°.- Fíjase la planta de personal de los Organismos Autárquicos y Sociedades y Empresas del Estado, que no consolidan presupuestariamente en la cantidad de cargos que a continuación se detalla:

Organismos                                                                               TOTAL

Instituto Provincial de Salud de Salta (IPS)                                         540

Tomografía Computada S.E.                                                               44

Ente Regulador del Juego de Azar (ENREJA)                                      47

Ente Regulador de los Servicios Públicos (ENRESP)                          111

Instituto Provincial de los Pueblos Indígenas de Salta (IPPIS)                27

Instituto de Música y Danza de la Provincia                                         268

Recursos Energéticos Mineros Salta SA (REMSa SA)                          12

Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT)                                       69

Sociedad Anónima de Transporte Automotor (SAETA)                          92

Compañía Salteña de Agua y Saneamiento SA (CoSAySa)                  762

Hospital Público Materno Infantil S.E.                                              1.530

Complejo Teleférico Salta S.E.                                                             43

Sociedad Anónima Salta Forestal                                                         16

Ente General de Parques y Áreas Industriales                                                20

Centro de Convenciones Salta S.E.                                                      14

Universidad Provincial de Administración Pública                                   25

Hospital San Bernardo                                                                    1.246

Hospital Dr. Arturo Oñativia                                                                276

Red de Gestión Comunitaria Metán                                                    743

Total                                             5.885

          Art. 10.- Fíjase la planta de personal de la Auditoría General de la Provincia en ciento cuarenta y dos (142) cargos, incluidos los Auditores Generales, quedando su cobertura sujeta a disponibilidades presupuestarias.

          Art. 11.- Fíjase la planta de personal del Poder Legislativo en novecientos sesenta y nueve (969) cargos, excluidos legisladores, secretarios y prosecretarios, distribuidos en la siguiente forma: Cámara de Senadores, cuatrocientos tres (403) y Cámara de Diputados, quinientos sesenta y seis (566).

          Art. 12.- Fíjase la planta de personal permanente del Poder Judicial en dos mil quinientos veintiocho (2.528) cargos. La citada planta permanente incluye diecisiete (17) cargos del Tribunal Electoral de la Provincia.

          Art. 13.- Fíjase la planta de personal permanente del Ministerio Público en un mil ciento noventa y cinco (1.195) cargos, de los cuales corresponden quinientos treinta y siete (537) al Ministerio Público Fiscal, ciento ochenta y tres (183) al Ministerio Público Pupilar, trescientos (300) a la Defensoría General y ciento setenta y cinco (175) a Administración Central.

          Art. 14.- Sólo podrán producirse nuevas incorporaciones a las plantas de personal citadas en los artículos precedentes cuando se cuente con las respectivas vacantes, y si la unidad de organización o curso de acción de que se trate dispone de partidas presupuestarias suficientes hasta el fin del ejercicio o del período de la designación, para hacer frente a la erogación.

          Déjase establecido que la cobertura de cargos de planta permanente no implica la estabilidad o permanencia del agente, sino que tal estabilidad o permanencia está dada por el tipo de designación, el procedimiento utilizado y el marco normativo habilitante.

          Art. 15.- Los cargos podrán ser reestructurados siempre que ello no implique una mayor erogación que la prevista presupuestariamente, ni un aumento del número de cargos autorizados precedentemente.

          Art. 16.- Déjase establecido que las partidas de personal del Presupuesto Ejercicio 2015 se encuentran determinadas con la inclusión del aporte patronal jubilatorio previsto en la Ley 25.453 en lo concerniente al Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones.

          Al estar contemplado en el Presupuesto Ejercicio 2015 el costo salarial vigente a Octubre 2014 más una previsión para aumentos que regirán en el año 2015, queda el Poder Ejecutivo autorizado para que, en caso de resultar de imprescindible necesidad otorgar algún refuerzo de partida que tenga relación con el incremento del gasto en personal, o en transferencias que tengan relación con el costo salarial, pueda efectuar las reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias y/o incorporar las partidas de recursos y/o fuentes financieras que correspondan, para dotar a cada organismo de las asignaciones presupuestarias que le posibiliten cubrir el mayor costo resultante.

