Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2008

14/08/2008

14  de agosto de 2008

14ª Reunión – 14ª  Sesión Ordinaria

Presidencia del Senador MASHUR LAPAD

Secretario Legislativo Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU

Secretario Administrativo Lic. JULIO EDUARDO FERNÁNDEZ MUIÑOS

 

SENADORES PRESENTES:

AGUILERA, Ernesto Juan

BRIZUELA, Mario Alberto

CABANA, Silvia Guadalupe

D’ANDREA, Luis Francisco

DÍAZ, Pablo Raúl

FIGUEROA, Eduardo Favio

GARCÍA, Raúl Bartolomé

JORGE, Alfredo

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

LUNDA, Leonardo

LUQUE, Manuel Héctor

MOREYRA, Juan Martín

OLMEDO, Alfredo

PONNA, Catalina Elsa

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SALVA, Telmo

SOTO, Jorge Pablo

VALLE, José Luis

VARGAS, Claudia Silvina

YARADE, Rodolfo Fernando

ZENTENO, Sergio Ramón

 

SENADOR AUSENTE CON AVISO:

 

PEDROZA, Alberto Froilán

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Consideración de Resoluciones de Presidencia………………………………………………………………………

4. Asuntos Entrados:

I. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………

II. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………………

III. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………………

IV. Proyectos de Ley

1. Expte. Nº 90-17.751/08. Del señor Senador Alfredo Horacio Olmedo: Ley Provincial de la Discapacidad. ……………………………………………………..

2. Expte. Nº 90-17.762/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: prohibición de la actividad minera metalífera a cielo abierto en todo el territorio de la Provincia……………………………………………………………………………………………….

3. Expte. Nº 90-17.763/08. De los señores Senadores Luis Francisco D’Andrea y Raúl Bartolomé García: donación a la Municipalidad de El Carril, del inmueble Matrícula Nº 4.494 de la localidad de El Carril, departamento Chicoana. …………….

V. Proyectos de Resolución

1. Expte. Nº 90-17.752/08. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al señor Secretario General de la Gobernación, sobre las partidas presupuestarias invertidas en viáticos del Poder Ejecutivo. ………………..

2. Expte. Nº 90-17.753/08. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: pedido de informe al Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, sobre los resultados de la auditoría a la Secretaría de Seguridad de la Gobernación, durante la gestión del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris. ……………………………………..

3. Expte. Nº 90-17.761/08. De la señora Senadora Claudia Silvina Vargas: declarando de Interés de la Cámara el “8º Encuentro de Danzas Folclóricas” a realizarse en Cafayate. …………………………………………………………………………………

5. Asuntos entrados durante la sesión

V. Proyectos de Resolución

4. Expte. Nº 90-17.765/08. Del señor Senador Alfredo Jorge: declarando de Interés de la Cámara las Jornadas Conmemorativas del 27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina…………………………………………………………….

5 Expte. Nº 90-17.766/08. Del señor Senador Eduardo Favio Figueroa: pedido de informe al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, sobre el cateo y exploración que se realiza en el paraje Pampa Llana del municipio Angastaco, departamento San Carlos. …………………………………………………………………..

VI. Proyecto de Declaración

Expte. Nº 90-17.767/08. De los señores senadores Ernesto Juan Aguilera, Catalina Elsa Ponna, José Luis Valle, Manuel Héctor Luque, Sergio Ramón Zenteno, Eduardo Favio Figueroa, Juan Martín Moreyra y Raúl Bartolomé García: viendo con agrado que los Jueces de Paz Legos sean remunerados. ………………………………..

6. Expte. Nº 90-17.752/08. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, solicitando informe a la Secretaría General de la Gobernación sobre las partidas presupuestarias invertidas en viáticos del Poder Ejecutivo. Pasa a Comisión……………………………………………………..

7. Expte. Nº 90-17.753/08. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, solicitando informe al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, sobre los resultados de la auditoría a la Secretaría de Seguridad de la Gobernación, durante la gestión del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris. Pasa a Comisión………………………………………………………………………………………..

8. Expte. Nº 90-17.766/08. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Eduardo Favio Figueroa, solicitando informe al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, respecto al cateo y exploración que se realiza en el paraje Pampa Llana del municipio de Angastaco, departamento San Carlos. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………………………….

9. Expte. Nº 90-17.765/08. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Alfredo Jorge, declarando de Interés de esta Cámara las Jornadas Conmemorativas del 27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina. Se aprueba..

10. Expte. Nº 90-17.767/08. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Ernesto Juan Aguilera, Catalina Elsa Ponna, José Luis Valle, Manuel Héctor Luque, Sergio Ramón Zenteno, Eduardo Favio Figueroa, Juan Martín Moreyra y Raúl Bartolomé García, viendo con agrado que los Jueces de Paz Legos sean remunerados. Se aprueba…………………………………………………………………………………………..

11. Expte. Nº 90-17.761/08. Consideración del proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés de esta Cámara el 8º Encuentro de Danzas Folclóricas, a realizarse en la ciudad de Cafayate. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………..

12. Expte. Nº 90-17.478/08. Consideración del proyecto de declaración de los señores Senadores Raúl Bartolomé García, José Luis Valle, Catalina Elsa Ponna, Claudia Silvina Vargas, Luis Francisco D’Andrea, manifestando preocupación ante el incumplimiento del Congreso Nacional al no haber tratado la modificación de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos. Se aprueba…………………………………………………………………

13. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

14. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………………..

15. Anexo:

I. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………………..

II. Proyectos de Declaración

1. Expte. Nº 90-17.754/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la inclusión de Rosario de la Frontera en el Programa Uso Racional y Eficiente de la Energía Eléctrica…………………………………………………….

2. Expte. Nº 90-17.755/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la cobertura de cargos de Agentes Sanitarios en las Áreas Operativas Nº 18 y Nº 38, en el departamento Rosario de la Frontera. ……………………..

3. Expte. Nº 90-17.756/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la construcción del acueducto oeste en Rosario de la Frontera. ..

4. Expte. Nº 90-17.757/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la construcción de grupos habitacionales en Rosario de la Frontera.    

5. Expte. Nº 90-17.758/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado el estudio y construcción de un acueducto para abastecer de agua potable a loteos aledaños al predio del Hotel Termas………………………..

6. Expte. Nº 90-17.759/08. Del señor Senador Manuel Héctor Luque: viendo con agrado la creación de un destacamento policial en la localidad de San Felipe, departamento Rosario de la Frontera. ……………………………………………

7. Expte. Nº 90-17.760/08. Del señor Senador Telmo Salva: viendo con agrado la designación de profesionales del arte en el departamento La Poma. ……

8. Expte. Nº 90-17.764/08. Del señor Senador Mario Alberto Brizuela: viendo con agrado la conformación de un gabinete psicopedagógico itinerante para el Núcleo Educativo de Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma……………

– En la ciudad de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho, siendo horas 20:08’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de dieciocho señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Anta, don Alfredo Horacio Olmedo, a izar la Bandera Nacional y a la señor Senadora por el departamento Cafayate, doña Claudia Silvina Vargas, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Alfredo Horacio Olmedo y Claudia Silvina Vargas proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día siete de agosto del año dos mil ocho. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día siete de agosto del año dos mil  ocho.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

3

CONSIDERACIÓN DE RESOLUCIONES DE PRESIDENCIA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración las Resoluciones de Presidencia.

Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (López Mirau).- Proyecto de Resolución.

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.:323 y 348/08.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

Sr. Secretario (López Mirau).- Proyecto de Resolución.

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 353/08.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

4

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley, nuevamente en revisión, por el cual se faculta al Poder Ejecutivo Provincial a instrumentar el subsidio del importe correspondiente a la cuota que permita el acceso a los beneficios jubilatorios, en el marco de la Ley Nacional Nº 24.476, conforme Decreto Nº 1.454/05. (Expte. Nº 90-16.503/06)

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

            Proyecto de ley, en revisión, sobre la recuperación de las entidades sociales y deportivas con la finalidad de preservar los espacios comunitarios e históricos de los clubes deportivos y sociedades de fomento que funcionan en el ámbito de la Provincia. (Expte. Nº 91-20.237/08)

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

II

Comunicaciones Oficiales

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia de los siguientes Decretos:

Nº 2.946/08, Ley Nº 7.509, incorporación del artículo 4º bis y modificación del 6º a la Ley 7.464.

Nº 2.947/08, Ley Nº 7.510, adhesión de la Provincia a la Ley Nacional Nº 24.788.

Nº 3133/08, Ley Nº 7.512, modificación de varios artículos del Código Fiscal.

Nº 3134/08, Ley Nº 7.513, incorporación del inc. 25) al artículo 276 del Código Fiscal.

– A sus antecedentes.

III

Dictámenes de Comisiones*

Sr. Secretario (López Mirau).- De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto, en Expediente Nº 91-19.785/08.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día de la próxima sesión.

Sr. Secretario (López Mirau).- De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional en Expedientes Nros.: 90-17.158/07, 90-17.731/08, 90-17.732/08 y 90-17.744/08.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día de la próxima sesión.

Sr. Secretario (López Mirau).- De Educación y Cultura en Expedientes Nros.: 90-17.678/08, 90-17.687/08, 90-17.152/07, 90-17.686/08 y 90-17.694/08.

Sr. Presidente (Lapad).- Al Orden del Día de la próxima sesión.

IV

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-17.751/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

            Artículo 1º.- Objeto y ámbito de aplicación.

            Establécese bajo el nombre de “Ley de la Discapacidad de la Provincia de Salta”, el Sistema de Protección Integral de las Personas Discapacitadas que será de aplicación en el ámbito de todo el sector público provincial y municipal sin excepción.

            El Poder Legislativo, el Poder Judicial y las Municipalidades comprendidas en el artículo 174 de la Constitución de la Provincia quedan habilitadas para dictar normas reglamentarias a los fines de la aplicación de esta Ley en sus respectivos ámbitos, los cuales deberán ajustarse a los principios de esta Ley.

            El sistema, en las reglamentaciones dictadas por el Gobernador, se aplicará en la Administración Provincial Central y en la Administración Provincial Descentralizada y además, en los Entes Autárquicos, las Empresas y Sociedades del Estado, trátese de Sociedades del Estado, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta y en todas aquellas organizaciones empresariales donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de decisiones societarias.

            El régimen que se establece se aplicará para asegurar a las personas discapacitadas su atención médica, su educación y su seguridad social, así como a concederles las franquicias y estímulos que permitan, en lo posible, neutralizar la desventaja que la discapacidad les provoca y les den oportunidad, mediante su esfuerzo, de participar plenamente en la sociedad.

            Art. 2º.- Centralización normativa. Descentralización operativa.

            La organización del sistema tiene como fundamento:

  1. La centralización de las políticas y las normas.
  2. La descentralización de las funciones operativas de contención de las personas discapacitadas.
  3. Una Agencia Central, que bajo la denominación de “PRO ACCESO SALTA”, se creará en jurisdicción de la Gobernación y tendrá por función centralizar todo lo referente a políticas, normas, procedimientos, información, control y evaluación del sistema en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial. La Agencia Central coordinará su acción con los organismos individualizados en el segundo párrafo del artículo 1º y las Organizaciones No Gubernamentales y demás asociaciones intermedias.
  4. Unidades operativas que funcionarán en dependencias de las entidades mencionadas en el tercer párrafo del artículo 1º, con arreglo a lo que disponga la reglamentación. Tales unidades operativas serán responsables de la gestión del sistema de protección.
  5. Prevención, diagnóstico y tratamientos.
  6. Rehabilitación integral, entendida como el desarrollo de las capacidades de la persona discapacitada.
  7. Formación laboral o profesional.
  8. Acceso o préstamos y subsidios destinados a facilitar su actividad laboral o intelectual, como así también, en su caso, posibilitar el tratamiento a que hacen referencia los incisos a) y b).
  9. Los discapacitados que presten servicios tanto como empleados de la administración pública como empleados del sector privado, con las modalidades y formas que establece la presente Ley y los familiares a cargo con problemas de discapacidad intelectual y/o físicas, con posibilidades de rehabilitación, gozarán de todos los servicios médicos, sanatoriales, bioquímicos, odontológicos, farmacéuticos y para-médicos, de conformidad con lo que establezcan las normas establecidas en la presente Ley.
  10. Escolarización en establecimientos comunes con los apoyos necesarios provistos gratuitamente, o en establecimientos especiales cuando en razón del grado de discapacidad no puedan cursar la escuela común.
  11. Orientación o promoción individual, familiar y social.
    1. Coordinar, normatizar, asesorar, promover y difundir con carácter provincial, todas aquellas acciones que contribuyan directa o indirectamente a la integración de las personas con discapacidad, sin distinción de edad, sexo, raza, religión o nivel socio-económico, asegurando una equitativa distribución y acceso a los beneficios que se instituyan.
    2. Proponer y elaborar proyectos y programas que permitan la implementación  de políticas específicas sobre la integración de personas con discapacidad, con intervención de los organismos nacionales, provinciales y municipales correspondientes y la participación de organizaciones privadas de o para discapacitados, participando en la elaboración de iniciativas destinadas a concretar los objetivos previstos.
    3. Efectivizar acciones con el objeto de evaluar el cumplimiento de las normas que esta Ley sanciona y medidas complementarias, proponiendo los instrumentos adicionales o correctivos, que resulten necesarios para que se cumplan sus finalidades.
    4. Coordinar los programas que desarrollen sobre la materia las entidades públicas y privadas, organizando un Centro de Información y Documentación Computarizado sobre el tema de la discapacidad.
    5. Gestionar los recursos nacionales previstos en el FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, creado por Decreto Nº 1.277/2003 del PEN y de todo otro fondo nacional previsto para  las provincias  para el cumplimiento de los objetivos de la presente Ley.
    6. Gestionar la integración de fondos especiales con el fin de favorecer la integración de personas con discapacidad y estimular programas de investigación vinculadas con el área.
    7. Coordinar con los municipios, en el ámbito del Consejo Provincial de Discapacidad, la implementación de las políticas para las personas con discapacidad prestando asistencia técnica a los mismos cuando éstos la requieran y promoviendo la creación en ellos de Consejos Municipales.
    8. Participar, con carácter vinculante, en el análisis de las decisiones que se propongan en el ámbito de las distintas áreas del Poder Ejecutivo en relación a cubrir las demandas de las personas con discapacidad.
    9. Intervenir en todas aquellas acciones tendientes a asegurar la cobertura prestacional en prevención, asistencia y rehabilitación integral de las personas con discapacidad.
    10. Intervenir y asistir en la elaboración de planes, becas y programas destinados a la formación y perfeccionamiento de recursos humanos técnicos y profesionales especializados en la asistencia a discapacitados.
    11. Programar, organizar y apoyar campañas permanentes de información, concientización y motivación comunitaria relacionadas con el problema de la discapacidad.
    12. Actuar de oficio para lograr el pleno cumplimiento de las medidas establecidas en la presente Ley.
    13. Apoyar la creación de hogares con internación total o parcial para personas discapacitadas cuya atención sea dificultosa a través del grupo familiar o en casos de discapacitados bajo tutela judicial, reservándose en todos los casos la facultad de reglamentar y fiscalizar su funcionamiento. Serán tenidas especialmente en cuenta, para prestar ese apoyo, las actividades de las entidades privadas sin fines de lucro.
    14. Apoyar, coordinar y supervisar la actividad de las entidades privadas sin fines de lucro que orienten sus acciones a favor de las personas discapacitadas.
    15. Elaborar un programa provincial para asistir financieramente desde la Agencia  a las Organizaciones No Gubernamentales en su adecuación a las normativas nacionales y provinciales y que el mismo tenga por objetivo que las organizaciones que reciban ayuda estatal trabajen mancomunadamente con la Agencia en los términos de la presente Ley, promoviendo que dicha ayuda sea por prestación brindada por paciente y con preferencia para concurrir en el pago de profesionales.
    16. Asistir y coordinar con la Secretaría de Obras Públicas de la Provincia la elaboración, en un plazo de noventa (90) días de promulgada la presente, de un Plan de Accesibilidad al Medio Físico para toda las dependencias estatales, el que deberá ser incluido para su ejecución en el presupuesto del próximo ejercicio.
    17. Garantizar a las personas con discapacidad, con la simple presentación del certificado de discapacidad que lo acredite como tal, la gratuidad en el acceso a los espectáculos públicos, velando por la accesibilidad de los mismos y ubicaciones acordes a la condición de las personas.
    18. Asistir a la Asociación Metropolitana de Transporte para el cumplimiento de las normas relacionadas con el acceso al transporte público de las personas con discapacidad. Así también, velar por el cumplimiento de las normas en la materia por las empresas de transporte de jurisdicción nacional.
    19. Proponer medidas adicionales a las establecidas en la presente Ley que tiendan a mejorar la situación de las personas discapacitadas, y a prevenir las discapacidades y sus consecuencias.
    20. Orientar las derivaciones de los educandos discapacitados, en todos los grados educacionales especiales, oficiales o privados, en cuanto dichas acciones se vinculen con la escolarización de los discapacitados, tendiendo a su integración al sistema educativo.
    21. Dictar las normas de ingreso y egreso a establecimientos educacionales para personas discapacitadas, las cuales se extenderán desde la detección de los déficit hasta los casos de discapacidad profunda, aún cuando ésta no encuadre en el régimen de las escuelas de educación especial.
    22. Crear centros de valuación y orientación vocacional para los educandos discapacitados.
    23. Coordinar con las autoridades competentes las derivaciones de los educandos discapacitados a tareas competitivas o a talleres protegidos.
    24. Formar personal docente y profesionales especializados para todos los grados educacionales de los discapacitados, promoviendo los recursos humanos necesarios para la ejecución de los programas de asistencia, docencia e investigación en materia de rehabilitación.
    25. Controlar la creación, organización y funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que se dediquen a la educación o rehabilitación de los discapacitados.
    26. Preservar el rol preponderante de la Provincia y de los Municipios en la instrumentación de las políticas provinciales en prevención, rehabilitación integral y equiparación de oportunidades de las personas con discapacidad y en la planificación, coordinación y ejecución de los aspectos que involucren la acción conjunta de los distintos ámbitos.
    27. Generar mecanismos que faciliten el acceso a estudios e informaciones provinciales, nacionales e internacionales referidos a la discapacidad, posibilitando con el Consejo Federal de Discapacidad, una red de comunicación permanente, a través del Poder Judicial o de las universidades locales.
    28. Promover la legislación nacional, provincial y municipal, sobre la materia.
    29. Mantener actualizada la normativa vigente, proponiendo las modificaciones pertinentes procurando su incorporación a la legislación nacional”.
      1. Apreciar los problemas de discapacidad comunes en la Provincia y particulares de cada Municipio.
      2. Determinar las causas de tales problemas. Analizar las acciones desarrolladas al respecto, establecer las políticas necesarias que permitan determinar la conveniencia de ratificar o modificar dichas acciones.
      3. Garantizar y asistir a la Agencia “PRO ACCESO SALTA” en la adecuada y correcta atención de las personas con discapacidad bajo tutela judicial.
      4. Establecer cursos de acción para la instrumentación de las políticas sectoriales de alcance provincial, las que tendrán carácter vinculante.
      5. Impulsar la realización de congresos provinciales de discapacidad actuando el Consejo como entidad organizadora.
      6. Evaluar los resultados logrados en la aplicación de las políticas y acciones propuestas.
      7. Adherir a los dictámenes, resoluciones, recomendaciones o disposiciones emanados del Consejo Federal de Discapacidad en cuanto sea de interés provincial.
      8. Presentar anualmente a las Cámaras Legislativas, antes del inicio del período de sesiones ordinarias, un informe anual de los objetivos alcanzados en la materia y las metas propuestas para el nuevo periodo y las iniciativas en materia legislativa a desarrollarse.”

Art. 3º.- Organización del sistema.

      El sistema de protección integral a las personas discapacitadas se compondrá de:

Art. 4º.- Sistema de información.

Se creará un sistema que tendrá por objeto proporcionar información para la elaboración de las políticas, la programación y la gestión del sistema de protección, referente a las condiciones y modalidades particulares de cada prestación. Este sistema de información funcionará en la unidad central, la que será responsable de su diseño y operación, y a la cual las entidades comprendidas en el tercer párrafo del artículo 1º deberán remitir toda la información que les sea requerida.

Art. 5º.- Persona con discapacidad.

A los efectos de esta Ley, se considera persona con discapacidad a toda aquella que padezca una alteración funcional permanente o prolongada, física o mental, que en relación a su edad y medio social, implique desventajas considerables su integración familiar, social, educacional o laboral.

Art. 6º.- De la certificación de la discapacidad.

El Ministerio de Salud Pública de la Provincia, certificará en cada caso, a través de Juntas de Certificación, la existencia de la discapacidad, su naturaleza y su grado, así como las posibilidades de rehabilitación del afectado. Dicho Ministerio indicará también, teniendo en cuenta la personalidad y los antecedentes del afectado, qué tipo de actividad laboral o profesional puede desempeñar.

El certificado que se expida acreditará plenamente la discapacidad en todos los supuestos en que sea necesario invocarla.

CAPÍTULO II

EL ROL DEL ESTADO. ÓRGANO RECTOR

            Art. 7º.- El Estado Provincial, a través de la Agencia “PRO ACCESO SALTA”, en coordinación con los organismos competentes, garantizará el acceso de las personas con discapacidad o afectadas por circunstancias discapacitantes a los siguientes servicios:

Art. 8º.- Asígnanse a la Agencia “PRO ACCESO SALTA” las siguientes funciones:

TÍTULO II

NORMAS ESPECIALES

CAPÍTULO I

DE LA PROTECCIÓN INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

      Art. 9º.- Adhiérese a la Ley Nacional Nº 22.431 que instituye el “Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad”, como así también al Decreto del PEN Nº 914/97, cuyos textos obran en Anexo I y II.

CAPÍTULO II

SALUD Y ASISTENCIA SOCIAL

      Art. 10.- Adhiérese, con vigencia a partir del 1º de enero de 2009, a la Ley Nacional Nº 24.901 que instituye el “Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral a Favor de las Personas con Discapacidad”, cuyo texto obra en Anexo III.

      Art. 11.- El Instituto Provincial de Salta deberá, en un plazo máximo de noventa (90) días, adecuar su normativa interna a las normas establecidas por la presente Ley y prever las partidas presupuestarias correspondientes en los ejercicio futuros.

      Deberá asegurar y garantizar la provisión a sus afiliados del cien por ciento (100%) de las prestaciones médicas para tratamiento, equipamiento y rehabilitación que éste por su discapacidad requiera, incluyendo en ello medicamentos, elementos de órtesis y prótesis, dispositivos implantables, terapias de rehabilitación, tanto en consultorio como domiciliarias, como toda otra prestación que resulten necesario para garantizar una adecuada calidad de vida al afiliado.

      Art. 12.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia, en coordinación con la Agencia “PRO ACCESO SALTA”, pondrá en ejecución programas a través de los cuales se habiliten, en los hospitales provinciales, de acuerdo a su grado de complejidad y al ámbito territorial a cubrir, servicios especiales destinados a las personas discapacitadas. Como así también, la implementación de programas para la prevención y el diagnóstico precoz de enfermedades discapacitantes.

CAPÍTULO III

TRABAJO

            Art. 13.- El Estado Provincial, sus Organismos Descentralizados o Autárquicos; los Entes Públicos no Estatales, las Empresas del Estado o con participación del Estado y las Municipalidades, están obligadas a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento (4%) de la totalidad de su personal.

            Estos Organismos deberán garantizar las condiciones de accesibilidad tanto arquitectónica como de equipamientos adecuados para cumplir sus funciones.

            Art. 14.- El desempeño de determinada tarea por parte de personas discapacitadas, deberá ser autorizado y fiscalizado por la Agencia “PRO ACCESO SALTA” y  el Ministerio de Salud Pública de la Provincia. Dicha Agencia fiscalizará además lo dispuesto en el artículo 13.

            El porcentaje determinado en el artículo anterior será de cumplimiento obligatorio para el personal de planta permanente para los contratados, cualquiera sea la modalidad de contratación, y para todas aquellas situaciones en que hubiere tercerización de servicios. Asimismo, y a los fines de un efectivo cumplimiento de dicho cuatro por ciento (4%) las vacantes que se produzcan dentro de las distintas modalidades de contratación en los entes arriba indicados deberán prioritariamente reservarse a las personas con discapacidad que  acrediten las condiciones para puesto o cargo que deba cubrirse.

            Dichas vacantes deberán obligatoriamente ser informadas junto a una descripción del perfil del puesto a cubrir al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social quien actuará, con la participación de la Agencia “PRO ACCESO SALTA”, como veedor de los concursos.

            Art. 15.- Las personas discapacitadas que se desempeñen en los entes indicados en le artículo 13, gozarán de los mismos derechos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que la legislación laboral aplicable prevé para el trabajador normal.

            Sin embargo, y siempre que le trabajo así lo permita, podrá adoptarse un horario especial, previo análisis de cada caso en particular, siguiéndose las pautas previstas ne el artículo 6º.

            Art. 16.- En todos los casos en que se otorguen permisos para el uso de bienes del dominio público o privado del Estado Provincial o de las Municipalidades para la explotación de pequeños comercios, se dará prioridad a las personas discapacitadas que estén  en condiciones de desempeñarse en tales actividades, siempre que las atiendan personalmente, aún cuando para ello necesiten del ocasional auxilio de terceros. Idéntico criterio adoptarán las empresas del Estado Provincial con relación a los inmuebles que les pertenezcan o utilicen.

            Será nulo de nulidad absoluta, el permiso otorgado sin observar la prioridad establecida en el presente artículo. La Agencia “PRO ACCESO SALTA”, de oficio o a petición de parte, requerirá la revocación por ilegitimidad de tal concesión o permiso. Revocada por las razones antedichas la concesión o permiso, el organismo público otorgará éstos en forma prioritaria y en las mismas condiciones, a persona o personas discapacitadas.

            Art. 17.- Adhiérase a la Ley Nacional Nº 24.147 que instituye el “Sistema del Régimen de Talleres Protegidos de Producción para los Trabajadores Discapacitados”, cuyo texto obra en Anexo IV.

CAPÍTULO IV

EDUCACIÓN

            Art. 18.- La Agencia “PRO ACCESO SALTA”, conjuntamente con los Ministerios de Salud Pública y de Educación, deberán garantizar la integración de los educandos discapacitados a la educación común si su patología lo permite, para lo cual deberán:

CAPÍTULO V

DEPORTES Y RECREACIÓN

            Art. 19.- La Secretaría de Deportes de la Provincia tendrá a su cargo el fomento, la programación, el contralor y la ejecución de toda actividad deportiva en la que intervengan discapacitados.

            A ese efecto y por medio de su personal especializado instrumentará anualmente las acciones necesarias para el efectivo cumplimiento de tales funciones.

