20/08/2009
20 de agosto de 2009
9ª Reunión – 9ª Sesión Ordinaria
Presidencia del Senador MASHUR LAPAD
Secretario Legislativo: Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU
Secretario Administrativo: Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS
SENADORES PRESENTES:
AGUILERA Ernesto Juan
BRIZUELA, Mario Alberto
CABANA, Silvia Guadalupe
FIGUEROA, Eduardo Favio
JORGE Alfredo
LAPAD, Mashur
LIVERATO, Pedro
LUNDA, Leonardo
LUQUE, Manuel Héctor
MOREYRA, Juan Martín
PONNA, Catalina Elsa
QUIPILDOR, Omar Gerardo
SALVA, Telmo
VALLE, José Luis
VARGAS, Claudia Silvina
ZENTENO, Sergio Ramón
SENADORES AUSENTES CON AVISO:
D’ANDREA, Luis Francisco
DÍAZ, Pablo Raúl
GARCÍA, Raúl Bartolomé
OLMEDO, Alfredo
PEDROZA, Alberto Froilán
SOTO, Jorge Pablo
YARADE, Rodolfo Fernando
S U M A R I O
Pág.
1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….
2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….
3. Asuntos Entrados
I. Comunicación de Presidencia……………………………………………………………..
II. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………
III. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………………
IV. Proyectos de Declaración
1. Expte. Nº 90-18.289/09. Del señor Senador Pedro Liverato: viendo con agrado la derogación del Decreto Nº 2.533/67……………………………………………….
2. Expte. Nº 90-18.291/09. Del señor Senador Jorge Pablo Soto: viendo con agrado la ejecución de la obra de canal de desagüe sobre la Ruta 47 en la localidad de Coronel Moldes…………………………………………………………………………
3. Expte. Nº 90-18.292/09. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado que a través de los organismos competentes se garantice el agua potable en la Escuela Rural Nº 4.447 de El Morenillo, departamento Rosario de la Frontera……………………………………………………………………………………………..
4. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………
5. Homenajes………………………………………………………………………………………………………….
6. Asuntos Entrados durante la Sesión:
V. Dictamen de Comisión…………………………………………………………………….
7. Moción de vuelta a Comisión………………………………………………………………………………………………
8. Expte. Nº 91-21.593/09. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión por el cual se transfiere en donación a favor de la Municipalidad de El Tala, el inmueble Matrícula Nº 524, para ser destinado a biblioteca popular. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación……………………………………………………………………
9. Expte. Nº 91-21.990/09. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión por el cual se declara de utilidad pública el inmueble Matrícula Nº 133.957 del departamento Capital, con destino a la radicación de un centro vecinal y recreativo en el barrio La Tradición. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………
10. Expte. Nº 90-18.247/09. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado la devolución de inmuebles pertenecientes a la Ex-AGAS, ubicados en San José de Metán. Se aprueba. ………………………………………………………………………………………………………………………
11. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………..
12. Apéndice:
– Sanciones de la Cámara………………………………………………………………………………….
– En la ciudad de Salta, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil nueve, siendo horas 19:00:
Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de doce señores senadores, queda abierta la sesión.
1
IZAMIENTO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Cerrillos, don Alfredo Jorge, a izar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a izar la Bandera Provincial.
– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Alfredo Jorge y José Luis Valle proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)
2
VERSIÓN TAQUIGRÁFICA
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día seis de agosto del año dos mil nueve. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.
– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día seis de agosto del año dos mil nueve.