          Art. 17.- Se considerarán créditos presupuestarios originales del Ejercicio 2015 los establecidos en la Clasificación de Recursos por Rubro y en la Clasificación de Gastos por Objeto de la presente Ley. No obstante ello, y en virtud del diseño del sistema vigente de administración financiera, que hace necesario la apertura de los mismos a un nivel de detalle menor, los mismos deberán desagregarse de conformidad a los requerimientos de dicho sistema.

          Art. 18.- Para las erogaciones correspondientes a servicios requeridos por terceros que se financien con su producido, el Presupuesto podrá ajustarse en función de las sumas que se perciban como retribución de los servicios prestados.

          Art. 19.- Autorízase al Poder Ejecutivo a modificar el Presupuesto General, cuando resulte indispensable, incorporando las partidas específicas necesarias, o incrementando las ya previstas, cuando deba realizar erogaciones originadas en leyes, decretos y convenios, según corresponda, de vigencia en el ámbito de la Provincia, de origen internacional, nacional, interprovincial o provincial, como asimismo por la incorporación de partidas correspondientes a obras o servicios financiados por usuarios y/o contribución de mejoras. La autorización que se otorga está limitada a los aportes que a tal efecto se dispongan en dichas leyes, decretos y/o convenios, pudiendo estos aportes tener carácter reintegrable o no. Dicha autorización también resulta válida para la incorporación de partidas correspondientes a diversos aportes nacionales o de otros orígenes que reciba la Provincia.

          En todos los casos deberá contarse con la previa autorización del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos.

          Asimismo facúltase a incorporar presupuestariamente el excedente que se produzca en la ejecución de cada partida de recursos y/o fuentes financieras, como así también los ingresos que se produzcan en el curso del ejercicio o se encuentren disponibles al inicio del mismo por conceptos y/o importes de recursos y/o fuentes financieras no previstas en la presente Ley, procediendo a ampliar en iguales montos las partidas de gastos y/o aplicaciones financieras que correspondan.

          El Poder Ejecutivo deberá comunicar a la Legislatura en un plazo de diez (10) días, las modificaciones efectuadas.

          Art. 20.- Facúltase al Poder Ejecutivo a incorporar al Presupuesto, Ejercicio 2015, previa aprobación legislativa en su caso, las partidas de recursos por rubro y gastos por objeto, correspondientes a diversos Préstamos o Programas de Financiación de origen nacional o internacional que se obtengan, incluyendo las concernientes a financiamiento y contrapartes provinciales, en la medida que las diversas etapas de cada proyecto sean aprobadas por las respectivas entidades que los financian total o parcialmente.

          El financiamiento a incorporar será el que provea la entidad u organismo que financie total o parcialmente el proyecto, más el que se procure para cubrir la contraparte provincial.

          Idéntica facultad se confiere respecto del financiamiento a incorporar para habilitar o reforzar contrapartes, correspondientes a obras que cuenten con financiación.

          El Poder Ejecutivo deberá comunicar a la Legislatura en un plazo de diez (10) días, las modificaciones efectuadas.

          Art. 21.- Los fondos, valores y demás medios de financiamiento afectados a atender las erogaciones previstas en el Presupuesto General de la Administración Provincial, se encuentran protegidos por las disposiciones contenidas en Ley Nacional 25.973 y Leyes de la Provincia de Salta 5.018, 6.583, 6.669 y 7.125, por lo que no se admitirá toma de razón alguna que afecte en cualquier sentido su libre disponibilidad por parte del o de los titulares de los fondos y valores respectivos, salvo que la deuda que se ejecute haya sido prevista en el presupuesto aprobado.

          Quienes en virtud de su cargo hubieren tomado razón de alguna medida judicial comprendida en lo que se dispone en el presente, comunicarán al Juzgado correspondiente la imposibilidad de mantener vigente la medida.

          Art. 22.- Los pronunciamientos judiciales que condenen al Estado Provincial o a alguno de los entes u organismos que lo integran, al pago de una suma de dinero o, cuando sin hacerlo, su cumplimiento se resuelva en el pago de una suma de dinero, serán satisfechos dentro de las autorizaciones para efectuar gastos contenidos en el Presupuesto General de la Administración Provincial.