TÍTULO III

DEL CONSEJO PROVINCIAL DE DISCAPACIDAD

Art. 20.- Modifícase el artículo 1º de la Ley Nº 6.966 de “Creación del Consejo Provincial de Discapacidad”, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 1º.- Créase el Consejo Provincial de Discapacidad, el cual estará integrado por el titular de la Agencia “PRO ACCESO SALTA”, en representación y como delegado del Gobernador; dos (2) representantes por los Municipios propuestos por el Foro de Intendentes; dos (2) representantes de las Organizaciones No Gubernamentales de o para personas con discapacidad elegidas por éstas, una en representación de las organizaciones de Capital y la otra por las organizaciones del interior de la Provincia; y dos (2) representantes de los profesionales involucrados en la problemática de la discapacidad, uno en representación del Colegio Médico, con especialización en fisiatría, y otro por las entidades profesionales especializadas en rehabilitación”.

            Art. 21.- Modifícase el artículo 2º de la Ley Nº 6.966, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 2º.- Son objetivos del Consejo Provincial de Discapacidad:

Art. 22.- Modifícase el artículo 3º de la Ley Nº 6.966, el cual quedará redactado de la siguiente forma:

“Art. 3º.- Son funciones del Consejo Provincial de Discapacidad:

TÍTULO IV

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS

      Art. 23.- Derógase toda norma que se oponga a la presente.

      Art. 24.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará las disposiciones de la presente Ley dentro de los sesenta (60) días de su promulgación, autorizándolo a realizar las transferencias de personal y partidas presupuestarias necesarias para la consecución de funcionamiento de la Agencia “PRO ACCESO SALTA” y de su fin, garantizando las mismas para los ejercicios futuros.

      Art. 25.- El Poder  Ejecutivo Provincial dispondrá, además, de un fondo especial a cargo de la Agencia “PRO ACCESO SALTA” destinado exclusivamente a solventar todos los gastos y erogaciones que demanden la atención, asistencia y educación de las personas con discapacidad bajo tutela judicial y que se encuentren en hogares del estado gestionados por sí o por Organizaciones No Gubernamentales.

Art. 26.- De forma.

Alfredo Horacio Olmedo

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

2

Expte. Nº 90-17.762/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Prohíbese en todo el territorio de la provincia de Salta, la actividad minera metalífera denominada a cielo abierto.

            Art. 2º.- Prohíbese en todo el territorio de la Provincia, toda actividad minera que emplee el proceso técnico de lixiviación, de la flotación y/o cualquier otro procedimiento hidrometalúrgico con sustancias tóxicas.

Art. 3º.- Prohíbese en todo el territorio de la Provincia, el uso de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido fluorhídrico, ácido clorhídrico, ácido nítrico, carbonato de amonio, cualquier derivado del amoníaco, y de toda otra sustancia tóxica y/o peligrosa para la salud y/o el medio ambiente, existente en la actualidad o que se descubra en el futuro, en los procesos mineros en cualquiera de sus etapas de prospección, cateo, exploración, explotación, beneficio y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.

Art. 4º.- Prohíbese en todo el territorio de la Provincia, la exploración, explotación y extracción del Uranio y del Torio.

Art. 5º.- Se establece como prioritaria la protección de los acuíferos, depósitos, manantiales, afluentes, ríos y cursos de agua de todo tipo, tanto superficiales como subterráneos y prohíbese la instalación de cualquier clase minera, depósito de desechos o mineraloductos que contamine de forma directa o indirecta, o que amenace con contaminar a futuro alguno de los recursos hídricos en el territorio de la Provincia.

Art. 6º.- Para las actividades mineras que no están expresamente prohibidas por esta ley, se establece como obligatoria la publicación previa de cualquier proyecto antes de su concesión por parte de la Provincia, durante cinco (5) días corridos en el Boletín Oficial y en diario de mayor circulación de Salta y se fija un plazo de ciento veinte (120) días corridos a partir de la última publicación, para que cualquier habitante pueda oponerse al mismo en caso de considerar que éste pueda afectar negativamente al medio ambiente o a la salud pública.

Art. 7º.- Las personas físicas y/o jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley posean la titularidad de concesiones de derechos mineros que involucren minerales de primera y/o segunda categoría, y/o aquéllas que industrialicen dichos minerales, deberán adecuar todos sus procesos a las previsiones de la presente Ley de un plazo de ciento veinte (120) días corridos.

Art. 8º.- De forma.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de ley tiene por finalidad armonizar las actividades económicas mineras, agroindustriales y turísticas de la Provincia, a fin de lograr un desarrollo sostenible que resguarde la salud de la población y el medio ambiente, y tutele los derechos humanos de los habitantes de Salta.

            La República Argentina es protagonista hoy de un desarrollo de las actividades mineras metalíferas a gran escala, en particular aquéllas que emplean la modalidad a cielo abierto y los procesos técnicos de lixiviación, flotación y otros procesos hidrometalúrgicos con sustancias tóxicas.

            Lamentablemente, a poco más de diez años del inicio de dichas actividades, ya se han evidenciado numerosos impactos ambientales de extrema gravedad, que comprometen la subsistencia de pueblos enteros de las provincias de Jujuy, Catamarca y San Juan, entre otras. Contaminación ésta a la que nuestra Provincia no es ajena.

            Conforme lo dispone el artículo 41 de la Constitución Nacional “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”.

            “Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales”.

            Atento a lo dispuesto por nuestra Constitución Nacional, el Poder Legislativo de Salta no puede permanecer ajeno a esta problemática y debe actuar en el marco de sus facultades para resguardar los derechos de la comunidad.

Considerando

            Que las explotaciones metalíferas a cielo abierto son altamente destructivas del entorno. La minería metalífera a cielo abierto remueve cientos de miles de toneladas de tierra y roca, mediante explosivos y/o el uso de maquinaria de gran porte. Esta roca es luego pulverizada para facilitar la extracción de los minerales. Que esta sola tarea remueve el manto fértil del suelo generando y en muchos casos agravando los procesos de desertificación, alterando el normal escurrimiento de las aguas y por consecuencia cuencas completas. Que este proceso se inicia en las nacientes de las aguas donde muchas veces se destruyen cuerpos de hielo, suelos congelados, permafrost y se degradan y alteran ríos, arroyos, vegas y humedales, generalmente ubicados en las cumbres de montañas y sierras donde se hallan los minerales buscados. Este fenómeno produce el mayor impacto al dejar sin el vital elemento a las comunidades y asentamientos urbanos destruyendo además a las economías regionales.

            Ya en la etapa de exploración y prospección la minería a cielo abierto realiza cuantiosas perforaciones buscando fuentes de agua que alimenten la posterior explotación y para ello usan aditivos y elementos tóxicos que contaminan los suelos y subsuelos.

            Así también estos emprendimientos generan roca residual o estéril a razón de miles de toneladas por día. Esta roca ya tratada, ya triturada y/o molida, contiene concentraciones de sulfatos, metales tóxicos, no-metales y componentes radioactivos. Es desechada en pilas sobre la superficie del suelo al borde de los tajos o fuera de las obras, ocasionando así que muchos de estos contaminantes se dispersen en el ambiente: se filtren a las aguas superficiales y subterráneas, sean arrastrados por el viento, etc. Es así como la contaminación se traslada a cientos de kilómetros de su fuente, tornando inclusive imposible de rever técnicamente la extensión de los daños ambientales a ocasionarse.

            Que además del riesgo cierto de contaminación por filtración o rotura de los diques de cola y la larga lista de accidentes ya ocurridos, la modalidad a cielo abierto produce lo que se conoce como DAM (Drenaje Ácido de Minas).

            Cuando las grandes cantidades de roca que contienen minerales sulfatados son excavadas a cielo abierto (o en tajo abierto) estos materiales reaccionan con el aire (viento) o con el agua (lluvia) para crear ácido sulfúrico. Si el agua alcanza cierto nivel de acidez, un tipo de bacteria común llamada “Tiobacilus Ferroxidante”, puede aparecer acelerando los procesos de oxidación y acidificación, lixiviando aún más los residuos de metales de desecho. Así el ácido lixiviará la roca mientras que la roca fuente esté expuesta al aire y al agua.

            Este proceso continuará hasta que los sulfatos sean extraídos completamente; este es un proceso que puede durar cientos o quizás miles de años.

            El ácido sulfúrico es transportado desde la mina por el agua, las lluvias o por corrientes superficiales, y posteriormente depositado en los estanques de agua, arroyos, ríos, lagos y mantos acuíferos cercanos.

            A su vez el DAM facilita la contaminación por metales pesados, ya que los metales liberados al ambiente, al trabajar en la modalidad a cielo abierto, tienden a disolverse y moverse más fácilmente en las aguas ácidas asociadas con DAM.

            Con la tecnología existente, el DAM es virtualmente imposible de parar una vez que las reacciones comienzan.

            Los daños producidos por el DAM varían desde problemas de alteraciones subletales para algunos individuos de los ecosistemas afectados en los casos de contaminación muy débil hasta la desaparición de la fauna fluvial, así como la pérdida de los recursos hídricos, al tornarse las aguas superficiales y/o subterráneas no aptas para el consumo humano ni para el uso en agricultura o ganadería.

            En particular los suelos de varias regiones de la provincia de Salta son ricos en minerales que contienen sulfuros, particularmente los sulfatos como la pirita, calcopirita, etc

            Que, en particular, los procesos de lixiviación y flotación con sustancias tóxicas emplean millones de litros de agua que se contaminan por el aporte de las sustancias tóxicas que utilizan: cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, entre otras. Estos gitantescos volúmenes de agua, recurso de altísimo valor para la vida, no será apta nunca más para consumo humano, ni de ganado, ni de cultivos.

            Que un emprendimiento minero metalífero a cielo abierto a gran escala emplea como mínimo 1000 litros de agua por segundo, un equivalente a 86.400.000 litros de agua por día, los 365 días del año.

            Que los recursos de agua dulce son un componente esencial de la hidrosfera de la tierra y parte indispensable de todos los ecosistemas terrestres. Pese a una aparente abundancia, el agua dulce, habida cuenta del crecimiento de las necesidades humanas, es relativamente rara en la biosfera. El agua es el componente más importante de nuestro planeta.

            El agua ocupa el 70% de la superficie de la tierra, se distribuye en océanos, mares, glaciares, casquetes polares, ríos, arroyos y lagos. La mayor parte, el 97%, es salada. Sólo el 3% es dulce y de esa pequeña parte se puede acceder únicamente al 1%, ya que el resto se encuentra en los polos. El agua dulce es la que más fácilmente se potabiliza, siendo apta para el consumo humano y nuestra principal fuente de abastecimiento.

            A diferencia de muchos otros problemas de recursos que no llegarán a ser cruciales más que en un futuro más o menos lejano, el del agua dulce es actual. La mayor parte de los países industrializados sufren ya una grave penuria, incluso aquéllos que a priori parecen mejor provistos de dicho elemento. En más de la mitad de los continentes, el agua dulce existe en cantidades insuficientes o bajo una forma inutilizable para los fines agrícolas o industriales. Figura en el primer plano de los recursos naturales susceptibles de faltar a la humanidad en un futuro próximo. La escasez generalizada de recursos de agua dulce, su destrucción gradual y su creciente contaminación, así como la implantación progresiva de actividades incompatibles, como la minería a cielo abierto, en muchas regiones del mundo, exigen una planificación y una ordenación integradas de los recursos hídricos. Debe reconocerse el carácter multisectorial del aprovechamiento de los recursos hídricos en el contexto del desarrollo socioeconómico, así como la utilización de esos recursos para fines múltiples como el abastecimiento de agua y el saneamiento, la agricultura, la industria, el desarrollo urbano, la generación de energía hidroeléctrica, la pesca en aguas interiores, el transporte, las actividades recreativas, la ordenación de las tierras bajas y las planicies y otras actividades. Los sistemas racionales de utilización del agua deben estar apoyados por medios concomitantes encaminados a conservar el agua y reducir al mínimo el derroche.

            A la hora de las responsabilidades, los actores fundamentales resultan los distintos estamentos del Estado nacional, los gobiernos provinciales y las administraciones municipales, ya que, por acción u omisión, prácticamente todos ellos colaboraron a la profundización de la crisis que hoy nos ocupa.

            Que en particular el agua es un recurso natural escaso en el planeta y de vital importancia para el desarrollo de las comunidades. Sólo un 3% del agua del planeta es dulce y sólo un 1% se encuentra en ríos, lagos y mantos subterráneos en forma de agua. El 2% restante se encuentra en forma de hielo.

            Que gran parte del agua dulce del planeta se encuentra ya contaminada por distintas causas.

            Que “actualmente, más de 1100 millones de personas carecen de agua potable” mediante instalaciones que aseguren su calidad. Estas cifras se han mantenido invariables en los últimos años (Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente, GEO Anuario 2007, pág. 80). En caso de no tomarse medidas significativas y rápidas, se estima que en 2015 esa cifra aumentará a 3.000 millones y que para el año 2025 la demanda de agua potable será el 56% más que el suministro.

            Que para nuestra Provincia el acceso al agua es particularmente crítico pues cuenta con una estación seca durante la cual el recurso escasea al punto tal de cortarse el suministro de agua potable en grandes zonas por diversos períodos de tiempo.

            Que, por tanto, un uso racional del recurso agua es indispensable para el futuro desarrollo de la Provincia y para la efectiva tutela de los derechos humanos de sus habitantes.

            Que asimismo los enormes volúmenes de agua empleados por estas explotaciones son dejados en el lugar como “residuo”, acumulado en diques de cola, conteniendo además de dichas sustancias tóxicas, varios metales pesados producto de las labores mineras.

            Que es técnicamente imposible asegurar que un dique de cola permanezca en buen estado por decenas de años. Existe el riesgo cierto de que el mismo se fisure, quiebre o produzca filtraciones contaminando gravemente el agua superficial y subterránea de la zona en que se emplaza trasladándose además la contaminación a grandes distancias. Ya hay en el mundo y en nuestro país numerosos ejemplos. Un caso trágico y ya comprobado es el de Bajo La Alumbrera, donde y en la actualidad, más de una docena de equipos de retro bombeo intenta recuperar los tóxicos y metales pesados que se vierten del dique de cola a las capas inferiores del suelo catamarqueño y que escurren hasta las provincias de Santiago del Estero, Córdoba y Tucumán. Además de los numerosos derrames del mineraloducto que pasa por esta última Provincia.