3
ASUNTOS ENTRADOS
I
Comunicación de Presidencia
En virtud de lo establecido en el artículo 27 inc. 10) del Reglamento de la Cámara, ha sido girado a la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, el proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo a endeudarse hasta la suma de pesos cuarenta y seis millones o su equivalente en otras monedas, con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, para el financiamiento del proyecto del Programa de Obras para el Abastecimiento de Agua Potable a escuelas y localidades de la provincia de Salta, o como en el futuro se denomine, financiado con recursos provenientes del préstamo otorgado por el Fondo Fiduciario Federal de Integración Regional. (Expte. Nº 91-22.169/09)
II
Comunicaciones de la Cámara de Diputados
Proyecto de ley en revisión, sobre actividad profesional de los Martilleros y Corredores Públicos y Corredores Inmobiliarios dentro del ámbito territorial de la provincia de Salta. (Expte. Nº 91-21.624/09)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
Proyecto de ley en revisión, aprobando el Acta Complementaria del Convenio de Transferencia del Sistema de Previsión Social de la provincia de Salta al Estado Nacional suscripta entre la Administración Nacional de Seguridad Social y el gobierno de la provincia de Salta. (Expte. Nº 91-22.354/09)
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
III
Comunicaciones Oficiales
La Secretaría General de la Gobernación remite copia de los siguientes Decretos:
Nº 3.101/09, Ley Nº 7574, estableciendo que estarán exentos del Impuesto a las Actividades Económicas previsto en el Libro II, Título Segundo, Capítulo Primero del Código Fiscal de la Provincia, los ingresos provenientes de la actividad de distribución y comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) envasado en garrafas de 10 kg., 12 kg. y 15 kg, en tanto se mantenga la vigencia del “Programa Nacional de Consumo Residencial de Gas Licuado de Petróleo Envasado”. (Expte. Nº 91-22.150/09)
Decreto Nº 3.160/09, Ley Nº 7575, autorizando al Poder Ejecutivo a realizar los actos necesarios para garantizar con fondos del Instituto Provincial de Vivienda la operatoria financiera constituida conforme las previsiones del artículo tercero y Anexo I de la Carta Compromiso suscripta entre la provincia de Salta, ANSES, la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, y Nación Fideicomisos S.A. en el marco del Programa Federal Plurianual de Construcción de Viviendas al cual se encuentra adherida la Provincia por Acuerdo del 11 de agosto de 2005. (Expte. Nº 91-22.123/09)
– A sus antecedentes.
IV
Proyectos de Declaración
1
Expte. Nº 90-18.289/09
La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,
D E C L A R A :
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, derogue el Decreto de Facto Nº 2533/67, que dispone hasta tanto el Municipio de La Silleta, del departamento Rosario de Lerma, se encuentre encuadrado en lo que determina la Ley Nº 1.349, deberá ser atendido en todo lo inherente a la labor municipal por la Intendencia de Campo Quijano.
Pedro Liverato
Fundamentos
Señor Presidente:
Este proyecto de declaración tiene por objeto el logro de un anhelo ampliamente esperado por los habitantes de la comunidad de La Silleta, en el departamento Rosario de Lerma, el cual consiste en la posibilidad de decidir por sí mismos su propio destino, mediante la institucionalización de un gobierno local a efectos de administrar su propia vida pública, toda vez que largamente cumplimenta los recaudos constitucionales en materia poblacional.
De este modo se propone que la localidad de La Silleta recupere su status jurídico de municipio, conforme lo dispone el artículo 170 de la Constitución Provincial, con los derechos y obligaciones que la Constitución Nacional dispone en sus artículos 5º y 123, y lo que estipulan las normas concordantes del Derecho Público Provincial.
En tal sentido cabe explicitar que este proyecto reconoce como antecedente singular la preexistencia del carácter municipal de la localidad de La Silleta, en mérito a la Ley Nº 3.913 que data del año 1964, donde se la consagra como municipio de la provincia de Salta, y cuya vigencia de la norma se suspende tres años más tarde mediante el Decreto Nº 2.533/67 al disponer “que hasta tanto el Municipio de La Silleta se encuentre encuadrado en lo que determina la Ley Nº 1349 (Organización y Funcionamiento de Municipalidades), que le permita desarrollar una labor eficaz a favor de la comunidad, deberá el mismo ser atendido en todo lo inherente a la labor municipal por la Intendencia de Campo Quijano, a cuya jurisdicción perteneció antes de su creación”.
Es procedente analizar que si bien es cierto el Decreto Nº 2533/67, resultaría en principio de jerarquía inferior a la Ley Nº 3.913 de creación de municipio, tratándose de norma emitida en un gobierno de facto, deviene aplicable en tanto no se ha producido su derogación expresa o implícita.
