Cámara de Senadores
Versiones taquigráficas 2008

05/06/2008

5 de Junio de 2008

8ª Reunión – 8ª  Sesión Ordinaria

Presidencia del Senador MASHUR LAPAD

Secretario Legislativo Dr. LUIS GUILLERMO LÓPEZ MIRAU

Secretario Administrativo Lic. JULIO EDUARDO FERNANDEZ MUIÑOS

Secretario Institucional Dr. PABLO FRANCISCO JUAN KOSINER

SENADORES PRESENTES:

BRIZUELA, Mario Alberto

CABANA, Silvia Guadalupe

D’ANDREA, Luis Francisco

DÍAZ, Pablo Raúl

FIGUEROA, Eduardo Favio

GARCÍA, Raúl Bartolomé

LAPAD, Mashur

LIVERATO, Pedro

LUNDA, Leonardo

LUQUE, Manuel Héctor

MOREYRA, Juan Martín

OLMEDO, Alfredo Horacio

PEDROZA, Alberto Froilán

PONNA, Catalina Elsa

QUIPILDOR, Omar Gerardo

SALVA, Telmo

SOTO, Jorge Pablo

VALLE, José Luis

YARADE, Rodolfo Fernando

ZENTENO, Sergio Ramón

SENADORES AUSENTES CON AVISO:

AGUILERA, Ernesto Juan

JORGE, Alfredo

VARGAS, Claudia Silvina

S U M A R I O

Pág.

1. Izamiento de Banderas……………………………………………………………………………………………………….

2. Versión Taquigráfica………………………………………………………………………………………………………….

3. Asuntos Entrados:

I. Comunicación del Poder Ejecutivo.

Expte. Nº 90-17.619/08. Proyecto de ley, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble Matrícula Nº 1917 del departamento Metán…………

II. Comunicaciones de la Cámara de Diputados…………………………………………

III. Comunicaciones Oficiales…………………………………………………………………

IV. Dictámenes de Comisiones………………………………………………………………

V. Proyectos de Ley:

1. Expte. Nº 90-17.623/08. Del señor Senador José Luis Valle: creación de un Juzgado de Familia y del Trabajo y un Juzgado Penal con competencia territorial en el departamento General Güemes. …………………………………………….

2. Expte. Nº 90-17.624/08. Del señor Senador José Luis Valle: construcción del edificio de la Escuela Nº 4.489 del paraje Lote Santa Rosa, de la localidad de General Güemes………………………………………………………………………..

3. Expte. Nº 90-17.625/08. Del señor Senador José Luis Valle: derogación de la Ley Nº 7.487 – Reanudación de la Coparticipación a los Municipios del 3% previsto en la Ley Nº 6.678…………………………………………………………………………..

4. Licencias…………………………………………………………………………………………………………………………

5. Homenajes………………………………………………………………………………………………………………………

6. Asuntos entrados durante la sesión:

IV. Dictámenes de Comisiones……………………………………………………………… .

7. Expte. Nº 90-17.631/08. Consideración del proyecto de resolución del señor Senador Omar Gerardo Quipildor, declarando de Interés de la Cámara la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”. Se aprueba…………………………………………………………………………………………………………………………

8. Expte. Nº 90-17.631/08. Consideración del proyecto de declaración del señor Senador Omar Gerardo Quipildor, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés Provincial la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”. Se aprueba……………………………………………………………………..

9. Expte. Nº 91-18.594/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, modificando las Leyes Nros.: 5.546 (Estatuto del Empleado Público), 6.193 (Ley del Personal Policial), 4.513 (Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la Provincia) y 6.068 (Estatuto del Empleado Municipal). Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………………………………………………………………….

10. Expte. Nº 91-18.953/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, modificando artículos de la Ley Nº 6.556 de Creación de la Caja de Jubilaciones para Médicos. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.     

11. Expte. Nº 91-19.730/07. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, modificando el inciso b) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Policía y el artículo 29 bis de la Ley Nº 6.345 Código Procesal Penal. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación…………………………………………………………………………………

12. Expte. Nº 91-19.812/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de ley en revisión, declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 134 Finca San Antonio de los Cobres, departamento La Poma. Se sanciona y pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación………………………………………………………..

13. Expte. Nº 90-17.557/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, en el proyecto de resolución de los señores Senadores José Luis Valle y Claudia Silvina Vargas, declarando de Interés de la Cámara, el 1º Congreso Nacional de Municipios y Ambiente – Hacia la Construcción de Ciudades Sustentables. Se aprueba………………………………………………………………………………..

14. Expte. Nº 90-17.552/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado la provisión de un móvil para la dependencia policial de San Antonio de los Cobres. Se aprueba.   

15. Expte. Nº 90-17.566/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado la agilización de los trámites de títulos de propiedad y escrituración definitiva de terrenos para comunidades aborígenes de los departamentos Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma……………..

16. Consideración de los proyectos de declaración Exptes. Nros.: 90-17.563/08, 90-17.526/08, 90-17.527/08, 90-17.536/08, 90-17.537/08, 90-17.538/08, 90-17.539/08, 90-17.548/08 y 90-17.576/08. Se aprueban……….

17. Expte. Nº 90-17.565/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado la concreción del “Programa de Electrificación Rural” a través del servicio eléctrico por medio de paneles solares. Se aprueba………………………………………………………………………………………………

18. Expte. Nº 90-17.569/08. Consideración del dictamen de la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, en el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado se destine un fondo subsidiario de reparación histórica para plan de viviendas rurales. Se aprueba.

19. Arrío de Banderas……………………………………………………………………………………………………………

20. Apéndice:

                      – Sanciones de la Cámara…………………………………………………………………………………..

21. Anexo:

I. Proyectos de Ley:

1. Expte. Nº 90-17.626/08. Del señor Senador José Luis Valle: declarando de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Nº 10.858 del departamento General Güemes……………………………………………………..

2. Expte. Nº 90-17.632/08. Del señor Senador Telmo Salva: declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación cuarenta has. del inmueble Matrícula Nº 102 del departamento La Poma……………………………………………………………….

II. Proyecto de Resolución:

Expte. Nº 90-17.631/08. Del señor Senador Omar Gerardo Quipildor: declarando de Interés de la Cámara la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”…………………………………………………………………………………………………..

III. Proyectos de Declaración:

1. Expte. Nº 90-17.620/08. Del señor Senador Raúl Bartolomé García: viendo con agrado la obra de electrificación rural desde el pueblo de El Tunal hasta el paraje Atamisqui, sobre Ruta Provincial Nº 29…………………………………………..

2. Expte. Nº 90-17.621/08. Del señor Senador Raúl Bartolomé García: viendo con agrado la inclusión del municipio de Río Piedras en el plan de ampliación de red de gas natural domiciliario……………………………………………………………

3. Expte. Nº 90-17.622/08. Del señor Senador Luis Francisco D’Andrea: viendo con agrado la construcción de un establecimiento educativo para el Nivel Inicial, EGB 1 y 2 en El Carril…………………………………………………………………………

4. Expte. Nº 90-17.627/08. Del señor Senador Leonardo Lunda: viendo con agrado la reparación y/o nueva construcción del establecimiento Polimodal Rural Nº 5.155 del paraje Rodeo Colorado, departamento Iruya……………………….

5. Expte. Nº 90-17.628/08. Del señor Senador Leonardo Lunda: viendo con agrado la instalación de un cajero automático en Iruya…………………………………

6. Expte. Nº 90-17.629/08. Del señor Senador Omar Gerardo Quipildor: viendo con agrado que el Poder Ejecutivo declare de Interés la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”. …………………………………………….

– En la ciudad de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho, siendo horas 19:19’:

Sr. Presidente (Lapad).- Con la presencia de diecisiete señores senadores, queda abierta la sesión.

1

IZAMIENTO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- Invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Mario Alberto Brizuela, a izar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Santa Victoria, doña Silvia Guadalupe Cabana, a izar la Bandera Provincial.

– Puestos de pie los señores senadores y público presente, los señores Senadores Mario Alberto Brizuela y Silvia Guadalupe Cabana proceden a izar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente. (Aplausos)

2

VERSIÓN TAQUIGRÁFICA

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la versión taquigráfica correspondiente a la sesión del día veintinueve de mayo del año dos mil ocho. Si no se formulan observaciones a la misma, se dará por aprobada, autenticará y archivará.

– Sin observaciones se aprueba la versión taquigráfica del día veintinueve de mayo del año dos mil ocho.

3

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Lapad).- Por Secretaría se dará cuenta de los asuntos entrados.

I

Comunicación del Poder Ejecutivo

Expte. Nº 90-17.619/08

Salta, 30 de mayo de 2008

Señor Presidente:

            Tengo el agrado de dirigirme a Ud. proponiendo el tratamiento legislativo del adjunto proyecto de ley que tiene por objeto declarar de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado como Catastro Nº 1.917 del departamento Metán.

            La medida propuesta resulta necesaria y converge a fines de utilidad pública, toda vez que el inmueble objeto del presente proyecto de ley sería destinado a su utilización por parte del municipio de San José de Metán para el aprovechamiento integral del inmueble para el desarrollo de programas sociales de áreas dependientes del Departamento Ejecutivo de la mencionada Comuna.

            Conforme lo expresado por el señor Intendente de San José de Metán, el Municipio carece de infraestructura suficiente para atender los variados requerimientos de carácter social, lo que constituye una gran necesidad para esa comunidad.

            La posibilidad de disponer del inmueble referido, redundará en forma efectiva en beneficio de sectores sociales desprotegidos como lo son la ancianidad de mujeres, las víctimas de violencia y otras personas carentes de la necesaria contención familiar o social,  beneficiándose todos ellos con la concreta asistencia en el ámbito comunitario.

            El fin perseguido en este proyecto permitirá dar utilidad de interés común a un inmueble que actualmente se encuentra en situación de virtual abandono, el cual, consecuentemente, no presta beneficio alguno a la comunidad metanense.

            Podrá, a su vez, ser aprovechado para el funcionamiento de áreas sociales dependientes del Municipio que desarrollan programas relacionados a su función, en beneficio de la población en general, ya que, al extender su capacidad física, ampliarían su eficiencia en respuesta a las necesidades de ayuda social orientada a todos los sectores.

            Por lo expresado, solicito el tratamiento y sanción del aludido proyecto de ley.

            Sin otro particular, saludo a Ud. muy atentamente.

Dr. Juan Manuel Urtubey

             Gobernador

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble identificado con Matrícula Nº 1.917, Manzana 93, Sección B, Parcela 4, del departamento Metán, para ser utilizado con destino al funcionamiento de dependencias de gestión municipal con fines sociales.

            Art. 2º.- La titularidad del inmueble, una vez expropiado, será transferida al municipio de San José de Metán,  para el propósito enunciado en el artículo 1º.

            Art. 3º.- La erogación que devengue la presente Ley será imputada a las partidas correspondientes del Presupuesto General vigente, quedando facultado el Poder Ejecutivo para efectuar las reestructuraciones pertinentes.

            Art. 4º- De forma.

Dr. Juan Manuel Urtubey

             Gobernador

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

II

Comunicaciones de la Cámara de Diputados

            Proyecto de ley en revisión, estableciendo la prohibición de la instalación y funcionamiento de cajeros automáticos bancarios y/o máquinas expendedoras de dinero de cualquier origen en todas las salas de juego habilitadas en la Provincia. (Expte. Nº 91-18.530/08)

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

            Proyecto de ley en revisión, incorporando el inciso 25) al artículo 276 del Código Fiscal de la Provincia. (Expte. Nº 91-20.068/08)

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Proyecto de ley en revisión, por el cual las personas físicas o jurídicas radicadas en la Provincia o las que en el futuro se establezcan en ella, que produzcan un incremento en su nómina de trabajadores, gozarán de una exención por 10 años, del Impuesto a las Cooperadoras Asistenciales por cada trabajador adicional que empleen. (Expte. Nº 91-20.069/08)

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

III

Comunicaciones Oficiales

El señor Secretario del Senado de la Nación, Doctor Juan Héctor Estrada, comunica la Resolución mediante la cual se manifiesta beneplácito por la nominación de la Senadora Nacional Selva Judith Forstmann a la Presidencia de la Confederación Parlamentaria de las Américas en representación de la República Argentina.

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            El señor Gerente General de ENJASA, remite nota mediante la cual manifiesta preocupación respecto al tema de restricción horaria, de las salas de tragamonedas y casinos de la provincia de Salta.