          En el caso que el Presupuesto correspondiente al ejercicio financiero en que la condena deba ser atendida carezca de crédito presupuestario suficiente para satisfacerla, el Poder Ejecutivo deberá efectuar las previsiones necesarias a fin de su inclusión en el del ejercicio siguiente, a cuyo fin los organismos correspondientes deberán remitir a la Oficina Provincial de Presupuesto, dependiente del Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, comunicación fehaciente de la condena antes del día 31 de Agosto del año correspondiente al envío del proyecto. Los recursos asignados por Ley de Presupuesto se afectarán al cumplimiento de las condenas siguiendo un estricto orden de antigüedad conforme a la fecha de notificación judicial y hasta su agotamiento, atendiéndose el remanente con los recursos que se asignen en el siguiente ejercicio fiscal.

          Art. 23.- Las sentencias judiciales que se dicten contra las Sociedades del Estado, Empresas del Estado y todo otro ente u organización donde el Estado Provincial tenga participación total o parcial, en ningún caso podrán ejecutarse contra el Tesoro Provincial, ya que la responsabilidad del Estado se limita a su aporte o participación en el capital de dichas organizaciones empresariales.

          Art. 24.- Las erogaciones a atenderse con fondos afectados deberán ajustarse, en cuanto a monto y oportunidad, a las cifras realmente recaudadas y no podrán transferirse a ningún otro destino ajeno a la finalidad del fondo en cuestión, excepto en los casos autorizados en el artículo 2o del Acuerdo Nación Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos suscripto el 27 de Febrero de 2002, Ley 7.209. En aquellos casos en que el ingreso de los fondos esté condicionado a la presentación previa de certificados de obras o comprobantes de ejecución, las erogaciones estarán limitadas únicamente por los montos autorizados por el artículo 1o de la presente Ley, siempre que por parte del ente, organismo, entidad financiera, etc., que tiene a su cargo la autorización y entrega del fondo afectado, exista expresa conformidad y se cuente con la partida o cupo correspondiente que permitirá hacer entrega de las respectivas remesas una vez presentados los certificados.

          En casos de fundada necesidad, y ante el retraso que pudiere producirse en la recepción de fondos de origen nacional, el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos podrá disponer anticipos financieros, los que serán recuperados en oportunidad de recibirse la remesa del organismo nacional que financia la erogación en cuestión.

          Art. 25.- Los fondos provenientes de la venta de productos elaborados, servicios, bienes en desuso u otros ingresos, podrán ser utilizados por los organismos recaudadores que a continuación se detallan, para contratar y/o adquirir materias primas, insumos y otras erogaciones corrientes y/o de capital que demanden sus respectivos requerimientos de producción y servicio, de acuerdo a los procedimientos y metodología establecidos en la Ley de Contrataciones vigente: Poder Judicial, Ministerio Público, Dirección General de Aviación Civil, Secretaría de Delegación Casa de Salta en Capital Federal, Ministerio de Justicia, Secretaría de Deportes, Policía de Salta, Dirección General del Servicio Penitenciario, Boletín Oficial, Secretaría de Trabajo y Previsión, Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, Secretaría de Defensa del Consumidor, Dirección General de Rentas, Secretaría de Asuntos Agrarios (Registro de Operadores de la Carne), Cabecera de Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, Secretaría de Recursos Hídricos (en lo referido al Laboratorio Ambiental, Canon Aguas Subterráneas para Uso Industrial y Canon de Agua Pública para Uso Minero), Secretaría de Obras Públicas, Hospital de Salud Mental Dr. Miguel Ragone, Ministerio de Cultura y Turismo (Hotel Termas de Rosario de la Frontera, Secretaría de Cultura, Museo de Arqueología de Alta Montaña y otros organismos de esa jurisdicción que generen recursos propios), Unidad de Formación, Investigación y Desarrollo Tecnológico de Salta (UFIDeT), Escuelas EMETA, Agrícolas, Técnicas y de Producción y Sindicatura General de la Provincia. En todos los casos la reinversión será factible siempre que se cuente con el crédito presupuestario de erogaciones en el organismo respectivo.

          Estos organismos deberán informar mensualmente a Contaduría General de la Provincia, el movimiento de recursos y gastos ocurridos, y presentar las rendiciones que correspondan.

          El excedente de recaudación en cada una de las partidas de estos recursos podrá incorporarse ampliando el crédito presupuestario de recursos y gastos pertinentes.

          Los recursos no comprometidos al cierre del ejercicio anterior, podrán incorporarse presupuestariamente al ejercicio siguiente en la cuenta pertinente del rubro fuentes financieras, ampliando en igual monto las partidas de gastos y/o aplicaciones financieras correspondientes.