En ese criterio se ha pronunciado la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al sostener que “la validez de las normas y actos del Poder Ejecutivo de facto, está condicionada a que explícita o implícitamente el gobierno constitucionalmente elegido, que lo suceda, la reconozca, y que la restitución del orden constitucional en el país requiere que los Poderes del Estado Nacional o de las Provincias, en su caso, rectifiquen o desechen explícita o implícitamente los actos del gobierno de facto (Rivademar, Angela c/Municipalidad de Rosario. Ley Nº 2205)”.
Nuestro Derecho Público Provincial, en la reforma constitucional del año 1986, al referirse a situaciones como la expresada, dispone que “Los municipios existentes a la fecha de sanción de esta Constitución continúan revistiendo el carácter de tales. Las delimitaciones de la jurisdicción territorial de los municipios es facultad de la Legislatura, la que debe contemplar, además del ejido urbano, la extensión rural de cada municipio. Previo a la delimitación, la Legislatura convoca a consulta popular en el municipio, en la forma que reglamente la ley. Toda modificación ulterior de esos límites se realiza por el mismo procedimiento”. (Art. 170 de la Constitución Provincial)
La apuntada modificación al régimen de derecho municipal al existente en 1964, fecha de sanción de la ley de creación del municipio, supone la vigencia de la Ley Nº 3.913 de creación del Municipio de La Silleta, con la particular situación jurídica emanada del Decreto Nº 2.533, el que no ha sido derogado, expresa o implícitamente por los sucesivos gobiernos constitucionales.
Por lo tanto, la solución normativa a los fines de restituir el status jurídico vulnerado por el Decreto de facto, no es otra cosa que la derogación del Decreto Nº 2.533/67, que si bien resulta ser una norma de jerarquía inferior, un simple acto administrativo, ha obtenido un resultado eficaz para menguar la condición jurídica dispuesta por la Ley Nº 3.319, que a la fecha mantiene su vigencia.
No obstante la situación observada, en términos constitucionales, la expresión jurídica del Ejecutivo de facto deviene inaplicable e insanamente nula, no sólo por su origen, al margen del estado de derecho, sino también en virtud de su menor grado con relación a la ley, por cuanto ni siquiera ostenta la calidad de Decreto Ley, fórmula utilizada por los gobiernos militares en la Argentina, a los fines de equiparar los pronunciamientos del Ejecutivo a las normas jurídicas emanadas del Poder Legislativo Constitucional.
Lo descripto manifiesta, sin lugar a dudas, la vigencia de la ley de creación del municipio de La Silleta, con el solo obstáculo expresado por el decreto de marras, arbitrario, ilegítimo e ilegal.
De este modo, se impone la necesidad no sólo en lo que hace al restablecimiento del orden jurídico y estado de derecho se refiere de proceder a la derogación inmediata del Decreto Nº 2.533/67, sino también, y lo que resulta de mayor relevancia, otorgar definitivamente el marco institucional a una comuna que desde hace años reúne las condiciones como cantidad de habitantes, y también en lo relativo a organización cívica dirigida al progreso sostenido para todos sus habitantes.
El presente proyecto, como expresión de los representantes del pueblo de la provincia de Salta, resulta un instrumento fundamental en la búsqueda de la institucionalidad reclamada por los vecinos en expresión ciudadana concluyente, a los fines de determinar el futuro de la comunidad de La Silleta.
En las razones aquí expuestas, solicito a mis pares la aprobación del proyecto que tiene por objeto avanzar en la consecución de la jerarquía institucional de la cual la localidad y los vecinos de La Silleta resultan merecedores.
Pedro Liverato
– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.
2
Expte. Nº 90-18.291/09
La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,
D E C L A R A :
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Obras Públicas, incluya en el Plan de Obras Públicas del Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2010, y ejecute por convenio entre la Dirección de Vialidad de Salta y el Municipio, la obra de un canal de desagüe sobre la ruta 47, a la altura del km. 1, 4, en la localidad de Coronel Moldes, departamento La Viña.
Jorge Pablo Soto
Fundamentos
Señor Presidente, señores senadores:
Motiva el pedido la imperiosa necesidad de llevar una solución a los vecinos del barrio Carril de Abajo y Villa Delicia de la localidad de Coronel Moldes, sobre la Ruta Provincial 47, acceso a embalse General Belgrano.