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            La Convención Municipal de Colonia Santa Rosa, eleva el texto de la Carta Orgánica. (Expte. Nº 90-17.630/08)

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

            La Secretaría General de la Gobernación remite copia de los siguientes Decretos:

Nº 2.207/08, promulgando la Ley Nº 7.499, creación de Juzgados en los Distritos Judiciales del Sur y del Norte.

Nº 2.208/08, que promulga la Ley Nº 7.500, modificación de la Ley 3.221 (Régimen de Jubilaciones, Pensiones y Subsidios Notariales)

– A sus antecedentes.

IV

Dictámenes de Comisiones

De Salud Pública y Seguridad Social

            En el proyecto de resolución del señor Senador Mario Alberto Brizuela, declarando de interés de la Cámara las “II Jornadas Regionales de Medicina General del NOA”, con el lema “Viejos y nuevos desafíos para el médico generalista”, a llevarse a cabo los días 27 y 28 de junio del corriente año, en la Sociedad Española de la ciudad de General Güemes. (Expte. Nº 90-17.568/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Omar Gerardo Quipildor, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que corresponda, arbitre los medios necesarios a fin de que se incrementen las partidas presupuestarias para el Plan Provincial de Nutrición y Protección Integral del Escolar (ex comedores escolares), para las distintas escuelas albergues del municipio de Guachipas, Departamento del mismo nombre. (Expte. 90-17.560/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Ernesto Juan Aguilera, considerando una medida de urgente resolución, que el Ministerio de Salud Pública destine una ambulancia al Área Operativa XXI, centro de salud del municipio La Candelaria. (Expte. Nº 90-17.561/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre los medios necesarios a fin de agilizar los trámites relacionados a designaciones de agentes sanitarios correspondientes al Área Operativa del Hospital Zonal “Nicolás Cayetano Pagano” de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes. (Expte. Nº 90-17.564/08)

– Al Orden del Día de la próxima sesión.

            En el proyecto de declaración del señor Senador Mario Alberto Brizuela, viendo con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Salud Pública, arbitre los medios que estime conveniente y destine las partidas presupuestarias necesarias a fin de proveer de tres cuatriciclos al Hospital Zonal “Nicolás Cayetano Pagano” de la localidad de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes. (Expte. Nº 90-17.567/08)

-Al Orden del Día de la próxima sesión.

V

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-17.623/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Créase en la ciudad de General Güemes, Departamento del mismo nombre, un Juzgado de Familia y del Trabajo y un Juzgado Penal con competencia territorial en todo el territorio de ese Departamento.

            Art. 2º.- Dispóngase las partidas necesarias para la puesta en funcionamiento de dichos juzgados en el Presupuesto del corriente ejercicio.

            Art. 3º.- De forma.

José Luis Valle

– A la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones.

2

Expte. Nº 90-17.624/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Dispóngase la construcción de un edificio escolar destinado al funcionamiento de la Escuela Nº 4.489 que funciona en el denominado paraje “Lote Santa Rosa”, localidad de General Güemes, Departamento del mismo nombre.

            Art. 2º.- Dispóngase a través del Ministerio de Finanzas y Secretaría de Obras Públicas las partidas para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente.

            Art. 3º.- De forma.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto se suscribe en la necesidad de ajustar la prestación del servicio educativo a la demanda del mismo.

            Es menester señalar que años atrás, en el denominado Lote Santa Rosa, existía una comunidad que demandaba servicios educativos, pero al cambiar de propietarios el Ingenio San isidro se modificó la forma de trabajo y entonces el paraje quedó prácticamente deshabitado, al punto que los niños que concurren a esa escuela lo hacen en un 98% desde distancias superiores a los dos kilómetros. La escuela funciona bien, con gran dedicación de sus docentes, pero alejada totalmente de todo núcleo poblacional.

            Existiendo entonces una escuela en funcionamiento cabe únicamente hacer el esfuerzo del construir un nuevo edificio en el lugar, adecuado para lo que proponemos, en las inmediaciones de los barrios El Milagro y 1º de Mayo, sin perjuicio que en virtud de la matrícula existente el Ministerio de Educación advierta otra ubicación.

            Por todo ello pido la aprobación del presente proyecto.

José Luis Valle

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

3

Expte. Nº 90-17.625/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Derógase la Ley Nº 7.487.

            Art. 2º.- Dispóngase a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley la reanudación de la coparticipación a los municipios del tres por ciento (3%) previsto en la Ley Nº 6.678.

            Art. 3º.- De forma.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente:

            La situación provincial implica una necesaria reparación primaria a los Municipios del interior provincial, toda vez que durante un largo tiempo las mayores inversiones fueron destinadas a sufragar gastos e inversiones de modo antojadizo por parte del Ejecutivo Provincial considerando partidas y emolumentos según el criterio del Gobierno Provincial, desoyendo en tal caso reclamos de intendentes y pueblos del interior.

            A la fecha, el señor Gobernador de la Provincia ha mantenido reiteradamente su disposición para realizar esta práctica y conceder prioritariamente recursos a los municipios y para ello nada mejor que comenzar por devolver lo que les pertenece. Por ello, este 3% del Presupuesto General que oportunamente se adjudicara a los municipios y que por sucesivas leyes no se les coparticipara debe ser reintegrado a la brevedad y a fin de evitar que no se deban rembolsar recursos vinculados a los meses transcurridos del presente ejercicio, se prevé que dicha restitución se deba efectuar a partir de la promulgación de la presente ley.

            Por todo ello pido la aprobación del presente proyecto.

José Luis Valle

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Sr. Presidente (Lapad).-  Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente: debido a que cada uno de los senadores tenemos el Boletín de Asuntos Entrados, solicito que se obvie la lectura.

Sr. Presidente (Lapad).- ¿Que se haga por número de expediente?

Sen. Brizuela.- Sí, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

  1. *
    1. Con el aporte adicional a efectuarse durante los meses de junio y diciembre de cada año consistente en el cincuenta por ciento (50%) del aporte mensual que le corresponde a cada afiliado, en concepto de cuota aguinaldo.
      1. Multas e intereses punitorios establecidos en la presente Ley.
        1. Intereses, rentas, frutos civiles y utilidades que por todo concepto  devenguen los bienes de la Caja.
    2. Con las herencias, donaciones, legados y todo otro tipo de aportes voluntarios que realicen los afiliados u otras personas físicas o jurídicas.
    3. Con el importe de los beneficios dejado de percibir por sus titulares o herederos que se encuentren prescriptos. (Texto según Ley Nº 6.787)
      1. Con el aporte mensual y obligatorio de los afiliados menores de treinta y cinco (35) años de edad que en carácter sustitutivo a los valores fijados en el apartado b), adhieran voluntariamente a realizar un aporte reducido, fijado en 3 módulos previsionales. Podrán hacer uso de esta excepción solamente los afiliados de este grupo etareo que demuestren no percibir ingresos por la profesión, o que únicamente trabajen en relación de dependencia en ámbito del Ministerio de Salud Pública de la Provincia u otros Organismos Públicos o Privados, sin consultorio habilitado.
    4. Al pago de las prestaciones y beneficios acordados por la presente Ley.
    5. A la creación de un fondo de reservas y a toda otra previsión que establezcan las autoridades de la Caja, que se constituirá mensualmente, con el quince por ciento (15%) de los ingresos percibidos según lo establecido por el artículo 33.
    6. A los gastos de administración que no podrán superar el diez por ciento (10%) de los ingresos de la Caja.
    7. A la adquisición de bienes muebles necesarios para el cumplimiento de sus fines.
    8. A la adquisición de bienes inmuebles y a la construcción de los mismos, destinados al uso de la Caja o a su renta, previa aprobación por Asamblea.
    9. A hacer directamente, o encomendar trabajos de investigación y estudios relacionados con la previsión social para médicos y los problemas del ejercicio profesional.
    10. A los socios o afiliados activos y/o pasivos, consistentes en préstamos, de  acuerdo a la reglamentación que apruebe la Asamblea y con la finalidad de lograr una renta adicional en la administración de los fondos destinados a  tal efecto. (Texto según Ley Nº 6.787)”
      1. Sesenta y cinco (65) años de edad.
      2. Treinta (30) años de ejercicio profesional como mínimo.
    11. Antigüedad en la afiliación a la Caja por un período igual al de su creación hasta cumplir con treinta (30) años de afiliación.
      1. Treinta (30) años de aportes.
      2. Encontrarse al día con los aportes.”
      3. Hubiesen cumplido setenta (70) años de edad cualquiera fuere su sexo.
      4. Acrediten diez (10) años de servicios computables de los cuales por lo menos cinco (5) deben corresponder al período de ocho (8) inmediatamente anteriores a la solicitud.
      5. Antigüedad en la afiliación, en las mismas condiciones que en el inciso c) del artículo 46.
      6. Encontrarse al día con los aportes.”
    12. Se incapacite física o intelectualmente para el desempeño de la profesión de médico en forma total; y conforme a la especialidad profesional que ejerza el afiliado.
    13. Se encuentre afiliado a la Caja a la fecha en que se produzca la incapacidad y registre una antigüedad ininterrumpida  en la afiliación de 18 meses anteriores a la solicitud del beneficio, como mínimo. El beneficio podrá ser solicitado por el propio afiliado o por sus derechohabientes. La antigüedad no será requerida en caso de incapacidad producida por accidente.”
      1. La viuda o el viudo, en concurrencia con:
        1. Los hijos e hijas solteras, hasta los dieciocho (18) años de edad.
        2. Los hijos incapacitados mayores de veintiún (21) años y que no gozaren de otro beneficio previsional.
        3. Los hijos de ambos sexos incapacitados para el trabajo y estén a cargo del causante a la fecha del deceso.
        4. La viuda o el viudo, en concurrencia con los padres incapacitados y a cargo del causante; siempre que no gozaren de otro beneficio previsional.
        5. Los padres, en los casos del inciso precedente.
        6. La persona que hubiere convivido públicamente con el causante en aparente matrimonio, durante un período mínimo de cinco (5) años inmediatamente anteriores al fallecimiento y en las condiciones y concurrencia que el cónyuge supérstite.
        7. Son personalísimas.
        8. No pueden ser enajenadas ni afectadas a terceros por derecho alguno.
        9. Son inembargables, hasta en un ochenta por ciento (80%), salvo alimentos y litis expensas.
        10. Están sujetas a las deducciones que establezca el Consejo de Administración en concepto de cargo (artículo 41), cuyo monto no podrá exceder del veinte por ciento (20%) del beneficio.

Sr. Secretario (Kosiner).- Proyectos de Ley. Expte. Nº 90-17.626/08.

 Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.632/08.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

Sr. Secretario (Kosiner).- Proyecto de Resolución. Expte. Nº 90-17.631/08.

 Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Turismo y Deportes.

Sr. Secretario (Kosiner).- Proyectos de Declaración. Expte. Nº 90-17.620/08.

 Sr. Presidente (Lapad).-  A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.621/08.

Sr. Presidente (Lapad).-  A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.622/08.

 Sr. Presidente (Lapad).-  A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.627/08.

Sr. Presidente (Lapad).-  A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.628/08.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

Sr. Secretario (Kosiner).- Expte. Nº 90-17.629/08.

Sr. Presidente (Lapad).- A la Comisión de Turismo y Deportes.

4

LICENCIAS

Sr. Presidente (Lapad).- Los señores Senadores Ernesto Aguilera y Alfredo Jorge solicitan autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

Si no se hacen objeciones, las mismas serán acordadas.

– Asentimiento.

5

HOMENAJES

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento dedicado a los homenajes que los señores senadores propongan realizar.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: en la fecha se conmemora el Día Internacional del Medio Ambiente, jornada que ha sido establecida a los fines de recordar hechos y, al mismo tiempo confirmar, reafirmar la voluntad de ir defendiendo cada vez más nuestro ambiente.

            A partir de la Conferencia de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y Desarrollo efectuada en Río de Janeiro en junio de 1992, se dictó un marco orgánico mundial en la materia.

            Posteriormente, en el orden nacional, se dictaron varias normas como la Ley que ratifica el Acta Constitutiva del Consejo Federal del Medio Ambiente y el Pacto Federal Ambiental suscripto por las provincias, la ciudad de Buenos Aires y el Estado Nacional en 1993, donde acordaron promover políticas ambientales adecuadas que agilicen y den mayor eficiencia a la preservación del ambiente.

            Por Leyes Nacionales 25.612 y 25.675, promulgadas en el año 2002, se establecieron los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable en todo el territorio nacional.

            En nuestra Provincia se dictaron las Leyes 7.070 y luego la Ley 7.107, de Protección del Medio Ambiente y creando el Sistema Provincial de Áreas Protegidas, que constituyen una legislación pionera y dan actualmente el marco regulatorio de las actividades que llevan a la defensa de nuestro ambiente. Es bastante lo que se ha avanzado en los últimos años, pero es mucho lo que falta por hacer.