            Que sin duda, la problemática del agua es uno de los temas más transcendentes del Siglo XXI. Actualmente, más de 1.200 millones de personas no tienen acceso a una fuente segura y las enfermedades relacionadas con la falta de agua o la calidad inadecuada de la misma alcanzan a 2.300 millones de personas de las cuales 5 millones fallecen anualmente.

            Que en la actualidad, según el Instituto de Recursos Mundiales (WRI), cada año que pasa la demanda de agua es mayor, mientras que la oferta continúa prácticamente invariable, por lo que si no se toman las medidas preventivas de inversión para corregir este desbalance, en los próximos 15 o 20 años habrá una crisis del recurso hídrico.

            Que específicamente en relación al uranio y el torio, la necesidad de una legislación que prohiba la minería de sustancias radioactivas se fundamenta en numerosos y diversos hechos, a saber:

1. Desde el punto de vista de la contaminación producida por las sustancias tóxicas involucradas en la extracción del mineral, le resulta aplicable lo anteriormente expuesto respecto de la explotación metalífera, ya que se emplean igualmente la lixiviación, flotación y demás técnicas de hidrometalurgia, con el agravante de que los diques de cola emiten radón 222 en grandes cantidades y otros isótopos radioactivos, también emiten radiación gamma y el polvillo que se levanta por acción del viento de las escombreras y diques de cola contienen minerales radiactivos como el radio, el uranio  y sus descendientes del proceso de desintegración radiactiva, además de arsénico y metales pesados. Los diques de cola y las escombreras contaminan las aguas subterráneas con uranio, radio y demás elementos radiactivos procedentes de su desintegración. Con el agregado de que una falla en el muro del dique de cola diseminará enormes cantidades de isótopos radiactivos en una gran zona que, de acuerdo con los antecedentes ya sucedidos en el mundo, tal como el de Aznalcollar (España), puede abarcar miles de hectáreas.

2. Desde el punto de vista de la toxicidad química del uranio, sus efectos han sido largamente estudiados, incluso desde muchos años antes del descubrimiento de la radioactividad. En 1824, Gmelin y otros, de la Universidad de Tubinga, Alemania, descubrieron el efecto tóxico de distintos compuestos del uranio en animales de experimentación, particularmente en los riñones. Treinta años después Leconte y otros confirmaron los hallazgos de Gmelin, haciéndolos extensivos a otras especies.

            En los riñones se ha observado daño tanto glomerular como tubular, produciendo, entre otras alteraciones, azotemia, proteinuria, albuminuria, hematuria, y llevando a la anuria terminal.

            En el hígado, se ha observado evidencia de degeneración grasa, necrosis centrolobular, sinusoides dilatadas y congestinadas y degeneración granular. Hasta hace poco se consideraba que el sistema nervioso central permanecía indemne en caso de intoxicación con uranio (a pesar de que en varios estudios con animales se había observado ceguera, pérdida de movilidad en patas traseras y pérdida de coordinación), pero en noviembre de 2006 un equipo francés de investigación anunció que incluso dosis muy pequeñas de uranio empobrecido pueden tener efectos sobre el organismo, en particular efectos cognitivos. Maâmar Souidi y sus colaboradores alimentaron por vía oral con pequeñas dosis de uranio a ratas y constataron que el metal se acumulaba en el cerebro, algo nunca observado hasta la fecha y para lo que nadie tiene aún explicación. Esto tuvo como consecuencia en las ratas una disminución de memoria a corto plazo, un aumento del estrés y un aumento de la duración del sueño paradójico. Aunque no se sabe si estos resultados son extrapolables al hombre. De más está aclarar que en este caso debe aplicarse el Principio de Precaución.

            Todos los estudios acerca del uranio, aquellos que estudian sus efectos sobre población común, sobre población profesionalmente expuesta, como población circunstancialmente contaminada, confirman la grave toxicidad renal del uranio.

3. En 1896 el físico francés Henri Becquerel descubre la radioactividad, abriendo sin saberlo una nueva veta investigativa acerca de los efectos del uranio, es decir, su toxicidad en tanto elemento radioactivo.

En tal sentido, es útil la lectura del informe del Coronel del Ejército de los EE.UU., Dr. Asaf Durakovic, experto en contaminación radiactiva, del Departamento de Medicina Nuclear, Facultad de Medicina de la Universidad Georgetown, Washington, D.C., EE.UU., quien sostiene en el Croatian Medical Journal, 1997:

“La toxicidad química del uranio está descripta desde hace más de dos siglos. Tanto los estudios en animales como en humanos son concluyentes en lo que respecta a la nefrotoxidad y los efectos adversos metabólicos de los compuestos de uranio. La toxicidad por radiación de los isótopos de uranio se conoce desde el comienzo de la era nuclear, así como las consecuencias mutagénicas y carcinogénicas de la contaminación interna por uranio”.

“Las modificaciones inducidas por radiación de compuestos de uranio están bien documentadas. El cáncer de pulmón en mineros de uranio se ha asociado con la contaminación interna con productos de desecho del uranio. Los datos de toxicología en animales de compuestos de uranio se han utilizado para simular la exposición medioambiental de la población humana. El perro Beagle se utilizó como un modelo apropiado de extrapolación a humanos de la toxicidad del uranio en los órganos internos. También se han descrito efectos sinérgicos entre la inhalación de uranio y el consumo de tabaco”. Y agrega: “Los efectos carcinogénicos de la radiación ionizante se han descrito recientemente en un estudio que demostró un aumento del cáncer de piel no-melanoma entre mineros de uranio. En un estudio alemán reciente de trabajadores de uranio, se han descrito estadios broncopulmonares precancerosos, lo cual implica al uranio como uno de los agentes profesionales de carcinogénesis”.

“Los productos de desecho del uranio interactúan con el medio interno por ionización directa como partículas cargadas y por interacción indirecta como radiación electromagnética, produciendo una transferencia de energía al tejido por ionización y por excitación, así como formación de radicales libres. Los cambios estructurales en las moléculas incluyen la rotura del enlace de hidrógeno, la desintegración molecular y la formación de enlaces cruzados. Las modificaciones estructurales de la integridad molecular dan lugar a cambios funcionales con las consiguientes alteraciones metabólicas, que pueden alterar la trascripción y traducción genéticas de los códigos macromoleculares tanto del ADN y ARN”.

Otros efectos atribuibles a la radioactividad son los efectos genéticos (que pueden observarse recién en generaciones futuras) y los teratogénicos (que se producen en embrión y feto). A propósito, cabe señalar que en 1999, Pellmar encontró que “en ratas, hay una fuerte evidencia de que el uranio empobrecido se acumula en los tejidos incluyendo los tejidos testiculares, huesos, riñones y cerebro”. En 1998, Benson afirma que “existen investigaciones que muestran que los implantes de uranio empobrecido migran a los testículos y los ovarios de los roedores y a la placenta y el feto…El uranio empobrecido ha demostrado ser genotóxico”.

Incluso varios trabajos de A.C. Miller del Instituto de Radio Biología de las Fuerzas Armadas EE.UU., confirmaron la genotoxicidad del uranio empobrecido. Señalemos, asimismo, que al hablar de uranio empobrecido se habla del uranio natural al que se le ha quitado la mayor parte del uranio 235 para producir uranio enriquecido, y que ambos se comportan de igual modo químicamente, siendo el 235 más radioactivo por poseer menor vida media.

Es fundamental consignar aquí el llamado “efecto Petkau”. El premio Nobel canadiense Abraham Petkau demostró, en 1972, que aún a bajas dosis la radiación ionizante daña la membrana celular, potencialmente afectando incluso el material genético, lo que tira por la borda la existencia de una “dosis umbral” a partir de la cual recién habría daño inducido por radiación.

No es ocioso destacar que la concentración máxima permitida  en agua para el uranio por la Organización Mundial de la Salud es de 15 mg/L (microgramos por litro, es decir millonésimas de gramo por litro). La Argentina tiene, por razones desconocidas, una actitud más laxa y permite hasta 100 mg/L. No es difícil imaginar que de una explotación de uranio surjan concentraciones sensiblemente mayores.

4. Por otro lado, el problema de la radiación no es privativo del uranio. La radiación nuclear ionizante (alfa, beta y gama) es la responsable del daño, provenga o no del uranio, lo cual nos abre la mirada hacia toda la “serie de desintegración radiactiva”, que comienza con el uranio 238 y, tras 14 sucesivas desintegraciones, termina en el plomo 204, que es estable. El radón emite los tres tipos de radiación: alfa, beta y gama. Las moléculas del radón 222, de probada acción cancerígena y que se vería liberado al aire en forma descontrolada cada vez que se rompe la roca que contiene el uranio: Con una brisa de 16 km/h, el radón 222 puede viajar 1000 kilómetros antes de ver su actividad reducida a la mitad, y esas partículas son cancerígenas conforme a lo especificado en cualquier bibliografía científica de la especialidad.

Según la fuente Environmental News Service, Ginebra, Suiza, el 22 de junio de 2005, la Organización Mundial de la Salud anunció que veinte países se han plegado a un nuevo proyecto de la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer destinado a identificar estrategias efectivas para reducir el impacto del radón sobre la salud humana. El riesgo incrementado de cáncer de pulmón debido a la alta exposición al radón ha sido investigado en detalle, y fundamentado en numerosos estudios sobre mineros de uranio. En base a esos estudios, un departamento de la OMS especializado en esa enfermedad, y el Programa Nacional de Toxicología de los EE.UU., han clasificado al radón como un carcinogénico humano. Los veinte países del Proyecto Internacional Radón de la OMS son: Austria, Brasil, Canadá, China, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Polonia, Rusia, España, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido, Ucrania y los Estados Unidos.

5. Por otro lado, suele esgrimirse que el uranio es necesario para la salud ya que de los reactores que son alimentados con él surgen los radioisótopos utilizados en medicina nuclear. En este sentido debemos considerar que la enorme mayoría de los radioisótopos utilizados en medicina nuclear en nuestro País proviene del exterior. Puede confirmarse esto pidiendo un informe a Tecnonuclear y a Bacon, las únicas dos firmas en Argentina que comercializan sustancias radioactivas.

6. Teniendo en cuenta el escaso uso del uranio en nuestro País, quedan pocas dudas acerca de que su destino estará en el exterior, en los países que tienen “licencia para matar”. Tampoco quedan dudas acerca del destino del uranio empobrecido resultante, ya que desde el inicio de la guerra de los Balcanes, incluyendo la Guerra del Golfo y la más reciente invasión a Irak, el uranio empobrecido es utilizado en las llamadas “bombas sucias”, tanques y perforadores que aprovechan la alta densidad del uranio para blindar tanques, o para perforarlos, con el consiguiente desparramo ambiental después de cada impacto, contaminando la tierra y cursos superficiales y profundos de agua. No queremos que nuestro uranio sirva para someter a ningún pueblo de la tierra, menos aún luego de conocer los efectos de dicho armamento. (Puede consultarse el trabajo del Dr. Siegwart Horst-Gunther).

7. En cuanto al uso del uranio en la generación de energía eléctrica, consideramos que deberían explotarse seriamente otras fuentes de energía alternativas, como la eólica, sobre todo teniendo en cuenta las condiciones geo-climáticas de nuestro país que ofrecen un enorme potencial.

8. Otro punto de vista a tener en cuenta, desde el cual también se hace imprescindible una legislación que prohiba la minería del uranio y demás sustancias radioactivas, es el económico. Es harto sabido que el turismo representa la principal actividad económica de varias regiones de la Provincia, particularmente afectadas por estos emprendimientos. Cualquier actividad que atente contra el turismo condena a la región y a sus habitantes a la miseria. La minería del uranio atentaría contra el turismo por dos vías: por la deserción de los turistas debido al miedo a la contaminación con uranio (por demás justificada a la luz de lo que venimos sosteniendo); y por la modificación del paisaje, la morfología visible de sierras, cumbres y cursos de ríos.

            Que resultan variadas y reiteradas las graves catástrofes ambientales producidas por el uso de la tecnología minera a cielo abierto y por lixiviación con sustancias tóxicas, destacándose entre otras las siguientes:

– Mina de oro de Summitville, Colorado, EE.UU: un derrame de cianuro acabó con toda la vida acuática a lo largo de 27 kilómetros del río Alamosa. La mina fue clausurada en diciembre de 1992 y el U.S. Geological Survey estimó que los costos de limpieza superarían los U$S 150 millones. A raíz de la catástrofe ambiental producida, los especialistas del Colorado Geological Survey y del U.S. Geological Survey (dependencias estatal y nacional de estudios geológicos respectivamente) han concluido que la tecnología de explotación de oro a cielo abierto y la técnica de empleo de cianuro de sodio en minería no es segura (Pumlee G.S., Gray J. E., Roeber M. M. Jr., Coolbaugh M., For M., Whitnet G. “The importance of geology in understanding, and remediating environmental problem at Summitville” in Posey H. H., Pendleton J. A. and Vamm Zyl D., editors. Summitville Forum Proceedings, Colorado Geological Survey, Special Publication 38, 1995 a, p. 13-22; Plumlee G. S., Smith K. S., Mosier E. L., Ficklin W. H., Montuor M., Briggs P. H. and Neier A. L. “Geochemical processes controlling acid-drainage, generation and cyanide degradation at Summitville”, in Posey H. H., Plendleton J. A. and Van Zil D., editors. Summitville Forum Proceedings, Colorado Geological Surbey, Special Publication 38, 1995 b, p. 23-24; Edelmann P., Ortiz R. F., Balistrieri L., Radell M. J. and Moore C. M. “Limnological Characteristics of Terrace Reservoir, south-central Colorado”, 1994 (abs) in Posey H. H., Pendleton J. A. and Van Zil D., editors. Summitville Forum Proceedings, Colorado Geological Surbey, Special Publication 38, 1995, p. 21; Estudio Transdisciplinario del United States Geological Survey, incluyendo en el Proyecto a los siguientes participantes: Cathy Ager, Laurie Balistrieri, Bod Bisdorf, Dana Bove, Paul Briggs, Doyg Caín, Roger Clark, Pat Edelman, Jin Erdman, Walt Ficklin, David Fitterman, Marta Flohr, Larry Gough, John Gray, Trude King, Fred Lichte, John Mc Hugh, Al Meier, Bill Miller, María Montuor, Elwin Moiser, Nicole Nelson, Roger Ortiz, Geoff Plumlee, Charlie Severson, Kathy Smith, Tom Steven, Kathleen Stewart, Peter Sotrur, Greg Swayze, Ron Tidball, Rich Van Leonen, Paul von Guerard, Katie Walton-Day, Elizabeth Ward. Gen Whitney, Melinda Wright, and Tom Yanosky, Cooperating agencies include; U. S. EPA, U. S. Fish and Wildlife Service; State of Colorado, Departments of Natural Resources, Health and Agriculture, Colorado State University and CSY Extension Service, Colorado School of Mines, Auburn University, Environmental Chemical Corp, San Luis Valley Consulting.