El problema se suscita en épocas estivales donde los vecinos se ven perjudicados por gran acumulación de agua, lo que imposibilita el tránsito de las personas y ocasiona peligro para los transportes que circulan por la zona.
Por las razones expuestas, solicito la aprobación del presente proyecto.
Jorge Pablo Soto
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
3
Expte. Nº 90-18.292/09
La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,
D E C L A R A :
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos específicos, instrumente los mecanismos necesarios para que se proceda a garantizar el consumo de Agua Potable en la Escuela Rural Nº 4.447, de El Morenillo, municipio de El Potrero, departamento Rosario de la Frontera.
Manuel Héctor Luque
Fundamentos
Señor Presidente, señores senadores:
El presente proyecto tiene por objeto solicitarle al Poder Ejecutivo Provincial para que a través de los organismos específicos, dé una pronta solución a la grave falta de agua potable que padece la comunidad educativa que concurre a la Escuela Nº 4.447 de El Morenillo, municipio de El Potrero, departamento de Rosario de la Frontera.
Es tan grave la situación, que cada vez que en el mencionado establecimiento escolar se necesita del vital elemento, debe bajar con los niños hasta el río que queda a un kilómetro para traerlo con bidones de cinco litros.
Si bien es cierto que la municipalidad de El Potrero envía un camión para proveer de agua potable, la misma no llega de manera continua, por ello es imprescindible la construcción de un pozo, ya que el mismo sería una solución para los que concurren a la escuela, como los que lo hacen al puesto sanitario, que queda en el mismo predio.
La falta de agua potable está ocasionado serios inconvenientes a las personas más vulnerables, los niños que asisten a la escuela y aquéllos que concurren al puesto sanitario de El Morenillo; por ello, y en virtud de que se trata de una necesidad básica, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Manuel Héctor Luque
– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.
4
LICENCIAS
Sr. Presidente (Lapad).- Los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea, Pablo Raúl Díaz, Raúl Bartolomé García, Alfredo Horacio Olmedo, solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.
Si no se hacen objeciones, las mismas serán acordadas.
– Asentimiento.
5
HOMENAJES
Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento General San Martín.
Sen. Ponna.- Señor Presidente, señores senadores: el 17 de agosto se conmemoró el aniversario de la muerte del General José de San Martín. Por ello quiero hacer una breve reseña con relación a una carta enviada por el Libertador General San Martín al Mariscal Castilla, desde Boulogne Sur Mer el 11 de setiembre de 1848.
“Yo serví en el Ejército español en la Península, desde la edad de trece a treinta y cuatro años, hasta el grado de Teniente Coronel de Caballería. En una reunión de americanos en Cádiz, sabedores de los primeros movimientos acaecidos en Caracas, Buenos Aires, etcétera, resolvimos regresar cada uno al país de nuestro nacimiento, a fin de presentarle nuestros servicios en la lucha, pues calculábamos se había de empeñar.
Yo llegué a Buenos Aires a principios de 1812, fui recibido por la Junta Gubernativa de aquella época por uno de los vocales con favor y por los dos restantes con una desconfianza muy marcada. Por otra parte, con muy pocas relaciones de familia en mi propio País y sin otro apoyo que mis buenos deseos de ser útil.
Sufrí este contraste con constancia hasta que las circunstancias me pusieron en situación de disipar toda prevención y poder seguir sin trabas las vicisitudes de la Guerra por la Independencia.
En el período de diez años de mi carrera pública en diferentes mandos y estados, la política que me propuse seguir fue invariable en dos solos puntos y que la suerte y circunstancias más que el cálculo favorecieron mis miras, especialmente en la primera, a saber: la de no mezclarme en los partidos que alternativamente dominaron en aquella época en Buenos Aires, a lo que contribuyó mi ausencia de aquella Capital por espacio de nueve años.
El segundo punto fue el de mirar a todos los Estados americanos, en el que la fuerza de mi mando penetraron como Estados hermanos interesados todos en un santo y mismo fin. Consecuentemente con este justísimo principio, mi primer paso era hacer declarar su independencia y crearle una fuerza militar propia que le asegurase.
He aquí mi querido General, un corto análisis de mi vida pública seguida en América. José de San Martín”.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.