Es por ello que recordamos en este día nuestra obligación, la de cada ciudadano de contribuir desde su accionar a la defensa de nuestro ambiente.

Gracias.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Luque.- Señor Presidente: el día 7 de junio se conmemora en nuestro país el Día del Periodista, que fue establecido en el año 1938 por el Primer Congreso Nacional de Periodistas celebrado en Córdoba, en recuerdo del primer medio de prensa con ideas patrióticas, el 7 de junio de 1810 apareció por primera vez La Gazeta de Buenos Aires. Su Director y redactor fue uno de los Secretarios de la Primera Junta de Gobierno, el Doctor Mariano Moreno. El objetivo perseguido era hacer público los actos de gobierno, como así también las ideas que los inspiraba.

Los medios periodísticos y los periodistas a todas luces tienen la alta misión de informar con objetividad y responsabilidad. Deben exponer los hechos con la veracidad favoreciendo la participación, la formación de opinión, la reflexión y el pensamiento crítico.

            Hoy, desde el Bloque Justicialista, deseamos rendir un homenaje a todos los integrantes de la prensa, no sólo a los que realizan su labor en un medio de comunicación, sino también a los que están dentro de los organismos públicos y privados, que día a día trabajan a los efectos de hacer posible que uno de los valores fundamentales del sistema republicano, que es la publicidad de los actos de gobierno, se pueda ver cristalizado.

El ejercicio responsable de la prensa, sin duda, debe basarse en dos pilares fundamentales. Primero la objetividad de la información y segundo la honestidad en la opinión. Sobre esta base, considero que la tarea que diariamente cumplen los periodistas sirve para afianzar y mejorar nuestro trabajo como legisladores.

            Son los mediadores entre la gente y nosotros, permitiendo que la comunidad no sólo comprenda y conozca la labor que realizamos desde la objetividad y la verdad, sino que también la sociedad los coloca en el lugar de supervisores de nuestro desempeño.

            Hay que destacar que todo tipo de apremio a la libertad de expresión nos daña como ciudadanos.

            Por eso el homenaje a la libertad de expresión, a la libertad de prensa, que no debe ser sólo palabras, escritos, preámbulos, sino hechos concretos, acciones efectivas y demostrativas.

            Como sociedad, tenemos que repudiar cuando vemos que se violentan los principios que nuestros constituyentes han sabido sustentar y poner en nuestra Constitución.

            Vayan estas sencillas palabras para rendir un merecido homenaje a todos los periodistas en su día.

Muchas gracias, señor Presidente.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Figueroa.- Mañana, 6 de junio, se festeja en nuestro país el Día del Ingeniero, porque en 1870 se recibió el primer ingeniero argentino, Luis Huergo, y es lo que ha motivado que a partir de entonces se instituya el Día de la Ingeniería Argentina.

            Esta profesión comprende a aquéllos que la abrazan, que son artífices del crecimiento y del desarrollo de los pueblos, generadores de una actividad productiva que no puede soslayarse, que no puede dejarse en ningún lugar donde está la mano del hombre, ya sea por el trabajo que hacen con las obras viales, en las ciudades, en los puertos, siempre está la mano del ingeniero.

            No hay futuro sin una planificación, sin seguridad, y aquí tienen mucho que ver los ingenieros, ya que ellos por su capacidad intelectual, racional, actúan optimizando recursos hoy tan escasos.

            En este homenaje, quiero animar a los profesionales a que no bajen los brazos y los aliento para que puedan seguir siendo los generadores de desarrollo y crecimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Muchas gracias, señor Presidente.

            El pasado martes 3 de junio se celebró el Día del Agente Sanitario, como desde hace treinta años en que se viene realizando tal homenaje.

            Los agentes sanitarios, personas que viven en determinadas comunidades, a las cuales se las prepara capacitándolas en acciones básicas de prevención y promoción de la salud, trabajan en contacto directo con el grupo social al que pertenecen para mejorar la calidad de vida de su gente, tanto en los lugares más inhóspitos del interior de la Provincia como en los barrios periféricos de la Capital.

            Los mencionados, realizan su noble tarea a través de Atención Primaria de la Salud, que es un programa del cual los salteños nos sentimos orgullosos, ya que está reconocido y promocionado por los más importantes organismos internacionales, como lo son la Organización Mundial de la Salud y la Organización Panamericana de la Salud.

            Para alcanzar el objetivo de llevar educación sanitaria a todas las familias, no importa cómo y en qué lo realicen, ellos siempre llegan, sin importar distancias o lo inaccesible de los terrenos a recorrer, sea en bicicleta, moto, lomo de mula o simplemente a pie, suben, bajan y cruzan cerros; atraviesan quebradas bajo la lluvia, el frío o el calor arrasador. Así llegan a los domicilios de las personas más vulnerables y desprotegidas para ocuparse del cuidado nutricional de los niños, la promoción del saneamiento ambiental, prevención y promoción de la salud de la mujer embarazada, del parto hospitalario y de la lactancia materna. También aplican las vacunas del calendario regular y son quienes concientizan a la gente sobre la lucha y el control de enfermedades de transmisión como la tuberculosis, dengue y  tantas otras.

Es por eso que este Senado, que siempre estuvo acompañando la noble tarea de estas personas, no quiere dejar de rendir homenaje a los agentes sanitarios, que son un ejemplo de trabajo por el bien común, con un compromiso claro y prestando servicio hacia el que más lo necesita.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento San Martín.

Sen. Ponna.- Señor Presidente, señores senadores: el pasado 2 de junio fue el Día del Graduado en Ciencias Económicas.

            Esta fecha fue instituida en homenaje al gran promotor del avance de los estudios económicos de nuestro país, Manuel Belgrano. El 2 de junio de 1794 sesionó por primera vez el Consulado de Buenos Aires, siendo Belgrano su primer Secretario.

            La fecha se instauró en el año1980, cuando por decisión de la junta de gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas resolvieron unificar la celebración en todo el país, fijando como Día Nacional del Graduado en Ciencias Económicas cada 2 de junio.

            Belgrano, en esas funciones, escribió las Memorias y a través de ello propagó las doctrinas económicas en boga, entonces, en Europa. Además de proponer iniciativas a favor del mejoramiento material de la comunidad, él aportaba ideas de progreso, de economía libre, de desarrollo de la industria, la agricultura y el comercio.

Por ello se lo destaca en la historia como el Primer Economista del País, lo que, sumado a su ferviente empeño por el desarrollo de la educación, le otorga a su figura una vigencia única como rectora de los profesionales de hoy.

6

ASUNTOS ENTRADOS DURANTE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Lapad).- Este es el momento en que los señores senadores pueden presentar los asuntos que consideren necesario su ingreso en la presente sesión.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento La Caldera.

Sen. Moreyra.- Señor Presidente: solicito autorización para el ingreso de un dictamen de Comisión.

Sr. Presidente (Lapad).- Está autorizado.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Quipildor.- Señor Presidente: solicito tratamiento sobre tablas para los expedientes Nros. 90-17.631/08 y 90-17.629/08.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción de tratamiento sobre tablas. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada. Se tratarán en su oportunidad.

            Por Secretaría se dará lectura a los asuntos que los señores senadores solicitan su ingreso.

IV
Dictámenes de Comisiones
De Educación y Cultura:

                En el proyecto de resolución de la señora Senadora Claudia Silvina Vargas, declarando de interés de esta Cámara el Programa de Actividades que desarrollarán los Centros de Estudios de Ciencias Económicas y Ciencias de la Salud de la Universidad Nacional de Salta con motivo de cumplirse el 90º Aniversario de la Reforma Universitaria de 1918. (Expte. Nº 90-17.441/08)

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el ingreso del dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Orden del Día.

Corresponde considerar los asuntos que la Cámara ha resuelto tratar sobre tablas.

7

DECLARAR DE INTERÉS DE LA CÁMARA EL “1º DESAFÍO CICLOTURÍSTICO DEL SENDERO GAUCHO”

Expte. Nº 90-17.631/08

Proyecto de Resolución

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara, la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, organizado por la Organización Turística Sendero Gaucho.

            Art. 2º.- De forma.

Omar Gerardo Quipildor

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Quipildor.- Señor Presidente: he solicitado el tratamiento sobre tablas, debido a la proximidad de la fecha en que se realizará, ya que el evento es el próximo fin de semana.

            Por lo que pido a los señores senadores la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

8

DECLARAR DE INTERÉS PROVINCIAL EL “1º DESAFÍO CICLOTURÍSTICO DEL SENDERO GAUCHO”

Expte. Nº 90-17.629/08

Proyecto de Declaración

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, organizado por la Organización Turística Sendero Gaucho.

Omar Gerardo Quipildor

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Guachipas.

Sen. Quipildor.- Señor Presidente: por lo expresado anteriormente, solicito la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

Corresponde considerar los asuntos incluidos en el Orden del Día Nº 5/08, cuyo boletín impreso se encuentra en poder de los señores senadores.

9

MODIFICACION DE LAS LEYES NROS. 5.546, 6.193, 4.513 y 6.068

Expte. Nº 91-18.594/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se modifican las Leyes Nº 5.546 “Estatuto del Empleado Público”, Nº 6.193 “Ley del Personal Policial”, Nº 4.513 “Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta” y Nº 6.068 “Estatuto del Empleado Municipal”; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 15 de mayo de 2008.

Alfredo Jorge – Pablo Raúl Díaz – Raúl Bartolomé García – Mario Alberto Brizuela – Eduardo Favio Figueroa – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Metán.

Sen. García.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto de ley tiene por objeto la creación del derecho a licencia con goce de haberes con motivo del cuidado de integrante del grupo familiar transplantado, como así también de los donantes.

            Mediante este proyecto se pretende introducir modificaciones a los Estatutos del Empleado Público Provincial y Municipal, a la Ley del Personal Policial y a la Ley del Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta, incluyendo entre las licencias, de las que puede gozar el trabajador, al caso del cuidado de integrante del grupo familiar transplantado y cuya duración estará determinada por la reglamentación respectiva.

            Para ello define, en su artículo 5º, lo que debe entenderse por grupo familiar, el que comprenderá el cónyuge o concubino, hijo o hija, padre y madre y otros familiares que estén a cargo.

            Finalmente, establece que los beneficios otorgados por la presente ley alcanzan tanto a las personas donantes como a las receptoras. De esta manera no sólo estaremos contemplando una situación de contingencia en la salud de las personas, que amerita un cuidado especial por parte de quien pertenece al mismo grupo familiar, sino que también constituye un paso importante en la cuestión de la donación de órganos y transplantes, puesto que de a poco se va allanando el camino hacia una normativa que no sólo obligue o imponga, sino que promueva y facilite, retirando obstáculos, una práctica que se espera crezca cada vez más.

            Nuestra tarea y nuestro desafío es llegar a constituir un marco legal suficiente para que, junto al accionar del Poder Ejecutivo, se creen las condiciones en las que la solidaridad y el cuidado de las personas no encuentren impedimento alguno y es un importante paso en este sentido.

            Por lo manifestado, señor Presidente, señores senadores, solicitamos la aprobación del proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración en particular. Por Secretaría se dará lectura.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Rosario de la Frontera.

Sen. Luque.- Señor presidente: solicito que se obvie la lectura.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

            Se va a votar en particular.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 7º y 8º.

– El artículo 9º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

10

MODIFICACIÓN DE ARTÍCULOS DE LA LEY Nº 6.556

Expte. Nº 91-18.953/08

Dictamen de Comisión

            La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se modifican los artículos 10, 11, 18, 19, 25, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 38, 41, 46, 47, 48, 56, 57, 60, 62, 63, 66, 68, 69, 70, 72 y 73 de la Ley Nº 6.556, modificada por Ley Nº 6.787 (Creación de la Caja de Jubilaciones para Médicos de la Provincia de Salta); y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 28 de mayo de 2008.

Alfredo Jorge – Mario Alberto Brizuela – Pablo Raúl Díaz – Raúl Bartolomé García

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el miembro informante, señor Senador Brizuela.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente, señores senadores: el proyecto de ley que tratamos viene con media sanción de la Cámara de Diputados y tiene por objeto introducir modificaciones a la Ley Nº 6.556/89, modificada a su vez por la Ley Nº 6.787/95, de creación de la Caja de Jubilaciones y Pensiones para Médicos.

            La mencionada Caja es una entidad pública no estatal y acuerda coberturas previsionales a todos los médicos matriculados en el Colegio de Médicos de Salta y que ejercen su profesión en la Provincia.