          Queda el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos facultado para reglamentar los procedimientos referidos a la percepción, registro, manejo y rendición de los fondos autorizados a reinvertir por el presente artículo. En los casos que resulten procedentes, y tendiendo al manejo unificado de los fondos públicos de los organismos dependientes del Poder Ejecutivo, por Resolución fundada del Ministro de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, se podrá dejar sin efecto la facultad de reinversión de algunos de los entes autorizados, o establecer metodologías especiales para su gestión.

          El importe presupuestado en Fuentes Financieras – Disminución de la Inversión Financiera, no incluye los fondos citados en el presente artículo, ni los recursos destinados a fines específicos no invertidos al cierre del ejercicio anterior.

          Art. 26.- Asígnase a los Municipios una participación del veinte por ciento (20%) de la recaudación provincial por Canon Minero y Canon de Aprovechamiento de Aguas Minerales, y el monto equivalente en pesos al porcentaje de las Regalías Petrolíferas y Gasíferas establecido por Ley 6.438. La participación de Regalías Petrolíferas y Gasíferas se liquidarán a Municipios sobre el monto bruto que le corresponde a la Provincia.

          Los fondos deberán ser distribuidos conjuntamente con los originados por la participación del cincuenta por ciento (50 %) de las Regalías Mineras establecidas por Ley 6.294, entre los Municipios productores.

          Asimismo se coparticipará a Municipios el cuarenta por ciento (40 %) de las Regalías Hidroeléctricas, las que no podrán destinarse al pago de sueldos, debiendo el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos efectuar la distribución a los Municipios beneficiarios, en función de: a) localización geográfica de los mismos, b) su relación con la fuente productora de las regalías que se recauden y c) grado de afectación negativa en el área, producida por fenómenos meteorológicos o de otra índole.

          Los Municipios percibirán además la participación del cincuenta por ciento (50%) de la contraprestación que se perciba por la explotación de inmuebles rurales de propiedad del Estado Provincial, Entidades Autárquicas o Descentralizadas, Sociedades del Estado y/o Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, en los términos y condiciones previstos en Ley 7.623.

          En cumplimiento de lo dispuesto por Ley 7.739, el Poder Ejecutivo determinará oportunamente la coparticipación que le corresponderá al Municipio de Aguas Blancas, y dispondrá la pertinente liquidación. Con igual vigencia se reasignarán los fondos que le correspondan a dicho Municipio en concepto de Descentralización de Programas Sociales y otros regímenes.

          Art. 27.- Déjase establecido que el Fondo de Promoción Minera correspondiente al Ejercicio 2015, estará constituido por un monto equivalente a los recursos previstos, en el artículo 13 incisos a), c) y f) de la Ley 6.026 y en el artículo 12 de la Ley 6.294, y se afectará prioritariamente al servicio de amortización de obras de gasoductos y tendidos de redes de gas, facultándose al Poder Ejecutivo a reasignar el saldo no utilizado de esta partida durante el Ejercicio 2.015, en caso de producirse el mismo.

          Art. 28.- Habilítase una partida presupuestaria de Pesos Doscientos Millones ($ 200.000.000), compuesta de Pesos Cien Millones ($ 100.000.000) para gastos corrientes y Pesos Cien Millones ($ 100.000.000) para gastos de capital, que tendrá como destino atender el Fondo Compensador Municipal que el Poder Ejecutivo otorgará a los Municipios en función de la reglamentación que a tal efecto dicte.

          Art. 29.- El Fondo de Fortalecimiento Tributario e Infraestructura Municipal será destinado preferentemente a darle mayor eficiencia y eficacia al sistema recaudatorio, todo ello en el marco de la reglamentación que al efecto dicte el Poder Ejecutivo.

          Art. 30.- El costo del servicio por el manejo financiero de las cuentas bancarias del Poder Ejecutivo, incluyendo el correspondiente a las cuentas donde se acreditan los haberes del personal, se imputará al Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, al igual que el gasto que genera el funcionamiento del proceso normal de recaudación de impuestos provinciales.

          Art. 31.- Autorízase al Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Cámaras Legislativas, Ministerio Público y Auditoría General de la Provincia, a efectuar reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios y en la composición, estructura, definición, metas e indicadores de los cursos de acción asignados a sus respectivas jurisdicciones, incluyendo dicha autorización los movimientos presupuestarios que surjan de reestructuraciones o transferencias de cargos y/o agentes. En ningún caso podrá importar un incremento del monto total que surge de adicionar los componentes de los rubros gastos y aplicaciones financieras, pudiendo variar la composición de las contribuciones y gastos figurativos.