– Mina de oro Brewer, Carolina del Sur, EEUU: once mil peces murieron a lo largo de 80 kilómetros del río Lyhches, por un derrame de cianuro en 1992;

– Mina Harmony Sudáfrica: estalló un dique de contención en desuso y enterró un complejo habitacional con cianuro, febrero de 1994;

– Mina de oro Omai, Guayana: colapsó un dique de cola liberando al río Essequibo más de 3.200 millones de litros de agua contaminados con cianuro, en 1995. La Organización Panamericana de Salud comprobó la desaparición de toda la vida acuática a lo largo de 4 kilómetros.

– Mina de oro Oíd Querry, Nevada, EEUU: se derramaron 1 millón de litros de desechos de cianuro en 1997.

– Mina de Zinc Los Frailes, España: la ruptura de un dique de cola originó un derrame de ácido generando grave mortandad de peces, abril 1998.

– Mina Homestake, Whitewood Crek, Back Hills, Dakota del Sur, EEUU: 7 toneladas de desechos cianurados se derramaron causando importante mortandad de peces, 29 de mayo de 1998.

– Transporte de cianuro a la mina Kumtor, Kyrgysztan: el camión que transportaba el cianuro volcó en un puente derramando sobre la superficie del agua 1.762 kilos de cianuro. Murieron al menos 4 pobladores y cientos de personas debieron ser asistidas en los hospitales, 20 de mayo de 1998.

– Mina de oro Tulikuma, Papua-Nueva Guinea: un helicóptero de la compañía pierde en vuelo una tonelada de cianuro cayendo en los bosques a 85 kilómetros de la capital Port Moreby. Las obras de recupero y descontaminación no impidieron la afectación de los cursos de agua, marzo de 2000.

– Mina Santa Rosa, El Corozal, Panamá: un derrame de cianuro ocasiona gran mortandad de peces y pone en peligro la vida de muchos panameños, 6 de junio de 1998.

– Mina Comsur, Bolivia: contaminó con arsénico y otros metales pesados el río Pilcomayo. Murieron dos niños por ingesta del pescado contaminado y se revelaron valores elevados de metales pesados en pobladores indígenas de las riberas del río Pilcomayo en la provincia de Formosa (Argentina).

– Mina de oro Aurul, Bahía Mare, Rumania: el 30 de enero de 2000 un derrame de cianuro alcanzó los ríos Lapus, Somes, Tisza y Danubio, extendiéndose el daño a Yugoslavia y Hungría. Afectó el suministro de agua potable de 2,5 millones de personas y las actividades económicas de más de un millón y medio que vivían del turismo, la agricultura y la pesca a lo largo del río Tisza. Sólo de este río se recogieron más de 10 toneladas de peces muertos para evitar que los coman las aves y perezcan envenenadas.

            Que esta larga y aún incompleta lista de las catástrofes ambientales registradas a lo largo del planeta por la tecnología de la minería a cielo abierto y la lixiviación con sustancias tóxicas, cabe agregar en el ámbito de nuestro país:

– Los daños ambientales y a la salud verificados en la Mina Ángela, cercana al paraje Los Manantiales, próximo a Gan Gan y Gastre, provincia de Chubut, donde según denuncias de los pobladores quedaron enterradas 28 toneladas de cianuro y 1.500.000 toneladas de residuos tóxicos con mortandad de peces y cambios de color en el suelo, que son objeto de investigaciones por la Justicia Federal de Rawson (Diario “Clarín”, ediciones del 5 de abril de 2001-pág.42, 11 de abril de 2001-pág. 24 y 25 de julio de 2001).

– La contaminación generalizada en Abra Pampa, Jujuy, donde alrededor del 80% de los niños presenta niveles de plomo en la sangre incompatibles con la vida.

– El aumento abismal de casos de cáncer de diversos tipos en las comunidades próximas a Bajo La Alumbrera.

            Que, por otra parte, en el derecho comparado la tendencia legislativa respecto de todos estos temas se dirige a la prohibición de dichas actividades y a la prohibición del empleo de sustancias tóxicas en la minería, tal los precedentes prohibitivos de República de Turquía (Alto Tribunal Administrativo de Turquía, caso Bergama, mayo de 1997), Estado de Montana-EEUU (3 de noviembre de 1998), República Checa (2000), Nueva Gales del Sur-Australia (2000), Gunninson (Colorado-EEUU, 2001), Costa Rica (2002), Costilla (Colorado-EEUU, 2002), Summit (Colorado-EEUU, 2004).

            Que el Informe Nacional de la Cancillería a la Conferencia sobre Ambiente y Desarrollo de la Naciones Unidas, reunido en Río de Janeiro en julio de 1991, dice: “A los riesgos que se producen en la minería del uranio, se suman los de la operación y básicamente los vinculados a la disposición final de los residuos del proceso”.

            Que el artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina deja expresamente establecida la prohibición del ingreso de residuos radiactivos al país (incorporado en la Convención Nacional Constituyente de 1994). De esto se desprende la importancia de mantener alejado al ser humano, y a toda forma de vida, de los desechos que provocan la actividad nuclear que nace con la extracción del uranio debido fundamentalmente a que el hombre aún no supo dar respuesta ni controlar esta actividad. La propia Comisión de Energía Atómica de Estados Unidos de Norteamérica considera que es más onerosa la gestión de los residuos radiactivos que la energía nuclear misma.

            Que si bien el Código de Minería de la Nación en su artículo 8 concede a los particulares “…la facultad de buscar minas, de aprovecharlas y disponer de ellas como dueños…” con arreglo a las prescripciones de ese Código, también es cierto que nuestro sistema jurídico consagra que “la ley no ampara el ejercicio abusivo de los derechos” (Artículo 1071, Código Civil). El Derecho Ambiental por su parte consagra el principio de que “no existe libertad para contaminar” y “no hay libertad para dañar el ambiente ajeno ni para restringir la libertad que tiene todo individuo de usar y gozar del ambiente” (VALLS, Mario F. Instrumentos jurídicos para una Política Ambiental. JA, 1996-IV-955)

            Que a su vez ya el Principio 6 de la Declaración de Estocolmo de 1972, emanada de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente Humano, establece que: “Debe ponerse fin a la descarga de sustancias tóxicas o de otras materias y a la liberación de calor, en cantidades o concentraciones tales que el medio no pueda neutralizarlas, para que no se causen daños graves e irreparables a los ecosistemas. Debe apoyarse la justa lucha de los pueblos de todos los países contra la contaminación”.

            Que el Principio 8 de la Declaración de Río de 1992 emanada de la Conferencia de Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y Desarrollo establece que: “Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar las modalidades de producción y consumo insostenibles…”

            Que a su vez el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de jerarquía constitucional y superior a las leyes y códigos de nuestro país en virtud de lo dispuesto por el artículo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional, establece que: “…En ningún caso podría privarse a un pueblo de sus propios medios de subsistencia…”

            Que por ello a estos métodos de producción les es aplicable el Principio de Precaución contenido en el artículo 41 de la Constitución Nacional, en la Ley Nacional 25.675 y normas concordantes.

            El Principio de Precaución establece que: Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o certeza científica, no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.

            Que tal es la trascendencia de estas situaciones que nos compromete a adoptar medidas enérgicas en el sentido de que tales situaciones no ocurran en nuestra Provincia.

            Que de no hacerlo se estaría incumpliendo el mandato constitucional contenido en el artículo 41 CN, omisión ésta que generaría la responsabilidad del Estado en caso de catástrofe ambiental y su consecuente obligación de responder con su patrimonio por los daños que se ocasionaran.

Que a la vista de los antecedentes nacionales e internacionales citados, y sus consecuencias ambientales y sociales, los costos de reparación de los daños ambientales y los daños a particulares ascienden a sumas millonarias centenas de veces superiores a las que la Provincia podrá eventualmente percibir de llevarse a cabo emprendimientos de estas características.

Que estos métodos de producción son actividades degradantes o susceptibles de degrada el ambiente en los términos de la Ley 7070.

Que en el ámbito nacional varias provincias han prohibido ya estas actividades: Chubut (Ley 5001, año 2003; Río Negro (Ley 3981, año 2005); Tucumán (Ley 7879, año 2007); La Rioja (Ley 8137, año 2007); Mendoza (Ley 7722, junio 2007) y La Pampa (Ley 2349, año 2007)

Que en el ámbito provincial, municipios como Metán y Rosario de la Frontera, prohiben las explotaciones mineras a cielo abierto dentro de sus respectivas jurisdicciones.

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que: “Corresponde reconocer a las autoridades locales la facultad de aplicar los criterios de protección ambiental que considere conducentes para el bienestar de la comunidad para la que gobiernan, como asimismo valorar y juzgar si los actos que llevan a cabo sus autoridades, en ejercicios de poderes propios, afectan el bienestar perseguido…” (CSJN, mayo 16 de 1995, in re “Roca, Magdalena c/Bs. As., Provincia de s/Inconstitucionalidad”, publicado en El Derecho, T.164 pág. 726).

Que a ello hay que agregar que el auge de proyectos de explotación minera a cielo abierto con utilización, depósito y transporte de sustancias tóxicas en nuestra Provincia genera preocupación entre nuestros habitantes, tal como es de público y notorio conocimiento, con manifestaciones multitudinarias de ciudadanos de Cafayate, General Güemes, Metán, Rosario de la Frontera, entre otros.

Que existe un componente adicional cuya carencia en años pasados también hizo su aporte y que será de máxima importancia a la hora de revertir el estado de cosas: la plena participación pública y el primer paso en la participación debe ser la exploración de instrumentos jurídicos que avalen la incorporación de todos los sectores sociales en la discusión de la planificación y de la toma de decisiones.

Que la planificación en los temas de recursos naturales necesariamente debe integrarse con la de usos del suelo y con las gestiones de desechos sólidos y líquidos, en un proceso que debe pensarse a largo plazo, dando prioridad a la prevención consensuada comunitariamente.

Que el panorama suele ser desalentador para muchas comunidades con instituciones debilitadas y desacreditadas, lo cual favorece sentimientos de impotencia de los damnificados que no reciben prontas señales de solución a sus problemas. En estos casos la población tiende a pensar a la participación como desgastante e inútil, con la consecuente desvalorización de la actitud individual, sin embargo es en momentos de crisis donde el pensamiento a largo plazo es fundamental, y ya existen variadas experiencias comunitarias en las cuales el accionar conjunto de todos los sectores sociales ha logrado avances en pos de una representatividad más activa.

Por todo ello y en ejercicio de las facultades conferidas por las normas legales vigentes, solicito la aprobación de este proyecto de ley.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

3

Expte. Nº 90-17.763/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Autorízase al Poder Ejecutivo a transferir en carácter de donación a favor de la municipalidad de El Carril, el inmueble de propiedad de la Provincia identificado con la Matrícula Nº 4.494, de la localidad de El Carril, departamento Chicoana, con el cargo de ser destinado al funcionamiento del mencionado Municipio.

            Art. 2º.- La formalización de la donación, se efectuará a través de Escribanía de Gobierno a favor de la Municipalidad de El Carril y quedará exenta de todo honorario.

            Art. 3º.- Los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley, se imputarán a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Luis Francisco D’Andrea – Raúl Bartolomé García

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Mediante el presente proyecto de ley deseamos hacer previamente una breve reseña histórica del catastro citado, para luego fundamentar la finalidad del mismo.

            El mencionado inmueble pertenecía a la familia Zamora. En el año 1977 entrega en comodato, al Ministerio de Educación de la Provincia, la propiedad para el funcionamiento del Colegio Secundario “Ejército del Norte” y posteriormente la Escuela de Educación Técnica Nº 5.116 de El Carril, hasta la inauguración del nuevo edificio de la misma en el año 1998.

            Por dación de pago, de fecha 15 de agosto de 2002, ante la Escribana de Gobierno Laura Inés Wayar, Expte. Nº 237.698, el inmueble fue transferido en propiedad a la provincia de Salta.

            Considerando que la Municipalidad de El Carril se encuentra abocada a la elaboración y ejecución de políticas orientadas a:

            1) Capacitación de jóvenes profesionales terciarios y universitarios a los fines de facilitar la inserción laboral de los mismos.

            2) Búsqueda de perfil de jóvenes con determinados oficios, a los efectos de ubicar correctamente a éstos en puestos de trabajo de acuerdo a sus capacidades.