            Es importante destacar que el presente proyecto de ley reconoce su origen en un anteproyecto elaborado por la Caja de Previsión mencionada, ratificado por unanimidad por la asamblea de la misma. Es decir que recepta las inquietudes y requerimientos del sector involucrado.

            Entre las principales modificaciones se destacan la creación de cargos de Protesorero y Prosecretario entre los miembros del Consejo de Administración, la incorporación de la fiscalización externa a cargo de la Inspección de Personas Jurídicas para dar mayor transparencia y legalidad a los actos de gobierno y administración de la Caja. También se establece, como edad límite para ingresar como afiliado a la Caja, los sesenta y cinco años.

Se modifica la unidad de medida para el cálculo de los aportes personales al sistema previsional, adoptándose como tal al “módulo previsional”. Así, cualquier aumento en los sueldos de personal médico dependiente significará un aumento automático de los aportes.

Incorpora la posibilidad de un aporte diferenciado, únicamente para los jóvenes afiliados menores de treinta años que no tengan ningún ingreso profesional o que solamente trabajen en dependencia del Ministerio de Salud Pública o de otros organismos públicos o privados.

Se eleva de quince a treinta la cantidad de años de afiliación al sistema para acceder al beneficio de la jubilación ordinaria. Un menor tiempo de afiliación implicará un beneficio proporcional.

Se establece que la jubilación ordinaria será establecida como cantidad de módulos previsionales. Si se modifica el valor del módulo, se ajusta inmediatamente el haber jubilatorio.

Analizadas las modificaciones que se pretenden introducir al sistema previsional médico, la Comisión de Legislación General de esta Cámara ha considerado conveniente su aprobación, dado que redundarán en mayores beneficios, no sólo para los profesionales médicos que accedan al sistema jubilatorio, sino también para los profesionales jóvenes, cuya situación es especialmente considerada.

Por las razones expuestas, desde la Comisión solicitamos a nuestros pares nos acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión que aconseja la aprobación del proyecto de ley venido en revisión de la Cámara de Diputados. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).-Aprobado.

En consideración el proyecto de ley en general y en particular por tratarse de un solo artículo. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

11
MODIFICACIÓN DE LAS LEYES NROS. 6.192 Y 6.345

Expte. Nº 91-19.730/07

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión por el cual se modifica el inciso b) del artículo 10 de la Ley Nº 6.192 – Orgánica de la Policía y el artículo 29 bis de la Ley Nº 6.345 y sus modificatorias – Código Procesal Penal; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 15 de mayo de 2008.

Pablo Raúl Díaz – Alfredo Jorge – Eduardo Favio Figueroa – Mario Alberto Brizuela – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento San Carlos.

Sen. Figueroa.- Señor Presidente, señores senadores: el presente proyecto de ley, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto introducir sendas modificaciones, tanto en la Ley Orgánica de la Policía como en el Código Procesal Penal de nuestra Provincia.

            Respecto a la primera, se pretende limitar la cantidad máxima de horas durante las cuales podrá la autoridad policial demorar o detener a una persona para averiguar sus antecedentes y medios de vida, poniendo un tope de seis horas, en lugar de las veinticuatro que establece la legislación vigente.

            En efecto, la Ley Orgánica de la Policía determina las dos funciones primordiales de la misma, que son la función de policía de seguridad y la de policía judicial.

            Según su artículo 8º, la función de policía de seguridad consiste en el mantenimiento del orden público, la preservación de la seguridad pública y la prevención del delito. Para ello le corresponde “prevenir y reprimir toda perturbación del orden público…”, según lo dispone el inciso a) del artículo 9º.

            Finalmente, en su artículo 10 establece las atribuciones de la institución para el ejercicio de la función de policía de seguridad, disponiendo en el inciso b) la facultad de detener a toda persona cuando sea necesario conocer sus antecedentes y medios de vida, determinando que la demora o detención no podrá prolongarse por más tiempo que el indispensable para su identificación, conducta y medios de vida, sin exceder el plazo de veinticuatro horas.

            Se ha tenido conocimiento de innumerables casos en los que esta facultad ha sido ejercida en forma arbitraria por la Institución policial, que ha detenido a personas muchas veces sin razón, o las ha demorado más de lo necesario, amparándose en el plazo de veinticuatro horas que la norma permite. Ello sin contar los casos en que la demora se extendió más allá de ese lapso.

            Por ello, con la limitación temporal al ejercicio de esta facultad, se busca evitar abusos de parte de las fuerzas del orden.

            Sabida es la importancia que reviste el respeto por las garantías constitucionales en un estado de derecho. Al respecto, si bien el artículo 19 de la Constitución Provincial dispone que “la libertad personal es inviolable y nadie puede ser detenido sin orden de autoridad judicial”, también establece dos casos de excepción: la flagrancia y las demás excepciones extraordinarias que prevé la ley, como pueden serlo el supuesto de estado de sitio o la averiguación de antecedentes.

            Debe señalarse que esta atribución de la Policía deriva de su función de prevención. Es decir que no se trata de una detención para la investigación de un delito, sino para evitar la comisión del mismo. Por ello deberá ejercitarla cuando las circunstancias lo justifiquen y en la medida de lo necesario. De lo contrario, estaremos ante una clara violación constitucional, puesto que se habrá detenido sin orden judicial.

            Para ello, es decir para un adecuado ejercicio de esa facultad, el proyecto que tratamos propone agregar un párrafo al artículo 29 bis del Código Procesal Penal, el cual se refiere al Juez de Primera Instancia de Detenidos y de Garantías, instituido como autoridad provincial en todo lugar donde se dispongan internaciones o detenciones.

            Este juez tiene a su cargo el control y verificación de las condiciones de internación y detención, como toda otra restricción a la libertad ambulatoria de las personas.

            Mediante la reforma que se propone, se atribuye al mencionado juez la competencia para controlar las detenciones que se produzcan para averiguación de antecedentes, fundamentalmente en el cumplimiento del plazo y razonabilidad de la medida.

            De esta manera se pretende armonizar el legal y adecuado ejercicio de la facultad policial de detener para averiguar antecedentes y medios de vida, con el respeto a las garantías individuales.

            Con las modificaciones mencionadas se evitarán los excesos o abusos de los que se ha tenido conocimiento, permitiendo, no obstante, mantener la atribución de la autoridad policial, necesaria para la prevención del orden.

            Por las razones expuestas, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto de ley.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen que aconseja la aprobación del proyecto de ley. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

En consideración el proyecto en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observación se aprueban los artículos 1º y 2º.

– El artículo 3º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

12

DECLARAR DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETO A EXPROPIACIÓN EL INMUEBLE “FINCA SAN ANTONIO DE LOS COBRES”

Expte. Nº 91-19.812/08

Dictamen de Comisión

La Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional, ha considerado el proyecto de ley en revisión, por el cual se declara de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble denominado Finca San Antonio de los Cobres, registrado con la Matrícula Nº 134, con destino a la regularización dominial de los pobladores oriundos de ese poblado y la planificación urbana de la localidad de Cobres, departamento La Poma; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su sanción en definitiva.

Sala de la Comisión, 21 de mayo de 2008.

Alfredo Jorge – Alberto Froilán Pedroza – Claudia Silvina Vargas – Mario Alberto Brizuela – Eduardo Favio Figueroa – Raúl Bartolomé García – Pablo Raúl Díaz

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el miembro informante.

Sen. Salva.- Señor Presidente, señoras y señores senadores: este proyecto de ley, que cuenta con media sanción de la Cámara de Diputados, tiene por objeto entregar las escrituras a sus actuales ocupantes que viven allí desde que se fundó el pueblo de Cobres en el departamento La Poma.

            Con esta ley se va a mejorar la calidad de vida de las familias que lo habitan, ya que necesitan distintos servicios, entre ellos gas, luz las veinticuatro horas, viviendas y nuevos emprendimientos que ayudarán a la economía regional.

            Esta gente que vive en la Puna salteña merece un reconocimiento por hacer patria en esos lugares. Estoy seguro que con esta ley estamos aplicando la verdadera justicia social.

            Finalmente, se autoriza a la provincia de Salta a transferir en carácter de donación, a la municipalidad de La Poma, las superficies expropiadas que estuvieran ocupadas por aquéllos.

            Por todo lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el dictamen de Comisión que aconseja la aprobación del proyecto de ley. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración el proyecto de ley en general. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado.

            En consideración en particular. Se va a votar.

– Sin observaciones se aprueban los artículos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º y 6º.

– El artículo 7º es de forma.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado en general y en particular. Pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación.

13

DECLARAR DE INTERÉS AL 1º CONGRESO NACIONAL DE MUNICIPIOS Y AMBIENTE

Expte. Nº 90-17.557/08

Dictamen de Comisión

La Comisión de Minería, Recursos Naturales y Medio Ambiente, ha considerado el proyecto de resolución de los señores Senadores José Luis Valle y Claudia Silvina Vargas, declarando de interés de la Cámara, el 1º Congreso Nacional de Municipios y Ambiente – Hacia la Construcción de Ciudades Sustentables, a realizarse los días 17, 18 y 19 de junio del corriente año en el Centro de Convenciones de Limache; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su aprobación.

Salta de Comisiones, 22 de mayo de 2008.-

Pedro Liverato – José Luis Valle – Telmo Salva – Claudia Silvina Vargas

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: la exposición de los fundamentos de este proyecto tiene que ver más con informar al Cuerpo sobre la importancia que tiene este Congreso.

            El objetivo fundamental es generar un espacio de información e intercambio de las grandes problemáticas que enfrentan y enfrentarán las ciudades de la Argentina y de cómo los distintos municipios se disponen a resolverlas. El crecimiento no controlado de los sistemas urbanos y el aumento de la demanda de servicios y recursos está provocando una serie de inconvenientes y problemáticas que no sólo atentan contra la posibilidad de satisfacer las expectativas de los ciudadanos, sino también contra la preservación del entorno natural.

            En este plano los municipios constituyen el primer responsable que tiene el sistema estatal para asegurar las condiciones y los recursos que están al alcance de todos los ciudadanos, presentes y futuros, y el primer eslabón en la defensa y preservación del patrimonio ambiental.

            En el contexto del nuevo paradigma del desarrollo sostenible, que busca armonizar y compatibilizar crecimiento económico, equidad social y protección del medio ambiente, los municipios se ven enfrentados a desafíos que le son intrínsicamente propios, por cuanto estas tres dimensiones se hallan presentes en su quehacer.

            Este Congreso es organizado por el Gobierno de la provincia de Salta, la Municipalidad de la ciudad de Salta, la Universidad Nacional de Salta, la Universidad Católica, el Instituto de Derecho Ambiental y de la Sustentabilidad de la Facultad de Ciencias Jurídicas y la Escuela de la Magistratura del Poder Judicial, auspiciado por el Instituto de Derecho por un Planeta Verde de Argentina, la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y la Federación Argentina de Municipios. Está previsto su inicio para el día 17 de junio y va a continuar los días 18 y 19 del mismo mes, en el Centro de Convenciones.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de resolución. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Capital.

Sen. Yarade.- Señor Presidente: como en el Orden del Día tenemos la transcripción de cada uno de los proyectos, solicito que se haga mención solamente del número de expediente.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración la moción. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobada.

14

PROVISIÓN DE MÓVIL A LA DEPENDENCIA POLICIAL

DE SAN ANTONIO DE LOS COBRES

Expte. Nº 90-17.552/08

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente, señores senadores: por el mencionado expediente se está solicitando la provisión de un móvil cero kilómetro para la Subcomisaría de San Antonio de los Cobres. Este planteo ya se hizo en alguna otra oportunidad y si bien obtuvimos respuesta, cabe aclarar que el Departamento al cual represento cuenta con un móvil policial y la extensión geográfica que debe cubrir no sólo es dentro del departamento Los Andes, el área operativa que tiene la Policía de la Provincia con asiento en San Antonio de los Cobres es mucho más amplia, incluye parte de los departamentos La Poma y Rosario de Lerma.

            Habíamos expresado la necesidad no sólo de combatir el delito, sino de prestar servicios, sea de asistencia al turista, para notificación, en cualquier emergencia o urgencia es el medio de comunicación oficial o de la justicia, se utiliza a la Policía y al personal de ésta para que se desplace y notifique a las familias que están muy distantes, dispersas unas de otras. Con un móvil se hace difícil llevar a cabo esta tarea, no sólo en la prevención del delito, sino para cumplir efectivamente el servicio que le corresponde a la Policía de la Provincia.