          Asimismo, los Entes citados en el párrafo precedente, podrán efectuar entre sí transferencias de partidas, como así también transferencias del personal de revista con sus respectivos cargos y partidas presupuestarias.

          El Poder Ejecutivo y los restantes Poderes, determinarán para sus jurisdicciones dependientes, los niveles de autorización para disponer las reestructuraciones presupuestarias, en función de un ágil manejo del nuevo sistema de administración financiera.

          Las reestructuraciones o transferencias en los créditos presupuestarios deberán ser comunicadas a la Legislatura en un plazo de diez (10) días.

          Art 32.- Autorízase al Poder Ejecutivo a incorporar las partidas presupuestarias de recursos y gastos correspondientes, en caso de obtenerse la financiación que posibilite la ejecución de las obras que resulten calificadas de interés provincial, o de considerar necesario, para la prosecución de obras financiadas parcialmente con el Fondo de Reparación Histórica del Norte de la Provincia de Salta, ya sea con financiamiento de los respectivos contratistas o por préstamos que se procuren a estos efectos, quedando facultado para otorgar las garantías y/o constituir los fideicomisos que resulten necesarios. En tal caso el Poder Ejecutivo deberá comunicar dicha incorporación a ambas Cámaras Legislativas.

          Art. 33.- Apruébase la documentación obrante en Anexo I integrante de la presente Ley, el cual contiene los objetivos de Jurisdicciones y Entidades y la descripción de las categorías de cursos de acción, sus metas e indicadores de gestión, que se diseñaron para ser ejecutados durante el Ejercicio 2015. Los créditos correspondientes a cada curso de acción se encuentran contenidos en el presupuesto de la respectiva jurisdicción o entidad.

          Asimismo apruébase la documentación obrante en Anexos II, III y IV integrantes de la presente Ley, referida a indicadores Agregados Fiscales y Financieros, Indicadores Sectoriales de Gestión Pública e Indicadores Tributarios respectivamente, facultándose al Poder Ejecutivo a identificar y establecer las respectivas áreas responsables de elaborar los mismos.

          Art. 34.- El Poder Ejecutivo procederá a distribuir entre las unidades de organización y cursos de acción de cada jurisdicción y entidad de su competencia, las partidas presupuestarias que se asignan a dicho Poder según las planillas Anexas que forman parte integrante de la presente Ley, debiendo publicar la distribución en el Boletín Oficial dentro de los treinta (30) días de efectuada.

          Art. 35.- La Cuenta General del Ejercicio 2015 deberá contener las ejecuciones presupuestarias de los Organismos Autárquicos y Empresas y Sociedades del Estado que no se consolidan presupuestariamente.

          Art. 36.- Déjase establecido que el Poder Ejecutivo está facultado para afrontar con el producido de las privatizaciones de Empresas y Sociedades del Estado, las deudas que hubiere de los entes privatizados, las que se mantengan a la fecha y las que se devenguen con posterioridad, rigiendo esta normativa en forma global para el conjunto de los entes privatizados o a privatizarse, como asimismo a efectuar el registro patrimonial que corresponda.

          Art. 37.- Déjase establecido que las obras que se detallan a continuación podrán ser incluidas por el Poder Ejecutivo en el Régimen de Contribución de Mejoras previsto en la Ley 7.401 o la normativa que la reemplace en el futuro:

-R.P. N° 36 Rosario de Lerma-Emp.R.N. N° 68 L=11,263 km. Pavimentación

-Avda. Circunvalación Sureste a la Ciudad. L=8,4 km y 19,2 km

R.P.N°5 El Chaguaral-La Estrella, Reconstrucción y Repavimentación L-28 km.

-Variante R.P. N° 28 San Lorenzo L=3,3 km. Proyecto y Ejecución de Obra Básica, de arte y pavimentación.

-R.P. N° 47 Cnel. Moldes – Cabra Corral. Repavimentación 26 km.

R.P.N°26 Emp. Avda. Tavella-Repavimentación y ensanche de calzada. L= 3,5 km.

