Expte. Nº 90-33.292/2024 – 19/12/24 – Alumnos de nivel secundario recibirán educación en la temática Juicio por Jurado
De la señora Senadora ALEJANDRA BEATRIZ NAVARRO y los señores Senadores HECTOR MIGUEL CALABRO y JAVIER ALBERTO MONICO GRACIANO, por el cual los alumnos de nivel secundario recibirán educación en la temática Juicio por Jurado. (Expte. No 90-33.292/2024, a la Comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional).
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,
SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
JUICIO POR JURADO EN LAS ESCUELAS
ARTÍCULO 1o- Los alumnos del nivel secundario, sean de establecimientos públicos, de gestión estatal o privada a recibirán Educación en la temática de Juicio por Jurados, con los alcances que establece la presente ley.
Art. 2o Es propósito de la presente Ley la transmisión al alumnado de conocimientos relacionados a la participación ciudadana en la Administración de Justicia y los valores republicanos.
Art. 3o – Serán contenidos básicos de la temática Juicio por Jurados:
a) Participación activa de los estudiantes:
b) Realizar simulaciones en el aula;
c) Formación ciudadana en el estudio de casos, juegos de roles, resolución de problemas;
d) Capacitaciones a los docentes.
Art. 4° Los lineamientos curriculares básicos de los contenidos de la Educación de la temática Juicio por Jurado, serán definidos en consulta con el Consejo Federal de Cultura y Educación, de modo tal que se respeten y articulen los programas y actividades que las jurisdicciones tengan en aplicación al momento de la sanción de la presente ley.
Art. 5° – Será autoridad de aplicación de la presente ley, el Ministerio de Educación Cultura Ciencia y Tecnología, que tendrá además a su cargo los lineamientos curriculares básicos para la implementación con la colaboración del Poder Judicial.
Art. 6o.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.