Expte. Nº 91-42.800/2020 – 10/09/20 – “Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de Pacientes Recuperados de COVID-19” – Ap. en def. – Ley Nº 8.216
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en Revisión, por el cual se adhiere la Provincia de Salta a la Ley Nacional 27.554 “Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de Pacientes Recuperados de COVID-19”. (Expe. Nº 91-42.800/2020, a la Comisión de Salud Pública y Seguridad Social).
Aprobado en definitiva, el 22/10/2020
Poder Ejecutivo para su Promulgación
Ley Nº 8.216
Decreto de Promulgación Nº 760, de fecha 12/11/2020
Publicado en B. O. Nº 20.868, de fecha 16/11/2020
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA,
SANCIONAN CON FUERZA DE L E Y
Artículo 1°.- Adhiérase la Provincia de Salta a la Ley Nacional 27.554 “Campaña Nacional para la Donación de Plasma Sanguíneo de Pacientes Recu-perados de COVID-19”.
Art. 2°.- Es Autoridad de Aplicación el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, el que deberá implementar una Campaña para la difusión y promoción de la donación voluntaria de plasma sanguíneo, proveniente de pacientes recuperados de COVID-19, en todo el territorio de la provincia de Salta.
Art. 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.