-R.P. N° 13 La Unión – Rivadavia Banda Sur

          Art. 38.- A los fines de garantizar una correcta ejecución de los presupuestos y de compatibilizar los resultados esperados con los recursos disponibles, todas las jurisdicciones y entidades dependientes del Poder Ejecutivo deberán programar, para cada ejercicio, en forma mensual, la ejecución física y financiera de sus presupuestos, quedando facultado a este efecto el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios públicos, a aplicar las medidas conducentes al cumplimiento de este objetivo. A tal efecto, aunque se cuente con partida presupuestaria de erogaciones, la ejecución de los gastos quedará supeditada a los lineamientos que disponga el citado Ministerio, en función al comportamiento que vaya presentando la percepción y centralización de los recursos.

          Art. 39.- Autorízase al Poder Ejecutivo a modificar las cuentas de recursos por rubro y gastos por objeto que correspondan en el Presupuesto Ejercicio 2.015 de la Administración Provincial, efectuando las reestructuraciones, refuerzos e incorporaciones que resulten necesarias, permitiendo la habilitación de fuentes financieras, en función de programas de financiación y/o pago que puedan acordarse, incluyendo el sector público nacional o municipal, como asimismo por compensación de deudas provinciales y/o municipales que puedan concertarse, incluyendo la atención de servicios de deudas cuya amortización se haya efectuado a través del Tesoro Provincial. Esta autorización resulta también aplicable cuando se verifiquen incrementos o ajustes no previstos presupuestariamente en cada partida de servicio de la deuda del citado Ejercicio.

          Las modificaciones en las cuentas de recursos por rubro y gastos por objeto deberán ser comunicadas por el Poder Ejecutivo a la Legislatura en un plazo de diez (10) días.

          Art. 40.- Déjase explicitado que el Poder Ejecutivo Provincial se encuentra facultado para hacer uso de la autorización conferida por artículo 2o del Acuerdo Nación Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos suscripto el 27 de Febrero del año 2.002, ratificado por Ley Nacional 25.570 y Ley Provincial 7.209, como así también para ordenar las transferencias de fondos afectados y/o propios de Organismos Descentralizados en concepto de erogaciones figurativas, y de Organismos Autárquicos, Empresas y Sociedades del Estado en concepto de transferencias corrientes y/o de capital.

          El Poder Ejecutivo deberá comunicar las modificaciones efectuadas a la Legislatura en un plazo de diez (10) días.

          Art. 41.- Fíjase en un monto de Pesos Cincuenta y Cinco Millones ($ 55.000.000) el cupo de nuevos beneficios a acordar durante el Ejercicio 2.015, en concepto de:

Fondo de Promoción Turística – Ley 6.064

Promoción Ganadera – Ley 7.124 y Decreto 2.099/01

Promoción Industrial – Ley 6.025

Promoción Servicios de Salud – Ley 7.679

Promoción Energías Renovables – Ley 7.823

          La determinación de los montos a apropiar a cada uno de estos regímenes será establecida en forma conjunta entre los Ministerios de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos, y de Ambiente y Producción Sustentable.

          El Poder Ejecutivo queda facultado para ampliar el mencionado cupo o suspender en forma parcial o total el otorgamiento de estos beneficios durante el transcurso del Ejercicio 2.015, en caso de surgir fundadas razones de necesidad, oportunidad y/o conveniencia.

          Art. 42.-Establécese un Régimen de Compensación de Créditos y Deudas entre el Tesoro Provincial y los entes del Sector Público Nacional, Provincial y/o Municipal, como así también con personas y/o entes del Sector Privado, la que se efectuará de conformidad a la reglamentación que al efecto disponga el Ministerio de Economía, Infraestructura y Servicios Públicos.

          Art. 43.- Autorízase al Instituto Provincial de Salud de Salta, a ceder total o parcialmente al Poder Ejecutivo, los derechos y acciones que tuviere contra sus deudores a cuenta de los adelantos que el Gobierno Provincial hiciera al mencionado organismo, de acuerdo a disponibilidad presupuestaría y financiera. Asimismo autorízase al Poder Ejecutivo a subrogar, en los términos del artículo 767 del Código Civil, en todos los derechos y acciones que sea titular el mencionado organismo, en virtud de la operatoria prevista precedentemente.

          El Poder Ejecutivo informará mensualmente al Poder Legislativo los conceptos y montos compensados.

          Asimismo facúltase al Instituto Provincial de Salud de Salta a establecer un régimen de regularización de deudas en concepto de aportes para afiliados y beneficiarios del Sector de Afiliación Individual al IPS que vayan a reingresar a la obra social. A tal efecto, el Directorio del mencionado organismo podrá, mediante Resolución, determinar un plan de facilidades de pago con reducción cuotas y dispensación de intereses devengados, siempre y cuando el requirente no haya usufructuado prestaciones.