            Si retrotraemos en el tiempo, el día 6 de mayo de 2008 llevamos a conocimiento, a través de El Tribuno, algo que no solamente atañe al departamento Los Andes, sino a la provincia de Salta, en relación directa con la problemática limítrofe que existe entre las provincias de Salta y Catamarca. Para esto también necesitamos el móvil, para cumplir efectivamente el servicio, que pueda recorrer y preservar lo que es patrimonio y soberanía del pueblo salteño.

            En mis manos tengo la documentación oficial emanada de Gendarmería Nacional, con las fotos de los destacamentos en cuestión establecidos en un área que todavía no se ha delimitado o no se ha expedido el Congreso de la Nación o la Comisión respectiva como para determinar a quién pertenece este suelo, que se encuentra colindante con el departamento Los Andes. Uno, como dice acá el informe, en Salar del Hombre Muerto y otro a diez kilómetros del grupo minero denominado Diablillo.

            En síntesis, emplazar estos containers y tener presencia policial en estos lugares, la provincia de Catamarca así lo hizo y no creo que sea de un día para otro, esto ha llevado un tiempo. Nosotros estamos necesitando, como les decía, no solamente el pueblo del departamento Los Andes, la población que existe en ella, sino la misma Provincia, tener presencia policial, justamente preservar lo que nos corresponde o hasta tanto se defina esta situación. Por lo que creemos y por el informe correspondiente, pertenece a nuestro suelo salteño.

            Es por tal razón que aumentar un móvil policial a la Subcomisaría de San Antonio de los Cobres va a redundar en beneficio no solamente de los pobladores de ese lugar, sino de la provincia de Salta, a fin de garantizar la prestación de un servicio esencial, como es el que presta la Policía.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Tiene la palabra la señora Senadora por el departamento General San Martín.

Sen. Ponna.- Señor Presidente: solicito un cuarto intermedio.

Sr. Presidente (Lapad).- Pasamos a cuarto intermedio.

– Es la hora 20.25’.

– A la hora 20.28’:

Sr. Presidente (Lapad).- Se reanuda la sesión.

            Quiero destacar la presencia del señor Vicegobernador, a cargo del Poder Ejecutivo, por lo tanto le vamos a pedir que nos acompañe en el estrado.

15

TÍTULOS DE PROPIEDAD PARA ABORÍGENES DE LOS ANDES, LA POMA Y ROSARIO DE LERMA

Expte. Nº 90-17.566/08

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente, señores senadores: el mencionado expediente justamente trata sobre algo muy relacionado a lo que expresó el Senador por La Poma, referido a la obtención de títulos de propiedad y/o escrituración definitiva de terrenos en beneficio directo de las comunidades aborígenes. Es una problemática muy relacionada a los departamentos Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma, por compartir geográficamente un espacio común y, a manera de reflexión, durante muchísimos años los pueblos originarios han desarrollado actividades humanas dentro de esta región y no es reciente, quizás sea muchísimo antes que empezó a delimitarse estos espacios.

            Estos pueblos necesitan, forzosamente, una solución definitiva a este problema relacionado con la tierra, con el derecho a la misma que tienen y con las garantías de poder desarrollar estas actividades de subsistencia dentro del área mencionada.

            En este tema de límites, si ustedes lo llevan al terreno de las comunidades aborígenes, quizás no existan problemáticas entre ellos. A veces nosotros, desde la función que estamos, somos los encargados de crear los conflictos dentro de estas áreas y es por ello que nos dan un perfecto ejemplo de cómo se convive y se administran los espacios comunes, no hay ningún tipo de luchas internas entre ellos, sino una lucha común de acceder a espacios que les va a permitir a las generaciones venideras, como lo hicieron sus antecesores, desarrollar  la vida en estos lugares y preservar el medio que los contiene.

            Es por tal razón que se solicita al Poder Ejecutivo Provincial agilice, en lo posible, el tema de las tierras, que en algunos casos son de propiedad de la Provincia y en otros de propiedad privada, pero que en definitiva dé respuestas a este pedido justo de las comunidades de estos pueblos originarios que viven en los espacios pertenecientes a los departamentos Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma.

            Solicito a mis pares el acompañamiento en este proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones pertinentes.

16

REALIZACIÓN DE DISTINTAS OBRAS EN DPTOS. DE LA PROVINCIA

Sr. Secretario (López Mirau).- Exptes. Nros. 90-17.563, 90-17.526, 90-17.527, 90-17.536, 90-17.537, 90-17.538, 90-17.539, 90-17.548 y 90-17.576, todos del 2008.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración los proyectos de declaración enunciados por Secretaría. Se va a votar.

– Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobados. Se harán las comunicaciones correspondientes.

17

CONCRECIÓN DEL PROGRAMA DE ELECTRIFICACIÓN RURAL

Expte. Nº 90-17.565/08.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente: éste es el ámbito para expresar lo del pueblo, que a uno lo ha llevado a ocupar este espacio, y manifestar las necesidades que se transmiten. En este marco de visitas y de recorrer el Departamento, hay un trámite que no solamente corresponde al departamento Los Andes, que tiene que ver directamente con un pedido especial de avanzar y mejorar la calidad de vida de este puñado de salteños que vive en la puna. Se refiere a la electrificación rural, a través del sistema energético disperso por medio de paneles solares.

Hace un par de años se viene esperando respuestas de esto. Las distintas solicitudes que se han elevado a través del Ente Regulador de la Provincia, se encuentran en archivo en la Secretaría de Energía de la Nación. Es por ello que pedimos se avance sobre esto, a fin de que no sólo quede en el discurso sino en una acción concreta de mejorar a las familias que viven en estos lugares.

Cambiaría notablemente la calidad de vida al tener luz, porque brindaría posibilidades a la gente que está viviendo allí. Primero, un espacio adecuado para poder compartir con la familia. Esto no es poco para gente que tiene como actividad la cría de ganado, que sale durante todo el día y vuelve a la noche, porque ésa es la tarea del pastoreo. Durante ese espacio se queda sin contacto con los hijos que van a la escuela, quizás se encuentran a la noche y es muy reducido el tiempo que tienen para compartir en familia los niños y realizar sus tareas. Fíjense si no es importante, hace al crecimiento, a lo que la escuela aporta, que no solamente debe quedar con lo que en la escuela se recibe, sino el aporte desde la familia como un espacio de contención primordial. Realizan actividades como el hilado, el tejido, que después significa un ingreso familiar que permite subsanar, en parte, lo que hace al sustento económico del grupo familiar.

Esto es parte, y voy a tratar de hacerlo lo más breve posible, de lo que significaría la presencia de la energía eléctrica a través del sistema disperso porque de otra manera, a través del tendido de red, sería muy difícil que estas comunidades tan dispersas pueden recibir algo que en la actualidad no podemos dejar de contar.

Sabemos los beneficios que esto trae, queremos lo mismo para estas comunidades que se encuentran dentro de la Provincia y en especial, por lo que me toca, el departamento Los Andes.

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento General Güemes.

Sen. Valle.- Señor Presidente: adhiero expresamente a lo manifestado por el señor Senador por Los Andes y pido que se acompañe junto al proyecto los fundamentos por él expuestos.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, así se hará.

-Asentimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

18

DESTINAR UN FONDO SUBSIDIARIO DE REPARACIÓN HISTÓRICA

Expte. Nº 90-17.569/08

Sr. Presidente (Lapad).- Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente, señores senadores: este proyecto va elevado al Poder Ejecutivo Nacional de la misma forma que el anterior, pero a diferencia que está dirigido al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y a la Subsecretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Sabemos de la realidad de la crisis habitacional que existe y que no todos los lugares pueden contar con los planes de viviendas que se encuentran programados a nivel nacional, pero perfectamente se podría crear un fondo a manera de subsidio de reparación histórica, destinado a planes de viviendas rurales, que respetando la arquitectura regional pueda, como decíamos hace rato, mejorar la calidad de vida de los salteños en estos lugares donde nunca se va a construir ni un barrio, ni una vivienda, ni un módulo habitacional, como decimos, pero sí podemos para esos lugares, donde no existe esta posibilidad, destinar un fondo, que es lo que se está pidiendo al Poder Ejecutivo Nacional, para que se cree un plan especial y cubrir las necesidades en la región, respetando a estas comunidades aborígenes que habitan la puna, los valles, las selvas, el chaco salteño, las distintas regiones que componen nuestra provincia de Salta.

            Es por ello que queremos ver el aporte, lo solicitamos porque es una deuda que se tiene con estos lugares más vulnerables, donde todavía se esperan respuestas, donde el crecimiento y el desarrollo sigue siendo una deuda. Por tal razón, solicito a mis pares acompañen el presente proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Lapad).- En consideración el proyecto de declaración. Se va a votar.

Resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Lapad).- Aprobado. Se harán las comunicaciones correspondientes.

            Tiene la palabra el señor Senador por el departamento Los Andes.

Sen. Brizuela.- Señor Presidente: de la misma forma que el anterior, solicito que se acompañe la versión taquigráfica al momento de la comunicación.

Sr. Presidente (Lapad).- Si no hay oposición, así se hará.

-Asentimiento.

Sr. Presidente (Lapad).- Antes del arrío de la Bandera, quiero transmitirles la invitación del señor Vicegobernador, que nos reunamos en el Bloque de Senadores Justicialista.

            Desde Secretaría me informan que hemos recibido el pedido de la Senadora por el departamento Cafayate, Claudia Silvina Vargas, de autorización para no asistir a la sesión del día de la fecha.

19

ARRÍO DE BANDERAS

Sr. Presidente (Lapad).- No habiendo más asuntos que tratar, invito al señor Senador por el departamento Los Andes, don Mario Alberto Brizuela, a arriar la Bandera Nacional y a la señora Senadora por el departamento Santa Victoria, doña Silvia Guadalupe Cabana, a arriar la Bandera Provincial; posteriormente queda levantada la sesión.

– Puestos de pie los señores Senadores y público presente, los señores Senadores Mario Alberto Brizuela y Silvia Guadalupe Cabana proceden a arriar las Banderas Nacional y Provincial, respectivamente.

– Es la hora 20:45’.

Julieta Serapio

Jefa Sector Taquígrafos

Cámara de Senadores

 

20

A P É N D I C E

1

Declarar de Interés de la Cámara el 1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de Interés de la Cámara, la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, organizado por la Organización Turística Sendero Gaucho.

            Art. 2º.- Registrar, Comunicar y Archivar.

            Dada en la sala de sesiones de Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

2

Declarar de Interés Provincial el 1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, organizado por la Organización Turística Sendero Gaucho.

            Dada en la sala de sesiones de Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

3

Modificación de las Leyes Nros. 6193, 4513 y 6068

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Incorpórase como inciso m) del artículo 28 de la Ley Nº 5.546 “Estatuto del Empleado Público”, el siguiente:

“m) Por cuidado de integrante del grupo familiar transplantado.”

            Art. 2º.- Sustitúyase el artículo 104 de la Ley 6.193 “Ley del Personal Policial”, por el siguiente:

“Art.104.- Se denominarán licencia extraordinarias las solicitadas para contraer matrimonio, asistir a familiares enfermos, cuidado de integrantes del grupo familiar transplantado, partos, fallecimientos de familiares cercanos, rendir exámenes de cursos no policiales y otros casos que determine la reglamentación.”

            Art. 3º.- Incorpórase como inciso i) del artículo 71 de la Ley 4.513 “Ley Orgánica del Servicio Penitenciario de la provincia de Salta”, el siguiente:

“i) “Por cuidado de integrante del grupo familiar transplantado.”

            Art. 4º.- Incorpórase como último párrafo del artículo 78 de la Ley 6.068 “Estatuto del Empleado Municipal”, el siguiente:

“El agente municipal tendrá derecho a una licencia especial por cuidado de integrante del grupo familiar trasplantado cuya duración deberá ser fijada por la reglamentación”.

            Art. 5º.- Para la aplicación de la presente Ley se entiende por grupo familiar al cónyuge o concubino, hijo/a, padre y madre, y otros familiares que estén a cargo.

            Art. 6º.- Los beneficios otorgados por la presente Ley alcanzan a los donantes y receptores en las prácticas médicas determinadas por Ley Nacional Nº 24.193 y sus modificatorias.

            Art. 7º.- El Poder Ejecutivo deberá proceder a la reglamentación de la presente Ley dentro de los noventa (90) días de su promulgación.

            Art. 8º.- Invítase a los Poderes Legislativo y Judicial, Ministerio Público, Auditoría General de la Provincia, Entes Descentralizados y Municipios, a dictar normas de igual naturaleza a las incorporadas por esta Ley.