3) Generación de proyectos para jóvenes emprendedores y seguimiento de los mismos para lograr óptimos resultados.

            4) Unidad de Estadística y Censo a los fines de que el Municipio mantenga actualizada la información sobre las distintas realidades de la comunidad.

            5) El funcionamiento de una delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia.

            6) Lograr para el Municipio el funcionamiento de un centro de mediación, y a futuro, órganos encargados de administrar justicia.

            Que actualmente se encuentra en desuso y con avanzado estado de deterioro por falta de mantenimiento.

            Que el inmueble está ubicado estratégicamente dentro del radio urbano, situado aproximadamente a cincuenta metros del edificio municipal.

            Que la Municipalidad no cuenta con el espacio físico suficiente para llevar a cabo las propuestas enunciadas.

            Es por todo ello que solicitamos a nuestros pares acompañen con la aprobación del presente proyecto de ley.

Luis Francisco D’Andrea – Raúl Bartolomé García

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

V

Proyectos de Resolución

1

Expte. Nº 90-17.752/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera a la Secretaría General de la Gobernación para que informe:

  1. Partidas presupuestarias invertidas en viáticos del Poder Ejecutivo desde el 10/10/2007 hasta la fecha, con discriminación de funcionarios, comitiva, fechas y destino de cada viaje.
  2. Cantidad de viajes al exterior de funcionarios del Poder Ejecutivo autorizados desde el 10/10/2007 hasta la fecha.
  3. Funciones o tareas encomendadas y partidas presupuestarias destinadas a financiar el viaje a Panamá del señor Secretario de la Función Pública, Dr. Matías Posadas.
  4. Funciones encomendadas y partidas presupuestarias destinadas a financiar el viaje a Costa Rica del señor Secretario de Relaciones Institucionales, Dr. Gonzalo Quilodrán.
  5. Si se han encomendado funciones oficiales y se destinaron partidas presupuestarias para financiar el viaje a España del Secretario de Justicia, Dr. Sebastián Lloret.
  6. Si se han encomendado funciones oficiales y se destinaron partidas presupuestarias para financiar el viaje a Italia de la Presidenta del Instituto Provincial de la Vivienda, Arquitecta Adriana Krumpholz.
  7. Resultados de la auditoría practicada en la órbita de la ex Secretaría de Seguridad de la Gobernación, durante la gestión del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris.
  8. Si la Cartera ministerial ha interpuesto denuncia por ante el representante del Ministerio Fiscal.

Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para su oportunidad.

2

Expte. Nº 90-17.753/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo se requiera al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, para que informe:

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde tratamiento inmediato de acuerdo al artículo 149 del Reglamento de Cámara, por lo que se reserva en Secretaría Legislativa para su oportunidad.

3

Expte Nº 90-17.761/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, la realización del “8º Encuentro de Danzas Folclóricas”, que tendrá lugar en la ciudad de Cafayate, durante los días 15 y 16 de agosto de 2008, organizado por el Cuerpo de Danzas Folclóricas “Luna Cafayateña”.

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Fundamentos

Señor Presidente:

            Este proyecto surge de la necesidad de hacer realidad el sueño de tantos jóvenes de Cafayate que diariamente se esfuerzan y trabajan para reafirmar nuestros valores tradicionales y acrecentar aún más el amor y el interés por nuestra cultura.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito que se reserve en Secretaría para su tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, así se hará.

– Asentimiento.

VI

Proyectos de Declaración*

Sr. Secretario (López Mirau).- Del señor Senador Manuel Héctor Luque, en expedientes Nros. 90-17.754/08, 90-17.755/08, 90-17.756/08, 90-17.757/08, 90-17.758/08 y 90-17.759/08.

            Del señor Senador Telmo Salva, en expediente Nº 90-17.760/08.

            Del señor Senador Mario Alberto Brizuela, en expediente Nº 90-17.764/08.

Sr. Presidente (Lapad).- A las Comisiones respectivas.

5

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Figueroa.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: solicito el ingreso de un proyecto de declaración y al mismo tiempo el tratamiento sobre tablas.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

            Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.

V

Proyectos de Resolución

4

Expte. Nº 90-17.765/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, las Jornadas Conmemorativas del 27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina, a desarrollarse los días 21 y 22 de agosto del corriente año en nuestra Provincia, organizadas por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la Provincia de Salta.

Art. 2º.- De forma.

Alfredo Jorge

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: ¿se ha dado lectura al proyecto? Para pedir tratamiento sobre tablas primero hay que darle lectura.

Sr. Presidente (Lapad).- Señor Senador, si tiene alguna duda, por Secretaría se va a dar lectura nuevamente.

Sen. García.- Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará lectura.

Sr. Secretario (López Mirau).- Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, las Jornadas Conmemorativas del 27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina, a desarrollarse los días 21 y 22 de agosto del corriente año en nuestra Provincia, organizadas por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la Provincia de Salta. Art. 2º.- De forma.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de tratamiento sobre tablas realizada por el señor Senador por Cerrillos. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

5

Expte. Nº 90-17.766/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informe en un plazo de cinco (5) días, respecto al cateo y exploración que se realiza en el paraje Pampa Llana del municipio de Angastaco, departamento San Carlos.

            Art. 2º.- De forma.

Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Como es un pedido de informe, corresponde tratamiento inmediato en su oportunidad.

VI
Proyecto de Declaración

Expte. Nº 90-17.767/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, dé cumplimiento al artículo 163 de nuestra Constitución Provincial, en cuanto a que los Jueces  de Paz Legos deben ser remunerados, contribuyendo con ello a saldar una deuda pendiente y necesaria, desde que quedara establecido en nuestra Carta Magna.

Ernesto Juan Aguilera – Catalina Elsa Ponna – José Luis Valle – Manuel Héctor Luque – Sergio Ramón Zenteno – Eduardo Favio Figueroa – Raúl Bartolomé García – Juan Martín Moreyra

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: pido tratamiento sobre tablas. En realidad me comentan mis pares que esto ya se ha analizado en otra oportunidad, quiero saber si es así o no.

Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.

-Es la hora 20: 23’.

-A la hora 20:25’:

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción del señor Senador por el departamento La Candelaria, de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para el expediente Nº 90-17.761/08.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratará en su oportunidad.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: solicito tratamiento especial para todos los proyectos de declaración que tengo en mi mano, porque hasta ahora todavía no tengo novedades. Exptes. Nº 90-17.490, Nº 90-17.516, Nº 90-17.535, Nº 90-17.561, Nº 90-17.680 y el primero que en realidad no lo tengo al número de expediente porque volvió a Comisión y todavía no aparece. Esta es mi preocupación.

Sr. Presidente (Lapad).- Disculpe, señor Senador ¿son proyectos de declaración, de resolución?

Sen. Aguilera.- El Expte. Nº 90-17.490, proyecto de declaración; el Expte. Nº 90-17.516, proyecto de declaración; el Expte. Nº 90-17.535, proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- Señor Senador ¿los puede acercar a Secretaría?

Sen. Aguilera.- Con todo gusto.

Sr. Presidente (Lapad).- Vamos a hacer las gestiones, por Secretaría, en las respectivas Comisiones en que se encuentren estos expedientes.

Sen. Aguilera.- Perfecto, señor Presidente, así los tratamos en la próxima sesión, pero por favor los tratemos.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: simplemente para solicitar que por Secretaría se tome nota y se insista nuevamente en un proyecto de resolución del mes de mayo, del que no hemos tenido respuesta hasta la fecha. Le doy el número.

Sr. Presidente (Lapad).- Por favor, vamos a insistir por Secretaría.

Sen. Valle.- Expte. Nº 90-17.529 del 2 de mayo de 2008, pedido de informe al señor Ministro de Finanzas. No ha contestado. Hoy el personal de la Municipalidad de General Güemes está de paro y necesitamos con urgencia una respuesta.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: me ha llegado una nota de Secretaría Legislativa, hay una cantidad importante de resoluciones, pedidos de informe que no tienen respuesta -sé que algunos puntos se han aclarado con la presencia de algunos Ministros-, por ejemplo las Nros. 7, 14, 16, 17, 18, 33, 35, 55, 65, 73, 78, 79. Tendremos que reunirnos en Labor Parlamentaria y definir esta situación, sino no aprobemos más pedidos de informe porque las respuestas no llegan.

De una vez por todas debemos resolver esta situación, simplemente es requerimiento en cumplimiento a nuestra función, a la Constitución y al Reglamento de esta Cámara.

            Voy a solicitar, señor Presidente, que en la próxima reunión nos juntemos los Presidentes de Bloque con la Mesa de Conducción para ver cómo resolvemos esto, cuáles se han contestado con la presencia de funcionarios del Poder Ejecutivo y cuáles no han contestado. Tiene que haber alguna actitud relacionada con este tema, por parte del Poder Ejecutivo, porque entiendo que es documentación pública y, obviamente, tenemos que conocer los requerimientos de esta Cámara.

Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, así se hará.

– Asentimiento

Sr. Presidente (Lapad).- Corresponde considerar los asuntos que corresponde sean tratados en forma inmediata.

6

PEDIDO DE INFORME A LA SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN

Expte. Nº 90-17.752/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo, se requiera a la Secretaría General de la Gobernación para que informe:

  1. Partidas presupuestarias invertidas en viáticos del Poder Ejecutivo desde el 10/10/2007 hasta la fecha, con discriminación de funcionarios, comitiva, fechas y destino de cada viaje.
  2. Cantidad de viajes al exterior de funcionarios del Poder Ejecutivo autorizados desde el 10/10/2007 hasta la fecha.
  3. Funciones o tareas encomendadas y partidas presupuestarias destinadas a financiar el viaje a Panamá del señor Secretario de la Función Pública, Dr. Matías Posadas.
  4. Funciones encomendadas y partidas presupuestarias destinadas a financiar el viaje a Costa Rica del señor Secretario de Relaciones Institucionales, Dr. Gonzalo Quilodrán.
  5. Si se han encomendado funciones oficiales y se destinaron partidas presupuestarias para financiar el viaje a España del Secretario de Justicia, Dr. Sebastián Lloret.
  6. Si se han encomendado funciones oficiales y se destinaron partidas presupuestarias para financiar el viaje a Italia de la Presidenta del Instituto Provincial de la Vivienda, Arquitecta Adriana Krumpholz.
  7. Resultados de la auditoría practicada en la órbita de la ex Secretaría de Seguridad de la Gobernación, durante la gestión del Dr. Gustavo Adolfo Ferraris.
  8. Si la Cartera ministerial ha interpuesto denuncia por ante el representante del Ministerio Fiscal.

Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Muchas gracias, señor Presidente.

            El sentido de este informe no es otro que, como lo reflejaban con anterioridad los pares, cumplir con nuestra función, que es controlar, básicamente esa es la función de la Legislatura, de los senadores y de los diputados.

            El interés es no sólo porque para efectuar todos estos viajes los funcionarios han gastado dinero que nos corresponde a todos los salteños, sino porque la Provincia tiene necesidades básicas insatisfechas. La gente que viene del interior tiene pendiente muchas deudas sociales, bien hubiera podido invertirse ese dinero en obras que están pendientes.

            Por otro lado, como bien lo expresó el señor Gobernador, él mismo reconoció que estamos en crisis y que debíamos ajustar el gasto público. Esto se contradice con tantos ministros, incluso funcionarios de segunda línea que, al parecer, viajan al exterior y no sabemos a ciencia cierta cuál es la agenda, cuál es la utilidad que para la Provincia tienen los viajes que realizan.

            Por ejemplo, el ex Secretario de Justicia, mientras se debatía un tema tan importante no ha estado en la Provincia, cuando veíamos la necesidad de ampliar la Corte a siete miembros, cuando discutíamos quién iba a ocupar el cargo en la Corte, no se encontraba en el lugar. Tenemos una Provincia atrasada en obras públicas, sin embargo la funcionaria a cargo puede tener tiempo para realizar viajes.

No sabemos cuál es la utilidad que trae esos viajes de estos funcionarios y a eso se le suma el descuido de la función que deben prestar en la Provincia.

            Es por ello que creo necesario, como Poder Legislativo, que controlemos esto, veamos qué está pasando, vemos de golpe que la Provincia no tiene señales de progreso, que empecemos a controlar estos gastos.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente, señores senadores: coincido con la Senadora Vargas en que nuestra función es controlar, pero voy a hacer hincapié al menos en el primer pedido, en base a información pública.

            Hoy logré recibir desgrabaciones de varios medios de comunicación en una entrevista con el Doctor Matías Posadas, en la cual claramente explicó que su viaje no tenía sentido oficial, fue un viaje que lo encaró en la faz particular. Este tipo de cosas, cuando hay una misión oficial o una recomendación para una determinada misión es bueno conocer los gastos que pueda llegar a demandar este tipo de trabajo, pero pedir un informe al Gobierno Provincial de alguien que hizo un viaje personal, no creo que sea conveniente, ni nos corresponde.

El tema del Doctor Sebastián Lloret es información pública, está en el Boletín Oficial, Decreto Nº 2.831, del 4 de julio de 2008, en el cual queda claramente explicitado el fin del viaje, la invitación de la fundación española, quien corre con los gastos.

Por lo tanto, después de haber visto estos dos temas puntuales, en cuanto a este pedido de informe voy a solicitar que este proyecto vaya a Comisión, por dos aspectos. Fundamentalmente si tenemos la información hoy, por ejemplo en el caso del Doctor Sebastián Lloret, en el Boletín Oficial, primero tenemos que hacer un análisis, después podemos estar o no de acuerdo con la decisión política del Gobierno de la Provincia, esa es otra cosa, pero la información es pública.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: simplemente para señalar que inclusive el Senador preopinante se refirió a algunos puntos que tuvieron trascendencia y otros que figuran en el Boletín Oficial, pero el pedido de informe es más amplio.

