Expte. Nº 90-30.235/2021, 90-30.332/21; 90-30.902/22; 90-30.953/22 y 90-30.951/22 acumulados – 16/09/21 – Modifiquese el artículo 9° de la Ley 6.444 “Régimen Electoral Provincial” – Archivo
De los Señores Senadores CARLOS NICOLAS AMPUERO, HECTOR DANIEL D’AURIA, WALTER JOAQUIN ABAN, MANUEL OSCAR PAILLER, DANI RAUL NOLASCO, JAVIER ALBERTO MONICO GRACIANO y JOSE ANTONIO IBARRA, JORGE MARIO EMILIANO DURAND, MARCELO DURVAL GARCIA, JUAN CRUZ CURA, modifiquese el artículo 9° de la Ley 6.444 “Régimen Electoral Provincial”. (Expte. Nº 90-30.235/2021, 90-30.332/21; 90-30.902/22; 90-30.953/22 y 90-30.951/22 acumulados, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
Girado al Archivo en Sesión del 01/12/2022.
Dictamen de Comisión
La Comisión de LEGISLACION GENERAL, DEL TRABAJO Y REGIMEN PREVISIONAL ha considerado el proyecto de Ley de los señores Senadores JAVIER MÓNICO GRACIANO; MANUEL O. PAILLER; MARCELO GARCÍA; JUAN CRUZ CURA Y EMILIANO DURAND, que tramitan bajo los Expedientes Nros 90-30.235/21; 90-30.332/21; 90-30.902/22; 90-30.953/22 y 90-30.951/22 acumulados, referidos a modificaciones de normativas electorales provinciales; y, por las razones que dará el miembro informante, aconseja su archivo.
SALA DE LA COMISIÓN, 24 de noviembre de 2.022.-
Texto Original
PROYECTO DE LEY
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SALTA
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Articulo 1º.- Modifiquese el artículo 9° de la Ley 6.444 “Régimen Electoral Provincial”, que quedara redactado de la siguiente manera:
Art° 9° Fecha de elecciones: La elección a cargos provinciales se realizara el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos.
Art. 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.