HERRERA Marcelo Federico
HERRERA, Marcelo Federico
PROSECRETARIO DE PRESIDENCIA
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Oficina: Mitre 550 – Planta Baja
Teléfono: Mail: |
Art. 34.- El Presidente designará un Prosecretario, con acuerdo de la Cámara, el que dependerá inmediatamente de él y prestará juramento en la misma forma que los Secretarios al hacerse cargo de sus funciones por ante el Cuerpo.
Dura en su función, mientras mantenga la confianza del Presidente y/o del Cuerpo.
Reemplaza a los Secretarios en caso de ausencia o impedimento.
Gozará del sueldo que le asigne la Ley de Presupuesto.