          Art. 44.- Autorízase al Poder Ejecutivo a refinanciar y/o reestructurar deudas vencidas o a vencer, o a adquirir títulos, valores y/o derechos existentes derivados de recursos cedidos por la Provincia, incorporando las partidas de recursos por rubro y gastos por objeto que resulten pertinentes, siempre que ello represente un beneficio económico o financiero. A tales fines podrá contraer, mediante contratación, préstamos en el mercado financiero nacional o internacional, tanto con entidades financieras públicas como privadas, o mediante la emisión de un Título de la Deuda Provincial, cotizable en los mercados nacionales y/o internacionales, en una o varias series, con el objeto de optimizar el perfil de la Deuda Pública, a cuyo fin podrá garantizar las operaciones que realice mediante la afectación de la coparticipación federal, regalías y/u otros recursos, derechos o bienes. Los convenios efectuados en cumplimiento del presente, deberán ser informados a ambas Cámaras Legislativas, dentro de los treinta (30) días.

          Asimismo, queda el Poder Ejecutivo facultado a mejorar el perfil de la deuda y/o a precancelar total o parcialmente obligaciones financieras o no financieras con entidades públicas o privadas, como así también las originadas en las Leyes Provinciales 6.669, 6.788, 6.905, 6.931 y 7.125, a cuyo efecto podrá incorporar presupuestariamente las pertinentes partidas de fuentes financieras y de servicio de la deuda que correspondan.

          El Poder Ejecutivo garantizará el pago del monto equivalente a la proporción correspondiente a los Municipios.

          Art. 45.- Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer las incorporaciones y/o reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, a efecto de posibilitar la imputación de las ayudas que correspondan otorgar a los partidos políticos de la Provincia de Salta, habilitando en su caso la fuente financiera pertinente.

          Art. 46.- Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer las incorporaciones y/o reestructuraciones presupuestarias que resulten necesarias, habilitando en su caso la fuente financiera pertinente, en relación con los gastos que se produzcan en el ámbito del Poder Judicial y del Ministerio Público, como consecuencia de sus necesidades de funcionamiento y la creación de nuevos tribunales, defensorías, asesorías de incapaces y fiscalías, precediéndose a ampliar las plantas de cargos previstas en los artículos 12 y 13 en la cantidad que se convenga con el Poder Ejecutivo.

          Asimismo se faculta al Poder Ejecutivo a proceder de la manera indicada en el primer párrafo del presente artículo, respecto de las necesidades de funcionamiento que se presenten en la Auditoría General de la Provincia, incluyendo las referidas a ampliación y/o cobertura de cargos. Si tal cobertura se realiza con personal que actualmente brinda servicios en otras áreas de la administración gubernamental, se transferirán las partidas pertinentes, con encuadre a lo dispuesto en el artículo 31 de la presente Ley.

          Art.47.- Déjase establecido que la disponibilidad financiera sin afectación que exista al cierre del Ejercicio 2.014, perteneciente al Fondo de Reparación Histórica del Norte de la Provincia de Salta, se irá incorporando al Presupuesto Ejercicio 2.015, habilitando las partidas de construcciones pertinentes, en función del cronograma previsto para cada una de las obras detalladas en Planilla Anexa del artículo 1o de la Ley 7.691.

          Art. 48.- Adhiérese la provincia de Salta a las prórrogas de la Ley Nacional 26.530, establecidas por Nación mediante Decreto 2.054/10 y Leyes 26.728, 26.784, 26.895 y 27.008, suspendiéndose para los respectivos ejercicios financieros toda disposición de la normativa provincial que resultare incompatible con lo establecido por Ley Nacional 26.530 y sus respectivas prórrogas.

          Art. 49.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

          Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

– Las planillas Anexas se encuentran publicadas en Separata del Boletín Oficial Nº 19.458 de fecha 9-01-15.

6

Exptes. Nros. 91-32.960/13 y 91-34.431/14

Resolución Bicameral Nº 03

EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA

R E S U E L V E N

          Artículo 1o.- Aprobar la Cuenta General presentada por el Poder Ejecutivo Provincial correspondiente al Ejercicio 2011.