            El primer punto es genérico, el segundo punto, el a) y el b), también es genérico y creo que como Poder del Estado debemos controlar y debemos saber, a mí personalmente, que vengo del interior, cuando tenemos que estar juntando entre todos los vecinos y los funcionarios para poner el agua, las cloacas para la gente, me interesa saber cuánto se va gastando en todos estos viajes y más aún si algunos que fueron con viáticos reconocidos por el Estado tuvieron una agenda y sentido para volcarlo a nuestra comunidad en su función.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: pueden haber quedado algunas dudas, por eso voy a sostener que vaya a Comisión, analicemos la información que es pública y en base a las dudas que tengamos después se puede pedir la información que sea conveniente. Es saludable para todos terminar de pulir este proyecto, así que voy a sostener que este proyecto vaya a Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción del señor Senador por el departamento Cerrillos, que pase a comisión el proyecto. Se va a votar.

– Votan por la negativa dos señores senadores.

– Votan quince señores senadores por la afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Pasa a Comisión.

7

PEDIDO DE INFORME AL SEÑOR MINISTRO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS

Expte. Nº 90-17.753/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución de la provincia de Salta y el artículo 149 del Reglamento de este Cuerpo se requiera al señor Ministro de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, para que informe:

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: el sentido de este pedido es que si bien todo esto trascendió por los medios, no nos consta cuál es el resultado de la supuesta auditoría y tampoco si es real o no lo de la denuncia penal, supuestamente efectuada por el Ministerio de Justicia. Creo que es pertinente y debemos contar con esa información.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Cerrillos.

Sen. Jorge.- Señor Presidente: la verdad que esta información también la consideramos pública, incluso con número de causa, ha sido una denuncia que se ha hecho ante la justicia. En virtud de esta situación, lo más conveniente es esperar que ésta se expida. Sería un paso prudente de esta Cámara conocer una resolución definitiva. En base a eso, indudablemente tener la información que este Cuerpo necesita, pero hasta que no se expida no es conveniente que esta Cámara pueda llegar a cumplimentar este pedido.

            Por lo tanto, voy a solicitar que este proyecto pase a Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- La verdad que sorprenden algunas cosas, pero si bien le consta al Senador preopinante que hay una causa y que está en la justicia, en manera alguna se trata con este pedido de interferir en la órbita judicial. En absoluto.

            En el primer inciso de este proyecto de resolución, más que nada se está pidiendo algo que es público, todos los resultados de la auditoría son públicos y creo que es necesario que esto nos alcance, ya que es pública esa información que sea remitida a este Cuerpo. De todas maneras son criterios.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción del señor Senador por el departamento Cerrillos, que pase a comisión el proyecto. Se va a votar.

– Votan por la negativa tres señores senadores.

– Votan por la afirmativa trece señores senadores.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Pasa a Comisión.

8

PEDIDO DE INFORME AL SEÑOR MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expte. Nº 90-17.766/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informe en un plazo de cinco (5) días, respecto al cateo y exploración que se realiza en el paraje Pampa Llana del municipio de Angastaco, departamento San Carlos.

            Art. 2º.- De forma.

Eduardo Favio Figueroa

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el autor del proyecto.

Sen. Figueroa.- Señor Presidente, señores senadores: el presente pedido de informe tiene su origen en la inquietud planteada por la comunidad indígena diaguita-calchaquí de Jasimaná, entidad que nuclea a pobladores originarios de dicho pueblo, quienes han expresado su preocupación por los estudios de cateo y exploración que se vienen realizando en el paraje Pampa Llana.

            En efecto, aquéllos han peticionado en el sentido que se suspenda toda actividad minera en la zona, entendiendo que ésta afecta sus tierras, la salud de la población y su patrimonio cultural.

A fin de conocer con certeza la realidad de lo denunciado y proceder a encausar las acciones que fueren convenientes en resguardo del derecho de los lugareños, es que solicito el presente informe.

            Por las razones dadas, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Lapad).- Con los fundamentos dados por el autor del proyecto, se pone en consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

            Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

9

DECLARAR DE INTERÉS EL 27º ANIVERSARIO DE LA CREACIÓN DE LA COORDINADORA DE CAJAS DE PREVISIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL

Expte. Nº 90-17.765/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara, las Jornadas Conmemorativas del “27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina”, a desarrollarse los días 21 y 22 de agosto del corriente año en nuestra Provincia, organizadas por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la Provincia de Salta.

Art. 2º.- De forma.

Alfredo Jorge

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

10

SOLICITAR REMUNERACIÓN PARA LOS JUECES DE PAZ LEGOS

Expte. Nº 90-17.767/08

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, dé cumplimiento al artículo 163 de nuestra Constitución Provincial, en cuanto a que los Jueces  de Paz Legos deben ser remunerados, contribuyendo con ello a saldar una deuda pendiente y necesaria, desde que quedara establecido en nuestra Carta Magna.

Ernesto Juan Aguilera – Catalina Elsa Ponna – José Luis Valle – Manuel Héctor Luque – Sergio Ramón Zenteno – Eduardo Favio Figueroa – Raúl Bartolomé García – Juan Martín Moreyra

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Candelaria.

Sen. Aguilera.- Señor Presidente: en realidad es una preocupación tremenda porque en los lugares donde no hay escribanos tienen que actuar los Jueces de Paz legos, certificar una firma o hacer algún juicio, que no son juicios que llevan los señores jueces, y tienen que cobrar únicamente quince pesos la actuación por certificación de firmas y demás.

En realidad estos jueces no pueden bajo ningún punto de vista aceptar ese cargo porque no tienen remuneración; se ve agravada la situación en este sentido y nadie lo quiere aceptar.

Solicito a mis pares que veamos con agrado que estos señores jueces tengan una remuneración acorde. No voy a permitir que se haga convenio con las municipalidades, porque sabemos bien lo que pasa en las municipalidades del interior, donde se manejan estrictamente con su pequeño presupuesto y no pueden tener un sueldo para unos señores que trabajan para la comunidad, porque no les alcanza el presupuesto.

Por eso pido a mis pares que aprobemos este proyecto, tantos años que está en nuestra Constitución, se decía que iban a ser rentados los Jueces de Paz legos y resulta que hasta ahora no. Esa es una gran preocupación.

Muchísimas gracias.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: hemos suscripto el proyecto del Senador preopinante, por cuanto en el fondo el tema requiere justamente un pago por la labor que desarrollan los Jueces de Paz.

            Quiero recordar que en la provincia de Salta se ha omitido hasta este momento el tratar una ley que regule la labor que desarrollan los Jueces de Paz, brindándoles mayores facultades y competencias y al mismo tiempo estableciendo una compensación adecuada por esa labor.

            Hay dos proyectos, tengo entendido, en la Cámara de Diputados, hay un proyecto de ley en este Senado y hasta la fecha no se ha tenido, desde el Gobierno, voluntad de resolver esta cuestión de la labor que desarrollan los Jueces de Paz, porque más allá de lo que decía el Senador por La Candelaria, no está en juego solamente el tema de la reparación pecuniaria por esa labor y ese tiempo, sino está la posibilidad de otorgar a los que menos tienen, esencialmente, y que más alejados están de los centros adonde funcionan juzgados de distinta competencia, el acceso mínimamente a la labor de justicia.

            Entonces, suele ocurrir que el pago directo por el particular al juez, le impide lograr que se certifique una firma, que se labre un acta, o que se tenga mínimamente una respuesta adecuada a ese requerimiento.

            Por eso, el proyecto que hemos presentado hace ya unos cuantos meses, el año pasado, sobre el tema de la regulación contempla la posibilidad de que los Jueces de Paz puedan entender en cuestiones de menor cuantía y que por ello reciban una remuneración, tal como existe en provincias como la del Chaco, por ejemplo, en donde los jueces, aparte de realizar una labor para ser designados, gozan de estabilidad, de un beneficio y sobre todas las cosas se ve de qué modo la justicia llega a los rincones más alejados.

            Reitero, acompañamos el proyecto, pero también solicito que tengamos presente la necesidad de impulsar la aprobación de una norma que contemple claramente las facultades y competencias de los jueces de campaña, sean legos o letrados, porque la ley también prevé la designación de jueces letrados, conforme donde sea el radio de actuación.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

11

DECLARAR DE INTERÉS EL 8º ENCUENTRO DE DANZAS FOLCLÓRICAS

Expte Nº 90-17.761/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, la realización del “8º Encuentro de Danzas Folclóricas”, que tendrá lugar en la ciudad de Cafayate, durante los días 15 y 16 de agosto de 2008, organizado por el Cuerpo de Danzas Folclóricas “Luna Cafayateña”.

            Art. 2º.- De forma.

Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento Cafayate.

Sen. Vargas.- Señor Presidente: este encuentro se viene realizando hace varios años consecutivos y es muy importante, ya que en Cafayate hay numerosos ballet que más que nada cumplen una función de contención de toda esa juventud, para evitar que puedan caer en otros vicios y en malos pasos. Es por eso que una manera de acompañar esto que está muy bien para los jóvenes, es apoyar este encuentro que se viene haciendo todos estos años y del cual participan numerosas provincias.

Por eso, pido a mis pares que me acompañen en este proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Corresponde considerar el asunto incluido en la Preferencia Nº 3/08, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

12

PREOCUPACIÓN POR LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE COPARTICIPACIÓN FEDERAL DE IMPUESTOS

Expte. Nº 90-17.478/08

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Su permanente preocupación y la plena convicción del perjuicio de las provincias, ante el incumplimiento del Congreso Nacional al no haber tratado la modificación de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, según lo establece la última Reforma Constitucional del año 1994, en la Cláusula VI de las Disposiciones Transitorias conforme lo dispuesto en el inciso 2) del artículo 75.

Su expreso pedido a los Senadores Nacionales, por ser Cámara de origen el Senado, el pronto tratamiento de una nueva Ley, plasmando sin duda un reparto equitativo y solidario, que permita el desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.

Invitar a las Legislaturas de las restantes provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a expresarse por el mismo objetivo.

Raúl Bartolomé García – José Luis Valle – Catalina Elsa Ponna – Claudia Silvina Vargas – Luis Francisco D’Andrea

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente: este proyecto de declaración, de acuerdo a su redacción, es bastante claro, atento a que expresamos y solicitamos al Congreso de la Nación la discusión y el dictado de una nueva Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, ya que hay una mora conforme a la última reforma de la Constitución del año 1994, donde claramente establece que en el año 1996 se debía dictar una nueva Ley.

            Eso hasta la fecha no ha ocurrido, a pesar que han pasado varios Presidentes a partir de aquella fecha, en cada campaña política asumen ese compromiso de la famosa redistribución de los recursos, pero hasta la fecha no aparece nada relacionado a ese tema.

            La actual Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, Nº 23.548, tiene como setenta modificaciones. En la distribución primaria, es decir cómo se va a repartir la torta entre las provincias, establece esta Ley, vigente desde el año 1988 y que era transitoria por tres años, cómo se debe distribuir porcentualmente; el 42,34% va al Tesoro Nacional, el 2% a las provincias de Tierra del Fuego y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que está incluida en ese porcentaje, el 56,66% a las provincias y el 1% al Ministerio del Interior, Fondo del Tesoro Nacional, el famoso ATN, que depende cuál sea la relación que tenga con el Presidente de turno es cómo se distribuyen estos ATN.

            Qué ha pasado todo este tiempo. Con la crisis económica, no crisis, transferencia de responsabilidades a las provincias como la educación, la salud y otros servicios, las provincias han ido cediendo recursos a la Nación. Se ha dictado una cantidad importantísima de leyes, el famoso impuesto sobre los bienes personales, transferencia de servicio educativo, que acabo de manifestar, régimen de energía eléctrica, acuerdo entre Gobierno Nacional y Gobiernos Provinciales, Pactos Federales de la Producción y el Crecimiento, Sistema Federal de Viviendas. Acabo de decir que son cerca de setenta leyes que se han dictado a nivel nacional, por ejemplo, creando impuesto al cheque, famoso impuesto al débito y a los créditos, que sólo se coparticipa un 30% a las provincias, las provincias también han cedido un 15% de su coparticipación para la Caja de Jubilaciones, para la ANSES a nivel nacional, atento a que se habían transferido las Cajas de Jubilaciones de las distintas provincias, se ha creado impuesto a los combustibles, impuesto a la nafta, impuesto al gasoil, impuesto al full oil, todo esto tenía un destino, se ha dictado impuesto para el Plan Federal de Viviendas, se han firmado pactos, pero resulta que hace tiempo que no se están construyendo viviendas y veo que muchas cosas se firman y en la realidad no se concretan.

Por eso la importancia que de una vez por todas el Congreso de la Nación asuma su responsabilidad, y especialmente a través de la Cámara de Senadores, para que con acuerdo de todas las provincias se pueda dictar una nueva Ley de Coparticipación Federal de Impuestos.

            Si consideramos esta famosa discusión de las retenciones, que no son coparticipables, pero evidentemente esta es una facultad del Congreso de la Nación, donde debe expresarse en ese sentido; pero lo cierto es que los porcentajes originales de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, Nº 23.548 y sus modificatorias, que establecía que el 56% era para las provincias y el 44% para la Nación, quedó totalmente desfasado. Actualmente, entre todas las provincias del país se está distribuyendo apenas un 28% del total de los recursos que ingresan al Estado Nacional.

            Por estas razones, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto, no es la primera vez que esta Cámara de Senadores se expresa en este sentido, atento a que de una vez por todas no queremos más exclamaciones, no queremos más declaraciones ni campañas políticas que se manifiesten en este sentido, sino acciones, definitivamente.