            Art. 9º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

4

Modificación de la Ley Nº 6.556

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y :

            Artículo 1º.- Modifícase los artículos 10, 11, 18, 19, 25, 28, 30, 31, 32, 33, 34, 38, 41, 46, 47, 48, 56, 57, 60, 62, 63, 66, 68, 69, 70, 72, y 73 de la Ley 6.556, modificada por Ley 6.787, que quedarán redactados de la siguiente manera:

“Art. 10.- Los miembros del Consejo de Administración se elegirán por cuatro (4) años en sus funciones y podrán ser reelectos. Además podrán percibir una retribución monetaria, la que en tales casos será fijada por la Asamblea.

Se renovarán cada dos (2) años por mitades.”

“Art. 11.- El Consejo de Administración, en su primera Sesión, designará de entre los vocales un (1) secretario y un (1) tesorero; asimismo designará  un (1) pro-tesorero que reemplazará al tesorero en caso de ausencia, enfermedad, renuncia o fallecimiento. Sesionará válidamente con cuatro (4) de sus miembros, teniendo voto el presidente, sólo en caso de empate. Las resoluciones se adoptarán por mayoría de votos presentes. Deberá celebrar por los menos una (1) sesión por mes. Los miembros del Consejo que no concurrieron a tres (3) reuniones consecutivas o cinco (5) alternadas, sin justa causa en el término de seis (6) meses, cesarán automáticamente en su cargo, siendo reemplazados por el suplente que corresponda.”

“Art. 18.- La Asamblea Ordinaria de afiliados y jubilados, será convocada por lo menos una (1) vez al año, dentro de los cuatro (4) primeros meses posteriores a la finalización del ejercicio y a los fines de considerar el balance, la memoria anual, presupuesto de gastos, cálculo de recursos y planes de inversión. También será de su competencia la adopción de resoluciones sobre fines sociales mencionados en la convocatoria.”

“Art. 19.- Las Asambleas para realización de actos eleccionarios, se reunirán en la fecha que corresponda.

En el caso en que se presentase y oficializase una lista única será facultad del Consejo de Administración no realizar el acto eleccionario, en cuyo caso la misma será proclamada por la Asamblea convocada a tal fin.”

“Art. 25.- El Vice-Presidente colaborará con el Presidente y lo reemplazará al renovarse el Consejo de Administración al cabo de dos (2) años, el que pasará a ejercer la Presidencia por igual período; y en caso de ausencia, renuncia o fallecimiento.

En caso de acefalía, ambos serán reemplazados por las personas elegidas en Asamblea General Extraordinaria eleccionaria de afiliados, llamada al efecto.”

“Art. 28.- Tres (3) vocales titulares son los miembros del Consejo los cuales desempeñan funciones especiales (artículo 11) del mismo, tienen voz y voto y controlan todo lo que se relacione con la marcha de la Caja.”

“Art. 30.- Este órgano estará integrado por un (1) Síndico titular y un (1) Síndico suplente, sus mandatos duran dos (2) años.

La fiscalización externa de la Caja, será ejercida por la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, quien actuará como Entidad de control.”

“Art. 31.- Tendrán el carácter de afiliados obligatorios los médicos inscriptos en la matrícula del Colegio de Médicos de la Provincia de Salta u organismo que lo sustituya, que ejerzan permanentemente la profesión en la Provincia y tengan su domicilio real en la misma o desempeñan funciones o ejerzan cargos en la Provincia para los cuales, el título de médico sea necesario.

Para que proceda la afiliación a la Caja, la matriculación en el Colegio de Médicos de Salta, debe realizarse antes de cumplir 65 años de edad.”

“Art. 32.- La afiliación se suspende:

a) Por falta de ejercicio profesional, denunciada por el afiliado o comprobada de oficio, no obstante la matriculación y el pago de aportes, salvo los casos expresamente contemplados en la presente.

b) Por no tener domicilio real en la Provincia.

c) Por inhabilitación para el ejercicio profesional.

Los profesionales que ejercen su profesión únicamente como empleados en relación de dependencia, con un régimen de dedicación exclusiva, en organismos estatales nacionales, provinciales o municipales, sin ejercicio de la profesión en forma independiente (sea en forma habitual o esporádica) pueden solicitar dentro del plazo que establezca el Consejo de Administración la suspensión temporaria de la afiliación a la Caja, y mientras dure tal situación. De acordarse la exclusión, no corresponden los aportes ni los beneficios establecidos en la presente Ley.”

“Art. 33.- El Capital de la Caja se forma:

a) Con el aporte del afiliado al inscribirse e ingresar a la Caja, fijado por el Consejo.

b) Con el aporte personal, mensual y obligatorio de los afiliados, de acuerdo a las categorías de aporte que se indican a continuación:

Cat.              Antigüedad en el Título                 Edad             Aporte prev.

A             Hasta 5   años de otorgado o hasta      30 años                5 módulos prev.

B             Hasta 10 años de otorgado o hasta      35 años                7 módulos prev.

C             Hasta 15 años de otorgado o hasta     40 años                 8 módulos prev.

D            Hasta 20 años de otorgado o hasta     45 años                9 módulos prev.

E             Hasta 25 años de otorgado o hasta     50 años               10 módulos prev.

F             Más de 25 años de otorgado o más de 50 años            12 módulos prev.

El módulo previsional es la unidad de medida para el cálculo de los aportes personales establecidos en el artículo 33 apartado b), como también para la determinación de los haberes previsionales. Su valor será propuesto por el Consejo de Administración y ratificado por Asamblea. Se tendrán en cuenta para su modificación, los siguientes indicadores: el ajuste en el valor de las prestaciones médicas, el ajuste en los sueldos de los profesionales médicos que prestan servicios en ámbitos del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, el ajuste en los precios al consumidor en la Provincia, y la situación económica financiera de la Caja y su proyección para los próximos años.”

“Art. 34.- Los fondos de la Caja se aplicarán:

“Art. 38.- Las deudas atrasadas por aportes y contribuciones, devengarán a partir de su vencimiento y sin perjuicio de las sanciones que correspondan, un interés a determinar por el Consejo de Administración.

Se establecerán tasas de intereses punitorios diferenciales según la antigüedad de la deuda y la proximidad de la edad jubilatoria.”

“Art. 41.- La Caja formulará cargos por aportes desde el primer día de los servicios que se computen hasta el mes de Diciembre del año 1989, lo que no se gravarán con intereses pero cuyos importes serán actualizados. Los mismos podrán ser integrados total o parcialmente por los afiliados. Dichos cargos se abonarán en los plazos que establezca la Caja, no pudiendo exceder del 20% del haber jubilatorio o de pensión, si el beneficiario comenzare a gozar de la prestación de la Caja.”

“Art. 46.- La jubilación ordinaria es voluntaria y solo se acordará a petición del afiliado que reúna los requisitos siguientes:

“Art. 47.- El monto de las jubilaciones y pensiones será fijado de acuerdo a módulos previsionales establecidos en los artículos pertinentes. La falta de aportes por períodos anteriores a la vigencia de la Caja (1º de Enero de 1990), a que se refiere el artículo 41 de la presente ley, en los plazos que establezca el Consejo de Administración, o por la fecha de incorporación al sistema, motivará el otorgamiento y liquidación de beneficios proporcionales a los aportes efectuados. Asimismo, el aporte en exceso a los establecidos en el artículo anterior (30 años) motivará el otorgamiento y liquidación de beneficios adicionales.”

“Art. 48.- Los afiliados que continúan en actividad, después de haber cumplido el tiempo de servicios requerido para la jubilación ordinaria, gozarán de una bonificación del cinco por ciento (5%) calculada sobre el haber jubilatorio, por cada año excedente.

El importe de la bonificación, no podrá ser superior en ningún caso al veinticinco por ciento (25%) del haber jubilatorio.

La misma bonificación anual tendrán los afiliados que al momento de cumplir sesenta y cinco (65) años de edad, computen más de treinta (30) años de ejercicio profesional con aportes a la Caja; efectuados según la escala establecida en el artículo 33 inciso b), también en este caso, el tope es del 25% del haber jubilatorio.”

“Art. 56.- Tendrán derecho a la jubilación por edad avanzada, los afiliados que:

“Art. 57.- Tendrán derecho a la jubilación por invalidez, cualquiera fuere su edad, el médico que:

“Art. 60.- La invalidez será apreciada y establecida por una (1) Junta Médica integrada por el médico de cabecera, un (1) representante del Colegio de Médicos y un (1) representante de la Caja, debiendo estos dos (2) últimos ejercer la especialidad respecto a la causa de la incapacidad, debiéndose asegurar el derecho de los afiliados de aportar los elementos de juicio correspondientes.

El dictamen que emita la Junta Médica, deberá ser fundado e indicar el porcentaje de la incapacidad, el carácter permanente o transitorio de la misma y fecha en que se produjera tal invalidez.

Adicionalmente a los especialistas designados para integrar la Junta Médica, la Caja nombrará un representante, miembro titular del Consejo de Administración, quien coordinará la labor de la Junta, y a través del cual se unificarán los criterios de evaluación de las incapacidades. Tendrá voz pero no voto.”

“Art. 62.- Cuando la incapacidad total no fuere permanente, el afiliado deberá someterse a los tratamientos de medicina curativa rehabilitadora y readaptadora que establezcan y en caso de negativa, se podrá suspender la liquidación del beneficio, salvo causas debidamente justificadas y acreditadas por el afiliado.”

“Art. 63.- En caso de  muerte del afiliado que registre una antigüedad ininterrumpida mínima en la afiliación en la Caja de dieciocho (18) meses anteriores a la solicitud del beneficio, o del jubilado, se genera el derecho a pensión. La antigüedad no será requerida en caso de muerte producida por accidente. Tendrán derecho las siguientes personas:

    La precedente enumeración es taxativa.

    El orden establecido en el inciso a) no es excluyente; pero sí el orden de prelación establecido entre el inciso a) al inciso d).

El plazo de convivencia exigido, se reducirá a dos (2) años, cuando de esa unión existieran hijos reconocidos por ambas personas, ligadas extramatrimonialmente. La relación concubinaria sólo dará derecho al beneficio de pensión, cuando no hubiese existido impedimentos matrimoniales, salvo el determinado por el inciso 6) del artículo 166 del Código Civil (modificado por la Ley Nº 23.515).”

“Art. 66.- Tampoco regirán los límites de edad del artículo 63 para los hijos de ambos sexos, en las condiciones fijadas en el mismo, que cursen regularmente estudios universitarios, de nivel superior cuyos planes de estudios sean aprobados por el Ministerio de Educación de la Provincia  o secundarios (o régimen de enseñanza oficial que lo sustituya), no desempeñen actividades remuneradas, ni gocen de algún beneficio provisional; en estos casos, el beneficio se pagará hasta los veinticinco (25) años de edad, salvo que los estudios finalicen antes.”

“Art. 68.- Las pensiones se abonarán desde el día siguiente al de la muerte del causante o al de la extinción de la pensión para el anterior titular, salvo que el inicio del trámite se realice después de transcurridos doce meses, en cuyo caso se  acordará y liquidará con una retroactividad no mayor a dicho término.

La pensión es una prestación derivada del derecho a jubilación del causante, que en ningún caso genera a su vez derecho a pensión.”

“Art. 69.- El haber de las jubilaciones será el equivalente a 82 módulos previsionales para los afiliados que computen la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 46 de la Ley.

Adicionalmente al haber mensual, se liquidará el aguinaldo en los meses que corresponda, en proporción a los meses transcurridos.”

“Art. 70.- El haber mensual de las jubilaciones por edad avanzada y por invalidez, será equivalente al setenta y cinco por ciento (75 %) del monto de la jubilación ordinaria.

Para los casos que el afiliado hubiese optado por la alternativa de aportes prevista en el inciso h) del artículo 33 y se incapacita o fallece en dicho período ó hasta transcurrido un año después de concluir con tales aportes, el haber mensual será equivalente a siete veces el aporte mensual que realizó.”

“Art. 72.- Las prestaciones revisten los siguientes caracteres:

En caso que el afiliado hubiera optado por la escala reducida del artículo 33, el haber mensual de los beneficios previsionales se proporcionará en relación al tiempo de aportes reducidos y al tiempo de aportes según la escala general.”

“Art. 73.- Para ejercer el derecho a las prestaciones que acuerda esta Ley, es condición que al momento de la solicitud, se encuentren totalmente abonados los aportes.

Para los afiliados que estuvieran en mora en sus pagos al momento de producirse alguna de las contingencias previstas en la Ley (edad jubilatoria, incapacidad o muerte) el beneficio previsional se devengará a partir del mes siguiente de la cancelación de la deuda; la Caja no liquidará importes retroactivos correspondientes a períodos anteriores a la cancelación efectiva de la deuda.

