Expte. Nº 91-41.010/19 – 27/06/19 – Creando el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación – Ap en def. – Ley Nº 8.158
Autor: Cámara de Diputados
Proyecto de Ley en revisión, creando el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación en el Distrito Judicial del Centro (Expte. Nº 91-41.010/19, a la Comisión de Justicia, Acuerdos y Designaciones)
Aprobado el 22/08/2019
Poder Ejecutivo para su Promulgación
Ley Nº 8.158
Decreto de Promulgación Nº 1340, de fecha 16/09/2019
B. O. Nº 20.586, de fecha 18/09/2019.
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Créase el Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación en el Distrito Judicial del Centro, en los términos de la Ley Provincial 7.857, y con jurisdicción y competencia conforme lo determinan la Ley Nacional 26.485 y las Leyes Provinciales 7.403 y 7.888.
Art. 2º.- La Corte de Justicia resuelve los aspectos de organización interna, la reasignación de expedientes, los turnos correspondientes, como asimismo la redistribución de funcionarios y empleados necesarios.
Art. 3º.- Con imputación al Presupuesto General de la Provincia, Ejercicio vigente, sólo créase un (1) cargo de Juez de Primera Instancia para ejercer la titularidad del Juzgado de Primera Instancia de Violencia Familiar y de Género de Tercera Nominación del Distrito Judicial del Centro.
Art. 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la provincia de Salta, en Sesión del día veintidós del mes de agosto del año dos mil diecinueve.