            Es decir que, de una vez por todas, la real distribución de los recursos se haga. Esto es lo que estamos reclamando y seguramente que en este nuevo acuerdo, en este pacto fiscal del que tanto se habla pero que nunca se lo concreta, vamos a lograr mayores recursos para la Provincia y vamos a dejar de ir a mendigar a la Nación para que nos venga a hacer obras en la provincia de Salta o en cualquier otro lugar. Los recursos son de todos los argentinos y por eso es esta gran deuda que tiene el Congreso de la Nación y la gran deuda que tienen los argentinos, señor Presidente, de dictar una nueva Ley de Coparticipación Federal de Impuestos.

            Alguien ha manifestado que si se dicta una nueva Ley de Coparticipación Federal, hay muchas provincias que van a perder recursos. Nada de eso es realidad, nadie está buscando que se dicte un nuevo pacto social, un nuevo acuerdo a nivel nacional donde se le quite a una provincia y se le dé a otra. Acá estamos hablando de que la torta se la distribuya mejor, se la reparta mejor, porque parece que acá hay hijos y entenados. Entonces, los entenados son los que pasan hambre, son los que reciben menor porción de la torta. Lo que se plantea es que la torta la distribuyamos equitativamente. De esto se trata.

Seguramente que si hablamos de federalismo, en la provincia de Salta también debemos discutir una nueva Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, es un tema pendiente. Hay proyectos de ley presentados, el Foro de Intendentes también está planteando esta situación. Es un tema muy importante y de una vez por todas hay que discutirlo.

Gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

13

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Anta, don Alfredo Horacio Olmedo, a arriar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Cafayate, doña Claudia Silvina Vargas, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Alfredo Horacio Olmedo y Claudia Silvina Vargas proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 21:05’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

14

 A P E N D I C E

1

Ratificación de Resoluciones de Presidencia

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resoluciones de Presidencia Nros.:323 y

 348/08.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

2

Ratificación de la Resolución de Presidencia Nº 353/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Ratificar lo actuado mediante Resolución de Presidencia Nº 353/08.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

3

Pedido de Informe

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Que conforme a lo dispuesto por los artículos 116 de la Constitución Provincial y 149 del Reglamento de este Cuerpo, solicitar al señor Ministro de Ambiente y Desarrollo Sustentable, informe en un plazo de cinco (5) días, respecto al cateo y exploración que se realiza en el paraje Pampa Llana del municipio de Angastaco, departamento San Carlos.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

4

Jornadas Conmemorativas del 27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

Artículo 1º.- Declarar de Interés de esta Cámara las Jornadas Conmemorativas del “27º Aniversario de la Creación de la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la República Argentina”, a desarrollarse los días 21 y 22 de agosto del corriente año en nuestra Provincia, organizadas por la Coordinadora de Cajas de Previsión y Seguridad Social para Profesionales de la Provincia de Salta.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

5

Remuneración para los Jueces de Paz Legos

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, dé cumplimiento al artículo 163 de nuestra Constitución Provincial, en cuanto a que los Jueces de Paz Legos, deben ser remunerados, contribuyendo con ello a saldar una deuda pendiente y necesaria, desde que quedara establecido en nuestra Carta Magna.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

6

8º Encuentro de Danzas Folclóricas

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de esta Cámara, la realización del “8º Encuentro de Danzas Folclóricas”, que tendrá lugar en la ciudad de Cafayate, durante los días 15 y 16 de agosto de 2008, organizado por el Cuerpo de Danzas Folclóricas “Luna Cafayateña”.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

7

Solicitar la modificación de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

Su permanente preocupación y la plena convicción del perjuicio de las provincias, ante el incumplimiento del Congreso Nacional al no haber tratado la modificación de la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, según lo establece la última Reforma Constitucional del año 1994, en la Cláusula VI de las Disposiciones Transitorias conforme lo dispuesto en el inciso 2) del artículo 75.

Su expreso pedido a los Senadores Nacionales, por ser Cámara de origen el Senado, el pronto tratamiento de una nueva Ley, plasmando sin duda un reparto equitativo y solidario, que permita el desarrollo, calidad de vida e igualdad de oportunidades en todo el territorio nacional.

Invitar a las Legislaturas de las restantes provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a expresarse por el mismo objetivo.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil ocho.

 

15

A N E X O

I

Dictámenes de Comisiones

De Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto

            En el proyecto de ley en revisión, eximiendo del pago del Impuesto a las Actividades Económicas y del mínimo establecido en el inciso a) del artículo 14 de la Ley Nº 6.611, a aquellas personas que se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. (Expte. Nº 91-19.785/08

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional

            En el proyecto de ley nuevamente en revisión, por le cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 4.664, del departamento Rosario de Lerma, para ser destinada a uso público y recreativo. (Expte. Nº 90-17.158/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Alfredo Horacio Olmedo, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios a fin de proveer de un móvil policial al municipio de Apolinario Saravia, departamento Anta. (Expte. Nº 90-17.731/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Alfredo Horacio Olmedo, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de sus organismos correspondientes, arbitre los medios necesarios a fin de proveer de un móvil policial y de una ambulancia a la localidad de Coronel Mollinedo, municipio de Apolinario Saravia, departamento Anta. (Expte. Nº 90-17.732/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador José Luis Valle, viendo con agrado que la Secretaría de Seguridad de la Provincia, disponga el incremento de efectivos policiales con sus correspondientes vehículos, para el patrullaje en las tres U.O.P del departamento General Güemes. (Expte. Nº 90-17.744/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

De Educación y Cultura

            En el proyecto de resolución del señor Senador Manuel Héctor Luque, declarando de Interés del Senado, la creación del Terciario de Arte “Roberto Maehashi”, en la ciudad de Rosario de la Frontera. (Expte. Nº 90-17.678/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de resolución del señor Senador Manuel Héctor Luque, declarando de Interés del Senado las “II Jornadas de Arte Integrador”, organizadas por la Comisión de Apoyo a la Creación del Terciario de Arte “Roberto Maehashi”, a llevarse a cabo los días 5, 6 y 7 de setiembre del corriente año, en la localidad de Rosario de la Frontera, Departamento del mismo nombre. (Expte. Nº 90-17.687/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En los proyectos de declaración del señor Senador Eduardo Favio Figueroa, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Dirección de Patrimonio Cultural; Museo de Antropología de Alta Montaña y organismos pertinentes, adoptase medidas tendientes a la asistencia financiera, destinada a la restauración y mantenimiento de los Sitios Arqueológicos de Petroglifos existentes en los parajes San Antonio (Animaná) y San Lucas, departamento San Carlos. (Expte. Nº 90-17.152/07, 90-17.168/07 y 90-17.169/07)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Manuel Héctor Luque, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial, las “II Jornadas de Arte Integrador”, organizadas por la Comisión de Apoyo a la Creación del Terciario de Arte “Roberto Maehashi”, a llevarse a cabo los días 5, 6 y 7 de setiembre del corriente año, en la localidad de Rosario de la Frontera, Departamento del mismo nombre. (Expte. Nº 90-17.686/08)

 – Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, viendo con agrado que los señores Legisladores Nacionales por Salta, en oportunidad de debatirse en el seno del Congreso de la Nación la nueva Ley Universitaria, contemplen la opinión de las universidades nacionales, representadas en el Consejo Interuniversitario Nacional y del Movimiento Estudiantil Argentino nucleado en la Federación Universitaria Argentina. (Expte. Nº 90-17.694/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

II

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-17.754/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, instrumente los mecanismos necesarios para que se proceda a la inclusión de Rosario de la Frontera en el Programa Uso Racional y Eficiente de la Energía Eléctrica, lanzado por el Gobierno Nacional el año pasado.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objeto lograr el uso racional y eficiente de la energía, ya que con el programa lanzado por el Gobierno Nacional, el año pasado, en varios departamentos donde se aplicó el programa se logró un importante ahorro energético.

            El mencionado programa que ya comenzó a aplicarse en Salta Capital, Rosario de Lerma, Orán, Tartagal y Metán, propone el recambio de lámparas de bajo consumo, las que son fundamentales para el ahorro de hasta un 70% de energía en iluminación, a la vez que logra un menor deterioro del medio ambiente.

            Por lo expuesto, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente.

2

Expte. Nº 90-17.755/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre los mecanismos necesarios para cubrir cargos de Agentes Sanitarios, en las Áreas Operativas Nº 18 del municipio de Rosario de la Frontera y Nº 38 del municipio de El Potrero, ambas del departamento Rosario de la Frontera.

Manuel Héctor Luque

– A la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social.

3

Expte. Nº 90-17.756/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo de la provincia de Salta, a través de la Secretaría de Obras Públicas, instrumente los mecanismos necesarios para que se proceda a la construcción de un acueducto oeste que tome las aguas del Río Rosario arriba, en la cercanía del paraje Cajón, hasta la ciudad de Rosario de la Frontera.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por finalidad solucionar los problemas con el agua potable que tienen los vecinos de la ciudad de Rosario de la Frontera, la que en épocas de sequía y debido a su influencia negativa en las napas freáticas, disminuye la presión provocando su carencia.

            Considero que con la obra mencionada, juntamente con la construcción del Dique El Cajón, se aportarían soluciones definitivas a esta problemática.

            Por lo expuesto y para solucionar el problema de la provisión del agua potable en la ciudad de Rosario de la Frontera, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

4

Expte. Nº 90-17.757/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, instrumente los mecanismos necesarios para contemplar en su plan de viviendas, la construcción de grupos habitacionales en las localidades rurales de El Arenal, Los Baños, San Felipe y El Naranjo de la Primera Sección y Copo Quille, Antillas, San Lorenzo, Almirante Brown y El Bordo de la Segunda Sección del departamento Rosario de la Frontera.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La construcción de grupos habitacionales en los lugares mencionados, es de vital importancia para aliviar aunque sea en parte el grave problema habitacional que tienen los pobladores de las mencionadas localidades rurales.

            El importante crecimiento demográfico que se ha experimentado en los últimos tiempos hace que la demanda de viviendas en las zonas rurales, sea una necesidad prioritaria, la cual podría encuadrarse en el marco del Plan que el Gobierno de la Provincia firmó con la Nación, para lo que los municipios de Rosario de la Frontera y El Potrero cuentan con los inmuebles necesarios.

            Por lo expuesto, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

5

Expte. Nº 90-17.758/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, prevea el estudio y construcción de un acueducto desde el Dique El Duraznito, ubicado en el paraje homónimo, a unos 8 km. hacia el sudeste de la ciudad de Rosario de la Frontera, con el objeto de abastecer de agua potable a loteos aledaños al predio del Hotel Termas.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objetivo lograr la concreción de un acueducto. Esta obra posibilitaría el abastecimiento de agua potable a los actuales y futuros habitantes de los loteos que se están realizando en predios aledaños al Hotel Termas.

            Es de destacar que la provisión del vital elemento, redundaría en importantes beneficios al sector, ya que el lugar tiene muchísimas posibilidades de convertirse en un importante centro turístico con las importantes inversiones y la mano de obra que se utiliza.

            Por lo expuesto, solicito me acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

6

Expte. Nº 90-17.759/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, proceda a la creación de un destacamento policial en la localidad de San Felipe, 1ª Sección del departamento Rosario de la Frontera.

Manuel Héctor Luque

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La gran extensión del departamento Rosario de la Frontera trae aparejado serios inconvenientes, toda vez que por distintas circunstancias se requiere la presencia de la fuerza policial en la región aledaña a la localidad de San Felipe, ubicada sobre la Ruta Provincial Nº 3, aproximadamente a unos 25 ó 30 kms. de la ciudad de Rosario de la Frontera, y otro tanto de la localidad de El Naranjo, donde se encuentran la Comisaría Nº 31 y un destacamento policial, respectivamente.

            En razón de esta distancia, caminos en mal estado, la falta de movilidad, etc., la fuerza policial se ve impedida en numerosas ocasiones de realizar procedimientos, citaciones o cualquier tarea inherente a la función de seguridad que debe desarrollar.

            Existe gran preocupación de los vecinos del lugar y productores ganaderos por la proliferación de delitos, en su mayoría por hurto de ganado; lo que genera impotencia y malestar entre los vecinos del lugar, al no contar con una rápida acción policial por los motivos expuestos precedentemente.

            A todo esto es digno destacar que un vecino caracterizado de la zona ha ofrecido gentilmente la donación de una parcela de terreno para la construcción del edificio, lo que haría efectivo en cuanto esté determinada la respectiva creación.

            En virtud de lo expuesto, solicito a mis pares me  acompañen en la aprobación del presente proyecto de declaración.

Manuel Héctor Luque

7

Expte. Nº 90-17.760/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos competentes, designe profesionales del arte para dictar curso y capacitar a los jóvenes y pequeños artesanos del departamento La Poma.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración tiene por objeto solicitar se designen profesionales del arte para el dictado de cursos y capacitación en: tallado de piedra, madera y tejido para los jóvenes y pequeños artesanos del departamento La Poma.

            Ante tanta competencia, el artesano también debe estar preparado para asumir las exigencias del mercado, y la única opción para poder competir es perfeccionando sus conocimientos. Es por ello que proporcionarles esta oportunidad, a través de distintos organismos del Gobierno es favorecer a nuestro Departamento, para que se encuentre en el mismo nivel de conocimiento y competitividad y puedan ofrecer a los turistas, y también a los posibles mercados, los productos que elaboren.

            Es por ello que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de declaración.

Telmo Salva

8

Expte. Nº 90-17.764/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Educación, disponga la conformación de un gabinete psicopedagógico itinerante, para que los niños de las distintas unidades educativas que componen el núcleo educativo que abarca los departamentos Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma, reciban atención profesional y especializada en las problemáticas del proceso enseñanza-aprendizaje.

Mario Alberto Brizuela


* Nómina de Dictámenes en Anexo

* Proyectos de Declaración en Anexo