El carácter de afiliados con derecho a beneficios previsionales, se adquiere con el pago efectivo del aporte inicial y el primer mes de aporte mensual (artículo 33, incisos a y b). Para la solicitud de cualquier beneficio resulta condición que se verifique tal situación previo a producirse la contingencia previsional (edad, incapacidad o muerte).

Adicionalmente a ello, si al momento de producirse alguna contingencia mencionada, el afiliado registra más de noventa y seis (96) meses impagos por períodos continuos o no, no tendrá derecho ni él ni sus familiares a ningún beneficio previsional.”

Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los  cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

5

Modificación de las Leyes Nros. 6.192 y 6.395

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Modifícase el inciso b) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Policía (6.192/83) que quedará redactado de la siguiente manera:

“b) Detener a toda persona de la cual sea necesario conocer sus  antecedentes y medios de vida en circunstancias que lo justifiquen o cuando se niegue a identificarse. La demora o detención del causante no podrá prolongarse más del tiempo indispensable para su identificación y averiguación de antecedentes, sin exceder el plazo de seis (6) horas.”

            Art. 2º.- Modificar el artículo 29 bis del Código Procesal Penal Ley 6.345 y sus modificatorias, que quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 29 bis.- El Juez de Primera Instancia de Detenidos y Garantías, será la autoridad provincial en todo lugar en que se dispongan internaciones o detenciones de conformidad a las disposiciones legales vigentes sin perjuicio de las potestades que competen a los demás magistrados y funcionarios que se precisan en el artículo siguiente. A esos fines queda autorizado a constituirse en esos lugares personalmente o delegar el cometido a su Secretario en cualquier momento.

El Juez de Detenidos y Garantías tendrá a su cargo el control y verificación de las condiciones de internación y detención, como toda otra restricción a la libertad ambulatoria de las personas, debiendo resguardar y tutelar la salud e integridad física y psíquica de los internos y asegurar las condiciones de salubridad y cuidados propios de la dignidad humana y de sus derechos fundamentales; todo ello con conocimiento del Juez a cuya disposición se encuentren.

El Juez de Detenidos y Garantías será competente para controlar las detenciones que se produjeran con motivo del inciso b) del artículo 10 de la Ley Orgánica de la Policía Nº 6.192, fundamentalmente en el cumplimiento del plazo y razonabilidad de la medida.

Quedan excluidas de la competencia material del Juez de Detenidos y Garantías, las que este Código ha establecido para el Juez de Ejecución.”

            Art. 3º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los  cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

6

Declarar de utilidad pública el inmueble Matrícula Nº 134 del Dpto. La Poma

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación, una fracción del inmueble denominado Finca San Antonio de los Cobres, registrado con la Matrícula Nº 134, con destino a la regularización dominial de los pobladores oriundos de ese poblado y la planificación urbana de la localidad Cobres, del departamento La Poma.

            La fracción mencionada tiene forma y superficie detallada en plano que como Anexo I forma parte de la presente.

            Art. 2º.- Ordénase a la Dirección General de Inmuebles a efectuar el replanteo y parcelación, por sí o por terceros, de la fracción del inmueble detallada en el artículo 1º, de acuerdo a los hechos existentes o a lo que recomienden los organismos urbanísticos, una vez que la Provincia tome posesión de la fracción mencionada. El Poder Ejecutivo Provincial dispondrá que, a través de los organismos competentes, se realicen los estudios técnicos para la urbanización de la mencionada localidad.

            Art. 3º.- La distribución de lotes se encuadrará en los términos de la legislación vigente y dando exclusividad a la población local por su preexistencia y continua radicación efectiva en la zona.

            Realizadas las parcelaciones a que se refiere el artículo anterior, adjudíquese gratuitamente a quienes acrediten fehacientemente su ocupación o permanencia en el lugar por un plazo no menor a diez (10) años.

            Dése intervención a la Subsecretaría de Tierra y Hábitat, a los efectos de verificar, de los adjudicatarios del artículo 1º , el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley 1.338 y sus modificatorias, y las condiciones de la presente.

            Déjase establecido que del terreno expropiado las superficies que no se encuentren ocupadas, se mantendrán como reserva para la construcción de vivienda y ampliación del centro urbano, manteniendo el dominio la provincia de Salta.

            Autorízase a la provincia de Salta a transferir en carácter de donación a la Municipalidad de La Poma, las fracciones del inmueble mencionado en el artículo 1º que sean ocupados por este organismo y con el cargo que corresponda en cada caso.

            Art. 4º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios, referidos en el artículo 3º, a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de las escrituras, queda exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 5º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación.

            A tal fin, las escrituras de dominio de los inmuebles respectivos deberán incluir con fundamento en la presente Ley, cláusulas de indisponibilidad e inembargabilidad, durante tal período.

            Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, será imputado a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la sala de sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, a los  cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

7

Declarar de Interés de la Cámara el 1º Congreso Nacional de Municipios y Ambiente

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

R E S U E L V E :

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara, el “1º Congreso Nacional de Municipios y Ambiente – Hacia la Construcción de Ciudades Sustentables”, a realizarse los días 17, 18 y 19 de junio del corriente año, en el Centro de Convenciones de Limache, organizado por el Gobierno de la provincia de Salta, la Municipalidad de la ciudad de Salta, la Universidad Católica de Salta, la Universidad Nacional de Salta y la Escuela de la Magistratura del Poder Judicial de Salta.

            Art. 2º.- Comunicar, Registrar y Archivar.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

8
Provisión de móvil a la dependencia policial de San Antonio de los Cobres

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

DE C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos, arbitre los medios necesarios a fin de proveer de un móvil policial cero km. a la dependencia policial de San Antonio de los Cobres, departamento Los Andes, de manera tal que el mismo pueda cubrir la necesidad que tiene de incrementar el parque automotor y que de esta forma se garantice y optimice el servicio que presta en su extensa área operativa.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

9

Títulos de propiedad a comunidades de Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

DE C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del organismo que estime conveniente, arbitre los medios necesarios a fin de agilizar los trámites referidos a la obtención de títulos de propiedad y/o escrituración definitiva de los terrenos, ocupados ancestralmente en forma individual, como de aquellos espacios comunitarios destinados a pastoreo, en beneficio de las familias que integran las comunidades aborígenes de los departamentos Los Andes, La Poma y Rosario de Lerma.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

10

Corroborar manifestaciones de comunidades de Los Andes y La Poma

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

DE C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Desarrollo Económico y del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable, arbitre los medios necesarios a fin de disponer de un equipo técnico veterinario que pueda corroborar las manifestaciones de los pobladores de las comunidades aborígenes de los departamentos Los Andes y La Poma, que denuncian la aparición de enfermedades que afectan a la ganadería de camélidos y su posible contagio de la fauna silvestre e implemente un programa de prevención y tratamiento.

            Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

11

Erradicación de la escuela rancho de Pampa Llana

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios, de Finanzas y Obras Públicas y de Educación, instrumente los mecanismos necesarios tendientes a la erradicación de la escuela rancho y la construcción de un nuevo establecimiento escolar en la localidad de Pampa Llana, municipio de Angastaco, departamento San Carlos.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

12

Construcción de aulas en la Escuela Nº 4.387 de Payogastilla

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, instrumente los mecanismos necesarios tendientes a efectuar la construcción del cercado perimetral y de aulas en la Escuela Nº 4.387 de la localidad de Payogastilla, departamento San Carlos.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

13

Reparación del puesto sanitario de El Bordo

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los Ministerios de Finanzas y Obras Públicas y de Salud Pública, prevea la urgente reparación del local deteriorado donde funciona el puesto sanitario de la localidad de El Bordo, segunda sección, del departamento Rosario de la Frontera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

14

Realización de obras en accesos de la Ruta Nacional Nº 34

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, inicie a la brevedad las obras de arreglo y reparación en los accesos desde el nuevo trazado de la Ruta Nacional Nº 34 hacia las localidades de Balboa (primera sección), Almirante Brown, Puente de Plata, Copo Quile, El Potrero, Antillas y San Lorenzo (segunda sección) del departamento Rosario de la Frontera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

15

Tendido de red eléctrica desde Rosario de la Frontera hasta El Arenal

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, inicie la obra prevista en Ley de Presupuesto General de la Provincia – Ejercicio 2008, denominada “Electrificación rural – tendido de la red eléctrica – de Rosario de la Frontera hasta El Arenal”, a 22 kms. hacia el Sur por Ruta Provincial Nº 25 en el departamento Rosario de la Frontera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

16

Construcción de camino en el Municipio El Potrero

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de los organismos correspondientes, instrumente los mecanismos necesarios para proceder a la construcción de un camino carretero de 5 kms. desde la localidad de Morenillo hasta San Lorenzo, en el municipio El Potrero, departamento Rosario de la Frontera.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

17

Construcción de acueducto en Los Noques

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través de la Secretaría de Obras Públicas, proceda a proyectar y a realizar los estudios para la construcción de un acueducto que permita proveer de riego permanente a la zona de Los Noques, departamento General Güemes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

18

Concreción del Programa de Electrificación Rural

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Energía de la Nación, dependiente del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, arbitre los medios necesarios y realice las gestiones que estime conveniente, a fin de agilizar los trámites referidos a la concreción del “Programa de Electrificación Rural”, a través del servicio eléctrico disperso por medio de paneles solares, denominado PERMER, de manera tal que se avance en el mejoramiento de la calidad de vida de los pobladores de los lugares inhóspitos que cuenta la provincia de Salta.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

19

Fondo Subsidiario de Reparación Histórica

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicio de la Sub-Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda u organismos que estime conveniente, realice los esfuerzos necesarios a fin de destinar un fondo subsidiario de reparación histórica destinado a un plan de viviendas rurales, que respete la arquitectura regional y que a la vez mejora la calidad de vida de los pobladores componentes de las comunidades aborígenes que habitan la puna, los valles, las selvas y el chaco salteño, regiones integrantes de la provincia de Salta.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

20

Ampliación del puesto sanitario de Villa Mercedes

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre las medidas que resulten necesarias, a los fines que se ejecute la obra de ampliación edilicia del puesto sanitario de Villa Mercedes de la ciudad de Rosario de Lerma, y que el mismo sea ascendido a la categoría de Centro de Salud dotado del mobiliario, equipamiento técnico y recursos humanos correspondientes.

Dada en la sala de sesiones de la Cámara de Senadores de la provincia de Salta, a los cinco días del mes de junio del año dos mil ocho.

 

21

A N E X O

I

Proyectos de Ley

1

Expte. Nº 90-17.626/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación una fracción del inmueble Matrícula Catastral Nº 10.858, identificado como Barrio “San Pantaleón”, determinado por los límites y linderos en los planos que se ajuntan a la presente, de la localidad de General Güemes, Departamento del mismo nombre, para ser adjudicado a sus actuales ocupantes.

            Art. 2º.- Dése intervención al Ministerio de Finanzas y Obras Públicas, a través de la Secretaría de Tierra y Hábitat, a los efectos de verificar el cumplimiento de los requisitos fijados en la Ley Nº 1.338 y sus modificatorias y el Decreto 1.045/96, a los adjudicatarios citados en el artículo 1º.

            Art. 3º.- Ordénese a la Dirección General de Inmuebles a efectuar la mensura, desmembramiento y parcelación del inmueble mencionado en el artículo 1º a fin de proveer parcelas similares a los ocupantes del terreno una vez efectivizada la expropiación.

            Art. 4º.- Los adjudicatarios de las parcelas que resulten de la aplicación de la presente, no podrán enajenarlas durante los diez (10) años posteriores a la adjudicación o hasta su cancelación definitiva, lo que fuere anterior.

            Art. 5º.- Los inmuebles se escriturarán a favor de los adjudicatarios a través de Escribanía de Gobierno. La formalización de las escrituras quedará exenta de todo honorario, impuesto, tasa o contribución.

            Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley, se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

José Luis Valle

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de ley tiene por finalidad resolver un grave problema social que afecta a cuarenta y cinco familias de la localidad de General Güemes, muchas de las cuales son cesanteadas del ex Ingenio San Isidro y no recibieron indemnización alguna.

            En el año 2002, la empresa EMAISA manifiesta su intención de donar la fracción materia de esta expropiación a los cesanteados y desde aquel tiempo se encuentran en condiciones precarias sin poder acceder a los servicios de luz y agua por falta de escrituras.

            Por todo ello, considerando la necesidad de dar una respuesta adecuada a un reclamo social, solicito la aprobación del presente proyecto.