          Art. 2°.- Remitir al Poder Ejecutivo los libros y documentos justificativos de las Cuentas a las que hace referencia la presente Resolución.

          Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, regístrese y archívese.

          Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

7

Expte. N° 90-23.173/14

Resolución Nº 301

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1o.- Declarar de interés del Senado, el “Programa de Coinvestigación sobre Interculturalidad, Memoria e Identidad en los Valles Calchaquíes del Noroeste Argentino”, desarrollado por el Centro de Investigación de Lenguas, Educación y Culturas Indígenas (CILECI), de la Universidad Nacional de Salta (UNSa), el Municipio de San Carlos y las instituciones educativas de las localidades de San Carlos y Angastaco, para fortalecer la alfabetización académica con pertenencia cultural e histórica de la región a los estudiantes de nivel medio y promover la formación en investigación social en contextos de interculturalidad de los Valles Calchaquíes.

          Artículo 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

8

Expte. N° 90-23.498/14

Resolución Nº  302

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1o.- Declarar de interés del Senado la presentación del libro “Los papás peleadores”, de la escritora Patricia Carina Ocaranza, dentro de la V Tertulia Cultural Decembrina, organizada por la Agrupación Cultural Tabasco A.C. , a celebrarse los días 22 y 23 de diciembre del corriente año, en la ciudad de Cárdenas, en el Estado de Tabasco en México.

          Artículo 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

9

Expte. N° 90-23.515/14

Resolución Nº 303

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

R E S U E L V E

          Artículo 1°.- Declarar de Interés de esta Cámara el libro “Ñañito” cuyas autoras, Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chiliguay, Margarita Viveros, María Sara Ruiz, Mónica Montserrat Mamaní, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López, del equipo Docente “Amancay” de Cachi, departamento del mismo nombre, rescatan la historia y las raíces, los valores y costumbres de la cultura de los Valles Calchaquíes, para la enseñanza y aprendizaje de alumnos y docentes de la comunidad educativa y de los habitantes de la provincia de Salta.

          Art. 2°.- Registrar, Comunicar y Archivar.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

10

Expte. N° 90-23.559/14

Declaración N° 778

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Gobierno de la Provincia de Salta, provea de los medios para que se realicen en forma urgente, los trabajos con el fin de completar el “Plan de Mínima Año 2013 – 2014” y los previstos para el año 2015 de defensas y encauzamientos de los Ríos de las Conchas, Metán y Yatasto, jurisdicción del Municipio de San José de Metán – departamento Metán.

FUNDAMENTOS

          Es necesario a la mayor brevedad, limpiar adecuadamente los lechos y proteger, robustecer y afianzar las riberas de esos cauces de agua, dada la proximidad de la temporada estival y habiendo comenzado ya el periodo de lluvias se requiere que se realicen las tareas solicitadas de manera inmediata.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

11

Expte. N° 90-23.560/14

Declaración N° 779

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, considere la implementación de un programa de provisión, para los alumnos que cursen los últimos años de las especialidades, Bachillerato en Informática, Construcciones y Electromecánica, de un Kid de Herramientas para que realicen sus prácticas previstas en esas especializaciones.

FUNDAMENTOS

          Con estos elementos las y los jóvenes estudiantes podrán practicar y aprender más adecuadamente en la especialidad que han elegido, ya que van a tener elementos prácticos para hacerlo, lo que redundará en un mayor beneficio para ellos y en una mejor prestación y alcance de los objetivos propuestos por la cartera educativa.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

12

Expte. N° 90-23.516/14

Declaración N° 780

LA CÁMARA DE SENADORES DE LA PROVINCIA DE SALTA

D E C L A R A

          Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial el libro “Ñañito” cuyas autoras, Dora Betty Laureano, Gregoria Clementina Gonza, Mabel Evangelina Chiliguay, Margarita Viveros, María Sara Ruiz, Mónica Montserrat Mamaní, Nora Liliana Guaymás, Norma del Valle Romero de Rodríguez y Rosa Sofía López, del equipo Docente “Amancay” de Cachi, departamento del mismo nombre, rescatan la historia y las raíces, los valores y costumbres de la cultura de los Valles Calchaquíes, para la enseñanza y aprendizaje de alumnos y docentes de la comunidad educativa y de los habitantes de la provincia de Salta.

          Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los diecisiete días del mes de diciembre del año dos mil catorce.

—–


* Resoluciones publicadas en Apéndice punto 7 y 8