Sen. Luque.- Señor Presidente: si bien este es momento de homenajes, deseo decir algunas palabras.
La semana pasada se llevó a cabo con éxito el Parlamento del NOA en nuestra ciudad, fuimos anfitriones de estas jornadas parlamentarias en las que el Senado tuvo una participación muy acertada. No quiero dejar de lado el agradecimiento a todos los que formaron parte de este trabajo, en especial a la gente que estuvo a cargo de las Comisiones, a los asesores, a la gente que estuvo trabajando en la Cámara, a los señores Senadores, a los Secretarios Legislativo e Institucional de esta Cámara, a los secretarios de las distintas Comisiones, como así también a las taquígrafas, al personal de maestranza y a todos los secretarios de los Senadores que colaboraron para que realmente fuera un éxito.
Estoy orgulloso de pertenecer a este Senado y de contar con la destacada labor de todos los que participaron en este Parlamento. Mi sincero agradecimiento, en nombre de los senadores, a todos los que de una forma u otra colaboraron para que sea un éxito del Senado de la Provincia.
Sr. Presidente (Lapad).- Muchas gracias, señor Senador.
6
ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN
Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.
Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.
Sen. Brizuela.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso del dictamen de Comisión en el expediente Nº 90-18.270, Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2.792/09, por el que se establece el estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio de la provincia de Salta.
Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado
Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.
Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito que a través de esa Presidencia se reitere el pedido de informe del expediente 18.275/09 al Secretario General de la Gobernación, que fuera aprobada el 6 de agosto de 2009, y que hasta la fecha no contestaron.
Sr. Presidente (Lapad).- ¿Cuál es el tema, señora Senadora?
Sen. Vargas.- Los avances que hay con la firma Pancho Lávaque Group.
Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, se reiterará el pedido.
– Asentimiento.
Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores Senadores solicitan su ingreso.
V
Dictamen de Comisión
De Salud Pública y Seguridad Social:
En el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2.792, mediante el cual se declara el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio de la provincia de Salta, durante el término de 90 días. (Expte. Nº 90-18.270/09)
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Orden del Día.
Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 7/09, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.
7
MOCIÓN DE VUELTA A COMISIÓN
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.
Sen. Brizuela.- Señor Presidente: en nombre de la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social, ante los planteos de distintos representantes de esta Cámara, hemos visto la necesidad de que el expediente relacionado a la ley que regula aspectos relativos al consumo, comercialización y publicidad del tabaco, vuelva a Comisión para profundizar el tema. Realmente este es un problema al que le queremos dar la mejor solución, ya que atañe a algo que nos interesa a toda la sociedad y hacer lo más acertado posible.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. El expediente de referencia vuelve a Comisión.
8
TRANSFERENCIA DE INMUEBLE A LA MUNICIPALIDAD DE EL TALA
Expte. Nº 91-21.593/09
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, autorizando al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de El Tala, departamento La Candelaria, el inmueble de propiedad de la Provincia, Matrícula Nº 524, ubicado en el mencionado Municipio, para ser destinado a la instalación y funcionamiento de la biblioteca popular; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2009.
Alfredo Jorge – Pablo Raúl Díaz – Raúl Bartolomé García – Jorge Pablo Soto
Miembro informante: Senador Ernesto Juan Aguilera.
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.
Sen. Aguilera.- Señor Presidente, señores senadores: fíjense las cosas cómo se vienen dando a lo largo de los tiempos.
Esto se venía pidiendo desde hace muchísimos años atrás. Gracias a Dios, con el proyecto del Diputado por el departamento La Candelaria, Carbajo, entra el proyecto a Diputados. Jamás hemos tenido una biblioteca pública, que tanta falta nos hace en el circuito de El Tala y que avanza a todo el departamento La Candelaria.
Por esas razones pido a mis colegas senadores que nos apoyen en este proyecto, para que esto se haga realidad.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen que aconseja la aprobación del proyecto de ley venido en revisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar.
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º y 3º.
– El artículo 4º es de forma.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado en general y en particular, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
9
DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA EL INMUEBLE MAT. Nº 133.957 DEL DPTO. CAPITAL
Expte. Nº 91-21.990/09
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 133.957, Sección J, del departamento Capital, con destino a la radicación de un centro vecinal y recreativo en el barrio La Tradición de Salta-Capital; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.
Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2009
Pablo Raúl Diaz – Alfredo Jorge – Raúl Bartolomé García – Jorge Pablo Soto
Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.
Sen. Jorge.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto que viene en revisión de la Cámara de Diputados, declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 133.957 para radicar en el barrio La Tradición de Salta- Capital un centro vecinal y recreativo. Indudablemente hemos hecho el análisis del pedido que hicieron llegar los vecinos del lugar y en la Comisión le hemos dado dictamen favorable al proyecto.
Por tal razón, solicito a mis pares la aprobación del presente.
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración el proyecto en general. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.
En consideración en particular. Se va a votar
– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.
– El artículo 7º es de forma.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.
10
DEVOLUCIÓN DE INMUEBLES DEL DPTO. METÁN
Expte. Nº 90-18.247/09
Dictamen de Comisión
La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos, realice las gestiones necesarias a fin de que se proceda a la devolución de los inmuebles Matrículas 39.267, 39.268 y 39.269, pertenecientes a la Ex-AGAS, ubicados en la calle 9 de Julio Nº 998 de San José de Metán; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.
Sala de la Comisión, 5 de agosto de 2009
Pablo Raúl Díaz – Alfredo Jorge – Raúl Bartolomé García – Jorge Pablo Soto
Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.
– Resulta afirmativa.
Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.
11
ARRÍO DE BANDERAS
Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Cerrillos, don Alfredo Jorge, a arriar la Bandera Nacional y al señor Senador por el departamento General Güemes, don José Luis Valle, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.
– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Alfredo Jorge y José Luis Valle proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.
– Es la hora 19:21’.
Julieta Serapio
Jefa Sector Taquígrafos
Cámara de Senadores
12
A P É N D I C E
1
Transferencia de inmueble a la Municipalidad de El Tala
Expte. Nº 91-21.593/09
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor de la Municipalidad de El Tala, departamento La Candelaria, el inmueble de propiedad de la Provincia, Matrícula Nº 524, ubicado en el mencionado Municipio, para ser destinado a la instalación y funcionamiento de una biblioteca popular.
Art. 2º.- La donación se efectuará a través de la Escribanía de Gobierno a favor de la Municipalidad de El Tala, sin costo para esta última. La formalización de la escritura, queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. 3º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil nueve.
2
Declarar de utilidad pública el inmueble Mat. Nº 133.957
Expte. Nº 91-21.990/09
El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con la Matrícula Nº 133.957, de la Sección J, del departamento Capital, con destino a la radicación de un Centro Vecinal y Recreativo.
Art. 2º.- Una vez efectivizada la expropiación a que se refiere el artículo anterior, otórguese en comodato por el término de veinticinco (25) años al Centro Vecinal barrio La Tradición, Personería Jurídica otorgada por Resolución Nº 346/95, con cargo a destinarlo exclusivamente a la realización de las actividades que le son propias.
Art. 3º.- Fíjase el término de un (1) año a partir de la toma de posesión, para que la mencionada entidad dé inicio a las actividades señaladas.
Art. 4º.- La formalización del comodato se efectuará a través de la Escribanía de Gobierno a favor del beneficiario mencionado en el artículo 2º, y quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.
Art. 5º.- El mencionado inmueble, será destinado exclusivamente al uso de la entidad beneficiaria, y, en caso de disolución de la misma o incumplimiento de los cargos dispuestos en la presente, el comodato quedará sin efecto.
Art. 6º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.
Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil nueve.
3
Devolución de inmuebles del Dpto. Metán
Expte. Nº 90-18.247/09
La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,
D E C L A R A:
Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Recursos Hídricos, realice las gestiones necesarias a fin de que se proceda a la devolución de los inmuebles Matrículas 39.267, 39.268 y 39.269, pertenecientes a la Ex-AGAS, ubicados en la calle 9 de Julio Nº 998 de San José de Metán y que de acuerdo al Código de Aguas de la Provincia según Ley 7017 artículo 3º del Acta Convenio celebrada en diciembre de 2002, pertenece a los Consorcios de Usuarios del Agua Pública.
Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil nueve.