José Luis Valle

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

2

Expte. Nº 90-17.632/08

El Senado y la Cámara de Diputados de la Provincia, sancionan con fuerza de

L E Y:

            Artículo 1º.- Declárase de interés público y sujeto a expropiación cuarenta hectáreas en total del inmueble Matrícula 102, Fracción 119, Lote 7, perteneciente al señor Jerónimo Juan Pezce, en el departamento La Poma.

            Art. 2º.- La presente expropiación es con destino a ser adjudicado a título gratuito a las familias cadenciadas que acrediten una permanencia superior a diez años en la zona de la Puna.

            Art. 3º.- Las tierras adjudicadas se destinarán al usufructo tradicional por parte de familias que se radicarán sin perjuicio de la implementación del proyecto de desarrollo de la región que surjan como apoyatura o promoción de las comunidades por parte de los organismos públicos, privados o a través de la iniciativa propia del adjudicatario.

            Art. 4º.- Las tierras que se adjudiquen en virtud de la presente Ley, no podrán ser embargadas, enajenadas, arrendadas a terceros, ni constituirse sobre ello garantía alguna por el término de diez años.

            Art. 5º.- La escritura traslativa de dominio se hará en forma gratuita a través de la Escribanía de Gobierno.

            Art. 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se imputará a las partidas correspondientes del Presupuesto General de la Provincia, para el Ejercicio vigente.

            Art. 7º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Telmo Salva

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            Esta iniciativa logra dar cumplimiento en los hechos a los nuevos principios constitucionales de reconocimiento a los derechos de los pueblos autóctonos, como lo son, en este caso, las comunidades de La Poma, quienes habitan la Puna ancestralmente. No permitamos que se les niegue la oportunidad de vivir agrupados, dándoles de esta manera una vida digna, pudiendo explotar sus artesanías, que son la única fuente de subsistencia. Pensemos en estas familias y en sus hijos, que por el solo hecho de vivir donde habitan han adquirido el derecho que les corresponde según el marco jurídico de las leyes.

            Es necesario y urgente buscar una solución definitiva a la cuestión de las tierras. La historia rescata del olvido a esta gente que continúa sufriendo injusticias.

            Como representante del pueblo de La Poma, debo velar por los intereses de estas personas, quienes son honradas, sufridas y muy trabajadoras.

            Sobreviven desde siempre, donde otros no soportan la monotonía, las inclemencias climáticas, la soledad y la falta total de servicios y/o requerimientos básicos, en este paisaje puneño. Ellos son los únicos interesados en habitar estas regiones, donde la carencia de agua, la sequedad del ambiente, el sol y el rudo trabajo, curten manos y rostro. Siempre estuvieron sometidos a la marginación, viviendo experiencias desagradables que los llevan a ser muy reservados. Es el momento de brindarles oportunidades de desarrollo y mayor bienestar, revirtiendo esta situación.

            Por lo expuesto, solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Telmo Salva

– A la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional.

II

Proyecto de Resolución

Expte. Nº 90-17.631/08

La Cámara de Senadores de la  provincia de Salta,

R E S U E L V E:

            Artículo 1º.- Declarar de interés de la Cámara, la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho” a realizarse entre los días 14 y 15 de junio del corriente año, organizado  por la Organización Turística Sendero Gaucho.

            Art. 2º.- De forma.

Omar Gerardo Quipildor

Fundamentos

Señor Presidente:

            Los integrantes de la Organización Turística Sendero Gaucho, que incluye a los municipios de Coronel Moldes, La Viña, Guachipas, El Jardín, La Candelaria, Rosario de la Frontera, Metán, Río Piedras y El Galpón, han organizado el “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, cuyo itinerario incluye la Ruta Provincial 6, Ruta Nacional 68, Ruta Provincial 47 y Ruta Nacional 34.

            Considerando que se trata de un evento deportivo y turístico importante para toda la zona de influencia, es que solicito a mis pares su apoyo para la aprobación del presente proyecto de resolución.

Omar Gerardo Quipildor

– A la Comisión de Turismo y Deportes.

III

Proyectos de Declaración

1

Expte. Nº 90-17.620/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área competente, realice la obra de electrificación rural desde el pueblo de El Tunal hasta el paraje de Atamisqui, sobre Ruta Provincial Nº 29, en el municipio de El Galpón, departamento Metán.

Raúl Bartolomé García

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

2

Expte. Nº 90-17.621/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del área competente, incluya en el plan de ampliación de red domiciliaria de gas natural, al municipio de Río Piedras, departamento Metán.

Raúl Bartolomé García

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

3

Expte. Nº 90-17.622/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A:

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, arbitre los medios necesarios para que, a través de los organismos que correspondan, se contemple la posibilidad de construir un nuevo establecimiento educativo para el Nivel Inicial, EGB 1 y 2, en la localidad de El Carril, departamento Chicoana, provincia de Salta.

Luis Francisco D’Andrea

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            La creciente demanda de excelencia educativa, sumado al permanente problema ocasionado por la existencia de aulas superpobladas, hacen imprescindible e impostergable la construcción de un nuevo establecimiento educativo en la localidad de El Carril.

            La citada comunidad, hoy con más de once mil habitantes, asoma como una de las más prósperas de la zona del Valle de Lerma, al contar con servicios indispensables para el desarrollo armónico y pleno de sus habitantes y encontrándose estratégicamente ubicada, hace al lugar propicio para la inmigración de pobladores de localidades vecinas.

            Actualmente funcionan dos establecimientos educativos: la Escuela Nº 4.281 “Manuel J. Castilla” y la Nº 4.321 “José Andrés Pacheco de Melo”, ambas separadas tan sólo por cincuenta metros de distancia, creándose una concentración poblacional bastante importante, que impide la igualdad de oportunidades para aquéllos que están alejados de la zona céntrica.

            Por otro lado, los problemas que aquejan a estos colegios son muchos y variados, tales como: matrícula elevada, numerosas secciones de grados, que trae como consecuencia la escasez de mobiliario, carencia de espacios para que funcionen los grados y falta de lugares favorables para el desarrollo de actividades especiales (educación física, religión, música, plástica, entre otras), espacios inadecuados para el juego de los niños durante el recreo, ya que no reúnen condiciones de seguridad, traslado diario, y entre turnos, del mobiliario con que cuenta la escuela, con el consecuente deterioro del mismo. Todo se debe a la gran cantidad de alumnos.

            Asimismo, deseo manifestarles que la Municipalidad de El Carril cuenta con un especio verde adecuado, que está ubicado en la zona oeste de la localidad, vale decir en otro sector alejado del centro. De esta forma brindaría la posibilidad a los barrios más populosos de tener une establecimiento más cercano para la educación de los niños y así optimizar la calidad, tanto de infraestructura como del proceso de enseñanza-aprendizaje. Existe la predisposición de las autoridades municipales de llevar adelante la donación del terreno para la Provincia, a los fines de que se construya allí este nuevo edificio escolar tan anhelado por toda la comunidad.

            Todas estas razones me estimulan a elevar una voz de preocupación, pero al mismo tiempo de esperanza, sabiendo que ese pedido tendrá eco ante mis pares.

            Resulta incuestionable la necesidad de asegurar el acceso a la educación; ya lo enuncia el Preámbulo de nuestra Constitución Provincial, y es un mandato de la Carta Magna, garantizar a todos los habitantes el derecho de enseñar y aprender. Como reseña, es válido tomar como base su artículo 47, donde se destaca que este derecho es asistido por “el Estado como función social prioritaria, primordial e insoslayable”. La educación es lo que permite al ser humano dar la libertad y así otorgarle la capacidad de responder conscientemente de sus actos. Reza el artículo 48 que “El fin de la educación es el desarrollo integral, armonioso y permanente de la persona en la formación de un hombre capacitado para convivir en una sociedad democrática, participativa, basada en la libertad y en la justicia social”.

            Por todo lo expuesto, solicito a los señores senadores el acompañamiento para la aprobación del presente proyecto.

Luis Francisco D’Andrea

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

4

Expte. Nº 90-17.627/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Finanzas y Obras Públicas y del Ministerio de Educación, realice las gestiones necesarias a fin de que se inicie la reparación y/o nueva construcción, en forma inmediata, del establecimiento escolar Polimodal Rural Nº 5.155 del paraje Rodeo Colorado, departamento Iruya.

Leonardo Lunda

Fundamentos

Señor Presidente, señores senadores:

            El presente proyecto de declaración fue presentado ante esta Cámara en virtud de la grave situación por la que están atravesando los jóvenes y adultos estudiantes del Polimodal Rural Nº 5.155, ubicado en el paraje Rodeo Colorado, departamento Iruya.

            Actualmente, este pequeño colegio cuenta con una edificación constituida por tres salones de siete por cuatro metros de largo y ancho respectivamente, dos letrinas sin techo y una pequeña pieza de seis por cuatro metros que hace a veces de Secretaría, cocina, depósito de mercaderías y elementos de limpieza.

            Todas las paredes son de adobe, con techo de barro y paja seca, lo que permite que en épocas de lluvia se filtre el agua en forma de goteras por todos lados. No cuenta con instalaciones eléctricas seguras, lo que convierte a las paredes y ventanales en zonas de muy alto riesgo para todos.

            Cabe destacar también, que diariamente concurren a clases alrededor de sesenta jóvenes de muy escasos recursos, de ambos sexos, originarios de este paraje y zonas aledañas, que deben caminar durante varias horas para llegar al establecimiento escolar.

            Durante la época invernal, que está a punto de comenzar, las temperaturas llegan hasta diez grados bajo cero, es muy frío y los estudiantes deben permanecer encerrados para soportarlo.

Los invito a visitar el lugar y van a ver con qué sacrificio estudian estos jóvenes. Con limitaciones que no he visto en otros lugares de mi Provincia, salvo en la zona de Rivadavia o Santa Victoria; por ello les pido que me acompañen en este proyecto.

            Solicito que pongamos en ejecución todos los mecanismos constitucionales que tenemos a nuestra disposición, a fin de que se realicen las obras que solicito lo más antes posible. Los jóvenes y niños de Iruya lo agradecerán.

Leonardo Lunda

– A la Comisión de Obras Públicas e Industria.

5

Expte. Nº 90-17.628/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo Provincial, gestione ante las autoridades del Banco Macro Bansud, la instalación de un cajero automático de esta entidad bancaria en la localidad de Iruya, Departamento del mismo nombre.

Leonardo Lunda

Fundamentos

Señor Presidente:

            El presente proyecto de declaración fue presentado en este recinto en virtud de que en el departamento Iruya no hay entidades financieras donde las personas del lugar puedan realizar las operaciones correspondientes.

            El municipio cuenta con cinco mil habitantes, aproximadamente, de los cuales el 65% tiene algún trámite financiero que realizar, jubilados, planes sociales, empleados públicos, proyectos comunitarios, la Municipalidad, la gran afluencia de turistas que llegan al municipio, el hospital público con sus respectivos puestos de salud distribuidos en distintas comunidades, igual que las escuelas EGB, colegios Polimodal y la Policía de la Provincia.

            Cabe aclarar que las personas que realizan los trámites en las entidades financieras tienen que realizar grandes caminatas, sortear obstáculos de lluvia, nieve, viento, etc., para llegar al banco más cercano que está en el departamento Humahuaca, provincia de Jujuy.

            Por tratarse de una obra de vital importancia para la vida de mi pueblo, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Leonardo Lunda

– A la Comisión de Economía, Finanzas Públicas, Hacienda y Presupuesto.

6

Expte. Nº 90-17.629/08

La Cámara de Senadores de la provincia de Salta,

D E C L A R A :

            Que vería con agrado que el Poder Ejecutivo, declare de Interés Provincial la realización del “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, organizado por la Organización Turística Sendero Gaucho.

Omar Gerardo Quipildor

Fundamentos

Señor Presidente:

            Los integrantes de la Organización Turística Sendero Gaucho, que incluye a los municipios de Coronel Moldes, La Viña, Guachipas, El Jardín, La Candelaria, Rosario de la Frontera, Metán, Río Piedras y El Galpón, han organizado el “1º Desafío Cicloturístico del Sendero Gaucho”, a realizarse entre los días 14 y 16 de junio del corriente año, cuyo itinerario incluye la Ruta Provincial 6, Ruta Nacional 68, Ruta Provincial 47 y Ruta Nacional 34.

            Considerando que se trata de un evento deportivo y turístico importante para toda la zona de influencia, es que solicito a mis pares su apoyo para la aprobación del presente proyecto de declaración.

Omar Gerardo Quipildor

– A la Comisión de Turismo y Deportes.


* Proyectos de Ley, Resolución y Declaración en Anexo